Sistemas De Techado Y Estructuras De Sobretecho

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CAPÍTULO 15 SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO SECCIÓN 1501 GENERALIDADES 1501.1 Alcance. Las disposiciones de este capítulo deben regir el diseño, los materiales, la construcción y calidad de sistemas de techo, y estructuras de sobretecho. SECCIÓN 1502 DEFINICIONES 1502.1 Generalidades. Para los propósitos de este capítulo y al usarse en cualquier otro lugar en este código, las siguientes palabras y términos deben tener los significados mostrados aquí. CAPA BASE (UNDERLAYMENT). Una o más capas de fieltro, papel de revestimiento, fieltro saturado no bituminoso, u otro material aprobado sobre el cual se aplica un revestimiento de techo, con una pendiente pronunciada. CAPA INTERMEDIA (INTERLAYMENT). Una capa de fieltro o fieltro saturado no bituminoso de ancho no menor a 18 pulgadas (457 mm), colocada entre cada hilada de una cubierta de techo de tejas de madera. CUARTO DE AZOTEA (PENTHOUSE). Una estructura encerrada, no ocupada, por encima del techo de una edificación, que no sea un tanque, torre, aguja, cúpula o tabique de apoyo, que ocupe no más de un tercio del área de techo. CUBIERTA DE AZOTEA BITUMINOSA MODIFICADA (MODIFIED BITUMEN ROOF COVERING). Una o más capas de láminas de asfalto modificado de polímero. Los materiales de la lámina deben estar totalmente adheridos o fijados mecánicamente al substrato o sostenidas en el lugar con una capa de balasto aprobada. CUBIERTA DE TECHO (ROOF DECK). La superficie plana o inclinada sin incluir sus elementos de apoyo o apoyos verticales. CUBIERTA DE TECHO COMPUESTA (BUILT-UP ROOF COVERING). Dos o más capas de fieltro cementadas juntas y recubiertas superficialmente con una lámina de cubierta, agregado mineral, revestimiento liso o material de terminación similar. DESAGÜE ASEGURADO DE TECHO (POSITIVE ROOF DRAINAGE). Condición del desagüe en la cual se han hecho consideraciones para todas las deflexiones por carga de la cubierta de techo, y se ha proporcionado una pendiente adicional para asegurar el desagüe del techo dentro de 48 horas de precipitación. EMBORNAL (SCUPPER). Una abertura en un muro o parapeto que permite al agua drenar desde un techo. ESTRUCTURA DE SOBRETECHO (ROOFTO P STRUCTURE). Una estructura encerrada sobre o por encima del techo de cualquier parte de una edificación. CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ MEMBRANA DE UNA SOLA CAPA (SINGLE-PLY MEMBRANE). Una membrana de techo que es aplicada en obra usando una capa de material de membrana (homogéneo o compuesto) en lugar de capas múltiples. PANEL METÁLICO PARA TECHO (METAL ROOF PANEL). Lámina de metal entrelazada que tiene un mínimo instalado expuesto a la intemperie de por lo menos 3 pies cuadrados (0.279 m2) por hoja. PANTALLA DE EQUIPO MECÁNICO (MECHANICAL EQUIPMENT SCREEN). Una estructura de sobretecho parcialmente encerrada usada para ocultar estéticamente de la vista el equipamiento de calefacción, ventilación y aire acondicionado (HVAC), eléctrico o mecánico. PLACA METÁLICA PARA TECHO (METAL ROOF SHINGLE). Lámina de metal entrelazada que tiene un mínimo instalado expuesto a la intemperie de menos de 3 pies cuadrados (0.279 m2) por hoja. RECUBIERTA DE TECHO (ROOF RECOVER). El proceso de instalar un revestimiento de techo adicional por encima de un revestimiento de techo existente preparado sin quitar el revestimiento de techo existente. REMPLAZO DE TECHO (ROOF REPLACEMENT). El proceso de quitar el revestimiento de techo existente, reparando cualquier sustrato dañado e instalando un nuevo revestimiento de techo. REPARACIÓN DE TECHO (ROOF REPAIR). La reconstrucción o renovación de cualquier parte de un techo existente con el propósito de su mantenimiento. RETECHADO (REROOFING). El proceso de recubrir o remplazar de un revestimiento de techo existente. [Vea “Recubierta de techo (Roof recover)” y “Remplazo de techo (Roof replacement)”]. REVESTIMIENTO DE TECHO (ROOF COVERING). El revestimiento aplicado a la cubierta de techo para la resistencia a la intemperie, clasificación de fuego o apariencia. SISTEMA DE REVESTIMIENTO DE TECHO (ROOF COVERING SYSTEM). Vea “Sistema de techo (Roof assembly).” SISTEMA DE TECHADO (ROOF ASSEMBLY). Un sistema diseñado para proporcionar protección ambiental y resistencia a las cargas de diseño. El sistema consiste en un revestimiento de techo y una cubierta de techo o un solo componente que sirve como revestimiento y cubierta de techo. Un sistema de techado incluye cubierta de techo, retardador de vapor, substrato o barrera térmica, aislamiento, retardador de vapor, y revestimiento de techo. VENTILACIÓN DE TECHO (ROOF VENTILATION). El proceso natural o mecánico de suministrar aire acondicionado o no acondicionado, o quitar aire a altillos, cielorrasos catedrales u otros espacios encerrados por encima de los cuales se instala un sistema de techo. 291 SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO SECCIÓN 1503 PROTECCIÓN CONTRA LA INTEMPERIE 1503.1 Generalidades. Las cubiertas de techo deben ser cubiertas con revestimientos de techo aprobados fijados a la edificación o estructura de acuerdo con las disposiciones de este capítulo. Los revestimientos de techo deben ser diseñados, instalados y mantenidos de acuerdo con este código y las instrucciones del fabricante aprobadas, de manera que el revestimiento de techo debe servir para proteger a la edificación o estructura. 1503.2 Cubrejuntas. Los cubrejuntas deben ser instalados de manera tal que eviten la entrada de humedad en el muro y techo por las juntas de cumbreras, a través de materiales permeables a la humedad y en las intersecciones con muros de parapeto y otras penetraciones a través del plano del techo. 1503.2.1 Ubicaciones. Los cubrejuntas deben ser instalados en las intersecciones de muro y techo, en albardillas, en cualquier lugar donde haya un cambio en la pendiente o dirección del techo y alrededor de las aberturas de techo. Donde el cubrejuntas sea de metal, el metal debe ser resistente a la corrosión con un espesor no menor a 0.019 pulgada (0.483 mm) (lámina galvanizada Nº 26). 1503.3 Albardillas. Los muros de parapetos deben estar apropiadamente rematados con albardillas de materiales incombustibles, resistentes a la intemperie de un ancho no menor al espesor del muro del parapeto. [P] 1503.4 Desagüe de techo. El diseño e instalación de los sistemas de desagüe de techos deben cumplir con el Código Internacional de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias (IPC). 1503.4.1 Canaletas. Las canaletas y tubos de bajada ubicados en el exterior de las edificaciones, que no sean Grupo R-3, garajes privados y edificaciones de construcción Tipo V, deben ser de material incombustible o de tubería rígida de plástico como mínimo de Schedule 40. 1503.5 Ventilación de techo. Deben proveerse respiraderos de entrada y salida de aire de acuerdo con la Sección 1203.2 y las instrucciones de instalación del fabricante. SECCIÓN 1504 REQUISITOS DE DESEMPEÑO 1504.1 Resistencia al viento de techos. Las cubiertas de techo y los revestimientos de techo deben ser diseñados para cargas de viento de acuerdo con el Capítulo 16 y las Secciones 1504.2, 1504.3 y 1504.4. 1504.1.1 Resistencia al viento de tejas de asfalto. Las tejas de asfalto deben ser instaladas acuerdo con la Sección 1507.2.7. Para techos ubicados donde la velocidad básica de viento de acuerdo con la Figura 1609 es 110 mph o mayor, las tejas de asfalto deben ser ensayadas de acuerdo con ASTM D 3161, Clase F. Como alternativa, la carga y resistencia al viento del revestimiento de techo de tejas de asfalto debe ser determinada de acuerdo con la Sección 1609.5.2. 292 1504.2 Resistencia al viento de tejas cerámicas y de hormigón. Los revestimientos de techo de tejas cerámicas y de hormigón deben estar fijados a la cubierta de techo de acuerdo con el Capítulo 16. 1504.2.1 Método alternativo de ensayo. Se permite ensayar la aceptabilidad de métodos de conexiones especiales usando la metodología dada en esta sección. La fuerza de levantamiento inducida por el viento en la teja debe ser determinada usando el método dado en UL 2390. La resistencia de la teja a la fuerza de levantamiento debe ser determinada usando ASTM D 6381. Las tejas que pasan este ensayo deben ser consideradas adecuadas para techos ubicados donde la velocidad básica del viento según la Figura 1609 es como la dada en la Tabla 1504.2.1. La clasificación requiere que la resistencia de la teja al levantamiento del viento, medida usando el método dado en ASTM D 6381, exceda la fuerza calculada impuesta por el viento en la zona aplicable determinada usando UL 2390. La clasificación por este método se aplica a las edificaciones de menos de 60 pies (18 288 mm) de altura y con Exposiciones al Viento B y C sólo en Destinos Categoría de I ó II. Las envolturas de los paquetes de tejas que han sido calificadas usando este método alternativo deben ser selladas con la clasificación de viento ensayada y deben citar UL 2390/ASTM D 6381. TABLA 1504.2.1 CLASIFICACIÓN DE REVESTIMIENTO DE TECHO USANDO EL MÉTODO ALTERNATIVO MÁXIMA VELOCIDAD BÁSICA DE VIENTO (mph) CLASIFICACIÓN SEGÚN ASTM D 6381 90 Clase D 120 Clase G 150 Clase H Para SI: 1 milla por hora = 0.447 m/s 1504.3 Resistencia al viento de techos sin balasto. Los revestimientos de techo instalados sobre techos de acuerdo con la Sección 1507 que estén fijados mecánicamente o adheridos a la cubierta de techo deben ser diseñados para resistir las presiones de la carga de viento de diseño para revestimiento indicadas en el Capítulo 16. 1504.3.1 Otros sistemas de techo. Los sistemas de techo compuestos, bituminosos modificados, de una sola capa adherida completamente o fijada en forma mecánica a través de sistemas de techo de paneles metálicos anclados, y otros tipos de revestimientos de techo de membrana deben también ser ensayados de acuerdo con FM 4450, FM 4470, UL 580 ó UL 1897. 