Triptico Organización 1ros Auxilios

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OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES: SEÑALIZACIÓN DE SALVAMENTO Y SOCORRO: El artículo 29 de la Ley 31/1995 determina las obligaciones de los trabajadores de la siguiente forma: Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular: 1º Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2º Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. 3º No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar. 4º Informar de inmediato a su superior jerárquico directo acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. 5º Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6º Cooperar con la dirección para que esta pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el articulo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores. ORGANIZACIÓN DE LOS PRIMEROS AUXILIOS EN LA EMPRESA OFICINA TÉCNICA DE PREVENCIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Con la financiación de la: Los Balcones, 4 35001 Las Palmas de G.C. Tel..928.432.485 Fax. 928.370.900 Email: [email protected] Centro Comercial Yumbo Avda. de España, s/n 35100 Playa del Inglés San Bartolomé de Tirajana Tel.:928.773.572 Código de acción IT-0131/2011 ¿POR QUÉ DEBEMOS ORGANIZAR LAS ACTUACIONES EN PRIMEROS AUXILIOS EN LA EMPRESA? La Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE nº269 de 10 de Noviembre de 1995), en el Capítulo III, artículo 20 marca como obligación del empresario el análisis de las posibles situaciones de emergencia así como la adopción de la medidas necesarias, entre otras, en materia de primeros auxilios. La rápida actuación ante un accidente puede salvar la vida de una persona o evitar el empeoramiento de las posibles lesiones que padezca. La empresa deberá organizar los primeros auxilios con los medios suficientes tanto humanos como materiales, manteniendo los equipos bien entrenados, adecuándoles a los riesgos propios de la empresa y de acuerdo con la legislación. La citada ley considera la no adopción de dichas medidas como una infracción grave o muy grave si origina un riesgo grave e inminente. ¿CUÁLES SON LOS ASPECTOS PRINCIPALES EN LA ORGANIZACIÓN DE LOS PRIMEROS AUXILIOS EN LA EMPRESA? ● Designación del personal encargado de poner en práctica dichas medidas previa consulta de los delegados de prevención (art. 33 y 36 de la LPRL). Dicho personal, en función de los riesgos, deberá recibir la formación adecuada en materia de primeros auxilios, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, siempre a tenor del tamaño y actividad de la empresa, de la organización del trabajo y del nivel tecnológico de aquella. ● Revisión o comprobación periódica del correcto funcionamiento de las medidas adoptadas. ● Organización de las relaciones que sean necesarias con servicios externos para garantizar la rapidez y eficacia de las actuaciones en materia de primeros auxilios y asistencia médica de urgencias. ESLABONES DE LA CADENA DE SOCORRO Entre la víctima y la atención especializada existen una serie de eslabones que deben ser informados, formados y entrenados para asegurar la rapidez y eficacia de la actuación frente a emergencias: testigos, telefonistas y socorristas. ● Testigos: todos los trabajadores deberán estar informados sobre lo que en primeros auxilios se conoce como PAS: Proteger, Avisar, Socorrer. PROTEGER: antes de actuar, hemos de tener la seguridad de que tanto el accidentado como nosotros mismos estamos fuera de todo peligro. AVISAR: a continuación, siempre que sea posible, daremos aviso a los servicios sanitarios (médico, ambulancia, etc.) de la existencia del accidente, indicando de forma clara y precisa: cómo se ha producido el accidente, la gravedad del mismo, cuántas personas están involucradas, cuándo se ha producido, la situación exacta del accidente...así activaremos el Sistema de Emergencia. Inmediatamente después, y en espera de ayuda, podemos empezar a socorrer. SOCORRER: una vez hemos protegido y avisado, procederemos a actuar sobre el/los accidentado/s.: ● Imponer calma y orden en el lugar del accidente. ● Si hay más de una persona accidentada, atender al que parezca más grave. ● Examinar al accidentado y valorar su situación: - Verificar la consciencia. - Verificar la respiración. - Verificar la circulación. - Verificar la existencia de hemorragias severas. ● No mover al accidentado si es posible. ● Abrigar al