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UNAH Dirección de Investigación Científica y Posgrado Universidad Nacional Autónoma de Honduras Dirección de Investigación Científica y Posgrado Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio Junio de 2015 Dirección de Investigación Científica y Posgrado (DICYP) Colaboradores Mario Contreras Alberto Urbina Ana Valladares Jorge Amador Leda Chávez Departamento de Documentación e Información Nitzia Janine Vásquez: [email protected] Luis Matute: [email protected] Leda Chávez: [email protected] © DICYP, 2015 La Dirección de Investigación Científica y Posgrado de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) es la instancia normativa del Sistema de Investigación Científica encargada de velar por la aplicación de políticas, planes, programas, proyectos y acciones destinados al desarrollo de la investigación científica con calidad. Edificio CISE (antiguo centro comercial), tercer piso. Tel. (504) 2231-0678 Página web: dicyp.unah.edu.hn CONTENIDO PRESENTACIÓN A. EL PLAGIO EN EL TRABAJO ACADÉMICO Introducción 1. 2. 3. 4. 5. Origen histórico del plagio en la actividad académica La honestidad en la universidad Impacto del plagio a nivel académico e intelectual Causas del plagio académico Estrategias para prevenir el plagio académico 5 7 7 8 10 11 12 B. NORMATIVA NACIONAL E INTERNACIONAL SOBRE PLAGIO 1. 2. 3. 4. Definición de plagio Legislación nacional Convenios Internacionales Observancia de los derechos de autor de acuerdo a la OMPI 17 18 21 22 C. LOS DERECHOS DE AUTOR, LA ÉTICA EN LA ACADEMIA Y LA POLÍTICA ANTIPLAGIO 1. De los derechos de autor 2. De las obras 3. La ética en la academia 4. El derecho de cita 5. Infracción de los derechos de autor 6. La propiedad intelectual y la protección de los resultados 7. El papel de la UNAH en la identificación de acciones de plagio 8. Acciones que se consideran plagio 9. Sanciones y prohibiciones 10. Tesis de posgrados 26 26 26 27 28 28 29 31 32 33 D. CÓMO CITAR Y HACER UNA LISTA DE REFERENCIAS EN ARTÍCULOS CIENTÍFICOS: EL CASO DE LA UNAH Introducción 36 1. Cómo citar las fuentes 2. Lista de referencias 39 43 Presentación La Dirección de Investigación Científica y Posgrado (DICYP) tiene la satisfacción de lanzar a la luz pública la serie de publicaciones denominada: “Investigar, publicar, comunicar”, que se inicia con esta primera producción sobre Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio, en cual se involucró a un grupo de gestores académicos de varios departamentos de esta Dirección. La serie persigue la publicación de documentos de reflexión sobre distintos aspectos relacionados con la investigación científica, la publicación de los resultados de las investigaciones en formato de libros o revistas y la comunicación de los mismos a través de los diferentes medios que van desde conversatorios, encuentros, paneles, talleres, conferencias y mesas redondas, hasta simposios y congresos de investigación científica. Cada uno de ellos posee normas que regulan procesos y procedimientos relacionados con las investigaciones, asimismo dan cuenta de la diversidad de campos del conocimiento y de opciones de acuerdo a los objetivos, capacidad y disponibilidad de recursos. Con la puesta en circulación de esta serie y de su primera publicación, la DICYP desea contribuir a facilitar los procesos encaminados a producir, publicar y comunicar resultados de procesos de investigación científica proporcionando documentos orientados a informar sobre los pasos a seguir, las normas que hay que respetar, los peligros que se deben sortear y los elementos a considerar para obtener resultados satisfactorios y de gran calidad académica. Una muestra de ello es el trabajo con el cual se da inicio a esta serie, Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio, el cual toca un aspecto de alta sensibilidad y peligrosidad, como lo es el plagio y su relación con el trabajo académico, incluyendo la forma de trabajar con obras o creaciones de otros autores. Este tema se relaciona directamente con el trabajo académico en las tres funciones de la universidad y, en lo que compete a esta Dirección, con los trabajos que elaboran los investigadores, su publicación en formato de libros o artículos científicos y la investigación educativa que se realiza en los posgrados en sus diferentes espacios curriculares y, por supuesto, en los trabajos de tesis con los que se accede a un título universitario. A todos ellos va dirigido este esfuerzo de la DICYP, confiando en que sirva de complemento para la formación y capacitación de investigadores y profesionales, que les facilite su trabajo y potencie la capacidad de producir resultados originales apoyados en la contribución de otros autores a los avances del conocimiento. Leticia Salomón Directora de Investigación Científica y Posgrado 5 A. EL PLAGIO EN EL TRABAJO ACADÉMICO A. El plagio en el trabajo académico Introducción Las universidades tienen la responsabilidad ante la sociedad de formar profesionales comprometidos con el desarrollo personal de las instituciones en las cuales laboran y de las comunidades en donde viven. Estos profesionales deben tener una formación sólida en sus competencias, especialmente en valores que les permitan ser personas de bien. En este sentido, la honestidad es uno de los valores que la universidad debe fomentar en sus estudiantes, adoptando medidas que permitan prevenir y combatir el plagio en los trabajos académicos elaborados tanto por estudiantes como por los profesores. En correspondencia con este propósito de la universidad, este trabajo es producto de una revisión bibliográfica que incluye algunos datos interesantes sobre el origen del plagio, especialmente en los trabajos escritos y en la actividad académica. Asimismo, se hace una revisión de las causas que originan el plagio de tipo académico y sus implicaciones, así como una descripción de diferentes estrategias para prevenirlo y combatirlo. 1. Origen histórico del plagio en la actividad académica Definitivamente, no puede existir plagio sino existe una obra para plagiar, lo que permite explicar de forma lógica cuándo apareció esta modalidad de apropiarse de las ideas ajenas, especialmente en lo referente a los trabajos escritos y de tipo académico. El plagio de trabajos escritos aparece en la antigüedad, específicamente en la antigua Grecia, cuando filósofos como Aristóteles, Platón y Pitágoras, escribieron documentos acerca de múltiples temas y fueron objeto de difamaciones acerca de la autoría de dichos escritos, ya que se acusaban entre sí de copiar las obras (Perromat, 2010). En tal contexto, la producción escrita recibió algún tipo de protección solamente hasta que aparecieron ciertas instituciones como las bibliotecas, las que surgieron en Egipto con la invención del papiro, el cual, gracias a sus propiedades y resistencia, era utilizado como medio de almacenamiento del conocimiento. Las primeras bibliotecas se ubicaban en los templos que eran considerados sitios de riqueza cultural en donde se guardaban los relatos del pueblo (Ojeda y Garzón, 2012). 7 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio En la Edad Media, la conservación y control del patrimonio escrito estuvo a cargo de la iglesia, específicamente en los monasterios, quienes recopilaban todos los trabajos escritos, quedando inscritos los autores y de alguna manera protegida la autoría de los mismos (Perromat, 2010). Con la aparición de las universidades en esta época y con el auge de las bibliotecas, se comienzan a conservar las obras académicas y se establecen reglamentaciones en cuanto a la protección de los trabajos escritos, regulaciones que surgieron como producto de la invención de la imprenta, tecnología que vino a revolucionar el proceso de producción de documentos escritos, requiriendo la censura previa de los textos y la obligada nominación de los autores. Basándose en estas ideas, es posible afirmar que el plagio existe desde que aparece la escritura, desde que los textos se firman y los nombres de quienes escriben estas obras se conservan. Porque es a partir de allí que: “Los lectores y autores han considerado que hay una cierta correspondencia entre el discurso y su productor nominativo” (Perromat, 2010), es decir, que quien escribe es dueño de la producción escrita y quien la hurta haciéndola pasar como suya se convierte en plagiario. En la actualidad, las oportunidades que brinda la tecnología ─como el fácil acceso al internet y las posibilidades de conseguir información en todos los campos del conocimiento─ hacen que muchas personas, especialmente los estudiantes, quieran elaborar sus trabajos académicos con el mínimo esfuerzo, la mayoría de las veces copiando la información desde la internet sin evidenciar las fuentes de donde la obtuvieron e, inclusive, haciendo pasar como suyas obras cuya autoría pertenece a otras personas. 2. La honestidad en la universidad Las universidades tienen el deber ineludible de formar profesionales honestos, por eso la honestidad es uno de los valores imprescindibles en las actividades de vinculación, investigación y docencia que se desarrollan en los espacios universitarios y fuera de ellos. En consecuencia, la vida académica de la universidad exige a todos sus participantes sortear de la mejor forma todos aquellos obstáculos que les impidan desenvolverse bajo normas de buena conducta y respetando los códigos de ética establecidos. De esta forma, tanto estudiantes como docentes y administrativos universitarios deben ser honestos, primero consigo mismos y luego con los demás. Los estudiantes, por su lado, en la medida que apliquen la honestidad, tendrán conciencia de su progreso personal y profesional y podrán intervenir en su formación. Los profesores 8 A. El plagio en el trabajo académico tienen el reto de ser ejemplo y, sobre todo, orientar a sus estudiantes para que apliquen la honestidad, principalmente cuando desarrollan trabajos en equipo. Sin embargo, el reto de promover la honestidad dentro del ámbito académico no es fácil, ya que hay una diversidad de formas con las cuales los estudiantes y profesores pueden fallar a este deber. Según Gutiérrez (2012), se pueden identificar las siguientes faltas o violaciones a los principios de ética y honestidad intelectual: a. Engañar o hacer trampa. consiste en el uso de ayudas no autorizadas en un examen, alterar un trabajo ya corregido por el profesor para que le cambien su nota, permitir que alguien utilice sus trabajos y que los presente como propios. b. Plagio: robo de ideas, presentar un trabajo como propio (ya sea total o parcial) cuando pertenece a otra persona, no darle el crédito al autor original de un trabajo que se cita en las investigaciones. c. Fabricación: es falsificar o inventar datos o cualquier otra información. d. Sacar ventaja injusta: obtener anticipadamente un examen antes de que el profesor lo administre; robar, destruir, desaparecer o retener documentos y libros para que otro no los utilice; interferir con el trabajo académico de un compañero. e. Fomentar o ayudar o encubrir faltas a la ética: es proveer formas o estimular faltas a la honestidad académica, prestar sus trabajos para que otro los presente bajo su nombre o permitir que se copie de su examen. f. Falsificar registros y documentos oficiales: firmas, cartas de recomendación, usar identificaciones que no son las propias, enviar correos electrónicos a nombre de otra persona. g. Accesos no autorizados: acceder a cualquier sistema administrativo o académico sin la autorización debida y modificar e interferir en el uso de estos sistemas. Todas estas faltas o violaciones a los principios de ética y honestidad intelectual existen porque es difícil que un estudiante universitario produzca un documento académico completamente original y que no tenga que recurrir a la consulta de documentos que en su mayoría son del internet. Así, el estudiante consulta estos documentos que contienen: “Ideas e información que desconoce para apropiarse de ella y adquirir conocimientos; por lo tanto, la imitación, la repetición y la copia de textos e ideas, suele ser muy común” (Schulz y Katime, 2003.) Consecuentemente, se puede afirmar que “las faltas más comunes entre los estudiantes son el plagio y hacer trampas o copiarse” (Gutiérrez, 2012). 