1504.3.2 Sistemas de techo de panel metálico. Los sistemas de techo de panel metálico mediante costuras firmes o de plegado saliente deben ser ensayados de acuerdo con UL 580 ó ASTM E 1592. CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO Excepción: Donde la cubierta de techo actúa como el revestimiento de techo y provee tanto protección contra la intemperie como soporte para cargas estructurales se debe permitir que los techos de metal construidos de acero conformado en frío sean diseñados y ensayados de acuerdo con la norma de diseño estructural citada en la Sección 2209.1. 1504.4 Sistemas de techo de baja pendiente con balasto. Los revestimientos de sistema de techo de una sola capa de baja pendiente (pendiente de techo < 2:12) con balasto instalados de acuerdo con la Sección 1504.8 y ANSI/SPRI RP-4. 1504.5 Fijación de canto para techos de baja pendiente. La fijación del canto metálico de sistemas de techo de membrana de baja pendiente, excepto canaletas, debe ser diseñada e instalada para cargas de viento de acuerdo con el Capítulo 16 y ensayada a resistencia de acuerdo con ANSI/SPRI ES-1, excepto que la velocidad del viento básica debe ser determinada a partir de la Figura 1609. 1504.6 Propiedades físicas. Los revestimientos de techo instalados en techos de baja pendiente (pendiente de techo < 2:12) de acuerdo con la Sección 1507 deben presentar integridad física durante la vida útil del techo basado en 2,000 horas de exposición a ensayos de intemperie acelerados realizados de acuerdo con ASTM G 152, ASTM G 155 ó ASTM G 154. Aquellos revestimientos de techo que estén sujetos a una respuesta a la flexión cíclica debido a cargas de viento no deben presentar ninguna pérdida significante de resistencia a la tracción para membranas no reforzadas o resistencia a la rotura para membranas reforzadas cuando se ensayan según aquí se requiere. 1504.7 Resistencia al impacto. Los revestimientos de techo instalados en techos de baja pendiente (pendiente de techo < 2:12) de acuerdo con la Sección 1507 deben resistir el daño por impacto basado en los resultados de los ensayos realizados de acuerdo con ASTM D 3746, ASTM D 4272, CGSB 37-GP-52M o con el “Ensayo de Resistencia a la Circulación Peatonal” en la Sección 5.5 de FM 4470. 1504.8 Grava y piedra. No se debe usar grava o piedra sobre el techo de una edificación ubicada en una región propensa a los huracanes como se define en la Sección 1609.2, ó sobre ninguna otra edificación con una altura media de techo que exceda la permitida por la Tabla 1504.8 basada en la categoría de exposición y la velocidad básica de viento en el lugar de la edificación. SECCIÓN 1505 CLASIFICACIÓN AL FUEGO 1505.1 Generalidades. Los sistemas de techado deben dividirse en las clases definidas a continuación. Los sistemas de techado y los revestimientos de techado Clase A, B y C que requieren ser certificados por esta sección deben ser ensayados de acuerdo con ASTM E 108 ó UL 790. Adicionalmente, los revestimientos de techo de madera ignífuga deben ser ensayados de acuerdo con ASTM D 2898. Los revestimientos de techo mínimos instalados en edificaciones deben cumplir con la Tabla 1505.1 basada en el tipo de construcción de la edificación. CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ Excepción: Las claraboyas y vidriados en pendiente que cumplan con el Capítulo 24 ó la Sección 2610. TABLA 1504.8 ALTURA MEDIA DE TECHO MÁXIMA ADMISIBLE PERMITIDA PARA EDIFICACIONES CON GRAVA O PIEDRA SOBRE EL TECHO EN ÁREAS FUERA DE UNA REGIÓN PROPENSA A HURACANES. VELOCIDAD BÁSICA DE VIENTO SEGÚN FIGURA 1609 (mph)b 85 90 95 100 105 110 115 120 Mayor que 120 ALTURA MEDIA DE TECHO MÁXIMA (ft)a,c Categoría de exposición B C D 170 110 75 55 40 30 20 15 NP 60 35 20 15 NP NP NP NP NP 30 15 NP NP NP NP NP NP NP Para SI: 1 pie = 304.8 mm; 1 milla por hora = 0.447 m/s. a. Altura media de techo de acuerdo con la Sección 1609.2. b. Para valores intermedios de velocidad básica de viento, se debe usar la altura asociada con el valor más alto siguiente o se permite la interpolación directa. c. NP = grava y piedra no permitidas para cualquier altura de techo. 1505.2 Sistemas de techado Clase A. Los sistemas de techado Clase A son aquellos que son efectivos contra la exposición a ensayos al fuego severos. Los sistemas de techo y revestimientos de techo Clase A deben ser certificados e identificados como Clase A por una agencia de ensayos aprobada. Los sistemas de techado Clase A deben ser permitidos para el uso en edificaciones o estructuras de todos los tipos de construcción. Excepción: Los sistemas de techado Clase A incluyen aquellos con revestimientos de tejas de techo de ladrillo, mampostería, pizarra, cerámicas o de hormigón, cubierta de techo de hormigón a la vista, placas o láminas ferrosas o de cobre. 1505.3 Sistemas de techado Clase B. Los sistemas de techado Clase B son aquellos que son efectivos contra la exposición a ensayos al fuego moderado. Los sistemas de techado y los revestimientos de techo Clase B deben ser certificados e identificados como Clase B por una agencia de ensayos aprobada. Excepción: Los sistemas de techado Clase B incluyen aquellos con revestimientos de láminas y placas metálicas. 1505.4 Sistemas de techado Clase C. Los sistemas de techado Clase C son aquellos que son efectivos contra la exposición a ensayos al fuego leve. Los sistemas de techado y los revestimientos de techo Clase C deben ser certificados e identificados como Clase C por una agencia de ensayos aprobada. 293 SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO TABLA 1505.1a,b CLASIFICACIÓN MÍNIMA DE REVESTIMIENTO DE TECHO POR TIPOS DE CONSTRUCCIÓN IA B IB B IIA IIB B c C IIIA B IIIB c C IV VA VB B B Cc 2 Para SI: 1 pie = 304.8 mm, 1 pie cuadrado= 0.0929 m . a. A menos que se requiera de otra manera de acuerdo con el Código Internacional de Interfase Urbano-Agreste o debido a la ubicación de la edificación dentro de un distrito de incendio de acuerdo con el Apéndice D. b. Los revestimientos de techo no clasificados deben ser permitidos en edificaciones del Grupo R-3 y en destinos Grupo U, donde haya una distancia de separación al fuego mínima de 6 pies medida desde el canto principal del techo. c. Debe permitirse que las edificaciones que no tienen más de dos pisos de altura y que tienen no más de 6,000 pies cuadrados de área de techo proyectada y donde haya una distancia de separación al fuego mínima de 10 pies desde el canto principal del techo hasta la línea de lote en todos los lados de la edificación, excepto por los frentes de las calles o vía pública, tengan techos de cedro Nº 1 o ripias de madera de secoya y tejas Nº 1. 1505.5 Techado no clasificado. El techado no clasificado es el material aprobado que no está certificado como un revestimiento de techo Clase A, B o C. 1505.6 Tejas y ripias de madera ignífuga. Las ripias y tejas de madera ignífuga deben ser tratadas mediante impregnación con productos químicos a través del proceso de presión de vacío de celda llena, de acuerdo con AWPA C1. Cada atado debe estar marcado para identificar la unidad manufacturada y el fabricante, y debe también estar sellada para identificar la clasificación del material de acuerdo con el ensayo requerido en la Sección 1505.1, la compañía tratante y la agencia de control de calidad. 1505.7 Techos para propósitos especiales. El techado de tejas de madera o ripias de madera para propósitos especiales deben cumplir con la clasificación y los requisitos de aplicación de la Sección 1507.8 ó 1507.9. Adicionalmente, debe colocarse una placa de respaldo de yeso o tablero de yeso resistente al agua Tipo X de 0.625 pulgada (15.9 mm) debajo de un entablado macizo de paneles estructurales de madera de 0.5 pulgada (12.7 mm) de espesor nominal mínimo o entablado con espaciado nominal de 1 pulgada (25 mm). SECCIÓN 1506 MATERIALES 1506.1 Alcance. Los requisitos establecidos en esta sección deben aplicarse a la aplicación de materiales de revestimiento de techo especificados aquí. Los revestimientos de techo deben ser aplicados de acuerdo con este capítulo y las instrucciones de instalación del fabricante. La instalación de los revestimientos de techo debe cumplir con las disposiciones aplicables de la Sección 1507. 1506.2 Compatibilidad de materiales. Los techos y revestimientos de techo deben ser de materiales que sean compatibles entre sí y con la edificación o estructura a la cual los materiales estén aplicados. 1506.3 Especificaciones del material y características físicas. Los materiales de revestimiento de techo deben cumplir con las 294 normas aplicables listadas en este capítulo. En ausencia de normas aplicables o donde la conveniencia de los materiales sea cuestionable, debe requerirse por parte de la autoridad competente un ensayo de una agencia aprobada para determinar el carácter, la calidad y las limitaciones de la aplicación de los materiales. 1506.4 Identificación del producto. Los materiales de revestimiento de techos deben ser despachados en paquetes que lleven marcas de identificación del fabricante y los sellos de una agencia de ensayos aprobada según son requeridos de acuerdo con la Sección 1505. El transporte a granel de los materiales debe estar acompañado con la misma información emitida por el fabricante en el formulario de un certificado o en el documento de embarque. SECCIÓN 1507 REQUISITOS PARA REVESTIMIENTOS DE TECHO 1507.1 Alcance. Los revestimientos de techo deben aplicarse de acuerdo con las disposiciones aplicables de esta sección y las instrucciones de instalación del fabricante. 1507.2 Tejas de asfalto. La instalación de tejas de asfalto debe cumplir con las disposiciones de esta sección. 1507.2.1 Requisitos de cubierta. Las tejas de asfalto deben estar fijadas a cubiertas entabladas en forma maciza. 1507.2.2 Pendiente. Las tejas de asfalto sólo deben ser usadas en pendientes de techo de dos unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente del 17 por ciento) o mayores. Para pendientes de techo desde dos unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente del 17 por ciento) hasta cuatro unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente del 33 por ciento), se requiere la aplicación de capa base doble de acuerdo con la Sección 1507.2.8. 