Obispos 1 - Diócesis De Teruel Y Albarracín

   EMBED

Share

Preview only show first 6 pages with water mark for full document please download

Transcript

HISTORIA DE LOS OBISPOS DE TERUEL (1614-1700) JUAN JOSÉ POLO RUBIO HISTORIA DE LOS OBISPOS DE TERUEL (1614-1700) INSTITUTO DE ESTUDIOS TUROLENSES 2005 © Juan José Polo Rubio (✝) © Instituto de Estudios Turolenses Fotografía de la cubierta: fachada del palacio episcopal de Teruel (F. J. Sáenz) I.S.B.N.: Z-84-96053-16-4 D.L.: Z-3438-2005 Imprime: Servicio de Publicaciones. Universidad de Zaragoza PRESENTACIÓN Hace unos años que Ibercaja publicó el libro Jaime Jimeno de Lobera (1580-1594), organizador de la diócesis de Teruel (Zaragoza, 1987). Con posterioridad, el Centro de Estudios Darocenses llevó a la imprenta Martín Terrer de Valenzuela (1549-1631), darocense ilustre y obispo aragonés (Zaragoza, 1999). En ellos se narraba la historia de los obispos de la diócesis de Teruel desde su fundación hasta 1614, año en que Martín Terrer fue trasladado a Tarazona y Tomás Cortés fue promovido de la sede jacetana a la diócesis de Teruel. En este nuevo libro, titulado Historia de los obispos de Teruel (1614-1700), quedan documentados los pontificados de Tomás Cortés Sangüesa (16141624), Fernando Valdés Llano (1625-1633), Pedro Apaolaza Ramírez (1633-1635), Fray Juan Cebrián Pedro (1635-1644), Domingo Abad Huerta (1644-1646), Diego Chueca Rincón (1647-1672), Diego Francés de Urritigoyti (1673), Fray Andrés Aznar Naves (1673-1682) y Jerónimo Zolivera (1682-1700). Todos estos prelados, excepto Fernando Valdés Llano, habían nacido en Aragón. Pero, a partir de 1700, comienza una nueva etapa de la historia de España y de la Iglesia española, la situación cambia radicalmente y Castilla impondrá sus candidatos en la diócesis turolense. SIGLAS A.C.B.: Archivo de la Catedral de Barbastro A.C.G.E.: Archivo del Capítulo General Eclesiástico de Teruel A.C.H.: Archivo de la Catedral de Huesca A.C.J.: Archivo de la Catedral de Jaca A.C.S.Z.: Archivo de la Catedral de la Seo de Zaragoza A.C.T.: Archivo de la Catedral de Teruel A.G.S.: Archivo General de Simancas A.H.D.T.: Archivo Histórico Diocesano de Teruel A.H.N.: Archivo Histórico Nacional A.H.P.T.: Archivo Histórico Provincial de Teruel A.S.V.: Archivo Secreto Vaticano D.H.E.E.: Diccionario de Historia Eclesiástica de España CAPÍTULO I TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 1. SEMBLANZA BIOGRÁFICA Cuando el obispo Martín Terrer de Valenzuela fue nombrado obispo de Tarazona (7-abril-1614), le sucedió en la sede turolense el obispo Tomás Cortés Sangüesa (27-agosto-1614), que hasta entonces había regido la diócesis de Jaca (1607-1614). 1.1. PROFESOR DE LA UNIVERSIDAD DE HUESCA Y CANÓNIGO Tomás Cortés nació en la ciudad de Huesca a mediados del siglo XVI1. A la edad de veinte años fue admitido como colegial del Mayor de Santiago, fundado en la ciudad de Huesca en 15342. Como escribe Gómez 1 En su lápida sepulcral, existente en la iglesia de San Lorenzo de Huesca, se dice que falleció el día 9 de diciembre de 1624 a la edad de 73 años. Por tanto, habría nacido, aproximadamente, hacia el año 1551. En 1607, al ser nombrado obispo de Jaca, se dice que tenía 56 años. Y, de acuerdo con este apunte documental, la fecha de su nacimiento también coincidiría, sería el año 1551 (GAUCHAT, P., Hierarchia catholica, IV Monasterii, 1935, p. 205). 2 El Colegio Imperial y Mayor de Santiago fue fundado por Berenguer de San Vicente, maestro en Artes de la universidad de Huesca, confirmado al año siguiente por el rey Carlos I de España y emperador de Alemania, y aprobados sus estatutos por el papa Paulo III con bula fechada el 22-IX-1535. Las rentas colegiales eran suficientes, similares o incluso superiores, a las que tenían los colegios mayores de Salamanca y Valladolid. El número de colegiales no superaría los trece, nueve juristas o canonistas y cuatro teólogos. Como requisitos para su ingreso, se exigía ser mayores de veinte años y menores de veintiséis, naturales del reino de Aragón, Valencia, Navarra y Cataluña, aunque estaba permitido admitir también a dos 10 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Uriel3, recibió la beca colegial con fecha 22 de diciembre de 1571. Estudió Derecho civil y canónico en la universidad literaria de Huesca4, obteniendo el grado de bachiller el año 1575 y el de doctor en 1578. Durante los años escolares de 1573-1574 y 1574-1575, sin tener todavía grados académicos, fue profesor en la facultad de Derecho civil. El año escolar 1575-1576, habiendo obtenido ya el grado académico de bachiller en ambos derechos, ocupó el cargo de rector en el Colegio Mayor de Santiago y siguió enseñando en la facultad de Derecho civil. Durante el curso escolar del año siguiente, 1576-1577, siguió impartiendo docencia en esta facultad5. Dice Gómez Uriel, siguiendo la exposición de Ramón de Huesca6, que el 25 de marzo de 1577, habiendo ya recibido los grados académicos en ambos Derechos, Tomás Cortés tomó posesión de una canonjía en la catedral de Huesca. La afirmación, sin embargo, no es totalmente cierta. Según las Actas capitulares en la catedral oscense, la prebenda doctoral estaba vacante por muerte del canónigo Juan de Aísa. En sesión capitular del 20 de marzo de 1577, el deán y cabildo propusieron al bachiller Tomás Cortés para ocuparla y ese mismo día «tomó la colación canónica»7. Durante los años escolares 1577-1578 y 1578-1579, siendo canónigo, enseñó en la Facultad de Derecho canónico. Su nombre no aparece ya en colegiales de Castilla y de los demás reinos de España. Los colegiales no podían ser casados, ni frailes; a los viudos se les permitía el ingreso únicamente con licencia de la Inquisición. Era exigida la limpieza de sangre (vid. VIDALLER SALILLAS, C. y BRIOSO y MYRAL, J., voz «Colegios Mayores», Gran Enciclopedia Aragonesa, III, Zaragoza, 1980, pp. 844-845). 3 GÓMEZ URIEL, M., Diccionario biográfico-bibliográfico, I, Zaragoza, 1885, p. 352. 4 Fundada por el monarca Pedro IV de Aragón, mediante privilegio expedido en Alcañiz el 12 de marzo de 1354, su mantenimiento corría a cargo del Concejo municipal. Con el paso de los años, el espíritu universitario primero decayó y tuvo que ser refundada a mediados del siglo XV por bula del papa Paulo II, datada el 19 de octubre de 1464, pasando la dirección a manos de la iglesia de Huesca, que aportaría las rentas de ciertos beneficios diocesanos para su sostenimiento. Esto fue la salvación de la universidad oscense. El buen funcionamiento de la misma se debió a la decisión de asignar para su mantenimiento los diezmos y primicias de varias rectorías y de algunos beneficios. Los primeros estatutos datan de finales del siglo XV, mejorados por Ambrosio Olcina en 1562, y en 1599 por Carlos Muñoz, obispo de Barbastro, visitador y reformador de la universidad por orden real y apostólica. La universidad oscense contaba con facultades de Teología, Derecho canónico y civil, Medicina, Filosofía y Artes. A partir de 1566, se fundó la escuela de Gramática. Las facultades más florecientes fueron las de Derecho canónico y civil, tanto por el número considerable de estudiantes como por la fama de sus profesores. 5 DURÁN GUDIOL, A., «Notas para la historia de la universidad de Huesca», Hispania Sacra, 21, 1968, pp. 145-146. 6 HUESCA, R. de, Teatro histórico de las iglesias del Reino de Aragón, VII, Zaragoza, 1807, p.160. 7 A.C.H., Actas capitulares (1560-1579), fol. 480 v. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 11 el claustro de la Facultad de Derecho civil. Y, al hacer referencia al curso escolar 1578-79, en la nómina de profesores queda anotado que era doctor. Por tanto, Tomás Cortés ejerció la docencia universitaria durante seis años escolares consecutivos, de 1573 a 1579. Y fue canónigo de la catedral oscense durante treinta años, desde 1577 hasta 16078. Siguiendo el libro de Actas, podemos conocer qué cargos capitulares desempeñó durante esos treinta años. Los oficios, que originariamente eran anuales, se solían prorrogar incluso, como queda anotado en 1595, «por tiempo de tres años continuos»9. En febrero de 1584 el cabildo oscense recibió la noticia de la muerte del obispo Pedro del Frago. El día 24 de ese mes se convocó sesión capitular y se hizo elección de cargos en sede vacante. El canónigo Tomás Cortés fue nombrado oficial de Curia, cargo que desempeñó hasta la llegada del nuevo prelado, Martín Cleriguet Cáncer, quien tomó posesión solemne de la diócesis de Huesca y prestó juramento con fecha 24 de enero de 158510. Al vacar una prebenda canonical en septiembre de 1585, se concedió a Julián Franco. El canónigo Tomás Cortés protestó por esta designación, pues él abogaba a favor de Gaspar de Aguas. En el mes de octubre se hizo votación secreta, saliendo favorecido el canónigo Franco, y aunque hubo algunos votos en blanco tomó posesión. Ambos prebendados Cortés y Franco, habían «compuesto sus diferencias ante el deán» con anterioridad11. En la nominación de cargos para el año 1586, realizada en el mes de mayo, recibió el encargo de apuntar y llevar el registro de misas celebradas en sufragio por las almas de los difuntos. En 1587 no hubo una nueva designación y en mayo de 1588 «se prorrogaron los oficios capitulares»12. En mayo de 1589 fue nombrado oficial del Estudio General (Universidad). En 1591, junto con el canónigo Campo, recibieron el encargo de 8 A.C.H. Libro segundo Prepositura (1570-1580) y Libro primero Prepositura (16051612). Los libros de Prepositura recogen las cuentas de la mensa canonical. En ellos, aparece el nombre de todos los canónigos que servían en la iglesia catedral de Huesca y, junto al nombre de cada uno, la cantidad de dinero y de productos agrícolas anejos a su prebenda canonical. En esas relaciones, desde el año 1578 hasta 1607, aparece el canónigo Tomás Cortés Sangüesa. Agradezco este dato y la explicación del mismo al profesor Latorre Ciria, que trabajó largamente en el archivo de la catedral de Huesca. 9 A.C.H. Actas capitulares, cabildo 21-abril-1595, fol. 438. 10 Ibídem, cabildos de 2 y 24-febrero-1584 y 24-enero-1585, fols. 100-101 y 124 v. 11 Ibídem, 20-septiembre, 1 y 3-octubre-1585, fols. 133-134. El titular de la prebenda vacante, llamada de Arascués, era Juan Valero. El canónigo Cortés usufructuaba, en ese momento, la prebenda denominada de Buñales. 12 Ibídem, 5-mayo-1586, 3 y 4-mayo-1588, fol. 196. 12 JUAN JOSÉ POLO RUBIO regidores de la casa (posiblemente donde residían los alumnos universitarios del Colegio Mayor de Santiago). Y en 1592, regidor del hospital de la ciudad13. Desde 1589 hasta 1591 fue deán de la catedral oscense Pedro de Luna y, posteriormente, ocupó la decanatura Felipe Puyvecino. Ambos personajes están entrañablemente unidos a la historia eclesiástica turolense, pues actuaron como agentes de las causas episcopales y capitulares ante la Santa Sede14. Siendo Felipe Puyvecino deán de la catedral oscense, se nombró síndico al canónigo Cortés «para las Cortes que su Majestad ha convocado en la ciudad de Tarazona». Allí se encontró y conoció a Martín Terrer de Valenzuela, también canónigo y síndico por la iglesia catedral de la Seo de Zaragoza. El canónigo Cortés Sangüesa percibió «un salario diario de cuarenta y cuatro sueldos»15 como retribución por sus trabajos en Cortes. Según afirma Ramón de Huesca en su obra Teatro histórico de las iglesias del Reino de Aragón, el canónigo Cortés desempeñó el cargo de vicario general de la diócesis en 1593 y, ese mismo año, el monarca Felipe II le propuso para la abadía de Nuestra Señora de la O y para una canonjía en la Seo de Zaragoza, rechazando ambas prebendas. En 1595 se nombró «al doctor Tomás Cortés asignado (rector) del Estudio General»16. Ya en 1602 fue elegido por su cabildo como visitador adjunto «para que, conforme al estatuto, haga la visita con el señor obispo» de «la Seo y abadías»17. En 1603 y 1604 el cabildo eligió como conjueces y adjuntos de visita al deán Puyvecino y al canónigo Cortés18. Y, finalmente, anotamos un último apunte documental de su trabajo como capitular: en 1605 se le encargó cuidar el orden externo en el coro, haciendo guardar la compostura y el silencio a los capitulares19. Desconocemos cuándo se produjo la presentación regia del canónigo Cortés para ocupar la sede de Jaca, regentada hasta entonces por el obispo Malaquías de Asso y recientemente fallecido. Sin embargo, sabemos que la bula papal con el nombramiento para obispo de Jaca está datada el 4 de 13 Ibídem, 8-mayo-1589, 15-abril-1591, 13, 14, 15 y 30-abril-1592, fols. 232, 297, 335 v y 336. 14 Ibídem, 6-mayo-1589 y 4-enero-1591, fols. 228 y 289. El deán Pedro de Luna hizo la profesión de fe con fecha 6 de mayo de 1589 y Felipe Puynecino, el 4 de enero de 1591. 15 Ibídem, 23-mayo-1592, fol. 337 v. 16 Ibídem, 24-agosto-1595, fol. 446 v. 17 Ibídem, 13-septiembre-1602, fol. 18. 18 Ibídem, 31-enero-1603 y 9-enero-1604, fols. 26 v y 38. 19 Ibídem, 30-abril-1605, fol. 58 v. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 13 julio de 1607 y que la propuesta regia fue expuesta ante el Consistorio por el cardenal Farnesio, protector ante la Santa Sede del Reino de Aragón20. Presentó a Tomás Cortés en estos términos: tenía 56 años de edad, era sacerdote desde los 25 años, doctor en ambos derechos, rector de la universidad de Huesca y comisario de la Santa Inquisición21. 1.2. OBISPO DE JACA El cabildo de Jaca ya conocía la noticia del nombramiento del canónigo Cortés a mediados del mes de marzo de 1607 «y, por tener certidumbre, propuso el señor deán se le vaya a visitar y se diga un Te Deum laudamus, como la iglesia ha acostumbrado»22. El chantre y el canónigo Carbesa fueron nombrados para ir a Huesca a dar la enhorabuena al neo-obispo. Los munícipes de Jaca se unieron a los prebendados y viajaron juntamente con ellos a la ciudad de Huesca el 22 de marzo, para visitar y felicitar al canónigo Cortés, obispo electo de Jaca23. En los primeros días del mes de agosto, Tomás Cortés escribió al cabildo solicitando la toma de posesión de la diócesis por procurador. Una vez que el cabildo estudió el asunto y las propuestas del obispo electo24, con fecha 30 de agosto recibió al Dr. Agustín Malo, «que venía con orden y cargo de tomar la posesión, y presentó sus recaudos y sus bulas, pidiendo le den posesión»25. El procurador juró «los estatutos y loables costumbres de la presente iglesia». Levantaron acta Jaime Villacampa y Francés de la Sala. El procurador pagó los derechos de entrático, «doscientos escudos: ciento para la capa, cincuenta para un aniversario por el señor obispo Don Malaquías y los 20 Vid. VAN GULIK, G. y EUBEL, C., Hierarchia Catholica, III, Monasterii, 1924, p. 54 y Moroni, G., Dizionario di erudizione storico-ecclesiastica, XXIII, Venecia, 1844, pp. 213-214. Odoardus Farnesius, natural del ducado de Parma, nació en 1574. Siendo abad comendador de la cripta Ferrata, fue creado cardenal diácono con el título de San Adrián en la primera promoción del papa Gregorio XIV, tenida el 19 de diciembre de 1590. Desempeñó el oficio de cardenal protector ante la Santa Sede del reino de Aragón, de Portugal, Inglaterra, Escocia… En 1624 fue nombrado cardenal obispo de Tusculano por el papa Urbano VIII. Murió fuera de Roma el 21 de febrero de1626. 21 A.S.V., Archivium Consistoriale, Acta Miscelanea 97, fol. 807. 22 A.C.J., Actas capitulares (1600-1613), fol. 97. 23 Ibídem, fol. 97v. 24 Ibídem, cabildo 13 y 21-agosto-1607, fol. 107. El obispo electo escribió dos cartas al deán «diciendo que no quiere jurar su posesión sino sea al tenor de la bula de Gregorio XIII». El cabildo resolvió estudiar el asunto «en lo que toca al juramento del señor obispo, y quedó en deliberación». 25 Ibídem, cabildo 30-agosto-1607, fol. 107 v. 14 JUAN JOSÉ POLO RUBIO otros cincuenta para obras pías, a disposición del Capítulo». El cabildo entregó ápoca al procurador del obispo electo, quien escribió una carta «agradeciendo la voluntad con que se le dio la posesión»26. Tomás Cortés fue consagrado obispo en Madrid el último día del año 1607, en la iglesia de San Martín, regentada por los padres benedictinos. Juan Bautista Acevedo Muñoz, patriarca de las Indias Occidentales e Inquisidor General, asistido por Juan Vigil Quiñones y Labaida, obispo de Valladolid, y por Lucas Durán, de la Orden de Santiago, antiguo obispo de Chiapas (México), presidió la ceremonia donde fueron ordenados otros cinco obispos: Juan del Valle, de la Orden de San Benito, obispo de Guadalajara (México), Diego Mardones, OP, obispo de Córdoba, Diego Álvarez, OP, arzobispo de Trani (Italia), Francisco de Sosa, OFM, obispo de Canarias y Domingo Valderrama, OP, arzobispo de Santo Domingo27. Antes de hacer su entrada solemne como obispo de Jaca, estuvo desempeñando el cargo de Diputado del Reino de Aragón (1607-1608) en Zaragoza. El cabildo jacetano se comunicó epistolarmente con su prelado recordándole su obligación de buscar predicador para la inminente Cuaresma de 1608. Con este motivo, se cruzaron varias cartas entre el obispo Cortés y su cabildo28 en el mes de febrero. Tiempo después, a comienzos del mes de junio, se propuso en cabildo «que se considere cómo se ha de recibir al señor obispo, y fue resuelto que al señor obispo se reciba en la forma y modo que a los demás se ha hecho, y se ponga el sitial en lugar decente, que salgan los semaneros a recibirle, y los señores canónigos no besen la mano»29. Esta era la crónica capitular del 20 de junio. Cuatro días después, el obispo Cortés expuso al deán «que sería de su gusto hacer su pontifical en el oficio de la gloriosa Santa Orosia, estando los canónigos y dignidades con capas en el coro»30. Por tanto, el obispo Cortés tomó pose- 26 Ibídem, cabildo 7-septiembre-1607, fol. 108. GUITARTE IZQUIERDO, V., Episcopologio español (1500-1699). Españoles obispos en España, América, Filipinas y otros países, Roma, 1994. p. 123. 28 A.C.J., Actas capitulares (1600-1613), cabildo 8-febrero-1608, fols. 119-120. El cabildo, «viendo que teníamos la Cuaresma a las puertas sin respuesta de Vuestra Señoría…», escribió al obispo Cortés. El obispo contestó por medio de un oficial, «el cual, explicando su creencia, dice que el gusto y voluntad de Vuestra Señoría es predique el P. Guardián…». El cabildo, aunque no compartía los gustos episcopales, admitió al predicador. Escribían: «habiendo declarado la nuestra [voluntad o deseo] y descargado nuestras conciencias, si a Vuestra Señoría así le parece, se le dará el púlpito». El cabildo jacetano prefería a los padres jesuitas. Y así lo seguían manifestando años después cuando pidieron que predicase la Cuaresma el P. Barba o el P. Blanc, sin lograr conseguirlo (vid. A.C.J., Actas capitulares (16001613), cabildo 28-enero-1613, fol. 226). 29 Ibídem, cabildo 20-junio-1608, fol. 129. 30 Ibídem, cabildo 24-junio-1608, fol. 129. 27 TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 15 sión personal y solemne de la diócesis de Jaca entre el 20 y 24 de junio de 1608. Y en los primeros días del mes de julio realizó una visita al cabildo, donde los saludos mutuos de mera cortesía se prodigaron entre ellos31. La ciudad de Jaca32, donde se encontraba la sede episcopal, poseía 460 vecinos33. La catedral, cuyo titular era el apóstol San Pedro, tenía cabildo compuesto por siete dignidades (deán, arcediano de cámara, chantre, sacristán, arcediano de Larués [o Larrués], arcediano de Ansó y arcediano de Gorga (sic) y quince canónigos34. Había, además, dieciséis porcionarios de patronato laical, doce o trece beneficios simples y dos capellanes, encargados de la cura pastoral en la parroquia catedralicia, única existente en la ciudad de Jaca. El cabildo catedralicio se regía por estatutos propios, que el obispo —cuyas rentas ascendían a 2.500 escudos— debía jurar obligatoriamente antes de la toma de posesión. En la sede episcopal había un convento de monjas de San Benito, ubicado en la iglesia de San Ginés, otro convento de franciscanos observantes, situado extramuros de la ciudad, un monasterio de carmelitas, emplazado en la ermita de Nuestra Señora de la Victoria, y un hospital bajo la advocación del Espíritu Santo y San Juan Bautista. Fuera de los muros de la ciudad había edificadas, al menos, trece ermitas: cuatro de Nuestra Señora (del Rosario, de la Victoria, de Ypás y de la Cueva), y las otras dedicadas a San Gregorio, San Miguel de Abós, San Miguel del Puente, San Juan Bautista, San Marcos Evangelista, San Esteban, San Andrés, San Cristóbal y San Salvador. La diócesis jacetana, compuesta por ciento ochenta y siete pueblos, la mayoría de escasa población, contaba solamente con ciento quince beneficios curados35 (ochenta y ocho rectores, veintiséis vicarios y un presidente de colegiata). Por eso, algunos sacerdotes debían atender varios núcleos de población, que no poseían renta suficiente para mantener clérigo propio. La iglesia colegial, con nueve porcionarios, se hallaba en San Pedro de 31 Ibídem, cabildo 7-julio-1608, fol. 130 v. Datos tomados de las «visitas ad limina» efectuadas por el obispo Tomás Cortés Sangüesa, que regentó la diócesis desde 1607 hasta 1614. Se conservan dos relaciones ad limina: una de 1610 y otra de 1613, en A.S.V., Congregatio Concilii, Relationes 407, Jaccen. Vid. DURÁN, A., voz «Diócesis de Jaca», Diccionario de Historia Eclesiástica de España, II, Madrid, 1972, pp. 1218-1219. 33 La población en 1682 se aproximaba a los 2.000 fuegos. Cfr. RITZLER, R. y SEFRIN, P., Hierarchia Catholica, V, Patavii, 1952, p. 223. 34 En 1616 había diecisiete canónigos y en 1682 nueve dignidades y doce canónigos. Cfr. GAUCHAT, P., op. cit., IV, Monasterii, 1935, p. 205 y RITZLER, R. y SEFRIN, P., op. cit., p. 223. 35 En el texto de visita del año 1610 se dice que eran ciento veinte. 32 16 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Siresa. En toda la diócesis existían sólo veintiún beneficios simples (diez en Ansó, cinco en Fago, dos en Fiscal y uno en otros pueblos). La geografía diocesana, abrupta, pobre y de escasa población, permanecía durante gran parte del año cubierta por la nieve. Los canónigos regulares de San Agustín residieron hasta 1569 en el monasterio de Santa Cristina, construido en las inmediaciones del Principado de Bearne, trasladándose posteriormente al monasterio de San Agustín de Montearagón (Huesca). Este monasterio, antiguo enclave para dar hospitalidad al peregrino, se encontraba en estado ruinoso y semi abandonado, pues, a comienzos del siglo XVII, todavía vivía allí un fraile dominico. Los monjes negros de San Benito, presididos por su abad, ocupaban el monasterio de San Juan de la Peña y regían la iglesia de Santa Elena. El obispo Cortés relata en los textos de visita ad limina que durante los meses de invierno el frío y la nieve le impedían realizar la visita pastoral a su diócesis. Pero, una vez pasado el invierno y acabados los fríos, comenzaba su trabajo episcopal confirmando en los lugares más apartados y pequeños, predicando la Palabra de Dios y enseñando los rudimentos de la fe, corrigiendo las malas costumbres y las faltas de disciplina eclesiástica. Encontró un clero sano, que vivía honestamente, guardaba la residencia y cumplía puntualmente con sus funciones eclesiásticas. Los fieles cristianos se mantenían firmes en la obediencia al Romano Pontífice y a su fe católica, sin contaminarse con los herejes protestantes del cercano principado de Bearne. Cuenta también cómo en los primeros años de su pontificado celebró sínodo diocesano36. Por edicto convocó a los abades, priores, rectores parroquiales y a todos los que por derecho o costumbre solían asistir. Además, por medio de carta solicitó informes sobre aquello que necesitaba reforma. Pidió oraciones por el fruto espiritual del sínodo. Los textos sinodales fueron preparados personalmente por el obispo, siguiendo los decretos del Concilio de Trento. En este trabajo le ayudó el P. Fray Juan Viescas, franciscano, maestro en Teología, regente de la cátedra de Vísperas en la universidad de Huesca. Nombró examinadores sinodales a licenciados y doctores en Teología y Derecho Canónico. Sacó a los jueces sinodales de entre las dignidades y canónigos. Designó también a los testigos sinodales, diseminados por toda la diócesis, para que velasen por la 36 DURÁN, A., op. cit., p. 1219. A.S.V, Congregatio Concilii, Relationes 407, Jaccen, año 1610. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 17 grey y le informasen. Decretó que las Misas solemnes, ritos y ceremonias eclesiásticas se acomodasen enteramente al misal y breviario del papa Clemente VIII. El obispo Cortés afirma en el texto de visita ad limina de 1610 que el sínodo terminó el día 25 de noviembre. En las Actas capitulares hay abundantes anotaciones sobre este acontecimiento diocesano37. Con ocasión del sínodo diocesano surgieron las primeras desaveniencias entre el obispo y el cabildo por cuestiones protocolarias de asiento en las sesiones sinodales y por la asistencia de capitulares como procuradores del cabildo. El enfrentamiento entre el obispo y el cabildo llegó a oídos de los frailes. Por esa razón el prior del convento de San Juan de la Peña, en nombre del abad, se presentó ante el cabildo para ser mediador entre el obispo y el cabildo38. El pleito sobre el asiento de los capitulares en el sínodo siguió pendiente durante los meses siguientes39. Conocemos algunas de las constituciones sinodales aprobadas por Tomás Cortés a través del texto publicado40 por el obispo Vicencio Domec en 163441. Allí se mencionan siete constituciones aprobadas en el sínodo del obispo Tomás Cortés42. 37 A.C.J., Actas capitulares (1610-1613), cabildo 8, 14, 21, 24, 25 y 27-noviembre-1608, fols.138-140. 38 Ibídem, cabildo-4-diciembre-1608, fol. 141. 39 Ibídem, cabildos 5-diciembre-1608, 7 y 9-enero-1609. 40 El sínodo del obispo Domec fue convocado por edicto el 16 de abril de 1633. Se celebró del 10 al 12 de mayo de 1633. El texto está dividido en cuatro libros: primero, del sínodo en general y obligaciones del párroco; segundo, sobre los sacramentos; tercero, de la vida de clérigos y cuarto, de la curia episcopal. En el libro primero, constitución 2.ª, p. 1, se confirmaban algunos textos sinodales anteriores con estas palabras: «Por cuanto hay muchas constituciones loables y santas hechas en los sínodos por la buena memoria de los obispos, nuestros predecesores; reducidos a esta nueva y última impresión, los confirmamos, de suerte que en este volumen se inserirán, quitando toda contradición, en cuanto no sean contrarias a las que por Nos han sido hechas de nuevo». 41 Vicencio Domec gobernó la diócesis de Jaca de 1631 a 1636, siendo trasladado posteriormente a la diócesis de Albarracín, donde falleció. Celebró sínodo y publicó sus constituciones en Huesca, Pedro Blusón, 1634, 4º, 152 folios. PALAU y DULCET, A., Manual del librero hispano-americano, III, Madrid, 1990, p. 75. 42 Libro segundo, constitución 40, p. 73: «Que no se concedan descomuniones de deudas, de sesenta sueldos abajo, sino que se concedan por contumacia». Constitución 41, p. 74: «Que por obligaciones concejiles y por una misma causa no se puedan descomulgar sino ocho personas». Libro tercero, constitución 46, p. 90: «Que de aprecios y talas paguen décimas y primicias». Constitución 51, p. 92: «Que no se arrienden campos ni heredades de las iglesias si no es de tres en tres años». Constitución 80, p. 99: «Que ninguna persona eclesiástica pase a Francia sin licencia del señor obispo». Constitución 83, p. 100: «Que los aniversarios fundados con dinero sobre bienes raíces se digan perpetuamente». Libro cuarto. Constitución 93, p. 131: «Que se haga un archivo en que se pongan las escrituras y procesos del oficialado y vicario general». 18 JUAN JOSÉ POLO RUBIO El episcopado jacetano de Tomás Cortés estuvo lleno de peleas y faltas de entendimiento con el cabildo43. Acabamos de mencionar las cuestiones protocolarias nacidas por el tema del asiento de los capitulares en el sínodo diocesano. El cabildo solicitó reiteradamente al obispo las medias annatas y los derechos de vacante por haber estado ausente durante su primer año de pontificado en Zaragoza, que el prelado siempre se negó a pagar44. El obispo se mostró excesivamente celoso y exigió la revisión de cuentas capitulares tanto de la fábrica45 como de la sacristía46 y de la administración de Misas47. Exigió con insistencia que las ceremonias del templo catedral se adaptasen al ritual del papa Clemente VIII48. Todo esto causaba un gran malestar, que trascendía a los ambientes civiles49. Y, sobre todo, caldeó los ánimos del cabildo que en 1612 no permitieron al obispo hacer la visita al templo catedral50. 43 Mandaba con exigencias que se arreglasen los objetos del culto. Por ejemplo el hostiero, «porque las hostias salen mal» (vid. A.C.J., Actas capitulares (1600-1613), cabildo 11-julio-1608, fol. 131). El cabildo le tenía que suplicar reiteradamente las cosas y hacerlo siempre con cautela, como pisando con pies de plomo. Así, por ejemplo, para funerales regios, para la provisión de canonjías y prebendas (Actas capitulares (1600-1613), cabildo 28-octubre-1611, fol. 182; cabildo 13-septiembre-1613, fol. 242). Los agravios y querellas episcopales salpicaron también a los religiosos, como a los monjes de San Juan de la Peña, quienes contaron sus dificultades a los canónigos reunidos en cabildo: «Resolvióse que entrasen los dichos señores monjes. Y dieron sus razones: que el propio obispo no les quería admitir la conservatoria y otras gracias. Representaron y dijeron que no pedían favor, sino sólo pretendían dar esta satisfacción al Capítulo, en razón de que in futurum se podrían ofrecer». 44 A.C.J., Actas capitulares (1600-1613), cabildo 4, 18 y 23-julio-1608, fols 130-132; 7enero-1609, sin foliar. 45 Ibídem, cabildos 12-diciembre-1608, fols. 141-142; 9-enero-1609, sin foliar; 29-abril1611 y 20-diciembre-1613 en Actas capitulares (1613-1638), fol. 2. Siempre se anota en la crónica capitular: «se resolvió que los señores canónigos lleven el libro al señor obispo y que no lo dejen allí». 46 Ibídem, cabildo 26-agosto-1612, fol. 213. 47 Ibídem, cabildo 22-diciembre-1612, fol. 223. 48 Ibídem, cabildos 12, 14, y 24-agosto-1608, fols. 133-135; cabildo 29-octubre-1608, fol. 137; cabildo 12-diciembre-1608, fol. 142 y cabildo 29-agosto-1609, fol. 162. En febrero de 1613 el obispo propuso al cabildo que nombrase un maestro de ceremonias. El cabildo resolvió y le constestó: «que si quiere maestro de ceremonias que lo ponga su Señoría y se lo pague, que el Capítulo no lo tiene menester, que ya sabe lo que está a su cargo» (cabildo 8febrero-1613, fol. 227). 49 Ibídem, cabildos 19 y 23-enero y 6-febrero-1609, fols. 144-145. Los munícipes jacetanos, conocedores del problema, se ofrecieron a hacer de intermediarios entre el cabildo y el obispo. Para ejercer esta misión se presentó, concretamente, el jurado Hidalgo, prior de los veinticuatro. El obispo y el cabildo creyeron que era mejor arreglarse entre ellos sin intermediarios. 50 Ibídem, Procesos de visita, marzo-abril, 1612, sin foliar; Actas capitulares (16001613), cabildo 26-febrero-1613, fol. 228 y cabildo 10-mayo-1613, fol. 234v. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 19 El mismo obispo Cortés cuenta en el texto de visita ad limina de 1613 cómo los canónigos no le recibieron, ni le abrieron las puertas de la catedral, ni le facilitaron la visita al templo. El cabildo se negó rotundamente a admitir la visita episcopal porque Tomás Cortés pretendía hacerla personalmente, sin contar con la compañía y presencia de los conjueces nombrados por el mismo cabildo. Como consecuencia, el cabildo jacetano escribió en latín un memorial de agravios51 contra el obispo Cortés, que envió al papa Paulo V. Dicho memorial está dividido en varios epígrafes (cofradías, testamentos, cuestiones matrimoniales, dimisorias y testimoniales, sobre la visita pastoral y el modo de comportarse con los eclesiásticos, licencia de Misas, limosnas y vida privada del obispo) y consta de 74 puntos concretos y específicos. El Papa mandó examinar la veracidad de los agravios capitulares contra el obispo Tomás Cortes al metropolitano, Fray Pedro Manrique. Cuando comenzó el concilio provincial52 ya hacía unos meses que Tomás Cortés había sido nombrado obispo de Teruel. Marchó al concilio provincial y dejó la ciudad de Jaca donde se había iniciado como obispo, sembrando un ambiente enrarecido en sus relaciones con el cabildo. Los temas de conflicto y el modo personal de actuar del obispo se repetirán nuevamente en la diócesis de Teruel. 2. OBISPO DE TERUEL Con fecha 5 de junio de 1614 el obispo Cortés comunicó al cabildo jacetano, por medio del canónigo Barutel, que había sido promovido a la sede turolense. El cabildo acordó ir «a visitar al señor obispo y darle el parabién del obispado de Teruel»53. Una vez declarada la sede vacante, el deán y cabildo jacetano, después de celebrada la Misa del Espíritu Santo, que oyeron todos los capitulares, el día 23 de octubre de 1614 se procedió a la elección y nombramiento de los cargos para la sede vacante54. 51 A.C.T., 214-2-9. A.C.J., Actas capitulares (1600-1613), cabildos 10-septiembre-1613, fol. 240v; Actas capitulares (1613-1638), cabildo 25-marzo-1614, fol. 5. En los primeros días del mes de septiembre de 1613, el arzobispo Manrique mandó al cabildo de Jaca el edicto de convocatoria para el concilio provincial, cuyo inicio quedó postergado hasta el mes de septiembre del año próximo. 53 Ibídem, Actas capitulares (1613-1638), fol. 10. 54 Ibídem, Actas capitulares (1613-1638), fol. 20v. 52 20 JUAN JOSÉ POLO RUBIO El nuncio apostólico Antonio Caetani escribió al cardenal Borghese55 con fecha 3 de junio, avisándole que el obispo de Jaca había sido trasladado a Teruel y la sede de Jaca había sido provista en la persona de Diego Ordóñez, que últimamente había sido comisario de la Orden de San Francisco56. La presentación del monarca Felipe III llevaba fecha de 28 de mayo de 161457. El cardenal Zapata58 presentó ante el Consistorio cardenalicio la solicitud regia a favor del obispo Cortés para la diócesis de Teruel. Expuso que la sede turolense estaba vacante por traslado de Martín Terrer a Tarazona; también el número de dignidades, canonicatos, porcionarios y beneficiados que servían en la catedral; y las órdenes religiosas masculinas y femeninas existentes en la ciudad y pueblos. Las rentas episcopales ascendían a nueve mil ducados anuales. El proceso consistorial se hizo ante el nuncio, enviado a la Congregación del Concilio y presentado por el cardenal Farnesio, protector del reino de Aragón y, finalmente, estaba previsto que las rentas episcopales fueran mermadas en 1.000 ducados anuales59. El papa Paulo V nombró obispo de Teruel a Tomás Cortes. La bula papal está datada el 27 de agosto de 161460. Tomó posesión por procurador de la diócesis de Teruel con fecha 5 de noviembre de 1614. El licenciado Ginés Martínez, presbítero rector de la iglesia de San Vicente en Jaca, presentó las bulas. El tesorero turolense Juan Martín le dio la posesión en el templo catedral y los canónigos Pedro Bervegal y Dionisio Sebastián se la dieron del palacio y curia episcopal61. 55 Vid. GAUCHAT, P., op. cit., p. 9, y MORONI, G., op. cit., VI, Venecia, 1840, pp. 220-221. Scipio Caffarelli-Borghese, nepote de Paulo V, fue creado cardenal en la primera promoción realizada el 18 de julio de 1605. Recibió las órdenes menores, subdiaconado, diaconado y presbiterado el 31 de julio, 1, 5 y 7 de agosto en Roma. Fue nombrado con el título de San Juan Crisógono (17-agosto-1605) y obispo de Sabina (20-agosto-1629). Murió en Roma el 2 de octubre de 1633 a la edad de 51 años. Había nacido en 1576 y era hijo de la hermana del papa Paulo V. 56 A.S.V., Nunz. Spagna 60 B, 177/178. 57 A.C.T., 104, fol. 3 y 105, fol. 49. 58 Vid. GAUCHAT, P., op. cit., p. 7, y MORONI, G., op. cit., CIII, Venecia, 1861, pp. 412-413. Antonio Zapata y Cisneros, siendo arzobispo de Burgos, fue nombrado cardenal por el papa Clemente VIII el 9 de junio de 1604 con el título de San Mateo in Merulana, trasladado al título de la Santa Cruz in Hierusalem el 5 de junio de 1606 y con posterioridad al de Santa Balbina (16-octubre-1616). Murió en Madrid el 27 de abril de 1635. El 30 de enero de 1627 fue nombrado Inquisidor General de España. 59 A.S.V., Archivium Consistoriale, Acta Miscellanea, 98, fol. 655. 60 Ibídem, Acta Camerarii, 14, fols. 271v-272v. 61 A.C.T., 128-1-2. En el acto de toma de posesión, celebrado entre las diez y las once de la mañana, estuvieron presentes: Dr. Juan Lechago, deán; Dr. Juan Lorenzo Pedrellas, arcediano; Juan Martín, tesorero; Gaspar Sebastián de Arroyta, sacristán, y los canónigos, Francisco Jordán, Dr. Miguel Corbalán, Pedro Bervegal, Dr. Miguel Pérez, Bartolomé Pérez, Marcos Polo, Dr. Felipe Royo, Dionisio Sebastián y Francisco Pérez Morón. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 21 El obispo Cortés se encontraba en Zaragoza, donde estaba celebrándose el concilio provincial, convocado por el arzobispo Pedro Manrique, que había comenzado el 9 de noviembre de 1614 y que se prolongó hasta el 1 de marzo de 1615. En el concilio se le encomendó al obispo Cortés preparar el Manual para la administración de los sacramentos, siguiendo el ritual romano recientemente publicado por el papa Paulo V. En el mes de febrero de 1615, cuando el concilio provincial estaba para terminar, el obispo Cortés comunicó al cabildo turolense su próxima llegada. El cabildo designó a los canónigos Francisco Pérez Morón y Dionisio Sebastián para que fuesen a Torrelacárcel a esperar al nuevo obispo. El resto de capitulares saldrían a recibirle con el palio a la puerta de Guadalaviar62. El obispo Cortés hizo su entrada solemne y juró la bula fundacional de la diócesis y los estatutos capitulares el 8 de marzo de 1615, según las normas dictadas por el papa Gregorio XIII en la bula del 2 de septiembre de 158063. Tomás Cortés gobernó la diócesis de Teruel durante diez años. En sus relaciones con el cabildo catedral rechazó frontalmente y no aceptó el nombramiento de conjueces, llevando el asunto ante los tribunales metropolitanos y la Curia Romana. Su gestión episcopal no contó con la aprobación del cabildo catedral. Las relaciones obispo-cabildo nunca fueron fluidas, existiendo abundante malestar y enfrentamientos continuos, prácticamente durante todos los años de su gobierno episcopal. En 1618 hizo una concordia con el Capítulo General Eclesiástico para regular el nombramiento de vicarios para las siete iglesias parroquiales de la ciudad. Consta que hizo personalmente la visita pastoral a la diócesis, al menos en 1616, 1619 y 1624; y en 1622, por medio de su visitador general. Remitió a Roma dos textos de visitatio ad limina, en 1618 y 1622. El obispo Cortés falleció en su ciudad natal, Huesca, el 9 de diciembre de 1624. En el mes de septiembre había viajado a Huesca para asistir a la inauguración de la basílica de San Lorenzo, como escribe Damián Iguacén: «El día 26 de septiembre, festividad de San Orencio, obispo de Aux, se celebró la primera Misa en la nueva iglesia y se hizo el traslado del Santísimo Sacramento. Actuó de celebrante el señor obispo de Teruel, don Tomás Cortés, quien con su sobrino, don Faustino Cortés, vizconde de Torresecas, 62 Ibídem, Actas capitulares, cabildos 19 y 26-febrero-1615. Ibídem, 204-2, fol. 20. Tanto en Jaca como en Teruel, a la hora de tomar la posesión, el obispo Cortés indicó que lo hacía según las normas establecidas por el papa Gregorio XIII, paladín y promotor de la reforma tridentina. 63 22 JUAN JOSÉ POLO RUBIO fueron grandes bien hechores de esta parroquia. Se hicieron grandes fiestas populares y religiosas, que duraron ocho días. El obispo don Tomás Cortés sobrevivió ya poco tiempo a estas solemnidades, pues murió este mismo año, en el mes de diciembre»64. La noticia de que el obispo Cortés se encontraba «muy al último de su vida» llegó a Teruel en los primeros días del mes de diciembre65. El 14, sábado, se tuvo ya la noticia cierta de su muerte por medio de una carta del arcediano de Huesca, Francisco Salvador, subcolector apostólico de Huesca, y otra del Dr. Melchor Sebastián, diputado en Zaragoza. El cabildo turolense tomó rápidamente la siguiente determinación: avisar al vicario general y al prior del Capítulo General Eclesiástico para que mandasen tocar las campanas en las iglesias por la muerte del obispo y, «de presente, no se hagan otras demostraciones». Además, encomiendan rezar por la inmediata elección de oficios para la sede vacante, que se celebrará al día siguiente, domingo, 15 de diciembre. Y, finalmente, nombran una comisión capitular, compuesta por los canónigos Juan Bonfil, Bartolomé Pérez Monteagudo y Juan Fernández, para hacerse cargo de las casas episcopales y escribanías, «tomando las llaves y poniendo cerrojos»66. Ese mismo día se hizo la nominación de cargos para la sede vacante, recayendo el peso diocesano sobre la persona del Dr. Juan Lechago, deán de la catedral, y la responsabilidad de la Curia episcopal sobre el canónigo Marcos Polo67. El obispo Tomás Cortés fue sepultado en el presbiterio de la basílica de San Lorenzo, recién inaugurada, con el siguiente texto en la lauda sepulcral: Vivit, non moritur, qui fama aeterna vivit hoc in secello jacet D. Thomas Cortes, episcopus Jacensis et postea Turolensis, ex nobili familia Cortesia natus, pius, devotus ac suarum ovium vigilantissimus pastor, patruus D. Faustini domini de Torresecas, fundatoris, et patroni prioratus, et duodecim portionum, huius almae ecclesiae divi Laurentii civitatis Oscensis a qua oriundi fuerunt et naturales eorumdem patres, et avi. Obiit die IX Decembris anno M.DC.XXIIII. aetatis vero suae LXXIII. Tres meses después de la muerte del obispo Cortés, concretamente el 15 de marzo de 1625, el canónigo Juan Fernández, como procurador del cabildo turolense, solicitó al comisario apostólico Alejandro Deti el pontifi- 64 65 66 67 IGUACÉN BORAU, D., La basílica de San Lorenzo de Huesca, Huesca, 1969, p. 56. A.C.T., Actas capitulares (113), cabildo 6-diciembre-1624. Ibídem, Actas capitulares (113), cabildo extraordinario 14-diciembre-1624. Ibídem, cabildo extraordinario 15-diciembre-1624. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 23 cal del prelado. En el documento manifestaba que el cabildo desconocía dónde había ido a parar dicho pontifical; solicitaba que la Cámara Apostólica pagase al predicador de la Cuaresma de 1625, pues ese gasto corría a cuenta del obispo, y la sede estaba vacante; pedía que se hiciesen las honras fúnebres al obispo, pues «hasta ahora no se han celebrado las exequias de dicho obispo en la presente ciudad». Tampoco en las iglesias de la ciudad, porque no se habían abonado los gastos, como sucede en toda España y en el Reino de Aragón. Finalmente, pedía al comisario apostólico Deti que cancelase al cabildo la deuda de más de 52 corderos que el obispo Cortés tenía contraída con la corporación. El notario Francisco Malo y los testigos mosén Pedro Sevilla, presbítero racionero de Santiago, y Diego Martínez, vecino de Teruel, avalaron la solicitud del canónigo-procurador Fernández, que incluye también el inventario del pontifical68. El asunto del pontifical del obispo Cortés tardó un tiempo en solucionarse. Con toda seguridad que las pertenencias del prelado quedaron en la basílica de San Lorenzo de Huesca. Por eso, el deán del cabildo basilical, señor Saravia, inventarió y tasó el precio del pontifical69. En el mes de julio de 1627 mandó copia al cabildo turolense70, que otorgó poderes a favor del licenciado Juan Ciprés, beneficiado de la iglesia de San Martín de Huesca, para recibir el importe del pontifical. El beneficiado Ciprés entregó esa cantidad al canónigo turolense Pedro Agramonte, fabriquero de la cate- 68 Ibídem, 215-4-11. Se inventaría el pontifical blanco, carmesí y morado. Las prendas que comprendía, iguales para los tres colores litúrgicos, eran las siguientes: capa, casulla, tunicela, dalmática, estola y manípulo, gremial, credencia, delante altar, dos toallas con sus franjas de oro, un sobrecáliz, un par de medias, dos pares de zapatos de raso, cíngulo de seda y guantes. Mitras: una mitra de tela de oro fino carmesí y blanco; otra llana de tafetán blanco; otra de tafetán morado y otra de tafetán blanco con flores de lises de oro. Sitiales: uno de terciopelo carmesí con franja de oro y seda, con dos almohadas de lo mismo; otro sitial con dos almohadas; otro del mismo color, nuevo, y dos almohadas; una almohada de terciopelo negro; dos sillas de terciopelo con clavación dorada y franjas de oro. Libros: dos pontificales y ceremoniales; dos misales; un breviario de cámara. Plata y oro: dos fuentes de plata con las armas del obispo; dos jarras sobredoradas; dos salvillas; dos vinajeras; un puntero; un hisopo; cuatro sortijas de oro con sus piedras; un pectoral de oro con sus piedras; cuatro candeleros de plata; dos bujías; un báculo; cinco corporales con guarnición de oro; un atril de hierro; dos taburetes; un hostiero; dos cálices con sus patenas sobredoradas; dos albas y roquetes. 69 Ibídem, 189-17-35. La ropa y ornamentos, conforme a la tasación del Dr. Saravia, ascendió a 150 libras y 8 sueldos. Las 206 onzas de plata, reducidas a monedas, por su justo precio que es de 8 reales, se vendieron por 165 libras. Los 32 escudos de oro, reducidos a moneda, a 26 sueldos por escudo, hacen un monto de 42 libras y 4 sueldos. En resumen: ropa y ornamentos: 150 libras y 8 sueldos; plata: 165 libras; oro: 42 libras y 4 dineros. Total: 357 libras y 12 sueldos. Hay que restar 10 reales para los tasadores. Por tanto, resta para dividir: 356 libras y 2 sueldos. 70 Ibídem, Actas capitulares (113), cabildo-31-julio-1627. 24 JUAN JOSÉ POLO RUBIO dral71. El cabildo turolense, que compró algunas prendas del pontifical episcopal al deán Saravia72, se comprometió a entregar la parte correspondiente del expolio episcopal a la diócesis de Jaca73. La gestión y tramitación se había demorado cuatro años. Cuando el cabildo turolense entregó ápoca al beneficiado Juan Ciprés, era ya el 27 de abril de 162974. El cabildo de Jaca recibió 59 libras, 3 sueldos y 2 dineros. El de Teruel, 279 libras, 8 sueldos y 10 dineros. El obispo Cortés había servido 7 años y 84 días la diócesis de Jaca; y la diócesis de Teruel, desde el 26 de agosto de 1614 hasta el 10 de diciembre de 1624, fecha posterior a su fallecimiento. 2.1. LA DIÓCESIS DE TERUEL A COMIENZOS DEL SIGLO XVII Aunque tenemos una imagen bastante aproximada de cómo era la diócesis de Teruel a comienzos del siglo XVII, intentaremos ampliarla un poco más en las páginas siguientes, describiendo algunas de las actividades episcopales de Tomás Cortés, estudiando sus textos de visita ad limina enviados a Roma y rastreando sus visitas pastorales. El obispo Cortés, sucesor de Martín Terrer de Valenzuela en el gobierno diocesano, se encontró con una diócesis que caminaba ya hacia una total autonomía, aunque su fundación era reciente. Una vez solucionados los problemas habidos entre el Capítulo General y el cabildo catedral, la vida eclesiástica turolense se desenvolvía sin mayores dificultades. El cabildo catedral tenía sus propios estatutos. El clero diocesano era abundante, estando establecido y funcionando el sistema beneficial. La diócesis de Teruel, por tanto, tenía solamente los problemas de administración ordinaria. Sin embargo, en este capítulo de la historia diocesana comprobaremos hasta qué punto se exaltaron los ánimos del cabildo catedral y del estamento clerical. 71 Ibídem, cabildos 5 y 12-noviembre-1627. Le suplicó que le vendiese «un ceremonial de Clemente VIII, que estaba en el pontifical» (A.C.T, Actas capitulares (113), cabildo 1-octubre-1627). 73 El obispo Cortés arrendó la mensa episcopal de Jaca por 3.000 libras anuales. Por tanto, durante siete años obtuvo unos beneficios de 21.690 libras, 8 sueldos y 2 dineros. La mensa episcopal de Teruel se arrendó anualmente por 10.000 libras en dinero, quinientas fanegas de trigo y otras quinientas de cebada; éstas a 8 sueldos por fanega y aquéllas a 16 sueldos, «no entrando en esto cera, pasas y otras regalías». Durante los diez años que rigió la diócesis, por tanto, obtuvo 149.000 libras, 6 sueldos y 3 dineros. 74 A.C.T., Acta capitulares (113), cabildo 27-abril-1629. 72 TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 25 2.2. TOMÁS CORTÉS, OBISPO DE TERUEL. ALGUNAS ACTUACIONES Cuando Martín Terrer marchó de Teruel, la diócesis fue gobernada por el canónigo y vicario general Miguel Pérez75 hasta que Tomás Cortés tomó posesión76. En 1615 el cabildo catedral recogió la propuesta de la ciudad de hacer un busto de Santa Emerenciana. Además, con esta iniciativa se invitaba a sufragar los gastos equitativamente entre la ciudad, el cabildo catedral y el obispo. A través del vicario general se sondeó la opinión del obispo y se supo «que, por ahora, no tiene orden de dar nada». Ante la negativa episcopal, el cabildo nombró al canónigo Juan Villarroya para gestionar, en coordinación con la ciudad, la confección del busto-relicario de Santa Emerenciana. En el mes de septiembre el canónigo Villarroya viajó a Zaragoza para encargar la imagen y la peana de plata «a expensas del cabildo y ciudad»77. La obra fue encomendada al platero zaragozano Claudio Yanequi, quien a finales de 1616 ya había concluido la escultura78. Una vez que el busto de Santa Emerenciana llegó a Teruel, a comienzos del mes de enero de 1617, los canónigos Villarroya y Barutel visitaron al obispo para suplicarle «se sirviese bendecir la cabeza de la gloriosa Santa Emerenciana, que habían traído de Zaragoza. Y escogió el domingo primero que había de venir, que es a 22 del presente»79. Era la víspera de la fiesta de Santa Emerenciana. El obispo celebró la Santa Misa y, una vez finalizada, bendijo la imagen. Hubo música «y mucho concurso de gente»80. En el mes de mayo de 1619 el cabildo «dio licencia para erigir en esta santa iglesia la cofradía de Santa Emerenciana». Y unos meses después, el «9 de Agosto se leyeron y aprobaron las capitulaciones de la cofradía de 75 El canónigo Miguel Pérez falleció el 1 de enero de 1619, habiendo recibido los sacramentos y hecho testamento ante el notario Francisco Hernández. Se enterró «en el cuerpo de la iglesia catedral» (A.P. Salvador, Parroquia Santa María, III (1616-1700), fol. 159). 76 A.H.P.T, Comunidad de Teruel, sección XIII.6, doc. 1.257. Con fecha 1 de agosto de 1614 el canónigo y vicario general Miguel Pérez escribe al justicia, jurados y Concejo de la villa de Mosqueruela prometiendo que reprenderá a algunos eclesiásticos que «dan tan mal ejemplo y tan públicamente escandalizan, como Viestras Mercedes me representan». 77 A.C.T., Actas capitulares, cabildos 14 y 20-agosto, y 13-septiembre-1615. 78 TOMÁS LAGUÍA, C., «Las capillas de la catedral de Teruel», Teruel, 22, 1959, p. 20. 79 A.C.T., Actas capitulares, cabildo 19-enero-1617, jueves. 80 Asistieron los siguientes prebendados: Dr. Juan Lechago, deán; Dr. Juan Lorenzo Pedrellas, arcediano; Dr. Clemente Gonzalo de Liria, arcipreste; Lic. Pedro Lázaro López, tesorero; Lic. Luis Pérez de Cuevas, chantre, y Lic. Gaspar Sebastián de Arroitia, sacristán, y los canónigos Francisco Jordán, Dr. Juan Corbalán, Dr. Miguel Pérez, Juan Villarroya, Bartolomé Pérez, Marcos Polo, Dionisio Sebastián, Dr. Pedro Luis López, Francisco Pérez Morón, Dr. Juan Antonio Burillo, Dr. Gaspar Luis Barutel y Matías Domingo. 