9 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio En síntesis, el plagio académico constituye un problema muy serio que puede traer consecuencias delicadas para los estudiantes, sobre todo si pasan a formar parte de su conducta. Estas consecuencias pueden ser inmediatas en su quehacer estudiantil, o mediatas cuando les toca ejercer como profesionales. 3. Impacto del plagio a nivel académico e intelectual Son muchas las repercusiones que tiene el plagio académico en la vida de quienes lo practican. Esta actividad deshonesta socaba los propósitos de los procesos educativos, en primer lugar porque los estudiantes, a quienes se les asigna la redacción de diferentes documentos con la finalidad de que construyan aprendizajes significativos, al final no aprenden, puesto que su trabajo se limita, la mayoría de las veces, a copiar las ideas de otros. Si los estudiantes no aprenden, pero al final aprueban, las instituciones universitarias y los grados académicos que se extienden pierden su legitimidad; además, la sociedad en general se ve expuesta por los egresados de las universidades que cuentan con licencia para ejercer profesiones de las cuales han aprendido muy poco, poniendo en riesgo el bienestar de la población. También se ven afectados directamente los autores de las obras plagiadas, quienes con esfuerzo mental, físico y muchas veces económico, logran sacar a la luz sus creaciones. Al respecto, quienes cometen plagio deben reflexionar que con su acción: “Se daña tanto los derechos morales del autor sobre su obra, ya que no se le está dando su debida acreditación y paternidad sobre la misma, y también los derechos patrimoniales o de explotación” (Soto, 2012); igualmente afectando directamente sus finanzas. En otros casos y dependiendo de la legislación vigente, las consecuencias pueden ser más graves y pueden llevar a que quien comete el plagio tenga que indemnizar con considerables sumas de dinero por concepto de derechos de autor. En el caso de quienes son estudiantes, estos pueden ser expulsados de las instituciones universitarias y quienes ya se han graduado corren el riesgo de que su título les sea retirado (Albis, 2013). Esto último fue lo que le ocurrió en el 2011 al ministro de Defensa alemán, Karl Theodor Zu Guttenberg, a quien le fue retirado su título de doctor en Derecho por habérsele comprobado que había plagiado un 20 % de las 475 páginas de su tesis, que son aproximadamente 95 páginas; a este, además de su título, también le costó su cargo público, el cual había logrado con un 70 % de los votos (Montecinos, 2013). Lo anterior demuestra que con el plagio se ve afectada la reputación del profesional que lo comete, perdiendo credibilidad y oportunidades de éxito en su vida laboral. 10 A. El plagio en el trabajo académico 4. Causas del plagio académico La posibilidad que se tiene hoy en día de acceder a grandes cantidades de información a través de internet ha dado lugar a una cultura “del copiar y pegar” que se está extendiendo y que permite tener mucha información en formatos de fácil reproducción; esta cultura se comienza a desarrollar desde la vida escolar, perdurando hasta la vida universitaria como un hábito inconsciente (Montecinos, 2013). Según Cerezo (2006), el plagio puede ser considerado como el “hurto del trabajo intelectual de otra persona” y una de las causas principales por la que los estudiantes incurren en este tipo de fraude es porque erróneamente consideran que las “ideas son de todo el mundo” (2006), en otras palabras, lo que la humanidad ha creado le pertenece a toda la humanidad. Más grave aún, es que los mismos estudiantes tienen la percepción de que el plagio es “un acto habitual y no sancionable” (Cabedo, 2010); asimismo, tienen la creencia de que es una actividad que no genera perjuicio alguno y que pueden llevarla a cabo sin ningún remordimiento. Como se deduce de lo anterior, pueden ser muchas las razones por las cuales un estudiante comete plagio académico y, al respecto, Soto (2012) hace una lista de las principales: a. El estudiante considera que la asignación es una pérdida de tiempo. . b. El estudiante no cuenta con suficiente tiempo para realizar el trabajo. c. El estudiante no administra adecuadamente su tiempo. d. El profesor no toma acción ante los casos de plagio. e. Por presión de grupo, ya que sus compañeros también lo hacen. f. No posee destrezas de investigación. g. No posee destrezas para citar. h. No entiende el concepto de plagio y de derechos de autor. i. No confía plenamente en sus capacidades. j. Por mera vagancia o buscar alguna emoción al cometer el plagio 11 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio El plagio no es un problema exclusivo de los estudiantes, puesto que, lamentablemente, muchos profesores también están inmersos en esta cultura al descargar libros de textos u otro tipo de material académico desde el internet y se lo proporcionan a sus estudiantes como si fuera de su producción. También, algunos profesores caen fácilmente en el plagio al tener que publicar artículos o trabajos académicos por tener que cumplir con “ciertas presiones, cuotas y mediciones numéricas, no porque se tenga algo que decir” (Albis, 2013). 5. Estrategias para prevenir el plagio académico Existen diferentes estrategias para evitar cometer plagio. Al respecto, Gutiérrez (2012) da las siguientes sugerencias, tanto a estudiantes como a docentes: a. Se debe organizar bien el trabajo académico y disponer de suficiente tiempo para completar las tareas, lo que evitará sucumbir al acto de copiar de forma textual o de falsificar datos, que por tener prisa no se pudieron anotar o recopilar. b. Se deben realizar búsquedas sistemáticas de fuentes de información, anotando todos los datos bibliográficos de cada documento que se revisa. c. Se deben conocer los manuales de estilo y las herramientas para hacer citas en el texto. d. Consultar manuales de redacción y a expertos en este campo que puedan orientar la redacción sin cometer plagio. e. Utilizar todos los recursos disponibles para realizar búsquedas bibliográficas exhaustivas que le permiten recuperar la mayor cantidad posible de información. f. Se debe realizar una lectura y un análisis crítico para llegar a las propias conclusiones; verificar la veracidad de lo que se dice. g. Comparar varios autores, no llegar a conclusiones si no hay suficientes datos, discernir entre lo que es significativo y lo que no lo es, entre lo que está viciado y lo que no. h. Resumir las ideas o datos usando sus palabras sin dejar de citar la fuente original; no copiar literalmente todo lo que aparece en las fuentes de información y en los casos que sea necesario debe citarse. 12 A. El plagio en el trabajo académico Los profesores pueden contribuir significativamente a prevenir y disminuir el plagio; para ello es necesario que adopten estrategias relacionadas con las asignaciones que hacen a sus estudiantes. Sobre esto, Soto (2012) brinda las siguientes sugerencias: a. Se deben dejar diferentes trabajos en cada período académico para fomentar la creatividad de los estudiantes y evitar el plagio en las tareas. b. El profesor debe dedicar tiempo para explicar debidamente que es el plagio, cuáles son sus consecuencias y qué medidas se pueden adoptar para evitarlo. Montecinos (2013), por su parte, hace a los profesores las siguientes sugerencias para prevenir y combatir el plagio: Debe precisarse el grado de originalidad que se exige a los estudiantes en cada trabajo y el nivel de colaboración permitido, ya que la colaboración no autorizada entre estudiantes se denomina “colusión”. a. Se debe brindar a los estudiantes la mayor claridad sobre el alcance o extensión de lo que se califica como plagio. b. Se debe insistir en que no es excusa para dejar de respetar la autoría ajena de las ideas, el hecho de que no se pueda dar con la fuente de la información, ya que quien investiga siempre tiene que esforzarse por conseguir la cita directa. c. Es fundamental que cuando se detecte plagio, el plagiario reciba la correspondiente sanción. En algunos casos el plagio puede conllevar responsabilidad por violación de las leyes que protegen la propiedad intelectual o los derechos de autor. En el ámbito académico, el plagio siempre debe llevar aparejada una sanción disciplinar. Además de estas sugerencias, Montecinos (2013) advierte que: “Es conveniente que la autoridad central fije las sanciones que se van a aplicar y que consten en los reglamentos que se dan a conocer al alumno al momento de incorporarse a la institución” (2013), lo que permite prevenir que los profesores apliquen diferentes criterios y que por ello muchos casos de plagio queden sin sancionar. En cuanto a la prevención del plagio en los trabajos de investigación que se realizan en la universidad, Montecinos (2013) explica que los investigadores deben cuidar lo siguiente: a. Identificar claramente lo que se recoge de otros autores y dar crédito incluso a las buenas ideas que ha recibido verbalmente de otros. 