Resolución De 3 De Noviembre De 2015

   EMBED

Share

Preview only show first 6 pages with water mark for full document please download

Transcript

Fiscal Impuestos BASE DE DATOS DE NORMACEF Referencia: NSL020342 RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2016, a efectos de cómputos de plazos. (BOE de 18 de noviembre de 2015) El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que la Administración General del Estado fijará, en su ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial, que ha sido fijado en la Resolución de 19 de octubre de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2016 («Boletín Oficial del Estado» del 22). Este calendario de días inhábiles se publicará antes del comienzo de cada año en el «Boletín Oficial del Estado» y en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por los ciudadanos. Por todo ello, esta Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, órgano superior del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en virtud del Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y de conformidad con las competencias que le atribuye el artículo 12 del mencionado Real Decreto, ha resuelto: Primero. Aprobar el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2016, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos. Segundo. Son días inhábiles: a) En todo el territorio nacional: los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución. b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos. c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles. Los días inhábiles a que se refieren los puntos a) y b) de este apartado se recogen, especificado por meses y por Comunidades Autónomas, en el anexo adjunto. Tercero. Disponer la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Punto de Acceso General (administracion.gob.es) de la Administración General del Estado. Madrid, 3 de noviembre de 2015. El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda. www.fiscal-impuestos.com Másteres Cursos Oposiciones Editorial Barcelona Madrid Valencia ANEXO ANEXO 2016 Calendario de días inhábiles 2016-Calendario de días inhábiles enero L M M febrero marzo J V S D L M M J V S D 1 1 2 3 1 2 3 4 5 6 7 L abril M M J V S D 1 2 3 4 5 6 L M M J V S 1 2 D 3 4 5 6 7 8 9 10 8 9 10 11 12 13 14 7 8 9 10 11 12 13 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 15 16 17 18 19 20 21 14 15 16 17 18 19 20 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 22 23 24 25 26 27 28 21 22 23 24 25 26 27 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 29 28 29 30 31 25 26 27 28 29 30 L M M S L M L M 2 9 16 23 30 3 10 17 24 31 4 11 18 25 7 14 21 28 D 1 8 15 22 29 6 13 20 27 4 11 18 25 5 12 19 26 julio J V 1 6 7 8 13 14 15 20 21 22 27 28 29 M 3 10 17 24 31 agosto J V 4 5 11 12 18 19 25 26 S 6 13 20 27 D 7 14 21 28 L M 6 13 20 27 D 4 11 18 25 L 5 12 19 26 S 3 10 17 24 M 1 8 15 22 29 noviembre M J V 2 3 4 9 10 11 16 17 18 23 24 25 30 diciembre M J V 1 2 7 8 9 14 15 16 21 22 23 28 29 30 S 3 10 17 24 31 D 4 11 18 25 mayo J V 1 5 6 12 13 19 20 26 27 septiembre M J V 1 2 7 8 9 14 15 16 21 22 23 28 29 30 7 14 21 28 M 1 8 15 22 29 junio J 2 9 16 23 30 L M M octubre J V 3 10 17 24 4 11 18 25 5 12 19 26 6 13 20 27 V 3 10 17 24 7 14 21 28 S 4 11 18 25 D 5 12 19 26 S 1 8 15 22 29 D 2 9 16 23 30 7 14 21 28 M S 2 9 16 23 30 D 3 10 17 24 31 L 1 8 15 22 29 M 2 9 16 23 30 S 5 12 19 26 D 6 13 20 27 L M 5 12 19 26 6 13 20 27 31 Días inhábiles en todo el territorio nacional Días inhábiles sólo en el territorio de las CC.AA. que se especifican a continuación: FEBRERO Día 29: Día 1: MARZO Día 19: Día 24: Andalucía. Baleares. Comunidad Valenciana, Murcia y Ciudad Autónoma de Melilla. Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Día 28: Melilla. Balerares, Cataluña, Comunidad Valenciana, Navarra, País Vasco y La Rioja. ABRIL Día 23: Aragón y Castilla y León. MAYO Día 2: Día 16: Día 17: Día 26: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla y León, Extremadura y Comunidad de Madrid. Día 30: Día 31: JUN IO Día 9: Día 24: JULIO Día 25: Día 28: SEPT IEMBRE Día 2: Día 8: Día 12: Día 15: OCT UBRE Día 7: DICIEMBRE Día 26: Cataluña. Galicia. Castilla-La Mancha. Canarias. Castilla-La Mancha. Murcia y La Rioja. Cataluña y Galicia. Galicia, Madrid, Navarra, País Vasco y La Rioja. Cantabria. Ciudad Autónoma de Ceuta. Asturias y Extremadura. Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla. Cantabria. País Vasco. Andalucía, Aragón, Asturias, I. Baleares, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra, Ciudad Autónoma de Ceuta y Ciudad Autónoma de Melilla. En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 313/2015, de 6 de agosto, por el que se determina el Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016 (B.O.C. de 14-08-2015), dispone que: Día 2 de febrero: TENERIFE Día 5 de agosto: LA PALMA Día 8 de septiembre: GRAN CANARIA Día 15 de septiembre: LANZAROTE Día 16 de septiembre: FUERTEVENTURA Día 24 de septiembre: EL HIERRO Día 3 de octubre: LA GOMERA 3 http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 -