1507.2.3 Capa base. A menos que se establezca de otra manera, la capa base requerida debe cumplir con ASTM D 226, Tipo I, ó ASTM D 4869, Tipo I, ó ASTM D 6757. 1507.2.4 Lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero. Las láminas autoadhesivas bituminosas modificadas con polímero deben cumplir con ASTM D 1970. 1507.2.5 Tejas de asfalto. Las tejas de asfalto deben tener tiras autosellantes o deben ser entrelazadas, y deben cumplir con ASTM D 225 ó ASTM D 3462. Los embalajes de las tejas de asfalto deben llevar un sello indicando cumplimiento con ASTM D 3161 ó una certificación por una agencia de ensayos aprobada de acuerdo con los requisitos de la Sección 1609.5.2. 1507.2.6 Anclajes. Los anclajes para tejas de asfalto deben ser clavos de techado galvanizados, de acero inoxidable, aluminio o cobre, con fuste de calibre 12 [0.105 pulgada (2.67 mm)] como mínimo con una cabeza de 0.375 pulgada (9.5 mm) de diámetro como mínimo, de una longitud para penetrar a través de los materiales del techado y un mínimo de 0.75 pulgada (19.1 mm) dentro del entarimado de tejado. Donde el entarimado de tejado es menor a 0.75 pulgada (19.1 mm) de espesor, los clavos deben penetrar a través del entarimado. Los anclajes deben cumplir con ASTM F 1667. CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO 1507.2.7 Fijación. Las tejas de asfalto deben tener el mínimo número de anclajes requerido por el fabricante y por la Sección 1504.1. Las tejas de asfalto deben estar aseguradas al techo con no menos de 4 anclajes por tira de tejas o dos anclajes por teja individual. Donde la pendiente del techo excede 20 unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente del 166 por ciento), las tejas de asfalto deben ser instaladas de acuerdo con las instrucciones de instalación impresas del fabricante para usos en techos de pendiente pronunciada. 1507.2.8 Aplicación de la capa base. Para pendientes de techo desde dos unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente del 17 por ciento) hasta cuatro unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente del 33 por ciento), la capa base debe ser de dos capas aplicadas de la siguiente manera. Aplique una tira de fieltro de capa base de 19 pulgadas (483 mm) de ancho como mínimo paralela a los aleros y comenzando en ellos, suficientemente anclada para mantenerla en su lugar. Comenzando en el alero, aplique láminas de capa base de 36 pulgadas (914 mm) de ancho solapando las láminas sucesivas 19 pulgadas (483 mm) y suficientemente ancladas para mantenerlas en su lugar. Las distorsiones en la capa base no deben interferir con la capacidad de las tejas para sellar. Para pendientes de techo de cuatro unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 33 por ciento) o mayores, la capa base debe ser de una capa aplicada de la siguiente manera. La capa base debe ser aplicada como teja, paralela al alero y comenzando en él y solapada 2 pulgadas (51 mm), anclada sólo lo necesario para mantenerla en su lugar. Las distorsiones en la capa base no deben interferir con la capacidad de las tejas para sellar. 1507.2.8.1 Fijación para fuertes vientos. La capa base aplicada en áreas sometidas a fuertes vientos (mayores a 110 mph de acuerdo con la Figura 1609) debe ser aplicada con anclajes resistentes a la corrosión de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Los anclajes deben ser aplicados a lo largo del solape con una separación máxima de 36 pulgadas (914 mm) entre centros. 1507.2.8.2 Membrana contra la acumulación de hielo. En áreas donde ha habido una historia de formación de hielo a lo largo de los aleros causando una acumulación de agua, una membrana que consista en al menos dos capas de capa base cementadas juntas o en una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímeros debe ser usada en lugar de la capa base normal y debe extenderse desde el canto del alero hasta un punto al menos 24 pulgadas (610 mm) hacia dentro de la línea del muro exterior de la edificación. Excepción: Estructuras accesorias separadas que no contienen áreas de piso acondicionadas. cubrejuntas de base deben ser de metal resistente a la corrosión de 0.019 pulgada (0.483 mm) de espesor nominal como mínimo o de techado prearmado revestido con grava con un peso mínimo de 77 libras por 100 pies cuadrados (3.76 kg/m2). Los cubrejuntas de cumbrera deben ser de metal resistente a la corrosión de 0.019 pulgada (0.483 mm) de espesor nominal como mínimo. 1507.2.9.2 Lima hoya. Los recubrimientos de lima hoya deben ser instalados de acuerdo con las instrucciones del fabricante antes de la colocación de las tejas. Debe permitirse los recubrimientos de lima hoya de los siguientes tipos: 1. Para limas hoya abiertas (recubrimiento de lima hoya expuesto) recubiertas con metal, el recubrimiento de lima hoya debe ser al menos de 16 pulgadas (406 mm) de ancho y de cualquier metal resistente a la corrosión de la Tabla 1507.2.9.2. 2. Para limas hoya abiertas, deben permitirse los recubrimientos de lima hoya de dos capas de techado prearmado revestido con grava cumpliendo con ASTM D 3909 ó ASTM D 6380. La capa inferior debe ser de 18 pulgadas (457 mm) de ancho y la capa superior de 36 pulgadas (914 mm) de ancho como mínimo. 3. Para limas hoya cerradas (limas hoya cubiertas con tejas), debe permitirse el recubrimiento de lima hoya de una capa de techado prearmado liso cumpliendo con ASTM D 6380, Clase S Tipo III, Clase M Tipo II ó ASTM D 3909 y de al menos 36 pulgadas (914 mm) de ancho o de los tipos descritos en los Ítems 1 y 2 anteriores. La capa de base de especialidad debe cumplir con ASTM D 1970. 1507.2.9.3 Borde de goteo. Provea borde de goteo en los aleros y hastiales de techos de tejas. El solape debe ser de 2 pulgadas (51 mm) como mínimo. Los bordes de goteo en los aleros deben extenderse 0.25 pulgada (6.4 mm) por debajo del entablado y extenderse hacia atrás sobre el techo 2 pulgadas (51 mm) como mínimo. El borde de goteo debe estar anclado mecánicamente cada 12 pulgadas (305 mm) entre centros como máximo. 1507.2.9.4 Caballetes planos y a dos aguas. Se debe instalar un caballete plano o un caballete a dos aguas en el lateral de la cresta de cualquier chimenea o penetración mayor a 30 pulgadas (762 mm) de ancho medido en forma perpendicular a la pendiente. Los recubrimientos del caballete plano o a dos aguas deben ser de lámina metálica o del mismo material que el recubrimiento de techo. 1507.2.9 Cubrejuntas. Los cubrejuntas para tejas de asfalto deben cumplir con esta sección. Los cubrejuntas deben ser aplicados de acuerdo con esta sección y las instrucciones impresas del fabricante de tejas de asfalto. 1507.3 Tejas cerámicas y de hormigón. La instalación de tejas cerámicas y de hormigón debe cumplir con las disposiciones de esta sección. 1507.2.9.1 Cubrejuntas de base y cumbrera. Los cubrejuntas de base y cumbrera deben ser instalados de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Los 1507.3.1 Requisitos de cubierta. Las tejas de hormigón y cerámicas deben ser instaladas sólo sobre entablado macizo o tableros de entablado estructural espaciados. CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ 295 SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO TABLA 1507.2.9.2 MATERIAL DE RECUBRIMIENTO DE LIMA HOYA ESPESOR MÍNIMO CALIBRE PESO Acero galvanizado MATERIAL 0.0179 pulgada 26 (recubierto con zinc G90 ) — Acero inoxidable — 28 — Aleación de plomo y estaño pintada — — 20 libras 0.027 pulgada — — 0.024 in. — — — — Aleación de zinc Aluminio Cobre — Cobre de alta fluencia 0.0162 in. ASTM B 370, 12 oz. por pie cuadrado Cobre de alta fluencia emplomado 0.0162 in. ASTM B 101, 12 oz. por pie cuadrado Cobre emplomado 0.0216 in. ASTM B 101, 16 oz. por pie cuadrado Cobre laminado en frío 0.0216 in. — ASTM B 370, 16 oz. por pie cuadrado — — 2.5 libras Plomo Å Para SI: 1 pulgada= 25.4 mm, 1 libra = 0.454 kg, 1 onza = 2 8 .3 5 g. 1507.3.2 Pendiente de cubierta. Las tejas cerámicas y de hormigón deben ser instaladas en pendientes de techo de 2 1 /2 unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 21 por ciento) o mayores. Para pendientes de techo desde 2 1/2 unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 21 por ciento) hasta cuatro unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 33 por ciento), se requiere la aplicación de capa base doble de acuerdo con la Sección 1507.3.3. 1507.3.3 Capa base. A menos que se indique de otra manera, la capa base requerida debe cumplir con ASTM D 226, Tipo II; ASTM D 2626 ó ASTM D 6380, Clase M techado prearmado revestido con grava. 1507.3.3.1 Techos de baja pendiente. Para pendientes de techo desde 2 1/2 unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 21 por ciento) hasta cuatro unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 33 por ciento), la capa base debe ser como mínimo de dos capas aplicadas como sigue: 1. Comenzando en el alero, una tira de capa base de 19 pulgadas (483 mm) debe ser aplicada paralela al alero y suficientemente anclada en el lugar. 2. Comenzando en el alero, tiras de fieltro de capa base de 36 pulgadas (914 mm) de ancho deben ser aplicadas solapando 19 pulgadas (483 mm) las láminas sucesivas y suficientemente ancladas en el lugar. 1507.3.3.2 Techos de gran pendiente. Para pendientes de techo de cuatro unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 33 por ciento) o mayores, la capa base debe ser como mínimo de una capa de fieltro de capa base aplicada como teja, paralela a los aleros, y comenzando desde ellos y solapadas 2 pulgadas (51 mm), fijadas solamente lo necesario para mantenerlas en su lugar. 296 1507.3.4 Teja cerámica. La teja de techo cerámica debe cumplir con ASTM C 1167. 1507.3.5 Teja de hormigón. Las tejas de techo de hormigón deben cumplir con ASTM C 1492. 