13 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio b. Dominar adecuadamente los sistemas de citación y de elaboración de notas. c. Estár al día en su disciplina: conocer a los principales autores y conocer las discusiones relevantes. De esta manera se evita presentar erróneamente, como novedosas y originales, teorías que ya han sido formuladas por otros y, de paso, se disipa toda sospecha de plagio. d. Conocer la ley sobre propiedad intelectual que rige en el país, puesto que esta ley es relevante para su trabajo y se presume justa si procede de autoridad legítima. e. Cuando se envía a publicación una obra substancialmente idéntica a otra que se ha publicado previamente, se debe expresar esta circunstancia al editor y a los potenciales lectores, siempre en un lugar de fácil acceso. f. En su lista de publicaciones (por ejemplo, en un hoja de vida), un buen investigador identifica claramente las reimpresiones o nuevas versiones de una publicación previa. Si la nueva es sustancialmente igual a la anterior, el buen investigador la agrega dentro del mismo número, para evitar que una publicación en duplicado cuente como si fueran dos trabajos diversos. g. Un buen académico investigador no deja sin sanción el plagio que descubre en sus alumnos. La condescendencia con el plagio solo cauteriza la conciencia del plagiario y torna más difícil el combate contra esta práctica que, como se indicó anteriormente, pone en serio riesgo el prestigio de la labor científica y de la institución universitaria. A manera de conclusión, es posible decir que se requiere la participación activa de los profesores, investigadores, administrativos, estudiantes y todo aquel personal relacionado directamente con la academia, para impulsar campañas de prevención y de combate contra el plagio académico. Todos deben tomar conciencia de las implicaciones que tiene esta actividad deshonesta, ya que conocer sus causas permitirá tomar las medidas de prevención más convenientes y adoptar las estrategias correctas para combatirlo. Referencias Albis, V. (2013). El plagio en la investigación científica. Lecturas Matemáticas, 34 (1), 5-8. Cabedo, A. (2010). Recursos informáticos para la detección del plagio académico. Tejuelo, 8, 8-26. Cerezo, H. (2006). Aspectos éticos del plagio académico de los estudiantes universitarios. Elementos, 61, 31-35. 14 A. El plagio en el trabajo académico Gutiérrez, M. (2012). La ética y la honestidad académica en los estudios graduados y la investigación. Río Piedras: Universidad de Puerto Rico. Montecinos, A. (2013). Plagio y ética de la investigación científica. Revista Chilena de Derecho, 40( 2), 711-716. Ojeda, R. y Garzón, U. (2012). De Sumer a Gutenberg: la biblioteca antigua y medieval. Códices, 8(2). Bogota, Colombia. Perromat, K. (2010). El plagio en las literaturas hispánicas: historia, teoría y práctica. Tesis doctoral. Université Paris-Sorbonne. París, Francia. Schulz, P. C. y Katime, I. (Abril de 2003). Los fraudes científicos. Revista Iberoamericana de Polímeros, 4(2). Soto, A. (2012). El plagio y su impacto a nivel académico y profesional. E-Ciencias de la Información, 2(1). 15 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio B. NORMATIVA NACIONAL E INTERNACIONAL SOBRE PLAGIO 16 B. Normativa nacional e internacional sobre plagio 1. Definición de plagio a. Según la OMPI, el concepto de plagio es el siguiente: Se entiende generalmente que es el acto de ofrecer o presentar como propia, en su totalidad o en parte, la obra de otra persona, en una forma o contexto más o menos alterados. La persona que esto hace recibe el nombre del plagiario; es culpable de impostura y, en el caso de obras protegidas por derecho de autor, lo es también de infracción del derecho de autor. No ha de confundirse el plagio con la libre utilización de meras ideas o métodos de creación tomados de otra obra al crear una nueva obra original. Por otra parte, se entiende generalmente que el plagio no se restringe a casos de similitud formal; hacer accesible al público una obra que es una adaptación del contenido de obras de otros en nuevas formas de expresión artística o literaria y transmitirla como si fuera una obra original propia también es plagio, siempre que el contenido así adaptado no forme parte de una herencia cultural conocida. b. Derecho moral y patrimonial sobre la obra 1) El derecho moral El Artículo 35 de la Ley del Derecho de Autor y de los Derechos Conexos de Honduras, aprobada mediante Decreto 4-99-E, define al derecho moral del autor como uno independiente del patrimonial y aún con posteridad a la transferencia de la obra, el autor conservará sobre esta un derecho personalísimo, inalienable, irrenunciable e imprescriptible. El derecho moral del autor comprende las facultades de reivindicar en todo tiempo y lugar, la paternidad de su obra y en especial a que se mencione su nombre o seudónimo como autor de ella, en todas sus reproducciones y utilizaciones; de oponerse a toda deformación, mutilación u otra modificación de la obra, cuando pueda causar o cause perjuicio a su honor o reputación o la obra pierda mérito literario, académico, artístico o científico; mantener la obra inédita o anónima, pudiendo aplazar su publicación, aún para después de su muerte; introducir modificaciones sucesivas a su obra; y de retirar de la circulación o suspender cualquier forma no autorizada de utilización de su obra. 2) Derecho patrimonial El derecho patrimonial es el que tiene el autor a explotar económicamente la obra de cualquier forma y fraccionando su uso tantas veces como se 17 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio pueda y consisten en los derechos de: reproducción, comunicación pública, transformación, modificación y distribución. El derecho pecuniario consiste en la retribución que corresponde al autor por la explotación, ejecución o uso de su obra con fines lucrativos. En contraposición a los derechos morales, se caracteriza por ser temporal, cesible, renunciable y prescriptible. De esta faz del derecho intelectual se benefician no solo el autor, sino sus herederos y causahabientes. 2. Legislación nacional a. Marco legal hondureño para combatir el plagio: 1) Limitaciones al derecho de autor en Honduras La Ley del Derecho de Autor y de los Derechos Conexos de Honduras establece que será lícito, sin autorización del titular del derecho y sin pago de remuneración, con obligación de mencionar la fuente y el nombre del autor, cuando en la obra estén indicados, realizar los actos siguientes: • Reproducir y distribuir por la prensa o emitir por radiodifusión, por transmisión por cable, las informaciones, noticias y artículos de actualidad, en los casos que la reproducción, radiodifusión o transmisión pública no se haya reservado expresamente. • Reproducir y poner al alcance del público, con ocasión de informaciones relativas a acontecimientos de actualidad por medio de la fotografía, de la obra audiovisual, por la radiodifusión o transmisión por cable, fragmentos de obras vistas u oídas en el curso de tales acontecimientos, en la medida justificada por el fin de la información. • Utilizar por cualquier forma de comunicación al público, discursos políticos, judiciales, disertaciones, alocuciones, sermones y otras obras similares, pronunciadas en público, con fines de información, sobre hechos de actualidad, conservando los autores el derecho exclusivo de publicarlos para otros fines. b. La Ley del Derecho de Autor y de los Derechos Conexos de Honduras también determina qué acciones constituyen violación al derecho de autor y de los derechos conexos y, por lo tanto, será sujeto a sanción todo acto ilícito que en cualquier forma restrinja o perjudique los derechos morales o patrimoniales del autor y titulares, tales como: 18 B. Normativa nacional e internacional sobre plagio 1) Presentación, ejecución o audición pública o la transmisión, comunicación, radiodifusión y distribución de una obra literaria o artística protegida, sin la autorización de su autor, herederos o derechohabientes, excepto en los casos consignados en la presente Ley. 2) Transmisión o ejecución pública de un fonograma protegido sin la autorización de su productor, excepto en los casos consignados en esta Ley. 3) Incluir en una obra, como propia, fragmentos o partes de obra ajena protegida. 4) Apropiarse del título original ajeno protegido. 5) Pretender inscribir como suya una obra literaria, artística, fonograma, interpretación, ejecución o transmisión ajena. 6) Reproducir o alquilar ejemplares de obras literarias, artísticas o científicas protegidas sin autorización de su autor. 7) Reproducir o alquilar copias de fonogramas protegidos sin la autorización de su productor. 8) Fijar y reproducir o trasmitir interpretaciones o ejecuciones protegidas sin autorización del artista. 9) Fijar y reproducir o retransmitir emisiones protegidas sin autorización de los organismos de radiodifusión. 10) La impresión por el editor de mayor número de ejemplares que él convenido con el titular del derecho, salvo el exceso que sea necesario para dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en esta Ley. 11) La adaptación, transformación, traducción, modificación o incorporación de una obra ajena o parte de ella, sin la autorización del autor o de sus derechohabientes. 12) La publicación de obra ajena protegida con el título cambiado o suprimido o con el texto alterado, como si fuera de otro autor. 13) Vender, distribuir, alquilar, almacenar o guardar, poner a disposición del público, importar o exportar ejemplares de obras o fonogramas protegidos, fraudulentamente reproducidos. 14) El alquiler de un ejemplar de una obra audiovisual, de una obra incorporada 19 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio en una grabación sonora, un programa de ordenador con independencia de la titularidad del ejemplar. 15) La importación no autorizada para la distribución, venta o alquiler de las copias de la obra, incluso cuando las copias importadas hayan sido hechas con autorización del autor. 16) Ostentar como asociación de gestión colectiva sin haber obtenido el registro correspondiente ante la oficina administrativa. 17) Negarse injustificadamente a proporcionar a la oficina administrativa, siendo administrador de una asociación de gestión colectiva, los informes y documentos que se le requieran. 18) La fabricación o la importación, para la venta o el alquiler, de un dispositivo o medio especialmente concebido o adaptado para volver inoperante todo dispositivo o medio destinado a impedir o a limitar la reproducción de una obra o a deteriorar la calidad de ejemplares realizados. 19) La fabricación o la importación para la venta o el alquiler de un dispositivo o medio que permita o facilite la recepción de un programa codificado, radiodifundido o comunicado en cualquier otra forma al público, por personas que no están habilitadas a recibirlo. 20) La supresión o modificación, sin estar habilitado para ello, de cualquier información relativa a la gestión de derechos que se presente en forma electrónica. 21) La distribución o la importación con fines de distribución, la radiodistribución, la radiodifusión, la comunicación al público o la puesta a disposición del público, sin estar habilitado para ello, de obras, interpretaciones o ejecuciones, fonogramas o emisiones de radiodifusión, a sabiendas de que se han suprimido o modificado sin autorización informaciones relativas a la gestión de derechos que se presentan en forma electrónica. 22) Todo dispositivo o medio mencionado en este Artículo y todo ejemplar en el que se haya suprimido o modificado una información sobre la gestión de derechos, serán asimilados a las copias o ejemplares falsificados de obras. c. La vía penal, civil y administrativa para sancionar la infracción al derecho de autor: 1) Vía penal: mediante la tipificación de determinadas conductas como delito. Penas de 3 a 6 años y multas de L. 50,000.00 a L.100, 000.00. 