26 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Santa Emerenciana y se nombró por primer prior al Dr. Juan Lechago, deán»81. El papa Gregorio XV (1621-1623) firmó una bula concediendo indulgencias a los cofrades de Santa Emerenciana, patrona de la ciudad de Teruel82. El obispo era invitado a presidir la santa Misa en el templo catedral, «como es ordinario», en circunstancias especiales. Por ejemplo, en la fiesta de la Presentación de María83, el día de Santo Tomás de Aquino84, en la promulgación del jubileo concedido por el papa Gregorio XV85, en Misas de acción de gracias86 o rogativas87. El cabildo y los beneficiados turolenses hicieron juramento solemne de defender el misterio de la Inmaculada Concepción en 1619, «en la iglesia catedral, en la capilla mayor, estando los señores justicia, alcaldes, jurados y otros muchos ciudadanos», como recogen las Actas capitulares. Y en 1622, cuando el papa Gregorio XV dio unos decretos sobre la doctrina inmaculista, se organizaron grandes festejos. Se acordó hacer procesión general, convocando a los clérigos, órdenes religiosas y a la ciudad. El cabildo comunicó al obispo Cortés el 15 de julio, viernes, que convenía hacer «una procesión por la plaza principal, por las buenas nuevas que la Santidad de Gregorio XV nos ha dado con su nuevo decreto, acerca de la pura concepción de la Santísima Virgen»88. Ese mismo día los munícipes turolenses mandaron al trompeta público, Juan de Fox, publicar un bando por los lugares acostumbrados. El tenor y texto del bando era el siguiente: 81 A.C.T., 76, fol. 95. Archivo Municipal de Teruel, perg. n.º 312 del catálogo de Jaime Caruana. Vid. AGUIRRE GONZÁLEZ, F.J., Catálogo de los archivos municipales turolenses, IV, Teruel, 1985, p. 238, donde se data el documento n.º 309, salido de la Cancillería romana el 15 de marzo de 1624. Creemos que la transcripción de la fecha de la bula papal no es correcta, puesto que el pontificado del papa Gregorio XV fue breve, comenzando en 1621 y terminando en 1623. 83 A.C.T., Actas capitulares, cabildo 20-octubre-1615. 84 Ibídem, cabildo 6-marzo-1616, sábado. 85 Ibídem, cabildo 9-julio-1621. Para promulgar el jubileo, acordaron celebrar la santa Misa el domingo por la mañana, hacer una procesión por la tarde y otra al domingo próximo. 86 Ibídem, cabildo 27-octubre-1615, viernes. Se acordó que la Misa del domingo 29 fuese celebrada por el obispo en acción de gracias por los matrimonios del rey de Francia con la infanta mayor de España, y del príncipe de España con la infanta mayor de Francia. 87 Ibídem, cabildo 8-abril-1622: «resolvióse que el señor deán se sirva hablar con el señor obispo acerca de que el Domingo primero viniente se hiciese una procesión de rogativas de agua». 88 A.C.T., Actas capitulares, cabildos 12 y 15-julio-1622. 82 TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 27 continuando la devoción que siempre se ha tenido a la Concepción Purísima de la Inmaculada y siempre Virgen Santa María, Madre de Dios, Reina de los Ángeles y abogada de todos los pecadores…; en regocijo de la declaración que su Santidad ha hecho acerca de la limpia y pura Concepción de la Virgen María, concebida sin mácula ni mancha de pecado original, se ordena y manda que mañana, sábado a la noche, al punto de la rolda enciendan luces y luminarias en las ventanas y, de dos en dos casas, hagan una hoguera. Y el día inmediato, domingo, de mañana barran las calles y acudan a la santa iglesia catedral a las nueve horas, a los oficios solemnes y sermón. Y el mismo día, a la tarde, en dicha catedral se juntará toda la clerecía y conventos con sus cruces y pendones, y saldrá la procesión con la solemnidad que se acostumbra. Y se ordena y manda a todos los oficios que vayan en dicha procesión con sus hachas y luces encendidas, en los puestos que tienen señalados89. Un defensor de la teología inmaculista fue el P. Jerónimo Ripalda (1534-1618), nacido en la ciudad de Teruel, jesuita famoso por la publicación de un catecismo de la doctrina cristiana, que ha perdurado hasta bien entrado el siglo XX. Sin embargo, no hemos encontrado ninguna noticia documental sobre su fallecimiento, ocurrido precisamente en 161890. El obispo Cortés profesó devoción a los santos mártires franciscanos Juan de Perusia y Pedro de Saxoferrato, pues en 1619 su sobrino don Faustino, señor de la villa de Torresecas, se curó milagrosamente por intervención de los santos mártires franciscanos. 89 A.H.P.T., Consejo de Teruel, caja 10, doc. 29, Libro de acuerdos o manual de los actos del Concejo de Teruel siendo notario Juan Fernández (de 30-abril-1622 a 29-abril1623), fol. 130. 90 Vid. GASCÓN, D., Relación de escritores de la provincia de Teruel, Zaragoza, 1908, p. 172. En Miscelánea turolense, Madrid, 1901, pp. 141-142, puede leerse: «En el seminario conciliar de Teruel, junto a la puerta principal del primer claustro, se halla colgado y conservado en buen estado un cuadro que mide 1,14 metros de largo por 0,80 de ancho, pintado al óleo sobre tela, representando al P. Ripalda sentado delante de una mesa en actitud contemplativa, con una pluma de ave en la mano derecha y señalando al cielo con el índice de la izquierda. Sobre la mesa, y en su lado derecho, figura un tintero con dos plumas, y en el izquierdo un arenero. En medio de ambos objetos, dos libros, colocado uno sobre otro. En la parte superior derecha del cuadro aparece una imagen de la Purísima, de Murillo, entre nubes y celajes, rodeada de ángeles. Al pie del cuadro se lee lo siguiente: El V. P. Jerónimo Ripalda, nacido en esta ciudad de Teruel, llamóle Dios a la Compañía de Jesús y entró en ella, en Alcañiz, a los catorce años de su edad. Dióse con tal ahínco al estudio de la perfección evangélica que mereció ser señalado maestro de novicios y logró ser por algún tiempo confesor de Santa Teresa de Jesús. Fue rector de los colegios de Villagarcía, Salamanca, Burgos y Valladolid, y lleno de merecimientos murió en Toledo el año 1618, a los 84 años de edad. Después de muerto, quedó flexible su cuerpo, más hermoso de lo que en vida había sido. El concepto de su virtud fue tal que se llevó el renombre de santo, con que a voz en grito le apellidaron en su entierro. Extraordinario concurso de plebe y nobleza desnudaron el cadáver para repartirse las apreciables reliquias». 28 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Cuenta el cronista franciscano Hebrera91 que el 30 de septiembre de 1619 el sobrino del obispo recibió una cuchillada en el codo del brazo derecho. Los cirujanos Lorenzo Polo y Martín Undiano determinaron cortarle el brazo. Apenada su madre, Gracia Arnedo, consultó con su cuñado el obispo, que rogó a los padres franciscanos le enviasen las reliquias de los santos mártires. Al momento, dos religiosos trajeron las reliquias al cuarto del enfermo. El obispo las pasó por el brazo herido de su sobrino, quien exclamó: «qué notable alivio y consuelo siento con las santas reliquias». El sobrino del obispo sanó. Esta curación milagrosa se extendió y el prodigio se hizo más palpable porque, habiendo pasado las reliquias de San Lorenzo y habiendo rogado al santo por su salud, no la habían alcanzado. Para celebrar esta curación, el obispo Cortés mostró su gratitud y en los años siguientes celebró Misa de pontifical en la iglesia de San Francisco, durante las fiestas en honor de los santos mártires92. Y, para eternizar su agradecimiento, mandó labrar un retablo, que se concluyó en 1625, «con las imágenes de los dos santos mártires San Juan y San Pedro, atados a dos cipreses, con dos ángeles en forma de bajar del cielo con palmas y coronas, que las ofrecen a los victoriosos soldados de Jesucristo, por su gran triunfo. A los pies de los santos está puesto de rodillas, con hábito de pontifical, el devoto prelado, como rogando a los ínclitos mártires acepten aquella ofrenda, en reconocimiento de su asistencia y poderoso patrocinio, con este rótulo: Thomas Cortés, episcopus turolensis»93. 2.3. VISITA AD LIMINA El obispo envió dos textos de «visitatio ad limina», uno en 1618 y otro en 1622 cuyo contenido es prácticamente el mismo94. 91 HEBRERA Y ESMIR, J.A., Crónica de la provincia franciscana de Aragón, Parte Primera, edición facsimilar, Madrid, 1991, pp. 190-193. 92 En las Actas capitulares del cabildo turolense quedó anotado lo siguiente: «Resolvióse que, a petición del Padre Guardián de San Francisco, el sábado y domingo primeros vinientes se toquen las campanas por la fiesta de los santos mártires San Pedro y San Juan, que se les hace fiesta sin bulas de canonización ni otra cosa. También se resolvió que, si el señor obispo celebraba pontifical en San Francisco, no fuesen capitulares a asistirle, sino en caso que el cabildo presida en el coro, como es costumbre» (A.C.T., Actas capitulares, cabildo 30-junio-1623, viernes, y A.C.T., 76, fol. 97). 93 HEBRERA Y ESMIR, J.A., op. cit., p. 193. 94 A.S.V., Sacra Congregatio Concilii, Relationes, 792. El primero lleva data de relación de 15-marzo-1618 y de recepción, 20-marzo-1618. El segundo fue presentado por el procurador el 2 de octubre de 1622. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 29 La diócesis fue erigida por el papa Gregorio XIII en 1577. La catedral está servida por el deán, cinco dignidades y trece canónigos. Había, además, veinte beneficiados de patronato, aunque este número no estaba completo, puesto que las rentas eran muy tenues. Y, según la bula de erección y composición, debía haber también diez porcionarios, incluidos los dos vicarios que servían la parroquia existente en la misma catedral. Hasta el momento, no se había completado dicho número por falta de rentas, y, por eso, se había suplicado a Su Santidad la supresión de dos rectorías. Las rentas de las dignidades ascendían de 700 a 400 escudos; de los canónigos, de 300 a 200 escudos; de los porcionarios, 100 escudos y de los beneficiados, de 60 a 70 escudos. Las rentas de la fábrica catedralicia son tenues, no exceden los 400 escudos anuales, suficientes para el aceite y la cera. La sacristía posee buenos ornamentos y jocalías, no abundantes, pero sin faltar lo necesario para el culto divino. Anualmente se nombra un canónigo fabriquero. Hay abundantes fundaciones de misas perpetuas, celebradas por las dignidades, canónigos, porcionarios y beneficiados. También existen aniversarios y misas doblas perpetuas, cuyas cargas son levantadas por el cabildo. Hay un mayordomo encargado de esta gestión, que lleva un cuaderno de puntuación. Los ritos y ceremonias del Pontifical Romano no eran bien observados en la catedral turolense. En la ciudad había siete iglesias, servidas por porcionarios naturales del lugar. Todos los porcionarios formaban parte del Capítulo General Eclesiástico, gobernado por un prior, elegido anualmente «sin ninguna renta». Cada iglesia estaba gobernada por un vicario y contaba con un número mayor o menor de racioneros. En 1618 servían en las iglesias turolenses 70 porcionarios. En 1622, afirmaba el obispo Cortés, eran 80. Cada racionero percibía 100 escudos anuales. La ciudad se beneficiaba de las rentas de una limosna pía, que ascendían a 3.000 escudos anuales. Las cofradías tenían pocos recursos económicos. Existía hospital para pobres, transeúntes y enfermos, con unas rentas exiguas de 35 escudos anuales, aumentadas con algunas limosnas y ciertos legados píos. La administración del hospital corría a cargo del Concejo municipal. En Mora de Rubielos había una iglesia colegial con cuatro dignidades (deán, vicario, chantre y sacristán), seis canónigos y otros veinte eclesiásticos más (entre beneficiados y porcionarios). Las rentas del deán ascendían 30 JUAN JOSÉ POLO RUBIO a 500 escudos; los canónigos y las dignidades cobraban 300 escudos; los beneficiados y porcionarios recibían 80 escudos anuales. Las prebendas de esta colegiata eran mayoritariamente de patronato laical, del conde de Fuentes, también llamado señor de Mora. La diócesis estaba compuesta por 78 pueblos, siendo el mayor de 500 casas. Había 23 rectores y 55 vicarios. En toda la diócesis existían 180 beneficios colativos y 107 capellanías. Contaba con 154 legados píos o limosnas para diferentes fines. Algunas vicarías estaban encomendadas a la Orden de San Juan del Hospital, cuyas rentas eran tan tenues que, por eso, no se encontraban clérigos que deseasen administrarlas, percibiendo la mensa parroquial y los diezmos los comendadores de la Orden. Igualmente eran exiguos los ingresos de la vicaría de Manzanera, abonados por el Santuario de Nuestra Señora del Pilar, pues no superaban los 8 escudos anuales. Nadie quería cubrir esta vicaría de gran población, en ocasiones dispersa por las masías. Los sacerdotes diocesanos guardaban la residencia canónica. En los pueblos había cofradías y hospitales, pero habitualmente pobres y sin renta. Las gentes de esta diócesis eran bien dóciles y capaces de aprender la doctrina. Y, por la gracia de Dios, no había pecadores públicos. No existía seminario, por carecer de rentas. Sin embargo, había un estudio de gramática, que el obispo Cortés calificaba de mediocre. Por eso el prelado, preocupado por la instrucción de los jóvenes en materias doctrinales de fe, quería que fuesen instruidos tanto en su casa particular como en otros lugares de la diócesis. La ciudad contaba con tres monasterios de frailes: franciscanos, trinitarios y mercedarios. En esas fechas se había fundado otro de frailes predicadores de Santo Domingo, bajo la invocación de San Raimundo. 2.4. VISITA PASTORAL Consta que el obispo Tomás Cortes realizó personalmente la visita pastoral a la vereda del río Cella en 1616 y 161995, administrando el sacramento de la Confirmación96. En la ciudad de Teruel la comenzó en 1620 y la 95 A.P. Caudé, tomo II (1603-1642), sin foliar, visita realizada el 18-abril-1616; segunda visita, 13-abril-1619. A.P. Cella, Tomo VI, visita realizada el 24-abril-1616, fols. 164-167; Tomo VI, visita realizada el 16-abril-1619, fols. 176-179. 96 A.P. Cella, tomo VIII, fols. 1-2: en 1616 confirmó 57 personas. Ibídem, fols. 2v-4v.: en 1619 confirmó 80. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 31 mantuvo abierta hasta febrero de 162297. Por el contrario, en 1622 la visita pastoral al mundo rural fue girada por el licenciado Jerónimo Pérez Monteagudo, rector de Formiche Alto y visitador general del obispo Tomás Cortés98. Algunos de los mandatos de visita van dirigidos a los jurados, munícipes y fabriqueros. Les recuerda y exige su preocupación por la decencia de los templos, el arreglo y compra de objetos y ornamentos litúrgicos. Por eso, algunos de los mandatos que quedan anotados en los libros parroquiales son los siguientes: confeccionar un terno blanco y otro colorado; reparar las patenas y el copón para el Santísimo Sacramento; aderezar las casullas, estolas y manípulos; confeccionar un lavabo y vinajeras de plata para los días de fiesta; proporcionar vino blanco para la celebración de la Misa; reparar la escalera de la torre o adecentar la pila de bautismo. Los mandatos dirigidos a los párrocos, vicarios, beneficiados o porcionarios son también concretos y puntuales, como visitar a los enfermos, celebrar la Santa Misa temprano, explicar la doctrina cristiana cada domingo y día de fiesta, exigir a los penitentes cuaresmales el conocimiento del catecismo para cumplir con la obligación anual. Se recuerda a los sacerdotes, repitiéndolo en todas las visitas pastorales, este consejo: «que todos los jueves renueven el Santísimo Sacramento y hagan repicar las campanas, para que los fieles acudan con más cuidado y diligencia a la dicha renovación». Y, para ayudar a su cumplimiento, añadía: «concedemos cuarenta días de indulgencia a todos los hombres y mujeres que se hallaren en dicha renovación»99. 2.5. RELACIONES DEL OBISPO CON EL CAPÍTULO GENERAL Y EL CABILDO Para historiar el pontificado turolense de Tomás Cortés resulta obligado estudiar sus relaciones con el Capítulo General Eclesiástico y el Cabildo, protagonistas de la vida religiosa urbana. Cuando Tomás Cortés llegó a Teruel, ambas instituciones tenían sus propios estatutos y constituciones. En 1618 el obispo Cortés y el Capítulo 97 A.P. San Andrés, tomo II (1600-1732), fol. 289 v-292, visita iniciada el 29-mayo-1620 y cerrada el 11-febrero-1622; A.P. San Andrés, Parroquia de San Pedro, tomo III (1590-1625), visita iniciada el 24-mayo-1620 y cerrada el 11-febrero-1622. 98 A.P. Cella, tomo VI, visita realizada el 6-junio-1622; A.P. Caudé, tomo II (1603-1642), sin foliar, visita realizada el 2-junio-1622. 99 A.P. Caudé, tomo II (1603-1642), visita 18-abril-1616. 32 JUAN JOSÉ POLO RUBIO General Eclesiástico firmaron una concordia para regular el nombramiento de vicarios en las siete iglesias parroquiales de Teruel. Las relaciones episcopales con el cabildo catedral, que analizamos en este epígrafe, estuvieron llenas de tensiones. Cuestiones económicas, el nombramiento de conjueces o adjuntos en la visita episcopal al templo catedral, la provisión de canonjías y beneficios, el cumplimiento de las ceremonias litúrgicas y de los estatutos capitulares serán motivos continuos de enfrentamiento. Examinando las fuentes documentales, narramos los hechos históricos, dejando al lector el enjuiciamiento de los mismos. La historia diocesana durante el pontificado turolense de Tomás Cortés se desarrolló como contamos en estas páginas. 2.5.1. El Capítulo General Eclesiástico Teniendo a la vista cuanto sabemos sobre el Capítulo General Eclesiástico, resulta extraño que el obispo Cortés quisiera una intervención más directa y personal en el nombramiento de vicarios para las siete iglesias parroquiales. El Capítulo General tenía sus propios estatutos que hundían sus raíces en los tiempos medievales. Cuando se crearon las vacantes de vicario en dos parroquias urbanas, el obispo Cortés quiso nombrar a los vicarios, pero el Capítulo General apeló al respeto de sus estatutos. Hubo un proceso curial y al final se llegó a una concordia entre el obispo y el Capítulo de racioneros, que puso punto final al tema del nombramiento de vicarios en las parroquias urbanas100. El obispo y el Capítulo General Eclesiástico deseaban solucionar el problema amigablemente, nombrando jueces para que examinasen la causa, y ambas partes pasarían por la sentencia que éstos dictasen. A los jueces se les encomendaba buscar cuál era la costumbre inmemorial en el nombramiento de vicarios para las iglesias de Teruel. Se pretendía resolver el asunto en la Curia turolense y de esa manera se evitarían toda clase de gastos. El deán Juan Lechago y Juan Jerónimo Cuber de Bernabé, rector de Ababuj, fueron nombrados «jueces de compromis». El obispo designó como procurador propio a Tomás Alemán, presbítero capellán suyo. Con fecha 22 de octubre se inició el proceso curial encaminado a cubrir las vacantes de vicario en las iglesias patrimoniales de Santiago y San Andrés. 100 A.H.D.T., Sección IV, 51-15. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 33 El Capítulo de racioneros presentaba a Tomás Ponz para vicario de Santiago y a Jusepe Torán para vicario de San Andrés. Ese mismo día el prior del Capítulo General convocó a los vicarios101 y a otros racioneros para tratar de este asunto en una asamblea. La reunión se celebró en la iglesia de Santiago. Los jueces dictaron sentencia el 4 de noviembre de 1618102. El texto es muy largo, pero suficientemente claro. Recoge la manera inmemorial de proveer las vacantes de vicario en las iglesias patrimoniales turolenses. Se decía que «las vicarías de todas las siete iglesias parroquiales y patrimoniales, desde tiempo inmemorial hasta ahora y siempre que han vacado, se han proveído a presentación del Capítulo, de los lugartenientes de vicario y racioneros de cada una de las dichas iglesias respectivamente, guardando la forma siguiente: dentro de cinco meses, contaderos desde el día de la vacante de dicha vicaría, el lugarteniente de vicario y racioneros de la iglesia, como patrones, comparecían ante el ordinario y presentaban a uno de los racioneros de la misma iglesia para vicario de ella». En los días siguientes se ponían edictos con el nombre del elegido, por si había alguna apelación. No habiendo contradicción alguna, el candidato elegido se presentaba al examen sinodal de idoneidad. Si superaba la prueba, «el ordinario le daba la colación y canónica institución». En caso de no aprobar el examen, se publicaba un edicto para que otro racionero de su misma iglesia pudiera presentarse en el plazo de diez días. Si no acudía nadie, dando otro plazo de diez días, podría optar cualquier racionero de las demás iglesias patrimoniales. Mientras duraba la vacante, el racionero más antiguo desempeñaría el cargo de lugarteniente de vicario. El obispo encargaría transitoriamente la «cura animarum» a este racionero, si lo encontraba hábil. La sentencia también declaraba idóneos para vicarios a Tomás Ponz y Jusepe Torán, pudiendo ser admitidos a los exámenes sinodales. Los jueces tasaron sus derechos en 500 sueldos jaqueses cada uno y 400 para el notario Juan Bautista Bervegal. En el acto de lectura estuvo presente Tomás 101 Al llamamiento de Baltasar Rodríguez, pertiguero y macero del Capítulo General, acudieron a la iglesia de Santiago: Andrés Baeza, prior, presbítero racionero de San Salvador; Martín Calvo, vicario de San Martín; Juan de Herrera, vicario de San Salvador; Alfonso Hernández, vicario de San Pedro; Juan Correja, vicario de San Juan; Domingo Marzo, vicario de San Miguel; José Martín, lugarteniente de vicario de San Andrés; Tomás Ponz, lugarteniente de vicario de Santiago, y otros muchos más racioneros, como Jusepe Torán. 102 Mosén Juan Gómez y mosén Felipe Sancho, presbíteros racioneros de la catedral. 34 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Alemán, presbítero procurador, y los testigos Luis Juan, «estudiante natural del lugar de Rubielos, criado del Dr. Juan Lechago, deán, y Juan Martín, mancebo natural del lugar del Castellar, criado del Dr. Juan Jerónimo Cuber de Bernabé, rector de Ababuj». 2.5.2. El cabildo En algunas ocasiones el nombramiento de canónigos era causa de fricciones entre los obispos y el cabildo. Desde 1613 el nuncio Antonio Caetani había intentado obtener una canonjía para su recomendado Lucas Dioniso Gamir, natural de Teruel y residente en Madrid103. Como no se producían vacantes en el cabildo turolense, a comienzos del año 1614 la Secretaría de Estado vaticana aseguraba al nuncio Caetani que seguían teniendo en cuenta su petición y aconsejaban que el pretendiente Gamir estuviera pendiente y avisara cuando se produjese una vacante104. Dionisio Gamir no debió enterarse que el canónigo magistral Felipe Royo falleció el 24 de junio de 1615105. El obispo Cortés se adelantó y nombró magistral al Dr. Gaspar Luis Barutel, canónigo jacetano que se vino con el prelado al ser trasladado a Teruel106. Aunque el cabildo turolense protestó y se resistió, Barutel tomó posesión el 25 de julio de 1615107. Posteriormente el magistral Barutel fue nombrado arcipreste en septiembre de 1621, ocupando la vacante de magistral el Dr. Ginés Martínez, también clérigo al servicio del obispo Cortés venido desde Jaca. El cabildo, que seguía pretendiendo proveer conjuntamente con el obispo esta canonjía mediante oposición, protestó nuevamente. De nada sirvió porque el Dr. Ginés Martínez juró los estatutos capitulares y tomó posesión el 4 de septiembre de 1621108. Todavía seguía pendiente la promesa hecha al nuncio Caetani para favorecer con una canonjía a Lucas Dionisio Gamir en la catedral de Teruel. En 1615 falleció el canónigo Pedro Bervegal109 y en 1616, el tesorero Juan 103 A.S.V., Nunciatura Spagna, 337, fols. 411-412. Carta de la Secretaría al nuncio Antonio Caetani de fecha 17-julio-1613. 104 Ibídem, 339, fol. 32. Carta de Secretaría al nuncio Caetani de 31-enero-1614. 105 A.P. Santa María, II (1597-1616), fol. 210. 106 El arcipreste Barutel falleció en Teruel el 29 de noviembre de 1622 y fue sepultado «en el cuerpo de la iglesia» (A.P. Salvador, Parroquia de Santa María, III (1616-1700), fol. 161v.). 107 A.C.T., Actas capitulares, cabildos 27-junio, 4 y 25-julio-1615. 108 Ibídem, cabildos 2 y 4-septiembre-1621. 109 A.P. Salvador, Parroquia Santa María, tomo II (1597-1616), fol. 210v.: dice que murió el 21 de agosto y en el tomo III (1616-1700), fol. 156: afirma que falleció el 25 de agosto. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 35 Martín110. En el mes de julio de 1618 el cardenal Borghese escribía al nuncio Caetani que, al morir el canónigo Francisco Jordán111, la canonjía que dejaba vacante había sido provista en la persona de su protegido112. El nuncio Caetani se lo había suplicado al cardenal Borghese por carta fechada el 13 de mayo, exactamente dos días después de fallecer el canónigo Jordán. Una vez conseguida esta prebenda, se produjo inmediatamente la vacante del arcedianato de Ansó en la catedral de Jaca. El nuncio Caetani y el confesor del rey solicitaron al cardenal Borghese que permutase la prebenda113. Esto no fue posible puesto que el arcedianato de Ansó había sido concedido ya a un familiar del cardenal de Trexo114, también aragonés, y curial durante muchos años en Roma115. Dionisio Gamir renunció a esta canonjía, pero con fecha 6 de febrero de 1619 el papa le volvió a conceder otra canonjía116, aunque el Dr. Gamir nunca tomó posesión ni residió en Teruel, acostumbrado posiblemente a vivir en ambientes cortesanos. En 1620 el obispo Cortés proveyó el beneficio de San Antonio en la catedral a favor de mosén Jerónimo Torres, natural de Cedrillas y criado suyo. El cabildo impugnó este nombramiento, puesto que en los estatutos capitulares se mandaba que el candidato, una vez hecha la presentación, tenía que ser examinado y aprobado por el cabildo. Mosén Jerónimo Torres superó las pruebas y comenzó a ganar las «distribuciones como los demás beneficiados» a partir del 24 de abril de 1621117. 110 Ibídem, II (1597-1616), fol. 211, donde se afirma que falleció el 19 de abril y III (1616-1700), fol. 156v., se dice que murió el 14 de abril. 111 A.P. Salvador, Parroquia de Santa María, III (1616-1700), fol. 158v. Murió el 11 de mayo de 1618. 112 A.S.V., Nunciatura Spagna, 340, fols. 407-408: carta del cardenal Borghese al nuncio Antonio Caetani de 8-julio-1618. 113 Ibídem, 60 F, fols. 257-258: carta del nuncio Antonio Caetani al cardenal Borghese de 21-julio-1618. 114 Vid. GAUCHAT, P., op. cit., p. 12 y MORONI, G., op. cit., LI, Venecia, 1851, pp. 98-99. Gabriel Tressius Paniaqua (Trejo y Paniagua) era doctor por la universidad de Salamanca, religioso, arcediano de la Orden militar de Calatrava y de la tercera Orden de San Francisco. Por haber ejercido plausiblemente el oficio de juez en la Curia regia, el rey Felipe III lo propuso para cardenal. Fue nombrado por el papa Paulo V en la sexta promoción (2-diciembre1615) para el título de San Pancracio (2-junio-1617) y fue trasladado a San Bartolomé (29noviembre-1621). En 1625, siendo arzobispo de Salermo, fue nombrado presidente del Consejo de Castilla y en 1630 obispo de Málaga, donde murió el 2 de febrero de 1630. 115 A.S.V., Nunciatura de Spagna, 340, fols. 424-425: carta del cardenal Borghese al nuncio Antonio Caetani de 13 de agosto de 1618. 116 Ibídem, 341, fols. 68-69: carta de la Secretaría al nuncio Francisco Gennini de 22febrero-1619. En esa fecha había quedado vacante una canonjía en la catedral turolense. Pues el canónigo Miguel Pérez falleció el 1 de enero de 1619 (A.P. Salvador, Parroquia de Santa María, III (1616-1700), fol. 159). 117 A.C.T., Actas capitulares, cabildos 17, 21 y 28-marzo-1620, y 24-abril-1621. 36 JUAN JOSÉ POLO RUBIO El obispo Cortés pretendió que su vicario general tuviera un asiento en el coro catedralicio, precediendo incluso a los mismos canónigos. El cabildo, que no aceptó esta intromisión, tenía «prevenido un notario, para la primera vez que volviese, para hacer protesta»118. En febrero de 1616 ordenó al cabildo que fuese a la iglesia de San Miguel para recibir la bula de la Santa Cruzada. Ante el mandato episcopal, «el cabildo acató ir procesionalmente, pero (resolvió) que se diese cuenta de esta innovación»119. En 1615 el cabildo dio permiso al guardián de los padres franciscanos para hacer una procesión «hasta la villa vieja y otras ermitas del término»120, para esa oportunidad y otras que se pudieran ofrecer en el futuro. Se concedió licencia al ministro de los padres trinitarios para hacer una procesión por la plaza, «a instancia de los cofrades de la sangre de Cristo», celebrar la Santa Misa, predicar y usar el coro del templo catedral121. A los padres mercedarios, que iban a celebrar su Capítulo General el 21 de abril de 1619, les prestó el altar, el coro y el púlpito122. En 1620 la ciudad pidió que todos los religiosos asistieran corporativamente a las procesiones. Los dominicos exigieron llevar el lugar más preferente, de acuerdo con la antigüedad de la Orden, como les concedía un motu propio del papa Clemente VIII. El obispo Cortés quiso imponer esta norma, pero las otras órdenes se resistieron a obedecer. Ante esta dificultad, la ciudad acordó que los trinitarios y mercedarios fuesen delante, y detrás marcharían los franciscanos y los dominicos, alternando también el lado derecho o el izquierdo cada dos procesiones. Los dominicos se resistieron a aceptar la medida pero, finalmente, obtuvieron sus pretensiones123. El cabildo turolense, que en varias ocasiones vio atropellados sus derechos por las intromisiones del obispo Cortés en sus asuntos, siempre protestó por ello. En diciembre de 1616 el obispo se apoderó «por la fuerza» del texto del sínodo convocado «últimamente por Don Martín Terrer», que se encontraba en poder «de Juan Bautista Bervegal, secretario que fue de dicho sínodo». El cabildo exigió el manuscrito al secretario Bervegal, de lo contrario «se procederá contra él resolutamente hasta meterle en la cár- 118 Ibídem, cabildo 25-junio-1616. Ibídem, cabildos 17, 19 y 20-febrero-1616. 120 Ibídem, cabildo 11-abril-1615. 121 Ibídem, cabildo 7-mayo-1615. En esa oportunidad, los trinitarios solicitaron al cabildo una copia de la fundación de la cofradía de la sangre de Cristo, hecha en tiempos de Hernando de Aragón. El cabildo acordó darles una limosna de 100 reales. 122 Ibídem, cabildo 15-abril-1619. 123 GARCÍA, M., La Orden de predicadores en la provincia de Teruel, Teruel, 1964, pp. 243-244. 119 TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 37 cel»124. En 1617 el vicario general presentó al cabildo unas letras episcopales prohibiendo romper paredes y hacer altares en la catedral, so pena de excomunión latae sententiae. Con ello se quería impedir la construcción de la capilla donada a la catedral turolense por Francisco Martínez Lamata, deán del cabildo de Zaragoza. En el mes de junio se paralizaron las obras. El deán Lamata y el cabildo turolense apelaron a la Nunciatura Apostólica. Pasado un tiempo y aclarada la situación, el cabildo otorgó licencia al deán Lamata para continuar con la fundación de la capilla, entregando 180 escudos para aniversarios, y, «desde luego, (para que) puedan los artífices proseguir su fábrica». Con fecha 19 de octubre de 1618 el notario Andrés Abril levantó acta de las capitulaciones entre el cabildo y el deán «sobre la capilla que se hace en la iglesia catedral»125. En 1619 el obispo citó a su residencia al arcipreste Clemente Gonzalo de Liria y al canónigo Pedro Luis López. Temiendo posibles maniobras episcopales, acordaron hacer «un protesto de parte del cabildo por si hay algún perjuicio contra la iglesia en razón de la jubilación que hizo la iglesia a dicho arcipreste, y contra el derecho y posesión en que está el cabildo»126. En 1623 reclamaron los derechos funerales por el enterramiento de un criado del obispo fuera del templo catedral, que correspondían al cabildo y no habían sido abonados127. Mosén Domingo Marco, vicario de la iglesia de San Miguel, administró los últimos sacramentos al criado del señor obispo e intentó darle sepultura en el templo de San Miguel128. 2.5.2.1. Asuntos económicos Los habitantes del pueblo de Castralvo desde tiempo inmemorial pagaban sus diezmos a la catedral. Algunos feligreses de la parroquia de Castralvo tenían también propiedades en el pueblo limítrofe de La Puebla de Valverde, cuyos diezmos pertenecían por entero a la mensa episcopal. El fiscal de la curia diocesana en el mes de agosto de 1616 les obligó por medio de decreto y bajo pena de excomunión a pagar los diezmos de esas tierras a la mensa episcopal. El cabildo mandó una cédula al vicario general protestando por este nuevo abuso129. 124 A.C.T., 76, fol. 95. Actas capitulares, cabildos 2-diciembre-1616 y 19-mayo-1617. Ibídem, cabildos 14 y 30-junio, 22-julio y 11-agosto-1617; 1-marzo y 19-octubre-1618. 126 Ibídem, cabildo 14-agosto-1619. El cabildo dio la jubilación al arcipreste Gonzalo de Liria y temía que el obispo pudiese cubrir esta dignidad canonical, como así lo hizo poco después en la persona de Gaspar Luis Barutel. 127 Ibídem, cabildo 23-abril-1623. 128 Ibídem, 204-6, fol. 47. 129 Ibídem, Actas capitulares, cabildo 30-agosto y 2-septiembre-1616. 125 38 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Estando de visita pastoral en la sesma del río Jiloca, en Alba el 23 de abril de 1619 publicó un edicto que prohibía a los feligreses de Gallel130 pagar los diezmos a la catedral. El cabildo, nuevamente enojado, nombró al canónigo Francisco Pérez Morón para que visitase al obispo y hablase con él sobre este asunto131. El canónigo Pérez Morón preparó un amplio memorial sobre los derechos inmemoriales que tenía la catedral a percibir los diezmos en los términos de la pardina de Gallel132. Habían sido admitidos por los arzobispos de Zaragoza, sancionados en los estatutos capitulares aprobados por Jaime Jimeno en febrero de 1589 y por la autoridad apostólica en 1593. Pérez Morón afirmaba que el cabildo venía cobrando los frutos decimales de la pardina Gallel desde hacía más de 300 años. El canónigo Morón exponía cómo se había comprobado en el concilio provincial de 1614 que la catedral turolense era «la más reformada y concertada de todas, como Vuestra Señoría bien sabe y oyó». Esto era así porque tenía sus propios estatutos, que el mismo obispo Cortés juró, albergando por ello «grandes esperanzas de que Vuestra Señoría», por lo menos, «los continuaría». Pero no ha sido así. Pues, «no sólo no les ha ayudado, sino que les está creando problemas». El obispo rechazó el memorial que le presentaba el canónigo Morón en nombre del cabildo. Los canónigos escribieron al nuncio apostólico y acordaron que, mientras durasen «los pleitos con el señor obispo, se diga al Dr. Barutel, vicario general, que no se halle en los cabildos que se hicieren» 133. Tomás Cortés suspendió la aplicación del edicto, aunque nunca devolvió los diezmos cobrados. Y, por eso, el cabildo acordó que «se traiga el breve del nuncio y se prosiga la causa»134. Será nuevamente en 1623 cuando se acudirá a la Nunciatura reclamando que el obispo «pague a la iglesia y a los particulares todo lo que les debiere de los corderos de los años pasados». Y se leyó «una carta del señor Nuncio de España para el señor obispo, adonde le ordena pague los corderos que debe a la fábrica y a los singulares prebendados»135. 130 Ibídem, 204-3, fols. 19-33. Los diezmos de la pardina de Gallel, territorio que confrontaba con los términos de Torrelacárcel, Santa Eulalia, Alba y Torremocha, pertenecían a la mensa capitular. 131 Ibídem, Actas capitulares, cabildos 27-abril y 15-mayo-1619. 132 Ibídem, 208-1-22. El documento no tiene fecha. César Tomás Laguía lo catalogó como perteneciente al siglo XVII, con la siguiente regesta: Exposición de don Francisco Pérez Morón, canónigo y procurador del cabildo de la catedral de Teruel, a don Tomás Cortés, obispo de esta diócesis, sobre las diferencias del cabildo con él acerca de los diezmos de Gallel y otros puntos. 133 Ibídem, 76, fol. 95. 134 Ibídem, cabildos 19 y 21-mayo y 1-junio-1619. 135 Ibídem, cabildo 11-agosto y 6-actubre-1623. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 39 2.5.2.2. Visita a la catedral En un manuscrito del archivo catedralicio136 se hace la historia de los privilegios que el cabildo turolense tenía en materia de conjueces. Además, este asunto ha quedado suficientemente ilustrado en las biografías de Jaime Jimeno y Martín Terrer. Por tanto, bastará que hagamos un breve repaso de la cuestión para recordar cómo se encontraban las cosas al llegar el obispo Cortés a Teruel. Al ser elevada la colegiata de Santa María a catedral, fue investida de todos los privilegios que gozaban las catedrales españolas, y, por tanto, también el de los conjueces. Jaime Jimeno aceptó el nombramiento de conjueces para realizar la visita episcopal al templo catedral desde 1580 hasta 1584. Como obtuvo una declaración de la Congregación del Concilio que le permitía actuar sin conjueces, el cabildo volvió a someter la cuestión ante el tribunal de la Rota romana. El obispo Jimeno de Lobera falleció quedando la cuestión en los tribunales romanos. Al llegar a la sede turolense el obispo Martín Terrer, los conflictos por el tema de los conjueces seguían pendientes. Consultó a catedráticos de Salamanca, letrados de Valladolid y Roma, «los cuales le respondieron que la iglesia (catedral) tenía justicia y que su Santidad en conciencia no les podía impedir el gozar de conjueces». El obispo Terrer, queriendo poner fin a los pleitos que había tenido con su cabildo por este asunto en la Nunciatura, en la Rota y en la Congregación del Concilio, hizo una concordia con el cabildo el 3 de noviembre de 1613, confirmada por el papa Paulo V con fecha 28 de julio de 1614. Además, el mismo obispo Terrer había actuado con conjueces en 1610 y los admitía en la legislación sinodal aprobada en 1612. Los conjueces o adjuntos de visita eran elegidos anualmente por votación en el cabildo de enero, en número de dos, entre los asistentes. Una vez aceptada la nominación, juraban el cargo ante el deán o presidente capitular y, posteriormente, se comunicaba al obispo o en su ausencia al vicario general. En el mes de diciembre de 1621 el obispo Cortés solicitó las cuentas de la fábrica catedralicia137. El cabildo reconoció el derecho que el obispo 136 137 Ibídem, 105, fol.103-111. Ibídem, Actas capitulares, cabildo 22-diciembre-1621. 40 JUAN JOSÉ POLO RUBIO tenía a examinar los libros de cuentas pero en visita con dos adjuntos y siguiendo la normativa y protocolo establecido para la visita a los templos catedrales. Esto ocurrió el día 18 de diciembre, por medio del canónigo magistral Barutel, vicario general, y el Dr. Ginés Martínez, colaboradores de plena confianza del obispo, quienes llevaron el encargo a la sesión capitular. A la solicitud del obispo, el cabildo respondió con un largo escrito, donde exponían cómo y de qué manera aceptarían la visita episcopal al templo catedralicio. En el archivo catedral se conserva una copia, que estudiamos a continuación138 . El cabildo estaba dispuesto a que el obispo hiciese la visita y examinase las cuentas de fábrica, «pero según la forma y costumbre que en el presente obispado se suele hacer». Y para ello nombrarían adjuntos. Las cuentas serían supervisadas en la sala capitular «o en otro lugar de la iglesia, sin llevárselas el obispo a su casa». Antes de hacer la visita, tendría que redactar un edicto de aceptación de los conjueces y reconocimiento de que la catedral era exenta. También se deberían concretar cuáles eran los objetos y asuntos a visitar. Y, finalmente, agradecerían al obispo que para tratar asuntos capitulares no lo hiciera por medio de terceros, sino personalmente. 2.5.2.3. Las ceremonias litúrgicas Con el asunto de las ceremonias litúrgicas se abrió otro nuevo frente de diferencias entre el obispo y el cabildo. En el mes de febrero de 1622 el obispo Cortés mandó un escrito con el arcipreste Barutel y el canónigo magistral Ginés Martínez «acerca de las ceremonias que se dejan de guardar en esta santa iglesia»139. Los mensajeros se salieron después de haber entregado el recado. El cabildo respondió al señor obispo: «si su Señoría quiere o tiene que tratar de ceremonias que no se guardan en esta santa iglesia, que se sirva de venir a cabildo a tratarlas, que sería de mucho consuelo para todos». El obispo no se presentó en el cabildo catedral. Por el contrario, ordenó al fiscal de la curia episcopal, Miguel Rubio, que redactase «unas letras con censuras sobre las ceremonias que no se hacían en la catedral», que fueron entregadas al cabildo por Francisco Malo, notario de la curia. El cabildo dijo al notario que las contestaría por escrito. 138 139 Ibídem, 189-17-9. Ibídem, Actas capitulares, cabildo 12-febrero-1622. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 41 En el documento del fiscal, fechado el 27 de febrero, se exigía a los canónigos acompañar al obispo a la venida y al regreso a la catedral, y cuando celebrase de pontifical en la catedral. Los canónigos respondían que el obispo no podía ser juez de una causa en la que él mismo era parte interesada140. Añadían que él mismo había manifestado públicamente cómo tenía por agravio personal que su cabildo no le hiciese los recibimientos propios y, «en venganza de esto que tiene por injuria y ofensa propia, procede Vuestra Señoría con las dichas letras». Además, manifestaban sus quejas contra el prelado por «las muchas ceremonias que hace contra las reglas del Misal y Pontifical». Le recordaban que no podía intervenir contra el cabildo porque era exento y, por eso, necesitaba de los conjueces capitulares. Terminaban solicitando permiso y cartas testimoniales para apelar al papa Gregorio XV, al nuncio apostólico o al arzobispo de Zaragoza. Este documento fue redactado por el deán Juan Lechago y presentado por Juan Fernández y Andrés Abril, notarios capitulares141. El obispo Cortés, a petición de los canónigos Villarroya y Pérez Morón, suspendió momentáneamente las censuras. Ambas partes se comprometían a consultar la cuestión en Roma o en Zaragoza142 y la paz volvía al seno del cabildo. Pero, desgraciadamente, era tan sólo una tregua. A comienzos del año siguiente, el 24 de enero de 1623, el canónigo Villarroya vino al cabildo con un nuevo recado del obispo, que seguía insistiendo que en la catedral se guardasen las ceremonias según el ritual de Clemente VIII, pues hacía diez meses que lo había ordenado y no había obtenido respuesta alguna. Inmediatamente le comunicaron que, «habiendo comenzado a consultar en Roma, murió nuestro agente Bartolomé Francés, por lo cual no hemos tenido respuesta de la consulta»143. A continuación, el obispo mandó un documento dirigido al deán Lechago, donde le exponía con claridad cuáles eran sus pretensiones. El ceremonial de Clemente VIII debía ser acatado por todos los eclesiásticos; su cumplimiento obligaba bajo grave; el asistente mayor (maestro de ceremonias) debía ser presbítero y estar revestido con capa, sostener el misal, ofrecer la naveta del incienso e indicar al obispo en voz baja las rúbricas de la Misa o el canto. El largo documento terminaba con estas palabras: «el deán, como dignidad más principal y más preheminente en el asiento del 140 141 142 143 Ibídem, 214-2-12. Ibídem, Actas capitulares, cabildo 3-marzo-1622. Ibídem, cabildo 5-marzo-1622. Ibídem, cabildo 24-enero-1623. 42 JUAN JOSÉ POLO RUBIO coro, capítulo y otros actos capitulares, debe asistir a las Misas y vísperas solemnes como asistente mayor, pues lo es y debe serlo, atento que es la dignidad más preheminente y más digna de la dicha iglesia»144. El documento episcopal levantó una gran polvareda en el seno del cabildo. Pues se veía claramente que trataba de herir y humillar al deán Lechago. Con posterioridad a esta fecha, el deán y el chantre, Luis Pérez de Cuevas, fueron acusados de haber maltratado físicamente al fiscal mosén Miguel Rubio en una ocasión que fue a la catedral para entregar un documento de parte del obispo al deán Lechago, como cabeza del cabildo. Éste le respondió que fuera del cabildo no era nada145. El chantre Pérez de Cuevas se metió en la sacristía y desde allí observó el diálogo entre el fiscal y el deán. Pero, después de este pequeño altercado verbal, el vicario general y el obispo propalaron la idea de que el deán y el chantre estaban excomulgados. En el documento se dice que el obispo Cortés, «con rencor y mala voluntad que a los dichos deán y chantre tiene, ha manifestado que ambos están excomulgados por haber puesto las manos sobre el fiscal mosén Miguel Rubio». El deán y el chantre se quejaron y apelaron por esta injuria ante el obispo. Pero, como no fue oída, acudieron al nuncio apostólico para solicitar que abriera un expediente y averiguara la verdad sobre el asunto146. El año 1623 estuvo lleno de tensiones por esta cuestión. Y, además, el cabildo exigía al obispo que cubriese la dignidad de arcediano, que llevaba cinco años vacante, y atajase ciertas desavenencias surgidas entre los capitulares por cuestiones del canto de las lecturas en el coro (durante el mes de octubre). También, cuando el cabildo intentó solemnizar la Asunción de María, revistiéndose «dos señores capitulares más a decir el evangelio y epístola en la Misa conventual», el obispo Cortés indujo al Capítulo General a que no fuese a la procesión de Nuestra Señora. Los racioneros actuaron mal puesto que habían suscrito un acuerdo en tiempos del obispo Terrer de Valenzuela147. La situación seguía empeorándose. El obispo no reconoció la provisión de un beneficio vacante en el pueblo de Cedrillas realizada por el deán Lechago con permiso del nuncio apostólico. La rivalidad entre ambos era 144 145 146 147 Ibídem, 214-2-11. Ibídem, 190-14-3. Ibídem, 214-2-10. Ibídem, 190-13-34. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 43 manifiesta. Hacía varios meses que el obispo perseguía al deán porque «le hace grande estorbo al imperio absoluto de su condición» y, sobre todo, porque aceptó la comisión apostólica para hacer este nombramiento. El obispo se enfureció mucho más cuando mosén Juan Aguilar, beneficiado nombrado por comisión apostólica para el pueblo de Cedrillas, acudió al obispado a reclamar sus derechos. El obispo rechazó el nombramiento y mandó publicar edictos para cubrir ese beneficio, pues decía que el deán no podía ser comisario apostólico por estar excomulgado. Y no concedió permiso al deán para llevar la causa ante el tribunal metropolitano, dado que tenía que ser estudiada primeramente en la curia turolense148. El cabildo, cansado de tanta oposición episcopal, tomó una seria determinación en la reunión capitular del 20 de diciembre de 1623149, que trascribimos: «Resolvióse, que atendido y considerado que en dos ocasiones que la iglesia ha enviado capitulares a visitar al señor obispo, Don Tomás Cortés, con recados particulares y cartas, la primera en Galve llevando una carta del cabildo (1619) el señor canónigo Morón no la quiso recibir ni hablar, como consta por dicha carta que se volvió a la iglesia, y la segunda enviando el cabildo en el mes de octubre (1623) a los señores canónigos Villarroya y Ginés Martínez para que Su Señoría compusiese diferencias particulares que entonces había entre dignidades y canónigos, no les quiso oír ni hablar, que ni se le visite, ni se le vea, ni se le acompañe si viniere a la iglesia». Este asunto fue llevado a Roma. El agente del cabildo, Pedro Marzal, el 13 de febrero de 1624 informaba que el monitorio episcopal no progresará en Roma porque el proceso se llevó muy mal y se presentó peor150, «pues, pudiéndole intimar al cabildo pleno, no lo hicieron, sino a particulares». El obispo volvió a insistir sobre el tema en el mes de mayo y mandó un nuevo memorial, redactado por el vicario general y presentado por el fiscal Miguel Rubio con fecha 21 de mayo151. El cabildo, al responder al memorial, decía que era nulo y daba varias razones. Primeramente porque la comunicación debía hacerse al cabildo y no al deán, pues la materia era competencia de todo el colectivo; además, porque imponía una pena pecuniaria (excesivamente elevada, 500 ducados) en un asunto exclusivamente criminal; y, finalmente, porque la aplicación y puesta en marcha del nuevo 148 149 150 151 Ibídem, 191-10-4. Ibídem, Actas capitulares, cabildo 20-diciembre-1623 y 76, fol. 95. Ibídem, 227-9-46. Ibídem, Actas capitulares, cabildo 14 y 24-mayo-1624. 44 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Ceremonial en el templo catedral sólo podría hacerla en unión con los conjueces152. Según las Actas capitulares, parecería que el obispo quiso dar marcha atrás de su pertinacia, aunque era ya un poco tarde. En la crónica capitular quedó escrito que «el señor canónigo Gamir dio razón de cómo llevó el memorial en respuesta del que Su Señoría envió al cabildo acerca de las ceremonias, y lo admitió el señor obispo con gusto, y que deseaba servir y dar contento en todo y por todo al cabildo»153. 2.5.2.4. Los conjueces En las páginas anteriores han quedado explicadas cuáles eran las funciones de los conjueces, elegidos al comienzo del año en una de las primeras sesiones capitulares del mes de enero. Sabemos que el cabildo turolense había llegado a un acuerdo consensuado con el obispo Martín Terrer de Valenzuela sobre el asunto de los conjueces, mucho tiempo antes de que éste fuese trasladado a la diócesis de Tarazona. Y, posteriormente, los canónigos buscaron la aprobación papal para dar mayor fuerza a lo acordado. Al tomar posesión de la diócesis de Teruel, el obispo Cortés se encontró con esta situación, que él mismo no había acordado y por la que no estaba dispuesto a pasar, como había demostrado en sus relaciones con los capitulares de Jaca. 2.5.2.4.1. El breve de Paulo V: 28 de julio de 1614 Mientras los obispos de la metrópoli cesaraugustana estaban reunidos en concilio provincial, al comenzar el año 1615 los canónigos turolenses eligieron conjueces a los canónigos Juan Villarroya y Dionisio Sebastián en la primera asamblea capitular del mes de enero154. Los conjueces juraron su cargo ante el deán y el cabildo notificó sus nombres al vicario general, canónigo Marcos Polo155, porque el obispo Cortés estaba «ausente de dicho obispado en la synodo provincial convocado en la ciudad de Zaragoza»156. 152 Ibídem, 214-2-8. Ibídem, Actas capitulares, cabildo 31-mayo-1624. 154 Ibídem, cabildo 2-enero-1615. 155 Ibídem, 204-2, fol. 5. Actuaron de testigos mosén Antonio Aragón y mosén Esteban Villarroya. 156 Ibídem, fol. 1. 