accidentado y aflojar su ropa esperando la llegada de los equipos sanitarios. ● No darle bebida ni comida. ● Buscar cualquier información de tipo médico en forma de chapa, tarjeta, …de ALERTA MEDICA, que pueda llevar encima el accidentado. ● Si el agente causante del accidente es un producto químico, se tomará los datos del producto, se pondrá en contacto con el servicio de información toxicológica y se seguirán las instrucciones que el interlocutor determine. ● Telefonistas: de la persona que se ocupa en la empresa de atender las llamadas de teléfono depende la transmisión rápida, correcta y eficaz de la solicitud de ayuda. ● Socorristas: a la hora de decidir el número de socorristas que se han de formar en una empresa, hay que tener en cuenta: el número de trabajadores, la estructura de la empresa, la distribución de los trabajadores en la empresa, el tipo de trabajo, los riesgos existentes, los turnos de trabajo, la distancia que hay de la empresa a los servicios médicos externos, etc. ● Los otros eslabones: el testigo, la telefonista, el socorrista: todos ellos son eslabones pertenecientes a la empresa. El personal de la ambulancia, el equipo médico de urgencias, el personal del hospital son eslabones exteriores. Esta diferencia de ubicación no ha de suponer una traba para una actuación eficaz. Cada uno de ellos ha de saber quién va después y quién le precede, procurando que la información se transmita de forma clara y concisa; facilitando así las actuaciones posteriores. ¿QUÉ FORMACIÓN HA DE TENER EL SOCORRISTA? El socorrista laboral será voluntario, deberá tener, además de los conoci- mientos básicos y generales, una formación específica en relación a los riesgos existentes en la empresa y deberá recibir periódicamente cursos de reciclaje. Formación básica: el socorrista debe estar capacitado para atender situaciones de emergencia médica, como: pérdida de conocimiento, paros cardiorrespiratorios, obstrucción de vías respiratorias, hemorragias y shock... Formación complementaria: permite atender situaciones consideradas como urgencia médica, siendo éstas las que pueden esperar la llegada de los servicios médicos, como por ejemplo: quemaduras, contusiones, fracturas, luxaciones y esguinces, heridas, urgencias abdominales, torácicas, neurológicas y ginecológicas e intoxicaciones en general. Formación específica: atendiendo a los riesgos propios y específicos de la empresa. MATERIAL Y LOCALES DE PRIMEROS AUXILIOS En el Anexo VI del RD 486/97, de 14 de abril, sobre lugares de trabajo se establecen las condiciones mínimas de los locales y el material necesario para la prestación de los primeros auxilios. 1. Los lugares de trabajo dispondrán de material para primeros auxilios en caso de accidente, que deberá ser adecuado, en cuanto a su cantidad y características, al número de trabajadores, a los riesgos a que estén expuestos y a las facilidades de acceso al centro de asistencia médica más próximo. El material de primeros auxilios deberá adaptarse a las atribuciones profesionales del personal habilitado para su prestación. 2. La situación o distribución del material en el lugar de trabajo y las facilidades para acceder al mismo y para, en su caso, desplazarlo al lugar del accidente, deberán garantizar que la prestación de los primeros auxilios pueda realizarse con la rapidez que requiera el tipo de daño previsible. 3. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, todo lugar de trabajo deberá disponer, como mínimo, de un botiquín portátil que contenga desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables. 4. El material de primeros auxilios se revisará periódicamente y se irá reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado. 5. Los lugares de trabajo de más de 50 trabajadores deberán disponer de un local destinado a los primeros auxilios y otras posibles atenciones sanitarias. También deberán disponer del mismo los lugares de trabajo de más de 25 trabajadores para los que así lo determine la autoridad laboral, teniendo en cuenta la peligrosidad de la actividad desarrollada y las posibles dificultades de acceso al centro de asistencia médica más próximo. 6. Los locales de primeros auxilios dispondrán, como mínimo, de un botiquín, una camilla y una fuente de agua potable. Estarán próximos a los puestos de trabajo y serán de fácil acceso para las camillas. 7. El material y locales de primeros auxilios deberán estar claramente señalizados.