20 B. Normativa nacional e internacional sobre plagio 2) Vía civil: mediante las acciones para el resarcimiento de los daños y perjuicios causados al titular de los derechos. 3) Vía administrativa: mediante la aplicación de sanciones económicas (10 a 200 salarios mínimos) impuesta por la Dirección General de Propiedad Intelectual de Honduras. 3. Convenios Internacionales a. Convenio de Berna y los aspectos sobre el plagio 1) Artículo 6 del Convenio de Berna sobre el derecho moral del autor: el Convenio de Berna dispone en el primer párrafo del artículo 6bis, sobre derechos morales, que independientemente de los derechos patrimoniales del autor e incluso después de la cesión de estos derechos, el autor conservará el derecho de reivindicar la paternidad de la obra y de oponerse a cualquier deformación, mutilación u otra modificación de la misma o a cualquier atentado a la misma que cause perjuicio a su honor o a su reputación. 2) Artículo 9.2 del Convenio de Berna sobre el derecho de reproducción (posibles excepciones): en virtud de que el Convenio de Berna establece que los autores de obras literarias y artísticas protegidas por el presente Convenio gozarán del derecho exclusivo de autorizar la reproducción de sus obras por cualquier procedimiento y bajo cualquier forma, también dispone que se reserva a las legislaciones de los países de la Unión la facultad de permitir la reproducción de dichas obras en determinados casos especiales, con tal que esa reproducción no atente a la explotación normal de la obra ni cause un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor. 3) Artículo 10 y 10 bis del Convenio de Berna sobre los casos de libre utilización de la obra, citas, ilustración de la enseñanza, mención de la fuente y del autor y otras posibilidades de libre utilización de las obras: esta disposición del Convenio de Berna revela que hay otras posibilidades de libre utilización de obras tales como: a) permitir la reproducción por la prensa o la radiodifusión o la transmisión por hilo al público de los artículos de actualidad de discusión económica, política o religiosa publicados en periódicos o colecciones periódicas, u obras radiodifundidas que tengan el mismo carácter, en los casos en que la reproducción, la radiodifusión o la expresada transmisión no se hayan reservado expresamente, pero también señala que habrá que indicar siempre claramente la fuente; la sanción al incumplimiento de esta obligación será determinada por la legislación del país en el que se reclame la protección. 21 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio 4. Observancia de los derechos de autor de acuerdo a la OMPI En el Convenio de Berna constan muy pocas disposiciones con relación a la observancia de los derechos, sin embargo, en los últimos años ha sido extraordinaria la proliferación de normas nacionales e internacionales en esa esfera, debido principalmente a dos factores. En primer lugar, los progresos tecnológicos para la elaboración y utilización (tanto autorizada como no autorizada) de material protegido. En particular, la tecnología digital facilita la transmisión y la posibilidad de copiar perfectamente toda información que exista en formato digital, incluidas las obras protegidas por derecho de autor. En segundo lugar, la creciente importancia económica que ha adquirido en el comercio internacional la circulación de productos y servicios protegidos por derechos de propiedad intelectual. Por decirlo llanamente, el comercio de productos objeto de derechos de propiedad intelectual ha pasado a ser un negocio floreciente en todo el mundo. Se justifica así la adopción del Tratado de la OMPI sobre el Derecho de Autor (WCT), en el que se estipula la obligación de las partes contratantes de velar porque en las respectivas leyes se contemplen procedimientos de observancia, de modo que puedan tomarse medidas reales contra toda infracción de los derechos que se contemplen en el Tratado, incluidas medidas de subsanación para impedir o disuadir nuevas infracciones. El Acuerdo sobre los aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC), en el que figuran disposiciones más detalladas sobre la observancia de los derechos, es una prueba concreta de ese nuevo vínculo que se ha establecido entre la propiedad intelectual y el comercio. a. Medidas conservativas o provisionales Las medidas conservativas o provisionales tienen dos finalidades: en primer lugar, impedir infracciones, en particular, impedir la entrada de productos infractores en los canales comerciales, en particular, la entrada de productos de importación una vez cumplidos los trámites aduaneros; y en segundo lugar, conservar pruebas pertinentes respecto de toda supuesta infracción. Las autoridades judiciales pueden así ordenar que se pronuncien medidas provisionales sin tener que avisar con antelación al supuesto infractor. De esa manera, el supuesto infractor no podrá reubicar los productos a los fines de evitar que sean detectados. La medida provisional más común es el registro de los locales del supuesto infractor y el embargo de los productos de la supuesta infracción, el equipo utilizado para su fabricación y todo documento y prueba de las supuestas actividades infractoras. 22 B. Normativa nacional e internacional sobre plagio b. Medidas de subsanación En lo civil, las medidas de subsanación tienen por finalidad compensar al titular de los derechos por los perjuicios económicos que haya sufrido a raíz de la infracción, lo que por lo general se caracteriza en una indemnización por daños y perjuicios y son un factor disuasivo de futuras infracciones. A ello se añade comúnmente una orden judicial para destruir los productos causantes de la infracción y el principal material utilizado para su producción. En la medida en que el tribunal considere que existe peligro de que continúen los actos causantes de infracción, también puede pronunciar requerimientos judiciales contra dichos actos, cuyo incumplimiento se traduciría en la imposición de una multa al infractor. c. Objeto de sanciones penales En lo penal, las sanciones tienen por finalidad penalizar a los que, con conocimiento de causa, cometen actos de piratería a escala comercial y, al igual que en lo civil, disuadir nuevas infracciones. La penalización se concreta en multas considerables y sentencias de cárcel en sintonía con las penas que se aplican a delitos del mismo nivel de gravedad, en particular, los delitos recurrentes. La disuasión se lleva a cabo mediante órdenes de embargo y destrucción de los productos causantes de la infracción y del material y del equipo principal utilizado para cometer el delito. d. Medidas de frontera Las medidas de frontera implican la intervención de las autoridades aduaneras y no de las autoridades judiciales. En virtud de esas medidas, el titular de los derechos tiene la facultad de pedir que las autoridades aduaneras impongan la interrupción de la circulación de productos supuestamente infractores del derecho de autor. El titular de los derechos dispone así de un plazo razonable para incoar un procedimiento judicial contra el supuesto infractor, evitando el riesgo de que los productos supuestamente infractores empiecen a destruirse una vez finalizados los trámites de aduana. e. Las medidas, recursos de subsanación y sanciones contra el abuso respecto de medios técnicos En determinados casos, el único medio práctico de impedir la copia de obras es recurrir a sistemas de protección o de gestión, concretamente, la utilización de dispositivos técnicos que impiden por completo la copia o se las arreglan para que la calidad de los ejemplares sea tan mala que no puedan ser utilizados. Se recurre también a medios técnicos para impedir la recepción de programas de televisión comerciales codificados para los que se precisa la utilización de mecanismos de descodificación. 23 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio Ahora bien, desde el punto de vista técnico, es posible fabricar dispositivos que permitan eludir los sistemas de protección y codificación. Con las disposiciones en materia de observancia que recaen en esta categoría, la finalidad es impedir la fabricación, la importación y la distribución de dichos dispositivos. En el Tratado de la OMPI sobre el Derecho de Autor (WCT), constan disposiciones con ese fin, así como otras disposiciones con las que se aspira a impedir la supresión o alteración no autorizada de información sobre gestión electrónica de derechos y la difusión de copias de obras en las que se haya suprimido ese tipo de información. Mediante esa información se identifica al autor o el titular de los derechos y se determinan las condiciones para la utilización de la obra, por lo que su supresión puede traducirse en la distorsión de sistemas informatizados de gestión de derechos y distribución de tasas. Lecturas recomendadas Cejas, Claudia. (2012). Plagio de las publicaciones científicas. Rev. Argent. Radiol., 76(2), 109-110. Recuperado de: . ISSN 1852-9992 Comas, R. y Sureda, J. (2007). Ciberplagio académico. Una aproximación al estado de los conocimientos. Revista Textos de la CiberSociedad, 10. Recuperado de http://www. cibersociedad.net/textos/articulo.php?art=121 González Sandoval, Diana Carolina. (2011). Plagio: una problemática de la mente humana. Revista Colombiana de Anestesiología, 39(2), 271-272. Recuperado de: http:// www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0120-33472011000200012&lng= en&tlng=es. 10.5554/rca.v39i2.179 Laucirica Hernández, Clara. (2007). Ética de la publicación científica. Rev. Haban. Cienc Méd., 6(5). Recuperado de: http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1729519X2007000500013&lng=es&nrm=iso>. ISSN 1729-519X Reyes B., Humberto. (2009). El plagio en publicaciones científicas. Revista Médica de Chile, 137(1), 7-9. Recuperado de: http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_ arttext&pid=S0034-98872009000100001&lng=es&tlng=es. 10.4067/S003498872009000100001 Rojas Chavarro, Miguel Ángel y Olarte Collazos, Jorge Mario. (2010). Plagio en el ámbito académico. Revista Colombiana de Anestesiología, 38(4), 537-538. Recuperado de: http:// www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0120-33472010000400010&lng= en&tlng=es. . Soto Rodríguez, A. (2012). El plagio y su impacto a nivel académico y profesional. E-Ciencias de la Información, 2(1). Doi: 10.15517/eci.v2i1.1213 24 C. Los derechos de autor, la ética en la academia y la política antiplagio C. LOS DERECHOS DE AUTOR, LA ÉTICA EN LA ACADEMIA Y LA POLÍTICA ANTIPLAGIO 25 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio 1. De los derechos de autor El Manual de Gestión del Derecho de Autor y de los Derechos Conexos de la UNAH, establece que: “El simple hecho de la creación otorga al autor un elenco de derechos que se integran bajo el nombre de derechos de autor. Los derechos de autor están integrados por derechos de carácter moral y patrimonial, los que atribuyen al autor la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación, sin más limitaciones que las establecidas en esta Ley” (Manual de Gestión de los Derechos de Autor y Derechos Conexos de la UNAH, p. 7), por lo que la UNAH reconoce el carácter de autor a todo aquel que haya creado una obra literaria, artística o científica incluyendo al software y que, por lo tanto, debe estar sujeto a protección para fortalecer la cultura de respeto por la creatividad ajena entre los miembros de la comunidad universitaria y la correcta utilización de las obras. 