153 TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 45 A comienzos del año 1616 los canónigos volvieron a elegir conjueces. En esta oportunidad la elección recayó sobre el chantre Luis Pérez de Cuevas y el canónigo Miguel Pérez157. El obispo Cortés no aceptó el nombramiento y solicitó examinar los documentos de la concordia entre el cabildo y el obispo Terrer de Valenzuela. El deán Lechago, el tesorero Juan Martín, el Dr. Corbalán y el canónigo Marcos Polo acudieron a hablar con el prelado y estuvieron pendientes de la contestación episcopal durante los primeros meses del año158. Ante la falta de respuesta del obispo, el cabildo turolense suplicó a la Sagrada Congregación del Concilio que confirmase la concordia hecha con el obispo Terrer sobre conjueces159, entró en contacto con su agente romano Bartolomé Francés y le pidió que gestionase un documento papal para refrendar el acuerdo entre Martín Terrer y los canónigos. En respuesta, a comienzos del mes de febrero el agente escribía: «hice instancia con Su Santidad para que ordenase a monseñor datario, valiéndome de un buen medio, que se expediese y se me entregare para usar de ella. Y así, ayer, en ejecución de esta orden el datario la entregó al registrador; y mañana procuraré que se acomode la data en conformidad de lo que otras veces he escrito y atenderé a la expedición de las bulas, para poderlas remitir con la próxima ocasión»160. El agente envió el breve con fecha 15 de abril y al poco tiempo, con gran alegría, fue recibido por los canónigos turolenses161. Bartolomé Francés comentaba en su carta: «remití la bula de la confirmación de la concordia de los conjueces, de que a su tiempo aguardaré aviso del recibo, con que cesarán las sospechas de Vuestras Mercedes por lo que el señor obispo pretendía hacer en este negocio; pues, estando de por medio la concordia, será necesario que se asosiegue y pase por lo que su predecesor hizo, pues ya la Sede Apostólica lo confirmó»162. Una vez que el breve de Paulo V estuvo en poder de los canónigos, delegaron al canónigo Francisco Pérez Morón para que fuese a mostrárselo al obispo que se encontraba de visita pastoral 163. El obispo no aceptó el documento 157 Ibídem, 203-6, fol. 1.; Actas capitulares, cabildo 2-enero-1616. Hicieron de testigos mosén Juan Gómez y Juan Alonso, estudiante, habitantes de Teruel. 158 Ibídem, Actas capitulares, cabildos 8, 13 y 18-enero-1616. 159 Ibídem, 200-10-3. 160 Ibídem, 227-10-33, carta fechada en Roma a 5-febrero-1616; Actas capitulares, cabildo 26-marzo-1616: «se leyó una carta de Bartolomé Francés, de Roma, en que avisaba cómo la súplica de los conjueces estaba ya en el registro y que luego despacharían las bulas». 161 Ibídem, Actas capitulares, cabildo 18-abril-1616. 162 Ibídem, 227-10-34, carta fechada el 15-abril-1616. 163 Ibídem, Actas capitulares, cabildo 30-mayo-1616. 46 JUAN JOSÉ POLO RUBIO porque decía que la concordia había sido hecha cuando el obispo Terrer ya había sido promovido a la sede de Tarazona, porque la concordia perjudicaba sus derechos y, además, porque sus agentes romanos no le habían comunicado nada sobre la existencia o confirmación de dicha concordia164. Ante la negativa episcopal, los canónigos primeramente intentaron demostrarle que su predecesor había visitado la catedral con los conjueces antes de ser nombrado obispo de Tarazona, como constaba en los libros sacramentales de Santa María de Mediavilla, concretamente el 24 de febrero de 1614165. Si era cierto que la data del breve papal era posterior al nombramiento de Martín Terrer para la sede de Tarazona, no era una gran dificultad, como escribía el agente Francés: «que la data sea de julio de 1614, que es después que el obispo Don Martín Terrer se transfirió a Tarazona, no importa pues la confirmación la retrotrae al tiempo de la concordia confirmada; y, por ser esto así, el datario no quiso mudar la data, aunque yo le hice constancia, porque fuese más clara la bula»166. El cabildo comenzaba a molestarse por la actitud que había adoptado el obispo y «tomó la determinación de que el sacristán no dejase vestirse en la sacristía a los criados del señor obispo para decir Misa, sino que los enviase a la sacristía de los beneficiados, como lo hacían los otros criados de los señores obispos pasados. Esto se hace por no introducir nuevas costumbres». Cuando el obispo regresó de la visita pastoral, los capitulares deliberaron si había que pasar a saludarle, como era la costumbre, y determinaron que el sacristán y el canónigo Luis López «pasasen a besarle las manos y darle la bienvenida»167. 2.5.2.4.2. De 1616 a 1623 A pesar de que el obispo no admitía el nombramiento de conjueces, el cabildo no dejó de elegirlos y de comunicar su nombramiento. Con fecha 5 de enero de 1618 fueron elegidos conjueces los canónigos Bartolomé Pérez y Marcos Polo168 y comunicaron la noticia al obispo el 12 de enero169. 164 Ibídem, 203-6, fol. 38-40. Ibídem, fols. 48-52. Actuaron de adjuntos de visita el arcipreste Clemente Gonzalo de Liria y el canónigo Miguel Pérez. 166 Ibídem, 227-10-35, carta fechada el 2-julio-1616. 167 Ibídem, Actas capitulares, cabildos 4 y 10-junio-1616. 168 Ibídem, cabildo 5-enero-1618; 203-7, fol. 1v. Actuaron de testigos mosén Dimas Enríquez y mosén Juan Alonso. 169 Ibidem, 203-7, fols. 3v.-7. En esta ocasión el obispo Cortés manifestó que su contestación no podía ser otra que la ya manifestada en el lugar de Galve a 31 de mayo de 1616. Y, así, de esta misma manera respondió siempre. Miguel Gil y Simón Domínguez, pajes y criados del señor obispo, actuaron de testigos. 165 TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 47 En 1618 el cabildo suprimió los poderes otorgados al canónigo Francisco Pérez Morón para actuar como su procurador plenipotenciario170. En esa oportunidad, el obispo tomó parte a favor del canónigo171 y el cabildo nombró una comisión de capitulares para defender sus posibles derechos frente al obispo y al canónigo Pérez Morón172, a quien se le había prohibido la entrada en las acciones litúrgicas en el templo catedral. El pleito fue llevado a los tribunales metropolitanos173, que resolvieron que no se le podía gravar con suspensión o entredicho174. El deán Lechago apeló a la Santa Sede175, a pesar de que un perito en Derecho176 había aconsejado al cabildo que no podían impugnar el monitorio del obispo por haber levantado la suspensión al canónigo Morón. Como apreciamos en las Actas capitulares, el canónigo participó en el cabildo del mes de enero de 1619 cuando fueron elegidos conjueces capitulares el tesorero Pedro Lázaro López y el canónigo Juan Villarroya177. El nombramiento fue notificado al obispo el 11 de enero178 y, como siempre, rechazado el día 14179. Es otro episodio más de la falta de sintonía entre el obispo y su cabildo, aunque desconocemos con certeza cuál fue la chispa o razón motivadora de la excomunión del canónigo Pérez Morón. Sin embargo, el cabildo usurpó funciones que no le correspondían y, además, apeló indebidamente al monitorio episcopal que levantaba la pena canónica al canónigo. En el mes de mayo nuevamente actúa como procurador del cabildo el canónigo Pérez Morón. Acudió a Perales, donde se encontraba de visita pastoral el obispo, para entregar un documento de protesta por el edicto publicado por el prelado donde prohibía a los propietarios de tierras en la pardina de Gallel abonar los diezmos al cabildo catedral180; los criados del obispo no quisieron recibirle y presentó sus quejas al Dr. Ginés Martínez, visitador del obispado, en estos términos: «en el día de ayer, que contába- 170 Ibídem, 203-7, fol. 26v. Acta por la que el cabildo revoca y retira el nombramiento de procurador a favor de don Francisco Pérez Morón, canónigo, y comunicación de la misma al interesado, fechada el 3-abril-1618. 171 Ibídem, fol. 23v. 172 Ibídem, fol. 22v. La comisión capitular estaba compuesta por el deán Lechago, el tesorero Pedro Lázaro López y los canónigos Miguel Pérez, Marcos Polo y Gaspar Luis Barutel. 173 Ibídem, 200-10-1. 174 Ibídem, 203-7, fol. 33. 175 Ibídem, 203-7, fols. 31v.-32v. 176 Ibídem, 200-10-5. 177 Ibídem, 204-3, fol. 2; Actas capitulares, cabildo 4-enero-1619. 178 Ibídem, fol. 3v. 180 Ibídem, fol. 19-33. 48 JUAN JOSÉ POLO RUBIO mos a quince del presente, entre seis y siete horas de la tarde, había llegado de la ciudad de Teruel a dar un recado a Su Señoría de parte del cabildo de dicha ciudad de Teruel, y le habían dicho y respondido los capellanes de Su Señoría, diciéndoles quería entrar a dar dicho recado a Su Señoría, que no se podía ver con dicho señor obispo hasta hoy por la mañana. Y, habiendo llegado esta mañana a dar dicho recado a Su Señoría, no le han dado lugar los pajes y capellanes para ver de hablar con dicho señor obispo»181. El obispo Cortés, como informaba el agente Bartolomé Francés al cabildo, tenía sus agentes en Roma y quería impugnar la concordia de Martín Terrer con el cabildo y, por tanto, el breve de Paulo V. Y, para ello, se pedía el apoyo de los funcionarios regios de la embajada española ante la Santa Sede e incluso del cardenal Borgia182, recientemente nombrado virrey de Nápoles. El agente Bartolomé Francés informaba a los canónigos turolenses que el asunto estaba siendo examinado por el tribunal de la Rota y les aseguraba que lucharía para que las pretensiones del obispo no prosperasen, pues pensaba que los cabildos «no pueden vivir sin conjueces, al fin son el freno que detiene la furia de los obispos»183. El cabildo nombró conjueces y lo notificó al obispo durante 1620184, 1621185 y 1622186. 181 Ibídem, fol. 17, 16-mayo-1619. Vid. GAUCHAT, P., op. cit., p. 12, y MORONI, G., op. cit., VI, Venecia, 1840, pp. 51-52. Gaspar Borgia, hijo del duque de Gandía, nació en 1589. A propuesta del rey católico D. Fernando fue nombrado canónigo de Toledo y posteriormente presbítero-cardenal por Paulo V con fecha 17 de agosto de 1611 para el título de Santa Susana. Fue trasladado al título de Santa Cruz in Hierusalem el 17 de octubre de 1616 y el 15 de julio de 1630 fue nombrado obispo de Albano. Habiendo renunciado el arzobispado de Sevilla en 1632, aceptó la sede arzobispal de Toledo, falleciendo en noviembre de 1645. 183 A.C.T., 200-9-7. El cabildo estaba perfectamente enterado de las gestiones episcopales en la curia romana por los informes postales que mandaban sus agentes (vid., Actas capitulares, cabildo 3-diciembre-1619). 184 Ibídem, Actas capitulares, cabildo 3-enero-1620; 204-4, fol. 8. Fueron nombrados los canónigos Francisco Pérez Morón y Juan Antonio Burillo. Actuaron de testigos mosén Pablo Martín, vicario de la catedral y mosén Miguel Sánchez. Con fecha 12 de enero se notificó el nombramiento al obispo (Ibídem, 204-4, fol. 13), quien mandó ese mismo día respuesta escrita, como hacía habitualmente, para rechazar el nombramiento (Ibídem, fol. 14). 185 Ibídem, cabildo 2-enero-1621; 203-8, fols. 2-3. Fueron elegidos conjueces el tesorero Pedro Lázaro López y el canónigo Bartolomé Pérez. Actuaron de testigos en la votación capitular mosén Felipe Sancho y mosén Dimas Enríquez. Fue comunicado al obispo con fecha 12 de enero ante los testigos Jerónimo Simón López, presbítero, y Pedro Galve, estudiante, criados del prelado (Ibídem, 203-8, fol. 4-6). 186 Ibídem, cabildo 7-enero-1622; 204-5. Fueron nombrados conjueces los canónigos Pedro Luis López y Jacinto Gamir Palomar. Actuaron de testigos en la sesión capitular mosén Pablo Martín, vicario de la catedral, y mosén Felipe Baltasar, maestro de coro. 182 TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 49 2.5.2.4.3. 1623: un año decisivo Como hemos anotado en páginas anteriores, 1623 fue un año lleno de tensiones en las relaciones entre el cabildo y el obispo Cortés. Al ser nombrados conjueces el deán Lechago y el canónigo Juan Villarroya187, se ofrecieron al obispo para solucionar conjuntamente los múltiples problemas del cabildo. Le manifestaron que deseaban «acudir a su buena administración de justicia y servicio de Dios Nuestro Señor, y cumplir con su conciencia y obligación de su oficio»188. Esto ocurría el 25 de enero189. Tres días después, el obispo respondió airadamente, sin elegancia literaria, en estos términos: «porque estando, como está, esta lite pendiente entre el respondiente y los asertas adversantes, no ha podido ni puede el dicho cabildo atentar e invocar cosa alguna, ni hacer los asertas nominaciones de los asertos conjueces en perjuicio de la litispendencia, ni del dicho respondiente, pues todo es atentado, que en su tiempo y lugar se deducirán y alegarán»190. El obispo empleó este largo documento para atacar duramente al cabildo y manifestó que no ha corregido ni corregirá a ningún capitular, y que «lo ha dejado y deja de hacer por no perjudicarse en sus derechos, ni contravenir a la litispendencia y pretensión que tiene su Señoría de que a solas, y no con conjueces, puede y debe corregir y castigar a los dichos capitulares»191. Conocemos cómo se indignó y actuó a partir de entonces el cabildo. Escribió al nuncio apostólico y le comunicó que el sobrino del obispo, Faustino Cortés, «había vendido corderos de la dicha fábrica y de algunos canónigos de la dicha iglesia». El cabildo pidió con cortesía ese dinero (unas 100 libras de a 10 reales) y no quiso entregarlo. El nuncio apostólico envió una carta al obispo Cortés y le exigió el pago de esa deuda192. Cansado y agobiado el cabildo, al terminar el año 1623 nombró una comisión, compuesta por cinco capitulares (el deán Juan Lechago y los canónigos Marcos Polo, Francisco Pérez Morón, Juan Antonio Burillo y Jacinto Gamir Palomar) para «informar de los procedimientos perniciosos de dicho señor obispo y de sus ministros a su Santidad, a su Majestad y real 187 Ibídem, cabildo 2-enero-1623; 204-6, fol. 2. Ibídem, 204-6, fol. 27 v. 189 Ibídem, fol. 26 v. Actuaron de testigos Juan de Rafal y Antonio Latre, presbíteros, criados del obispo. 190 Ibídem, fols. 30-34. 191 Ibídem, fol. 35-36. 192 Ibídem, fols. 88-90. 188 50 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Consejo, al señor Nuncio y a las personas que conviniere para el buen suceso de lo que trataren»193. La delegación era amplia, pues daba licencia para gastar cuanto fuese necesario de las rentas capitulares para llevar adelante los pleitos194. 2.5.2.4.4. Sentencia del deán de Orihuela El día 5 de enero de 1624 eligieron conjueces a Pedro Luis López, canónigo doctoral, y a Pedro Agramonte, canónigo. En esa misma fecha juraron el cargo ante el deán Juan Lechago y acordaron que el canónigo Agramonte viajara «a Orihuela a lo que se le ordenara por instrucción particular»195. El deán Lechago y el chantre Pérez de Cuevas, con fecha 19 de enero, presentaron al vicario general del obispo Cortés, Gregorio de Aisa y Lasilla, la bula papal196 y exigieron su cumplimiento197. El notario Juan Fernández se presentó ante Domingo Marco, paje del obispo, «al cual, estando en la puerta de la antecámara, en la presencia de los testigos infrascritos, le requerí me diese lugar de entrar a hablar con el señor obispo para presentarle las letras abajo insertas, el cual me respondió que el señor obispo estaba ocupado y que no podía haber lugar de entrar»198. El notario de la curia episcopal, Juan Bautista Berbegal, ocultó y no entregó oportunamente al cabildo las escrituras y demás documentos en la causa de apelación al metropolitano199. El canónigo Agramonte viajó a Orihuela (Alicante) para entrevistarse con el deán Marco Antonio Palau, quien facultó al deán y cabildo de Teruel para proceder contra el obispo por desacato al breve papal, documento claro y favorable al cabildo turolense200. Pasó por Valencia y consul- 193 Ibídem, fols. 92-94. Ibídem, Actas capitulares, cabildo 24-noviembre-1623. 195 Ibídem, cabildo 6-enero-1624. 196 Se trata de la bula del papa Paulo V confirmando la concordia hecha entre don Martín Terrer, obispo de Teruel, de una parte, y el cabildo de la catedral de dicha ciudad, de otra, sobre el uso de conjueces en las causas contra capitulares, mandando su ejecución al deán y arcediano de Albarracín y al deán de Orihuela. Se encuentra una copia en A.C.T., 200-4. 197 Ibídem, 204-7, fol. 10. 198 Ibídem, fol. 8. 199 Ibídem, fol. 9. 200 Ibídem, fol. 11 y 200-4. Las letras ejecutorias de la bula de Paulo V sobre los conjueces del cabildo de Teruel, dada por Marco Antonio Palau, deán de Orihuela y juez comisario apostólico en las diferencias entre el obispo de Teruel y su cabildo, llevan fecha de 31 de enero de 1624. 194 TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 51 tó el asunto al jurisperito Ramón Mora de Almenara, quien veía manifiesta «renitencia del señor obispo en no querer obedecer los mandamientos apostólicos en caso cierto, claro e infalible»201. En febrero el canónigo Agramonte escribió al cabildo para informar cómo iban las gestiones. El obispo Cortés también mandó al fiscal de la curia turolense, Miguel Rubio, para que hiciese algunas gestiones en los tribunales eclesiásticos levantinos. Cuando el cabildo turolense consideró que el canónigo Agramonte había cumplido con el encargo capitular, le ordenó regresar202. Como el deán de Orihuela, Marco Antonio Palau, no podía viajar personalmente a Teruel para intimar el asunto, dada la gran distancia desde Orihuela hasta Teruel, por eso, con fecha 1 de febrero subdelegaba a Luis Sarabia, canónigo de Zaragoza, y a Juan de Fababuix, canónigo de Segorbe, para que conjuntamente ejecutasen la bula de Paulo V203. El cabildo turolense presentó estas letras apostólicas al obispo y a su vicario general el 6 de marzo204. Y en esa misma fecha notificó la elección de los conjueces205. El obispo protestó contra ambas cosas y redactó un amplio documento, bastante más razonable que en ocasiones anteriores. En él justifica su reiterada negativa basándose en datos no del todo ciertos, pero que podían interpretarse a su favor, como así lo hacía. Cuando Martín Terrer hizo la concordia con el cabildo, ya no era obispo de Teruel, la sede estaba vacante y los documentos del obispo Cortés para la sede turolense, así como los de Martín Terrer para Tarazona, se estaban tramitando en Roma. Si examinamos los datos históricos minuciosamente, veremos que la argumentación carece de rigor documental. También afirmaba que la lite «aún pende indecisa en la dicha Rota romana». Y, al finalizar, se metía con la misma formalidad jurídica del documento e, incluso, no reconocía la existencia jurídica del decanato de Orihuela206. Era el 9 de marzo de 1624207. 2.5.2.4.5. Ante el tribunal metropolitano El canónigo cesaraugustano Luis Sarabia, juez metropolitano en esta causa, con fecha 15 de marzo envió las letras citatorias para examinar la apelación interpuesta por el cabildo de Teruel contra el obispo Tomás 201 202 203 204 205 207 Ibídem, 200-9-2. Ibídem, Actas capitulares, cabildos 3-febrero, 9 y 16-marzo-1624. Ibídem, 200-5. Ibídem, 204-7, fol. 10. Ibídem, fol. 19. Ibídem, 204-7, fol. 20. 52 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Cortés208. Fueron recibidas el 23 de marzo por el procurador fiscal de la curia eclesiástica de Teruel, Miguel Rubio209, y tres días después fueron entregadas a Juan de la Salda, oficial eclesiástico de Teruel, y a Juan Bautista Berbegal, notario y escribano de la curia eclesiástica210. Nuevamente, en estas circunstancias, el obispo con su comportamiento muestra falta de cordura. Al llegar la Semana Santa, no quiso hacer las ceremonias de consagración de los santos óleos en la catedral, sino en su palacio episcopal, y obligó a todos los clérigos a recogerlos allí. El cabildo protestó. Al actuar de ese modo, además de confirmar falta de rectitud, el obispo iba contra la costumbre ancestral que tenía la catedral «de repartir y distribuir los dichos santos crismas y óleos a las iglesias parroquiales de dicho y presente obispado por medio de la persona del señor arcipreste de ella, el cual está destinado y señalado por razón de su dignidad, conforme los estatutos y costumbres de la dicha iglesia». Ese año el obispo mudó la costumbre y mandó distribuirlo en su casa «por uno de sus criados, en grave daño de los derechos y preeminencias de la santa iglesia catedral»211. En el mes de junio el obispo dio muestras de querer enmendar su terca conducta y nombró, por su parte, al canónigo Juan Villarroya para componer las diferencias. El cabildo protestó por este unilateral nombramiento y, en cabildo extraordinario, acordó «que está pronto y aparejado para hacer consueta y componer todas las diferencias que de presente hay, y las que puedan suceder»212. Como veremos en las páginas siguientes, esos buenos deseos por ambas partes llegaban ya muy tarde. 2.5.2.4.6. El canónigo Morón: un cronista de los hechos desde Zaragoza213 Para seguir las gestiones del pleito ante la curia metropolitana y la Diputación General de Aragón, el canónigo Pérez Morón viajó a Zaragoza, adonde llegó el día 10 de marzo, domingo, a las 4 de la tarde. Ese mismo día fue a visitar al deán Francisco de la Mata, quien no se encontraba en su casa. Al día siguiente cuando le vio, postrado en cama, «me mandó entrar 208 Ibídem, fols. 33-36. Ibídem, fol. 32v. 210 Ibídem, fols. 24-29 y 37-38. 211 Ibídem, fols. 38-41. 212 Ibídem, Actas capitulares, cabildos 15, 18 y 21-junio-1624; 204-7, fols. 54-58. 213 El canónigo Francisco Pérez Morón estuvo en Zaragoza, al menos, seis meses. Enviado como procurador del cabildo, para mantenerle informado, durante estos meses les escribió abundantes cartas. En el A.C.T. se conservan en torno a una veintena, que utilizamos a continuación. 209 TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 53 y me dio gratísima audiencia». Y, comenta el canónigo, «ha tomado el deán tan a su cargo el negocio y diligencia con el virrey que me ha mandado no le dé la carta hasta que primero pongamos el memorial»214. Para llevar adelante el pleito, el canónigo solicitó la documentación original de la concordia y bula papal sobre conjueces215, así como el acto de juramento de los estatutos capitulares realizado por el obispo Tomás Cortés216. Pidió dinero para los gastos217 e informó con conocimiento de causa que el obispo, como temían y creían los capitulares turolenses, no había escrito sobre el asunto ni al virrey, ni al rey, ni al Consejo Supremo. Según aconsejaba el deán de la Mata y otros capitulares de Zaragoza, el cabildo turolense era quien debía tomar la iniciativa mandando memoriales a Roma y a Madrid. No al virrey de Aragón, pues había que ir a la cabeza218. El canónigo Morón les comentaba cuánto había extrañado a los canónigos de Zaragoza el modo de proceder del obispo Cortés sobre el reparto del crisma y el lavatorio de los pobres el día de Jueves Santo. Se ofrecía para llevar a Madrid los memoriales y lo hacía, según apostilla, «sólo para mirar por la honra de mi iglesia, y para que ese meón no nos mee»219. Informaba que el nuncio apostólico, procedente de Barcelona, pasó por Zaragoza con destino a Calatayud. El canónigo escribe: «yo de parte del cabildo le besé las manos, di la bienvenida y le presté la obediencia. Y, luego, principié a darle razón del infeliz estado en que se halla todo ese obispado y de los malos procedimientos y asperísima condición del señor obispo». El nuncio le contestó: «señor canónigo yo vengo de Barcelona informadísimo del modo de proceder de la rígida condición de monseñor obispo, primero debo arribar a Madrid, y no puedo hacer nada durante el viaje… Y aquella noche a la cena y el martes a la comida hablaron del obispo largamente y dijo: por bien que el señor obispo esconda la hacienda de la Cámara, si él muere, yo haré que se halle quien la tiene». Concluye el canónigo Morón con esta lapidaria frase: «El (nuncio está) va muy bien informado»220. 214 Ibídem, 260-1-1. Ibídem, 260-1-2, carta de 15-marzo-1624. 216 Ibídem, 260-1-3. 217 Ibídem, 260-1-10. 218 Ibídem, 260-1-13. 219 Ibídem, 260-1-14. El canónigo Pérez cuando menciona al obispo Tomás Cortés siempre utiliza este calificativo: meón, el meón, ese meón. Al analizar las fuentes documentales, quedamos muy extrañados y no sabíamos cómo interpretarlo. En otra nota, damos la razón lógica de este desafortunado sobrenombre episcopal. 220 Ibídem, 260-1-15. 215 54 JUAN JOSÉ POLO RUBIO El canónigo insiste en que está dispuesto a viajar a Madrid, como también le suplica el Dr. Luis Saravia, aunque necesitaría el permiso del cabildo221. Anuncia que la resolución del proceso no saldrá durante todo el mes de mayo222. Recuerda cómo el Dr. Saravia aconsejaba que el cabildo debía avisar oportunamente a Su Santidad de «la caducidad y vejez de su obispo»223. Aunque los oficiales del Justicia de Aragón ponían algunos reparos a la concordia del obispo Terrer con el cabildo, en los primeros días del mes de agosto el lugarteniente Miravete presentó la jurisfirma y la obtuvo del Justicia de Aragón224. Por el contrario el proceso en la Curia metropolitana se movía con mucha mayor lentitud y la sentencia se retardaba más de lo previsto225. Ya a comienzos del mes de julio el canónigo Morón estaba enterado de que el obispo Cortés iba a viajar a Huesca «para dar asiento a la fundación de Huesca, que es cierto que hasta hoy no ha dado un maravedí y los de Huesca lo quieren animar»226. Cuando el mes de agosto estaba terminando, el cabildo ordenó al canónigo Pérez Morón que regresara a Teruel, pero éste se detuvo unos días en Zaragoza227. Por eso, pudo dar noticias de la llegada del obispo Cortés a Zaragoza y de la salida hacia Huesca. El cronista Morón escribe su última carta el 17 de septiembre y cuenta que «llegó aquí el lunes a las nueve. Visitóle el señor arzobispo, y él al señor arzobispo, el miércoles, y al virrey; y con cada uno estuvo bien poco, porque va ya muy azogado. Aquí le vinieron a visitar, de parte de Huesca, dos ciudadanos, y de parte del cabildo, dos canónigos; y de parte de la parroquia, otros dos. Parecían hombres tristes y obligados a realizar aquella acción para obtener beneficios de la misma». Añade el cronista que el obispo se sintió bien herido porque no se había acercado a visitarle. Y añade que «el sábado, a las cuatro, se partió de Zaragoza, porque hedía su miseria, y a pocos pobres dio limosna, pues no daban lugar a que nadie se la pidiese»228. 221 Ibídem, 260-1-16. Ibídem, 260-1-17. 223 Ibídem, 260-1-18. 224 Ibídem, 260-1-7; 260-1-24; 260-1-25 y 200-7. Con la jurisfirma quedaban reconocidos civilmente los derechos del cabildo a nombrar conjueces y se exhortaba al obispo a que no actuase sin ellos, tanto «intra como extra visitationem». 225 Ibídem, 260-1-19. 226 Ibídem, 260-1-21 y 260-1-22, donde escribe: «ya se dice por acá que viene el meón a Huesca». 227 Ibídem, 222-3-1 y 227-9-67. 228 Ibídem, 260-1-28. 222 TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 55 2.6. UN PONTIFICADO LLENO DE TENSIONES El obispo Tomás Cortés tuvo serias dificultades y problemas con el cabildo de Jaca. Sabemos que los capitulares jacetanos mandaron un abultado memorial de quejas al papa Paulo V, quien lo remitió para su examen al metropolitano Fray Pedro Manrique. Con nuevos ánimos y posiblemente con intenciones de enmienda, después de haber asistido al Concilio Provincial (1614-1615) de Zaragoza, el obispo Cortés tomó posesión de la diócesis de Teruel. Y, al poco tiempo, comenzaron nuevamente los problemas con el cabildo turolense, pues el obispo nunca aceptó el nombramiento de conjueces. El enfrentamiento con su cabildo y los recelos mutuos fueron in crescendo a lo largo de su episcopado turolense, añadiéndose otras cuestiones puntuales, como asuntos económicos, cuestiones de ceremonias litúrgicas, la visita al templo catedralicio…, derivando finalmente en la excomunión de algunos canónigos e, incluso, de toda la corporación capitular. Ante una situación tan poco evangélica, pero sí real e histórica, el cabildo no cesó de manifestar su total desacuerdo y desagrado con el proceder episcopal. No viendo ninguna otra salida más airosa, los prebendados turolenses prepararon varios memoriales de agravios contra el obispo Cortés, de la misma manera que habían actuado años atrás los capitulares de Jaca. 2.7. MEMORIAL AL NUNCIO APOSTÓLICO El cabildo turolense redactó dos memoriales: uno para el nuncio apostólico de su Santidad en España y otro para el rey Felipe IV, aunque desconocemos si, saliendo de Teruel, llegaron a sus destinatarios. En el archivo capitular turolense se conservan las copias y borradores que, aunque no tienen fecha, fueron redactadas en los primeros meses del año 1624. El tono y contenido de los memoriales es diferente. No obstante, para comprenderlos mejor convendrá tener a la vista, como sustrato referencial, aquel memorial que los canónigos de Jaca enviaron al Papa Paulo V229. 229 Al estudiar el pontificado de Tomás Cortes, causa extrañeza que en el A.C.T., 214-29 haya una copia del memorial que los canónigos jacetanos remitieron al papa Paulo V. Sin embargo, los motivos pueden ser fácilmente deducibles. No existe razón archivística alguna para que el documento llegase al archivo turolense, excepto que el comportamiento episcopal de Tomás Cortés con los canónigos turolenses fuese igual que con los jacetanos. Si en ambas diócesis actuó de la misma manera, la respuesta en buena lógica sería más o menos idéntica. Por eso, los canónigos turolenses, conocedores de esto, solicitaron a la corporación canonical de Jaca una copia de dicho memorial. 56 JUAN JOSÉ POLO RUBIO En el memorial al nuncio apostólico230 acusaban al obispo de haber alquilado la escribanía episcopal. Y, con esta manera de proceder poco habitual, había dado lugar a que «los escribanos se lleven de todos los negocios los derechos doblados». Hacía más de cuatro años que no ordenaba de corona a estudiantes que venían de Alcalá, Zaragoza o Valencia, «con intención de que los beneficios que vacaren los provea a sus criados». Y tampoco daba «licencia para cantar misa si primero no se lo pagan bien en carneros, perniles, perdices, capones, truchas y quesos de Mosqueruela o Tronchón». Manda sacar publicatas para las órdenes menores, siendo sólo necesario para recibir las mayores, teniendo que pagar por ello dos reales. El pequeño proceso curial que se hacía para probar la libertad de los contrayentes era habitualmente gratuito en Albarracín, Segorbe y Valencia, diócesis limítrofes. En Zaragoza cobraban cuatro reales y, por el contrario, en Teruel se tenían que abonar 35 reales. Los clérigos diocesanos y los seglares con derecho a enterramiento dentro de las iglesias estaban exentos de pagar los derechos de sepultura, como reconocían las constituciones sinodales de Jaime Jimeno. El obispo, por el contrario, exigía a todos la cantidad de doce reales y medio. Se apropiaba de las intenciones de Misa sobrantes en las parroquias, exigiendo dos reales por cada una, aunque los rectores o vicarios sólo percibían un real de estipendio. Y, luego, cuando las mandaba celebrar a sus criados, les abonaba un real. En la visita pastoral a los pueblos ocasionaba grandes dispendios. En ocasiones se metía tres o cuatro días en la cama sin mucha razón y la visita era realizada por un criado suyo «bien humilde». A veces, las gentes se quejaban y se negaban a colaborar. Entonces, podía suceder que se lo cobrasen de alguna otra manera, como hizo un visitador que «se llevó un cáliz de la sacristía». El obispo carecía de caridad cristiana al tratar a los sacerdotes y seglares, castigándoles con crueldad en sus penas, aplicándoles epítetos como «mal sacerdote, turco, hereje o rebelde a la Santa Iglesia de Dios». Por el contrario, con los que se sometían a sus arbitrariedades era benévolo. No admitía apelaciones a las sentencias dadas en su curia episcopal. Si esto sucedía, eran sus mismos jueces y escribanos los que volvían a examinar la causa. Y esto «de ninguna manera se puede tolerar». 230 A.C.T., 214-2-12. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 57 La cárcel se encontraba dentro de su mismo palacio. El carcelero era un criado suyo, que examinaba las comidas que traían a los presos, quedándose con los alimentos. Con cierta frecuencia se prohibían las visitas de amigos, familiares e, incluso, de los procuradores y abogados de los encarcelados. En esta copia del memorial no aparece ningún tipo de encabezamiento del documento, ni tampoco conclusión o petición alguna. 2.8. MEMORIAL AL MONARCA FELIPE IV231 Dirigían este memorial al monarca «el clero, la ciudad y la comunidad de Teruel», suplicándole que retirase al obispo Tomás Cortés y les diese otro nuevo. Para ello, aducían razones de edad, pero, sobre todo, de comportamiento contrario a los sagrados cánones y faltas de prudencia, paciencia, hospitalidad, doctrina, humanidad y preocupación por su iglesia. Primeramente exponían algunos rasgos del comportamiento personal del obispo en Jaca y en el concilio provincial. Afirmaban que «casi todo el tiempo que duró el sínodo se gastó en oír querellas de agravios hechos por dicho obispo, con gran admiración y desconsuelo del arzobispo, de los prelados y demás personas que asistieron a dicho sínodo». Se le pidió que se enmendase, pero «hasta ahora no ha dado satisfacción, saliéndose con buenas palabras sin ánimo de cumplirlas, porque en esta materia es gran maestro, como se ha visto después». Algunos pensaron que cambiaría. Así lo manifestó el mismo obispo a sus amigos íntimos «cuando fue a Teruel en el mes de marzo de 1615, juró los estatutos dando esperanzas de gran favor. Y dijo que, mucho más que juraba, haría». El cabildo y el deán acudían «al rey para que ponga remedio de los muchos desórdenes, así en omisión como en comisión». Intentando dar alguna explicación del anómalo proceder episcopal, decían que dominaba su corazón «la grandísima envidia, el amor y la estimación propia con inclinación a venganza». Calculaban que las rentas episcopales cobradas durante los últimos nueve años habían ascendido a más de 110.000 escudos. Decían que todo lo había ahorrado, sin favorecer a los pobres o a la fábrica de la iglesia catedral, como hicieron Jaime Jimeno y Martín Terrer, sus predecesores. Por el contrario, «del dicho Sr. D. Tomás Cortés, no ha recibido la fábrica cate- 231 Ibídem, 230-27 y 214-2-7. 58 JUAN JOSÉ POLO RUBIO dralicia el valor de un maravedí». Cuando los canónigos le mandaban recados sobre la situación económica de la catedral, no los recibía, como ocurrió en Perales, donde estaba haciendo la visita pastoral. Allí, «ni quiso recibir la carta, ni ver al síndico, y hasta hoy está cerrada en el escritorio del cabildo». Le acusaban de celebrar muy raras veces en el templo catedral, «con grave desconsuelo y escándalo del pueblo cristiano». Además, «el pontifical que tiene es tan pobre y deslucido que no osa, sin vergüenza, celebrar porque el báculo es de valor de cincuenta reales, poco más o menos, que se lo dio la iglesia de Huesca cuando era capitular, y los ornamentos tan viejos que se puede dudar el color de ellos». Asistía raramente a rogativas y procesiones e, incluso, «ha mandado a los clérigos de las parroquias que no acudan a dichas procesiones ni rogarias, con gran escándalo de todo el pueblo, que murmuran diciendo que no hay obispo sino para cobrar las rentas». En los tres primeros años que rigió la diócesis de Teruel no contrató predicador alguno para la Cuaresma232. Posteriormente, ante la exigencia y el mandato real, cambió de actitud, pero traía predicadores malísimos y, por pagar menos, les reducía a tres días por semana la obligación de predicar, abonándoles tres reales diarios, que cancelaba parte en Misas y parte en grano. Como padre y pastor, rehuía el cumplimiento de sus obligaciones de juez y árbitro pacificador cuando surgían problemas dentro del cabildo o del clero. Si acudían a su despacho, los mandaba «despedir como si fueran enemigos suyos o pretendieran cosa que él por su oficio no estuviera obligado a remediarlo». Así ocurrió con el tesorero Pedro Lázaro, que en noviembre de 1622 tuvo un altercado con Adrián Sancho, alpargatero, a quien agredió violentamente y lo dejó medio muerto. Un hermano del alpargatero, llamado Felipe, que era también clérigo, hirió al tesorero Lázaro. A raíz de estos desagradables acontecimientos, los canónigos supli- 232 El cabildo catedral en 1617, el martes 28 de febrero, «hizo sindicatura al señor obispo, representándole el escándalo que ocasionaba el no predicarse en la Cuaresma, y ser ya el tercer año que faltaba. Respondió el señor obispo que el traer predicador tocaba a la ciudad» (A.C.T., 76, fol. 95). El deán Lechago y el canónigo Dionisio Sebastián trajeron esta respuesta episcopal. El cabildo decide informar al vicecanciller de Aragón y a los regentes Lucas Pérez y Tomás Martínez Bochín. Y pocos días después, en el cabildo del viernes 10 de marzo, se decretó escribir «al señor arzobispo de Zaragoza en razón del predicador, en la forma que se ha escrito al vicecanciller de Aragón» (A.C.T., Actas capitulares, cabildos 28-febrero y 1 y 10-marzo-1617). TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 59 caron al obispo que castigase a los clérigos, nombrando conjueces y apoyando la autoridad episcopal. El obispo prometió castigarlos, pero no lo hizo. Y, a continuación, comentan: «así estamos, sin gobierno y sin justicia». Cuando querían entregarle alguna apelación, el obispo se escondía, teniendo que andar a la caza del prelado. Pues, en el asunto de los conjueces «cuando supo que el cabildo tenía la inhibición del metropolitano, se escondió y en muchos días no se la pudieron notificar. Y un día que con maña entraron donde estaba, dijo injurias al notario; y contra el deán y capitulares dijo cosas escandalosísimas». Se comentaba en los círculos clericales que el obispo no sabía ceremonias, ni tampoco ninguno de sus sirvientes. Cuando acudía a las procesiones generales, «donde concurre el cabildo y todo el clero —más de cien personas— y los jurados con toda la ciudad, lleva sombrero en la cabeza, con grande irrisión de todos». Y, abusando de su autoridad, con fecha 23 de noviembre de 1623 un agente curial presentó unas letras y un monitorio al deán exigiéndole que hiciese de maestro de ceremonias. Se reía con desprecio de los canónigos, diciendo burlonamente: «yo me meo en estos canoniguillos»233. El día de la Circuncisión del Señor de 1624 el penitenciario, Dr. Melchor Salas, mencionó en el sermón que algunos pobres morían de hambre por el frío y el rigor del invierno. Para remediarlo, sugirió que los ricos, especialmente los eclesiásticos, debían hacer limosna. Por eso, «en el primer domingo de Cuaresma le quitó a él y a los demás capitulares de la iglesia las licencias de predicar y confesar». No es extraño, pues también perseguía a los frailes de los conventos de Teruel cuando en sus sermones recordaban la obligación que tenían los obispos de hacer limosna. Y el obispo Cortés «se imaginaba que lo decían por él». Referían al rey «que cada día, desde las once hasta las dos, están cerradas las puertas de su casa para que, entretanto que come, no le inquieten los pobres ni los negociantes». Las tasas que debían abonar por los servicios gestionados ante la Nunciatura Apostólica o la Comisaría de la Santa Cruzada, se veían aumentadas de una manera excesiva. Y de esto «hace tan gran granjería, que son muchos millares de reales los que tiene embolsados» por estos negocios. Hacía pagar las licencias expedidas «para pedir limosna al hospital de la presente ciudad y a los conventos, siendo todos muy pobres» y habiéndose 233 Esta frase está tachada, aunque es legible. El texto fue sustituido en estos términos: «palabras que por no ser honestas no se ponen aquí, pero se dirán cuando para ello daren licencia». 60 JUAN JOSÉ POLO RUBIO dado anteriormente de una manera gratuita. A los párrocos les exigía que le abonasen los derechos de enterramiento «que ellos habían hecho por limosna». Los aranceles curiales habían subido excesivamente, como los derechos de visita pastoral, de enterramiento, las comunicaciones o avisos de los nuncios. A su antojo, obligaba a venir hasta Teruel a los jurados y vicarios de las aldeas con mucho gasto, molestia o con tiempo nublado, reteniéndolos durante muchos días. Los notarios cobraban unas tasas superiores a las indicadas en las constituciones sinodales. Si se quejaban, el obispo contestaba: «más se llevaban en Jaca». Nadie deseaba el cargo de vicario general y oficial de curia, desempeñándolo sus capellanes «sin ser letrados, con gran daño de todo el obispado y de la justicia». No quería dar licencia de confesores para las aldeas. Como era anciano, no iba de visita a confirmar, muriendo personas sin este sacramento. Enviaba a «un criado suyo por visitador, solamente para recoger derechos. Y, así, suelen decir: ya vienen los porteros del obispo, con grave desprecio de la visita». En esas visitas, mandaba hacer a los jurados ornamentos caros y objetos litúrgicos de plata, no necesarios para esos ambientes, superiores en precio a los ingresos por las primicias. En cuestiones de administración de justicia era apasionadísimo, actuando sin respeto234 e, incluso, obligando a los testigos a declarar en falso. Por eso, su mismo notario, Bautista Bervegal, «ha dicho muchas veces que no se le podía servir, porque les hacía hacer actos falsos». Encarcelaba a los clérigos. No permitía que les llevasen comida. Y les mandaba recados con los carceleros diciéndoles que, si querían salir, pagasen dinero. Si no lo hacían, les retenía sin pasar el proceso adelante. Si aceptaban, en su declaración procesal debían manifestar lo que el obispo les había ordenado. Finalmente, salían de la cárcel, pero los costos económicos eran bien abultados. Como puede apreciarse, «en todo esto ni se guardan sinodales, ni derecho, ni fuero». Terminaban con algunos asuntos que guardaban estrecha relación con las autoridades civiles. De esa manera se intentaba impresionar y forzar más, si cabe, la voluntad regia. Comentaban que «el señor obispo Tomás Cortés nunca ha querido hospedar a ministros de su Majestad. Y ha sido 234 Como ocurrió en Alfambra. En el mes de noviembre de 1623 los síndicos Domingo Nadal y Juan abril se presentaron ante el obispo y le dijeron que hacía nueve años que no había visitado el pueblo. El obispo, sabiendo que era cierto, contestó que iría, pero sin admitir la mediación de terceros, «y menos al deán, porque no haré cosa por él, aunque en ello cargue mi conciencia». TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 61 con tan grande extremo que pasando la señora marquesa de los Helmes, virreina de Aragón, de Valencia para Zaragoza y, teniendo recado particular de la ciudad suplicándole que la hospedara, no lo quiso hacer. Fue hospedada y servida por cuenta de la ciudad en una casa particular». Para arreglar sus desavenencias con el cabildo, el obispo no quiso presentarse ante el regente del virrey de Aragón, Dr. José Sesse, quien en enero de 1624 se encontraba en Cella, a cuatro leguas de la ciudad, para la insaculación de cargos en la Comunidad de Teruel. El regente del virrey se acercó a Teruel; el cabildo aceptó al intermediario, pero el obispo «lo despidió». Se había intentado todo. Por eso, ahora, pedían al rey que interviniese ante la Santa Sede para que pudiesen ser oídas ambas partes ante la Curia romana. También suplicaban que enviase a la ciudad de Teruel a algún representante regio u otro obispo «para que se informe de las cosas sobredichas». Y, entretanto, pedían que el obispo no innovase nada, ni trabajase contra el cabildo. El memorial concluía de esta manera tan caritativa y elocuente: «por todas estas razones y otras que dejamos de representar a Vuestra Majestad, por avergonzarnos de que se sepan las flaquezas de nuestro prelado, suplicamos a Vuestra Majestad que, mirando por la honra de D. Tomás y por la salud de nuestras almas, atendiendo la vejez y enfermedad y suplicando lo que el derecho ordena, que Vuestra Majestad le mande remover» de esta diócesis. 2.9. EL MECENAZGO DE SAN LORENZO DE HUESCA Antes de finalizar, no podemos pasar por alto el mecenazgo del obispo Cortés con la ciudad de Huesca y, más concretamente, con la basílica de San Lorenzo. Ramón de Huesca da la razón de este mecenazgo cuando escribe: «Fue devotísimo del invicto mártir San Lorenzo, en cuya parroquia había nacido. En las ocasiones que estuvo en Huesca, siendo obispo, visitaba su iglesia con frecuencia y, casi siempre, besaba la pila bautismal en que había renacido a la gracia y vida espiritual»235. En 1616 fundó dos Montes de Piedad para socorrer a los labradores, nos dirá también Ramón de Huesca, «uno en Huesca de quinientos cahíces de 235 HUESCA, R. de, op. cit, VIII, Zaragoza, 1807, p. 167. 62 JUAN JOSÉ POLO RUBIO trigo de fondo, bajo la advocación de San Lorenzo236, y otro de trescientos en Jaca con la de Santa Orosia»237. Añade otros detalles sobre el mecenazgo del obispo Cortés que completaremos teniendo a la vista el libro de Damián Iguacén Borau238. Afirma que «fundó en dicha iglesia un priorato, doce raciones y dos capellanías. Ayudó a la fábrica del nuevo templo, que se construyó en su tiempo. Erigió y dotó la sacristía, gastando en esto sesenta y cuatro mil novecientos y veinte y dos escudos, sin contar varias alhajas de precio»239. Basados en el estudio crítico y documental de Iguacén Borau y la obra de Ramón de Huesca, decribimos en qué consistió el mecenazgo del prelado Cortés Sangüesa y de don Faustino Cortés, vizconde de Torresecas y sobrino del obispo. En 1607, puesto que la iglesia gótica de San Lorenzo se encontraba en un estado semirruinoso, se decidió construir una nueva. La primera piedra fue colocada el 14 de marzo del año siguiente. Los trabajos de construcción no eran continuos, pues había grandes temporadas que no se trabajaba en la obra, principalmente porque no había dinero para ello. Sabemos que en 1616 el obispo Cortés instituyó una capellanía con 2.000 escudos de capital. Al año siguiente, 1617, el obispo Cortés viajó de Teruel a Huesca240. Durante su estancia se hicieron grandes fiestas. Acudió para fundar en la basílica de San Lorenzo un priorato y doce raciones, diez colativas y dos nutuales, con los cargos de organista y cantor respectivamente. El sueldo del prior ascendería a doscientos escudos y el de los racioneros a cincuenta. Además, todos ellos percibirían cien escudos en concepto de distribuciones. La fundación se hizo para «honra y gloria de Dios, de su Madre Santísima y de toda la corte celestial, y en especial del invictísimo mártir San Lorenzo». 236 Ibídem, VII, p. 32, dice: «fundó dicho Don Faustino con acuerdo del obispo, su tío, un Monte de piedad,… nombrando en patronos al vicario general del obispo de Huesca, a un canónigo diputado por el cabildo y a su heredero el señor de Torresecas, según consta de la institución, que testificó Sebastián de Canales a 9 de agosto de 1616». 237 Ibídem, p. 161. 238 IGUACÉN BORAU, D., op. cit. 239 HUESCA, R. de, op. cit., VIII, p. 162. 240 El obispo regresó a Teruel para mediados del mes de octubre y, como queda anotado en las Actas capitulares, «el Dr. Corbalán y Marcos Polo fueron elegidos por el cabildo para ir a dar al señor obispo la bienvenida» (A.C.T., Actas capitulares, cabildo 15-octubre1617). TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 63 La familia Cortés aportó la cantidad de 50.597 escudos, más otros 13.325 que habían gastado en otras obras (construcción y dotación de la sacristía, y las columnas del presbiterio) y 1.000 que donó don Faustino Cortés para fundar una capellanía en el altar mayor. Todo ello hace un monto total de 64.922 escudos o libras jaquesas, sin contar el precio de las alhajas que también donaron para la basílica. Como agradecimiento a este mecenazgo, en 1617 se celebraron treinta y dos misas por el obispo y un hombre viajó a Teruel a felicitar las Pascuas al obispo. En la basílica de San Lorenzo, a partir de esas fechas, funcionará una parroquia y el priorato. La parroquia estaba gobernada por un vicario (párroco) y el priorato, denominado también capítulo de beneficiados, por un prior. Entre ambas instituciones surgirán inevitablemente conflictos y fricciones, que se resolverán mediante concordias y compromisos. La edificación de la nueva basílica fue lenta, pues no disponía de medios económicos. El señor obispo Tomás Cortés, deseoso de ver acabado cuanto antes el templo, costeó las dos columnas principales desde los cimientos, las más próximas al altar mayor, dando 2.000 escudos. En 1624, cuando la construcción de la iglesia estaba bien avanzada, quiso el obispo Cortés presidir la primera misa. Y «para que se pudiese adornar el presbiterio, dio a la parroquia 800 varas de tafetanes de diferentes colores, 8 reposteros de raz, 12 reposteros bordados con escudos en terciopelo carmesí y en ellos las armas de San Lorenzo y las suyas, un órgano y dos fuentes de plata sobredorada con sus armas». En el mes de junio de ese año, Baltasar Salas viajó a Teruel para concretar con el obispo la fecha del traslado del Santísimo Sacramento a la nueva iglesia. La inauguración y primera Misa tendría lugar el 26 de septiembre, festividad de San Orencio. Al acercarse la fecha, el entusiasmo era grande. Huesca se vestía de fiesta y se preparaba para recibir a uno de sus mejores mecenas, Tomás Cortés Sangüesa, obispo de Teruel. Baltasar Salas y Vicencio Salinas viajaron a Zaragoza «con cabalgaduras y criados a dar la bienvenida al señor obispo de Teruel y acompañarlo hasta Huesca». Agradecida la parroquia a tan insignes bienechores, les hizo donación de la capilla mayor para sepultura suya y de los sucesores en el patronato, así como para aquellos que quisiere el patrono. Se dio facultad al obispo y al señor de Torresecas para colocar sus armas en el lado izquierdo del altar mayor. 64 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Como ya sabemos, el obispo Cortés falleció al poco tiempo de la inauguración de la basílica, siendo sepultado en el presbiterio (capilla mayor) del nuevo templo241. Pocos años después de la muerte del obispo Cortés, en 1635 fue aprobada y aceptada la fundación de la sacristía de San Lorenzo por Faustino Cortés. Para la construcción de la misma, aportó 7.325 escudos y 4.000, para su dotación. Según las cláusulas fundacionales, un racionero desempeñaría anualmente el cargo de sacristán, que administraría las rentas anuales del priorato o capítulo de beneficiados junto con el prior. También estaba previsto que hubiese otros ministerios inferiores, como un cantor o salmista, cuatro monaguillos, un macero y un campanero. En 1646, Juan Orencio Lastanosa, canónigo y maestrescuela de la catedral de Huesca, ejecutor del testamento de Faustino Cortés, entregó a la basílica de San Lorenzo doce lienzos, donde se narra la vida del santo mártir. Estos lienzos, así como los retratos del obispo Cortés y del vizconde don Faustino, son del pintor Jusepe Martínez, artista del siglo XVII. 3. CONCLUSIONES A la hora de poner punto final a estas páginas, queremos recoger en unas apretadas conclusiones el itinerario biográfico del obispo Tomás Cortés Sangüesa. Nació en Huesca a mediados del siglo XVI, probablemente el año 1551, siendo bautizado en la basílica de San Lorenzo. Como alumno del colegio mayor de Santiago, estudió Cánones en la universidad literaria de Huesca, se graduó en ambos derechos, obteniendo el título de doctor «in utroque iure». Siendo canónigo de la catedral oscense durante treinta años (15771607), fue profesor de Derecho Civil y Canónico en la universidad, actuó como síndico de su cabildo en las Cortes de Tarazona y, al ser nombrado obispo de Jaca, desempeñaba el cargo de rector de la universidad. Gobernó la diócesis de Jaca durante siete años (1607-1614). Durante 1607 desempeñó el oficio de diputado del Reino de Aragón. En 1608 cele- 241 En la sacristía de la iglesia basilical de San Lorenzo hay un lienzo del obispo Tomás Cortés Sangüesa, reproducido fotográficamente en IGUACÉN BORAU, D., op. cit., p. 57. También existe otro lienzo de don Faustino Cortés, primer vizconde de Torresecas, cuya fotografía aparece en la página 113 del citado libro. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) 65 bró sínodo diocesano. En 1610 y 1613 remitió a Roma los textos de visita ad limina. Cuenta Ramón de Huesca que, siendo obispo de Jaca, recibió con gran solemnidad las reliquias de San Orencio, que eran trasladadas desde Aux (Francia), donde el santo había sido obispo, hasta Huesca. Y desde Jaca el obispo Cortés las acompañó hasta Huesca. Además, escribe que «el día 21 de enero del año 1612 intimó al cabildo la visita la iglesia catedral: pretendía visitarla sin adjuntos». El cabildo se resistió. Como consecuencia, se suscitaron «grandes diferencias y pleitos, que duraron hasta que fue promovido al obispado de Teruel»242. Asistió al concilio provincial de Zaragoza (1614-1615). Rigió la diócesis de Teruel durante diez años (1614-1624). El enfrentamiento con el cabildo turolense estalló por la misma cuestión que en Jaca, el nombramiento de conjueces. El obispo permaneció en esa actitud durante todo su episcopado turolense. Cuando la muerte sorprendió al obispo en Huesca, el problema caminaba hacia unas aparentes vías de solución. Alrededor de esta cuestión nuclear, se añadieron otros asuntos económicos, litúrgicos y jurídicos que no facilitaron la comprensión obispo-cabildo y enturbiaron grandemente la vida eclesiástica y cristiana del momento. El obispo Cortés, como había hecho anteriormente en Jaca, utilizó como remedio, abusivamente, un arma espiritual: la excomunión del cabildo catedral. Como buen hijo de Huesca, sintiendo una piedad profunda hacia el diácono San Lorenzo, volcó su generoso mecenazgo exclusivamente con la neo-basílica, siendo una manifestación clara de ello la sacristía y el altar mayor del templo, donde reposan los restos mortales del obispo Cortés, como recuerda una lápida y lauda sepulcral. 242 HUESCA, R. de, op.cit., p. 161. CAPÍTULO II FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633)1 Cuando el obispo Fernando Valdés Llano llegó a Teruel la diócesis, erigida por el Papa Gregorio XIII, contaba con cincuenta años escasos de historia. Se encontraba todavía en un período de afianzamiento institucional y crecimiento jurídico. Habían regido la diócesis cuatro prelados: Andrés Santos de Sampedro (1578-1579), Jaime Jimeno de Lobera (15801594), Martín Terrer de Valenzuela (1596-1614) y Tomás Cortés Sangüesa (1614-1624). 1. SEMBLANZA BIOGRÁFICA Los datos archivísticos disponibles para reconstruir el íter cronológico de Fernando Valdés Llano, quinto prelado del episcopologio turolense, son suficientes, ni excesivos ni escasos. Gracias al proceso de limpieza de sangre, que le fue abierto por la Inquisición en 1608, conocemos sus orígenes familiares, estudios y actividad profesional antes del nombramiento episcopal. Luego, la información consistorial, elaborada en la Nunciatura Apostólica de España, al ser designado por el rey para la sede turolense, aumenta el paquete documental y aporta más detalles. La lectura y análisis de ambos nos ofrecen este perfil biográfico al posesionarse del obispado de Teruel: un hombre de edad madura —cincuenta años—, que había terminado sus estudios canónicos 1 Para realizar la investigación sobre este obispo conté con la ayuda económica del Instituto de Estudios Turolenses, que me otorgó una ayuda a la investigación, sin la cual no hubiera podido llevar a cabo este trabajo. 68 JUAN JOSÉ POLO RUBIO a los treinta en la universidad de Salamanca y que había gastado veinte al servicio de la Inquisición española. Fernando Valdés sucedía en la sede a tres obispos aragoneses y había nacido en el Principado de Asturias. Para el estudio de su corta estancia al frente del obispado de Teruel, como resulta obvio, he utilizado la documentación conservada en el Archivo Histórico Diocesano y Catedralicio de Teruel, archivos parroquiales y Archivo Secreto Vaticano, encontrando algunas pequeñas referencias en el Archivo Histórico Provincial de Teruel. He intentado reconstruir los sucesos más relevantes del episcopado de don Fernando Valdés, que se estrenó obispo en Teruel. Felipe IV valoró como meritoria su actuación al frente de la diócesis, puesto que le nombró obispo de León y, antes de tomar posesión, le designó arzobispo de Granada y presidente del Consejo de Castilla. Sin duda, Fernando Valdés Llano llegaba a Teruel en un momento crítico. El cabildo catedral, el clero y el pueblo cristiano deseaban un verdadero pastor. La reciente experiencia negativa vivida en la diócesis con su predecesor, el aragonés Tomás Cortés Sangüesa, contribuyó a reforzar este deseo. 1.1. NACIDO EN EL PRINCIPADO DE ASTURIAS Fernando Valdés Llano nació en Cangas de Tineo (Oviedo) el 28 de julio de 15752. El canónigo turolense Eixarch inicia su biografía con estas palabras: «fue su patria nativa Cangas de Tineo, en el obispado de Oviedo y antiguo principado de Asturias»3. El doctoral Eixarch Santapau utilizó, como única base archivística para «Sus apuntes biográficos», el llamado «libro de las Cintas» del cabildo catedral turolense4. Dos textos complementarios del «libro de las Cintas»5 resumen el apretado curriculum vitae de Fernando Valdés Llano: 2 SÁNCHEZ, J., «Valdés, don Fernando», en Bibliografía Eclesiástica Completa, 29, Madrid, 1867, p. 859. 3 EIXARCH, M., Los obispos de Teruel: Apuntes biográficos, Teruel, 1893, p. 47. 4 Manuel Eixarch Santapau, canónigo doctoral y profesor del seminario, recogió algunos materiales archivísticos, junto con otros datos bibliográficos, y dio a la imprenta estos apuntes biográficos sobre los obispos de Teruel. Reconocemos que la fuente archivística manejada por Eixarch fue «el libro de las Cintas» del archivo catedral de Teruel y, como soporte bibliográfico, utilizó la obra de Manuel Gómez Uriel, Escritores aragoneses de Latassa. Conjuntados ambos elementos, teñidos de un tono elogioso y panegírico, resultó el libro, Obispos de Teruel: Apuntes biográficos. 5 A.C.T., 105. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 69 Por muerte del dicho D. Tomás Cortés, nombró su Majestad para obispo de Teruel a D. Fernando de Valdés y Llano, del obispado de Oviedo, el cual había sido colegial del colegio de Oviedo en Salamanca, inquisidor de Barcelona, y después de Zaragoza, y últimamente de Toledo. Tomó la posesión del obispado en los últimos de Noviembre y vino a él el día de Santa Lucía, a 13 de Diciembre, en el mismo año de 1625. Dicho Sr. obispo fue nombrado por obispo de León en el mes de Enero de 1632. Mandó visitar el obispado y dejó todo lo que se sacase de la visita a la fábrica de esta iglesia, para que el cabildo lo emplease en las cosas que mejor le pareciese y más por necesidad hubiese en la iglesia. Y así, pareciendo al cabildo que la sacristía tenía necesidad de ornamentos, se proveyeron de Valencia. La medida y donativo que hizo dicho señor obispo sería de cantidad de mil trescientos escudos. Adviértase que, habiendo despachado dicho señor obispo por las bulas de León, antes de pasarse la gracia en Roma, le nombró su Majestad para arzobispo de Granada y, en este año, le hizo también merced de la presidencia de Castilla. Y, desde que se despachó en Roma por las bulas de León, hasta que se pasó la gracia de Granada en la misma persona, pasaron más de dieciocho meses6. Y precisando más estos detalles otro cronista escribió: «el octavo obispo, y quinto que residió en esta santa iglesia, fue el Sr. D. Fernando de Valdés y Llano, natural del obispado de Oviedo en el Principado de Asturias. Fue colegial mayor de Oviedo en Salamanca, inquisidor de Barcelona, Zaragoza y Toledo. Tomó posesión a 28 de Noviembre de 1625 y entró en esta ciudad a 13 de Diciembre del mismo año, de donde le trasladaron al obispado de León en Enero de 1632. Y, de ahí, ascendió al arzobispado de Granada y tuvo la merced de la presidencia de Castilla, en cuya ocupación murió electo obispo de Sigüenza»7. Pero volvamos a sus orígenes. Fernando Valdés Llano era hijo de Juan Queipo de Llano, natural de Cangas (Oviedo) y Catalina Valdés, oriunda de Salas (Oviedo), que contrajeron matrimonio en la iglesia parroquial de Salas y establecieron su residencia familiar en Cangas. Sus abuelos paternos fueron Juan Queipo «el viejo», nacido en Cangas, y Mayor Álvarez, procedente de Tineo (Oviedo), donde se asentaba la noble casa de los Tineos, una de las principales familias de Asturias; y los maternos, Juan de Llano, nacido en Salas, y Elvira Velázquez de la Rúa, procedente de Oviedo8. 6 Ibídem, fols. 49-50. Ibídem, fol. 148. 8 Tomamos estos datos genealógicos del proceso inquisitorial, abierto en 1608, para demostrar la limpieza de sangre de Fernando Valdés, en A.H.N., legajo 1.430, n.º 1. POLO, J.J., «Proceso de limpieza de sangre de don Fernando Valdés Llano», Boletín del Instituto de Estudios Asturianos, 108 (1983), pp. 169-177. 7 70 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Los Valdés Llano eran cristianos viejos, de limpia sangre, familia principal y noble, con ascendientes ilustres en el mundo eclesiástico9 y civil-político del siglo XVI10. Fernando Valdés pasó su infancia y adolescencia en tierras asturianas. Presumiblemente aprendería las primeras letras en la casa solariega y posteriormente se trasladaría a Oviedo para cursar Gramática y Humanidades. A la edad de veinte años marchó a estudiar a Salamanca, ingresando en el colegio menor de San Pelayo el 10 de abril de 159511, en el que estudió durante seis años, recibiendo la educación y formación de la época que se impartía en dichos colegios. 1.2. COLEGIAL DE SAN SALVADOR DE OVIEDO En Salamanca hubo tres colegios para asturianos12, dos menores y uno mayor. Los menores, ambos seculares, se denominaban del «Pan y Carbón», fundado en 1386 por el obispo Gutierre de Toledo, y de «San Pelayo», creado en 1556 por don Fernando Valdés13, tío abuelo de nuestro biografiado. El colegio mayor sacerdotal de «San Salvador de Oviedo» había nacido bajo el mecenazgo del prelado Diego de Muros en 151714. A 9 Fernando Valdés Llano, inquisidor general de España (1547-1566), obispo de Elna (1524), Orense (1529), Oviedo (1533), Sigüenza (1539) y arzobispo de Sevilla (1546), era hermano de Juan de Llano, abuelo materno del futuro obispo de Teruel. (Cfr. GONZÁLEZ, J.L., El inquisidor general Fernando de Valdés (1483-1568), Oviedo, 1968-1971). 10 El padre de la abuela materna, don Rodrigo, fue contador del emperador Carlos V, y varios hermanos de Doña Elvira desempeñaron el cargo de corregidores en ciudades españolas. 11 SÁNCHEZ, J., op. cit. 12 PÉREZ, J.L., «Diego de Muros y su Colegio de Salamanca», Compostellanum, 4 (1959), p. 195. 13 MARTÍN, F., Voz «Colegios mayores y menores», Diccionario de Historia Eclesiástica de España (D.H.E.E.), I, Madrid, 1972, pp. 455-460. El autor entiende por colegios mayores y menores aquellos centros de educación y formación que existieron en España en siglos anteriores, de carácter preferentemente universitario. El término secular excluye de intento a los colegios de religiosos y de las órdenes militares. «Los seculares se solían dividir en mayores y menores, denominación que en realidad no llevaba consigo ningún título jurídico y que más bien se debía a la importancia que algunos colegios tomaron desde un principio, bien se debiera a la preclara figura de su fundador o bien a los privilegios tanto reales como pontificios, que fueron obteniendo desde sus primeros años». 14 Trabajó al servicio del cardenal español Pedro González Mendoza y contó con el aprecio personal de los Reyes Católicos, que le eligieron para la sede de Mondoñedo, pasando el año 1512 a la diócesis de Oviedo, donde falleció el 18 de Julio de 1525 (Vid. GONZÁLEZ, J.L., voces «Diócesis de Oviedo» y «Diego de Muros», D.H.E.E., III, Madrid, 1973, pp. 18511855. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 71 él se incorporó Fernando Valdés el 13 de noviembre de 1601, según consta en el catálogo manuscrito de sus colegiales15. El colegio gozaba de gran prestigio. Para cerciorarse de ello, basta hacer un recorrido por la nómina de colegiales y leer el curriculum vitae de algunos. Once colegiales de San Salvador habían participado en el Concilio de Trento. Allí estudió, entre otros, Toribio de Mogrovejo. De sus aulas salieron arzobispos, obispos, canónigos… para el servicio de la Iglesia española, y otros muchos desempeñaron altos cargos en el mundo civil y político, pues los estudios para la clerecía y el foro eran comunes. En el perfil biográfico que hace dicho catálogo de Fernando Valdés Llano, y que lleva el número 18016, se incluye un dato curioso: desempeñó el cargo de juez escolástico en su colegio, que conllevaba una labor docente y el control de conocimientos de sus compañeros. Al ser nombrado inquisidor de Barcelona en el año 1611, abandonó el colegio de San Salvador. Antes de llegar a Barcelona, Valdés Llano había recibido la tonsura clerical17, aunque desconocemos cuándo y dónde. Apuntamos que la tonsura podía ser condición necesaria para ingresar en los colegios asturianos de Salamanca o disfrutar algún beneficio eclesiástico, como era uso habitual en la época. Lo cierto es que, una vez introducido en el estado clerical por la tonsura, obtuvo un beneficio en la parroquia de San Juan de Vega de Rengos18. Por eso afirma Sánchez Biedma que «pasó muchos años sin obtener cargo alguno proporcionado a su clase y carrera, viviendo como simple clérigo»19. 15 Biblioteca Episcopal de Teruel, 35/42. El manuscrito que se encuentra en la biblioteca episcopal de Teruel posee idénticas características al descrito por José María Fernández Catón en su artículo «El colegio mayor de San Salvador de Oviedo de la Universidad de Salamanca», Studium Legionense, 1 (1960), pp. 259-329. Según nuestra opinión, el manuscrito turolense perteneció al obispo Francisco José Rodríguez Chico (1707-1780), alumno del colegio ovetense en Salamanca con el n.º 495 del catálogo y fundador de esa biblioteca, que regentó la diócesis desde 1757 hasta 1780. 16 Dice literalmente: «Dominus Ferdinandus de Valdes et Llano, natus in oppido de Cangas de Tineo, Ovetensis dioecessis in Asturiam Principatu; hic judex scholasticus huius Academiae fuit et dessit, cum creatus fuisset ultimo sui collegii inquisitor Barchinonensis; postea anno 1.613 Cesaraugustanus canonicus et Legionensis; postea anno 1.623 inquisitor Toletanus; et anno 1.625 a Philipo IVº electus est episcopus de Teruel; anno 1.631 promotus est ad episcopatum Legionensem; deinde anno 1.633 archiepiscopus Granatensis; deinde eodem anno ab eodem rege mense aprilis fuit creatus comuni voto totius regni supremus Castellae praesses. Electus 13 Novembris anno 1.601». 17 A.S.V., Processus consistoriales, 21, fol. 246. 18 Lugar perteneciente a la provincia y diócesis de Oviedo, municipio de Cangas de Tineo. En el proceso consistorial del A.S.V. se dice que pertenecía al concejo de Casijas. A.S.V., Processus consistoriales, 21, fol. 246. Vid. «San Juan de Vega de Rengos», Enciclopedia Universal Ilustrada Europeo Americana, 53, Bilbao, Madrid, Barcelona, 1926, p. 805. 19 SÁNCHEZ, J., op. cit. 72 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Fernando Valdés se graduó en el colegio de San Salvador de bachiller en Derecho, paso previo a la licenciatura. El bachiller Valdés Llano se presentó a examen de licenciatura con fecha 16 de enero de 1611, obteniendo la máxima calificación por unanimidad de los diez miembros que componían el tribunal20. Antes, sin embargo, de finalizar sus cursos de licenciatura, la Inquisición se interesó por aquel brillante colegial con el propósito de incorporarlo a su servicio. Y, naturalmente, solicitó informes. La tramitación procesal, desde que salió del consejo inquisitorial (19-VI-1608) hasta que fue devuelta a Madrid (6-XI), duró cinco meses. Se obtuvieron informaciones de cuarenta y ocho testigos en Cangas de Tineo, pueblos limítrofes, Tineo, Salas y Oviedo. Fernando Valdés resultó ser «limpio y de limpia sangre, merecedor de cualquier oficio que se le haga», concluía el canónigo vallisoletano Juan López, comisario del Santo Oficio que tramitó el expediente. El dictamen final decía: «en la vista de Madrid, a 22 de Noviembre de 1608, el Consejo de su Majestad de la Santa y General Inquisición, habiendo visto las informaciones de la genealogía y limpieza de D. Fernando de Valdés y Llano, colegial del colegio de Oviedo de Salamanca, hechas para oficial, dijeron que estaban bastantes para servir en el Santo Oficio»21. 1.3. AL SERVICIO DE LA INQUISICIÓN El clérigo Fernando Valdés Llano llegó a Barcelona a comienzos del año 1611. Iniciaba su trabajo profesional al servicio de la Inquisición. Para esas 20 A.S.V., Processus Consistoriales, 21, fols. 245-246. Los examinadores, colegiales de San Salvador, fueron: Dr. Juan de Riego, rector del colegio, Lic. Juan de Salas y Valdés; Lic. Juan de Gamarra Covarrubias; Lic. Baltasar Navarro de Arroyta; Dr. Martín de Ygoa; Lic. Antonio de Contreras; Lic. Bartolomé de Islastejas; Lic. Diego de Vargas; Dr. José Vela y Dr. Juan Sanz. La calificación obtenida, según el documento, consistió en diez veces la letra A (Aprobatus). El grado académico de Fernando Valdés era de licenciado, no doctor. Existen, no obstante, documentos donde se habla de doctor en Decretos (A.S.V., Archivium Consistoriale, Acta Miscelanea, 98, fol. 654; Ibídem, Acta Camerarii, 16, fol. 71 v.). Por el contrario, la mayoría de ellos habla del licenciado Fernando Valdés Llano (A.C.T., 204-8, fol. 11; Ibídem, fol. 10; A.S.V., Processus Consistoriales, 21, fol. 248, donde con su propia letra, a la hora de hacer la profesión de fe ante el nuncio Giulio Sacchetti, escribió: «licenciatus dominus Ferdinandus de Valdés y Llano, electus episcopus Terulensis»). Sin embargo, la certificación académica habla de ambos títulos, sin dejar lugar a dudas, con estas palabras: «ad gradum licentiaturae et doctoratus in eadem scientia obtinendum idoneus, habilis atque sufficiens repertus fuisset; dictos gradus, honores et dignitates dignaretur impartiri, pariterque concedere». (A.S.V., Processus Consistoriales, 21, fol. 245). 21 Vid. POLO, J.J., op. cit., p. 177. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 73 fechas, había decidido ordenarse sacerdote, como se desprende de la solicitud cursada al obispo de Oviedo. El 21 de agosto de 1610, el ordinario de Oviedo, Juan Álvarez de Caldas22, firmó las cartas dimisorias y autorizó para que pudiese recibir todas las órdenes sagradas. Juan de Moncada23, obispo de Barcelona, le confirió todos los ministerios en los meses de marzo, abril y mayo de 1611. Las cuatro órdenes menores —ostiariado, lectorado, exorcistado y acolitado— le fueron conferidas el 13 de marzo24. A los seis días, en la fiesta de San José, recibió el subdiaconado. El Sábado Santo, 2 de abril, como había ocurrido en todas las ordenaciones anteriores, en la capilla del palacio episcopal se le otorgaron los poderes diaconales de predicar la palabra de Dios, bautizar y distribuir la sagrada comunión. El sacerdocio estaba al alcance de la mano. El presbiterado le fue conferido en el monasterio de monjas clarisas de Pedralbes con fecha 28 de mayo. En este monasterio, que había sido fundado por doña Elisenda de Moncada, última esposa de Jaime II de Aragón y que murió siendo abadesa, se le otorgó el sacerdocio de Cristo25. En este majestuoso marco, Fernando Valdés Llano, inquisidor de Barcelona, celebró su primera misa. Las monjas clarisas, sencillas y humildes como su fundador San Francisco de Asís, se acercarían a besar las temblorosas manos del neo-presbítero. Eran unos momentos dichosos, de cielo en la tierra, para todas aquellas cándidas almas, sin sospechar siquiera que, pocos años más tarde, con motivo de la revuelta de los Segadores, cincuenta y cuatro religiosas deberían salir huyendo del monasterio. El día y el lugar, con toda seguridad, quedaron grabados para siempre en la mente y en la vida de Fernando Valdés Llano. También quedó registrado el hecho en los libros de la curia de Barcelona. Por eso, años más tarde, el escribano curial de Barcelona, Jerónimo Sabater, extendió, a petición del interesado, acta notarial de todas las órdenes sagradas. 22 Obispo de Oviedo desde 1605 hasta 1612, año en que fue trasladado a Ávila (Cfr. Voz «Diócesis de Oviedo», D.H.E.E., III, Madrid, pp. 1851-1855). 23 Preconizado el 22 de marzo de 1610 y trasladado a Tarragona el 30 de julio de 1612 (Cfr. SANABRE, J., voz «Diócesis de Barcelona», D.H.E.E., I, Madrid, 1972, p. 192). 24 A.S.V., Processus Consistoriales, 21, fol. 246. 25 Voz «Pedralbes», Enciclopedia universal ilustrada europeo americana, 42, Madrid, 1988, pp. 1248-1252. En este viejo cenobio, cuyas obras comenzaron en 1324, residían las monjas desde el 3 de mayo del año siguiente. Un alto muro con dos puertas: una en dirección al mar y la otra hacia la montaña, guardado por dos torres, circundaba el vasto territorio monacal. En el interior, había dos conventos de estilo gótico: el principal para las monjas y otro, denominado conventet, para los frailes franciscanos que les atendían. 74 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Pero volvamos a las labores inquisitoriales. Según la documentación estudiada, Fernando Valdés pasó a Zaragoza en 161326. Siguiendo los usos y costumbres del siglo, percibía sus frutos de una canonjía en la catedral de León. En las catedrales españolas estaba legislado que se dejase vacante una canonjía, cuyas rentas eran dedicadas a un miembro de los tribunales inquisitoriales27. El manuscrito de la biblioteca episcopal turolense afirma que Valdés Llano obtenía también las rentas de la canonjía inquisitorial en la catedral de Zaragoza. Fue, por tanto, canónigo «inquisitorial» de Zaragoza y León. Permaneció diez años en Aragón. Con fecha 23 de septiembre de 1623, el inquisidor general de España, Andrés Pacheco, le nombró inquisidor de Toledo. El secretario, Martín Real, extendió el nombramiento28. Una vez conocida la voluntad del inquisidor general y con los documentos acreditativos en la mano, Fernando Valdés Llano se trasladó a Toledo, ciudad imperial y sede temporal de los monarcas españoles. Presentó sus credenciales ante Gutierre Bernando de Quirós y Gonzalo Chacón, inquisidores toledanos, el 28 de noviembre de ese mismo año. Juró guardar secreto de los sumarios inquisitoriales. Francisco de Párraga y Vargas levantó acta de la toma de posesión. Comenzaba otra etapa —la última— de la vida de don Fernando al servicio de la Inquisición, donde consumió doce años. En 1625, año de su nombramiento para la sede de Teruel, Valdés Llano tenía cincuenta años. Intelectual de carrera, que frecuentó las aulas salmantinas durante quince años, y con un trabajo profesional intachable, como se afirma en el proceso consistorial vaticano29. Con estos antecedentes, el monarca Felipe IV puso sus ojos en él para regir la diócesis de Teruel, vacante tras la muerte de Tomás Cortés Sangüesa. 26 Biblioteca Episcopal de Teruel, ms. 35/42, fol. 99. Vid. A.C.T., 105, fols. 49 v. y 148; A.S.V., Processus consistoriales, 21, fols. 246 v.-247 v. 27 MARTÍNEZ, J., «Las canonjías inquisitoriales», Hispania Sacra, 69 (1982), pp. 9-62. 28 A.S.V., Processus consistoriales, 21, fols. 246 v.-247 v. 29 Ibídem, Archivium Consistoriale, Acta Miscelanea, 98, fol. 654: «Fuit inquisitor officii sanctae inquisitionis Caesaraugustanae et Toletani, in quibus muneribus laudabiliter se gessit». FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 75 2. OBISPO DE TERUEL En el párrafo anterior hemos afirmado que el monarca Felipe IV le designó para obispo de Teruel. Por el patronato regio que detentaban los monarcas españoles, así sucedía siempre durante aquellos siglos. A continuación, se iniciaba en la nunciatura apostólica un proceso informativo sobre las cualidades del candidato. Acabado éste, se enviaba a la Santa Sede y, tiempo después, se presentaban las conclusiones del proceso al Consistorio de cardenales. Oído el dictamen cardenalicio, se emitía la bula papal. Los trámites burocráticos eran largos y solían prolongarse durante varios meses. Teniendo en su poder la bula, recibía la consagración episcopal. Finalmente, el nuevo obispo tomaba posesión por poderes de su diócesis y realizaba la entrada solemne. La diócesis de Teruel estaba vacante desde diciembre de 1624. El obispo Tomás Cortés abandonó precipitadamente la ciudad de Teruel en el mes de septiembre30, con destino a su ciudad natal, Huesca, donde le sorprendió la muerte. El cabildo turolense conoció rápidamente la noticia de su fallecimiento, ocurrido el 10 de diciembre. El arcediano de Huesca y subcolector apostólico, Francisco Salvador, se lo comunicó por carta ese mismo día. También el diputado por Zaragoza, Melchor Sebastián, envió otra misiva con la misma noticia desde Zaragoza31. La luctuosa noticia se presentía en Teruel desde el 6 de diciembre32. El deán Juan Lechago convocó cabildo extraordinario el 14 de diciembre33 y comunicó que «el dicho señor obispo murió en dicha ciudad de Huesca el dicho día, que se contaba a diez de diciembre, a las seis horas y tres cuartos de la mañana»34. Tras la muerte de Tomás Cortés se iniciaba la sede vacante, que se iba a prolongar durante un año. El gobierno de la diócesis recaía sobre el cabildo catedralicio, que repartió los encargos hasta la llegada del próximo obispo. 30 A.C.T., 260-1-28. Ibídem, 113, cabildo extraordinario 14-XII-1624. 32 Ibídem, cabildo del 6-XII. 33 Asistieron: Dr. Juan Lechago, deán; Dr. Luis Fuenbuena, arcediano; Lc. Pedro Lázaro López, tesorero; Lc. Luis Pérez de Cuevas, chantre, y los canónigos Lic. Juan de Villarroya; Lic. Bartolomé Pérez; Lic. Marcos Polo; Lic. Dionisio Sebastián; Lic. Francisco Pérez Morón; Dr. Juan Antonio Burillo; Matías Domingo; Pedro de Agramonte; Dr. Ginés Martínez y Dr. Juan Bonfil. 34 A.C.T., 204-7, fols. 75-76. 31 76 JUAN JOSÉ POLO RUBIO El 15 de diciembre eligieron vicario capitular. El Dr. Lechago fue escogido por votación, jurando su cargo ante Juan Villarroya, canónigo más antiguo de la corporación. Mosén Dimas Enríquez y Bartolomé García, bajonista de la «schola cantorum» catedralicia, actuaron como testigos35. El canónigo Marcos Polo fue nombrado oficial eclesiástico36. El cargo de visitadores del obispado recayó sobre Dionisio Sebastián y Ginés Martínez37. Juan Villarroya, Juan Antonio Burillo, Juan Bonfil y Ginés Martínez aceptaron la misión de ser examinadores sinodales38. El oficio de baile de la cuarteación vino a parar sobre el canónigo Pedro Agramonte39. Las tareas de la escribanía serían desempeñadas por los notarios Francisco Malo y Martín Pérez, siendo procurador fiscal mosén Pedro García40. Todos aceptaron y juraron sus nuevos empleos ese mismo día ante el vicario capitular, Dr. Lechago, excepto el notario Francisco Malo, que lo hizo al día siguiente41. El primer acto del vicario capitular fue aceptar los dos conjueces que el cabildo catedralicio había nombrado: Dr. Pedro Luis López y Lic. Pedro de Agramonte. Las palabras del deán y vicario Lechago, bien expresivas, traducen sus sentimientos interiores: «se ofrecía presto a proceder con dichos conjueces y hacer todo lo demás que, conforme a derecho y al santo concilio de Trento, es tenido y obligado»42. Este organigrama funcional de la diócesis permaneció inalterable hasta la llegada de don Fernando Valdés Llano. Se añadió, solamente, un nuevo visitador para el territorio diocesano. El 6 de octubre de 1625 se nombró al canónigo Domingo Pérez de Agramonte43. Mientras todo esto ocurría en Teruel, en Madrid el nuncio Giulio Sacchetti mandó incoar el proceso informativo sobre Fernando Valdés Llano con fecha 28 de abril de 1625, que elaboraron el notario Juan de 35 Ibídem, fols. 78 v.-79. Ibídem, fol. 79 v. 37 Ibídem, fol. 80. 38 Ibídem, fols. 80 v.- 81. 39 Ibídem, fol. 81. 40 Ibídem, fol. 81 v. 41 Ibídem, fol. 82 v. 42 Ibídem, 204-8, fol. 83. 43 Ibídem, fol. 2. El macero Diego Martínez Monterde, a instancias del deán Lechago, convocó a cabildo y asistieron: Dr. Juan Lechago, deán; Lic. Domingo Navarro del Espejo, arcipreste; Lic. Luis Pérez de Cuevas, chantre; Dr. Antonio Martínez Sierra, sacristán, y los canónigos: Dr. Pedro Luis López; Dr. Juan Antonio Burillo Martínez; Domingo Pérez de Agramonte; Dr. Juan Bonfil y Dr. Ginés Martínez. 36 FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 77 Obregón y el secretario de la Nunciatura Francisco Gutiérrez Zorrilla, actuando de testigos Juan de Pau, Miguel López y Santos de Garay44. Dos días después, el 30 de abril, comenzó la declaración de testigos en la Nunciatura: tres seglares y cuatro sacerdotes. Los presbíteros, colocando su mano derecha primeramente en el pecho y posteriormente en la tonsura clerical, juran ante los evangelios y el crucifijo, por Jesús y María, decir toda la verdad sobre lo que fueren preguntados. Ceremonia similar, con los cambios propios de su estado, realizan también los seglares. El cuestionario procesal, como hemos expuesto en algunos otros trabajos45, tiene dos partes claramente diferenciadas: preguntas sobre la persona del candidato y sobre la situación canónica de la futura diócesis que va a regir. Los cuatro testigos46, oriundos todos ellos de la diócesis de Oviedo, que declararon sobre la persona del obispo electo, fueron: Lic. Alonso García de Allende, natural de Tineo, de treinta y ocho años, presbítero comisario del Santo Oficio; Domingo García, natural de Allende, de cincuenta años, contador de su Majestad; Lic. Menendo Fernández Sierra, natural de Cangas de Tineo, de cuarenta años, presbítero residente en Madrid, como mayordomo de la iglesia de San Andrés, y Matías de Llano, natural de Cangas, de cincuenta y seis años. Las afirmaciones de estos testigos no añaden nuevos conocimientos a nuestra investigación sino que, por el contrario, la confirman plenamente. El Dr. Melchor Sánchez47, oriundo de la diócesis de Teruel, de treinta y seis años, capellán real en el palacio de Aragón, había conocido a Fernando Valdés Llano en Zaragoza cuando desempeñaba su cargo de inquisidor. Afirma que componían la diócesis de Teruel sesenta o setenta parroquias. La ciudad contaba con siete iglesias, además de la catedral, donde había seis dignidades y ocho canónigos, cinco monasterios (franciscanos, dominicos, mercedarios, trinitarios y clarisas), un hospital, una escuela de gramática y residencia episcopal. Teruel poseía una población aproximada de mil vecinos. Las rentas episcopales ascendían a doce o trece mil ducados anuales. Poco más añadieron los otros dos testigos48: Esteban de Moya y Torres, presbítero de la diócesis de Albarracín residente en Madrid, como agente del arzobispo de Granada, de veintiocho años, y Marco Antonio Martínez, agen- 44 A.S.V., Processus Consistoriales, 21, fols. 235-236. POLO, J.J., «Jerónimo Salas Malo (1599-1664), deán y obispo de Albarracín, devoto de Nuestra Señora del Pilar», Xiloca, 10 (1992), pp. 72-73. 46 A.S.V., Processus Consistoriales, 21. Su declaración va desde el fol. 236 v. al 241. 47 Ibídem, fols. 241-241v. 48 Ibídem, fols. 241v.-243. 45 78 JUAN JOSÉ POLO RUBIO te de negocios, de treinta y cuatro años, que conocía a don Fernando desde hacía doce años y había visitado la ciudad de Teruel en varias oportunidades. Concluidas las informaciones, el nuncio apostólico comunica el resultado a la Congregación de cardenales con fecha 2 de mayo, considerando «al dicho Sr. D. Fernando de Valdés por sacerdote ordenado de todas órdenes sacras y ejercitándose en ellas, docto, prudente y experimentado en muchas cosas eclesiásticas de consideración, de buena vida y costumbres, en quien concurren las demás cualidades en las dichas informaciones bien averiguadas, y por digno o capaz y merecedor de ser obispo del obispado de Teruel»49. Ese mismo día, ante la presencia del nuncio Sacchetti, don Fernando hizo y rubricó la profesión de fe50. La documentación salió de la Nunciatura española camino de Roma. Examinada en la Congregación de cardenales, el cardenal Borgia51 la presentó ante el Consistorio. El cardenal expuso los datos relativos a la diócesis de Teruel y a la persona de Fernando Valdés Llano52, que eran un breve resumen del material documental llegado desde España. El 9 de julio se aprueba la presentación del candidato, reservando la cuarta parte de los frutos de su prebenda para una o varias personas53. La cancillería vaticana extendió con esa misma data una doble bula, para el nuevo obispo54 y para el cabildo catedralico de Teruel55. Según dicha bula, la prebenda episcopal quedaría rebajada en mil ducados anuales, que se reservaban a favor de Miguel Roca (ciento cincuenta), Pascual García (cincuenta), Antonio López (cincuenta), Jaime Bleda (ciento cincuenta), Dionisio López (ciento cincuenta), Jaime Ferrer de Ros (cien), Francisco de Borja (doscientos cincuenta) y Vicente Ferrer (cien). 49 Ibídem, fols. 243-244. Ibídem, fol. 248. 51 Se trata de Gaspar Borja y Velasco (Villalpando [Zamora] 26-VI-1580 +Toledo 28-XII1645). Cardenal y embajador de Felipe IV cerca del Papa Urbano VIII. Cfr. voz «Borja y Velasco, Gaspar», D.H.E.E., I, Madrid, 1972, pp. 279-280; MORONI, G., voz «Borgia Gaspare, Cardinale», Dizionario di erudizione storico-eclesiastica, VI, Venecia, 1840, pp. 51-52; GAUCHAT, P., Hierarchia Catholica, IV, Monasterii, 1935, p. 12. 52 A.S.V., Archivium Consistoriale, Acta Miscellanea, 98, fol. 654. 53 Ibídem, Acta Camerarii, 16, fol. 71 v. 54 A.C.T., 204-8, fol. 10, donde se dice: «licenciatum in decretis, ex legitimo matrimonio ac nobilibus et catholicis parentibus procreatum, et in quinquagessimo tuae aetatis anno et a pluribus annis in presbiteratus ordine constitutum, qui in Caesaraugustana et Toletana officium Inquisitionis haeretici et pravitatis Inquisitionis munus laudabiliter exercuisti». 55 Ibídem, fol. 11, donde recomendaba al cabildo: «per apostolica scripta mandamus quatenus eidem Ferdinando electo tamquam patri et pastori animarum vestrarum humiliter intendentes et exhibentes sibi obedientiam et reverentiam debitas, et devotas eius salubria monita et mandata suscipiatis humiliter et efficaciter adimplere curetis». 50 FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 79 Cuando la bula de Urbano VIII llegó a manos de don Fernando, éste recibió la consagración episcopal56. Antes de ser consagrado, el 14 de noviembre de 1625 otorgó carta de procuración para tomar posesión de la diócesis de Teruel a favor de Juan Queipo de Llano57, sobrino del obispo58 y colegial de San Pelayo en Salamanca59. En la procura, el obispo señalaba que, encontrándose ocupado con varios asuntos en la Corte real, no podía venir personalmente a la toma de posesión. Por eso, mientras llegaba, otorgó poderes amplios a su procurador para el gobierno de la diócesis, toma de posesión y jura de los estatutos capitulares. El sobrino del obispo, Juan Queipo de Llano, llegó a Teruel a finales del mes de noviembre. El cabildo catedral se reunió en sesión extraordinaria el jueves 27 de noviembre. El procurador esperaba fuera de la sala capitular. El maestro de capilla salió y avisó a Juan Queipo que le estaban aguardando. A la entrada del recinto capitular le recibieron los canónigos Juan Bonfil y Matías Domingo. Sentado a la derecha del deán Juan Lechago, entregó una carta personal de su tío para el cabildo, la bula papal y la carta de procuración. El cabildo, habiendo recibido estos documentos, nombró al deán Lechago, al tesorero Pedro Lázaro y al canónigo Pedro López para examinarlos60. Con ello, acabó esta reunión capitular. Al día siguiente61, el deán, tesorero y canónigo Pedro López informan en cabildo que, «vistos los poderes y las bulas, se encontraban bien». Se comunicó la noticia al procurador, indicando que la ceremonia de toma de posesión tendría lugar a las tres de la tarde. El viernes sobredicho, después de vísperas, a las tres horas de la tarde, por llamamiento del Sr. deán, el pertiguero Diego Martínez convocó a cabildo»62 . Reunidos los canónigos en la sala capitular, avisan al 56 Fue consagrado el 16 de noviembre de 1625, domingo, en Madrid, en el convento de Nuestra Señora de la Merced. Diego Guzmán de Haro, arzobispo de Sevilla, asistido por García Gil Manrique, obispo titular de Útica, auxiliar en Cuenca, y por Alonso Requesens Fenollet, O.F.M., obispo de Barbastro, le confirió el orden episcopal. 57 Ibídem, fol. 8. El obispo Valdés firmó la autorización en Madrid ante el notario Francisco Ortín de Saucedo y los testigos Domingo de Sora, Martín y Raimundo Zapata. 58 Ibídem, 113, cabildo 27-noviembre-1625. 59 Ibídem, 204-8, fol. 6. 60 Ibídem, 113, cabildo 27-noviembre-1625. 61 Ibídem, cabildo 28-noviembre-1625. El libro De gestis (A.C.T., 113), que está sin foliar, describe pormenorizadamente estos momentos. 62 La corporación acudió en pleno. Asistieron: Dr. Juan Lechago, deán; Dr. Lorenzo Pedrella, arcediano; Domingo Navarro del Espejo, arcipreste; Lic. Pedro Lázaro, tesorero; 80 JUAN JOSÉ POLO RUBIO procurador Queipo de Llano, que tomó asiento a la derecha del deán. En la sala, adornada con una alfombra y una almohada carmesí, juró de rodillas ante la cruz y los santos evangelios los estatutos capitulares. El notario del cabildo, Juan Fernández, levantó acta63. Hecho el juramento, el cabildo designó al arcediano Pedrellas y al canónigo Villarroya para otorgarle la posesión, «los cuales, saliendo a acompañarle, le llevaban en medio. Y tomando dicho Sr. D. Juan un roquete sin estola, por no ser diácono ni presbítero, y un pluvial muy rico de tela de oro…, le llevaron en procesión por detrás del pilar del púlpito hasta el altar». Llegados al altar, donde había unas velas blancas encendidas y un atril de plata, el procurador Queipo de Llano dijo la oración de la Asunción de Nuestra Señora, titular de la catedral, y se sentó en la sede episcopal. Acabada esta ceremonia, regresaron a la sacristía, donde el colegial de San Pelayo se quitó los ornamentos, se puso el manteo y se volvió a dar gracias al cabildo. Y todos le dieron el osculum pacis. El ritual de toma de posesión no concluía aquí. Se continuaba en el palacio episcopal, donde se encontraban los tribunales de justicia, curia y la residencia o vivienda del prelado. Los canónigos Bartolomé Pérez y Francisco Pérez Morón acompañaron al sobrino de don Fernando por estas dependencias. Pocos días después de la toma de posesión, el cabildo mandó al notario Juan Fernández para comunicar al vicario general Juan Queipo de Llano la elección de conjueces. Precisamente la comunicación y recepción de conjueces había enfrentado al cabildo diez años con el anterior obispo, don Tomás Cortés. El notario Fernández comunicó los nombres de los conjueces: Dr. Juan Bonfil y Dr. Ginés Martínez, canónigos, y el vicario general «respondió que lo tenía por notificado y que, no perjudicando a la mitra episcopal, haría lo que de derecho es tenido y obligado». Era el 5 de diciembre64. Don Fernando Valdés comunicó al cabildo que venía de viaje hacia Teruel. La corporación canonical, reunida de forma extraordinaria el domingo 7 de diciembre, acordó enviar al arcipreste Navarro y al sacristán Lic. Luis Pérez de Cuevas, chantre; Dr. Antonio Martín, sacristán, y los canónigos Lic. Juan de Villarroya, Lic. Bartolomé Pérez, Lic. Marcos Polo, Dr. Pedro López, Lic. Francisco Pérez Morón, Dr. Juan Antonio Burillo, Matías Domingo de Miravete, Dr. Juan Bonfil y Dr. Ginés Martínez. 63 A.C.T., 204-8, fol. 6. Existe una pequeña diferencia horaria respecto a lo que se dice en el libro De gestis. El notario Fernández asegura que fue «entre las diez y las once de la mañana, ante meridiem, en el aula capitular de la catedral». 64 Ibídem, fol. 21. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 81 Martín para salir al encuentro de la comitiva episcopal65. El 13 de diciembre llegaron a Teruel. El cabildo catedral, el clero del Capítulo General Eclesiástico, las autoridades civiles y «muchas otras personas» salieron a recibirle. En la puerta de entrada a la catedral había «un bufete, cubierto con un paño de terciopelo carmesí, y sobre él un libro misal y otro de los estatutos de la dicha iglesia, abiertos. Se arrodilló y, puesta su mano derecha sobre el dicho misal y estatutos, dijo que juraba»66. El obispo entró en la catedral en medio de dos canónigos revestidos con capa pluvial, don Fernando llevaba sobre sus hombros el gremial. Detrás iban otros dos canónigos con los ornamentos sagrados de diácono y subdiácono y, entre ambos, caminaba el maestro de ceremonias. Así se acordó, «por esta vez tantum» (solamente), aquella misma mañana67. La diócesis de Teruel, en sede vacante durante un año, tenía finalmente su pastor. Don Fernando, cargado de experiencia en tareas de gobierno, comenzaba su singladura episcopal. Meses antes de la toma de posesión, diseñó las armas episcopales que, posiblemente, reproducen elementos heráldicos del linaje familiar. Conocemos su sello episcopal por las Constituciones Sinodales impresas en 1628. Con él se rubricarán todos los decretos de gobierno para la diócesis de Teruel durante seis años. 2.1. EL SÍNODO DE 1627 Acabadas las Cortes de Barbastro de 1626, el obispo Valdés Llano regresó a Teruel. Aquel otoño y en los primeros meses del año siguiente recorrió la diócesis en visita pastoral. Le urgía conocer personalmente su diócesis y las necesidades de su grey. La diócesis de Teruel se regía por las leyes sinodales promulgadas en 1588 por el obispo Jaime Jimeno de Lobera. Su sucesor, Martín Terrer de Valenzuela, mantuvo abiertas durante varios años las sesiones y trabajos sinodales68. Durante el episcopado de Tomás Cortés Sangüesa, por falta de entendimiento con el cabildo catedral y los continuos enfrentamientos con otras instituciones diocesanas, resultó imposible afrontar las necesarias tareas legislativas. 65 66 67 68 Ibídem, 113, cabildo extraordinario 7 diciembre, domingo. Ibídem, 204-8, fol. 20. Ibídem, 113, cabildo 13 de diciembre. Ibídem, 138-1, 138-2 y 138-3. 82 JUAN JOSÉ POLO RUBIO El nombramiento de don Fernando, jurista de carrera y perito en materia sinodal por sus trabajos al servicio de la Inquisición, hizo realidad los deseos legislativos de la comunidad diocesana. El sínodo69 de 1627 vino a recordar la legislación tridentina y aportó un nuevo marco jurídico a la diócesis de Teruel durante el siglo XVII. 2.1.1. La celebración del sínodo En febrero de 1627 el prelado Valdés Llano manifestó al cabildo sus deseos de convocar sínodo diocesano y pidió las constituciones elaboradas por Martín Terrer de Valenzuela. El cabildo nombró el 12 de febrero a los canónigos Francisco Pérez Morón y Juan de Asín para sacar los manuscritos del archivo capitular y llevarlos al obispo70. Una semana después de esa fecha, el canónigo Juan Asín «dio cuenta al cabildo cómo había entregado en manos del Sr. obispo los papeles de la sínodo del Sr. Don Martín Terrer y que su Señoría respondió cum gratiarum actione»71. El obispo leyó y examinó el volumen sinodal de Martín Terrer de Valenzuela. A comienzos del mes de abril, decide convocar y celebrar sínodo. Manda a su vicario general, Dr. Antonio Martín, comunicarlo al cabildo. El prelado creía que era urgente, no sólo para designar examinadores sinodales, sino también para poner en orden otros muchos asuntos de la diócesis. Solicitaba al cabildo que eligiesen a dos personas «para que, juntamente con el Sr. obispo, tuviesen sitiada tarde y mañana»72. Fijaba la fecha de celebración para el 14 de mayo. El cabildo nombró al deán, Dr. Juan Lechago, y al canónigo magistral, Dr. Ginés Martínez73. Don Fernando Valdés y estos dos capitulares estuvieron ocupados en los trabajos presinodales durante todo el mes de abril y la primera quincena del mes de mayo. El cabildo designó por escrutinio, además, a los canónigos Marcos Polo y Juan Antonio Burillo como síndicos para asistir al próximo sínodo74. El 15 de mayo, viernes, el deán Lechago «hizo relación de las cosas de la sínodo y lo que estaba dispuesto en ella, que era todo a favor de la cate- 69 Constituciones sinodales del obispado de Teruel. Copiladas, hechas y ordenadas por su señoría D. Fernando Valdés y Llano, Zaragoza, Pedro Gabarte, 1628. 70 A.C.T., 113 (libro I de Actas capitulares [1604-1639]), cabildo 12 febrero, viernes, de 1627. 71 Ibídem, cabildo 20 febrero, sábado. 72 Ibídem, cabildo 10 abril, sábado. 73 Ibídem, 105, fol. 102 v. 74 Ibídem, cabildo 30 abril, viernes. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 83 dral»75. Informó sobre las ceremonias que debían observarse en la asamblea, que coincidía con domingo de Minerva, debiendo hacer la renovación del Santísimo por la mañana y la procesión por la tarde, «por lo mucho que había que hacer por la mañana en las ceremonias y funciones de la sínodo». Las sesiones sinodales comenzaron, por tanto, el domingo 17 de mayo de 1627. Acabados estos días de asamblea sinodal que, presumiblemente, se prolongaron durante la primera parte de la semana, «el deán dio cuenta al cabildo que todo lo que se había tratado y dispuesto en la sínodo era muy a favor de esta santa Iglesia»76. De los textos anteriores se desprende que la primera fase del sínodo del obispo Valdés Llano tuvo lugar durante el mes de mayo de 1627, desde el domingo 17 hasta el día 20 aproximadamente. Ante la proximidad del periodo estival el obispo suspendió los trabajos sinodales. Ese verano murió el deán Juan Lechago, cuya desaparición supuso una gran pérdida por tratarse de un hombre joven —44 años— y bien preparado intelectualmente, con un futuro prometedor por delante77. El 13 de agosto, el mismo día de su fallecimiento, le había visitado una comisión capitular, compuesta por los canónigos Juan Antonio Burillo y Pedro Agramonte, para recordarle «la obligación que tenía de acordarse de la iglesia, de la que había sido veinticuatro años deán»78. Murió a las diez de la noche, solicitando sus testamentarios que fuese enterrado en el templo catedral junto a su predecesor, el deán Luis Sánchez Cutanda. El cabildo aceptó la solicitud y nombró al Dr. Ginés Martínez y Juan de Asín para recoger los documentos del archivo que el deán Lechago retenía en su domicilio. No eran ciertamente pocos, pues «trajeron una canasta de ellos, muchos de mucha importancia»79, que fueron depositados en el archivo capitular. El cabildo encargó a los canónigos Pedro Agramonte y Juan Assin que ordenaran aquellos documentos80, prometiendo el Dr. Ginés Martínez ayudarles en esa tarea81. 75 Ibídem, cabildo 15 mayo, viernes. Ibídem, cabildo 21 mayo. Vid. A.C.T., 105, fols. 49-50. 77 POLO, J.J., «Juan Lechago Ballestero (1583-1627): Segundo deán de la catedral de Teruel», Boletín Informativo de la Diputación Provincial de Teruel, 72 (1982), p. 50. 78 A.C.T., 113, cabildo 13 de agosto, viernes. 79 Ibídem, cabildo 14 de agosto, sábado. 80 Ibídem, cabildo 20 de agosto. 81 Ibídem, cabildo 27 de agosto. 76 84 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Finalizado el verano, el obispo manifestó sus deseos de proseguir los trabajos sinodales y pidió al cabildo que nombrase otro capitular en sustitución del deán Lechago. Se hizo votación secreta, recayendo la elección en el canónigo Pedro Agramonte. El notario y secretario del cabildo, Luis Novella, levantó acta del escrutinio82. Los trabajos preparatorios de esta segunda fase duraron escasamente veinte días, del 20 de septiembre hasta el 10 de octubre. Las sesiones del segundo periodo sinodal comenzaron, según creemos, hacia el 10 de octubre y finalizaron para el día 15. Dos hechos avalan nuestra afirmación. Uno que el 13 de octubre los padres sinodales estaban reunidos en el palacio episcopal, donde se leyó una carta del rey Felipe IV83. Otro que el l5 de octubre los canónigos Agramonte y Bonfil dieron cuenta de lo que se había tratado en el sínodo84. El obispo Valdés, con fecha 20 de octubre, dio un edicto ordenando la publicación de las constituciones sinodales «para que vengan a noticia de todos. Y que todas, y cada una de ellas, se guarden, cumplan y ejecuten en todo el dicho nuestro obispado. Y se juzquen por ellas todas las causas y negocios que en él ocurrieren, así por nuestros vicarios generales y oficiales como por otros cualesquiera jueces eclesiásticos»85. El edicto va dirigido al deán y cabildo catedral, al prior y cabildo colegial de Mora de Rubielos, a los vicarios de las parroquias de Teruel, a los rectores y vicarios de la diócesis, a todos los eclesiásticos y fieles cristianos del obispado. Expone sucintamente las razones que le movieron a convocar esta asamblea sinodal y el camino recorrido antes de su publicación. Recuerda que sus antecesores, los obispos Santos de Sampedro y Terrer de Valenzuela, celebraron sínodo, aunque no lo publicaron. Jaime Jimeno de Lobera, sin 82 Ibídem, cabildo 20 de septiembre, lunes. Al final de las Constituciones de Valdés Llano, como prueba de nuestra afirmación, puede leerse: «En la ciudad de Teruel a trece días del mes de Octubre del año de mil seiscientos y veinte y siete, estando el muy ilustre y reverendísimo señor don Fernando de Valdés…, en su palacio episcopal y en la sala dedicada para celebrar la sínodo diocesana, juntos en dicha sala todas las personas que concurren y asisten en dicha synodo, mandó leer una carta del rey Nuestro Señor, su fecha en Madrid a veinte y tres de Septiembre de este presente año. Y habiéndose leído y significado Su Señoría la obligación que había de acudir con puntualidad a lo que su Majestad… mandaba, … ordenó que en todas las iglesias parroquiales… (se) pidiese limosna para el hospital de Nuestra Señora de Monserrat, fundado en la villa de Madrid» (Constituciones sinodales, p. 351). 84 A.C.T., 113, cabildo 15 octubre, viernes: «por cuanto el Sr. obispo nos había hecho particulares favores y mercedes, se resolvió que por todos ellos fuesen a darle las gracias los señores canónigos Agramonte y Bonfil». 85 Constituciones sinodales, p. 2. 83 FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 85 embargo, imprimió las primeras constituciones diocesanas en 1588. Justifica no haberlo celebrado antes por sus ocupaciones en las Cortes Generales de Barbastro y por sus tareas pastorales, al haber recorrido la diócesis en visita antes de emprender este trabajo. Como material de base tuvo a la vista los memoriales que le remitieron los distintos sectores clericales. A continuación, pasó un tiempo de estudio y elaboración de los textos sinodales que, una vez leídos y aprobados en las sesiones, ahora ha dado a la imprenta junto con las constituciones del sínodo de 1588. Este volumen sinodal, que estudiamos en los epígrafes siguientes, está refrendado por Francisco Malo Avella, notario de la curia episcopal y secretario del sínodo de 162786. Acabados los trabajos sinodales, don Fernando viajó a Cuenca. El obispo Enrique Pimentel requería su presencia para actuar de coconsagrante de Juan de Pereda Gudiel, preconizado el 9 de agosto de ese mismo año para la diócesis de Oviedo. El obispo Valdés Llano comunicó la noticia del viaje a su cabildo, el 25 de octubre, y la corporación le ofreció dos capitulares para acompañarle aunque, comenta el Libro de Gestis87, «su Señoría estimó el cumplimiento y no aceptó la oferta». Las constituciones sinodales fueron publicadas en Zaragoza en 1628. El obispo, tan pronto como la edición salió de la imprenta y los ejemplares llegaron a Teruel, firmó un decreto88 a instancias del procurador fiscal de la curia, Francisco Almazán, ordenando a los rectores, vicarios y fabriqueros de las iglesias que acudiesen a recoger el libro impreso de las constituciones. Este decreto recuerda que el sínodo se celebró en el palacio episcopal durante el mes de octubre de 1627 y sus constituciones fueron «consentidas, loadas y aprobadas por todos en ella congregados, por sí y con poder de los ausentes». Se acordó imprimirlas para entregar un volumen «a cada uno de los rectores, vicarios, curas y fabriqueros de ellas, y para otras cualesquiera personas que en cualquier manera respectivamente les toca y pertenece. De tal manera que cada uno de los dichos libros y volumen tiene de gasto veintidós reales, y aún más». Sin embargo, como afirma el decreto, «se tiene gran descuido en pedir y llevar los dichos volúmenes y libros de dichas constituciones». Partiendo de esta realidad, el obispo dio normas precisas para que el libro de la normativa sinodal llegase cuanto antes a sus destinatarios. 