1507.3.6 Anclajes. Los anclajes de las tejas deben ser resistente a la corrosións y no menores a calibre 11, cabeza de 5/16 pulgada (8.0 mm), y de longitud suficiente para penetrar la cubierta un mínimo de 0.75 pulgada (19.1 mm) o a través del espesor de la cubierta, el que sea menor. El alambre de fijación para tejas cerámicas o de hormigón no debe ser menor a 0.083 pulgada (2.1 mm). Las áreas de fijación perimetrales incluyen tres filas de tejas pero no menos de 36 pulgadas (914 mm) desde cualquiera de los lados de las limas tesa o cumbreras y los cantos de aleros y cornisas inclinadas. 1507.3.7 Fijación Las tejas de techo cerámicas y de hormigón deben estar fijadas de acuerdo con la Tabla 1507.3.7. 1507.3.8 Aplicación. Las tejas deben ser colocadas de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante, basadas en lo siguiente: 1. Condiciones climáticas. 2. Pendiente de techo. 3. Sistema de capa base. 4. Tipo de teja que se instala. 1507.3.9 Cubrejuntas. En la junta de las superficies verticales del techo, deben proveerse cubrejuntas y contrachapas de escurrimiento de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante, y donde sean metálicas, no deben ser de menos de 0.019 pulgada (0.48 mm) (lámina galvanizada calibre Nº 26) anticorrosivas. El cubrejuntas de lima hoya debe extenderse al menos 11 pulgadas (279 mm) a ambos lados de la línea central y debe tener una costilla desviadora de salpicaduras de 1 pulgada (25 mm) de altura CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO TABLA 1507.3.7 FIJACIÓN DE TEJAS CERÁMICAS Y DE HORMIGÓN a, b, c GENERALIDADES — TEJA DE TECHO CERÁMICA O DE HORMIGÓN Máxima velocidad básica de viento (mph) Altura media de techo (pies) 85 0-60 100 0-40 100 > 40-60 110 0-60 El sistema de anclaje debe resistir las fuerzas de viento de la Sección 1609.5.2. 120 0-60 El sistema de anclaje debe resistir las fuerzas de viento de la Sección 1609.5.2. 130 0-60 El sistema de anclaje debe resistir las fuerzas de viento de la Sección 1609.5.2. > 60 El sistema de anclaje debe resistir las fuerzas de viento de la Sección 1609.5.2. Todas Pendiente de techo < 3:12 Pendiente de techo 3:12 y mayor Dos anclajes por teja.. Sólo un anclaje en pendientes de 7:12 y menos para Un anclaje por teja. Teja chata sin tejas con peso instalado que exceda 7.5 libras/ pie cuadrado que tienen un solapes verticales, dos anclajes por teja. ancho no mayor a 16 pulgadas. La cabeza de todas las tejas debe ser clavada. La nariz de todas las tejas de alero debe estar anclada con sujetadores aprobados. Todas las tejas para bordes deben ser clavadas con dos clavos. La nariz de todas las tejas de cumbrera, de limas tesa y de bordes debe estar colocada sobre un reborde de mástique de techador. TEJAS DE TECHO CERÁMICAS O DE HORMIGÓN ENTRELAZADAS CON LENGÜETA SALIENTE DE ANCLAJEd, e (Instalaciones sobre entablado espaciado/ macizo con listones o entablado espaciado) Máxima velocidad básica de viento (mph) Altura media de techo (pies) Pendiente de techo < 5:12 Pendiente de techo 5:12 < 12:12 Un anclaje por teja fila de por medio. Todas las tejas perimetrales No se requieren anclajes. Las tejas con peso instalado menor a 9 libras/ requieren un anclaje. Las tejas con pie cuadrado requieren como mínimo peso instalado menor a 9 libras/ pie cuadrado requieren como mínimo un anclaje por teja. un anclaje por teja. Pendiente de techo 12:12 y mayor Se requiere un anclaje para cada teja. . Las tejas con peso instalado menor a 9 libras/ pie cuadrado requieren como mínimo un anclaje por teja. 85 0-60 100 0-40 100 > 40-60 110 0-60 El sistema de anclaje debe resistir las fuerzas de viento de la Sección 1609.5.2. 120 0-60 El sistema de anclaje debe resistir las fuerzas de viento de la Sección 1609.5.2. 130 0-60 El sistema de anclaje debe resistir las fuerzas de viento de la Sección 1609.5.2. > 60 El sistema de anclaje debe resistir las fuerzas de viento de la Sección 1609.5.2. Todas La cabeza de todas las tejas debe ser clavada. La nariz de todas las tejas de alero debe estar anclada con sujetadores aprobados. Todas las tejas para bordes deben ser clavadas con dos clavos. La nariz de todas las tejas de cumbrera, de limas tesa y de bordes debe estar colocada sobre un reborde de mástique de techador TEJAS DE TECHO ENTRELAZADAS CERÁMICAS O DE HORMIGÓN CON LENGÜETA SALIENTES DE ANCLAJE (Instalaciones sobre entablado macizo sin listones) Máxima velocidad básica de viento (mph) Altura media de techo (pies) 85 0-60 Un anclaje por teja. 100 0-40 Un anclaje por teja. 100 > 40-60 110 0-60 El sistema de anclaje debe resistir las fuerzas de viento de la Sección 1609.5.2. 120 0-60 El sistema de anclaje debe resistir las fuerzas de viento de la Sección 1609.5.2. 130 0-60 El sistema de anclaje debe resistir las fuerzas de viento de la Sección 1609.5.2. Todas > 60 El sistema de anclaje debe resistir las fuerzas de viento de la Sección 1609.5.2. Todas las pendientes de techo La cabeza de todas las tejas debe ser clavada. La nariz de todas las tejas de alero debe estar anclada con sujetadores aprobados. Todas las tejas para bordes deben ser clavadas con dos clavos. La nariz de todas las tejas de cumbrera, de limas tesa y de bordes debe estar colocada sobre un reborde de mástique de techador. Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm, 1 pie = 304.8 mm, 1 milla por hora = 0.447 m/s, 1 libra por pie cuadrado = 4.882 kg/m2. a. Tamaño mínimo del anclaje. Clavos resistentes a la corrosións calibre Nº 11 con cabeza de 5/16 pulgada como mínimo. Los anclajes deben ser suficientemente largos para penetrar 0.75 pulgada en el entablado o a través del espesor del entablado, el que sea menor. El alambre de fijación para tejas cerámicas o de hormigón no debe ser menor a 0.083 pulgada. b. Áreas de nieve. Se requiere un mínimo de 2 anclajes por teja o listones y un anclaje. c. Pendientes de techo mayores a 24:12. La nariz de todas las tejas debe estar fijada de manera segura. d. Listones horizontales. Las listones no deben ser menores a 1 pulgada por 2 pulgadas nominal. Debe preverse el desagüe mediante una elevación de 1/8 pulgada como mínimo en cada clavo o mediante listones de 4 pies de longitud con separaciones de al menos 0.5 pulgada entre listones. Los listones horizontales son requeridos para pendientes superiores a 7:12 e. Las áreas de fijación perimetrales incluyen tres filas de tejas pero no menos de 36 pulgadas desde cualquiera de los lados de las limas tesa o cumbreras y los bordes de aleros y cornisas inclinadas. CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ 297 SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO mínima en la línea de flujo formada como parte del cubrejuntas. Las secciones de los cubrejuntas deben tener un solape extremo no menor a 4 pulgadas (102 mm). Para pendientes de techo de tres unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 25 por ciento) y mayores, el cubrejuntas de lima hoya debe tener una capa base de 36 pulgadas (914 mm) de ancho de una capa de capa base Tipo I a lo largo de la longitud total de la lima hoya, o una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero cumpliendo con la ASTM D 1970, adicionalmente a otra capa base requerida. En áreas donde la temperatura diaria promedio en enero es de 25ºF (-4ºC) o menor o cuando exista la posibilidad de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua, la capa base del cubrejuntas de lima hoya metálico debe estar sólidamente adherida a la capa base del techado para pendientes menores a siete unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 58 por ciento) o se debe instalar una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero. 1507.4 Paneles metálicos para techo. La instalación de paneles metálicos para techo debe cumplir con las disposiciones de esta sección. 1507.4.1 Requisitos de cubierta. Los revestimientos de techo de paneles metálicos para techo deben ser colocados en una cubierta maciza o bien ajustada, excepto donde el revestimiento de techo esté específicamente diseñado para ser aplicado a soportes espaciados. 1507.4.2 Pendiente de cubierta. La pendiente mínima para paneles de techo metálicos debe cumplir con lo siguiente: 1. La pendiente mínima para techos metálicos con costuras no soldadas, solapadas sin selladores de solape aplicados debe ser de tres unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 25 por ciento). 2. La pendiente mínima para techos metálicos con costuras no soldadas, solapadas con selladores de solape aplicados debe ser de media unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente 4 por ciento). Los selladores de solape deben ser aplicados de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante aprobado. 