2. De las obras La UNAH también ha sentado las bases para determinar qué es una obra: “Comprenden todas las producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión, tales como los libros, folletos y otros escritos; las conferencias, alocuciones, sermones y otras obras de la misma naturaleza; las obras dramáticas o dramático-musicales; las obras coreográficas y las pantomimas; las composiciones musicales con o sin letra; las obras cinematográficas a las cuales se asimilan las obras expresadas por procedimiento análogo a la cinematografía; las obras de dibujo, pintura, arquitectura, escultura, grabado, litografía; las obras fotográficas a las cuales se asimilan las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía; las obras de artes aplicadas; las ilustraciones, mapas, planos, croquis y obras plásticas relativas a la geografía, a la topografía, a la arquitectura o a las ciencias” (Convenio de Berna). 3. La ética en la academia Para poder desarrollar actividades de investigación, es necesario contar con lineamientos generales que indiquen el deber ser de la conducta ética del investigador en la UNAH, para lo que la institución ha determinado que el principio que rige la actividad investigadora con relación al respeto del derecho de autor y la utilización de una obra es: a. Respetar las ideas de otros investigadores y reconocer a los participantes y colaboradores de las investigaciones. 26 C. Los derechos de autor, la ética en la academia y la política antiplagio b. Además, la Universidad también ha establecido que las pautas de difusión de resultados, autoría y propiedad intelectual en las actividades de investigación y obedeciendo a la ética en la investigación es que se debe: “Presentar a la comunidad científica a los sujetos, grupos y comunidades involucradas, los resultados obtenidos en su labor investigativa con honestidad y veracidad, dando cuenta de la metodología empleada, los datos e informaciones utilizadas, así como de las fuentes utilizadas y citadas” (Manual de Ética de la Investigación de la UNAH, 1.b, p. 29). La ética en la investigación realizada por miembros de la comunidad de la UNAH, con relación a la autoría y derecho de propiedad intelectual señala que: a. Se deben citar correctamente todas las fuentes bibliográficas utilizadas en el trabajo de investigación, respetando los derechos de autor (Manual de Ética de la Investigación de la UNAH, apartado 2.a, p. 31). b. El trabajo de los autores, las contribuciones de los colaboradores y del personal de apoyo de cualquier obra editorial, deben ser reconocidos apropiadamente por todos los que participan en la publicación. De igual manera, el orden de los autores citados debe realizarse según las normas vigentes en la disciplina o disciplinas desde las que se realiza la investigación. En caso de que surja un conflicto de intereses entre autores, debe transmitirse al comité de ética de la investigación (Manual de Ética de la Investigación de la UNAH, apartado 2.b, p.31). 4. El derecho de cita El Manual de Gestión de los Derechos de Autor y Derechos Conexos de la UNAH incluye un apartado especial que dicta los parámetros para ejercer el derecho de cita; en el cual establece que, no obstante, el derecho exclusivo del autor sobre su obra, este encuentra su límite en el derecho de cita. Tal utilización solo podrá realizarse con fines docentes o de investigación en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada. Por consiguiente, la cita de obras ajenas en los materiales educativos no requiere de consentimiento del autor o titular de los derechos de explotación de la obra citada. Para resultar lícita, la cita de obras ajenas sin el consentimiento del autor debe reunir ciertas condiciones: a. La cita debe recaer siempre sobre obras ya divulgadas. Por consiguiente, la cita de obras inéditas exige siempre el consentimiento del autor. b. La cita debe recaer siempre sobre fragmentos de la obra ajena. La reproducción íntegra de una obra ajena no se considera cita y, por consiguiente, exige siempre el consentimiento del autor. 27 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio c. La cita solo puede realizarse para el análisis, comentario o juicio crítico del texto citado y para los fines de docencia e investigación. d. El alcance de la cita debe ser proporcional con relación al fin que la justifica. e. La cita debe ir siempre acompañada de la fuente y del nombre del autor de la obra citada (Manual de Gestión de los Derechos de Autor y Derechos Conexos de la UNAH, p.11-12). 5. Infracción de los derechos de autor Para fines académicos y de investigación, la UNAH considerará que se ha cometido una infracción al derecho de autor en los casos en que se realice la utilización no autorizada de una obra protegida por derecho de autor, cuando la autorización para tal utilización es necesaria en virtud de una ley. La infracción del derecho de autor consiste característicamente en la propia utilización no autorizada (por ejemplo: exposición, reproducción, representación o ejecución o cualquiera otra transmisión o comunicación de una obra al público hecha sin permiso; la transmisión, distribución, la exportación, la importación de ejemplares de una obra que no hayan sido autorizadas; el plagio, el uso de una obra derivada sin el consentimiento del autor, etc.) en el ámbito de protección a los derechos morales. La infracción de los derechos de autor puede consistir también en la deformación de una obra u omisión de la mención de paternidad (Manual de gestión de los Derechos de Autor y Derechos Conexos de la UNAH, p.16-17). Se debe hacer especial énfasis en que este criterio es el que la UNAH desarrolló a partir de la Ley del Derecho de Autor y Derechos Conexos de Honduras establece como infracción al derecho de autor en el artículo 167. 6. La propiedad intelectual y la protec- ción de los resultados El Manual de Gestión de los Derechos de Autor y de los Derechos Conexos de la UNAH dedica un apartado completo a determinar el proceso de registro de los derechos de autor y derechos conexos ante la Dirección General de la Propiedad Intelectual de Honduras (DIGEPIH) y en observancia del Reglamento del Sistema de Investigación Científica y Tecnológica de la UNAH, se determina que la instancia correspondiente para realizar los registros es la Dirección de 28 C. Los derechos de autor, la ética en la academia y la política antiplagio Investigación Científica y Posgrado (Reglamento del Sistema de Investigación Científica y Tecnológica de la UNAH, Artículo 28, literal v), de conformidad con las siguientes etapas del proceso de registro: a. Identificación: la Dirección de Investigación Científica y Posgrado (DICYP) se encargará de identificar los posibles activos susceptibles de protección por propiedad intelectual (PI) en las diferentes unidades académicas, facultades, centros y demás estructura académica de la UNAH, comprendiendo tanto a docentes, estudiantes e investigadores. b. Determinación de figuras jurídicas: la DICYP, tras haber finalizado la identificación del activo susceptible de registro, deberá evaluar cuál título de PI solicitar, o bien, si debe registrarlo por derecho de autor como medida de protección. c. Negociación de derechos patrimoniales: una vez que se hayan determinado las figuras bajo las cuales se protegerá un derecho de PI, la UNAH negociará el porcentaje de distribución en el caso de recibirse regalías o beneficios económicos de la explotación de una obra o una invención (con límite e hasta el 50 % entre las partes). d. La cesión o autorización de uso: luego de la negociación, se deberán elaborar los instrumentos de cesión y autorización necesarios y adjuntarlos al expediente del registro ante la DIGEPIH. e. Registro: la última etapa del proceso es la presentación de la solicitud de registro ante la DIGEPIH y aguardar a la concesión de este para ser depositado en los archivos de registros externos de la UNAH. Finalmente, el cumplimiento de los reglamentos y manuales de la UNAH son de obligatorio cumplimiento para profesores investigadores y estudiantes de la UNAH. En consecuencia, cada facultad, cada centro regional universitario, cada instancia de la estructura del Sistema de Investigación Científica y Tecnológica de la UNAH debe garantizar el cumplimiento de estos instrumentos. 7. El papel de la UNAH en la identificación de acciones de plagio A nivel universitario, las nuevas tecnologías de la información y la comunicación han facilitado el acceso a documentos electrónicos y digitalizados, lo que ha propiciado la práctica de copiar y pegar en la elaboración de documentos que requieren de esfuerzo intelectual; por ejemplo, las tesis, los artículos científicos y 29 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio de divulgación de revistas científicas y hasta los informes y trabajos académicos que se realizan dentro del proceso de enseñanza aprendizaje. Esta situación se agudiza dado que los que cometen plagio consideran que sus acciones no serán sancionadas y pasarán desapercibidas. Ante esta situación, la Universidad Nacional Autónoma de Honduras enfrenta el reto de crear mecanismos para construir y fomentar la conducta ética en la investigación entre los miembros de la comunidad universitaria, ya que es responsabilidad de la academia asegurar que su producción sea original y novedosa, de manera que el conocimiento divulgado represente el desarrollo intelectual propio de investigadores, estudiantes y docentes. En ese contexto, la Dirección de Investigación Científica y Posgrado, como órgano encargado del tema de investigación científica en la UNAH, se ha propuesto el objetivo de sensibilizar y educar a los actores que están constantemente participando en los procesos de investigación y producción científica, literaria y artística, formalizando iniciativas como la emisión de una política de investigación que incluye, como parte de sus actividades de concreción, la puesta en marcha de cursos sobre propiedad intelectual, derechos de autor, el plagio, las referencias bibliográficas y demás de instrumentos que describen los procesos y buenas prácticas en el proceso de investigación. Igualmente, la UNAH tiene también la tarea de investigar y sancionar a los miembros de la comunidad universitaria que cometan plagio. No obstante, los regímenes disciplinarios aplicables a docentes y estudiantes carecen de disposiciones que establezcan en forma expresa el plagio como una falta. Únicamente el Artículo 9, literal c), del Reglamento de Estudiantes, contempla como una prohibición cometer fraude en exámenes, prácticas de laboratorio u otras actividades académicas. Aunque la aplicación de sanciones disciplinarias es una medida disuasiva a la comisión de plagio, en una comunidad universitaria el temor a un castigo no debería ser la motivación para la toma de decisiones, sino más bien la reflexión consciente y crítica que ofrezca justificaciones para la elección voluntaria de un determinado curso de acción. Con base en lo anterior, puede decirse que la UNAH aún tiene que jugar un papel en la construcción de un manual de ética en las investigaciones, el cual ofrezca información sobre el porqué el plagio es una acción que violenta derechos de autor y desnaturaliza la actividad académica de investigación, edificando así una cultura universitaria de respeto a la creación intelectual ajena. 