86 87 88 Ibídem, p. 352. A.C.T., 113, cabildo 25 octubre 1627. A.H.D.T., 61-24. Este documento carece de fecha. 86 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Exigió acudir a recogerlo en un plazo de quince días, «después que las presentes nuestras letras les serán notificadas e intimadas», mandando que acudiesen individualmente o enviasen a persona «cierta y segura a recibir y llevar el volumen de dichas constituciones, y a pagar lo que cada un libro tiene de gasto». En caso contrario, amonesta a los responsables con privarles «de la administración de los sacramentos, de celebrar Misa y otros divinos oficios», o una sanción económica de veinticinco ducados «exigideros de los propios bienes y hacienda». Guardamos razonable sospecha que, ante la dureza de semejantes penas espirituales y económicas, todos concurrirían a retirarlo puntualmente. 2.1.2. El texto sinodal El sínodo había preceptuado obtener el volumen de las constituciones: «mandamos a los rectores y vicarios, y a sus lugartenientes y a todos los mayordomos de las iglesias, así de esta ciudad como de todas las iglesias de nuestro obispado, que dentro de dos meses, después que estas nuestras constituciones fueran impresas en molde y hechas libros de ellas, los dichos rectores, vicarios y sus tenientes las compren y hayan, y los mayordomos hagan lo mismo, y las pongan en el coro o sacristía de cada iglesia, para que con mayor oportunidad puedan leer y saber lo que son obligados a guardar y cumplir, según en ellas está establecido y ordenado»89. El concilio de Trento, como se recuerda en estas constituciones sinodales, había mandado celebrar sínodo cada año y la legislación turolense había acatado, en efecto, esta exigente norma, aunque no se llevara a la práctica90. El texto constitucional de 1627 recoge también íntegramente los resultados del sínodo de Jaime Jimeno de Lobera, que se encuentran dispersos a lo largo del libro y ubicados en el lugar apropiado, de acuerdo con la materia tratada91. 89 Constituciones sinodales, Título II, De constitutionibus, constitución 4.ª, pp. 66-67. Ibídem, constitución 1.ª, p. 62: «Últimamente en el santo concilio de Trento se mandó celebrar cada año una vez. Y Nos, deseando que cosa tan santa y necesaria se cumpla y tenga efecto, ordenamos que de aquí adelante se celebre sínodo en este nuestro obispado, como lo manda el dicho santo concilio, no habiendo causa que lo impida». 91 Ibídem, p. 67: «Asimismo confirmamos y aprobamos las constituciones sinodales hechas por el señor obispo don Jaime Jimeno, nuestro antecesor, las cuales se han puesto en este volumen, señaladas a la margen con su nombre». 90 FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 87 Con anterioridad a la celebración del sínodo estaba previsto que los rectores y vicarios reuniesen a todos los clérigos beneficiados de su parroquia y deliberasen sobre posibles cuestiones a tratar en él, enviando memoriales con sus propuestas. Durante su celebración éstos debían acudir a la sala sinodal, no pudiendo ausentarse de ella hasta su conclusión. Los gastos ocasionados por el desplazamiento y estancia correrían a cargo de las respectivas iglesias donde servían. El cabildo catedral y el cabildo colegial de Mora de Rubielos designaban sus propios representantes, que ocuparían los primeros puestos en la asamblea. Los asistentes al sínodo de 1627, según se desprende del texto impreso, fueron: «el deán y cabildo de nuestra santa iglesia a la profesión de la fe y procesiones; y a los actos de la sínodo, las personas que acostumbran nombrar y diputar la iglesia catedral; el nombrado por la iglesia colegial de Mora y el canónigo vicario en su nombre; los siete vicarios de las parroquias de Teruel; y los rectores y vicarios de nuestro obispado; y los que de presente rigen la cura por ausencia o vacación del propietario»92. El texto sinodal está dividido en 37 títulos con 250 constituciones (más las instrucciones sobre el oficio de carcelero y visitador). Resulta apretado y ocupa 352 páginas. El volumen sinodal comienza con una amplia exposición de la doctrina católica, vertebrada sobre cinco temas: verdades que se han de creer (credo), el objeto de la esperanza y petición (oración), los preceptos reguladores del modo de obrar (mandamientos), los medios necesarios para vivir la vida cristiana (sacramentos) y las acciones que se deben evitar (pecado y vicios). Este compendio doctrinal es más extenso que el del sínodo de Jaime Jimeno, hasta el punto de que su conocimiento fue juzgado suficiente para presentarse a exámenes de tonsura clerical93. En los títulos siguientes —II, III y IV— se abordan temas de carácter general sobre las constituciones, la costumbre y la renuncia de un beneficio. Se dedica un título a cada uno de los sacramentos94, excepto al orden 92 Ibídem, pp. 63-64. Ibídem, Título V, De aetate et qualitate ordinandorum, constitución 2.ª, p. 77: «para primera corona han de estar confirmados, saber la doctrina como la dejamos puesta en el título de Summa Trinitate et fide catholica…». 94 Título VI, De Baptismo, pp. 81-84; Título VII, De sacramento Confirmationis, pp. 84-86; Título VIII, De sacramento Eucharistiae, pp. 86-90; Título IX, De sacramento Poenitentiae, pp. 91112; Título X, De sacramento Extremae Unctionis, pp. 112-115 y Título XI, De sponsalibus et matrimoniis, pp. 115-122. 93 88 JUAN JOSÉ POLO RUBIO sacerdotal. La vida y oficio de los clérigos se estudia con amplitud en este sínodo, como ocurre en la mayoría de los de la época. Siete títulos95, al menos, tratan sobre materias estrictamente clericales. El sínodo pasa revista y da normas sobre los oficios delegados (jueces y examinadores sinodales)96, el rector97, el procurador fiscal, los nuncios, oficiales y notarios de la curia eclesiástica, carcelero, visitadores98 y baile de cuarteación99, con instrucciones particulares para cada uno de ellos y los salarios que pueden percibir. Las cuestiones económicas ocupan un buen número de páginas. La doctrina sobre diezmos, primicias y ofrendas se recoge en veintidós constituciones100. El modo de cuartear y dividir los diezmos en la diócesis se estudia ampliamente a lo largo de más de cincuenta páginas101. Aborda también materias jurídicas (juicios y foro competente)102. Enumera ciertos pecados y delitos como simonía103, usura104, adivinación105 y blasfemia106, con las respectivas penas espirituales, como excomunión, suspensión y entredicho107. 95 Título V, De aetate et qualitate ordinandorum, pp. 75-80; Título XII, De vita et honestate clericorum, pp. 123-128; Título XIII, De cohabitatione clericorum et mulierium, pp. 128-130; Título XIV, De filiis praesbyterorum, pp. 130-131; Título XV, De clericis peregrinis, pp. 132-133; Título XVI, De clericis non residentibus, pp. 133-137 y Título XVII, De celebratione Missarum, pp. 137-156. 96 Título XVIII, De officio delegati, pp. 156-158. Aparece la nómina de los jueces sinodales (nueve) y examinadores sinodales (treinta y uno) elegidos durante esta asamblea. 97 Título XIX, De officio rectoris, pp. 158-170. 98 En el apartado relativo a la fábrica y ornamentos de las iglesias (Título XXXVI, De fabricis et ornamentis ecclesiae, pp. 257-293), además de corroborar el texto sobre las medias annatas aprobado en el sínodo de Jaime Jimeno, se recuerda la misión de los notarios de la escribanía eclesiástica (pp. 258-261), del procurador fiscal (pp. 261-263), de los nuncios (pp. 263-265), del carcelero (pp. 265-266) y de los visitadores (pp. 289-293), especificándose los aranceles de la audiencia, del oficialato, de los notarios, del procurador fiscal, de los nuncios y del carcelero, y las tasas de visita y demandas (pp. 267-289). 99 Título XXXVII, De officio Bayuli, pp. 294-299. 100 Título XXVIII, De decimis, primiciis et oblationibus, pp. 213-229. 101 Título XXXVII, El modo de dividir y cuartear los diezmos en todo nuestro obispado, pp. 299-351. Vid. LATORRE, J.M., «El reparto del diezmo en la diócesis de Teruel (Siglo XVII)», Studium, 2 (1990), pp. 27-44. 102 Título XXII, De iudiciis et foro competente, pp. 181-191. 103 Título XXXI, De symonia, pp. 236-243. 104 Título XXXII, De usuris, pp. 244-248, donde se recoge el decreto sobre esta materia publicado por el sínodo provincial de Zaragoza de 1615 (1 de marzo). 105 Título XXXIII, De sortilegiis, pp. 249-251. 106 Título XXXIV, De maledicis, pp. 249-251. 107 Título XXXV, De sententia excommunicationis, suspensionis et interdicti, pp. 251-256. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 89 Habla de la observancia del ayuno108 y de la veneración de las reliquias109. Dicta normas específicas sobre testamentos110 y sepulturas111, regula el derecho de patronato112 y la provisión de los beneficios curados vacantes113, contempla asuntos sobre la fábrica y ornamentos de las iglesias114, la venta de las cosas pertenecientes a la iglesia115 y el comportamiento en los lugares religiosos116. Prohíbe, finalmente, que los fieles de Teruel puedan cambiarse por propia voluntad de parroquia, sin consentimiento del obispo117. 2.1.3. Análisis legislativo del sínodo de 1627 Una vez expuestos genéricamente los contenidos del sínodo de 1627, analizamos los puntos doctrinales más significativos a la luz del conjunto sinodal turolense. En materia sacramental, resaltamos aspectos sofre la Confirmación y el Matrimonio. Recuerda el sínodo la necesidad de recibir el sacramento de la Confirmación, dando facilidades para su recepción. Al hablar del matrimonio, defiende la libertad para elegir contrayente y rechaza la costumbre inmoral del amancebamiento o cohabitación durante largo tiempo después de los desposorios, antes de las velaciones. Por eso, se manda que los desposorios y velaciones se realizasen en el mismo día. La vida y el ministerio de los clérigos resultaba materia obligada en los sínodos postridentinos. Aunque la repetición doctrinal es una constante en todos ellos, resaltamos ciertos aspectos. A los clérigos les quedaba prohibido usar armas, acompañar mujeres, danzar, representar comedias, participar en disfraces y entrar en tabernas o bodegones. Si se castiga el concubinato de los clérigos con mujeres solteras, mayor es la severidad al hablar del amancebamiento con mujeres casadas. Los hijos ilegítimos de los clérigos no podían vivir con su padre, ni servirle, ni 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 Título XXI, De observatione ieiuniorum, pp. 177-180. Título XX, De reliquiis et veneratione sanctorum, pp. 170-177. Título XXV, De testamentis, pp. 198-205. Título XXVI, De sepulturis, pp. 206-212. Título XXX, De iure patronatus, pp. 234-235. Título XXIII, De praebendis et dignitatibus, pp. 191-192. Título XXXVI, De fabricis et ornamentis ecclesiae, pp. 257-258. Título XXIV, De rebus ecclesiae alienandis vel non, pp. 192-197. Título XXIX, De religiosis domibus, pp. 229-234. Título XXVII, De parrochiis et alienis parrochianis, p. 212. 90 JUAN JOSÉ POLO RUBIO acompañarle, ni alcanzar beneficio, servicio o pensión en la iglesia donde su progenitor ejerció el ministerio, para que «la memoria de la incontinencia se apartase cuanto fuese posible»118. Cuando recomienda a los sacerdotes la adquisición de ciertos libros, el sínodo estaba haciendo una exhortación al estudio: «dentro de dos meses tengan, a lo menos, Biblia, concilio tridentino, catecismo romano y, para administrar los sacramentos, el ritual romano reformado, los cánones penitenciales y bula in Coena Domini»119. Además de la digna celebración de la Santa Misa, concretaba la manera de rezar las horas canónicas: «les exhortamos que recen las Horas por el libro, y no de memoria, en parte decente o recogida, no en las plazas y calles, ni a las puertas o ventanas, ni en otro lugar público, adonde haya concurso de gente o conversación, ni interpolando»120. Recomendaba la devoción mariana por medio de la celebración de la Misa dedicada a la Virgen, el canto de la Salve cada sábado121 y el rezo del Ángelus al tañido de la campana122. Los sacerdotes velarían por la decencia del culto, eliminando las imágenes viejas, mal pintadas, rotas, que «provocan la risa e indevoción y andan por rincones de las iglesias, claustros y sacristías con harta indecencia», y solicitando la autorización del obispo para poner retablos, cruces e imágenes en las iglesias123. Cada parroquia tendrá su propio archivo con dos llaves, una en poder del cura y otra en manos del jurado mayor. Además de los quinque libri y otros documentos, poseerán un libro cabreo para asentar las escrituras, posesiones, heredades y tributos pertenecientes a la iglesia, beneficios y capellanías, así como los bienes para aniversarios, fiestas y memorias. La documentación permanecerá habitualmente en el archivo. Si alguien precisara sacar algún documento, dejará una prenda hasta que lo devuelva. Los visitadores velarán por el estricto cumplimiento de estas normas. Buscando la congrua sustentación de los clérigos, el sínodo regula la dotación de los beneficios en doscientos sueldos de pensión para los de nueva creación en toda la diócesis y de trescientos sueldos en Rubielos de Mora, exceptuando de la norma a la colegiata de Mora, a las parroquias de Teruel y la patrimonial de Cella. Esta legislación modificaba la normativa anterior de los sínodos de Jaime Jimeno y Martín Terrer. Cataloga como 118 119 120 121 122 123 Título XIV, constitución 2.ª, p. 131. Título XIX, De offitio rectoris, constitución 2.ª, pp. 159-160. Título XVII, De celebratione missarum, constitución 12.ª, p. 145. Ibídem, constitución 28.ª, pp. 155-156. Ibídem, constitución 25.ª, p. 153. Título XX, De reliquiis et veneratione sanctorum, constitución 2.ª, p. 171. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 91 pecado de simonía el que los clérigos hagan tratos o rebajas en la administración de sacramentos. Cuando los beneficios queden vacantes, la provisión se efectuará siempre por medio de concurso, realizando el examen ante el obispo o su vicario general y tres examinadores sinodales. Aparecerá el edicto de convocatoria en la puerta de la catedral y en la iglesia donde vacó, permaneciendo expuesto durante un tiempo no inferior a diez días, ni superior a veinte, y dando lectura del mismo durante el ofertorio de la misa. Esta legislación no se refería a las siete iglesias de Teruel124 . Los patronos de los beneficios ejercerán su derecho en el momento que éste vaque, no antes, sin recibir dádivas de los candidatos. Dada la abundancia de clérigos en las iglesias, el sínodo precisa con claridad el tema de las precedencias en el coro, procesiones y actos públicos, teniendo en cuenta el criterio de la antigüedad en la posesión del cargo, pero matizando que la ordenación in sacris o la posesión de títulos académicos otorgaban primacía sobre la antigüedad125. El sínodo contempla algunos pecados del pueblo cristiano como blasfemia, usura, adivinación y simonía. Para recriminar el gravísimo pecado de la blasfemia, recuerda la doctrina del Magisterio en el concilio de Letrán y en el Motu proprio de Pío V. Al hablar de la usura, hace suya la normativa promulgada en el concilio provincial de Zaragoza (1 marzo de 1615), ordenando leerla el primer domingo de Cuaresma, y amplía la lista de situaciones usurarias. Condena la superstición, la adivinación, hechicería, encantamiento y todo tipo de curanderismo, prácticas habituales en un ambiente en el que abundaba la ignorancia. Recrimina la costumbre simoníaca de ciertos seglares que, teniendo el oficio de confeccionar ornamentos, cálices y aras, los hacen bendecir primeramente para venderlos más caros posteriormente. En los textos sinodales, ciertos delitos y pecados eran castigados con penas económicas y espirituales. El obispo Valdés Llano, experto canonista, reconoce que se había abusado de la pena de excomunión y recomienda prudencia en su uso, después de haber agotado todos los procedimientos legales, como ordenaba el concilio de Trento126. Los excomulgados 124 Título XXIII, p. 191: «Y en cuanto a la provisión de las vicarías de las siete parroquias de esta ciudad, queremos se guarde la costumbre que hasta aquí ha habido». 125 Título XVII, De celebratione missarrum, constitución 3.ª, p. 140. 126 Título XXXV, De sententia excomunicationis, suspensionis et interdicti, constitución 4.ª, pp. 253-254. 92 JUAN JOSÉ POLO RUBIO tenían prohibida la asistencia a los oficios divinos y el trato con los demás fieles cristianos, pudiendo requerir la ayuda del brazo secular para hacer eficaces tales efectos. Sus nombres eran publicados en la Misa dominical durante el ofertorio. Las iglesias, ermitas y cementerios, considerados como lugares sagrados, exigían un comportamiento digno. Debían, por tanto, evitarse las risas, conversaciones, estrépito y pleitos en las iglesias, y los bailes, danzas, juegos de bolos, argolla, pelota y naipes en los cementerios. Los pobres pedirían en la entrada de los templos, nunca en el recinto sacro. Nadie vivirá en iglesia o ermita, ni pernoctará en ellas mientras realiza una novena. Los ermitaños, examinados primeramente por el obispo, serán preferentemente varones, en raras ocasiones mujeres y nunca esposos. Para poner un banco o silla de uso particular en los lugares sagrados, se contará con el permiso del obispo. Los delincuentes, acogidos por el privilegio del fuero en lugar sagrado, permanecerán en él sólo por espacio de ocho días, evitando siempre el juego, el canto y la música de «cosas deshonestas»127. Y, para ser apresados por el poder judicial, será preciso el permiso del obispo o del vicario general. Los vagabundos que deseen pernoctar en los hospitales rurales presentarán un volante del cura o jurados locales. Sólo podrán permanecer un día. En cada hospital habrá una habitación para hombres y otra para mujeres. Si se encontraran enfermos y debieran guardar cama, confesarán y comulgarán al tercer día. En caso contrario serán despedidos. La casuística sobre diezmos y primicias abarca veintidós constituciones. Recuerda, primeramente, la obligación de pagar diezmos, incluso los bienes de personas eclesiásticas y exentas. Manda abonar los diezmos de cada parva de grano, sin poder extraer cantidad alguna, dado que ciertas personas abonaban todo el diezmo de la parva de peor calidad. Exhorta a los dueños de masías a proceder con recta conciencia, puesto que resultaba imposible la presencia de los colectores en el momento de la trilla. Recrimina la costumbre, existente en ciertos pueblos, de no entregar pan, vino o limosna durante el ofertorio, como castigo al sacerdote que les reprende o corrige, habiéndose conjurado colectivamente para actuar de esa forma. Regula la diezmación de corderos con meticulosidad, sin separar ninguno para manso o mardano, entrando todos, buenos y malos. Reprueba la costumbre de comidas y bebidas a expensas de los dueños en 127 Título XXXV, constitución 4.ª, pp. 232-233. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 93 el día en que se realiza la diezmación, pues solían acudir los habitantes del pueblo y muchas gentes de fuera, ocasionando grandes dispendios. Contempla también el diezmo de novillos, lechales, pollos y lechones. El pastor asalariado, que apacentaba los corderos propios junto con los de su amo, abonará el diezmo en el mismo lugar que el dueño. Y, si es vecino de otro pueblo, pagará la mitad en cada sitio. Cuando el ganado permaneciera medio año en Teruel y la otra mitad en los extremos, concreta que abonarán los diezmos en la tierra donde nacen los corderos, siendo válido pagar la mitad en cada sitio, previa presentación de justificante. En ocasiones, la instintiva malicia enturbiaba la actuación de los colectores que empleaban distinta medida a la hora de recibir y al momento de entregar, estipulándose unanimidad de medidas, reconocidas y aprobadas por el baile de la cuarteación. Para evitar fraudes, cambiando el buen trigo por el malo, mandaba a los señores de las mensas, administradores o colectores no tocar el grano diezmado hasta después de la cuarteación. Recomienda a los colectores, como legislaban los sínodos de Zaragoza, llevar un cuaderno para anotar los diezmos recaudados a cada persona y dar cuenta exacta a los dueños de la mensa. Con el fin de alimentar gratuitamente sus cabalgaduras con los granos del diezmo, algunos colectores prolongaban excesivamente los días de trabajo. El sínodo de Valdés Llano dedica atención a las últimas voluntades del hombre. Habla de testamentos y enterramientos. A veces, los herederos impedían a los notarios acudir al lecho de muerte cuando los moribundos lo solicitaban. En ausencia del notario, los curas desempeñarían esas funciones. Los religiosos son considerados inhábiles como testamentarios, ejecutores o comisarios. Aunque algún feligrés no hubiera previsto actos funerarios en su testamento, éstos se presumían y debían ser exigidos a los herederos por el visitador o vicario general. Las honras fúnebres previstas —defunción, novena y cabo de año—, «según la costumbre de las iglesias de nuestro obispado, son actos ordinarios parroquiales forzosos»128. La misma normativa regía para los que morían ab intestato, fuera de la parroquia o diócesis. La normativa sinodal era reticente en otorgar derecho de enterramiento en las iglesias, teniendo en cuenta los graves problemas que esto ocasionaba. La concesión del permiso recaía sobre el obispo, que sólo lo otorgaba ante un gran beneficio económico para la iglesia, cifrado en la creación 128 Título XXV, constitución 4.ª, p. 200. 94 JUAN JOSÉ POLO RUBIO de un aniversario anual, en cincuenta sueldos para la fábrica y veinte para el obispo. Exigía, en cumplimiento de un motu proprio de Pío V, que el suelo de las iglesias quedase completamente plano. Los pobres eran enterrados de forma gratuita en el cementerio. Quedaba prohibido enterrar por la noche y tocar las campanas por los difuntos desde el tañido para la oración de la tarde hasta la mañana siguiente. Recoge trece ocasiones en las que se debía negar la sepultura eclesiástica129. Los religiosos de Teruel no asistirían a los entierros, excepto a aquellos a los que también acudían el cabildo catedralicio y el Capítulo General, para «evitar las diferencias»130. En este sínodo también se legisla sobre la curia diocesana, los visitadores, el carcelero, el baile de la cuarteación, los nuncios y los aranceles. En las páginas siguientes me ocupo de cada uno de ellos. Al exponer las funciones y obligaciones de los notarios, el sínodo repite prácticamente todas las constituciones de Jaime Jimeno, añadiendo pequeños matices. Ordena que los notarios y escribanos acudan a la audiencia una hora antes de abrir al público y se retiren una hora después. Recomienda tener cajones en los escritorios cerrados con llaves, guardar secreto de los testimonios recibidos y fidelidad al juramento hecho de cumplir meticulosamente el oficio. Los nuncios juraban el cargo ante el vicario general y un notario de la curia levantaba acta. Su función no consistía en cobrar deudas, sino llevar encargos. Las dietas de viaje y estipendios corrían a cargo de quien les mandó. Nunca serían saldadas por los receptores del mensaje. Entregarían los documentos al interesado, o a su esposa, en el propio domicilio. Además, retornarían el documento con la firma del párroco u otro sacerdote del lugar, asegurándose de que la parte interesada había recibido el encargo. 129 Título XXVI, constitución 8.ª, pp. 209-210: «Primeramente a los infieles, paganos, judíos, moros u otros cualesquiera que no sean bautizados; ni a los herejes que, aunque se bautizaron, ellos se salieron en vida y se apartaron del gremio de nuestra madre la Iglesia. Al que muere en batallas prohibidas, o torneos prohibidos. Al que muere en desafío. A los que mueren corriendo toros, lidiando con ellos voluntariamente, o con otros animales fieros. Al que no confesare ni comulgare cuando lo manda la Iglesia. Al canónigo reglar, fraile o monje, que muere con propio no se ha de dar sepultura eclesiástica. Al blasfemo que no acepta, ni cumple, la penitencia que le es impuesta por las blasfemias. Al usurero manifiesto. Los que mueren en tiempo de entredicho o les está entredicha la entrada de la Iglesia. El que muere estando en excomunión mayor. Los que mueren en pecado público sin hacer penitencia. Los que entierran en sagrado en tiempo de entredicho. A los que desesperan y se matan a sí mismos, estando en su juicio, no se les ha de dar eclesiástica sepultura. Más, si hay conjeturas que lo hicieron furore, vel mentis alienatione, se le ha de dar, aunque parezca uno ahogado en un pozo». 130 Ibídem, constitución 10.ª, pp. 211-212. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 95 En la diócesis había una cárcel para eclesiásticos y seglares. Por eso, el sínodo da una instrucción minuciosa y detallista sobre el carcelero. Jurará su cargo ante el vicario general y custodiará celosamente a los presos, impidiendo que hablen con nadie, antes de haberse confesado. Negará la entrada a los portadores de armas, no añadirá ni quitará dureza al castigo impuesto, procurará que no les falte sustento y, si el recluso fuera pobre, avisará al mayordomo para que le procure comida. Tratará a los eclesiásticos de acuerdo a su condición y no consentirá juegos ni palabras indecentes. Si alguno cayese enfermo, avisará al vicario general para que vele por sus necesidades materiales y espirituales. Impedirá que los presos salgan de la cárcel en ninguna ocasión, y menos a pernoctar, prohibiendo el ingreso de mujeres. El texto sinodal recomienda al vicario general la frecuente visita al establecimiento penitenciario para supervisar el estado de los presos y cumplimiento de las normas. El encargo de visitador era delicado e importante en la estructura diocesana del siglo XVII. Por tanto, convenía que el sujeto fuese el instrumento más idóneo para predicar, enseñar, dar doctrina y destruir el error, como describe con certeras palabras el texto sinodal: «no debe ser ciego, ignorante, ni perro mudo que no puede ladrar, lo cual será, como dice San Jerónimo, si deja de predicar la verdad». Expondrá el evangelio, declarará el camino de la virtud, exhortará a la frecuencia de los sacramentos (confesión y comunión) y animará a los padres para que bauticen y confirmen a sus hijos. Denunciará los vicios y pecados de aquel pueblo, informado anteriormente por el párroco u otras personas. En la visita, guardará el orden estipulado en el manual romano con las matizaciones específicas del zaragozano, siguiendo esta pauta: Santísimo Sacramento, óleos y crisma, pila bautismal, cinco libros, reliquias, cruces, cálices, patenas, ornamentos, libros y campanas, mandatos de la última visita, limpieza de los objetos litúrgicos (corporales, albas, amitos, palias y purificadores), posesiones de la iglesia, beneficios, capellanías, aniversarios y memorias (recogidas en el libro cabreo) y recopilación de informes acerca del comportamiento de los curas: administración sacramental, enseñanza de la doctrina, inscripción de partidas, celo apostólico y celebración diaria de la Santa Misa. El texto sinodal recoge los aranceles diocesanos en veintidós páginas. En el sínodo se votó y aprobó que se colocasen al final de las constituciones. Estaba preceptuado que hubiese copia de los mismos en la escribanía y audiencia eclesiástica con una doble finalidad, señalar el justo precio de los servicios y evitar posibles abusos, estando la minuta fijada detalladamente. El último título del sínodo habla del oficio del baile de cuarteación. Hacía este nombramiento el obispo. En sede vacante, el encargado de 96 JUAN JOSÉ POLO RUBIO designarlo era el cabildo. Juraba el cargo, en compañía de medidores, tajeros y paleros, ante el prelado. Antes de salir a cumplir su misión, confeccionaba dos fanegas nuevas y se informaba del precio de los corderos. Habitualmente empezaba al día siguiente de San Francisco, 5 de octubre, seguía la ruta que quería y tenía de paga seiscientos sueldos jaqueses. Llevaba seis o siete cabalgaduras, recibiendo cuatro cuartillos de cebada por cabeza. Formaban la comitiva el baile, el arrendador de la mensa episcopal, el delegado del cabildo, el medidor, el tajero y el palero. Al llegar al lugar, con el fin de no perjudicar a nadie, debía estudiar primeramente el resultado de las cosechas y tomar juramento al dueño de la mensa de que allí se encontraban todos los diezmos. Si algunas cosechas fueran recogidas con posterioridad al paso del baile, se avisaría a éste para que acudiese en Navidad o primavera. El grano podía permanecer en los almacenes hasta el día de San Juan Bautista del año próximo; a partir de esa fecha, se retiraba a otro lugar, abonando el almacenaje el dueño del grano. El baile llevaba cuenta de su gestión en unos libros específicos, llamados de cuarteación. Estos libros, en ocasiones, no eran claros. Por eso, el sínodo de don Fernando Valdés estableció la manera concreta de realizar la cuarteación en las parroquias sujetas a ella. Recopila y especifica las rentas de la catedral, de cada una de las siete iglesias patrimoniales de Teruel, del Capítulo General Eclesiástico y de cuarenta y siete vicarías de la diócesis. Vuelve a recordar tres importantes fuentes de ingreso pertenecientes a la fábrica de la catedral: las veinticuatro casas fabriqueras distribuidas por la geografía diocesana, las vacantes de dignidades y canonjías y las medias annatas. Antes de cerrar este apartado, hacemos un apretado recuento de fuentes literarias utilizadas por el sínodo del obispo Valdés Llano: Sagrada Escritura, Magisterio, Santos Padres y autores cristianos. Aparecen setenta y una citas de la Sagrada Escritura: veinte del Antiguo Testamento y cincuenta y una del Nuevo, siendo veintiséis de los evengelios y las restantes de los otros libros neotestamentarios. Las referencias bíblicas se colocan al margen de los textos sinodales, indicando el libro sagrado y capítulo, sin concretar versículo. Los decretos del concilio de Trento, como resulta obvio, se mencionan explícitamente en treinta y ocho oportunidades, siendo numerosas las referencias implícitas sobre su doctrina. Emplea los siguientes documentos del Magisterio de la Iglesia: el símbolo apostólico; el decreto del Papa Inocencio III sobre la confesión anual, FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 97 del IV concilio de Letrán (1215) y otro de León X sobre la blasfemia del V concilio de Letrán (1512-1517); los Motu proprios «Intunctum nobis» sobre la profesión de fe al comienzo del sínodo, el que prohíbe a los médicos visitar a los enfermos que no deseen confesarse, otro sobre el rezo del oficio divino y el «In conferendis» acerca de la provisión de beneficios curados; y las bulas «contra deambulantes per ecclesias, pauperes per eas mendicantes, ac alias in eis illicita facientes», prohibiendo la blasfemia, acerca de la admisión de renuncia de beneficios y «nova constitutio de confidentiis beneficialibus», todas ellas del Papa Pío V; la bula «in Coena Domini» del Papa Gregorio XIII (1575); la extravagante de Paulo IV (1468) sobre la prohibición de vender los bienes eclesiásticos; el edicto del sínodo provincial de Zaragoza (1-III-1615) sobre la usura y la extravagante de Martín V sobre la absolución de censuras e irregularidad contraída por celebrar el santo sacrificio estando excomulgado. Resultan escasas las citas de los Santos Padres. Se menciona a San Agustín en tres oportunidades: al dar las definiciones de fe y pecado y al enumerar las obras de misericordia corporales. Recuerda a San Cipriano al hablar del padrenuestro y a San Ambrosio, junto con San Agustín, al enunciar las obras de misericordia. Las referencias a la doctrina de Santo Tomás son abundantes. Aparecen todas en el título primero de las constituciones, donde se expone el resumen de la doctrina católica. Se apoya en la doctrina del Aquinate al tratar del culto de latría, de la ley natural, del alma, de las obras de misericordia, de las virtudes cardinales, de los pecados capitales… El sínodo recoge la definición de sacramento de Pedro Lombardo. Al explicar la doctrina del alma, hace referencia a sentencias filosóficas de Aristóteles y cita, concretamente, la teoría hilemórfica. Al tratar sobre las oraciones del Ave-María, salve y señal del cristiano, menciona a Estanislao Hosius131, Francisco Coster132 y Martín de Roa133, autores espirituales de los siglos XVI-XVII. Estanislao Hosius expone elegantemente el tema del saludo del ángel a María en la 131 Uno de los cardenales más ilustres de ese siglo, que nació en Cracovia (1504) y murió en Roma (1579). En 1549 fue nombrado obispo de Kulm, de donde pasó a ocupar la sede episcopal de Warnia, siendo nombrado cardenal el año 1561. 132 Teólogo nacido en Malinas (Bélgica) el 16 de junio de 1531 y muerto en Bruselas el 16 de diciembre de 1619. Fue recibido en la Compañía de Jesús por el mismo San Ignacio en 1552. 133 Historiador y escriturista de la Compañía de Jesús, nacido en Córdoba en 1561 y muerto en Montilla en 1637. 98 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Anunciación134. Francisco Coster, en Las meditaciones sobre la Salve, narraba que esta oración mariana había sido compuesta por San Bernardo135. Y, finalmente, Martín de Roa explicaba, en su obra Rerum singularium, que la práctica de la señal de la cruz tenía unas raíces tan antiguas como los símbolos de la fe136. 2.2. GOBIERNO DE LA DIÓCESIS El prelado Valdés Llano vivía en Teruel desde mediados del mes de diciembre de 1625. Una vez acomodado, en enero se marchó a Barbastro, donde Felipe IV había convocado Cortes para los reinos de Aragón, Cataluña y Valencia. Tan pronto como concluyeron, regresó a Teruel y comenzó su tarea de gobierno. En las Cortes de Barbastro se habían aprobado subsidios económicos para apoyar la maltrecha economía española y levas de soldados para continuar la política belicista en Europa y defender la integridad nacional. Como consecuencia de esta política, se impuso la sisa del vino, que gravaba también la economía de los eclesiásticos, lo que produjo cierta tirantez y polémica con el Concejo de Teruel, siendo precisa la intervención de don Fernando para defender los intereses del clero. Cumplió con su misión pastoral, ocupándose de las tareas ordinarias de gobierno y, en algunas ocasiones, dando solución a problemas más difíciles. Visitó la diócesis cada dos años y envió a Roma la relación de visita ad limina. En este capítulo examinaré la actuación de don Fernando al frente de la diócesis de Teruel. La designación para la sede de León fue la razón de su marcha de Teruel a Madrid, donde permaneció hasta ser nombrado arzobispo de Granada. Había regido la diócesis de Teruel durante seis 134 En el sínodo se habla de la obra In confessione catholicae fidei. Con toda seguridad se trata De expresso Dei Verbo, publicada en Roma (1559). La colección completa de sus escritos, la mayor parte de los cuales son de carácter polémico, se publicó bajo el título de Hosii opera omnia (Colonia, 1584), alcanzando un alto número de ediciones. Cfr. Bibliografía eclesiástica completa, 9, Madrid-Barcelona, 1857, pp. 1149-1151. 135 Se refiere a Meditaciones quinquaginta de vita et laudibus Deiparae Virginis Mariae, editada en Amberes (1587). (Cfr. Bibliografía eclesiástica completa, 4, Barcelona-Madrid, 1851, pp. 233-236). 136 Se trata de Singularium locorum ac rerum libri V. In quibus, cum ex sacris tum ex humanis litteris multa ex gentium, hebraeorumque moribus explicantur, publicada en Córdoba (1600). La edición se incrementó en los años 1604 y 1634. (Cfr. Bibliografía eclesiástica completa, 22, Madrid, 1864, pp. 364-365). FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 99 años. Su alejamiento de la escena diocesana se vivió con nostalgia, pues perdían un prelado preocupado por su grey. Divido el capítulo en seis epígrafes. Expongo de forma sintética la labor episcopal de Valdés Llano en el primero. Dedico los apartados segundo y tercero a estudiar las Cortes de Barbastro y sus consecuencias económicas en la diócesis de Teruel. Finalmente, en los tres epígrafes últimos analizo el texto de visita ad limina mandado a Roma, el carácter de sus visitas pastorales y otras actuaciones del prelado Valdés Llano. 2.2.1. Seis años al servicio de la diócesis de Teruel El obispo Valdés Llano asistió a la primera sesión capitular del año 1626, denominado cabildo de Reyes, donde se nombraban los oficios para el año entrante, celebrado el viernes 2 de enero. El secretario del cabildo comenta en el libro de Gestis que «dio demostración el Sr. obispo de agradecimiento, de la cortesía que con su Señoría hasta el presente se ha usado»137. A su regreso de las Cortes de Barbastro, abiertas el 15 de enero, estudió y solucionó el asunto del nombramiento y aceptación de los conjueces capitulares138. En 1626 y 1627 realizó la primera visita pastoral139, dando comienzo en el mes de septiembre140. En 1627, desde abril hasta octubre, permaneció ocupado con los trabajos del sínodo diocesano. Don Fernando estuvo bien atareado durante el bienio de 1628 a 1630. Redactó y envió a Roma la relación de visita ad limina141, hizo la segunda visita pastoral a la diócesis, consumió muchas horas y energías en arreglar las desavenencias internas del cabildo catedral142 , apoyado en el prestigio y estima de que gozaba143, atendió las reivindicaciones del Capítulo General Eclesiástico, que rechazaba algunas constituciones sinodales144. 137 A.C.T., 113, cabildo 2 de enero de 1626. Ibídem, cabildos del 25 y 26 de agosto de 1626. 139 Vid. A.P. Caudé, Quinque libri, II (1603-1642), 7 diciembre 1626. A.P. Cella, Quinque libri, VI, fols. 200v-201v, 5 diciembre 1626. A.P. Torremocha, Quinque libri, II (1598-1672), fols. 255-256, 30 noviembre 1626. A.P. Torrelacárcel, Quinque libri, II (1602-1717), fols. 221222, 29 noviembre 1626 y A.P. San Andrés (Teruel), Quinque Libri, II (1600-1732), fols. 301303, 6 mayo 1627. 140 A.C.T., 113, cabildo 19 de septiembre de 1626. 141 A.S.V., Relationes ad limina, Terulensis, fols. 132-141. 142 A.C.T., 159-9-4; 113, cabildo 7 enero de 1628, 16 octubre de 1630 y 14 diciembre de 1630, a modo de ejemplo. 143 Ibídem, cabildos 22 mayo 1629, 2 febrero 1629 y 27 enero 1628, entre otros. 144 Ibídem, 159-8-33; 113, cabildos 18 y 22 de septiembre de 1628. A.C.G.E., perg. 372, doc. 453. 138 100 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Secundando los mandatos de la Congregación de las Causas de los Santos, las súplicas del pueblo cristiano y de la comunidad franciscana de Teruel, mandó incoar el proceso de virtudes heroicas de los mártires Juan de Perusa y Pedro Saxoferrato145. En 1630 realizó la tercera visita pastoral146. Una justa valoración de estas visitas debe tener necesariamente en cuenta las incomodidades del camino y del viaje por la abrupta geografía turolense. Fue su última visita. Cuando en enero de 1632 el canónigo Ginés Martínez comenzó, en misión delegada, la visita pastoral, el obispo Valdés Llano ya había sido propuesto para la diócesis de León147. El canónigo Dr. Ginés Martínez, hombre de confianza del obispo Valdés y que le acompañó siempre en la visita pastoral, comunicó al cabildo con fecha 12 de diciembre de 1631 «que su Majestad le había hecho merced del obispado de León»148. El obispo se despidió del cabildo el 6 de febrero de 1632. El libro de Actas lo narra con estas elogiosas palabras para don Fernando: «hizo muy particular demostración de sentimiento en esta ocasión, y correspondió también generalmente el cabildo de la misma manera, sintiendo la pérdida de tan gran prelado. Ofreció, después de otras muchas razones fervorosas de alma, espirituales y prudentes, que no se olvidaría en toda la vida de ésta su esposa y que lo mostraría teniendo ocasión de mayor comodidad. Y esto lo ofreció en esta ocasión muchas veces. Con esto, abrazó a cada uno por su antigüedad. Y el cabildo le acompañó hasta la segunda pieza de su palacio, habiendo hecho lo mismo, al bajar, muchos prebendados»149. El obispo se marchó a Madrid y esperó las bulas papales para León, que nunca llegaron. En 1632 el monarca Felipe IV, según comenta Sánchez Biedma, pretendió enviarlo a Flandes acompañando al Infante Cardenal150. El proyectado viaje a los Países Bajos no se realizó. Dificultades de salud lo desaconsejaron e impidieron. Don Fernando, vinculado todavía a la diócesis de Teruel, enfermó gravemente. El cabildo turolense, enterado de su enfermedad el 26 de noviembre, «resolvió que se le dijese 145 HEBRERA, J.A., Crónica de la provincia franciscana de Aragón, 1.ª Parte, edición facsímil, Madrid, 1991, p. 214. 146 A.P. Torremocha, II, fols. 261v-262v, 19 noviembre 1630. A.P. Torrelacárcel, II, fols. 234v-236, 18 noviembre 1630 y A.P. Cella, IX (1630-1730), fols. 2-3 v, 21 noviembre 1630. 147 Ibídem, cabildo 12 diciembre 1631. 148 Ibídem, 113, cabildo 12 diciembre 1631. 149 A.C.T., 113, cabildo 6 febrero de 1632. 150 SÁNCHEZ, J., op. cit., p. 860. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 101 una Misa de gracias por la mejoría de su salud, y que se le responda a la carta»151. El obispo Valdés Llano siguió en Madrid en espera de su nuevo destino. El monarca Felipe IV le designó arzobispo de Granada y Presidente del Concejo de Castilla con fecha 7 de abril de 1633152. La archidiócesis de Granada había quedado vacante ese mismo año por muerte de Miguel Santos de Sampedro. El Papa Urbano VIII, con data 18 de julio de 1633, comunicó al monarca Felipe IV el nombramiento de Fernando Valdés para el arzobispado de Granada153. El cabildo turolense conoció la decisión real el l5 de abril y resolvió enviar a Madrid al deán Francisco San Martín. Las bulas del nombramiento para Granada llevan data de 18-VII-1633, como acabamos de afirmar. El cabildo supo la noticia por carta de su agente en Roma con fecha 3 de septiembre154. El mismo don Fernando se lo comunicó por carta fechada el día 17 del mismo mes155. El cabildo, sobre quien recaía el gobierno de la diócesis en sede vacante, nombró el 3 de septiembre de 1633 vicario capitular al deán Francisco San Martín, examinadores sinodales a los canónigos Morón, Burillo, Bonfil y Benedicto, y visitadores a los canónigos Agramonte, Ginés y Villarroya156. La sede turolense permaneció poco tiempo en sede vacante. Desde febrero de 1632 el cabildo era sabedor que el obispo de Albarracín, Pedro 151 A.C.T., 113, cabildo 26 de noviembre de 1632. A.H.N., Consejos, Libro 726 E, fols. 184v-185. Siendo presidente del Consejo de Castilla y arzobispo de Granada, residiendo en Madrid, en septiembre de 1632 consagró a Fernando de la Torre, benedictino, nombrado arzobispo de Santo Domingo, en el convento benedictino de San Plácido, asistido por Francisco Maldonado, agustino, obispo titular de Siria, auxiliar en Toledo, y por Timoteo Pérez Vargas, carmelita descalzo, obispo titular de Babilonia, auxiliar en Toledo; el 19 de marzo de 1634, domingo, en el Convento dominico de Nuestra Señora de Atocha, a Antonio Valdés Herrera, obispo de Mondoñedo, asistido por Juan Bravo Lagunas, agustino, obispo emérito de Ugento (Italia), y por Miguel Avellán, franciscano, obispo titular de Siria, auxiliar en Toledo; el 3 de febrero de 1636 en el convento de Trinitarios Descalzos, a Diego Arce Reinoso, obispo de Tuy, asistido por Gaspar Prieto Orduña, mercedario, obispo de Elna-Perpiñán (Principado de Cataluña), y por Miguel Avellán; y, al año siguiente, el domingo 4 de enero en el convento de los Padres mercedarios consagró a Blas Tineo Palacios, que era mercedario y, como obispo titular de Thermopyles, sería su obispo auxiliar en Granada. El arzobispo estuvo asistido nuevamente por Gaspar Prieto Orduña. 153 A. General de Simancas, Patronato Real, legajo 63, fol. 9: «Datum Romae apud Sanctam Mariam Maiorem Anno Incarnationis Dominae millesimo sexcentesimo trigesimo tertio, quinto decimo kalendas Augusti, Pontificatus nostri anno decimo». 154 Ibídem, 105, fol. 123. 155 Ibídem, 113, cabildo 17 de septiembre de 1633: «léyose una carta del Sr. arzobispo de Granada, en que nos dio aviso de la vacante. Se resolvió se le respondiera luego». 156 Ibídem, cabildo 3 de septiembre de 1633. 152 102 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Apaolaza, había sido designado por Felipe IV para la diócesis de Teruel aunque, según su propia expresión, era «cosa larga»157. Resuelta la bula de don Fernando, se emitió la de Pedro Apaolaza con data 8 de agosto de 1633158. El obispo Apaolaza tomó posesión por procurador el 22 de octubre de ese año159. El ahora arzobispo Fernando Valdés moriría en Granada el 30 de diciembre de 1639, sin llegar a tomar posesión de la diócesis de Sigüenza, para la que últimamente fue designado. Sus restos fueron sepultados en la iglesia parroquial de Cangas de Tineo. 2.2.2. Año 1626: Cortes en Barbastro El monarca Felipe IV, por carta del 17 de diciembre de 1625, convocó Cortes. El inicio estaba previsto para el 15 de enero en Barbastro e invitaba al cabildo a nombrar y enviar un síndico160. Leída la carta el 6 de enero de 1626, designaron al deán Juan Lechago como procurador. Durante la ausencia del deán, el canónigo más antiguo, Juan de Villarroya, presidiría las sesiones capitulares161. Aprovechando la presencia del obispo y deán en las Cortes de Barbastro, el cabildo remitió el 1 de febrero a la magna asamblea el asunto del cobro de la dignidad de sacristán —vacante durante años por muerte de Gaspar Sebastián de Arroyta y ahora en posesión, como regente, del Sr. Navarro162—, otorgó poderes al deán Lechago para cobrar el pontifical del obispo Tomás Cortés y ordenó que «no consienta en las rentas eclesiásticas ninguna imposición y carga»163. Felipe IV solicitó al reino de Aragón 3.333 soldados y 240.000 ducados para abonar sus salarios. El deán comunicó las pretensiones reales al cabildo164. La contestación de la corporación turolense fue sencilla y clara: «que 157 Ibídem, 113, cabildo 17 febrero 1632: «En este cabildo dio cuenta el Sr. canónigo Juan de Asín y el Dr. Juan Benedicto Calvo de la respuesta que trajeron del Sr. obispo de Albarracín, dándole la enhorabuena del obispado de esta iglesia, que su Majestad le hizo merced por la vacante del Sr. Don Fernando de Valdés y Llano, que fue promovido a la iglesia de León. Y, porque es cosa larga, se deja en silencio». 158 A.S.V., Archivium consistoriale, Acta Camerarii, 17, fol. 47. 159 A.C.T., 113, cabildos del 21 y 22 de octubre de 1633. 160 A.C.T., 225-9-14. 161 Ibídem, 113, cabildo 6 enero de 1626. 162 Ibídem, cabildos 1 febrero de 1626 y 31 julio de 1627. 163 Ibídem, cabildo 6 febrero de 1626. 164 Ibídem, 218-4-41, carta del deán Lechago al cabildo fechada el 22 de febrero de 1626. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 103 no hallaban fuerza en la iglesia, ni aún en el reino, para poder servir a su Majestad con lo que manda. Y que, aunque lo prometiesen, no lo podrían cumplir» . En las asambleas por brazos, el deán expuso este punto de vista, que era compartido también por el deán de Huesca y el maestre de la Orden de San Juan. Se armó un gran revuelo en la sala de sesiones, forzando al deán Lechago para que cambiase su voto. Así ocurría el viernes 20 de febrero. Al día siguiente, se aprobó el subsidio de 240.000 ducados «sobre las haciendas de los vecinos de este reino, así seglares como eclesiásticos». La votación resultó casi unánime. El deán de Huesca no se encontraba presente en la asamblea puesto que había viajado para consultar con su cabildo sobre la leva de soldados. El deán Lechago votó negativamente. Una vez expresada su opinión, intervino el arzobispo de Zaragoza diciendo: «bueno, ¿es que vuestra merced y su cabildo quieren saber más que todos los que estamos aquí?». A continuación, tomó la palabra el obispo de Tarazona y salió en defensa del deán de Teruel cuya opinión, según manifestó, representaba la de todos los canónigos de Teruel. Luego, votó el maestre de San Juan diciendo: «yo soy del voto del Sr. deán de Teruel». Acabando de hablar, le mandaron salir fuera de la sala y le recriminaron su actitud, aduciéndole que su Orden era muy favorecida por el rey. Sin haber examinado sus cartas credenciales, nunca más apareció por la asamblea. El deán Lechago se encontraba muy molesto y comentaba que, aunque había manifestado con claridad el parecer de su cabildo, no había otra salida que la de aceptar la opinión de la mayoría165. En esta situación, la estancia le resultaba poco grata. Por eso, en la carta, indicaba que se encontraba enfermo con fiebre y dolor de cabeza. A pesar de ello, asistía diariamente a las sesiones en su escaño del brazo eclesiástico. Opinaba que las reuniones eran anodinas, faltas de asuntos a tratar y predecía que se finalizarían en marzo. Recibidos los poderes para cobrar el pontifical del obispo Tomás Cortés, no pudo realizar la gestión puesto que el nuncio apostólico no se personó en Cortes, además de ciertos inconvenientes surgidos en la catedral de Jaca166. El cabildo turolense, con fecha 4 de marzo, dio permiso al deán para regresar a Teruel167. De hecho, Juan Lechago presidía ya la reunión capitular el 8 de mayo168. 165 En la carta, el deán comentaba que el voto de las Universidades era también favorable. Zaragoza estaba ganada para la causa real. A Zaragoza le seguirían las otras ciudades, según escribía el deán: «Las Universidades son con villas, ciudades y comunidades 31 votos. Con 26 votos es la mayor parte, y ya están consignados. Y en declarándose Zaragoza, que ya está en eso, la seguirán las demás». 166 A.C.T., 218-4-42. 167 Ibídem, 113, cabildo 4 de marzo de 1626. 168 Ibídem, cabildo 8 de mayo de 1626. 