3. La pendiente mínima para sistemas de techo con juntas de plegado saliente debe ser un cuarto de unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente 2 por ciento) 1507.4.3 Normas del material. Los sistemas de revestimiento de techo de lámina metálica que incorporan elementos estructurales portantes deben ser diseñados de acuerdo con el Capítulo 22. Los revestimientos de techo de lámina metálica instalados sobre la cubierta estructural deben cumplir con la Tabla 1507.4.3(1). Los materiales usados para revestimientos de techo de lámina metálica deben ser naturalmente resistentes a la corrosión o provistos de resistencia a la corrosión de acuerdo con las normas y los espesores mínimos mostrados en la Tabla 1507.4.3(2). TABLA 1507.4.3.1 REVESTIMIENTOS DE TECHO METÁLICOS TIPO DE REVESTIMIENTO DE TECHO RELACIÓN DE NORMA DE APLICACIÓN/ESPESOR Acero ASTM A 924 Acero galvanizado ASTM A 653 G-90 recubierto con zinc a. Acero inoxidable ASTM A 240, Aleaciones de Series 300 Acero recubierto con aleación aluminio-zinc ASTM A792 AZ 50 Acero prepintado ASTM A 755 Aleación plomo y estaño y acero inoxidable recubierto con aleación plomo y estaño. Recubrimiento de aleación plomo y estaño de 40 libras por caja de base doble, pintado en obra cuando sea aplicable de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante. Aluminio ASTM B 209, espesor mínimo de 0.024 pulgada para paneles conformados en rodillos y espesor mínimo de 0.019 pulgada para tejas conformadas por presión. Cobre 16 onzas/ pie cuadrado para sistemas de revestimiento de techo de lámina metálica; 12 onzas/ pie cuadrado para sistemas de tejas metálicas preformadas Cobre recubierto con plomo ASTM B 101 Cobre laminado en frío ASTM B 370 cobre de alta fluencia de como mínimo 16 oz/sq. ft. y 12 oz/sq. ft. para sistemas de revestimiento de techo de lámina metálica: 12 oz/sq. ft. para sistemas de placa metálica preformada. Plomo duro 2 libras/ pie cuadrado Plomo blando 3 libras/ pie cuadrado Zinc Espesor mínimo de 0.027 pulgada; 99.995% zinc de alto grado electrolítico con aditivos de aleación de cobre (0.08% - 0.20%), titanio (0.07% - 0.12%), y aluminio (0.015%). Para S I: 1 onza por pie cuadrado = 0.0026 k g / m 2, 1 libra por pie cuadrado = 4.882 k g / m 2, 1 pulgada = 25.4 mm, 1 libra= 0.454 kg. a. Para edificaciones Grupo U, el espesor de recubrimiento mínimo para techado de acero galvanizado ASTM A 653 debe ser G-60. fabricante aprobados. En ausencia de recomendaciones del fabricante, todos los siguientes anclajes deben ser usados: 1. Para techos metálicos se deben usar anclajes galvanizados. 2. Anclajes de acero inoxidable serie 300 deben ser usados para techos de cobre. 3. Anclajes de acero inoxidable son aceptables para todos los tipos de techos metálicos. 1507.4.4 Fijación. Los paneles de techo metálico deben ser asegurados a los apoyos de acuerdo con los anclajes del 298 CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO TABLA 1507.4.3(2) MÍNIMA RESISTENCIA A LA CORROSIÓN Acero galvanizado ASTM A 653 G-90 Acero prepintado ASTM A 755a Acero recubierto con aleación aluminio-zinc de 55% ASTM A 792 AZ 50 Acero recubierto con aleación de aluminio de 5% ASTM A875 GF60 Acero recubierto con aluminio ASTM A463 T2 65 a. Los sistemas de pintura de acuerdo con ASTM A 755 deben ser aplicados sobre los productos de acero con recubrimientos resistentes a la corrosión que cumpliendo con ASTM A 792, ASTM A 875, ASTM A 463, ó ASTM A 653. 1507.5 Placas de techo metálicas. La instalación de placas metálicas para techo debe cumplir con las disposiciones de esta sección. 1507.5.1 Requisitos de cubierta. Las placas metálicas para techo deben ser colocadas en una cubierta maciza o bien ajustada, excepto donde el revestimiento de techo esté específicamente diseñado para ser aplicado a entablados espaciados. lado de la línea central y debe tener una costilla desviadora de salpicaduras de 0.75 pulgada (19.1 mm) de altura mínima en la línea de flujo formada como parte del cubrejuntas. Las secciones de los cubrejuntas deben tener un solape extremo no menor a 4 pulgadas (102 mm). En áreas donde la temperatura diaria promedio en enero es de 25ºF (-4ºC) o menor o donde existe la posibilidad de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua, el cubrejuntas de lima hoya metálico debe tener una capa base de 36 pulgadas (914 mm) de ancho directamente por debajo consistente en una capa de capa base a lo largo de la longitud total de la lima hoya o una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero cumpliendo con ASTM D 1970, adicionalmente a la capa base requerida para placas de techo metálicas. La capa base del cubrejuntas de lima hoya metálico debe estar cementada en forma maciza a la capa base del techado para pendientes de techo menores a siete unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 58 por ciento) o se debe instalar una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero. 1507.6 Techado prearmado revestido con grava. La instalación de techado prearmado revestido con grava debe cumplir con esta sección. 1507.6.1 Requisitos de cubierta. El techado prearmado revestido con grava debe estar fijado a techos entablados en forma maciza. 1507.5.2 Pendiente de cubierta. Las placas metálicas para techo no deben ser colocadas en pendientes por debajo de tres unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 25 por ciento). 1507.6.2 Pendiente de techo. El techado prearmado revestido con grava no debe ser aplicado en pendientes de techo menores a una unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente 8 por ciento). 1507.5.3 Capa base. La capa base debe cumplir con ASTM D 226, Tipo I ó ASTM D 4869. En áreas donde ha habido una historia de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua, una barrera contra el hielo que consista en al menos dos capas de capa base cementadas juntas o en una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímeros, debe ser usada en lugar de la capa base normal y debe extenderse desde el canto del alero hasta un punto al menos 24 pulgadas (610 mm) hacia dentro de la línea del muro exterior de la edificación. 1507.6.3 Capa base. La capa base debe cumplir con ASTM D 226, Tipo I ó ASTM D 4869. En áreas donde ha habido una historia de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua, se debe usar en lugar de una capa base normal una barrera contra el hielo que consista en al menos dos capas de capa base cementadas juntas o en una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero, y debe extenderse desde el canto del alero hasta un punto al menos 24 pulgadas (610 mm) hacia dentro de la línea del muro exterior de la edificación Excepción: Estructuras accesorias separadas que no contienen área de piso acondicionada. Excepción: Estructuras accesorias separadas que no contienen área de piso acondicionada. 1507.6.4 Normas del material. El techado prearmado revestido con grava debe cumplir con ASTM D 3909 ó ASTM D 6380. 1507.5.4 Normas del material. Los revestimientos de techo de placas metálicas para techo deben cumplir con la Tabla 1507.4.3(1). Los materiales usados para revestimientos de placas de techo metálicas deben ser naturalmente resistentes a la corrosión o provistos de resistencia a la corrosión de acuerdo con las normas y los espesores mínimos especificados en las normas listadas en la Tabla 1507.4.3(2). 1507.7 Tejas de pizarra. La instalación de tejas de pizarra debe cumplir con las disposiciones de esta sección. 1507.5.5 Fijación. Las tejas de techo metálicas deben estar aseguradas al techo de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante aprobado. 1507.7.2 Pendiente de techo. Las tejas de pizarra sólo deben ser usadas en pendientes de cuatro unidades verticales en 12 unidades horizontales (4:12) o mayores. 1507.5.6 Cubrejuntas. Los cubrejuntas de lima hoya de techo deben ser de metal resistente a la corrosión del mismo material que el revestimiento de techo o deben cumplir con las normas en la Tabla 1507.4.3(1). El cubrejuntas de lima hoya debe extenderse al menos 8 pulgadas (203 mm) a cada 1507.7.3 Capa base. La capa base debe cumplir con ASTM D 226, Tipo I o ASTM D 4869. En áreas donde la temperatura diaria promedio en enero es de 25ºF (-4ºC) o menor o cuando existe la posibilidad de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua, una barrera CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ 1507.7.1 Requisitos de cubierta. Las tejas de pizarra deben estar fijadas a techos entablados en forma maciza. 299 SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO contra el hielo que consista en al menos dos capas de capa base cementadas juntas o en una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero, debe extenderse desde el canto del alero hasta un punto al menos 24 pulgadas (610 mm) hacia dentro de la línea del muro exterior de la edificación. Excepción: Estructuras accesorias separadas que no contienen área de piso acondicionada. 1507.7.4 Normas del material. Las tejas de pizarra deben cumplir con ASTM C 406. 1507.7.5 Aplicación. El solape de cabeza mínimo para tejas de pizarra debe estar de acuerdo con la Tabla 1507.7.5. Las tejas de pizarra deben estar aseguradas al techo con dos anclajes por pizarra. TABLA 1507.7.5 SOLAPE DE CABEZA DE TEJA DE PIZARRA PENDIENTE SOLAPE DE CABEZA (pulgadas) 4:12 < pendiente < 8:12 4 8:12 < pendiente < 20:12 3 pendiente ³ 20:12 2 Para SI: 1 pulgada= 25.4 mm. 1507.7.6 Cubrejuntas. Los cubrejuntas y contrachapas de escurrimiento deben estar hechos con lámina metálica. Los cubrejuntas de lima hoya deben ser de un ancho mínimo de 15 pulgadas (381 mm). El metal de la lima hoya y del cubrejuntas debe ser de espesor mínimo sin recubrimiento de 0.0179 pulgada (0.455 mm) con recubrimiento de zinc G90. Las chimeneas, el estuco o los muros de ladrillo deben tener un mínimo de dos capas de fieltro para un cubrejuntas de cumbrera consistente en una tira de fieltro de 4 pulgadas (102 mm) de ancho colocada con cemento plástico y que se extiende 1 pulgada (25 mm) por encima del primer fieltro y una cobertura superior de cemento plástico. El fieltro debe extenderse 2 pulgadas (51 mm) por encima del cubrejuntas base. 1507.8 Tejas de madera. La instalación de tejas de madera debe cumplir con las disposiciones de esta sección y con la Tabla 1507.8. 1507.8.1 Requisitos de cubierta. Las tejas de madera deben ser instaladas sobre entablado macizo o espaciado. Cuando se use entablado espaciado, las tablas no deben ser menores a 1 pulgada por 4 pulgadas (25 mm por 102 mm) de dimensiones nominales y deben estar espaciadas entre centros una distancia igual a la exposición a la intemperie para coincidir con la ubicación de los anclajes. 1507.8.1.1 Entablado macizo requerido. El entablado macizo se requiere en áreas donde la temperatura diaria promedio en enero es 25ºF (-4ºC) o menor o cuando existe la posibilidad de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua 300 1507.8.2 Pendiente de cubierta. Las tejas de madera deben ser instaladas en pendientes de tres unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 25 por ciento) o mayores. 