30 C. Los derechos de autor, la ética en la academia y la política antiplagio 8. Acciones que se consideran plagio En la actualidad no se ha incorporado a la legislación hondureña una definición legal del término plagio. Por tal razón, para conocer el contenido y alcances de esta figura y describir las acciones que la configuran, se hace necesario recurrir a textos de referencia general y a los autores especializados: a. De acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española, plagiar es la “acción y efecto de copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias.” b. Entre los autores especializados encontramos que el plagio es “la apropiación del pensamiento ajeno” (Echavarría, 2014), que implica la atribución ilegítima de la autoría sobre la obra de otro autor (Balbuena, 2003). c. Asimismo, puede ser literal o simulado, de todos o de algunos elementos originales de una obra ajena. El plagio literal es aquel en que no se introducen modificaciones a la obra original y el simulado en el que “se introducen variantes a la creación ajena, maquillándola, la mayoría de las veces para tratar de disimular la apropiación” (Echavarría, 2014). Por otro lado, la bibliografía señala además que en el plagio debe existir un nexo de causalidad, el cual consiste en demostrar que: “El plagiario conoció o tuvo oportunidad de conocer la obra plagiada, para luego copiar, apropiarse y usar públicamente sus elementos originales sin el consentimiento previo y expreso del titular” (Echavarría, 2014; Rojas y Olate, 2010). A la luz de las definiciones antes expuestas y siguiendo a Echavarría (2014), el plagio se caracteriza por ser: la copia de una obra ajena precedente (divulgada o inédita y originaria o derivada), la apropiación de los elementos originales protegidos de aquella en una obra posterior y la utilización pública de la obra plagiada: a. La copia de una obra ajena precedente: implica la incorporación, que puede ser literal o simulada, de todos o algunos elementos originales de una obra preexistente. La obra plagiada ha de ser por un lado ajena, es decir, creada por una persona diferente a la plagiaria, ya que un autor no puede plagiarse a sí mismo. Y, por otro lado, precedente o preexistente, esto es, haber sido creada con anterioridad a la ejecución del plagio (Echavarría, 2014), de manera que pueda probarse el nexo de causalidad. No es necesario, para que se cometa plagio, que la obra plagiada esté publicada, el plagio puede recaer sobre obras inéditas (Montesinos, 2013). 31 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio b. Apropiación de los elementos originales protegidos en una obra posterior: esto implica que la persona plagiaria se presenta como la autora legítima del contenido de la creación literaria, artística o científica de que se trate; o bien, no menciona expresamente que la persona autora es otra, dando a entender al público que la persona plagiaria es la verdadera autora (Echavarría, 2014). No obstante: “No se comete plagio en toda ocasión en que se invoca una idea o juicio ajeno sin citar la fuente, por ejemplo: i) cuando se utilizan verdades públicamente reconocidas; ii) cuando se utilizan ideas generalmente compartidas por todos los que cultivan una cierta rama del saber; iii) cuando se escribe en el contexto de determinadas escuelas del pensamiento que asume ciertas tesis generales” (Montesinos, 2013). c. Utilización pública de la obra plagiada: se refiere a hacer accesible la obra a una pluralidad de personas, por ejemplo: publicar, enajenar, divulgar o inscribir como propios elementos originales copiados (Echavarría, 2014). En síntesis, se considera plagio la acción de copiar una obra ajena precedente presentando su contenido como propio para hacer uso público de esta. 9. Sanciones y prohibiciones Descritas las acciones que constituyen plagio, se puede decir que este es una violación a los derechos de autor que la ley otorga a la persona creadora de cualquier obra literaria, artística o científica. Por tal razón, el plagio está prohibido por la legislación nacional y su comisión acarrea consigo responsabilidades en los ámbitos administrativo, civil y penal. En el ámbito administrativo, el Artículo 167 de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos establece como una violación a los derechos de autor todo: “Acto ilícito que de cualquier forma restrinja o perjudique los derechos patrimoniales o morales de los autores, tales como 1)… 3) Incluir en una obra suya como propios, fragmentos o partes de una obra ajena protegida”. De tal forma que en la esfera administrativa, los responsables de violaciones a los derechos de autor pueden ser sancionados con multas de entre diez a doscientos salarios mínimos, de acuerdo con la gravedad de la infracción (Art.156 de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos). En el ámbito del derecho penal, la ley protege la propiedad del autor sobre su obra estableciéndose así que quien viole derechos de obras literarias, científicas o artísticas protegidas por la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, será sancionado con reclusión de tres a seis años más una multa de cincuenta mil a cien mil lempiras (Artículo 248 del Código Penal). 32 C. Los derechos de autor, la ética en la academia y la política antiplagio Aunado a lo anterior, en el ámbito del derecho civil, para frenar la actividad infractora y además para solicitar la indemnización por daños y perjuicios, el titular de los derechos de autor afectado puede presentar una demanda conforme a los procedimientos establecidos en el Código Procesal Civil. 10. Tesis de posgrados De los estudiantes Un estudiante será considerado autor de una obra literaria y artística en todas aquellas actividades que son susceptibles de protección de derechos de propiedad intelectual que sean realizadas por ellos mismos en el marco de sus asignaciones académicas, siempre que hayan sido financiadas con fondos propios y al margen de la utilización de recursos de la UNAH. Sin embrago, serán derechos compartidos entre los estudiantes y la UNAH, siempre que exista un marco de colaboración acordado, o bien, porque sea voluntad del estudiante legarle su obra a la UNAH; en todo caso, será por escrito, siendo necesario hacer la gestión para el registro de los derechos y el seguimiento de los proyectos. Si el estudiante trabaja para la UNAH y realiza trabajos de investigación u otras obras en el ejercicio de sus funciones, la titularidad de los derechos patrimoniales corresponderá a la Universidad únicamente, por lo que el registro de estos derechos será responsabilidad de la UNAH (Manual de Gestión de los Derechos de Autor y Derechos Conexos de la UNAH, p. 9). Complementando lo anterior, la UNAH ha establecido en el Reglamento General del Sistema de Estudios de Posgrado que en caso de tesis de grado, dándose por la instancia del desarrollo de una investigación, esta debe ser original y responder a las demandas de desarrollo del país con alto rigor científico (Reglamento General del Sistema de Estudios de Posgrado de la UNAH, Artículo 69). Pero, añade como una norma de sanción académica que cuando los coordinadores de un programa de posgrado detecten que una tesis es una reproducción o plagio del trabajo de otros autores, procederán a descalificarla y a separar del programa a los infractores del derecho de autor; consecuentemente, se deberá informar del suceso a la facultad y a la Dirección de Estudios de Posgrado (Reglamento General del Sistema de Estudios de Posgrado de la UNAH, Artículo 70). Referencias Echavarría, María Alejandra. (2014). ¿Qué es el plagio? Propuesta conceptual del plagio punible. Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, 44(121), p.699-720. Recuperado de: http://www.redalyc.org/ articulo.oa?id=151433273011 33 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio Montesinos, Alejandro. (2013). Plagio y ética de la investigación científica. Revista Chilena de Derecho, 20 (2), p.711-726. Pontificia Universidad Católica de Chile, Santiago, Chile. Rojas, Miguel Ángel y Olate, Jorge Mario (2010). Plagio en el ámbito académico. Revista Colombiana de Anestesiología, 38(4), p. 537-538. Recuperado de: http://www.scielo.org.co/pdf/rca/v38n4/v38n4a10.pdf 34 D. Cómo citar y hacer una lista de referencias en artículos científicos: el caso de la UNAH D. CÓMO CITAR Y HACER UNA LISTA DE REFERENCIAS EN ARTÍCULOS CIENTÍFICOS: EL CASO DE LA UNAH 35 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio Introducción Una investigación se considera completa hasta que sus resultados son publicados con el propósito de compartir sus hallazgos con la comunidad científica a nivel nacional, regional o internacional. En tal sentido, la publicación de artículos científicos en revistas indexadas1 es un requisito indispensable para los investigadores. Lo anterior es especialmente importante dado que el registro de las investigaciones, descubrimientos, análisis, hallazgos y resultados se logra mediante la literatura científica, puesto que usualmente esta es la consignataria de tales productos a través del tiempo en determinadas áreas. Así, las revistas científicas son por excelencia el medio de comunicación elegido para trasmitir los resultados de las investigaciones. A su vez, estas se componen de artículos que comúnmente son reportes de estudios empíricos, reseñas de literatura científica, temas teóricos o estudios de caso; pero, en todo caso, se trata de novedades o de información original. Dada la gran cantidad de publicaciones científicas que se generan a nivel mundial, es necesario que exista una normativa que permita estandarizar el esquema usado para presentar los artículos científicos, lo cual no significa que existan estilos buenos o malos, hablando en términos éticos y legales. Se trata, pues, de usar una forma convencional de presentar los datos, con la finalidad de que los futuros lectores de los artículos, en cualquier parte del mundo, reciban y comprendan el mismo mensaje. Un elemento muy importante en los artículos científicos es la forma en que se presentan sus citas y referencias o bibliografía, puesto que todo investigador no parte de cero en sus estudios; por el contrario, para realizar su investigación está en la obligación de citar los autores o las obras de las cuales ha tomado ideas, teorías o investigaciones que han influido directamente en sus investigaciones o en las cuales se basa para realizar una crítica a las mismas. En consecuencia, citar las fuentes consultadas responde a principios éticos y legales, cuya función es, básicamente: “Asegurar la precisión del conocimiento científico, proteger los derechos y las garantías de los participantes en la investigación y proteger los derechos de propiedad intelectual” (APA, 2010, p.11). Citar correctamente ayuda, además, a comprobar que la investigación presentada es profunda, que sus conclusiones tienen validez científica y permite a los lectores identificar y recuperar fácilmente las fuentes para su propio uso. 1 Son publicaciones periódicas de investigación, con alta calidad, que forman parte de un listado en alguna base de datos de consulta mundial, lo que generalmente significa que la revista tiene un elevado factor de impacto. 