104 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Las Cortes se trasladaron a Calatayud el día 21 de marzo, donde concluirían el 24 de julio de 1626169. Aunque el deán Lechago se cansó y retornó a Teruel, el obispo Valdés Llano permaneció hasta el final, manteniendo informado al cabildo por carta de los asuntos tratados170. Meses después, y serenados los ánimos, la actitud del cabildo turolense dio un giro en sentido contrario. El 10 de julio escribieron al obispo don Fernando para «que se aparte de las protestas hechas»171, pero sin concretar la cuantía de la ayuda. A la vuelta de don Fernando, el 8 de agosto, se convocó cabildo extraordinario, informando el obispo sobre los temas tratados y las resoluciones tomadas en las Cortes172. En esta oportunidad, el secretario capitular o no redactó apunte alguno o se le olvidó trascribirlo en el libro de Actas, dejando el folio en blanco. Su proceder nos ocasiona un vacío documental, privándonos de algún dato seguramente interesante. Ya que de Cortes hablamos, durante el bienio de 1632 a 1633 hubo intentos frustrados de celebrar también Cortes en la ciudad de Teruel. El 25 de junio de 1632 llegó carta al cabildo comunicándole que preparase lugar y nombrase síndico para las Cortes, que se proyectaban para el 5 de julio. Pedro Asensio Monterde, portero ordinario del Reino de Aragón, trajo la misiva173. El 2 de julio se entregaron «los paños de la iglesia a Pedro Asensio Monterde, para que se aderece el solio que se pone en el altar mayor»174. El 5 de julio, aunque conocían que la asamblea había sido prorrogada, nombraron síndico al deán Francisco San Martín175. Se pensó en la catedral como lugar más idóneo para celebrar las Cortes. Los estamentos estarían ubicados de la siguiente manera: los caballeros e hijosdalgos detrás del coro; los prelados, en la sacristía; en la capilla de Francés de Aranda, los nobles; y en el claustro, donde se encontraba la peana de Santa Emerenciana, las Universidades. Por los inconvenientes ocasionados, «los diputados de este Reino dieron para beneficio de esta catedral 2.000 reales castellanos y toda la madera que se había gastado en hacer el solio»176. 169 Aragón en su historia, Zaragoza, 1980, pp. 284-286. A.C.T., 113, cabildo 8 de julio de 1626. 171 Ibídem, cabildo 10 de julio de 1626. 172 Ibídem, cabildo 8 de agosto de 1626. 173 Ibídem, cabildo 25 junio 1632. 174 Ibídem, cabildo 2 julio 1632. 175 Ibídem, cabildo 5 julio 1632. El deán Francisco San Martín, que sucedió a Juan Lechago en el deanato, tomó posesión el 7 de julio de 1628 (A.C.T., 113, cabildo 7 de julio de 1628). 176 Ibídem, 105, fol. 115. 170 FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 105 Volvieron a convocarse para el 15 de septiembre177 y 30 de octubre de 1632178. Hubo nuevos intentos para el 21 de febrero179 y 20 de mayo de 1633180. Durante estos meses, la catedral turolense permaneció preparada para la asamblea, que no tuvo efecto. Por ese motivo, comenta el «libro de las Cintas», «se celebraron los oficios divinos en el altar del Santísimo Sacramento, por estar ocupado el (altar) mayor con dicho solio»181. El cabildo reconoció al Sr. Sacanela los múltiples trabajos realizados para adecentar y preparar el templo catedralicio y le hizo un regalo182. 2.2.3. Defensor de los intereses del clero: la sisa del vino El Concejo de Teruel, con fecha 19 de abril de 1626, pregonó un bando por la ciudad que afectaba a los mercaderes de vino. Ordenaba a quienes traían vino del Reino de Valencia entrar en la ciudad por la «puerta de Valencia», y a quienes lo hacían desde Aragón y Castilla, por la «puerta de Guadalaviar». Una vez dentro de la ciudad, debían encaminarse a casa de Francisco Clemente, labrador y arrendador de la sisa del vino, para declarar la cantidad que portaban. Acabada esta gestión, se dirigirían al domicilio de Jerónimo Torres, «mercader y persona nombrada para recibir los manifiestos de vino». En caso contrario, se les impondría una multa de 60 sueldos, que se repartían entre el arrendador (1/3), los jurados (1/3) y el acusador (1/3). Se exhortaba a los mesoneros a delatar a los detractores bajo la misma pena183. Este bando municipal, acorde con los subsidios económicos previstos en las Cortes de Barbastro, desató una fuerte oposición del clero turolense. Teniendo en cuenta la actitud de rechazo que manifestó el deán Lechago en la regia asamblea, comprenderemos mejor la postura del cabildo contra la excesiva fiscalización que sobre el vino imponía el Concejo de Teruel. El Concejo turolense encargó a los jurados Pablo de Castellot, Dr. Juan Luis Calvo, Jaime Cubel y Francisco de Ocón de la Calomarda, a Juan Luis de Castelblanc, mayordomo síndico, a los ciudadanos Jerónimo 177 Ibídem, 225-9-12, carta de Felipe IV datada el 2 de septiembre de 1632, donde se decía: «elegimus eandemque civitatem et decimam quintam diem mensis Septembris praesentis anni cum dierum sequentium continuatione huiusmodi serie assignamus…». 178 Ibídem, 225-9-7, carta del rey Felipe IV con fecha 14 de octubre de 1632. 179 Ibídem, 225-9-10, carta del monarca Felipe IV fechada el 8 de enero de 1633. 180 Ibídem, 225-9-13, carta de Majestad Felipe IV del día 2 de mayo de 1633. 181 Ibídem, 105, fol. 115. 182 Ibídem, 113, cabildo 5 marzo 1633. 183 A.H.P.T., Caja 10, doc. 30, fols. 24-25. 106 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Arnal de Marcilla, Pedro Bautista de Castellot y Lamberto Andrés Camarena, a Miguel Sanz, zapatero, y a Esteban Gómez, labrador, el 11 de marzo de 1627 que redactaron el estatuto de la imposición sobre el vino. Se reunieron en sesión el 17 de marzo y pusieron por escrito la normativa que, entre otras cosas, decía: «por cada cántaro de vino que entrase, a saber, es un sueldo y seis dineros, moneda jaquesa. Y del vino que se cogiese en la presente ciudad o sus términos, diez dineros por cada un cántaro»184. Dicho estatuto fue refrendado y aprobado, con fecha 18 de junio de 1627, por Juan Fernández de Heredia, presidente de la Audiencia de Aragón. Enterados los capitulares de dicha reglamentación, acordaron comunicárselo al Sr. obispo, «para contradecir en la imposición y sisa que pone la ciudad en el vino, por exceder mucho más de lo que se ha de sacar para el servicio de las Cortes a su Majestad». Ese mismo día, 20 de marzo de 1627, nombraron al deán Juan Lechago, al arcediano Luis Fuenbuena, al sacristán Antonio Martínez de la Sierra y al canónigo Juan Bonfil para tratar el asunto con el prelado Valdés Llano185. El 26 de marzo acudieron al cabildo Juan Fernández y Andrés de Abril en nombre de la ciudad «para que juntamente, con los que la ciudad tiene nombrados, todos traten la materia de la sisa, que se ha de poner para el servicio que se ha de hacer a su Majestad». El cabildo designó al arcediano Fuenbuena y al canónigo Bonfil186. El día 27 de marzo, en la sala denominada del secreto del Concejo turolense, se reunieron los dos capitulares y los redactores del estatuto sobre la sisa del vino. Los eclesiásticos «dijeron que protestan no sea cargado el brazo eclesiástico más de aquello que por los fueros y actos de Corte últimamente celebrados está dispuesto». Los ediles turolenses respondieron que, si les habían cobrado más, les devolverían el dinero187. Ese mismo día, el arcediano y el canónigo Bonfil informaron al cabildo de la reunión mantenida en el Concejo. La ciudad quería imponer una sisa de dieciocho dineros por cántaro de vino, «incluyéndose también en la contribución los eclesiásticos». El cabildo, como anota el libro de Actas, «no queriendo pagar de ellos, hizo un protesto»188. 184 185 186 187 188 Ibídem, fols. 205-212. A.C.T., 113, cabildo 20 marzo 1627. Ibídem, cabildo 26 marzo 1627. A.H.P.T., Caja 10, doc. 30, fols. 190-191. A.C.T., 113, cabildo 27 marzo 1627. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 107 Entretanto, el Concejo firmó la capitulación de arrendamiento de la sisa del vino el 6 de abril con Jerónimo Guitar, ciudadano, y Jerónimo Torres, mercader189. Una de las cláusulas de arrendamiento decía: «se capitula que el arrendador deba de cobrar, y cobre, por cada cántaro de cualquier género de vino que entrare en la presente ciudad y sus términos dieciocho dineros por cántaro, y de los vinos que se cogieren en la presente ciudad y sus términos, diez dineros por cada cántaro»190. La excesiva presión fiscal del Concejo no sólo obtuvo un veto de los eclesiásticos sino que, a juzgar por la documentación examinada, también se oponían las comunidades de Albarracín y Teruel, junto con la villa de Mosqueruela. Los representantes comunitarios —Luperto Arcayne y Pedro Morillo por Albarracín y Luis Arago, Valerio Cortés del Rey y Miguel Ciprés por Teruel y Mosqueruela— obtuvieron jurisfirma el 22 de mayo de 1627 del justicia de Aragón, Luis Pérez Manrique, para eximir de la sisa a todo vino traído de Valencia, «para beber y gastarse». La jurisfirma, además, reconocía que la tasa era excesiva, puesto que en las Cortes de Barbastro se cifró en dos dineros por cántaro de vino tinto, y cuatro dineros por cántaro de vino blanco, quedando eximidas de pago las comunidades de Teruel y Albarracín191. El cabildo consultó al obispo don Fernando sobre la conveniencia de llevar el asunto a las Cortes Generales, donde desempeñaba el cargo de diputado don Martín Terrer de Valenzuela, obispo de Tarazona192. El 9 de julio, con la anuencia de Valdés Llano, se escribió al obispo de Tarazona, informándole del tema193 y enviándole un memorial, donde se especificaban las razones del abuso. Las protestas fueron oídas. El jurado Fernández acudió al cabildo turolense (2-VI-1628) y rogó que designasen a dos capitulares para tratar cómo devolver lo que se había cobrado en exceso. En esa oportunidad, vuelven a nombrar al arcediano Fuenbuena y al canónigo Bonfil, «con tal que vayan primero a dar cuenta de esto al Sr. obispo, para que de su buen parecer se haga lo que importa»194. La reunión no se tuvo de inmediato. Un mes después de lo previsto, en el cabildo del 7 de julio de 1628, el arcediano y el canónigo Bonfil infor- 189 190 191 192 193 194 A.H.P.T., Caja 10, doc. 30, fols. 190-191. Ibídem, fols. 213-224. Ibídem, Caja 35, doc. 18. A.C.T., 113, cabildo 18 junio 1627. Ibídem, cabildo 9 julio 1627. Ibídem, cabildo 2 junio 1628. 108 JUAN JOSÉ POLO RUBIO maron que el domingo próximo acudirían «a las casas de la ciudad para tratar el negocio de la sisa y servicio de su Majestad»195. El Concejo de Teruel daba largas a la solución del problema. En enero de 1629, se resolvió que «personas del cabildo con otras de afuera, amigos suyos, hablasen a los jurados para que dichas diferencias se procurasen componer amigablemente»196. Pocos días después, el 2 de febrero, mandaron recado a los jurados de la ciudad «para que en ningún tiempo tuviesen queja de la catedral, que no habían procurado la paz por todos los medios suaves que les había sido posible, para ajustar la sisa del vino»197. A partir de esa fecha los aconteciemientos se precipitan. El cabildo despide al notario capitular, Luis Novella, y nombra a otro más agresivo, que retoma el asunto con mayores bríos. El Concejo envía un memorial de protesta al obispo Valdés Llano198. El deán San Martín y el jurado mayor dialogan y buscan una salida al problema199. El cabildo manda un memorial de protesta al Concejo y el Concejo responde con otro200. El 26 de marzo, en la misa conventual, se leyó un decreto del obispo Valdés declarando excomulgados a quienes imponían sisas por el vino a los eclesiásticos. Llevada la voz al Concejo, el jurado Fernández y el notario Andrés Abril, temerosos, se personaron ese mismo día ante el cabildo201. Dos días después se convocó cabildo extraordinario. El obispo informó cómo dos jurados de la ciudad acudieron a su palacio para ver la manera de solucionar definitivamente el tema. Don Fernando propuso la conveniencia de nombrar un capitular para entablar diálogo con un jurado en su residencia episcopal. La corporación canonical rogó al obispo que él mismo lo eligiese y eligió al canónigo Dr. Jacinto Gamir202. El canónigo Gamir recibió de su cabildo «las advertencias, que ha de llevar, para tratar la materia de la sisa con el señor obispo y la ciudad»203. La reunión se llevó a cabo entre el 29 y el 31 de marzo. La cuestión, a juzgar por la ausencia posterior de referencias al tema en la documentación, quedó zanjada definitivamente. Se reconoce la validez del impuesto municipal, pero con una pequeña matización: el dinero, aportado por los eclesiásticos a la causa 195 196 197 198 199 200 201 202 203 Ibídem, cabildo 7 julio 1628. Ibídem, cabildo 30 de enero, martes, 1629. Ibídem, cabildo 2 febrero 1629. Ibídem, cabildo 7 febrero 1629. Ibídem, cabildo 16 febrero 1629. Ibídem, cabildo 23 febrero 1629. Ibídem, cabildo 26 marzo 1629. Ibídem, cabildo 28 marzo 1629. Ibídem, cabildo 29 marzo 1629. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 109 de su Majestad figurará no como recibido «por vía de tasa», sino «por vía de justificación»204. El debate había durado tres largos años. Los eclesiásticos, resignadamente, contribuyeron a las exhaustas arcas reales. Aceptando el término de «justificación» y rechazando el «de tasa o sisa». Salvadas estas cuestiones de nomenclatura, el brazo eclesiástico turolense acató los postulados económicos de las Cortes de Barbastro. 2.2.4. Visita ad limina Don Fernando llevaba tres años al frente de la diócesis de Teruel y debía cumplir con la obligación de la visita ad limina. El 4 de mayo de 1628 delegó este encargo al Lic. Juan Galve, clérigo de la diócesis de Teruel y estudiante en Roma205. El notario de la curia turolense, Juan Bautista Bervegal, levantó acta de esta delegación ante los capellanes del obispo Lic. Francisco de Almazán, presbítero de Segorbe, y Bartolomé Ferrero, sacerdote de Zaragoza. El obispo Valdés Llano entregó el texto de visita al licenciado Galve con una carta personal para su Santidad206, donde manifestaba que, siendo obispo de Teruel desde hacía tres años, poco más o menos, no podía acudir personalmente a Roma por razones de gobierno diocesano y, más en concreto, por problemas en el seno del cabildo catedralicio. Por todo esto, suplicaba a su Santidad que aceptase a su delegado, ofreciéndose a remitir cualquier tipo de informe que se le solicitase sobre su diócesis, bien personalmente o a través de un nuncio. Resumo a continuación este apretado texto de visita207, que refleja la situación de la diócesis de Teruel a comienzos del siglo XVII. La relación ad limina, que sigue fielmente modelos curiales, se ciñe a dos campos temáticos: la ciudad de Teruel (sede episcopal) y las parroquias rurales. La iglesia catedral estaba servida por seis dignidades (deán, arcediano, arcipreste, tesorero, chantre y sacristán), trece canónigos (incluyendo al Doctoral, Magistral, Penitenciario y canónigo de la Inquisición) y veinte beneficiados que, debido a las escasas rentas, eran, en ese momento, solamente diez. Según las bulas fundacionales, en la catedral debería haber 204 205 206 207 Ibídem, cabildo 31 marzo 1629. A.S.V., Relationes ad limina, Terulensis, fols. 140-141. Ibídem, fol. 136. Ibídem, Relationes ad limina, Terulensis, fols. 132-134. 110 JUAN JOSÉ POLO RUBIO diez porcionarios y, de éstos, dos presbíteros con cura de almas para el servicio parroquial de la catedral. Recuerda cómo en visitas anteriores se había solicitado la supresión de dos rectorías en la diócesis para que, aplicando sus rentas, se pudiesen abonar los salarios de estos dos presbíteros. Hasta el momento, no había sido aceptado. Las rentas de las dignidades oscilaban entre 700 y 400 escudos. Los canónigos percibían de 250 a 300 escudos, los porcionarios 100 escudos y los beneficiados 60 escudos. Los oficios divinos se celebraban con dignidad, aunque con un número escaso de porcionarios para el canto y la música. Todos los que asistían a los oficios litúrgicos percibían retribución económica. Los ingresos de fábrica no excedían de 400 escudos anuales. A pesar de la pobreza, no faltaba el aceite y la cera necesarios para la iluminación. La sacristía poseía los ornamentos necesarios para el culto divino. Anualmente se nombraba un canónigo fabriquero, que daba cuentas de su gestión. Existía también el oficio de canónigo mayordomo, que llevaba la administración de las fundaciones de misas. Las dignidades y canónigos percibían sus rentas en diferentes lugares de la diócesis, existiendo también una mensa canonical común formada por los frutos obtenidos en determinados lugares de la diócesis. Los porcionarios eran beneficios nutuales208 provistos por el Capítulo General Eclesiástico. Los beneficiados eran de patronato. Los porcionarios y beneficiados lucraban distribuciones en el coro y procesiones, la mitad que las dignidades y canónigos. La catedral poseía la mensa denominada de cargas y salarios, con 700 escudos de renta anual, insuficientes para cubrir los honorarios de unos pocos cantores y músicos. La ciudad contaba con siete iglesias parroquiales, servidas por racioneros, también conocidos con el nombre de porcionarios, naturales de Teruel. Cada parroquia era regida por un vicario. En esa fecha, el número de porcionarios alcanzaba la cifra de 70. El salario anual, incluidas las distribuciones de coro, se cifraba aproximadamente en 100 escudos, aunque oscilaba en cada momento según el número de porcionarios, al no existir un «numerus clausus». Los bienes del Capítulo, provenientes de los diezmos de la ciudad y de ciertos pueblos de la diócesis, formaban una masa común. La presentación de candidatos, al ser un patronato laical, correspondía a los jurados municipales. El Capítulo se regía por un prior, cargo que se renovaba anualmente por votación. 208 A voluntad y designación del Capítulo General Eclesiástico. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 111 La ciudad de Teruel contaba con un pobre hospital administrado por el Concejo municipal, donde se ofrecía posada a los transeúntes y remedio a los enfermos. Los ingresos del hospital no superaban los 35 ducados anuales y, dada su carencia económica, sobrevivía gracias a las limosnas generosas de particulares. La vida religiosa ciudadana se ponía de manifiesto a través de abundantes cofradías, de rentas generalmente exiguas. La iglesia diocesana realizaba una meritoria labor social, remediando las necesidades más elementales de los pobres, con las limosnas y legados píos encomendados a ella, entre las que se menciona la cuantiosa limosna del Venerable Francés de Aranda, que en aquel momento ascendía a 3.000 escudos anuales de renta. La relación informa exhaustivamente sobre la colegiata de Mora, donde había cuatro dignidades (prior, vicario, chantre y sacristán), seis canónigos y veinte beneficiados. El sueldo del prior ascendía a 500 escudos, el de las otras dignidades y canónigos a 300 escudos, y los beneficiados cobraban 80 escudos anuales. Las dignidades y canonicatos eran de patronato laical, que correspondía al Conde de Fuentes, señor de la villa de Mora. La diócesis estaba compuesta de 78 pueblos: 23 rectorías y 55 vicarías. En ella había, además, 180 beneficios colativos y 107 capellanías. En cada pueblo, dependiendo de los beneficios instituidos en el mismo, residían un número mayor o menor de clérigos. La Orden de San Juan de Jerusalén percibía, desde tiempo inmemorial, los diezmos de ciertos pueblos de la diócesis, cuyos vicarios nombraba, pagándoles bajos e insuficientes salarios. El obispo Valdés Llano constataba que los comendadores de la Orden no se preocupan de las iglesias ni de los ornamentos. La solución de estos problemas, comentaba resignado el obispo, no se presentaba fácil, a no ser que su Santidad lo remediase. Don Fernando informaba que nadie quería ocupar la vicaría de Manzanera, puesto que la remuneración del vicario residente no pasaba de 8 escudos anuales, percibiendo las rentas un vicario de Nuestra Señora del Pilar de Zaragoza. Esta situación era insostenible. Por eso, teniendo en cuenta que la localidad poseía suficiente población, incrementada con los habitantes de las masías, reclamaba una solución jurídica desde la curia romana. La mayoría de los pueblos de la diócesis poseía pobres hospicios y cofradías escasas de medios económicos, sostenidas a base de las limosnas de los cofrades. Allí vivían los rectores, vicarios y otros sacerdotes beneficiados o capellanes. Sus gentes eran dóciles y honradas, capaces de compartir la pobreza con los necesitados, como demuestran las 154 limosnas fundadas hasta aquel momento. 112 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Aunque la ciudad de Teruel carecía de seminario, contaba con una escuela de Gramática. En la ciudad había cuatro conventos masculinos (dominicos, franciscanos, trinitarios y mercedarios) y uno femenino (clarisas de San Francisco). El texto de «visitatio ad limina» del obispo Valdés Llano, entregado por el procurador Juan Galve, llegó a la Congregación de Cardenales en agosto de 1628. Una vez leído en la Congregación y subrayados los párrafos más significativos, el 28 del mismo mes se esbozó la minuta de respuesta: el obispo exigiría a los comendadores de la Orden de San Juan de Jerusalén que abonasen una congrua retribución a sus vicarios. Para solucionar el asunto de la vicaría de Manzanera, actuaría de acuerdo con lo legislado en el concilio de Trento (Sesión 7.ª, De reformatione, cap. V) y en la constitución de Pío V denominada «de vicariis». Finalmente, se ordenaba al obispo que, cuanto antes, enviase documento notarial haciendo constar la imposibilidad del cabildo para ir a Roma. Tan pronto como llegó esta comunicación al obispo, solicitó el documento al cabildo. El presidente de la corporación, Bartolomé Pérez, reunió en cabildo a los canónigos el 25 de marzo de 1629 y preguntó si algún capitular deseaba viajar a Roma. «Todos juntos, y cada uno de por sí, nemine discrepante, respondieron que tenían ocupaciones precisas, que les impedían hacer dicha jornada y el ir a cumplir con lo que su Señoría pedía»209. El secretario del cabildo, canónigo Lic. Juan de Asín, extendió la certificación el 28 de marzo. Este documento, junto con una carta personal de don Fernando a la Congregación de Cardenales210, llegó a Roma a finales del mes de mayo. Inmediatamente, el procurador Juan Galve recibió las auténticas de haber realizado la visita ad limina con fecha 2 de junio de 1629211. 2.2.5. Visita pastoral El obispo Valdés Llano, como queda apuntado en páginas anteriores, realizó tres visitas pastorales a la diócesis de Teruel: en 1626, 1628 y 1630. Hemos estudiado las visitas de don Fernando en los libros de varios archivos parroquiales, concretamente los de las parroquias de la sexma del río Cella. A través de sus actas de visita se detecta el comportamiento y el estilo pastoral del prelado Valdés Llano. 209 210 211 A.S.V., Relationes ad limina, Terulensis, fol. 137. Ibídem, fol. 138. Ibídem, fol. 134. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 113 Realizó la visita pastoral con regularidad, cada dos años, cobrando las tasas de visita preceptivas212. Administró, durante la primera, el sacramento de la Confirmación213. El canónigo Ginés Martínez fue siempre secretario y escribió los decretos de visita214. El obispo y sus acompañantes seguían un itinerario establecido con anticipación, de pueblo en pueblo, como hicieron otros prelados215. Insiste en la decencia de los objetos de culto y ornamentos sagrados216, se preocupa por los edificios parroquiales, fuente bautismal y capillas217. Recomienda respeto en el lugar sagrado y exige, tanto a los eclesiásticos como a los demás fieles, un comportamiento digno en el coro de la iglesias218. El obispo don Fernando efectuó también la visita pastoral al templo catedral, salvadas ya las dificultades que otros prelados tuvieron para hacerla. El libro de las Cintas219 describe la visita y enuncia las formas protocolarias de la siguiente manera: «El señor obispo avisa, con seis u ocho días de anticipación, al deán o presidente del cabildo para que éste lo comunique al capítulo. El deán o presidente del cabildo reúne cabildo para comunicar la fecha exacta en que el señor obispo desea venir a la iglesia catedral. Les exhorta a que vengan a recibirle. Se nombran dos capitulares para que juntamente con su Señoría hagan la visita de dicha iglesia. El notario del cabildo notificará al obispo los dos capitulares designados para acompañarle». Llegado el día, los canónigos comienzan las horas canónicas. Acabado el rezo, salen los dos prebendados vestidos con hábito de coro en busca del 212 A.C.T., 113, cabildo 30 enero 1632. 7-XII-1626 en Caudé (A.P. Caudé, Quinque Libri, tomo II [1603-1642], sin foliar). 5XII-1626 en Cella (A.P. Cella, Quinque libri, tomo VIII, fols. 4v-7). 29-XI-1626 en Torrelacárcel (A.P. Torrelacárcel, Quinque libri, tomo II [1602-1717], fols. 221-222). 30-XI-1626 en Torremocha (A.P. Torremocha, Quinque libri, tomo II [1598-1672], fols. 255-256). 214 A.P. Torremocha, Quinque libri, tomo II, fols. 260-263. A.P. Torrelacárcel, Quinque libri, tomo II, fols. 229-238. A.P. San Andrés (Teruel), Quinque libri de San Andrés, tomo II [1600-1732], fols. 301-303 y Quinque libri de San Pedro, tomo IV [1626-1692], fols. 314-316. 215 POLO, J.J., «La visita pastoral del obispo Pedro Jaime a la diócesis de Albarracín (1598-1599)», Teruel, 77-78 (1987), pp. 237-260 y «Jerónimo Salas Malo (1599-1664), deán y obispo de Albarracín, devoto de Nuestra Señora del Pilar», Xiloca, 10 (1992), pp. 79-81. 216 Vid. visita (7-XII-1626) a Caudé, a Cella (5-XII-1626) en tomo VI, fols. 200-201 y 206207, y (21-I-1630) en tomo IX, fols. 8-10. 217 Vid. visita (21-I-1630) a Cella en tomo IX, fols. 2-4. A modo de ejemplo, trascribimos un mandato de visita (27-I-1632) en la parroquial de Caudé: «Mandamos a los jurados del presente lugar hagan aderezar y componer la cubierta de la fuente bautismal, de modo que no pueda entrar ninguna sabandija ni polvo en la pila, y echen cerradura en dicha cubierta». 218 A.P. Cella, tomo IX, (29-I-1632), fols. 8-10. 219 A.C.T., 105, fols. 34-36. Vid. POLO, J.J., Jaime Jimeno de Lobera (1580-1594). Organizador de la Diócesis de Teruel, Zaragoza, 1987, pp. 105-106. 213 114 JUAN JOSÉ POLO RUBIO obispo, que vestido con hábitos de coro y acompañado de sus familiares, se aproximará a la puerta de entrada por las casas episcopales. En la puerta habrá un sitial con almohada de terciopelo carmesí, así como el presbítero con diácono y subdiácono, revestidos con los ornamentos más preciosos de la iglesia. Sale a recibirle toda la corporación con el palio, portando las varas las dignidades y canónigos. Llega el obispo y toma el hisopo, asperjando al presbítero y cabildo. Besa la cruz y la inciensa. Se entona la antífona «Sacerdos et Pontifex», y su Señoría bajo el palio va al altar mayor por medio de la iglesia. Allí se inicia la misa; el obispo está en un sitial, y a su lado los dos comisionados, colocados en la parte del evangelio. Acabado el evangelio, se lee el edicto de visita. Finalizada la Misa, el obispo revestido de amito, alba y cíngulo, pectoral y capa blanca, y los dos asistentes con capas blancas, visitan el Santísimo Sacramento. Después de haber hecho la visita al Santísimo Sacramento, vuelto a su lugar, visita la pila bautismal y las crismeras. Acabada la visita de la pila, con estola y capa violácea, hace la absolución de los difuntos. Adviértase que los dichos dos adjuntos «in visitatione» tienen voto decisivo con su Señoría, y con ella comienzan y acaban la visita. Cualquiera letras y provisiones se firman por el señor obispo y asimismo todos, es a saber, dicho obispo y adjuntos firman y defenecen la visita. También se advierte que, «después del día que se hace la visita principal de dicha iglesia, en los siguientes, el señor obispo y adjuntos visitan la fábrica, ornamentos, jocalías, y no otras cosas, ni administraciones». 2.2.6. Otras actuaciones Al finalizar este capítulo quiero referirme, aunque sea muy brevemente debido a la escasez de fuentes disponibles, a la contribución del obispo en la causa de beatificación de Juan de Perusa y Pedro de Saxoferrato, mártires franciscanos220. El obispo Valdés Llano tomó parte activa en este proceso, como nos cuenta el cronista franciscano José Antonio de Hebrera221. 220 AMORÓS, L., «Los santos mártires franciscanos B. Juan de Perusa y B. Pedro de Saxoferrato en la historia de Teruel», Teruel, 15-16 (1956), pp. 5-142. 221 HEBRERA, J.A., Crónica de la provincia franciscana de Aragón, Madrid, 1991, pp. 214 y 218-219. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 115 El Custodio de la provincia de Aragón, Fr. Jaime Jiménez de Aragüés, acudió a Roma en 1625 para participar en el Capítulo General de la Orden franciscana. Cuenta Hebrera que «este mismo año se expidieron en aquella Curia las letras remisoriales y compulsoriales por la Sacra Congregación de Ritos, siendo pontífice Urbano VIII, cometiendo su autoridad a los ordinarios de Valencia y Teruel para formar el proceso de la averiguación de santidad, martirio y milagros de los santos Fr. Juan y Fr. Pedro». En 1626 el P. Jaime Jiménez, continúa escribiendo Hebrera, «en el día de nuestro padre San Francisco, presentó las letras remisoriales o rótulo al señor obispo de Teruel, que entonces era D. Fernando de Valdés, y se celebró el acto de aperción con públicos regocijos y festivas demostraciones en aquella ciudad». Acabados los trabajos procesales, en 1628 don Fernando «bajó en persona al convento de San Francisco de Teruel, y mediante acta, que se conserva en el archivo del convento, legalizada por diez y siete notarios, y está inserta en el proceso, visitó y vio las reliquias venerables de los santos mártires». A pesar de todos estos esfuerzos y del empeño puesto en la causa por el obispo, afirma León Amorós que, por motivos que desconocemos, «este proceso no dio resultado positivo alguno, sino que quedó estancado en Roma esperando tiempos mejores»222. Y así fue. Aunque el obispo Valdés Llano no colmara su ilusión de ver en los altares a los que hoy son copatronos de la ciudad de Teruel, esos «tiempos mejores» llegaron en el siglo XVIII, al reconocer la Sagrada Congregación de Ritos el culto inmemorial de los santos mártires y aprobarlo el Papa Clemente XI por decreto de 31 de enero de 1705223. A la postre, su interés no había sido en vano. Tampoco quiero silenciar la ilusión que, sin duda, el obispo ponía en presidir las procesiones, muestra siempre de la religiosidad popular, como se desprende del siguiente bando municipal del año 1629, a la que don Fernando asistió224. Con antelación al jueves de Corpus Christi (3-junio1629), el Concejo publicó este bando. Ordenó a los mayordomos y cofrades que acudiesen con sus hachas encendidas, mandó a los vecinos barrer las calles, aderezar las puertas, paredes y ventanas, exhortó a los clérigos de las siete parroquias a ir a la catedral con las cruces parroquiales, peanas y reliquias de los santos. Y, finalmente, marcó el itinerario, que nos traslada 222 223 224 AMORÓS, L., op. cit., p. 95. Ibídem, pp. 96-97. A.H.P.T., Caja 11, doc. 31, fols. 56-57. 116 JUAN JOSÉ POLO RUBIO al Teruel del siglo XVII y nos revela su callejero. Trascribimos literalmente algunos párrafos de ese bando. La procesión «saldrá por la puerta que sale a la plaza de la casa de la ciudad. Irá recta vía por la calle adelante de la Paz y, por fuera, por enfrente la iglesia de San Martín. De la Santísima Trinidad, volverá a la calle del Estudio e irá al monasterio de Santa Clara y, dándole la vuelta por la placeta, entrará en la calle del canónigo Camarena y bajará a la calle de San Salvador, las Carnicerías bajas y, la calle adelante, subirá por la cuesta de la iglesia de San Pedro, por debajo el campanario, y la calle adelante hasta dar a la puerta de Zaragoza, al Tozal abajo y entrará en la plaza Mayor, en donde se harán las reverencias al Santísimo Sacramentado. Y volverá por la calle de la Cárcel a entrar en dicha catedral por la dicha puerta que salió». Conocida la geografía urbana de Teruel, la procesión del Corpus Christi recorría prácticamente toda la ciudad. 2.3. INSTITUCIONES DIOCESANAS En el cuarto capítulo analizamos las relaciones del obispo Valdés Llano con el cabildo catedralicio y el Capítulo General Eclesiástico, las instituciones más representativas de la clerecía turolense. Desde los primeros momentos se hizo acreedor de la confianza de su cabildo, que acudió a él para que mediase amigablemente en sus discrepancias internas y en la solución de sus problemas, aunque no faltaran algunos motivos de disensión. El Capítulo de racioneros se querelló contra algunas constituciones del sínodo de 1627, llegando el conflicto hasta los tribunales de Roma, que favorecieron los derechos inmemoriales del Capítulo General. Divido el capítulo en tres apartados. En los dos primeros estudio los asuntos relacionados con el cabildo catedralicio en los que intervino el prelado Valdés y en el tercero las cuestiones relativas al Capítulo General Eclesiástico. 2.3.1. Un obispo con prestigio para su cabildo catedralicio La actuación precisa del prelado Valdés Llano en favor del cabildo queda manifiesta en asuntos como la ubicación de la sillería del coro, las medias annatas, las «consueta» capitulares, los conjueces…, que expongo en las páginas siguientes. Don Martín Terrer de Valenzuela, obispo de Tarazona y anteriormente de Teruel, había regalado la sillería del coro de la catedral. En cabildo de FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 117 14 de aril de 1627 se dialogó sobre cómo habría que colocarla225. Habiendo opiniones encontradas entre los capitulares, se acordó «que se diese parte al Sr. obispo, suplicándole en nombre del cabildo que nos hiciese la merced a todos de bajar a decirnos su buen parecer y gusto, y, según él, resolviese el cabildo». A la mañana siguiente, se acercó el obispo a la catedral y aconsejó colocar toda la sillería en la parte trasera del coro. Hallándose en estas deliberaciones, se acercó el canónigo Juan de Asín que, «con las razones que mejor supo, representó al Sr. obispo cuán mal le estaba a la iglesia aquella resolución». Don Fernando, volviendo a pensar el asunto y teniendo en cuenta la conversación mantenida con el canónigo Asín, mudó de opinión. «Después, vino a decir el Sr. obispo que se asentase parte adelante y parte atrás. Y así se hizo, aunque con disgusto de algunos de los señores prebendados, por parecerles que el segundo parecer, que había tomado el Sr. obispo, había sido por haberle hablado persona fuera de la iglesia». Las medias annatas —la mitad de los frutos de cualquier beneficio durante el primer año—, impuesto sancionado desde el sínodo de 1588, suponían un buen ingreso para la fábrica catedralicia. El regente de sacristán, Sr. Navarro, se negaba a pagarlas226. El asunto —como ya quedó dicho— se llevó a las Cortes de Barbastro. Don Fernando no deseaba entrar en él y daba largas, pero el cabildo, velando por sus intereses y preocupado porque dicha actuación no crease precedentes, nombró al deán Lechago y al Dr. Ginés para hablar con don Fernando227 . El obispo sancionó la jurisprudencia anterior y favoreció a la fábrica catedralicia, como ha quedado apuntado al exponer la doctrina sinodal de 1627. Don Fernando se mostró muy cercano a los canónigos, incluido el momento tan importante de la muerte. Por ejemplo, cuando al surgir desaveniencias entre los albaceas, designó en 1628 ejecutor testamentario al canónigo Marcos Polo228, o cuando atendió espiritualmente al canónigo Jacinto Gamir, que murió el 3 de julio de 1631229. 225 A.C.T., 113, cabildo 14 abril 1627. Ibídem, cabildo 31 julio 1627. 227 «Resolvióse, acerca de la pretensión que tenía la fábrica en los frutos de la vacante de la sacristía, que se pase por lo que el Sr. obispo declare en esto, fiándolo de su conciencia, pues le va tanto a su Señoría como al cabildo» (Cabildo 4 de septiembre de 1626). 228 Ibídem, cabildo extraordinario 27 de enero de 1628. 229 A.C.T., 113, cabildo 4 de julio de 1631: «el día de ayer jueves, a tres, murió el Sr. Don Jacinto Gamir, canónigo y prebendado de esta iglesia, natural de esta ciudad y racionero de San Andrés, sepultóse en dicha iglesia este día, en la capilla de Santa Emerenciana. Murió con todos los sacramentos, y al de la Eucaristía asistió el Sr. obispo Don Fernando Valdés y Llano». 226 118 JUAN JOSÉ POLO RUBIO En 1629, y como el cabildo necesitara urgentemente una consueta, pues había situaciones en las que no estaba claro el modo de proceder, se decidió capitularmente su elaboración. El deán San Martín transmitió esta decisión al obispo y la noticia alegró tanto a don Fernando que, comenta el libro De gestis, se ofreció a colaborar en la redacción230. Defendió los intereses económicos del cabildo frente a la Comunidad de Teruel, que había embargado las rentas capitulares, poniendo candados en los graneros231. Los canónigos Burillo y Gamir informaron del asunto al prelado que, «aunque lo había tratado antes de esto, se ofreció a hacerlo». El obispo Valdés castigó con ejemplaridad cualquier insubordinación del cuerpo beneficial inferior. El Lic. Gaspar Bueso, beneficiado, había celebrado la santa Misa antes que el Dr. Ginés, pasándose por alto una costumbre inmemorial contraria y aduciendo que llevaba mucho tiempo esperando. «Cuando se acababa de desnudar de decir Misa, habló mal al Dr. Ginés diciéndole, delante de muchos señores prebendados en la sacristía, que era villano y que le daría un arto de palos». Enterado de lo ocurrido, el obispo mandó meterlo en la cárcel232. Estas buenas relaciones entre obispo y cabildo sólo se vieron empañadas fugazmente en la Navidad de 1630. El 25 de diciembre don Fernando regresó a su palacio sin celebrar la Misa pontifical en la catedral porque «los dos señores prebendados, que le habían de asistir para decir la epístola y evangelio, no estuvieron puntualmente»233. El cabildo, para mostrar su desagrado por lo que consideró un desaire, se abstuvo de asistir a la comida ofrecida tradicionalmente por el obispo al día siguiente. Fue la única excepción. Ahora bien, donde el talante conciliador de Valdés Llano y la buena disposición con su cabildo se aprecia claramente es en la cuestión de los conjueces capitulares, que había encrespado las relaciones obispo-cabildo durante los anteriores diez años. El cabildo, pocos días después de la toma de posesión de don Fernando, presentó los conjueces al procurador Juan Queipo de Llano, sobrino del obispo y vicario general234 y en enero de 1626 —como era práctica habitual— nombró conjueces capitulares a los canónigos Juan de Villarroya y Bartolomé Pérez235. 230 231 232 233 234 235 Ibídem, cabildo 2 febrero de 1629. Ibídem, cabildo 16 octubre 1630. Ibídem, cabildo 14 diciembre 1630. Ibídem, cabildo 25 diciembre 1630. Ibídem, 204-8, fol. 21. Ibídem, 113, cabildo 3 enero 1626. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 119 Al regreso del obispo Valdés Llano de las Cortes de Barbastro en los primeros días de agosto de 1626, el cabildo volvió a la carga con el asunto de los conjueces, eligiendo al deán Lechago, al arcediano Fuenbuena y al tesorero Lázaro para parlamentar con don Fernando esta cuestión. Era el 25 de agosto de 1626236. El deán, arcediano y tesorero le mostraron los documentos probatorios del derecho de conjueces. Don Fernando los estudió minuciosamente. Al día siguiente, informaron de las gestiones realizadas ante el prelado, don Fernando aceptaba la designación de conjueces, pero acotando que era un derecho «de compromis». El cabildo respondió al obispo «que la iglesia lo tiene consultado y confirmado, y puesto en ejecución, y que no le está bien dejarlo en compromis, ni consulta»237. El 2 de enero de 1627 el cabildo eligió por escrutinio, como conjueces, a Juan Antonio Burillo y a Jacinto Gamir238, comunicando sus nombres al obispo. Don Fernando respondió «que los admitía, en cuanto no contradecían al santo concilio de Trento, según las bulas y privilegios de esta iglesia»239. No obstante, todavía en diciembre de ese mismo año el obispo quiso solucionar personalmente, por medio de su vicario general, sin la presencia de conjueces, los problemas surgidos entre el tesorero Lázaro y el canónigo Agramonte, por lo que el cabildo protestó enérgicamente240. Quizá por efecto de dicha protesta, cuando el notario Novella levante acta de la siguiente elección de conjueces en la primera sesión capitular del año siguiente, en la que estaba presente el obispo, don Fernando «la aceptó sin limitación ninguna»241. El obispo Valdés aceptó siempre los conjueces. La elección se hacía a comienzos de año y posteriormente se comunicaba al obispo. Así ocurrió en enero de 1629242. En 1632, cuando don Fernando estaba ya propuesto para la sede de León, nombraron al deán San Martín y al canónigo Juan Benedicto. Se hizo la notificación al obispo «y la admitió, como lo había hecho todos los años pasados»243. 236 237 238 239 240 241 242 243 Ibídem, cabildo 25 agosto 1626. Ibídem, cabildo 26 agosto 1626. Ibídem, cabildo 2 enero 1627. Ibídem, cabildo 15 enero 1627. Ibídem, cabildo 21 diciembre 1627. Ibídem, cabildo 7 enero 1628. Ibídem, cabildo 5 enero 1629. Ibídem, cabildo 2 enero 1632. 120 JUAN JOSÉ POLO RUBIO 2.3.2. Litigios sobre preeminencias en el seno del cabildo Durante los siglos XVI-XVII no eran infrecuentes los conflictos sobre preeminencias entre los miembros de los cabildos catedrales. Las causas y asuntos por los que se peleaban los canónigos pueden ser variados, así como la vida misma de los cabildos. Al morir el deán Lechago, el cabildo turolense estaba gobernado por un presidente capitular y entre los canónigos se litiga sobre cuáles eran sus atribuciones. Pedro Lázaro, que detentaba la dignidad canonical de tesorero, se arrogaba y reclamaba el derecho a tener las llaves del arca donde se guardaban los fondos del cabildo. Creía que era propio y le correspondía en función de su cargo y dignidad canonical. 2.3.2.1. Preeminencia del presidente Como el cabildo turolense carecía de deán, tras la muerte de Juan Lechago, Bartolomé Pérez Monteagudo, canónigo más antiguo, detentaba la presidencia. En esas circunstancias, el canónigo Pedro Agramonte y el tesorero Pedro Lázaro López discutieron el 21 de diciembre de 1627 acerca de las preeminencias del presidente capitular244. La discusión personal atrajo la atención de los que en ese momento se encontraban en la catedral y el vicario general intervino para solucionar el asunto. El cabildo, sintiéndose herido en sus derechos por esta intromisión, se querelló y solicitó la intervención episcopal en colaboración de los conjueces. Entretanto, el presidente del cabildo había mandado poner orden por medio del racionero mosén Sánchez, que ordenó callar al canónigo Agramonte y al tesorero Lázaro y retirarse a sus domicilios. Éstos obedecieron. Restablecida la paz, el cabildo nombró al Dr. Ginés Martínez y al Dr. Francisco Aínsa, canónigos, «para que hablasen al Sr. obispo, suplicándole metiese la mano con los conjueces a la punición de los excesos que había habido». Don Fernando respondió «que sentía mucho lo sucedido y que trataría de procurar la paz lo antes que pudiese». El obispo Valdés Llano, que presidió el cabildo del 7 de enero de 1628, «representó el sentimiento que le había causado los disgustos que habían tenido el tesorero y el canónigo Agramonte por las diferencias de dar la 244 Ibídem, cabildo 21 diciembre 1627. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 121 paz en el coro al presidente primero. Después de haber hecho el Sr. obispo una larga y bien ordenada plática, encargándonos mucho la uniformidad y la paz, y deseando tomar buen medio para ambas partes de canónigos y dignidades, se resolvió nombrar a uno de parte de los canónigos, y otro de parte de las dignidades, y al obispo para resolver el pleito»245. La elección recayó en el Dr. Juan Bonfil, por los canónigos, y en el chantre Luis Pérez de Cuevas, por las dignidades. Don Fernando «estimó mucho el buen ánimo en los prebendados de paz y la confianza que hacían ambas partes de su buen celo». El notario Luis Novella, ante la presencia de los testigos Pablo Martín, vicario de la catedral, y Felipe Baltasar, maestro de capilla, levantó acta de esta sesión capitular246, convocada por el presidente, canónigo Bartolomé Pérez. En dicha acta aparece en toda su dimensión el núcleo del problema origen de la disputa: ¿cómo actuar en algunas ocasiones, no habiendo deán, con el presidente del cabildo? Las situaciones conflictivas, necesitadas de clarificación, radicaban en la prioridad o no del presidente a la hora de recibir la paz en el coro, emitir el voto en el cabildo, aceptar la vela el día de la Candelaria, la ceniza el miércoles de Ceniza o la palma el Domingo de Ramos, iniciar las antífonas de la «O» en los días que preceden a la Navidad y presidir los actos de visita al obispo y autoridades civiles. El obispo Valdés y los conjueces, oídas las opiniones y estudiados los derechos y pretensiones, dictaron sentencia el 13 de enero247. Reconocían como una costumbre inmemorial de la catedral turolense, cuando era colegiata y después de su elevación a catedral, que, en ausencia del deán, el canónigo más antiguo le representaba y hacía sus veces. Señalan que, tras la muerte del deán Lechago, esta práctica se puso en duda. A pesar de ello, revalidan el uso antiguo y dictan sentencia arbitral sin acudir a la Sagrada Congregación de Ritos, que podría o no corroborarla. El documento, rubricado por el obispo y los conjueces capitulares, se redactó en el palacio episcopal ante los testigos Juan de Oro y Juan Muñoz, familiares del prelado. 245 Ibídem, cabildo 7 enero 1628. Ibídem, 159-9-4. Asistieron: Lic. Bartolomé Pérez Monteagudo, canónigo presidente, Dr. Luis Fombuena, arcediano, Lic. Pedro Lázaro López, tesorero, Lic. Luis Pérez de Cuevas, chantre, Dr. Antonio Martín de la Sierra, sacristán, y los canónigos Lic. Francisco Pérez Morón, Dr. Juan Antonio Burillo, Lic. Jacinto Gamir Palomar, Dr. Juan Bonfil, Dr. Ginés Martínez, Lic. Juan de Asín, Lic. Miguel Dalda y Dr. Francisco Aínsa. 247 Ibídem, fol. 10. 246 122 JUAN JOSÉ POLO RUBIO La sentencia reconocía la preeminencia del canónigo-presidente a la hora de proponer asuntos y votar en cabildo, al recibir la vela, ceniza y palma, al presidir las visitas al obispo y autoridades, a comulgar el día de Jueves Santo, besar la cruz el Viernes Santo y salir a recibir al obispo cuando venga a la catedral, imponerle la ceniza y darle la vela y la palma. En otras oportunidades, como recibir la paz en el coro, iniciar las antífonas de la «O»…, no gozaría de preeminencia, ocupando siempre el lugar que le correspondía como canónigo en el coro, en las sesiones capitulares, en las embajadas y en las procesiones de ida y vuelta al canto del oficio divino. El chantre Cuevas y el canónigo Bonfil informaron de la sentencia al cabildo el 14 de enero248. El veredicto consagró las formas protocolarias antiguas mientras no hubiese una resolución superior contraria. El cabildo, según se desprende del acta del 21 de diciembre de 1627, pretendió elevar la cuestión «en forma de dubio» a los organismos curiales de Roma249. 2.3.2.2. La llave de las arcas capitulares Las discordias capitulares, mitigadas durante dos años y medio después de la sentencia arbitral dictada por el obispo Valdés Llano y los conjueces, volvieron a reaparecer en julio de 1630. El causante fue el Lic. Pedro Lázaro López, dignidad de tesorero, hombre conflictivo, como puede ya deducirse de las páginas anteriores. El 5 de julio de 1630 presentó al cabildo una papeleta exigiendo la llave de las arcas capitulares, donde se guardaba el dinero. El cabildo, sin aceptar la pretensión del tesorero, defendió el derecho capitular de entregar o quitar las llaves a cualquiera de sus miembros250. Como prueba de esta prerrogativa, el 12 de julio se distribuyeron las tres llaves de las arcas, al deán y a los canónigos Bartolomé Pérez y Juan Antonio Burillo251. Pedro Lázaro, sin acatar esta decisón, obtuvo sentencia favorable a sus exigencias en los tribunales metropolitanos de Zaragoza 252 . El cabildo, con fecha 13 de septiembre, exigió al tesorero la devolución de las bulas originales de su dignidad, que había sacado del archivo253. Pedro Lázaro «respondió que daría copia de ellas, pero no los originales». 248 249 250 251 252 253 A.C.T., 113, cabildo 14 enero de 1628. Ibídem, cabildo 21 diciembre 1627. Ibídem, cabildo 5 julio 1630. Ibídem, cabildo 12 julio 1630. Ibídem, cabildo 9 agosto 1630. Ibídem, cabildo 13 septiembre 1630. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 123 Habiendo dictado sentencia el tribunal metropolitano a favor del tesorero, el obispo Valdés Llano apoyó los derechos de Pedro Lázaro. El cabildo mostró su malestar al obispo don Fernando el 16 de octubre y la comisión capitular, compuesta por el deán San Martín y el canónigo Francisco Aínsa, manifestó su extrañeza254. Los canónigos apelaron la sentencia y recurrieron al Nuncio Apostólico. El deán Francisco San Martín viajó a Madrid el 12 de febrero de 1631255. El nuncio de España, Cesare Monti, el día 4 de abril decretó la inhibición del ordinario y demás jueces en la causa del tesorero de la catedral turolense256. Pasado el tiempo, el Nuncio de su Santidad resolvió que el cabildo entregara una llave al tesorero Pedro Lázaro257, como consta en el acta capitular fechada el 14 de agosto. La corporación canonical, sin perder la esperanza, prosiguió la causa en los tribunales de la Nunciatura Apostólica, asesorándose sólidamente por las opiniones de juristas como Dionisio Ambel y otros258. El criterio de los canonistas consultados, apoyados en la doctrina jurídica común, era favorable a los postulados del cabildo catedral: la corporación en pleno era dueña de los bienes de la iglesia y, consecuentemente, podía entregar las llaves a quienes juzgase oportuno. Animados los capitulares por los informes jurídicos positivos, continuaron el pleito contra el tesorero259. Pedro Lázaro sotenía, en cambio, que tener una llave le correspondía en virtud de la dignidad de tesorero. Decía que, desde tiempo inmemorial, el cabildo entregó siempre la llave a sus predecesores en el cargo. Y, finalmente, mantenía que la administración de los fondos capitulares dependía, por una parte de él, y del resto de la corporación por otra. El cabildo presentó al Nuncio sus propuestas, desmontando las pretensiones abusivas del tesorero. A la dignidad de tesorero —manifestaba— le correspondía preparar el crisma y el incienso, el cuidado de los ostiarios y el suministro de velas para el Santo Sacrificio y el Santísimo. Poseer una 254 Ibídem, cabildo 16 octubre 1630. Ibídem, cabildo 12 febrero 1631. 256 A.C.T., 206.3-44. Santos de Garay, notario y archivero de la Nunciatura, extendió el siguiente certificado: «se ha prorrogado, hoy día de la fecha de ésta por su Ilustrísima, para otros cuarenta días más, para que en ellos se inhiban del conocimiento de dicho procedimiento». 257 Ibídem, 113, cabildo 14 agosto 1631. 258 Ibídem, 157-5-1 y 5-2. 259 Ibídem, 157-5-3. 255 124 JUAN JOSÉ POLO RUBIO llave era, sin embargo, una falsa presunción por parte del tesorero, puesto que «el cabildo es administrador legítimo de los bienes de la iglesia y, por tocarle la administración, se ha de decir que le toca tener las llaves de los bienes y el dinero que se administra, y usar de ellas a su voluntad, pues sin ellas no podría usar libremente de la administración que el derecho le concede». Y de hecho el cabildo distribuyó siempre las llaves a su criterio, como afirman varios testigos260 y prueban las actas capitulares de acciones semejantes261. Además —insitían—, el tesorero «no puede pretender tener más derecho en la administración que los demás capitulares, no tiene derecho particular para tener la llave más que los demás. El haber dado la llave el cabildo a los tesoreros, que han sido en la dicha iglesia, ha sido acto facultativo y voluntario». Si el cabildo actuó de ese modo en tiempos pasados se debió, concluían, a que los consideró hábiles, aunque el tesorero no puede deducir derecho alguno de esta forma de proceder. El Nuncio Cesare Monti, con fecha 17 de enero de 1632, dictó sentencia contra las pretensiones del tesorero Pedro Lázaro y reconoció los derechos del cabildo262. De esta manera, se zanjó definitivamente la cuestión. 