1507.8.3 Capa base. La capa base debe cumplir con ASTM D 226, Tipo I ó ASTM D 4869. En áreas donde ha habido una historia de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua, se debe usar en lugar de la capa base normal una barrera contra el hielo que consista en al menos dos capas de capa base cementadas juntas o en una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero, y debe extenderse desde el canto del alero hasta un punto al menos 24 pulgadas (610 mm) hacia dentro de la línea del muro exterior de la edificación. Excepción: Estructuras accesorias separadas que no contienen área de piso acondicionada. 1507.8.4 Normas del material. Las tejas de madera deben ser de madera naturalmente durable y deben cumplir con los requisitos de la Tabla 1507.8.4. TABLA 1507.8.4 REQUISITOS DE MATERIAL PARA TEJAS DE MADERA MATERIAL GRADOS MÍNIMOS APLICABLES REGLAS DE GRADO 1, 2 ó 3 CSSB Tejas de madera de madera naturalmente durable CSSB = Cedar Shake and Shingle Bureau 1507.8.5 Fijación. Los anclajes para tejas de madera deben ser resistentes a la corrosións con una penetración mínima de 0.75 pulgada (19.1 mm) en el entablado. Para entablado de espesor menor a 0.5 pulgada (12.7 mm), los anclajes deben extenderse a través del entablado. Cada teja debe estar fijada con dos anclajes como mínimo. 1507.8.6 Aplicación. Las tejas de madera deben ser colocadas con un solape lateral no menor a 1.5 pulgadas (38 mm) entre juntas en hileras adyacentes, y no deben estar en alineamiento directo en hileras alternadas. El espaciamiento entre tejas debe ser de 0.25 a 0.375 pulgadas (6.4 a 9.5 mm). TABLA 1507.8.6 EXPOSICIÓN A LA INTEMPERIE Y PENDIENTE DE TECHO PARA TEJAS DE MADERA EXPOSICIÓN (pulgadas) MATERIAL DE TECHADO LONGITUD (pulgadas) GRADO 16 Tejas de madera naturalmente durable 18 24 Nº 1 Nº 2 Nº 3 Nº 1 Nº 2 Nº 3 Nº 1 Nº 2 Nº 3 Pendiente 3:12 Pendiente 4:12 hasta < 4:12 ó mayor 3.75 3.5 3 4.25 4 3.5 5.75 5.5 5 5 4 3.5 5.5 4.5 4 7.5 6.5 5.5 Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm. CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO La exposición a la intemperie para tejas de madera no debe exceder lo establecido en la Tabla 1507.8.6. 1507.8.7 Cubrejuntas. En la junta del techo y superficies verticales, deben proveerse cubrejuntas y contrachapa de escurrimiento de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante y donde sean metálicas, no deben ser de menos de 0.019 pulgada (0.48 mm) (lámina galvanizada calibre Nº 26) resistentes a la corrosión. El cubrejuntas de lima hoya debe extenderse al menos 11 pulgadas (279 mm) a ambos lados de la línea central y debe tener una costilla desviadora de salpicaduras de 1 pulgada (25 mm) de altura mínima en la línea de flujo formada como parte del cubrejuntas. Las secciones de los cubrejuntas deben tener un solape extremo no menor a 4 pulgadas (102 mm). Para pendientes de techo de tres unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 25 por ciento) y mayores, el cubrejuntas de lima hoya debe tener una capa base de 36 pulgadas (914 mm) de ancho de una capa de capa base Tipo I a lo largo de la longitud total de la lima hoya o una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero cumpliendo con ASTM D 1970, adicionalmente a otra capa base requerida. En áreas donde la temperatura diaria promedio en enero es de 25ºF (-4ºC) o menor o donde hay posibilidad de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua, la capa base del cubrejuntas de lima hoya metálico debe estar adherida en forma maciza a la capa base del techado para pendientes menores a siete unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 58 por ciento) o se debe instalar una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero. 1507.9 Ripias de madera. La instalación de ripias de madera debe cumplir con las disposiciones de esta sección y con la Tabla 1507.8. 1507.9.1 Requisitos de cubierta. Las ripias de madera sólo deben ser usadas en entablado macizo o espaciado. Donde se use entablado espaciado, las tablas no deben ser menores a 1 pulgada por 4 pulgadas (25 mm por 102 mm) de dimensiones nominales y deben estar espaciadas entre centros una distancia igual a la exposición a la intemperie para coincidir con la ubicación de los anclajes. Cuando se instale entablado espaciado de 1 pulgada por 4 pulgadas (25 mm por 102 mm) cada 10 pulgadas entre centros, deben instalarse tablas adicionales de 1 pulgada por 4 pulgadas (25 mm por 102 mm) entre las tablas de entablado. 1507.9.1.1 Entablado macizo requerido. Se requiere entablado macizo en áreas donde la temperatura diaria promedio en enero es 25ºF (-4ºC) o menor o donde hay posibilidad de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua. 1507.9.2 Pendiente de cubierta. Las ripias de madera sólo deben ser usadas en pendientes de cuatro unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 33 por ciento) o mayores. 1507.9.3 Capa base. La capa base debe cumplir con ASTM D 226, Tipo I ó ASTM D 4869. En áreas donde ha habido una historia de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua, se debe usar en lugar de una capa base normal una barrera contra el hielo que consista en CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ al menos dos capas de capa base cementadas juntas o en una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero, y debe extenderse desde el canto del alero hasta un punto al menos 24 pulgadas (610 mm) hacia dentro de la línea del muro exterior de la edificación. Excepción: Estructuras accesorias separadas que no contienen área de piso acondicionada. 1507.9.4 Capa intermedia. La capa intermedia debe cumplir con ASTM D 226, Tipo I. 1507.9.5 Normas del material. Las ripias de madera deben cumplir con los requisitos de la Tabla 1507.9.5. TABLA 1507.9.5 REQUISITOS DEL MATERIAL DE RIPIAS DE MADERA GRADOS MÍNIMOS REGLAS DE GRADO APLICABLES 1 CSSB 1ó2 CSSB Ripias de madera tratada con conservadores y tejas de madera naturalmente durable 1 CSSB Ripias de madera ignífuga y tejas de madera naturalmente durable 1 CSSB Ripias aserradas en punta tratadas con conservadores de madera de pino del Sur tratado de acuerdo con AWPA U1 (Especificación de materias primas A, Categoría de Uso 3B y Sección 5.6) 1ó2 TFS MATERIAL Ripias de madera de madera naturalmente durable Ripias aserradas en punta de madera naturalmente durable CSSB = Cedar Shake and Shingle Bureau TFS = Forest Products Laboratory of the Texas Forest Services. 1507.9.6 Fijación. Los anclajes para ripias de madera deben ser resistentes a la corrosións con una penetración mínima de 0.75 pulgada (19.1 mm) dentro del entablado. Para entablado de espesor menor a 0.5 pulgada (12.7 mm), los anclajes deben extenderse a través del entablado. Cada ripia debe estar fijada con dos anclajes como mínimo. 1507.9.7 Aplicación. Las ripias de madera deben ser colocadas con un solape lateral no menor a 1.5 pulgadas (38 mm) entre juntas en hileras adyacentes. El espaciamiento entre ripias en la misma hilera debe ser de 0.375 a 0.625 pulgada (9.5 a 15.9 mm) para ripias y ripias aserradas en punta de madera naturalmente durable y debe ser de 0.25 a 0.375 pulgada (6.4 a 9.5 mm) para ripias aserradas en punta de madera tratada con conservadores. La exposición a la intemperie para ripias de madera no debe exceder lo establecido en la Tabla 1507.9.7. 1507.9.8 Cubrejuntas. En la junta del techo y superficies verticales, deben proveerse cubrejuntas y contrachapa de escurrimiento de acuerdo con las instrucciones de instalación del fabricante y donde sean metálicas, no deben ser de menos de 0.019 pulgada (0.48 mm) (lámina galvanizada calibre Nº 26) resistentes a la corrosión. El cubrejuntas de lima hoya debe extenderse al menos 11 pulgadas (279 mm) a ambos lados de la línea central y debe tener una costilla desviadora de salpicaduras de 1 pulgada (25 mm) de altura 301 SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO TABLA 1507.8 INSTALACIÓN DE TEJA Y RIPIA DE MADERA ELEMENTO DEL TECHO 1. Pendiente de techo 2. Requisito de cubierta Clima templado TEJAS DE MADERA RIPIAS DE MADERA Las tejas de madera deben ser instaladas en pendientes Las ripias de madera deben ser instaladas en pendientes de de tres unidades verticales en 12 unidades horizontales cuatro unidades verticales en 12 unidades horizontales (4:12) o mayores. (3:12) o mayores. — — Las tejas deben ser aplicadas a techos con entablado macizo o espaciado. Cuando se use entablado espaciado, las tablas no deben ser menores a 1´´ x 4´´ (25 mm por 102 mm) de dimensiones nominales y deben estar espaciadas entre centros una distancia igual a la exposición a la intemperie para coincidir con la ubicación de los anclajes. Las ripias deben ser aplicadas a techos con entablado macizo o espaciado. Cuando se use entablado espaciado, las tablas no deben ser menores a 1´´ x 4´´ (25 mm por 102 mm) de dimensiones nominales y deben estar espaciadas entre centros una distancia igual a la exposición a la intemperie para coincidir con la ubicación de los anclajes. Cuando se instale entablado espaciado de 1´´ x 4´´ cada 10 pulgadas, deben ser instaladas tablas adicionales entre las tablas de entablado. En áreas donde la temperatura Se requiere entablado macizo. diaria promedio en enero es de 25ºF (-4ºC) o menor o cuando existe la posibilidad de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua. 3. Capaintermedia Se requiere entablado macizo. Sinrequisitos. 