36 D. Cómo citar y hacer una lista de referencias en artículos científicos: el caso de la UNAH Dada la importancia de las citas, la cantidad de fuentes consultadas dependerá de la finalidad de artículo; es decir, gran parte de los artículos tiene como objetivo citar una o dos de las fuentes más importantes o representativas por cada elemento destacado; pero, si el fin es hacer una revisión de la literatura sobre un tema determinado, habrá necesidad de mencionar una lista de citas pormenorizada. Pero, puesto que existe una gran diversidad en materia de producción científica, existen muchos modelos o formas de citar y hacer la lista de referencias, de modo que la decisión de emplear un modelo u otro en un determinado artículo científico dependerá en gran medida de la editorial de la revista en la que se pretenda publicar o de la institución a la que se presenta el artículo (ver tabla 1). Lo que sí debe quedar claro, es que cualquiera que sea el estilo de citar elegido, este no debe estar reñido o en discordancia con las normas de la gramática española, puesto que el idioma en el que se está publicando, en el caso de la UNAH, es el español; de modo que es posible buscar una adecuación del estilo de citar con la normativa de la lengua española. Así, la UNAH usa una adecuación de las normas APA para sus publicaciones. Tabla 1. Estilos más conocidos para citar y ordenar las referencias Organización Sigla u País de nombre origen conocido Área del conocimiento Cómo citar un libro: orden de los datos Ejemplo Asociación APA Americana de Psicólogos EE.UU. (1929) Ciencias Sociales y Conductuales. Apellidos, iniciales del nombre. (Año de publicación). Título del libro en cursiva. Lugar de publicación: Editorial. Hernández Sampieri, Roberto. (2010). Metodología de la investigación. México: McGrawHill. International ISO Organization for Standardization Suiza (1947) Normas internacionales de fabricación (tanto de productos como de servicios), comercio y comunicación para todas las ramas industriales. Apellidos en mayúsculas y nombres solo con inicial mayúsculas. Título de la publicación. Edición. Lugar de publicación: editorial. Año de publicación. Paginación. ISBN. HERNÁNDEZ SAMPIERI, Roberto. Metodología de la investigación. 5ª ed. México: McGrawHill, 2010, p. 656. ISBN: 978607-15-0291-9 37 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio Organización Sigla u País de nombre origen conocido Área del conocimiento Cómo citar un libro: orden de los datos Ejemplo Hernández Sampieri, R. Metodología de la investigación. 5ª ed. México: McGrawHill, 2010. International Estilo Van- VanCommittee couver couver of Medical (1978) Journals Editors Ciencias de la Salud y Ética. Apellidos, iniciales de los nombres. Título del libro. Edición. Lugar de publicación: editorial, año. Manual de estilo de la Universidad de Chicago Humanidades, Ciencias Físicas y Ciencias Sociales 1. Estilo para humanidades: Estilo de Chicago EE.UU. (1906) Apellidos, nombres. Título del libro en cursiva. Lugar de publicación: editorial, año. Hernández Sampieri, Roberto. Metodología de la investigación. México: McGrawHill, 2010. 2. Estilo para Ciencias Físicas, Naturales y Sociales: Apellidos, iniciales de nombres. Fecha de publicación. Título del libro en cursiva. Lugar de publicación: edito- Hernández Samprial. ieri, R. 2010. Metodología de la investigación. México: McGrawHill. 38 D. Cómo citar y hacer una lista de referencias en artículos científicos: el caso de la UNAH Organización Sigla u País de nombre origen conocido Área del conocimiento Scientific Style and Format CBE EE.UU. Todas las ciencias. Modern Language Association of America MLA EE.UU. (1883) Lengua y literatura. Harvard citation and referencing guide Estilo Har- EE.UU. vard (1950) Física, Ciencias Naturales y Ciencias Sociales. Institute of Electrical and Electronical Engineers IEEE EE.UU. Cómo citar un libro: orden de los datos Apellidos con inicial mayúscula, iniciales del nombre sin punto. Fecha. Título. Lugar de publicación: editor. Apellido, Nombre. Título en cursiva. Lugar de publicación: editor, año. Impreso (modo de publicación). Apellidos e inicial del nombre. Indicar si es editor (ed.) o compilador (comp.) del texto, año de publicación, título en cursivas, número de edición si no es la primera, lugar de edición, editorial. Ingeniería Eléc- Iniciales y apeltrica y Ciencias lido, título del de la Comlibro en cursiva, putación. edición. Lugar de publicación: editorial, año de publicación. 1. Cómo citar las fuentes Ejemplo Hernández Sampieri R. 2010. Metodología de la investigación. México: McGrawHill. Hernández Sampieri, Roberto. Metodología de la investigación. México: McGrawHill, 2010. Impreso. Hernández Sampieri, R., 2010, Metodología de la investigación. 5ª ed. México: McGrawHill. R. Hernández Sampieri. Metodología de la investigación, 5ª ed. México: McGrawHill, 2010. Como ya se ha mencionado antes, citar las fuentes de consulta que se usaron para escribir un artículo científico es fundamental para poner en contexto al lector sobre los autores o las obras consultadas, es decir, dejar establecida la influencia directa de otros en la conformación del artículo y la contribución del autor del mismo. Igualmente, la adecuada citación de las fuentes es vital para evitar el plagio de las ideas. 39 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio En consecuencia, una cita es la referencia directa de las obras cuyas ideas, teorías o investigaciones han influido en la elaboración el artículo. Además, sirven para que el lector pueda encontrar esas fuentes fácilmente. En el caso de la UNAH, se usará el estilo APA para la citación de fuentes y para elaborar la lista de referencias. Siguiendo la normativa APA, esencialmente hay dos formas de citar dentro del texto: a. Cuando se copia textualmente el material citado directamente del trabajo de otro autor: 1) Si la idea o la información se extrae literalmente (palabra por palabra) y tiene menos de 40 palabras, el texto copiado debe colocarse entre comillas para manifestar tal particularidad y dentro de un paréntesis se agregan los apellidos del autor, año de publicación de su obra y la página en donde está la cita. Ejemplo: En el caso de Argentina, como primer ejemplo, el análisis de los trabajos expresa que estos: “Ponen su foco en el análisis de la internacionalización de la educación superior, en Argentina predominan los que hacen referencia a las condiciones legales y políticas que permitieron consolidar la dimensión internacional de las universidades” (Didou, 2014, p. 26-27). 2) Si la cita tiene más de 40 palabras, se escribe aparte del texto, en un nuevo renglón, dejando una sangría; pero se omiten las comillas. Dentro de un paréntesis se agregan los apellidos del autor, año de publicación de su obra y la página en donde está la cita. Ejemplo: Con lo que respecta a la dinámica macroeconómica de los países de Centroamérica, estos experimentaron cambios estructurales e inestabilidades importantes durante las últimas seis décadas. Así, en las décadas de los años cincuenta y sesenta, los siete países tuvieron un crecimiento acelerado (ver tabla 4): 40 D. Cómo citar y hacer una lista de referencias en artículos científicos: el caso de la UNAH La tasa de crecimiento promedio del PIB agregado de la región se mantuvo en alrededor del 5,5 %, destacando el desempeño de Costa Rica, sobre todo durante los años cincuenta, con una tasa promedio del 7 %. Los países restantes crecieron entre un 4 % y 5 % anual, con excepción de Honduras. En la década de los sesenta, todos los países tuvieron un crecimiento robusto, encabezados por Nicaragua y Panamá, que alcanzaron tasas promedio de 7,5 % y 8,1 %, respectivamente (Macías y Hollar, 2007, p. 218). b. Cuando las fuentes que no se citan textualmente, sino que hacen una explicación o interpretación de las ideas de un autor o de obras, se conocen como citas parafraseadas. En estos casos, se omiten las comillas y se escribe entre paréntesis los apellidos del autor y el año de publicación de su obra: 1) Cuando dentro del texto solo se cita al autor, se escribe entre paréntesis el año de publicación de su obra. Ejemplo: En el Hospital Escuela, Palma y Tábora (2006) encontraron que las cepas aisladas de S. aureus eran en su mayoría de exudados en pacientes hospitalizados y no demostraron resistencia a la vancomicina. 2) Cuando en el texto no se cita al autor, se escribe entre paréntesis los apellidos del autor y el año de publicación de su obra. Ejemplo: Una energía alternativa o más precisamente una fuente de energía alternativa, es aquella que puede suplir a las energías o fuentes energéticas actuales, ya sea por su menor efecto contaminante o fundamentalmente por su posibilidad de renovación (Quiñones Cabello, 2006). 3) Cuando la obra tiene dos autores, se citan ambos cada vez que aparezca la referencia; siempre agregando el año. Ejemplo: Para el estudio de aspectos relacionados con la anatomía y fisiología de los vegetales superiores, se prestan muy bien las plantas acuáticas, debido a su particular estructura, a su abundancia y a las facilidades de su recolección y cultivo (Hauenstein y Troncoso, 1984). Las plantas acuáticas, generalmente, presentan abundante tejido aerífero (aerénquima) formado por células que dejan toda una red de grandes espacios intercelulares. 41 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio 4) Si la obra tiene tres o más autores, se citan la primera vez con todos los apellidos; pero en las subsiguientes, solo se escribe el apellido del primer autor, seguido de la frase et al (sin cursivas y con un punto de después de al); siempre agregando el año. La frase et al puede sustituirse por su equivalente en español: y otros. Ejemplo: De igual modo, se ha propuesto que la elevada frecuencia de G6PDd ha surgido como consecuencia de que las variantes deficitarias de G6PD pueden conferir a los individuos que las padecen, cierta protección o resistencia contra la malaria causada por Plasmodium falciparum y Plasmodium vivax (Louicharoen y otros, 2009). 