2.3.3. El capítulo general eclesiástico rechaza algunas normas sinodales En el sínodo de 1627 se legisló que los dueños de las mensas y colectores no pudiesen tomar ningún fruto decimal antes de la cuarteación. Esta normativa sinodal mencionaba expresamente los graneros del Capítulo General, de donde se prohibía sacar cualquier tipo de bienes. Los porcionarios de San Pedro tenían este derecho por costumbre inmemorial: percibir para su sustento ciertos frutos, décimas, primicias y otros bienes antes de la cuarteación. Por eso, viendo disminuidas sus atribuciones por la constitución sinodal, acudieron a Roma. El auditor de causas del Colegio Apostólico, Jerónimo Verosquio, que actuaba como juez comisario del cardenal Antonio Barberini, ordenó hacer justicia y reconoció los derechos inmemoriales y consuetudinarios del Capítulo General Eclesiástico263. Mandó al obispo Valdés Llano y a los 260 Un testigo afirma: «El cabildo ha encomendado siempre las llaves a las personas más antiguas e inteligentes». Otro asegura: «haber visto encomendar el cabildo las llaves a diferentes personas, y que las han tenido diversos canónigos, y no siempre unos: todo a voluntad y beneplácito del cabildo». 261 A.C.T., 113, cabildo 12 mayo 1617; cabildo 30 agosto de 1624. 262 Ibídem, 157-5-4. 263 A.C.T., 159-8-33. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) 125 oficiales eclesiásticos turolenses que, mientras el asunto no fuese resuelto ante la Santa Sede, no actuasen contra esta costumbre. Así lo decretó, con la anuencia del Papa Urbano VIII, el 6 de septiembre de 1628264. Enterados de esta resolución los clérigos porcionarios de San Pedro entregaron un memorial al obispo Valdés Llano265, en el que exigían sus derechos. El cabildo catedralicio, saliendo en defensa del obispo y de los intereses capitulares, tomó el asunto como propio y consultó al Dr. Sánchez, jurisconsulto de la corporación, quien dictaminó que los postulados de los racioneros carecían de consistencia. Los canónigos redactaron un instrumento de apelación, refrendado y firmado por don Fernando Valdés, y acordaron proseguir la causa contra los racioneros de San Pedro266. El pleito se llevó a Roma. Con fecha 22 de diciembre de 1628 «leyóse una carta de Pedro Murillo, procurador de la iglesia, dando cuenta del negocio de los clérigos de San Pedro y que, en la justicia original, la catedral obtendrá contra ellos»267. Ignoramos cuál pudo ser el desarrollo posterior de este conflicto, pero creemos improbable que se dictase sentencia contraria a la de 1628. Por tanto, la costumbre inmemorial, que favorecía los derechos del Capítulo General, debió seguir vigente durante algún tiempo. 3. CONCLUSIONES Para poner punto final a este trabajo, resalto las facetas que, a mi juicio y a modo de conclusiones, identifican a Fernando Valdés Llano, obispo de Teruel. Gracias a los procesos de limpieza de sangre y de elección para la sede turolense, poseemos abundantes datos biográficos sobre Fernando Valdés Llano, nacido en Cangas de Tineo (Oviedo) el año 1575. Estudió Derecho en los colegios salmantinos de San Pelayo y San Salvador de Oviedo, obteniendo el grado de licenciado. Trabajó al servicio de la Inquisición en Barcelona, Zaragoza y Toledo. Recibió la ordenación sacerdotal en el monasterio de Pedralbes. 264 265 266 267 A.C.G.E.T., perg. 372, doc. 453. A.C.T., 113, cabildo 18 septiembre 1628. Ibídem, cabildo 22 septiembre 1628. Ibídem, cabildo 22 diciembre 1628. 126 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Cargado de experiencia, fue nombrado obispo de Teruel a la edad de cincuenta años. Rigió la diócesis durante seis años. Siendo obispo electo de León, abandonó Teruel. El rey Felipe IV, a la vista de los méritos personales de don Fernando, lo propuso para el arzobispado de Granada y lo nombró presidente del Consejo de Castilla. Siguiendo las normas y el espíritu reformador del concilio de Trento, giró frecuentemente visita pastoral, envió puntualmente relación de visita ad limina y convocó sínodo diocesano. Bien puede ser calificado como obispo tridentino. A los pocos días de su llegada a Teruel, partió a Barbastro, donde el monarca Felipe IV había convocado Cortes en 1626. Permaneció en la regia asamblea hasta su conclusión, regresando inmediatamente y comenzando la primera visita pastoral. Este primer contacto le sirvió para conocer personalmente la diócesis y fue, sin duda, el que trajo a su ánimo la decisión de convocar el sínodo de 1627. La diócesis de Teruel, que venía rigiéndose por las constituciones sinodales del obispo Jaime Jimeno (1588), precisaba un código legislativo más amplio. Esta necesidad quedó satisfecha con la normativa sinodal de Valdés Llano. Los campos disciplinares y el número de constituciones y títulos superan a los anteriores sínodos diocesanos. Permaneció muy cercano a su cabildo, con quien mantuvo siempre unas relaciones cordiales, actuando de mediador en los pleitos capitulares y ganándose su confianza. Aceptó el derecho del cabildo —tan controvertido en la época anterior— a designar anualmente dos conjueces y, con frecuencia, asistió a las sesiones capitulares. Las diferencias entre el cabildo catedral y el Capítulo General Eclesiástico, que habían ensombrecido la vida eclesiástica turolense en las décadas anteriores, dejaron de existir durante su pontificado. Cuando el Capítulo de racioneros rechazó algunas constituciones sinodales de 1627, el cabildo se puso de parte del obispo Valdés Llano. Durante su pontificado, la diócesis de Teruel cumplió sus bodas de oro. La componían la iglesia catedral, las siete iglesias parroquiales de la ciudad, setenta y ocho parroquias rurales y una colegiata en Mora de Rubielos. El sistema beneficial y de rentas estaba delimitado. Las mayores dificultades surgían en los lugares encomendados a la Orden de San Juan de Jerusalén. En la ciudad de Teruel había cinco conventos de religiosos, cuatro masculinos y uno femenino. Aunque todavía careciera de Seminario la diócesis, con problemas y dificultades de ordinaria administración, había ya tomado conciencia de identidad y se desarrollaba en busca de la madurez CAPÍTULO III PEDRO APAOLAZA RAMÍREZ (1633-1635) La diócesis de Teruel había estado gobernada durante los últimos seis años, de 1625 a 1631, por el obispo Fernando Valdés Llano. A finales del año 1631 o comienzos de 1632, el monarca Felipe IV propuso al prelado Valdés Llano para la diócesis de León. Por eso, el 6 de febrero de 1632 don Fernando se despidió del cabildo turolense y se marchó a Madrid. Allí esperó la emisión de las bulas papales para la sede de León. Éstas nunca llegaron. Entretanto, el monarca pretendió enviarle a Flandes. Posteriormente le presentó para la archidiócesis de Granada y le nombró Presidente del Consejo de Castilla, con fecha 7 de abril de 1633. Desde que don Fernando Valdés se despidió de Teruel hasta su nombramiento para la sede de Granada había trascurrido un año. La diócesis turolense permaneció durante todo ese tiempo sin pastor, aunque eclesiásticamente era una noticia conocida que el rey Felipe IV había nombrado obispo de Teruel a Pedro Apaolaza Ramírez, que por entonces regía la sede de Albarracín. El prelado Apaolaza gobernó escasamente un año la diócesis de Teruel. El obispado de Teruel fue para él un lugar de paso. Por tanto, es comprensible que las huellas archivísticas sean relativamente escasas. Existe una buena biografía del obispo Apaolaza1, para cuya redacción se han tenido en cuenta también las fuentes documentales existentes en los archivos turolenses. Basándome en ella y en otras fuentes bibliográficas2, redactaré este apartado. 1 DOMINGO, T. y GONZÁLEZ, V., Pedro de Apaolaza, Zaragoza, 1992. ROYO, J.R., «Evolución histórica de Moyuela (Zaragoza), entre los siglos XVI y XIX», Aragonia Sacra, IX (1994), pp. 99-130. 2 128 JUAN JOSÉ POLO RUBIO 1. NACIMIENTO, FORMACIÓN Y SACERDOCIO Pedro Apaolaza Ramírez nació en Moyuela, lugar perteneciente a la Comunidad de Daroca. Era hijo de Domingo y María y fue bautizado el día 13 de julio de 1567 en la iglesia parroquial de Moyuela, dedicada a María Santísima bajo la advocación de Nuestra Señora de la Piedad. Fueron sus padrinos Antonio Oruño y Ana Lázaro. En Moyuela crece y pasa los primeros años de su infancia. A una edad temprana fue llevado por sus padres a Daroca, donde existía una escuela de Gramática y Retórica. En Daroca cursó sus estudios de Humanidades, como recordará posteriormente —«los sucesos y lances que le habían sucedido estudiando Gramática»— en una visita pastoral realizada a esta ciudad, siendo arzobispo de Zaragoza. Pedro Apaolaza conservará en su memoria con agrado los años de su vida pasados como estudiante en la ciudad de Daroca. Concluidos los estudios en la escuela de Humanidades darocense, Pedro Apaolaza se trasladó a vivir a Zaragoza. La familia del infanzón aragonés don Juan de Mauleón acogió en su casa y tuteló los pasos de Pedro Apaolaza en la ciudad cesaraugustana. Pedro Apaolaza deseaba continuar sus estudios en el recientemente creado Estudio General de Zaragoza. Don Pedro Cerbuna había puesto en funcionamiento el año 1583 la Facultad de Artes. En las aulas del Estudio General y en la Facultad de Artes estudió los cuatro años necesarios para obtener el grado de bachiller. Pedro Apaolaza recibió el bachillerato en Artes el 14 de mayo de 1588. Fray Jerónimo Box, ministro del convento de San Lamberto de Zaragoza, de la Orden de la Santísima Trinidad, apadrinó al neo-bachiller. Fray Jerónimo Box había sido también su maestro. Apaolaza siguió sus estudios de Artes Liberales en la Universidad cesaraugustana. El 8 de agosto de 1590 obtuvo el grado de licenciado y tres años después, con fecha 1 de mayo, el doctorado en Artes, también denominado con el nombre de Magisterio. Durante su etapa estudiantil, Zaragoza se vio conmocionada por los sucesos históricos protagonizados por Antonio Pérez y, como consecuencia, las alteraciones fueristas aragonesas de 1591. Ciertamente escucharía y hablaría de las Cortes de Tarazona, de su presidente el arzobispo Andrés de Bobadilla, fallecido durante la magna asamblea, y del recorte sustancial que sufrieron las leyes forales aragonesas en dichas Cortes. Pedro Apaolaza era entonces un hombre joven con un gran porvenir por delante. Tenía 24 años. PEDRO APAOLAZA RAMÍREZ (1633-1635) 129 Había recibido la primera tonsura clerical el 22 de mayo de 1587 en la capilla del palacio arzobispal de Zaragoza. Y en 1589 las cuatro órdenes menores. El ostiariado el 18 de marzo «en la capilla de Santa Tecla del palacio arzobispal»; el lectorado, exorcistado y acolitado, el 27 de mayo en el templo metropolitano de la Seo. El subdiaconado, el 16 de junio de 1590 también en la catedral de la Seo, «ad titulum patrimonii, propter necessitatem ecclesiae dicti oppidi (de Moyuela), cui adscribitur». Todas las órdenes, incluida la tonsura clerical, le fueron conferidas por el arzobispo Andrés de Bobadilla. A la edad canónica justa, 24 años, recibió el presbiterado en Monreal del Campo (Teruel) el 22 de febrero de 1592. Fray Malaquías de Asso, abad de Rueda, obispo titular de Útica y auxiliar de Zaragoza, estaba girando visita pastoral por aquellos lugares en nombre del arzobispo Bobadilla, ocupado por los asuntos políticos de las Cortes de Tarazona. En aquella ocasión recibieron el presbiterado tres diáconos, entre ellos, el segundo de la lista, «Petrus a Paulaza de Moiuela». El mismo día de su ordenación presbiteral en Monreal del Campo presentó la solicitud y documentación pertinente ante el vicario general, Miguel Jiménez Palomino, para optar a un beneficio eclesiástico en Azuara, aldea de la Comunidad de Daroca, cercana a su pueblo natal, que contaba entonces con 130 fuegos. El vicario general mandó al párroco de Azuara que publicase la vacante del beneficio en honor de San Vicente, fundado por Pedro Bueso y Juana Lop, difuntos, que había estado regentado hasta entonces por mosén Pascual Marín, recientemente fallecido. Una vez hechas públicas las citadas letras del vicario general, presentó también su documentación y alegó sus derechos el presbítero Domingo Aznar, natural de Azuara. Se inició un procesillo entre ambos pretendientes, resuelto el 14 de febrero de 1594 a favor del sacerdote nativo de Azuara, don Domingo Aznar, quien recibió la colación canónica el 2 de abril de ese mismo año. Frustrada su pretensión al beneficio de Azuara, disfrutó de un beneficio en la iglesia de su pueblo natal. Se trataba de una capellanía fundada por mosén Miguel Ortiz, con la obligación de celebrar unas misas en el altar de la Concepción de Nuestra Señora. Esta capellanía tenía una renta de 1.200 sueldos anuales y era compatible con otros beneficios. Por eso, el maestro Apaolaza siguió lucrando sus rentas cuando años después obtuvo la rectoría de Torrelosnegros. El 4 de febrero de 1596 tomó posesión de la rectoría de la iglesia de Torrelosnegros, aldea de la Comunidad de Daroca, en la margen derecha 130 JUAN JOSÉ POLO RUBIO del río Pancrudo, de unos 30 fuegos. La rectoría valía «un año con otro 400 sueldos». Ocupó la titularidad de la rectoría durante nueve años. Residió permanentemente, al menos durante seis años. Conservando la rectoría, en febrero de 1601 dejó como regente al licenciaco Martín Sancho, natural de Torrelosnegros. En marzo de 1605 Pedro Apaolaza renunció a la rectoria, tomando posesión de la misma el hasta entonces regente, licenciado Martín Sancho. Pedro Apaolaza se marchó a vivir a Zaragoza. Intentaba continuar sus estudios y obtener los grados académicos en Teología. Necesitaba un beneficio eclesiástico en la ciudad cesaraugustana que justificara su presencia continuada allí. En marzo de 1606 presentó la solicitud para un beneficio en la iglesia de la Santa Cruz. El arzobispo don Tomás Borja (1603-1610), una vez admitida dicha presentación, nombró beneficiado de la Santa Cruz al «dilecto nobis in Christo Magistro Petro Paulaza, presbytero huius dioecesis». Era una capellanía de escasa renta, unos 7 u 8 ducados anuales, que otorgaba al maestro Apaolaza un derecho suficiente: el de residencia en la ciudad de Zaragoza. Durante el bienio de 1606 a 1607 obtuvo el grado de doctor en Teología. Mientras vivió en Zaragoza gozó de fama como excelente orador. Sabemos que el año 1609 la ciudad de Huesca celebró unos grandes festejos, con ocasión del traslado de las reliquias de San Orencio desde la ciudad francesa de Aux a Huesca. De los siete sermones predicados en aquellas fiestas, tres corrieron a cargo del Dr. Apaolaza. Al hacerse memoria de los hechos, se le califica como «varón de grandes letras y doctrina, y excelente predicador» y se afirma «que predicó docta y altamente». Por eso en 1615 Martín Carrillo, al enumerar el Catálogo de los abades de San Victorián, describe su personalidad con estas palabras: «es muy grande y elegante predicador, y por eso y sus buenas partes estimado mucho». 1.1. UN PRELADO ARAGONÉS En 1612 comenzó su vida mitrada. Atendiendo a su excelente preparación académica, piedad, experiencia pastoral y facilidad para el ministerio de la palabra, fue presentado por el rey Felipe III para abad de San Victorián, después de oír el parecer del Consejo de Aragón. El Papa Paulo V (1605-1621) aceptó dicha presentación, con el visto bueno del virrey de Aragón y de la Audiencia de Zaragoza, el 8 de julio de 1611. La abadía benedictina de San Victorián de Asán, en el Sobrarbe aragonés, como las de Montearagón, San Juan de la Peña y Santa María de PEDRO APAOLAZA RAMÍREZ (1633-1635) 131 Alaón, tanto por su jurisdicción cuasi episcopal en amplias comarcas como por la presentación regia de sus abades, daban una característica peculiar a la distribución territorial y al ordenamiento eclesiástico del norte de Aragón. Equivalían en la práctica a pequeños obispados. La abadía de San Victorián, hasta la erección del obispado de Barbastro (18-junio-1571) contaba con 54 lugares. Como consecuencia de la creación de la diócesis barbastrense y otros reajustes territoriales, su jurisdicción quedó reducida a 20 lugares, ejerciendo tres monjes además la cura pastoral en Graus, que pertenecía a la diócesis de Barbastro. La abadía pertenecía a la congregación claustral benedictina Tarraconense-Cesaraugustana. El abad recibía la bendición litúrgica. El cargo era perpetuo, previa presentación regia, siendo preconizado en consistorio papal. Podía conferir la tonsura clerical y las cuatro órdenes menores. Expedía dimisorias, otorgaba beneficios, daba licencias, hacía visita pastoral y podía convocar sínodo. Además era insaculado en la bolsa de prelados de la Diputación del Reino de Aragón. Cuando el Dr. Apaolaza llegó a la abadía de San Victorián era un hombre maduro, tenía 45 años y unos deseos grandes de hacer realidad el modelo de pastor diseñado por el concilio de Trento. Como abad de San Victorián, acudió en 1614 al concilio provincial convocado por el arzobispo cesaraugustano Fray Pedro Manrique (1611-1615). El concilio provincial, inaugurado el 1 de noviembre, se clausuró en marzo de 1615. Una vez finalizada la magna asamblea, el abad Apaolaza regresó a su monasterio. Regentó la abadía de San Victorián durante diez años (1612-1622). En 1621 residió en Zaragoza ejerciendo su cargo de Diputado del Reino. Presidió una comisión de juristas y teólogos para estudiar un hecho presuntamente milagroso, acaecido en Zuera en marzo de 1621 y relacionado con el juramento inmaculista. Y, de manera improvisada, predicó ante un público cualificado la Cuaresma que se celebraba en el hospital de Nuestra Señora de Gracia. El rey Felipe IV, con fecha 14 de mayo de 1622, presentó al abad de San Victorián para la sede de Barbastro. El 24 de agosto el Papa Gregorio XIV (1621-1623) firmó las bulas. Fue consagrado obispo por el cardenal Diego Guzmán Haro, arzobispo de Sevilla3. 3 GUITARTE IZQUIERDO, V., Episcopologio español (1500-1699). Españoles obispos en España, América, Filipinas y otros países, Roma, 1994, p. 143, n.º 912. 132 JUAN JOSÉ POLO RUBIO El obispo Apaolaza tomó posesión de la diócesis por medio de procurador el 19 de noviembre. Antes de comenzar a residir en Barbastro, desempeñó junto con Martín Terrer, obispo de Tarazona, una comisión pontificia en el proceso de beatificación de Pedro de Arbués, canónigo inquisitorial de la Seo de Zaragoza, muerto en una conspiración de conversos judaizantes en el lejano 1485, y reabierto en 1621 por el Papa Gregorio XIV. Residiendo en Zaragoza, en febrero de 1623 anunciaba al cabildo barbastrense su próxima entrada en la ciudad. En los primeros días del mes de marzo ya se encontraba residiendo en Barbastro y escribía el edicto de convocatoria para el sínodo diocesano, que pensaba celebrar el 29 de abril. En este sínodo se promulgaron 32 constituciones. En 1624 fue llamado por Fray Juan Martínez de Peralta, arzobispo de Zaragoza (1624-1629), a presidir la comisión examinadora que discerniría acerca del carácter sobrenatural de los conocimientos que Sor Ángela Astorch, religiosa capuchina, parecía tener de la Sagrada Escritura y de la lengua latina. El pontificado de don Pedro Apaolaza al frente de la sede de Barbastro no fue muy grande. No duró íntegramente un trienio (1622-1625). Será nuevamente el monarca Felipe IV quien proponga en abril de 1625 al obispo Apaolaza para la sede de Albarracín, vacante por muerte de Fray Juan Bautista de Lanuza, acaecida en diciembre de 1624. El Papa Urbano VIII (1623-1643) expidió las bulas de nombramiento con fecha 18 de julio de 1625. Era la sede de Albarracín, enclavada en pleno Sistema Ibérico, una diócesis pequeña, pero con unas raíces históricas muy antiguas, que se remontaban al medioevo. Tomó posesión por poderes en noviembre de 1625 e hizo su entrada solemne en el verano de 1626. Tenía el obispo Apaolaza 58 años y era ya la tercera prebenda mitrada que usufructuaba. Su pontificado en Santa María de Albarracín duró ocho años largos (1625-1633). En la ciudad de los Azagra llevó una vida tranquila. Como había hecho en los otros lugares donde ejerció su ministerio sacerdotal o episcopal, se dedicó a la oración y al estudio. Vivió apartado de su grey albarracinense en 1629 puesto que por segunda vez tuvo que acudir a Zaragoza para desempeñar el cargo de diputado de la Diputación General del Reino. En febrero de 1632 fue presentado para el obispado de Teruel. El nombramiento pontificio, por las razones que señalábamos en las palabras introductorias, se demoró mucho en salir, hasta el mes de agosto de 1633. PEDRO APAOLAZA RAMÍREZ (1633-1635) 133 En octubre llegaron de Roma las bulas papales. El obispo Apaolaza escribió, con fecha 16 de octubre, al cabildo albarracinense para que declarase la sede vacante. En las Actas Capitulares del cabildo albarracinense puede leerse: «en virtud de una carta del señor obispo Don Pedro Apaolaza en la que dice que la puede dicho Capítulo publicar (la sede vacante), por cuanto tiene aviso de Madrid que sus bulas del obispado de Teruel, a que está promovido, están ya en en el Consejo Supremo de Aragón para despacharlas, y porque es voz común y fama pública». 2. OBISPO DE TERUEL La bula del Papa Urbano VIII para la sede de Teruel lleva data de 8 de agosto de 1633. El obispo Apaolaza tomó posesión por medio de procurador con fecha 22 de octubre e hizo su entrada solemne en la ciudad de Teruel el día 28 del mismo mes. Su paso por la sede turolense iba a ser muy breve, como hemos afirmado en páginas anteriores. Permaneció escasamente un año. Fray Juan de Guzmán, arzobispo de Zaragoza (1633-1634), falleció el 1 de marzo de 1634 y dejó vacante la sede metropolitana. Nuevamente Felipe IV, con fecha 30 de octubre de 1634, propondrá a don Pedro Apaolaza, el prelado más antiguo en aquel entonces del Reino de Aragón, para arzobispo de Zaragoza. El cabildo turolense felicitó al obispo Apaolaza por esta nueva promoción. Este correspondió enviando una carta al cabildo turolense, leída en la sesión capitular del 21 de diciembre de 1634. Para esas fechas, presumiblemente, ya se encontraba residiendo en Zaragoza. Las bulas del Papa Urbano VIII se expidieron con fecha 8 de enero de 1635. Juró su cargo en la catedral de la Seo con fecha 7 de marzo de 1635. Pedro Apaolaza Ramírez tenía 67 años de edad y había regido el abadiado de San Victorián y los obispados de Barbastro, Albarracín y Teruel. La provisión de las sedes aragonesas en eclesiásticos naturales del Reino fue el modo habitual de actuar durante la monarquía de los Austrias. Existió, además, cierta catalogación entre las sedes, dependiendo estrechamente del valor de las rentas anuales de las mensas episcopales. Había también un escalafón entre los mitrados aragoneses, que culminaba con la promoción a la sede metropolitana. Sólo algunos pasaban este «cursus honorum». Martín Terrer de Valenzuela, obispo de Albarracín, Teruel y Tarazona, lo recorrió antes que Pedro Apaolaza. Y lo haría también Fray 134 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Juan Cebrián, quien regiría las sedes de Albarracín, Teruel y Zaragoza, siempre tras el prelado Apaolaza. El arzobispo Apaolaza gobernó la sede metropolitana durante ocho años4. En su pontificado se dictó sentencia (1641-1642) al famoso milagro de Calanda. El mancebo Miguel Pellicer, agraciado por la Virgen del Pilar, recobró su pierna amputada en el hospital de Nuestra Señora de Gracia. El arzobispo reconoció la sobrenaturalidad del hecho, cuyas actas fueron conocidas en el siglo XVII por todo el mundo católico de Europa, y le dio renombre y fama universal. Falleció el día 21 de junio de 1643, domingo, a las cuatro de la tarde. Con su muerte Aragón perdió un excelente obispo, un gran orador y un magnánimo mecenas. Sus restos mortales estuvieron sepultados en la iglesia parroquial de su pueblo natal. La tumba fue profanada durante la contienda civil española de 1936. 4 Siendo arzobispo de Zaragoza, con fecha 6 de mayo de 1635, en la catedral de la Seo consagró obispo a Gaspar Gil Miravete, natural de Blancas (Teruel), para la diócesis de Vich; y el día 14 de marzo de 1638 a Cipriano Arcón, para la diócesis de Alghero (Cerdeña). En esta segunda oportunidad intervinieron en la ceremonia litúrgica, como coconsagrantes, Alonso Requesens Fenollet, O.F.M., obispo de Barbastro, y Vicencio Domec, obispo de Albarracín. CAPÍTULO IV FRAY JUAN CEBRIÁN (1635-1644) Cuando el padre mercedario Fray Juan Cebrián llegó a Teruel era ya un hombre maduro de 50 años de edad. Había sido comendador de dos monasterios (1615-1625), provincial de Aragón (1625-1627) y Maestro General de la Orden de Nuestra Señora de la Merced (1627-1632). Venía a Teruel de la cercana y limítrofe diócesis de Albarracín, que había gorbernado escasamente durante dos años (1633-1635). Por tanto, cuando se hizo cargo de la diócesis turolense era un hombre con suficiente experiencia de gobierno1. Sucedía en la sede a Pedro Apaolaza Ramírez, que había sido promovido a la metrópoli cesaraugustana. Venía a regir la diócesis de Teruel, que le era bien conocida. Su pueblo natal, Perales del Alfambra, dista apenas 40 kilómetros de esta ciudad. Se encontraba, pues, en su propio ambiente, cerca de su tierra natal, donde con el correr de los años levantaría su residencia solariega. La diócesis de Teruel contaba ya con su propio ordenamiento canónico, que recientemente había sido remozado por el obispo Fernando Valdés Llano. España estaba gobernada por el monarca Felipe IV, que en repetidas ocasiones favoreció a Fray Juan Cebrián. Aquellos tiempos fueron bien difí- 1 La trayectoria del obispo Cebrián se ha elaborado con los materiales de archivo citados en las notas, los trabajos de los cronistas mercedarios mencionados en el texto y con la siguiente bibliografía: MILLÁN, J., Santa María de El Olivar, Elche, 1997; POLO, J.J., «Jerónimo Salas Malo (1599-1664), deán y obispo de Albarracín, devoto de Nuestra Señora del Pilar», Xiloca, 9 (1992), pp. 147-169, Xiloca, 10 (1992), pp. 71-94 y Xiloca, 11 (1993), pp. 95-122; SANZ, A., «Biografía de Fray Juan Cebrián de Alagón, ilustre hijo de Perales», Teruel, 27 (1962), pp. 167-176. 136 JUAN JOSÉ POLO RUBIO ciles, tanto económica como políticamente. Una crisis aguda se cernió sobre la economía, no sólo peninsular sino también en los ámbitos europeos. Además, España tuvo que soportar las consecuencias políticas, sociales y económicas de las guerras secesionistas de 1640. Por eso el cuadro espacio-temporal en que se desarrolló la vida episcopal de Fray Juan Cebrián no fue nada halagüeño. Gobernó la diócesis de Teruel durante nueve años. Al finalizar su episcopado turolense, como sucedía habitualmente, fue promocionado a la sede zaragozana. Regentó la archidiócesis cesaraugustana por espacio de 18 años, hasta su muerte, acaecida en 1662. Al estudiar el episcopado de Fray Juan Cebrián descubriremos varias facetas: el fraile mercedario, el religioso que desempeñó tareas de gobierno dentro de su Orden y el obispo de Albarracín, Teruel y Zaragoza. Como religioso y obispo de su tiempo, no pudo escaparse de algunos modos habituales de obrar en su época: nepotismo, ambición política y excesivo servilismo a la Corona. 1. FRAILE MERCEDARIO Fray Juan Cebrián estudió y profesó como religioso mercedario en el monasterio de Nuestra Señora del Olivar, ubicado cerca del pueblo de Estercuel, que pertenecía a la archidiócesis de Zaragoza. Fue comendador (prior) de este monasterio. Tuvo un amor entrañable y una preocupación constante por el monasterio del Olivar. Así se desprende de dos textos que traíscribo a continuación, donde el mismo se confiesa como «hijo del monasterio y convento del Olivar». El primero es de una bula de Urbano VIII (Nuper pro parte), donde se reconoce y se concede permiso a Fray Juan Cebrián, Maestro General de la Orden de la Merced, para dejar todos sus bienes a favor del Olivar, pues allí «había vestido el hábito, que suelen llevar los frailes de la Orden, en la casa regular de dicha Orden del lugar del Olivar, de la diócesis zaragozana, y allí había emitido igualmente la profesión regular. Por eso, concedemos que, cuanto fuere hallado al tiempo de su muerte, todo sea cedido a esa casa en que vistió el hábito y emitió su profesión, como se ha dicho». El otro texto está tomado de una carta de donación, otorgada en Madrid el 13 de febrero de 1632 por el Maestro General Fray Juan Cebrián a favor del Olivar, que cedía 44.000 reales «al dicho monasterio y convento FRAY JUAN CEBRIÁN (1635-1644) 137 de Nuestra Señora del Olivar, cuyo hijo soy y donde, como va referido, tomé el hábito y profesé. Y desde luego los renuncio, doy y dono y traspaso al dicho monasterio». 1.1. ESTUDIANTE Y COMENDADOR DEL MONASTERIO DE NUESTRA SEÑORA DEL OLIVAR Juan Cebrián Pedro nació en Perales del Alfambra (Teruel) el 24 de octubre de 1585. Era hijo de Juan Cebrián y Eleonora Pedro. Juan Cebrián pasó los años de infancia en Perales del Alfambra. Sabemos que los habitantes de Perales acudían anualmente en romería al monasterio del Olivar, donde se veneraba una imagen de Nuestra Señora bajo el mismo nombre. Resulta normal que los lugareños de los pueblos cercanos acudiesen a este monasteriosantuario. Sin embargo, Perales del Alfambra se encontraba a bastante distancia del monasterio. Quienes acudían allí en romería necesitaban de cinco o seis días para ir, visitar y regresar a sus hogares. Por eso no resulta extraño que los padres de Juan Cebrián, incluso acompañados de su propio hijo, conociesen este lugar y posteriormente lo llevasen a estudiar al monasterio. Aprendidas las primeras letras, cursó Humanidades, Filosofía y Teología en el monasterio del Olivar, donde había Estudio de Gramática desde 1576. Allí tomó el hábito mercedario e hizo la profesión religiosa. Completó sus estudios de Teología en la universidad de Alcalá de Henares (1611-1612) y, residiendo en el colegio y monasterio mercedario de la Vera Cruz, continuó sus estudios teológicos en la Universidad de Salamanca (1612-1614). Siendo necesario en el Olivar como formador de los futuros religiosos, regresó al monasterio sin obtener el título académico universitario. Durante estos años, antes o después, presumiblemente sería ordenado sacerdote. En ese tiempo era comendador del Olivar el padre Pedro Domingo. En el capítulo provincial de 1612, celebrado en Barcelona del 4 al 10 de mayo, el padre Pedro Domingo fue nombrado comendador del convento de Daroca (Zaragoza) y el padre Pedro Valverde del Olivar, permaneciendo en el cargo durante tres años, que era el tiempo que mediaba y era exigido entre los sucesivos capítulos provinciales. En 1615, en el capítulo provincial celebrado en Zaragoza del 16 al 21 de mayo, Fray Juan Cebrián fue nombrado comendador del Olivar. Cerca del pueblo de Oliete estaba el monasterio mercedario de San Pedro de los Griegos, próximo geográficamente y, por tanto, relacionado con el monasterio del Olivar. En San Pedro de los Griegos había un 138 JUAN JOSÉ POLO RUBIO comendador y una comunidad, aunque su autonomía y economía por aquellos tiempos venía siendo problemática. El padre Juan Cebrián, comendador del Olivar, llevó y expuso este problema en el capítulo general del año 1618, celebrado en Murcia. Pedía que el convento de San Pedro de los Griegos fuese anexionado al del Olivar «en la forma y manera en que los años atrás estuvo incorporado y agregado». Dicha proposición fue traspasada al capítulo provincial, para ser estudiada y tratada. Celebrado éste en la ciudad de Daroca el mes de abril de 1619, se «determinó que se hiciese la dicha incorporación con el de Nuestra Señora del Olivar, aplicando el directo dominio de todas las heredades, posesiones y demás hacienda perteneciente al dicho convento…, con tal que el dicho convento del Olivar esté obligado a tener un religioso que diga Misa en la dicha casa de San Pedro de los Griegos». En este Capítulo provincial de Daroca se reconoció al Padre Juan Cebrián el título de presentado. Obtuvo 30 votos, sobre 33 votantes, para elector del Capítulo General y 1 sufragio para desempeñar el cargo de Definidor de la Orden. Al terminar el capítulo provincial, Fray Juan seguía siendo prior del convento del Olivar. En mayo de 1622 hubo Capítulo General y Provincial en Zaragoza. El Padre Juan Cebrián asistió como comendador del Olivar y como elector general. En el Capítulo Provincial, con la asistencia de 47 mercedarios, eligieron por 44 votos al padre Juan para el cargo de Definidor General de La Orden. Pidió y se le concedió el título de Maestro. Puede afirmarse que en este Capítulo, o al poco tiempo de su celebración, fue nombrado prior del convento de Santa Eulalia de Barcelona, que era el más representativo de la Merced. El priorato de Barcelona tenía la prerrogativa de que el religioso que lo ocupaba, en caso de renuncia o muerte del Maestro General, quedaba automáticamente constituido en vicario general de la Orden. Esto ocurrió en alguna ocasión, dado que varios Maestros Generales de la Orden fueron elevados a la dignidad episcopal, y en 1632 acaecería con Fray Juan Cebrián quien, antes de ser elevado a la dignidad de Maestro General de la Orden, desempeñó el cargo de Provincial. El padre Juan Cebrián fue calificador del Santo Oficio. Los cronistas de la Orden no se ponen de acuerdo si desempeñó el oficio mientras fue comendador del Olivar o mientras vivió en Barcelona. 1.2. PROVINCIAL DE ARAGÓN Al capítulo provincial del año 1625, celebrado en Barcelona durante el mes de enero, asistieron 43 capitulares. El día 18 se hizo la elección de pro- FRAY JUAN CEBRIÁN (1635-1644) 139 vincial, que recayó por 42 votos en la persona del padre Juan Cebrián. En este Capítulo provincial se dictaron también doce disposiciones, que constituían un verdadero programa reformista del nuevo provincial. Estas normas del padre provincial Fray Juan Cebrián estaban apoyadas en su experiencia de gobierno como comendador del Olivar y de Santa Eulalia. El Maestro General, padre Gaspar Prieto, promovido al episcopado, no acabó su mandato y tuvo que renunciar al cargo en enero de 1627. Había que celebrar Capítulo general electivo. Antes de esto, el padre provincial de Aragón se reunió con los padres definidores y electores de su provincia en Zaragoza. Era el mes de abril de 1627: un padre elector y otro padre definidor presentaron su dimisión por razones de salud. Admitidas ambas renuncias, los padres electores aragoneses acudieron al Capítulo General. En el mes de mayo se convocó el Capítulo General electivo, que se celebró en la ciudad de Toledo. 1.3. MAESTRO GENERAL DE LA ORDEN DE LA MERCED El Capítulo General electivo se celebró en el monasterio de Santa Catalina. Comenzó el 21 de mayo de 1627, vigilia de Pentecostés, y acudieron 27 electores. Las crónicas mercedarias dicen que «el sábado 22 de Mayo de 1627, después de la Misa del Espíritu Santo y demás ceremonias acostumbradas, habiendo votado todos, se halló una cédula que decía: el padre maestro fray Lorenzo de Altava; y las 26 restantes: el padre maestro fray Juan Cebrián. Y, así, quedó Maestro General electo. Y, habiendo hecho el juramento, le prestaron obediencia». Fray Juan Cebrián, con el voto unánime de todos los electores se había convertido en el 39 Maestro General de la Orden de la Merced. El Maestro General Fray Juan Cebrián y los demás capitulares permanecieron reunidos hasta el día 28 de mayo. Durante esos días, elaboraron algunas nuevas ordenaciones como —a modo de ejemplo— las relativas a la labor misionera en Indias, a la disminución del número de presentados y maestros, al nombramiento de un solo predicador en cada convento o a la obligación impuesta a los Maestros generales de permanecer desempeñando el cargo durante los seis años preceptivos, sin poder aceptar entretanto la presentación regia para una sede episcopal. El Generalato de Fray Juan Cebrián se caracterizó por su talante reformador. En 1627 dictó 51 disposiciones para las provincias de las Indias y aprobó la fundación de la Orden mercedaria en China y Japón, aunque no se consiguió que progresase dicha fundación. Ese mismo año, consiguió 140 JUAN JOSÉ POLO RUBIO reducir el número de graduados (llamados de baratillo) que en la Merced, como en las otras Órdenes, se concedían con notable abuso, luchando por la calidad de los graduados, «no sin contradicciones bien pesadas». En 1628 la Santa Sede aprobó las causas de canonización de San Pedro Nolasco y San Ramón Nonato y se pusieron en marcha los procesos informativos sobre Pedro Armengol y María de Socós. Durante su Generalato se llevó a cabo la extensión de la Orden a Portugal y también, lamentablemente, la separación de la Orden y desgajamiento de la rama de los hermanos descalzos. Gobernaba la Iglesia el Papa Urbano VIII (1623-1644). El padre Luis Aparicio, procurador general de la Orden mercedaria en Roma, obtuvo más de 15 bulas papales con privilegios y reconocimientos para el nuevo Maestro General y su Orden: confirmando la elección del padre Cebrián para general; concediendo el rezo de San Pedro Nolasco, misa y oficio, perpetuamente, para toda la Orden; permitiendo al General el uso de altar portátil para sus viajes de visita a la Orden o dándole permiso para que pudiese testar a favor del convento del Olivar y todos sus bienes pasasen a dicho monasterio en el momento de su muerte. En 1628 «sorteó el oficio de diputado del Reino de Valencia, y lo ejerció todo el trienio, sirviendo a su Majestad en disponer las materias de su real servicio». El padre Salmerón, coetáneo de Cebrián y cronista mercedario, propenso siempre a realzar todo lo que significara servicialidad de la Orden mercedaria a los soberanos, asegura que los ascensos del Maestro General al episcopado y dentro del mismo los debió al monarca Felipe IV quien, pasados los años, presenciaría personalmente la entrada solemne del arzobispo Cebrián a la sede metropolitana. El año 1629 colaboró en la fundación del colegio mercedario de Valencia. Escribió De initio Ordinis Constitutionibus, et legibus eius, cui pontificias bullas, quae ad regimen optimum spectant intexuit (Madrid, 1628); Información y mermorial acerca del tiempo que en la vacante del oficio de General de la Orden de Nuestra Señora de la Merced ha de ser Vicario General de ella el padre prior del convento de Barcelona (Madrid, 1632) y las obras manuscritas, fechadas el año 1630 en Zaragoza, De violenta clerici persecussione, ac de absolvendi percussorem a censura y De iure episcopali. Patrocinó la edición de obras como Centuria Sanctorum, del padre Luis Aparicio (Roma, 1628); Constituciones antiguas y bulario, con nota de Fray Serafín de Freitas (Madrid, 1632); Crónica General, del padre Alonso Remón (tomo II, Madrid, 1636) y Conquista de Nueva España, de Bernal Díaz del Castillo, editada por el padre Alonso Remón (Madrid, 1632). FRAY JUAN CEBRIÁN (1635-1644) 141 Pero en la tarea que puso mayor ilusión y entrega fue en la reconstrucción del monasterio-convento del Olivar. El cronista Tirso Téllez afirma que «encontró viejo el convento y empleó todas sus industrias y desvelos no sólo en remendarlos, sino en fabricar de nuevo toda aquella casa, en cuya religiosa empresa gastó cuanto así por los gajes de su Generalato le pertenecia, como lo que de su padre grangeó y de sus hermanos, uno y otros caudalosos. Quedó la iglesia y el monasterio tan hermoso y tan autorizado que, fuera del de Zaragoza, no tenemos en todo aquel gran Reino alguno que le iguale. Puso pinturas excelentes en los claustros, retablos en la iglesia, ornamentos y muebles en la sacristía». En la obra Historia de la Aparición de la sagrada imagen de Nuestra Señora del Olivar, de su santuario y convento anexo, escrita por el padre Guillermo Bravo en 1892, se describe el primitivo convento —o sea el edificio que se fue construyendo y ampliando desde la fundación en el siglo XIII hasta la gran reforma hecha entre 1627 y 1632 por el padre General Fray Juan Cebrián— con las siguientes palabras: «constaba la primitiva fábrica del convento de dos compartimentos o claustros, que se extendían en cuadros regulares; el primero comprendía el área que forma la plaza de la iglesia, hasta el pie de la montaña septentrional, por donde pasa el camino de Crivillén; el segundo, unido al anterior por el lienzo del mediodía, ocupaba todo el campo de la plaza mayor. El edificio tenía dos pisos, con todas las localidades y oficinas indispensables en un convento grande, y más en uno como éste que, por razón de su aislamiento, ha de menester de tantas otras, como hornos, graneros, corrales, etc., que no son necesarias en los de las ciudades». El Padre Pedro de Luna, en su obra Breve relación historial, panegírica y doctrinal de la aparición de Nuestra Señora del Olivar, fundación y aumentos de su convento, con un compendio de sus prodigios, y dos novenarios a favor de sus devotos, impresa en Zaragoza en 1723, describía la obra llevada a cabo en el Olivar durante el Generalato del padre Cebrián con estas palabras: «edificada la iglesia, y pasados veintitrés años, se dio principio a la fábrica del convento nuevo y se concluyó en cinco años, de manera que se empezó el año 1627 y quedó ya perfecta el de 1632. Era en este tiempo Maestre General el Excelentísimo Señor Don Fray Juan Cebrián. Habiendo llegado a sus manos, estando en la coronada villa de Madrid, una limosna cuantiosa para que la gastara en alguna obra pía, como hijo de esta casa la aplicó a ella, mandando se fabricara nuevo claustro. Con esta ayuda, con lo que pudo contribuir el convento, y con algunos arbitrios y limosnas llegó en tan breve tiempo a la perfección que hoy tiene». El matrimonio granadino, compuesto por Rolando Levanto y María Bibalil, otorgaron carta de donación en Madrid con fecha 13 de febrero de 142 JUAN JOSÉ POLO RUBIO 1632 por valor de 60.000 reales, que el Maestro General Cebrián empleó en la obra de reconstrucción del monasterio del Olivar, iniciada con anterioridad y pagada posteriormente. Por todo el convento puso el padre Cebrián buenas pinturas de temas piadosos y mercedarios. Aunque no tenemos seguridad de quién fue el autor de tantas pinturas, la gran mayoría fueron ejecutadas por el religioso mercedario de Tarazona padre Agustín Leonardo (+1634), que viajó de convento en convento plasmando su arte. El padre General le mandó ir al Olivar, donde realizó treinta y ocho cuadros mayores y algunos pequeños. Siendo ya obispo ayudará, intervendrá y seguirá muy de cerca la vida monástica del Olivar, de tal manera que «a la hora de asignar comendadores a cada casa, el del Olivar se deja a disposición del Ilustrísimo señor Don Fray Juan Cebrián, obispo de Teruel, para que su Ilustrísima ponga religioso de prendas por prelado de aquella casa, como interesado y bienhechor de ella». En 1651, siendo arzobispo de Zaragoza, colaboró en la construcción de la plaza denominada de las Malvas, donde hay «una pared adornada con almenas de ladrillo, en medio una gran puerta, y sobre ella está en una piedra el escudo de armas del señor Cebrián, como también sobre las de los cuartos y sala capitular del convento nuevo, en memoria de que para estas obras contribuyó con mucha parte su Excelencia», según afirman los padres Luna y Bravo. Su mecenazgo queda también documentado en los armarios y sacristía de la iglesia del monasterio, equipada de calajera, ornamentos, cuadros, alhajas para el culto…, donde aparecen las armas del obispo Cebrián. A la hora de enjuiciar la labor del Generalato del padre Cebrián, las valoraciones de los cronistas mercedarios no son unánimes. Mientras el padre Salmerón sentía una gran admiración, el padre Tirso Téllez señala en múltiples ocasiones que tuvo sus contrarios. Es cierto que el padre Cebrián fue un hombre recto, emprendedor, exigente, laborioso y, por ello, en algunas ocasiones criticado y no siempre bien entendido. Al ser presentado para la mitra de Albarracín, renunció con fecha 29 de marzo de 1632 a su grado de maestro y, pocas fechas después, el 4 de mayo al gobierno de la Orden. 2. OBISPO DE ALBARRACÍN Con fecha 6 de enero de 1632 el monarca Felipe IV presentó a Fray Juan Cebrián para ocupar la sede de Albarracín, que estaba siendo gobernada por FRAY JUAN CEBRIÁN (1635-1644) 143 don Pedro Apaolaza Ramírez. La bula papal de Fray Juan tardaría más de un año en ser emitida, pues lleva data de 5 de septiembre de 1633. El ascenso de Fernando Valdés Llano, hasta entonces obispo de la diócesis de Teruel, al arzobispado de Granada y a la Presidencia del Consejo de Castilla, retardó la emisión de las bulas de Apaolaza para Teruel y de Cebrián para Albarracín. La noticia de su elección episcopal era conocida en Albarracín. Por eso, siguiendo los modelos protocolarios del momento, el cabildo nombró un capitular para felicitar al obispo electo. Con fecha 13 de octubre el canónigo Tomás Antillón Igual viajó a dar la enhorabuena a don Pedro Apaolaza por su promoción a la sede turolense y, de paso, se entrevistó con Fray Juan Cebrián, aprovechando también para darle el más sentido pésame por la muerte de uno de sus sobrinos. El canónigo Antillón estaba de regreso en Albarracín para el 19 de octubre, miércoles, fecha en que se eligieron los oficios o cargos de sede vacante. La sede de Albarracín permaneció vacante escasamente un mes. Fray Juan Cebrián fue consagrado obispo por don Juan Guzmán, arzobispo de Zaragoza, en el convento mercedario de San Lázaro, ubicado en la ciudad de Zaragoza. Una vez recibida la consagración episcopal, el 16 de noviembre de 1633 tomó posesión de la diócesis de Albarracín por medio de su sobrino, que tenía el mismo nombre que el tío. El arcediano, Dr. Antonio Cuber de Bernabé, presidió este acto que, siendo meramente protocolario, tenía consecuencias pecuniarias. A partir de ese momento, el obispo comenzaba a percibir los derechos propios de la mensa episcopal. Con fecha 28 de noviembre los canónigos nombraron una comisión de capitulares para salir a recibir a Fray Juan Cebrián hasta el pueblo de Royuela, como era costumbre. Con toda seguridad ese mismo día, o al día siguiente, hizo su entrada solemne en la catedral de su diócesis. El ceremonial de entrada tenía siempre parecidos hitos protocolarios: el obispo adoraba la cruz que le presentaba el deán, juraba las constituciones capitulares, entraba procesionalmente en el templo catedral, mientras el coro cantaba el Veni Creator, y llegaba al altar mayor donde entonaba el Te Deum y, finalmente, recibía la felicitación del cabildo, beneficiados, clérigos y pueblo cristiano. El 1 de diciembre el cabildo catedral, capitularmente y vestidos con hábitos corales, visitó al prelado. El deán Salas Malo tomó la palabra para dar la bienvenida al obispo Cebrián. El acto tuvo lugar a las dos de la tarde, momento antes del canto de vísperas. El obispo Cebrián no permaneció mucho tiempo al frente de la diócesis de Albarracín, que ciertamente era una sede de paso, de primera salida. 144 JUAN JOSÉ POLO RUBIO El 15 de marzo de 1635 el cabildo albarracinense, conocedor de que su pastor había sido promovido a la sede de Teruel, resolvió enviar a Zaragoza, donde se encontraba el obispo Cebrián, una embajada para felicitarle. Mientras permaneció en Zaragoza, el domingo 6 de mayo de 1635, el recién nombrado arzobispo de Zaragoza, don Pedro Apaolaza Ramírez, asistido de Fray Juan Cebrián y de don Vicente Domec, obispo de Jaca, consagró en el altar mayor de la catedral de la Seo a Gaspar Gil Miravete, natural de Blancas (Teruel), para obispo de Vich. Tras ocho meses de prolongada ausencia en Zaragoza, Fray Juan Cebrián regresó a Albarracín para recoger sus pertenencias. Con fecha 19 de junio el cabildo catedralicio acudió capitularmente a saludarle y felicitarle. El prelado, antes de salir hacia su nueva sede, devolvió la visita y se despidió costesmente del cabildo. Las bulas papales para Teruel llevan data de 9 de julio, aunque los otros trámites burocráticos retrasarían todavía un mes para declarar la sede vacante. El obispo Cebrián escribió con fecha 7 de agosto al cabildo de Albarracín y les comunicaba que, una vez declarada la sede vacante, podían proceder a la elección de oficios. La diócesis albarracinense permaneció sin pastor durante más de un año. El obispo de Jaca, Vicencio Domec, fue nombrado para sucederle. 3. OBISPO DE TERUEL Fray Juan Cebrián Pedro entró solemnemente y tomó posesión de la diócesis de Teruel el 6 de octubre de 1635. Gobernó la diócesis durante nueve largos años, hasta 1644. El padre mercedario Marcos Salmerón, en su obra Recuerdos históricos y políticos de los servicios que los Generales y varones ilustres de la Religión de Nuestra Señora de la Merced, Redención de Cautivos, han hecho a los Reyes de España, asegura que «en sus ocho años de obispo turolense, nunca salió de los límites diocesanos si no era en servicio del rey, como cuando el año 1642 concurrió a Zaragoza para la Junta de los Brazos del Reino». Cuando el padre Salmerón escribía estas cosas en 1646, el ya «arzobispo Cebrián estaba sirviendo al Soberano en el oficio de consejero, en una gran Junta que se celebraba en Zaragoza, con objeto de resolver en materias de guerra y de paz concernientes al reino de Aragón». Los siete primeros años de su pontificado turolense, como se desprende de una atenta lectura de las Actas Capitulares, fueron años pacíficos, sosegados y sin ningún tipo de sobresalto. Durante el bienio de 1642 a 1644 FRAY JUAN CEBRIÁN (1635-1644) 145 las noticias documentales conservadas en los archivos turolenses son mayores. Hay dos temas puntuales: las ayudas del cabildo catedralicio y la ciudad de Teruel a la maltrecha economía española, secundando la Unión de Armas propuesta por el Conde-Duque de Olivares, y los pleitos ruidosos entre el obispo Cebrián y su cabildo con ocasión de un nombramiento capitular, hecho en la persona de un sobrino carnal del prelado. De ambos asuntos trataremos en los parágrafos siguientes. El obispo Cebrián, como otros prelados antecesores y sucesores suyos en la silla episcopal turolense, estuvo también enredado con este tipo de litigios, nada aleccionadores para el pueblo cristiano y donde el poder episcopal (abusando incluso de las penas canónicas) se dejará sentir con toda su fuerza. Fray Juan Cebrián era un hombre de su tiempo. En ese contexto habrá que juzgar sus decretos y mandatos episcopales, teniendo en cuenta, además, que habitualmente queda sólo en los archivos la documentación emanada por pleitos o cuestiones en litigio. La vida ordinaria normalmente no queda plasmada en documentos. Por eso, al historiar el pontificado turolense de Fray Juan Cebrián no podemos caer en el error, ni tampoco afirmar categóricamente, que fue un hombre conflictivo. 3.1. AYUDA ECONÓMICA PARA LAS CAUSAS REGIAS Tan pronto como Fray Juan Cebrián regresó de las Cortes celebradas en Zaragoza a Teruel, en el mes de junio de 1642 propuso al cabildo catedralicio que sería necesario celebrar sínodo (sic) «para ver cómo la ciudad y los pueblos podían ayudar a la nación en la cuestión de las levas de soldados, para defender la nación contra la invasión de los franceses»2. El obispo les sugirió también que programasen algunos actos litúrgicos para pedir a Dios por el éxito de las armas españolas, dado que los franceses se habían apoderado «de muchos lugares». El cabildo catedralicio tomó buena nota de las propuestas episcopales, nombró cuatro capitulares para estudiar el asunto —el deán Pedro Martínez Rubio, el tesorero Pedro Lázaro López y los canónigos Juan Pasamonte y Lorenzo Dimas Carnicer— y retrasó unos días la celebración de los actos cultuales, puesto que estaba ocupado en la celebración del Corpus Christi y su octava. 