4. Capa base La capa intermedia debe cumplir con ASTM D 226, Tipo 1. — — Clima templado La capa base debe cumplir con ASTM D 226, Tipo 1. La capa base debe cumplir con ASTM D 226, Tipo 1. En áreas donde ha habido una historia de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua. Un escudo contra el hielo que consista en al menos dos capas de capa base cementadas juntas o en una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero, debe extenderse desde el canto del alero hasta un punto al menos 24 pulgadas hacia dentro de la línea del muro exterior de la edificación Un escudo contra el hielo que consista en al menos dos capas de capa base cementadas juntas o en una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero, debe extenderse desde el cantodelalerohastaunpuntoalmenos24pulgadashaciadentro de la línea del muro exterior de la edificación — — 5. Aplicación Los anclajes para ripias de madera deben ser resistentes a la corrosións con una penetración mínima de 0.75 pulgada dentro del entablado. Para entablados con espesor menor a 0.5 pulgada, los anclajes deben extenderse a través del entablado. Fijación Los anclajes para tejas de madera deben ser resistentes a la corrosións con una penetración mínima de 0.75 pulgada dentro del entablado. Para entablados con espesor menor a 0.5 pulgada, los anclajes deben extenderse a través del entablado. Nº de anclajes Dos por teja. Dos por ripia. Exposición Las exposiciones a la intemperie no deben exceder aquellas establecidas en la Tabla 1507.8.6. Las exposiciones a la intemperie no deben exceder aquellas establecidas en la Tabla 1507.9.7 Método Las tejas deben ser colocadas con un solape lateral no Las ripias deben ser colocadas con un solape lateral no menor a menor a 1.5 pulgadas entre juntas en hileras, y en tres 1.5 pulgadas entre juntas en hileras adyacentes. El hileras adyacentes no debe haber dos juntas espaciamiento entre ripias no debe ser menor a 0.375 pulgada o directamente alineadas. El espaciamiento entre tejas mayor a 0.625 pulgada para ripias y ripias aserradas en punta de madera naturalmente durable y deben ser de 0.25 a 0.375 debe ser de 0.25 a 0.375 pulgada. pulgada para ripias aserradas en punta de madera tratada con conservadores. Cubrejuntas De acuerdo con la Sección 1507.8.7. De acuerdo con la Sección 1507.9.8. Para SI: 1 pulgada = 25.4 mm, °C = [(°F) - 32]/1.8. 302 CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO mínima en la línea de flujo formada como parte del cubrejuntas. Las secciones de los cubrejuntas deben tener un solape extremo no menor a 4 pulgadas (102 mm). Para pendientes de techo de tres unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 25 por ciento) y mayores, el cubrejuntas de lima hoya debe tener una capa base de 36 pulgadas (914 mm) de ancho de una capa de capa base Tipo I a lo largo de la longitud total de la lima hoya o una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero cumpliendo con ASTM D 1970, adicionalmente a otra capa base requerida. En áreas donde la temperatura diaria promedio en enero es de 25ºF (-4ºC) o menor o cuando exista la posibilidad de formación de hielo a lo largo de los aleros causando acumulación de agua, la capa base del cubrejuntas de lima hoya metálico debe estar adherida en forma maciza a la capa base del techado para pendientes menores a siete unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente 58 por ciento) o se debe instalar una lámina autoadhesiva bituminosa modificada con polímero. TABLA 1507.9.7 EXPOSICIÓN A LA INTEMPERIE Y PENDIENTE DE TECHO PARA RIPIAS DE MADERA MATERIAL DE TECHADO LONGITUD (pulgadas) GRADO EXPOSICIÓN (pulgadas) PENDIENTE 4:12 O MAYOR TABLA 1507.10.2 NORMAS DEL MATERIAL PARA TECHADOS COMPUESTOS NORMA DEL MATERIAL NORMA Recubrimientosacrílicosusadosentechado ASTM D 6083 Revestimientosdeagregado ASTM D 1863 Adhesivoasfálticousadoentechado ASTM D 3747 Cementosasfálticosusadosentechado ASTM D 3019; D 2822; D 4586 Láminabasedefibradevidrioconcapade asfalto ASTM D 4601 Recubrimientosasfálticosusadosentechado ASTM D1227; D 2823; D 4479 Fieltrodevidrioasfáltico ASTM D 2178 Imprimadorasfálticousadoentechado ASTM D 41 Láminabasedefieltroorgánicosaturadode asfaltoy recubiertoconasfalto ASTM D 2626 Fieltroorgánicosaturadoconasfalto (perforado) ASTM D 226 Asfaltousadoentechado ASTM D 312 Cementosdealquitrándehullausadosen techado ASTM D 4022; D 5643 Ripias de madera naturalmente durable 18 24 Nº 1 Nº 1 7.5 10a Fieltroorgánicosaturadoconalquitránde hulla ASTM D 227 18 24 18 24 Nº 1 Nº 1 Nº 2 Nº 2 7.5 10 5.5 7.5 Breadealquitrándehullausadoentechado ASTM D 450; Tipo I ó II Ripias aserradas en punta de madera tratada Ripias aserradas en punta de madera naturalmente durable 18 24 18 24 Nº 1 Nº 1 Nº 2 Nº 2 7.5 10 5.5 7.5 Imprimadordealquitrándehullausadoen techado,resistentealahumedady resistenteal ASTM D 43 agua Malladevidrio,alquitrándehulla ASTM D 4990 Malladevidrio,tipoventilación ASTM D 4897 Para SI: 1 pulgada= 25.4 mm. Láminadecubiertainorgánicarevestidacon grava ASTM D 3909 a.Para ripias de 24 pulgadas por 0.375 pulgada separadas a mano, la exposición máxima es 7.5 pulgadas. Tejidostermoplásticosusadosentechado ASTM D 5665, D 5726 1507.10 Techos compuestos. La instalación de techos compuestos debe cumplir con las disposiciones de esta sección. 1507.10.1 Pendiente. Los techos compuestos deben tener una pendiente de diseño mínima de un cuarto de unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente 2 por ciento) para desagüe, excepto para techos compuestos de alquitrán de hulla que deben tener una pendiente de diseño mínima de un octavo de unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente 1 por ciento). 1507.10.2 Normas del material. Los materiales de cubiertas de techos compuestos deben cumplir con las normas en la Tabla 1507.10.2. 1507.11 Techado bituminoso modificado. La instalación de techado bituminoso modificado debe cumplir con las disposiciones de esta sección. CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ 1507.11.1 Pendiente. Los techos de membrana bituminosa modificada deben tener una pendiente de diseño mínima de un cuarto de unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente 2 por ciento) para desagüe. 1507.11.2 Normas del material. Los revestimientos de techo bituminosos modificados deben cumplir con CGSB 37-GP-56M, ASTM D 6162, ASTM D 6163, ASTM D 6164, ASTM D 6222, ASTM D 6223 ó ASTM D 6298. 1507.12 Techado termofraguado de una sola capa. La instalación de techado termofraguado de una sola capa debe cumplir con las disposiciones de esta sección. 1507.12.1 Pendiente. Los techos con membrana de una sola capa termofraguada deben tener una pendiente de diseño mínima de un cuarto de unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente 2 por ciento) para desagüe. 303 SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO 1507.12.2 Normas del material. Los revestimientos de techo de una sola capa termofraguados deben cumplir con ASTM D 4637, ASTM D 5019 ó CGSB 37-GP-52M. 1507.13 Techado de una sola capa termoplástica. La instalación de techado de una sola capa termoplástica debe cumplir con las disposiciones de esta sección. 1507.13.1 Pendiente. Los techos con membrana de una sola capa termoplástica deben tener una pendiente de diseño mínima de un cuarto de unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente 2 por ciento). 1507.13.2 Normas del material. Los revestimientos de techo de una sola capa termoplástica deben cumplir con ASTM D 4434, ASTM D 6754, ASTM D 6878 ó CGSB CAN/CGSB 37-54. 1507.14 Techado de espuma de poliuretano rociada. La instalación de techado de espuma de poliuretano rociada debe cumplir con las disposiciones de esta sección. 1507.14.1 Pendiente. Los techos de espuma de poliuretano rociada deben tener una pendiente de diseño mínima de un cuarto de unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente 2 por ciento) para desagüe. 1507.14.2 Normas del material. El aislamiento de espuma de poliuretano aplicado por rociado debe cumplir con ASTM C 1029. 1507.14.3 Aplicación. El aislamiento de techo de espuma rociada in situ debe instalarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Debe aplicarse un recubrimiento de protección de aplicación líquida que cumpla con la Sección 1507.15 no antes de 2 horas ni después de 72 horas luego de la aplicación de la espuma. 1507.14.4 Plásticos de espuma. Los materiales de plásticos de espuma y su instalación deben cumplir con el Capítulo 26. 1507.15 Recubrimiento de aplicación líquida. La instalación de recubrimientos de aplicación líquida debe cumplir con las disposiciones de esta sección. 1507.15.1 Pendiente. Los techos con aplicación de líquidos deben tener una pendiente de diseño mínima de un cuarto de unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente 2 por ciento). 1507.15.2 Normas del material. Los recubrimientos de techo con aplicación líquida deben cumplir con ASTM C 836, ASTM C 957, ASTM D 1227 ó ASTM D 3468, ASTM D 6083 ó ASTM D 6694. SECCIÓN 1508 AISLAMIENTO DE TECHO 1508.1 Generalidades. El uso de aislamiento térmico por encima de la cubierta debe permitirse siempre que dicho aislamiento sea cubierto con un revestimiento de techo aprobado y pase los ensayos de FM 4450 ó UL 1256 cuando se ensaya como un sistema. Excepciones: 1.El aislamiento de techo de plástico de espuma debe cumplir con los requisitos de material e instalación del Capítulo 26. 304 2. Donde una cubierta de techo de hormigón se use y el aislamiento térmico por encima de la cubierta se cubra con un revestimiento de techo aprobado. 1508.1.1 Panel de fibra celulósico. El aislamiento de techo con panel de fibra celulósico debe cumplir con los requisitos de material e instalación del Capítulo 23. 1508.2 Normas del material. Los paneles de aislamiento térmico por encima de la cubierta deben cumplir con las normas de la Tabla 1508.2. TABLA 1508.2 NORMAS DEL MATERIAL PARA AISLAMIENTO DE TECHO Panel de vidrio celular ASTM C 552 Paneles compuestos ASTM C 1289, Tipo III, IV, V ó VI Paneles de fibra de madera ASTM C 208 Paneles de perlita ASTM C 728 Paneles de poliestireno extruido ASTM C 578 Paneles de poliisocianurato ASTM C 1289, Tipo I ó Tipo II Poliestireno expandido ASTM C 578 SECCIÓN 1509 ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO 1509.1 Generalidades. Las disposiciones de esta sección deben regir la construcción de estructuras de sobretecho. 