5) Si la obra tiene más de seis autores, se escribe el apellido del primer autor y se usa la frase et al (sin cursivas y con un punto de después de al) desde la primera vez; siempre agregando el año. La frase et al puede sustituirse por su equivalente en español: y otros. Ejemplo: Este procedimiento se realizó a las 6, 24 y 36 horas después de haber tratado el pescado con los dos métodos de preservación (cadena de frío y tradicional). En cada tiempo que se recolectó el contenido microbiológico del pescado se usaron cuatro repeticiones por método. El APT que contenía la carga microbiológica de las muestras de pescado fue diluido en la proporción de 1:10, diluyendo un ml de la muestra en 9 ml de APT esterilizado, este procedimiento es recomendado para tener una mejor lectura al momento del conteo de las colonias de microorganismos (Bastidas, et al., 2014). 6) Si la cita en el texto es de una patente, se escribe lo siguiente: la palabra patente, el país que extendió la patente, el número asignado a esta y el año de expedición de dicha patente: •• Si en el texto se escribe: patente, el país y el número, entre paréntesis debe aparecer el año. Ejemplo: Patente Honduras 61/307748 (2015) •• O se escriben todos los datos entre paréntesis: la palabra patente, el país que extendió la patente, el número asignado a esta y el año de expedición de dicha patente. Ejemplo: (Patente Honduras 61/307748, 2015) 42 D. Cómo citar y hacer una lista de referencias en artículos científicos: el caso de la UNAH 7) No se debe olvidar que todo autor citado dentro del texto, debe aparecer en la lista de referencias con todos sus datos bibliográficos. 2. Lista de referencias En esta parte del artículo científico es muy común que los redactores científicos confundan referencias con bibliografía; por tal razón, es conveniente dejar aclarada la diferencia entre ambos términos. Así, la lista de referencias alude a todas las fuentes que sustentan la investigación realizada y que se usaron directamente para la preparación del artículo; en cambio, la bibliografía se refiere a las fuentes que sirven para que el lector profundice en el tema. Más claro aún: “La lista de referencias al final de un artículo de revista científica proporciona la información necesaria para identificar y localizar cada fuente” (APA, 2010, p.180). En cambio, la bibliografía es una lista de documentos sobre el tema investigado o de lecturas posteriores. En conclusión, en los artículos científicos lo que se recomienda es hacer una lista de referencias. En tal sentido, se debe recordar que todo autor u obra citada en el transcurso del artículo debe aparecer en la lista de referencias. A continuación se presentan los lineamientos principales de la UNAH para elaborar las referencias, los cuales son producto de una adecuación de las normas APA: a. Organice las referencias según el orden alfabético, aquí deben aparecer todos los autores citados en el artículo. b. Evite citar resúmenes o referencias de originales no publicados c. Tampoco cite una comunicación personal, salvo cuando en la misma se facilite información esencial que no se halla disponible en fuentes públicamente accesibles; en estos casos se incluirán, entre paréntesis en el texto, el nombre de la persona y la fecha exacta de la comunicación. d. En los artículos científicos, los autores que citen una comunicación personal deberán obtener la autorización por escrito. e. La referencias bibliográficas generalmente se conforman de la siguiente manera: 43 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio 1) Libros: Apellidos, Nombres.2 (Año). Título. Ciudad: Editorial. Ejemplo: Barahona, Marvin. (2009). Pueblos indígenas, Estado y memoria colectiva en Honduras. Tegucigalpa: Editorial Guaymuras. 2) Libros de referencia electrónica: Apellidos, Nombre. (Año). Título. Recuperado de http://www.xxxxxxxxxx.xxx. Ejemplo: Pérez Lasala, José Luis y Medina, Graciela. (1992). Acciones judiciales en el derecho sucesorio. Recuperado de: http://biblio. juridicas.unam.mx 3) Libros electrónicos con digital object identifier (DOI3): Apellidos, Nombre. (Año). Título. Doi: Ejemplo: Montero, M. y Sonn, C. (2009). Pssychology of Liberation: Theory anad applications. Doi: 10.1007/978-0-387-85784-8 4) Capítulo de un libro: Apellidos, Nombre. (Año). Título del capítulo. En apellidos, nombre. Título del libro (páginas). Ciudad: Editorial. Ejemplo: Lagos, Sonia y Torres, Corina. (1990). Información botánica de 50 plantas. En Paul, House. Manual popular de 50 plantas medicinales de Honduras (27-52). Tegucigalpa: Editorial Guaymuras. 5) Artículo de una revista o publicación periódica: Apellidos, Nombres. (Fecha). Título del artículo. Título de la publicación, volumen (número), páginas. Ciudad o país.4. Ejemplo: López Guzmán, Clara. (1 de febrero de 2013). Los contenidos educativos en los contextos digitales, Revista Digital Universitaria, 14 (2), 2-3. 2 Las normas APA solamente piden las iniciales de los nombres, pero en el caso de la normativa para la UNAH se piden los nombres completos, con la finalidad de que no hayan confusiones en caso de que existan dos o más autores que tengan los mismos apellidos. 3 DOI: es un sistema que proporciona los medios de identificación continua para manejar información en las redes digitales. Funciona a través de oficinas de registro que proporcionan servicios de enlaces de citas para el sector de editores científicos. 4 Aunque las normas APA dicen que generalmente no se pide el lugar, la DICYP considera que este dato es importante para facilitar la ubicación de la revista. 44 D. Cómo citar y hacer una lista de referencias en artículos científicos: el caso de la UNAH 6) Artículo de una revista en línea: Apellidos, Nombres. (Fecha). Título del artículo. Título de la publicación, volumen (número). Recuperado de: (agregar dirección electrónica). Ejemplo: Pemberthy, L.; Castillo, Y. y Plazas, A. (2012). Núcleos de innovación: un modelo de desarrollo competitivo para el Cauca, Colombia. Punto de vista, 3(4). Recuperado de: http://journal. poligran.edu.co/index.php/puntodevista/article/view/92 7) Tesis: Apellidos, Nombre. (Año). Título. (Tesis de licenciatura, maestría o doctoral). Nombre de la institución. Ciudad. Ejemplo: Pemberthy, L.; Castillo, Y. y Plazas, A. (2012). Núcleos de innovación: un modelo de desarrollo competitivo para el Cauca, Colombia. Punto de vista, 3(4). Recuperado de: http://journal. poligran.edu.co/index.php/puntodevista/article/view/92 8) Patente: Apellidos y nombres de los inventores. Año de expedición de la patente entre paréntesis. Patente, el país que extendió la patente y el número asignado a esta (sin comas o signos de puntuación). Lugar: fuente oficial de la que se puede recuperar la información. Ejemplo: López Guzmán, Clara. (1 de febrero de 2013). Los contenidos educativos en los contextos digitales, Revista Digital Universitaria, 14 (2), 2-3. 9) Entrevista grabada y disponible en un archivo: Apellidos y nombre del entrevistador (medio de respaldo: audio, video, etc.). Fecha completa (día, mes, año). Entrevista a (nombre completo del entrevistado), cargo o función del entrevistado en su institución de trabajo. Fuente oficial de la que se puede recuperar la información, lugar.5. Ejemplo: López Guzmán, Clara. (1 de febrero de 2013). Los contenidos educativos en los contextos digitales, Revista Digital Universitaria, 14 (2), 2-3. 5 Si la entrevista no queda grabada o es una comunicación personal, esta no puede aparecer en la lista de referencias, solo en el texto, puesto que sus datos no son recuperables. En tal caso, la cita debe incluir nombre y apellidos del entrevistado, indicar que es una comunicación personal y la fecha exacta de la entrevista. Ejemplo: (Rodulio Perdomo, comunicación personal, 22 de febrero de 2013). 45 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio 10) Ejemplo de una lista de referencias: Didou Aupetit, Silvie. (2014). Científicos extranjeros en México: territorios y redes en las trayectorias académicas. Seminario Internacional sobre Perspectivas en los Estudios de Trayectorias, Producciones y Quehaceres Científicos. México. Recuperado de: http://www.iesalc. unesco.org.ve/ Didou Aupetit, Silvie. (2014). Movilidades científicas entrantes y salientes: retos de políticas públicas e institucionales. VI Reunión de Rectores y II Congreso Internacional Universidad y Cooperación. Bogotá, Colombia. Recuperado de: http://www.iesalc.unesco.org.ve/ Didou Aupetit, Silvie. (Coord.) (2014). Internacionalización de la educación superior y la ciencia en América Latina: un estado del arte. Caracas: UNESCO-IELSAC. Recuperado de: http://www. iesalc.unesco.org.ve/ Izquierdo, Isabel. (2010). Las científicas y los científicos extranjeros que llegaron a México a través del Subprograma de Cátedras Patrimoniales del CONACYT. Revista de la Educación Superior, XXXIX (155), 61-79. Recuperado de: http://www.redalyc.org/articulo. oa?id=60418902004 Jaramillo de Escobar, Vielka. (2011). Internacionalización de las universidades oficiales de Panamá. Visibilidad, institucionalización y sostenibilidad para la garantía de la calidad de la educación superior universitaria. Panamá: Editorial Universitaria Carlos Manuel Gasteazoro. Recuperado de: http://www.iesalc.unesco.org.ve/ 11) Para otro de tipo de referencias a las aquí señaladas, se sugiere consultar las normas APA; en internet hay muchas páginas disponibles sobre este tema. Referencias Berthier, Antonio. El sistema de referencias Harvard. Disponible en: http://www. conocimientoysociedad.com Fernández Menéndez, Mercedes. (2009). La importancia de las referencias bibliográficas y las citas en la elaboración de documentos y trabajos científicos o académicos. Bibliotecas del Gobierno del Principado de Asturias. Recuperado de: http://ria.asturias. 46 D. Cómo citar y hacer una lista de referencias en artículos científicos: el caso de la UNAH es/RIA/bitstream/123456789/344/1/citas%20y%20referencias.pdf Flacso. Estilos bibliográficos. Biblioteca Iberoamericana. Recuperado de: http://www. flacso.edu.mx/biblioiberoamericana/MATAUX/Estilos_bibliograficos.pdf Guerra Frías, Miroslava (tr.). (2010). Manual de publicaciones de la American Psychological Association. México: Editorial El Manual Moderno. Rojas, M. Alejandra y Rivera M., Sandra. (2010). Guía de buenas prácticas para revistas académicas de acceso abierto. Chile: ONG Derechos Digitales. Recuperado de: http:// www.derechosdigitales.org Universidad de Alcalá. Estilos de citas. Biblioteca de la Universidad de Alcalá. Recuperado de: http://www.uah.es/biblioteca/ayuda_formacion/estilos_citas.html 47 Trabajo académico, referencias bibliográficas y plagio Dirección de Investigación Científica y Posgrado, UNAH, edificio CISE, tercer piso, Ciudad Universitaria. Teléfono: (504) 2231-0678. Siguenos en Facebook como: UNAH Dirección de Investigación Científica y Posgrado 48