1509.2 Cuartos de azotea. Un cuarto de azotea u otra proyección por encima del techo en estructuras que no sean de construcción Tipo I no debe exceder 28 pies (8534 mm) por encima del techo donde se use como un cerramiento para tanques o para ascensores que llegan hasta el techo y en todos los otros casos no debe extenderse más de 18 pies (8534 mm) por encima del techo. El área total de los cuartos de azotea y otras estructuras de sobretecho no debe exceder un tercio del área del techo que lo sustenta. Un cuarto de azotea, tabique divisorio o cualquier otra proyección similar por encima del techo no debe usarse para propósitos que no sean el de proteger equipo mecánico o proteger aberturas de recintos verticales en el techo. Deben hacerse previsiones tales como celosías, hojas de celosía o cubrejuntas para proteger el equipo mecánico y el interior de la edificación de los elementos. Los cuartos de azotea y tabiques divisorios usados para propósitos que no sean los permitidos por esta sección deben cumplir con los requisitos de este código para un piso adicional. Las restricciones de esta sección no deben prohibir la colocación de mástiles de madera o estructuras similares sobre el techo de cualquier edificación. 1509.2.1 Tipo de construcción. Los cuartos de azotea deben construirse con muros, pisos y techo según sea requerido para la edificación. CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO Excepciones: 1. En edificaciones de construcción Tipo I y II, los muros exteriores y techos de cuartos de azotea con una distancia de separación al fuego mayor a 5 pies (1524 mm) y menor a 20 pies (6096 mm) deben ser de construcción no combustible con una clasificación de resistencia al fuego mínima de 1 hora. Los muros y techos con una distancia de separación al fuego de 20 pies (6096 mm) o mayor deben ser de construcción no combustible. La estructura y los muros interiores deben ser de construcción no combustible. 2. En edificaciones de construcción Tipo III, IV y V, los muros exteriores de los cuartos de azotea con una distancia de separación al fuego mayor a 5 pies (1524 mm) y menor a 20 pies (6096 mm) deben ser de construcción con una clasificación de resistencia al fuego de 1 hora como mínimo. Los muros con una distancia de separación al fuego de 20 pies (6096 mm) o mayor a partir de una línea común de propiedad deben ser de construcción Tipo IV ó no combustible. Los techos deben construirse de los materiales y con la resistencia al fuego requeridos por la Tabla 601. La estructura y los muros interiores deben ser de construcción Tipo IV ó no combustible. 3. Deben permitirse los cerramientos no combustibles no protegidos que alberguen solamente equipo mecánico y que estén ubicados a una distancia de separación al fuego mínima de 20 pies (6096 mm). 4. En edificaciones de un piso, se permiten pantallas de equipo mecánico, cercas o cerramientos similares sin techo combustibles cuando estén ubicados a una distancia de separación al fuego de al menos 20 pies (6096 mm) a partir de las líneas de propiedad adyacentes y cuando no exceden 4 pies (1219 mm) de altura por encima de la superficie del techo. 5. Las buhardillas deben ser del mismo tipo de construcción que el techo sobre el cual están ubicadas, o que los muros exteriores de la edificación. 1509.3 Tanques. Los tanques que tienen una capacidad mayor a 500 galones (2 m3) ubicados dentro o sobre una edificación deben ser soportados por una construcción de mampostería, hormigón reforzado, acero o construcción Tipo IV siempre que, cuando dichos soportes estén ubicados en la edificación por encima del piso más bajo, el soporte debe tener una clasificación de resistencia al fuego según se requiere para construcción Tipo IA. 1509.3.1 Válvula. Dichos tanques deben tener en la base o en el lateral cerca de la base, un tubo o desagüe, provisto con una válvula de apertura rápida apropiada para descargar el contenido en una emergencia a través de un adecuado desagüe. 1509.3.2 Ubicación. Dichos tanques no deben estar colocados por encima o cerca de una línea de escalera o recinto CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™ de ascensor, a menos que exista un techo o piso macizo justo por debajo del tanque. 1509.3.3 Tapa del tanque. Los tanques con techo no encerrado deben tener tapas con pendiente hacia los cantos exteriores. 1509.4 Torres de enfriamiento. Las torres de enfriamiento con área de base mayor a 250 pies cuadrados (23.2 m2) o altura mayor a 15 pies (4572 mm) que estén ubicadas en techos de edificaciones a más de 50 pies (15 240 mm) de altura deben ser de construcción no combustible. Las torres de enfriamiento no deben exceder un tercio del área del techo que las sostiene. Excepción: Los bordes de goteo y la construcción de cerramiento de madera de espesor nominal menor a 1 pulgada (25 mm), siempre que la madera esté cubierta en el exterior de la torre con material no combustible. 1509.5 Torres, agujas, bóvedas y cúpulas. Cualquier torre, aguja, bóveda o cúpula debe ser de un tipo de construcción no menor en clasificación de resistencia al fuego que la requerida para la edificación a la cual está vinculada excepto que cualquiera de dichas torres, agujas, bóvedas o cúpulas que exceda 85 pies (25 908 mm) de altura por encima del plano de nivel del terreno, o exceda 200 pies cuadrados (18.6 m2) de área horizontal o sea usada para cualquier propósito que no sea un campanario o un adorno arquitectónico debe construirse de construcción Tipo I ó II y ser soportada sobre ese tipo de construcción. 1509.5.1 Construcción no combustible requerida. Cualquier torre, aguja, bóveda o cúpula que exceda una altura de 60 pies (18 288 mm) por encima del punto más alto en el que está en contacto con el techo, o que exceda un área de 200 pies cuadrados (18.6 m2) en cualquier sección horizontal, o que esté prevista para usarse para cualquier otro propósito que no sea un campanario o adorno arquitectónico, debe ser enteramente construida y soportada por materiales no combustibles. Dichas estructuras deben estar separadas de la edificación inferior por una construcción con una clasificación de resistencia al fuego no menor a 1.5 horas con aberturas protegidas con una clasificación de resistencia al fuego mínima de 1.5 horas. Las estructuras, excepto los soportes de antena de 12 pies (3658 mm) o menos de altura, mástiles, tanques de agua y torres de enfriamiento, ubicadas por encima del techo de cualquier edificación de altura mayor a 50 pies (15 240 mm), deben ser de material no combustible y deben ser soportadas por una construcción de material no combustible. 1509.5.2 Torres y agujas. Las torres y agujas que estén encerradas deben tener muros exteriores según los requeridos para la edificación a la cual están vinculadas. El revestimiento de techo de agujas debe ser de una clase de revestimiento de techo según el requerido para el techo principal del resto de la estructura. SECCIÓN 1510 RETECHADO 1510.1 Generalidades. Los materiales y métodos de aplicación usados para recubrir o remplazar un revestimiento de techo existente deben cumplir con los requisitos del Capítulo 15. 305 SISTEMAS DE TECHADO Y ESTRUCTURAS DE SOBRETECHO Excepción: No debe requerirse que el retechado cumpla con el requisito de pendiente de diseño mínima de un cuarto de unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente 2 por ciento) en la Sección 1507 para techos que proporcionan desagüe asegurado de techo. 1510.6 Cubrejuntas. Los cubrejuntas deben ser reconstruidos de acuerdo con las instrucciones aprobadas de instalación del fabricante. Los cubrejuntas metálicos a los que deben adherirse materiales bituminosos deben ser imprimados previamente a la instalación. 1510.2 Cargas estructurales y de construcción. Los componentes estructurales de techo deben ser capaces de soportar el sistema de revestimiento del techo y el material y las cargas de equipos que se encontrarán durante la instalación del sistema. 1510.3 Recubierta versus remplazo. Los revestimientos de techo nuevos no deben ser instalados sin antes quitar todas las capas existentes de revestimiento de techo donde ocurra cualquiera de las siguientes condiciones: 1. Donde el techo o revestimiento de techo existente esté empapado o se ha deteriorado hasta un punto en que el techo o revestimiento de techo existente no sea adecuado como base para un techado adicional. 2. Donde el revestimiento de techo existente es de ripia de madera, teja de pizarra, cerámica, de cemento o de asbesto cemento. 3. Donde el techo existente tiene dos o más aplicaciones de cualquier tipo de revestimiento de techo. Excepciones: 1. Sistemas de techado completos y separados, tales como sistemas de techo metálicos de junta de plegado saliente, que son diseñados para transmitir las cargas del techo directamente al sistema estructural de la edificación y que no dependen de techos o revestimientos de techo existentes para su apoyo, no deben requerir la remoción de los revestimientos de techo existentes. 2. Debe permitirse que los revestimientos de techo de panel metálico, placa metálica, y teja de hormigón y cerámica sean instalados sobre techos de ripias de madera existentes cuando se colocan de acuerdo con la Sección 1510.4. 3. Debe permitirse la aplicación de un revestimiento protector nuevo sobre un sistema de techado de espuma de poliuretano rociado existente sin arrancar los revestimientos de techado existentes 1510.4 Recubierta de techo. Donde la aplicación de un nuevo revestimiento de techo sobre techos de teja o ripia de madera crea un espacio oculto combustible, la superficie existente completa debe ser cubierta con tablero de yeso, fibra mineral, fibra de vidrio u otro material aprobado anclado de manera segura en su lugar. 1510.5 Reinstalación de materiales. Debe permitirse que las tejas de pizarra, cerámicas o de cemento existentes sean reinstaladas, excepto que las tejas o pizarras dañadas, quebradas o rotas no deben ser reinstaladas. Los cubrejuntas de ventilación, los cubrecanto metálicos, salidas de desagüe, collares y contrachapas de escurrimiento existentes no deben ser reinstalados cuando estén oxidados, dañados o deteriorados. Los materiales de agregados para revestimiento no deben ser reinstalados. 306 CÓDIGO INTERNACIONAL DE LA EDIFICACIÓN 2006™