2 A.C.T., 114, cabildo 23 de junio de 1642. 146 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Con fecha 3 de julio el cabildo acordó hacer un novenario de Misas pidiendo por esa intención, que daría comienzo el 6 de julio. Durante la Misa se recitarían también las letanías de los Santos «semitonadas, como se acostumbra en tiempo de guerra». Convendría que la noticia se divulgase desde «los púlpitos, para que el pueblo asistiese estos nueve días»3. Una vez acabada la novena de misas, se vio conveniente continuar con dichas rogativas y, al mismo tiempo, «se dio aviso a todas las iglesias y Órdenes para que asistieran a una procesión general que el señor obispo y cabildo habían convenido que se hiciera»4. La procesión pasaría junto al Hospital y la iglesia de San Pedro. Además de la oración que consideraban muy necesaria, en el mes de agosto los munícipes y autoridades comenzaron a estudiar medidas concretas de tipo económico y de levas de soldados. El cabildo designó al deán Martínez Rubio y al canónigo Juan de Asín para tratar el tema5. La ciudad de Teruel debía colaborar a la Unión de Armas con 2.567 libras y 8 dineros. La tercera parte (855 libras y 26 dineros) sería abonada por los eclesiásticos de la ciudad, a modo de «donativo gracioso». Los capitulares comunicaron este acuerdo al obispo y al cabildo. El obispo Cebrián, aceptando la propuesta, prefería que el dinero que se debía aportar fuese entregado en calidad de sisa o impuesto y no como «donativo gracioso». Y así se comunicó a los síndicos y jurados de la ciudad6. La presión bélica seguía aumentando y, por lo mismo, las necesidades económicas seguían creciendo. Al año siguiente los ediles municipales solicitaron al estamento clerical nuevamente ayuda económica para pagar «las levas de soldados». Aragón estaba siendo invadida por los catalanes y franceses. El Concejo municipal turolense, sin convocar al estamento clerical, había acordado unilateralmente sobre esta materia. El obispo Cebrián protestó enérgicamente. El cabildo catedralicio estaba dispuesto a pagar como lo habían hecho anteriormente pero siempre que se contase con el permiso episcopal. Sugerían a los munícipes que escribiesen al obispo solicitando su consentimiento7. 3 4 5 6 7 Ibídem, cabildo 3 de julio de 1642. Ibídem, cabildo 18 de julio de 1642. Ibídem, cabildo 12 de agosto de 1642. Ibídem, cabildo 10 de septiembre de 1642. Ibídem, cabildo 10 de marzo de 1643. FRAY JUAN CEBRIÁN (1635-1644) 147 Los jurados municipales debieron exponer su solicitud al obispo Cebrián, quien aceptó que los eclesiásticos colaborasen con la parte proporcional que les correspondiese8. Esta colaboración del estamento clerical sería abonada por el obispo, el cabildo catedral y el Capítulo General Eclesiástico, según lo establecido por una constitución sinodal recientemente aprobada en el sínodo celebrado por el obispo Cebrián9. Los eclesiásticos turoleneses no eran remisos en ayudar al mantenimiento del ejército y Unión de Armas, siempre y cuando los ediles municipales respetasen sus estatutos y leyes propias. 3.2. RELACIONES CON EL CABILDO CATEDRAL Creemos que las relaciones del obispo Cebrián con el cabildo catedral fueron cordiales hasta 1640, año en que empezaron las tensiones, hasta derivar en comportamientos bien anómalos, tanto por parte del prelado como del cabildo, aunque comprensibles para aquellas circunstancias históricas. El obispo Cebrián pretendió ciertos derechos frente al cabildo, como el nombramiento para ocupar canonjías, la visita al templo catedral y la corrección de capitulares sin conjueces, intentanto imponerse a los derechos de los canónigos con la obtención de breves papales que respaldasen sus actuaciones10. Fray Juan Cebrián no tuvo ningún problema para hacer la visita canónica al templo, jocalías y documentos catedralicios el año 1637, como consta por el acta de visita del testamento otorgado por el canónigo Marcos Polo de la Torre, levantada el 27 de octubre11. En 1640 realizó gestiones ante la Santa Sede para nombrar canónigo de la catedral turolense a un sobrino suyo, llamado Gil Pedro Cebrián, menor de edad y que ya disfrutaba de un beneficio en la villa de Manzanera. El Papa Urbano VIII, con fecha 24 de julio de 1640, le dispensó del defecto 8 Ibídem, cabildo 28 de mayo de 1643. Ibídem, cabildo 29 de mayo de 1643. 10 Ibídem, 158-1-70. 11 Ibídem, 156-20-1, fol. 10. El canónigo Marcos Polo de la Torre testó con fecha 30 de diciembre de 1628: manifestaba sus deseos de ser sepultado en el templo catedral, fundaba un aniversario perpetuo en la catedral, dejaba un legado pío a favor del hospital general de Teruel y otro también a favor del hospital de Nuestra Señora de Gracia, que estaba en Zaragoza. 9 148 JUAN JOSÉ POLO RUBIO de edad para obtener una canonjía diaconil12 y, por bula datada el 6 de septiembre del mismo año, le nombró canónigo de la catedral de Teruel13. El cabildo aceptó de mala gana este nombramiento y se indispuso contra el obispo. El sobrino del prelado, sin cumplir con la obligación de residencia14, pretendía cobrar sus rentas. El cabildo se oponía tenazmente y ambas partes estaban enfrentadas y sumidas en pleitos. Se acudió al Justicia de Aragón15, que apoyó favorablemente los derechos del sobrino del obispo16. El cabildo tenía su propio agente, don Braulio Sunyer, en Roma para seguir esta causa procesal17. La Sagrada Congregación del Concilio, en 1643, dictó sentencia a favor de don Gil Pedro Cebrián18, confirmada por un breve del Papa Paulo V, fechado el 20 de abril de 164319. El obispo Cebrián tomó parte a favor de su sobrino. El cabildo catedralicio, que estaba gastando mucho dinero por este motivo, pensó exponer estos problemas a los jurados y munícipes de la ciudad, con el fin de ganar y atraer sus voluntades a favor de los postulados del cabildo frente al obispo Cebrián. Los canónigos Juan de Pasamonte y Lorenzo Dimas Carnicer fueron designados por el cabildo para exponer el problema ante el consistorio turolense y, posteriormente, viajar a Madrid para seguir el pleito y describir la situación ante el Nuncio Apostólico20. La ciudad de Teruel contestó diciendo que procurarían, siempre que fuese posible, influir en la voluntad episcopal para que desistiese de sus pretensiones y paralizase el pleito21. El obispo Cebrián montó en cólera, prohibió bajo pena de excomunión a don Juan Pasamonte predicar y confesar en la diócesis y firmó un decreto en Perales el 21 de enero de 164322. El cabildo nombró a los notarios Luis Novella y Juan Aparicio como procuradores del cabildo para entrevistarse con el obispo y pedir que restableciese al canónigo Pasamonte en su cargo de penitenciario, pues estando suspendido a divinis no podía confesar ni absolver de las censuras23. 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 Ibídem, 158-1-27. Ibídem, 158-1-24. Ibídem, 216-5-19. Ibídem, 158-1-28 y 158-1-39. Ibídem, 261-6-19. Ibídem, 158-1-50 y 158-1-46. Ibídem, 158-1-9. Ibídem, 261-6-15. Ibídem, 158-1-45. Ibídem, cabildo 19 enero 1643. Ibídem, 261-6-16. Ibídem, 114, cabildo 25 enero 1643. FRAY JUAN CEBRIÁN (1635-1644) 149 El obispo Cebrián contestó que tenía sus dudas sobre el nombramiento de penitenciario a favor del canónigo Pasamonte y, por eso, quería ver sus títulos y «mientras no le costasen, no le tenía por tal canónigo». Afirmaba que para quitarle las licencias ministeriales no necesitaba la aprobación de los conjueces y, además, el delito en que había caído el canónigo Pasamonte era exclusivamente civil y no eclesiástico24. Se acordó capitularmente que el deán escribiese al obispo, exponiéndole que había examinado los títulos del canónigo Pasamonte y los había encontrado correctos. En ese mismo cabildo se acordó nombrar a Juan de Asín y Juan Benedicto, canónigos, para que preparasen la documentación necesaria para mandar a Roma y proseguir el pleito25. El deán Martínez Rubio escribió al prelado, que seguía en Perales del Alfambra, con fecha 5 de febrero26. El tribunal eclesiástico turolense, con fecha 28 de marzo de 1643, dictó sentencia a favor del canónigo Gil Pedro Cebrián. Don Jerónimo Torán de Garnica, oficial eclesiástico del tribunal turolense, dictó sentencia obligando al cabildo a dar a don Gil Pedro Cebrián las distribuciones y frutos propios de su canonjía27. El cabildo apeló contra la sentencia28. El cabildo acordó escribir al arzobispo de Zaragoza, don Pedro Apaolaza, para que certificase los títulos y nombramiento del canónigo Pasamonte como penitenciario, hacer un memorial para que en lo sucesivo ningún obispo, una vez transcurridos tres años de la toma de posesión de un canónigo, pudiese pedir los títulos y, finalmente, escribir a Roma para obtener información sobre la manera correcta de actuar cuando se diesen estas situaciones. Se pidió nuevamente al deán que escribiese al obispo e intercediese a favor de Miguel Juan Fonfría, paje del obispo Cebrián, que había sido despedido injustamente por el prelado, ya que equivocadamente había tomado un fajo de correspondencia, dirigida al cabildo, de la estafeta de correos y se la había llevado al obispo. La equivocación había sido involuntaria y el prelado reaccionó de una manera precipitada29. El obispo devolvió al cabildo las cartas que había recibido equivocadamente30 y escribió al deán y agradeciéndole su discrepancia con el resto del 24 25 26 27 28 29 30 Ibídem, cabildo 3 de Febrero de 1643. Ibídem, 114, cabildo 3 de febrero de 1643. Ibídem, 239-1-46. Ibídem, 158-1-10 y 158-1-20. Ibídem, 158-1-10: 20 de abril de 1643. Ibídem, 114, cabildo 7 de febrero de 1643. Ibídem, 263-2-30. 150 JUAN JOSÉ POLO RUBIO cabildo, que había promovido acciones ofensivas contra su prelado31. Fray Juan le comunicaba que don José Aínsa, hermano de su vicario general, había obtenido bula papal para ocupar la coadjutoría de arcediano y que estaba decidido —tozudamente convencido, queremos decir— a proseguir el pleito32. Con fecha 20 de marzo dio un decreto mandando que se guardasen como fiestas de precepto en la diócesis las de San Jorge, patrón de Aragón, y la de Santa Emerencia, patrona de la ciudad de Teruel33. El nuncio apostólico se inhibió en el asunto de la suspensión a divinis del canónigo Pasamonte34. Don Jerónimo Torán de Garnica dio un decreto y declaró en entredicho a la iglesia catedral35 y excomulgó a don Juan de Asín, canónigo presidente del cabildo36, en ausencia del deán Martínez Rubio. El deán viajó a Madrid para entrevistarse con el Nuncio Apostólico37. El obispo Cebrián comentó por carta todos estos incidentes al deán Martínez Rubio38. El virrey de Aragón rogó al obispo que levantase el entredicho que pesaba sobre la catedral y ciudad de Teruel, para que pudiesen proseguir con el novenario de rogativas ordenado por el rey39. El cabildo mandó un memorial al monarca Felipe IV comentándole que no habían podido hacer las rogativas y pidiéndole que pusiese remedio en los pleitos promovidos por los sobrinos del prelado40. Los capitulares, como ha quedado apuntado más arriba, estaban divididos. No era algo nuevo, ni tampoco sería la última vez. Había enfrentamientos entre dignidades y canónigos. Lo mismo había sucedido en 1628, siendo obispo Fernando Valdés Llano, que había aprobado una sentencia arbitral con fecha 13 de enero. Aprovechando que el deán estaba ausente, los ánimos de los capitulares se exacerbaron, teniendo que intervenir el obispo. Fray Juan volvió a recordarles la doctrina, por medio de un decreto y bajo censuras, de aquella sentencia arbitral de 162841. El cabildo desplegó sus agentes en Zaragoza, Madrid y Roma. Mandó instrucciones a don Pedro Marzal, su procurador en Madrid42, que les 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 Ibídem, 262-2-31. Ibídem, 263-2-27: 12 de febrero de 1643. Ibídem, 96-1-6. Ibídem, 216-5-11:18 de abril de 1643. Ibídem, 158-1-102: 21 de abril de 1643. Ibídem, 158-1-44. Ibídem, 114, cabildo 30 de marzo de 1643. Ibídem, 263-2-28: Perales, 5 de mayo de 1643. Ibídem, 239-1-9: 29 de abril de 1643. Ibídem, 158-1-43 y 261-6-14. Ibídem, 216-5-1, 159-9-3 y 239-1-9: 29 de mayo de 1643. Ibídem, 216-5-9: 29 de abril de 1643. FRAY JUAN CEBRIÁN (1635-1644) 151 mantenía informados43. Acordó enviar a mosén Pedro García a Roma44, donde ya tenía otro agente, don Braulio Sunyer, que informaba oportunamente45. Pidió al nuncio que escribiese al obispo para que se inhibiese en este pleito, pues era parte interesada al ser tutor de don Gil Pedro Cebrián46 y obtuvo en la Corte del Justicia de Aragón jurisfirma del derecho de conjueces47. El oficial eclesiástico, don Jerónimo Torán de Garnica, levantó el entredicho con fecha 9 de julio de 164348. Las gestiones realizadas por el deán Martínez Rubio en Madrid habían surtido efecto49. Escribió al obispo Cebrián el 1 de agosto y le comentaba que el nuncio había firmado unas letras levantando el entredicho y mandando poner en libertad a don Pablo Martín, vicario de la catedral, detenido en las cárceles episcopales por haber ejecutado ciertos mandatos de la Nunciatura sobre el pleito con el canónigo Gil Pedro Cebrián50. El Nuncio Apostólico apoyó al cabildo contra las pretensiones del sobrino del prelado51. Al ser trasladado Fray Juan Cebrián a la sede metropolitana de Zaragoza el pleito perdió fuerza y la causa fue relegada poco a poco al olvido. Desconocemos cuál fue el futuro de aquel imberbe canónigo, nepote de su tío. Con toda certeza que en el cabildo turolense no tuvo asiento. 4. METROPOLITANO DE ZARAGOZA La primera noticia que tuvo Fray Juan Cebrián de su promoción a la sede metropolitana de Zaragoza fue aproximadamente en torno al mes de octubre de 1643. El arzobispo Pedro Apaolaza, que la había gobernado hasta entonces, había fallecido el 21 de junio de 1643. Precisamente en el 43 Ibídem, 158-1-42. Ibídem, 114, cabildo 23 de abril de 1643. El acuerdo fue unánime. Se estipuló que el agente tenía permiso para permanecer en la Ciudad Eterna por espacio de dos años. Cada mes percibiría un sueldo de 10 escudos, incrementado en 30 fanegas de trigo y 20 escudos, pagaderos a los familiares de mosén Pedro García residentes en Teruel. El viaje de ida y vuelta correría a cargo del cabildo. 45 Ibídem, 227-9-49, carta de 27 de junio de 1643. 46 Ibídem, 159-1-72. 47 Ibídem, 158-1-23. 48 Ibídem, 158-1-37. 49 Ibídem, 227-9-51 y 227-9-52. 50 Ibídem, 239-1-48 y 232-19-4. 51 Ibídem, 158-1-25. 44 152 JUAN JOSÉ POLO RUBIO libro de Actas Capitulares se anotó que el deán de la catedral de Teruel, Pedro Martínez Rubio, juntó cabildo en el coro y comunicó a los capitulares «que el obispo le había enviado una enbajada con un capellán» y le había hecho saber la noticia de su «designación real para arzobispo de Zaragoza». Acto seguido, el cabildo nombró a cuatro capitulares (Dalda, Villarroya, Pasamonte y Carnicer) para acudir inmediatamente al palacio episcopal y dar la enhorabuena al prelado52. Las diferencias entre el obispo y el cabildo, entre Fray Juan y el canónigo Pasamonte, quedaron aparcadas, como es lógico y habitual en estos casos. Una vez propuesto por el monarca Felipe IV para ocupar la sede metropolitana se comenzaron los trámites burocráticos entre la embajada española y la Santa Sede. El cabildo turolense tenía a su agente en Roma, el racionero mosén Pedro García, quien les tuvo bien informados sobre la celebración del consistorio papal, y la emisión de la bula, que se retardó en salir precisamente por la enfermedad del Santo Padre53. Los agentes de la embajada española comunicaron al cabildo turolense que en el consistorio del 18 de abril de 1644 Fray Juan Cebrián había sido nombrado arzobispo de Zaragoza54. Con fecha 12 de julio de 1644 se proclamó la sede vacante. Se reunieron los canónigos, eligieron como vicario capitular al deán Martínez Rubio y nombraron los demás cargos necesarios en situaciones semejantes55. La diócesis fue gobernada por don Pedro Martínez Rubio, vicario capitular y deán, hasta la toma de posesión del nuevo obispo, Domingo Abad Huerta. Siendo ya arzobispo de Zaragoza, en 1647 promovió la fundación del colegio de San Pedro Nolasco, asignando para ello la cantidad de 100.000 reales, aunque se gastaron con anterioridad a su construcción para remediar a los enfermos infectados de peste por aquellos años. Si, en buena lógica, no puede afirmarse que el colegio fuera pues obra suya, sin embargo, colaboró para superar las dificultades fundacionales y dejó bienes para su mantenimiento. El padre Guillermo Vázquez Núñez, en su obra Mercedarios ilustres, escribe que el arzobispo quería al «príncipe heredero don Baltasar Carlos y, cuando murió de diecisiete años en Zaragoza el 9 de Octubre de 1646, nuestro Cebrián llevó su cadáver a El Escorial con tanta grandeza y magni- 52 53 54 55 Ibídem, 114, cabildo 18 de octubre 1643. Ibídem, 227-9-53, 227-9-56, 227-9-57, 227-9-58 y 227-14-7. Ibídem, 158-1-36. Ibídem, 215-5-2. FRAY JUAN CEBRIÁN (1635-1644) 153 ficencia que admiró a todos, especialmente a los embajadores extranjeros; corriendo todos los gastos por cuenta del mercedario que no pidió nada de la exhausta bolsa de Felipe IV». Y continúa afirmando que «durante la guerra de Cataluña le valió mucho al rey el apoyo del arzobispo, que tuvo que cubrir con subsidios continuos la pésima administración estatal. Consecuencia de tanta fidelidad fue que el rey lo hizo su virrey y capitán general de Aragón, cargo de que tomó posesión en la Seo el 23 de agosto de 1658 con la pompa y grandeza acostumbradas en presencia del cabildo, del Reino, del Consejo y de la ciudad». Durante su vida mitrada en Zaragoza consagró cuatro obispos. El domingo 6 de octubre de 1647, asistido por Pablo Durán, obispo de Urgel, y por Diego Chueca, obispo de Teruel, consagró a Miguel Escartín Arbeza, cisterciense, para la diócesis de Barbastro. El 30 de noviembre de 1649, asistido por Diego Chueca, obispo de Teruel, y por Pedro Orozco, auxiliar de Toledo, en la capilla arzobispal ordenó a Jerónimo Ipenza para obispo de Jaca. El 15 de junio de 1653, asistido por el cisterciense Miguel Escartín Arbeza, obispo de Barbastro, y por Francisco Rodrigo, abad de la Real Casa e iglesia de Montearagón, consagró al agustino Bartolomé Fontcalda, preconizado obispo de Jaca. Y, finalmente, el domingo 25 de junio de 1656, en la catedral de la Seo, consagró a Diego Antonio Francés Urritigoyti y Lerma como obispo de Barbastro, que en 1673 será nombrado obispo de Teruel. De su labor literaria, mientras regentó la sede zaragozana, se conservan el Rituale romanum Pii V, Pontifex Maximus, iussu editun de mandato Ilustrissimi Archiepiscopi Caesaraugustani ad usum suae diocesis (Zaragoza, 1646); Domino confido. Consulta que hace el Excelentísimo señor Don Fray Juan Cebrián, arzobispo de Zaragoza y del Consejo de Estado de su Majestad Católica del Rey nuestro Señor (Zaragoza, 1655); Constituciones sinodales del arzobispado de Zaragoza, hechas por el Ilustrísimo y Excelentísimo señor Don Fray Juan Cebrián en su villa de Valderrobles, 30 de Abril del año 1656 (Zaragoza, 1656) e Institución de capellanías, aniversarios y píos legados, hecha por el Excelentísimo Señor Don Fray Juan Cebrián, arzobispo de Zaragoza, virrey y capitán general del Reino de Aragón. Murió el 27 de diciembre de 1662 en Julisbol, lugar próximo a Zaragoza y predio del arzobispado. Gobernó la archidiócesis de Zaragoza por espacio de 18 años. Su vida mitrada casi se aproxima a las 3 décadas. Ocupó cargos de responsabilidad dentro de la Orden de la Merced por espacio de 3 lustros. En definitiva, toda una vida estuvo ocupado en tareas de gobierno. No por ello careció de sentimientos y llevó una profunda vida cristiana y religiosa. El culto divino y la devoción al Santísimo Sacramento fueron de 154 JUAN JOSÉ POLO RUBIO promordial importancia en su vida y apostolado. El papa Urbano VIII le concedió en 1628 el privilegio de usar altar portátil en la visita a los conventos. Como buen mercedario e hijo del Olivar, amó entrañablemente a la Santísima Virgen. Era austero y mortificado. Sabía mandar y hacerse respetar. Era humilde, respetuoso y gran defensor de la inmunidad de la Iglesia. 5. CONCLUSIONES A la hora de poner punto final a la biografía de Fray Juan Cebrián, mercedario ilustre y obispo aragonés, ésta podría sintetizarse con los epígrafes en que se ha dividido este capítulo de la Historia de los obispos de Teruel. Fray Juan Cebrián se crió a la sombra del monasterio de Nuestra Señora del Olivar. Allí creció y se educó. Medró y ocupó cargos de responsabilidad, hasta llegar a Maestro General, dentro de la Orden de Nuestra Señora de la Merced. Presentado para ocupar la mitra de Albarracín, sede considerada de entrada, ascendió al ser promovido para la diócesis de Teruel, culminó su cursus honorum al ocupar la sede metropolitana de Zaragoza. Contó con el favor regio y no se vio exento de las lacras propias del momento histórico en que le tocó vivir: nepotismo, abuso de influencias y de utilización de las penas canónicas, confundiendo lo temporal con lo espiritual. CAPÍTULO V DOMINGO ABAD HUERTA (1644-1646) La diócesis de Teruel fue gobernada desde 1635 hasta 1644 por el mercedario Fray Juan Cebrián, que fue promovido a la archidiócesis de Zaragoza. Para ocupar la sede turolense, el monarca Felipe IV presentó a Domingo Abad Huerta, inquisidor de Barcelona. No existe trabajo alguno sobre el obispo Abad Huerta. Las reseñas biográficas sobre el mismo son escuetas y breves, faltas de rigor histórico-crítico y teñidas de cierto carácter panegírico. En mi intento de reconstruir el episcopologio turolense del siglo XVII he constatado que la documentación existente sobre el obispo Abad Huerta en los fondos archivísticos consultados no es abundante1. A pesar de ello, escribo una incipiente semblanza biográfica con la cual pretendo cubrir el espacio temporal de su pontificado al frente de la diócesis y suscitar posibles intereses investigadores sobre este personaje. 1. AL SERVICIO DE LA INQUISICIÓN Domingo Abad Huerta, hijo de Domingo e Isabel Joven, nació en Cubel2, pueblo perteneciente a la comunidad de Calatayud, a finales del 1 En el episcopologio manuscrito del A.C.T., 105, fol. 149 se dice que «el undécimo obispo y octavo que residió en esta Santa Iglesia fue el Señor Don Domingo Abad y Huerta, natural de Cubel, de la Comunidad de Calatayud, que siendo inquisidor de Barcelona le echaron y expelieron de Cataluña los catalanes en tiempo de la turbación de aquel principado y el rey, nuestro señor, le premió con este obispado, de que tomó posesión a 19 de Septiembre de 1644 y murió a 16 de Mayo de 1646, de edad de sesenta y cinco años. Enterróse en el presbiterio de esta Santa Iglesia al lado de evangelio, donde se pone la credencia, y quedó la Iglesia heredera de los pontificales, que son muy buenos». 2 En el A.H.N., Sección Inquisición, legajo 1.216, el expediente n.º 4 se refiere a Domingo Abad Joven, presbítero, natural de Cubel, a quien el tribunal inquisitorial de 156 JUAN JOSÉ POLO RUBIO siglo XVI (en torno a 1580)3. Estudió en la Universidad de Valencia, donde obtuvo el grado de doctor en Derecho4. Trabajó como paje, capellán y secretario de Fray Isidoro Aliaga, dominico que regía la archidiócesis de Valencia desde 1612. Residiendo en Valencia, en 1619 otro dominico aragonés, el P. Luis Aliaga, fue nombrado Inquisidor General. El arzobispo valentino y el Inquisidor General se convirtieron en padrinos del Dr. Abad Huerta. En 1621 el tribunal de la Inquisición mostró interés por su persona, solicitando información sobre él y abriéndole expediente de limpieza de sangre. Con fecha 26 de enero de 1621 el Consejo Supremo de la Inquisición ordenó al tribunal de Zaragoza que se incoase el expediente genealógico del Dr. Domingo Abad Huerta, natural de Cubel5. Una vez recibido este mandato, los inquisidores zaragozanos6, con fecha 4 de febrero encomendaron esta función al rector de la parroquia de Plenas, Andrés Diago. El licenciado Diago, acompañado del secretario Julián García de Molina, durante tres días de febrero, tomó declaración a diez testigos7. El secretario Zaragoza, en 1621, a petición de la Suprema, le abrió expediente informativo para poder desempeñar algún oficio. Según esta documentación, los datos genealógicos del informando eran los siguientes: padres, Domingo Abad Lázaro e Isabel Joven, naturales y vecinos de Cubel; abuelos paternos, Domingo Abad y María Lázaro, naturales y vecinos de Cubel; abuelos maternos, Pedro Joven y María Lázaro, también nacidos y avecindados en Cubel. 3 Según el Proceso Consistorial, que se guarda en el A.S.V., elaborado ante la Nunciatura de España en los primeros días del mes de enero de 1644, intentando mostrar la idoneidad de don Domingo Abad para ocupar la sede episcopal turolense, interrogados los testigos sobre la edad del candidato, respondieron unánimemente que tendría aproximadamente unos 60 años (A.S.V., Processus Consistoriales, 45, fols. 655-688). 4 A.S.V., Processus Consistoriales, 45, fol. 655. 5 A.H.N, Inquisición, legajo 1.216 (4), fol. 2. El documento está fechado en Madrid y firmado por los Dres. Ramírez, Becerra y Ayala. 6 Ibídem, fols. 3-4. Rubrican el documento el Dr. Miguel Santos de Sampedro, el Dr. Jerónimo Gregorio y el Lc. Fernando Valdés y Llano, que gobernó la diócesis de Teruel desde 1625 hasta 1633 (POLO, J. J., «Fernando Valdés Llano, un asturiano obispo de Teruel (1625-1633)», Studium Ovetense, XXIII (1995), pp. 129-192). 7 El día 9 de febrero comparecieron estos tres testigos: Andrés Pascual, de 76 años, Juan Gil, de 65 años y Pablo Pascual, de 70 años. Eran labradores de oficio y naturales y vecinos de Cubel. Afirman unánimemente que Domingo Abad Huerta, a quien conocían desde niño, se encontraba residiendo en Valencia. El día 10 fueron interrogados los labradores, naturales de Cubel, Pedro Yagüe, de 61 años, Pascual de Jorge, de más de 70 años, Domingo García, de 70 años, y otro Pedro Yagüe, de 68 años, que declaró que el abuelo de Domingo Abad Huerta fue regidor de la Comunidad de Daroca hasta su muerte. Francisco Ruiz, pelaire, natural de Ciudad Real, «que reside en este lugar de Cubel sesenta años, y es de edad de setenta años», afirma que sirvió como pastor en casa del abuelo paterno de don Domingo Abad Huerta durante seis años y, posteriormente, pasó al servicio de sus padres. Al día siguiente fueron interrogados Martín de Argüedas, de 52 años, y Juan de Tornos, de 58 años, coetáneos del Dr. Abad Huerta, que afirman conocerle «de vista, trato y comunicación que con él han tenido desde niño hasta que se fue a sus estudios». DOMINGO ABAD HUERTA (1644-1646) 157 consumió diez días en realizar su trabajo mientras Diago consumió seis para efectuar las tareas encomendadas por el tribunal inquisitorial de Zaragoza8. Acabadas las diligencias, el comisario Andrés Diago remitió a Zaragoza, con fecha 14 de febrero, el siguiente auto: «se ha hecho la información, que llevó dicho secretario, examinando diez testigos, los más ancianos, honrados y cristianos viejos que se pudieren hallar; y todos concuerdan en que el dicho Dr. Domingo Abad y los dichos sus padres y abuelos, así paternos como maternos, son cristianos viejos, sin raza de judíos, ni otra alguna; y, asimismo, me informé de palabra de otros muchos que concuerdan en dicha limpieza»9. Recibida la documentación por los inquisidores zaragozanos, «Dr. Don Miguel Santos de Sampedro y Lic. Don Fernando de Valdés y Llano, Dr. Don Jerónimo Gregorio y Lic. Don Juan de Brizuela, habiendo visto esta información de la genealogía y limpieza del Dr. Domingo Abad, natural del lugar de Cubel, dijeron que están suficientes para que consiga la merced que se le ha hecho y lo rubricaron»10. Al mes siguiente, «habiendo visto los señores del Consejo de su Majestad de la santa y general Inquisición las informaciones de la genealogía y limpieza del Dr. Domingo Abad, como para oficial, en el lugar de su naturaleza, dijeron que están bastantes para que el susodicho pueda servir en el Santo Oficio»11. Presumiblemente ese mismo año el Dr. Abad Huerta comenzó a servir al Santo Oficio. Sabemos que trabajó en los tribunales inquisitoriales de Murcia, Llerena (Badajoz) y Barcelona12, como fiscal e inquisidor. El año 1631 cinco diputados del Reino de Aragón escribieron al inquisidor general, cardenal Antonio Zapata, para solicitar le concediera «la primera vacante que hubiere de inquisidor en este Reino»13. 8 Al secretario Julián García de Molina se le abonaron 220 reales, a razón de 22 reales diarios. El rector de Plenas cobró 72 reales, con un sueldo diario de 12 reales. Se pagaron 20 reales por el derecho de escribanía de 10 testigos y 4 reales, por una comisión. Los gastos totales por realizar el expediente de limpieza de sangre del Dr. Abad Huerta ascendieron a 316 reales que, según la forma habitual de proceder, fueron cancelados por el interesado. 9 Está firmado en Plenas por el «Lic. Andrés Diago, Comisario del Santo Oficio, Rector de Plenas». 10 El documento está datado en el Palacio de la Aljafería de Zaragoza a 16 de febrero de 1621. 11 Examinaron el expediente de limpieza de sangre los señores Ramírez, Benabides y Ayala, que rubricaron junto con el Dr. Pedro de Alcedo en Madrid a 22 de marzo de 1621. 12 A.S.V., Processus Consistoriales, 45, fol.655. Los tres tribunales —Barcelona (1484), Llerena (1485) y Murcia (1488)— habían sido fundados en las postrimerías del siglo XV. 13 «Al Eminentisimo e Ilustrísimo Cardenal Zapata, Inquisidor General: El Doctor Domingo Abad y Huerta, natural de este Reino, ha sido algunos años fiscal en la inquisición de Murcia, y en ella y en la de Lerena inquisidor apostólico, como ahora lo es de Barcelona, por ser muy conocidas sus muchas partes, virtud y letras. En esta consideración suplicamos a Vuestra Eminencia se sirva de honrar y hacer merced al dicho doctor Domingo Abad en la primera vacante que hubiere de inquisidor en este Reino, como lo ha 158 JUAN JOSÉ POLO RUBIO 2. OBISPO DE TERUEL En 1640 ejercía el cargo de inquisidor en Barcelona. En aquellos momentos críticos defendió los intereses monárquicos frente a las pretensiones secesionistas de los catalanes e, incluso, según ciertos autores, escribió un libro. Perseguido como otros funcionarios reales, disfrazado salió huyendo de Barcelona14. Con estos antecedentes, Felipe IV, para premiar su fidelidad, lo presentó para la mitra de Teruel con fecha 13 de septiembre de 164315. El nuncio de España, monseñor Giovanni Battista Panzirolo abrió el expediente consistorial el 11 de enero de 1644. Isidoro Jacinto de Pau, secretario de la Nunciatura, tomó declaración a los testigos. Tomás del Pozo y Toribio Martínez, familiares del nuncio apostólico, y Cristóbal del Manzano, notario-secretario, estuvieron presentes mientras se realizaban las tareas burocráticas16. Miguel Calvo17, presbítero racionero de la catedral de Tarazona, y Pedro Fernández18, ricohombre natural de Cubel, testificaron acerca de la persohecho con otros sujetos de Aragón, que hoy sirven en ésta y otras inquisiciones. Que por tener tan grande experiencia de la estimación que Vuestra Eminencia hace de la nación y de lo que honra a sus naturales, nos prometemos admitirse nuestra intercesión, y se acrecentarán las obligaciones que tenemos de servir a Vuestra Eminencia, a quien guarde Dios muchos años. De Zaragoza a 12 de Agosto de 1631. Eminentísimo y Reverendísimo, besan las manos a Vuestra Eminencia sus más servidores: el canónigo Francisco Pérez Morón, el doctor Felipe Gazo, el Conde de Castelflorido, Don Martín de Bardaxí, Francisco Tomás, diputados del reino de Aragón. Pedro López, secretario». Miguel Ángel Herrero me proporcionó fotocopia de este documento. 14 Vid. LAFUENTE, M., Historia General de España, XI, Barcelona, 1888, pp. 287-311. 15 A.S.V., Processus Consistoriales, 45, fol 671: Gregorio Romero de Morales, secretario de la Nunciatura española en Roma ante la Santa Sede, extendió con fecha 1 de junio de 1644 una certificación de haber recibido unas cartas expedidas por el secretario real don José de Villanueva y firmadas por el monarca Felipe IV, datadas en Madrid a 30 de septiembre de 1643, presentando a Domingo Abad Huerta para la diócesis de Teruel, vacante por traslado de Fray Juan Cebrián a Zaragoza. Dio dicho documento para proseguir el proceso consistorial en la provisión del obispado de Teruel a favor de Domingo Abad Huerta. En el documento regio ya estaba previsto recortar las rentas de la mitra episcopal con una reserva de 2.660 ducados. No son correctos los datos de GAUCHAT, P., Hierarchia Catholica, IV, Monasterii, 1935, cuando en la p. 331 menciona el 3 de diciembre de 1644 como fecha de la designación regia y habla de 2.680 ducados como reserva de pensión sobre la mitra. 16 A.S.V., Processus Consistoriales, 45, fol. 654. 17 Ibídem, fol. 655. Miguel Calvo, de 60 años de edad, conocía a Abad Huerta desde hacía 50 años. Afirmaba que, nacido en Cubel, aldea de la Comunidad de Calatayud y obispado de Tarazona, era hijo de Domingo Abad Huerta e Isabel Joven y Huerta, naturales también de Cubel. Aseguraba que el electo tenía alrededor de 60 años, era graduado en cánones por la Universidad de Valencia, había sido inquisidor en Murcia y Llerena y, en la actualidad, de Barcelona, estaba ordenado y el testigo le había visto «decir Misa con mucha devoción, decencia y autoridad». 18 Ibídem, fol. 656. Pedro Fernández, de 60 años de edad, conocía a Domingo Abad desde que tenía uso de razón, por ser del mismo pueblo y amigos desde la infancia. Afirma DOMINGO ABAD HUERTA (1644-1646) 159 na, y Juan López19, Francisco González20 y el Dr. Miguel de Lobera21 sobre la situación y estado de la diócesis. Acabados los interrogatorios procesales, Domingo Abad hizo la profesión de fe ante el nuncio Panzirolo22. Pocos días después, el señor nuncio remitió el expediente a Roma afirmando que, «por las dichas informaciones, como por lo que ha oído y entendido en esta Corte, tiene al dicho Rvdo. Sr. Dr. Don Domingo Abad y Huerta por persona grave, prudente, docto y experimentado en cosas de consideración, y por digno, capaz y merecedor de ser presentado al dicho obispado de Teruel, a que ha sido nombrado por su Majestad católica, y en quien concurren todas las demás partes y cualidades que en las dichas informaciones van averiguadas»23. Cuando este texto procesal llegó a la Ciudad Eterna fue traducido al latín24 y examinado por la Congregación de Cardenales el 1 de junio de 164425. que el obispo electo haría, poco más o menos, 33 ó 34 años que había sido ordenado sacerdote. De esta declaración se deduce que debió recibir el presbiterado en torno al año 1610. 19 Ibídem, fol. 657. Juan López era natural de Calatayud, tenía 53 años y conocía al preconizado desde hacía 30 años. 20 Ibídem, fols. 658 y 686. Francisco González, de 48 años de edad, era natural y vecino de Teruel. En su declaración sobre el estado de la diócesis dijo que la ciudad de Teruel tenía más de 2.000 vecinos, 8 iglesias parroquiales, 5 conventos de frailes (San Francisco, Santo Domingo, Trinitarios, Mercedarios y Capuchinos), 1 monasterio de monjas (Santa Clara) y hospital general. No había Seminario «aunque en dicha ciudad hay Estudio General de todas las ciencias». 21 Ibídem, fol. 688. El Dr. Lobera, natural del Reino de Aragón y residente en Madrid, de 30 años de edad, no añadió nada nuevo a las declaraciones de los otros cuatro testigos. 22 Ibídem, fols. 672-673. El texto de la profesión de fe, común para todos los neoprelados, posee las siguientes palabras autógrafas: «Ego, Doctor Dominicus Abbad et Huerta, inquisitor heretica pravitatis in civitate Barcinone per catholicam regiam magestatem ad ecclesiam et episcopatum Terulensis in Regno Aragoniae presentatus». Francisco Monzón, Diego Pérez y Toribio Martínez presenciaron el acto en calidad de testigos. 23 Ibídem, fol. 689. Rubricado por el nuncio apostólico en Madrid a 16-enero-1644, actuando como testigos Francisco Monzón y Tomás de Bimiario, familiares del nuncio. Cuatro días después Cristóbal Manzano, notario-secretario de la Nunciatura, testificó que la copia que mandaba a Roma coincidía con el original. 24 Ibídem, fol. 682. Pedro González Perales realizó la traducción. 25 Ibídem, fol. 683: «Et ego, Franciscus Cardinal Montaltus, viso hoc processu et contentis in eo, censeo supradictum don Dominicus Abad et Huerta dignum esse, qui ad ecclesiam Turolensem promoveat, illique preficiat in episcopum et pastorem». Aparecen, además, las firmas de los cardenales Franciscus Barberinus (nepote de Urbano VIII [1623-1644], creado cardenal el 2-octubre-1623; murió siendo obispo de Ostia, en Roma, el 10-diciembre-1679); Marcelus Lantes (creado cardenal por Paulo V [1605-1621] el 11-septiembre-1606; murió siendo obispo de Ostia, en Roma, el 18-abril-1652) y Aloysius Capponius (natural de Florencia, creado cardenal por Paulo V el 21-noviembre-1608; murió en Roma el 26-abril1659). Vid. GAUCHAT, P., Hierarchia Catholica, IV, Monasterii, 1935, pp. 10-11 y 18-19. 160 JUAN JOSÉ POLO RUBIO La noticia de la designación regia de Domingo Abad para ocupar la diócesis de Teruel era ya conocida en la ciudad desde comienzos del mes de febrero. El cabildo catedralicio, con fecha 13 de febrero, nombró a los canónigos Asín y Villarroya para viajar a Valencia y dar la enhorabuena al obispo electo26. Con posterioridad a esa fecha, el cabildo recibió carta de su agente en Roma y del mismo Fray Juan Cebrián, obispo de Teruel hasta entonces y recién nombrado arzobispo de Zaragoza, comunicándoles que la diócesis se hallaba en sede vacante. A partir de ese momento el gobierno de la misma recaía sobre el cabildo27. El deán Pedro Martínez Rubio convocó a los capitulares para la elección de cargos y el canónigo Juan de Asín tomó posesión de la Curia episcopal28. El canónigo Francisco Aínsa cesó como vicario general de Fray Juan Cebrián y fue elegido por votación el deán Martínez Rubio como vicario capitular. La curia diocesana fue remodelada, efectuándose los nombramientos para los cargos de responsabilidad29. Con el fin de lucrar los beneficios económicos derivados de la visita pastoral, los canónigos acordaron comenzarla el 5 de julio, tanto en las parroquias urbanas como en la ciudad30. Entretanto, en el Consistorio secreto celebrado en Roma el 13 de julio de 1644, el cardenal Montalto presentó a Domingo Abad Huerta para la diócesis de Teruel. El Papa Urbano VIII le nombró obispo y la Cancillería pontificia emitió la bula31. Se exigía al nuevo obispo erigir el Seminario y fundar un Monte de Piedad. 26 A.C.T., 114, cabildo 13-febrero-1644: «se determinó el mismo día a la tarde de designar a los señores canónigos y prebendados que habían de ir a visitar y dar la enhorabuena al señor obispo electo, Don Domingo Abad y Huerta, del obispado de nuestra iglesia. Y para ello fueron nombrados por escutrinio el señor canónigo Asín y Villarroya. Dióseles orden para que dispusieran su jornada a Valencia, que era donde se halla dicho señor obispo». 27 Ibídem, cabildo 11-junio-1644. 28 Ibídem, cabildo 12-junio-1644 y 215-5-2. Los capitulares asistentes fueron los siguientes: Pedro Martínez Rubio, deán; Dr. Miguel Julve, arcediano; Dr. Pedro Pablo Durán, arcipreste; Lic. Pedro Lázaro López, tesorero; Dr. Juan Pérez de Cuevas, chantre, y los canónigos Lic. Juan de Asín, Lic. Miguel Dalda, Lic. Pablo de Villarroya, Dr. Juan de Pasamonte, Dr. Francisco de Aínsa, Dr. Pedro Jerónimo Pérez, Lic. Lorenzo Dimas Carnicer, Dr. Juan Antonio Zaragoza, Dr. Lucas Sangorrín y Lic. José Aínsa. 29 Ibídem, Visitadores: Dr. Juan de Pasamonte y Lic. Lorenzo Dimas Carnicer, canónigos; examinadores sinodales, los mismos canónigos que desempeñaban ese oficio durante el pontificado de Fray Juan Cebrián; depositario o bolsero, Lic. Juan de Asín, canónigo; escribanos de la Curia, Juan Aparicio y Luis Novella; procurador fiscal, Juan Pastor; sacristán de la catedral, notarios y escribanos de visita, Jerónimo Larraniaga y Lucas Soriano y los «nuncios de la Curia fueron confirmados». 30 Ibídem, cabildos 3 y 5-julio y 26-agosto-1644. 31 A.S.V., Acta Camerarii, 18, fol. 211. DOMINGO ABAD HUERTA (1644-1646) 161 El 20 de agosto llegaron las bulas papales a poder de Domingo Abad, que se encontraba en Valencia. Al día siguiente, con un correo propio, fueron remitidas a Madrid para ser examinadas por el Consejo de Aragón y, sin ser devueltas al interesado, fueron llevadas a Teruel32. Pedro Lázaro López, dignidad de tesorero de la catedral turolense, las presentó al cabildo con fecha 16 de septiembre. La corporación canonical nombró a los Dres. Juan Benedicto Calvo y Francisco Aínsa para examinarlas33. Dos días después los peritos capitulares dieron su informe positivo y el cabildo acordó dar posesión al neoprelado el 19 de septiembre34. El tesorero Lázaro tomó posesión como procurador de Domingo Abad Huerta, juró los estatutos capitulares y abonó las tasas arancelarias en concepto de entrático35. Domingo Abad sería consagrado obispo el 27 de diciembre de 1644 en la basílica de Santa María la Mayor, en Roma, por el cardenal Egidio Albornoz36. El nuevo obispo escribía a su cabildo con fecha 21 de diciembre y les comunicaba su inminente ordenación, así como los grandes deseos que tenía de regresar a casa37. Sabemos que a finales del mes de octubre el prelado seguía residiendo en Teruel, no habiendo emprendido todavía viaje hacia la Ciudad Eterna. Por eso, en aquella oportunidad, el cabildo catedral comisionó a los canónigos Benedicto y Carnicer para visitarle e informarle que, según tenían solicitado a la Sede Apostólica, las libras abonadas como derecho de entrada serían aplicadas en beneficio de la fábrica catedralicia38. 32 A.C.T., 228-39-1, carta de Domingo Abad al cabildo turolense fechada en Valencia a 21-septiembre-1644: «a 20 del pasado llegaron aquí los despachos y bulas que yo esperaba de Roma y, por venir el pliego remitido a su Majestad, el siguiente día, a 21, con persona propia lo envié a presentar en el Consejo de Aragón, y con harta brevedad lo despacharon aquellos señores. Y advertí, a quien los llevaba, que a la vuelta los dejase en Teruel, para que allí los reconociesen y viesen los señores del cabildo, y que enviaría poder para tomar posesión, como lo hice, por medio del señor tesorero, a quien lo remití. Y, por no cansar tanto a Vuestra Señoría, me pareció no escribir entonces, confiando me haría merced de admitirlo, no habiendo inconveniente». 33 Ibídem, 114, cabildo 16-septiembre-1644. 34 Ibídem, cabildo 18-septiembre-1644. 35 Ibídem, cabildo 19-septiembre-1644. Los canónigos Asín y Benedicto le dieron la posesión. Los músicos cantaron el Te Deum laudamus. El procurador Pedro Lázaro López abonó 425 libras, en concepto de entrático y pago de ministros, y «20 reales en señal de distribuciones». 36 GUITARTE, V., Episcopologio español (1500-1699). Españoles obispos en España, América, Filipinas y otros países, Roma, 1994, p. 174. 37 Ibídem, 228-39-1, carta de 21-diciembre-1644, donde escribía: «yo entiendo que mi consagración será a 25 del corriente; y, luego, trataré de irme a mi casa y en esa ciudad servir a Vuestra Señoría, que mi deseo es acudir con puntualidad a todas mis obligaciones». 38 Ibídem, 114, cabildo 31-octubre-1644. 162 JUAN JOSÉ POLO RUBIO 2.1. RELACIONES CON EL CABILDO Cuando el obispo Abad llegó a Teruel existían discrepancias entre las dignidades y canónigos del cabildo catedralicio sobre quiénes debían ejercer las funciones de diácono y subdiácono en la misa conventual. Según los estatutos antiguos, estaba legislado que en las fiestas de primera y segunda clase y los domingos de Adviento y Cuaresma dos canónigos desempeñasen estos oficios, aunque hacía muchos años que dicho estatuto se encontraba en desuso39. Habiendo llegado a un acuerdo las dignidades y canónigos, con fecha 23 de septiembre de 1645 el obispo Abad bajó a la sala capitular para sancionar con su presencia la mutua concordia40. Se acordó encomendar la traducción de este texto al latín al Dr. Gregorio Julve41. Una vez que el perito Julve hizo la traducción, el cabildo catedralicio designó al arcediano, chantre, sacristán y canónigos Pasamonte y Carnicer para examinarlo42. Aprobado el texto definitivo, se envió a la Congregación del Concilio solicitando su autorización. El Secretario de la Congregación, Francisco Paulutius, con fecha 9 de abril de 1646, escribió al obispo pidiéndole su opinión. El obispo remitió un informe43, que analizamos a continuación. Los canónigos turolenses tenían cierta dificultad en cumplir este estatuto antiguo. Aunque el número de canónigos ascendía a trece, la presencia en los actos cultuales era menor, recayendo sobre unos pocos la obligacion de hacer las funciones en el altar, pues de ellas quedaban excluidos los canónigos penitenciario, doctoral, magistral —por estar ocupado en tareas docentes— e inquisitorial, cuya canonjía era exclusivamente nominal para justificar las rentas de un funcionario del Santo Oficio. Si a las ausencias justificadas de estos cuatro canónigos añadimos las posibles por enfermedad, el número restante de canónigos, que deberían realizar los oficios de diácono y subdiácono, no era muy grande, surgiendo problemas y dificultades para hacer las sustituciones. No correspondía desempeñar esas funciones a las seis dignidades canonicales, que asistían puntualmente a coro, 39 Ibídem, 160-3-9. Ibídem, 114, cabildo 23-septiembre-1645: «bajó el señor obispo Sr. don Domingo Abad y Huerta y se juró una concordia entre los señores dignidades y canónigos en las diferencias (que) tenían, la cual testificó Juan Aparicio, y quedó acordado (que una vez que) testificasen la conformidad, se la darían». 41 Ibídem, cabildo 30-septiembre-1645. 42 Ibídem, cabildo 6-octubre-1645. 43 A.C.T., 160-3-9, que César Tomás Laguía cataloga, sin fecha (1644), con esta regesta: «copia de un informe de Don Domingo Abad y Huerta, obispo de Teruel, a la Sagrada Congregación del Concilio sobre oficiar en la Misa conventual de la catedral de diácono y subdiácono los canónigos en determinados días». 40 DOMINGO ABAD HUERTA (1644-1646) 163 y los canónigos asistentes no estaban dispuestos a cargar con todas las suplencias de los ausentes. Por eso, según manifestaba el prelado, desde antiguo las funciones diaconales y subdiaconales habían sido cumplidas por cuatro porcionarios amovibles (llamados también nutuales), que ejercían su ministerio en el templo catedral. El obispo manifestaba a la Congregación del Concilio que sus predecesores no habían urgido el cumplimiento de este estatuto a los canónigos. Reconocía las dificultades reales manifestadas por los mismos para cumplir estas obligaciones, le parecía bien el acuerdo y, al final de su largo informe, escribía: «yo creo, eminentísimo Señor, que es conveniente que se escuche la petición de dichos canónigos y se les libre de dicha carga». 2.2. LAS CORTES DE 1645 Con fecha 11 de agosto de 1645 el monarca Felipe IV convocó las Cortes Generales del Reino de Aragón para el 20 de septiembre44. Estaba previsto que la Cortes se celebrasen en Zaragoza, que el príncipe Baltasar Carlos jurase los fueros aragoneses y fuese recibido como heredero de la corona. En el edicto de citación ordenaba que los representantes del brazo eclesiástico se presentasen en la asamblea e invitaba al cabildo a nombrar y enviar un síndico. Don Alonso de Gurrea, baile general del Reino, mandó la carta de convocatoria45. El cabildo catedral de Teruel aplazó la designación de síndico hasta el 9 de septiembre46, puesto que los prebendados Pasamonte y Pérez habían viajado a Albarracín para dar la enhorabuena a don Martín de Funes, nombrado recientemente obispo de aquella diócesis47. El secretario del cabildo dejó anotado en el libro de Actas: «se hizo escrutinio y salió elegido el deán Dr. Pedro Martínez Rubio». El obispo Abad y el deán Martínez Rubio viajaron a Zaragoza, llegando presumiblemente a la ceremonia de apertura de las Cortes Generales. Según escribe Enrique Solano, «el día 20 de agosto Baltasar Carlos había jurado los Fueros de Aragón en la catedral de la Seo, mientras que el 11 de octubre las Cortes, presididas por el monarca, juraban al príncipe como 44 Ibídem, 225-9-8. Ibídem, 114, cabildo 29-agosto-1645. 46 Ibídem, cabildo 9-septiembre-1645. 47 Rigió la sede albarracinense desde 1645 hasta 1653, haciendo su entrada solemne en la ciudad de los Azagra el 25 de julio de 1645. Vid. POLO, J.J., «Jerónimo Salas Malo (1599-1664), deán y obispo de Albarracín, devoto de Nuestra Señora del Pilar», Xiloca, 9 (1992), p. 168. 45 164 JUAN JOSÉ POLO RUBIO futuro sucesor de su padre»48. El deán Martínez Rubio solicitó el 6 de octubre «procura especial para poder jurar al príncipe»49. El deán permaneció en Zaragoza hasta el mes de febrero de 1646, aunque las Cortes duraron hasta el 3 de noviembre, e informó puntualmente a su cabildo de los temas tratados, cuya crónica utilizaremos a partir de este momento. La ceremonia de juramento del príncipe, realizada por diputados de los cuatro brazos, resultó preciosa. Le besaron las manos y, para no cansar tanto al príncipe, del brazo eclesiástico sólo lo hicieron algunos. El rey Felipe IV en esos primeros momentos no pidió nada. Entre los diputados se rumoreaba que pronto abandonaría la ciudad, dirigiéndose hacia Valencia y pasando obligatoriamente por la ciudad de Teruel50. El obispo Abad Huerta escribió a los capitulares de Teruel y les mandó un papel con las ceremonias protocolarias que debían observarse durante la posible visita regia a la ciudad, según indicaciones del patriarca de Indias que acompañaba a la comitiva real51. Como el rey debía partir con prisa de Zaragoza, pidió que cada brazo nombrase algunas personas, con voto decisivo, para tratar con mayor rapidez los asuntos. Las Cortes no aceptaron la propuesta regia. El monarca sugirió disolver las Cortes hasta el 10 de febrero o trasladarlas a otro lugar más cercano de Castilla. La asamblea decidió unánimemente prorrogar las Cortes en Zaragoza todo el tiempo que fuese necesario52. El rey Felipe IV, 48 SOLANO, E., «Felipe III de Aragón», en Aragón en su historia, Zaragoza, 1980, p. 302. A.C.T., 114, cabildo 6-octubre-1645: «se resolvió se le enviara y que la arreglara el Dr. Gregorio Julve. Recibióse con dicha carta la propuesta que su Majestad hizo a los brazos para tratar en las Cortes», Vid. A.C.T., 190-10-1. 50 Ibídem, 261-6-7, carta fechada el 12-octubre-1645, donde el síndico capitular escribe: «no se sabe cosa alguna de lo que su Majestad ha de pedir, pero no se dilatará esta propuesta porque se trata aprisa de jornada. Dicen que sería para Valencia, y por esa ciudad sin falta, para los 23 de éste y, tan de paso, que no dará lugar para que se haga solemnidad, ni ceremonia alguna». 51 Ibídem, 114, cabildo-24-octubre-1645: «recibióse un papel del señor obispo, del orden le había dejado el Señor patriarca que se había de guardar en el recibimiento de su Majestad y su Alteza, al entrar en la iglesia». El cabildo designó personas para recibir al rey, cuyos nombres fueron comunicados al obispo, sin tener que aceptarlos obligatoriamente. El viaje se realizó como ha documentado recientemente VEGA, C.L., «Apuntes históricos sobre un viaje por Teruel en 1645», Diario de Teruel, 23, 24, 26 y 27-julio-1996. 52 Ibídem, 261-6-6, carta de 25-octubre-1645: «hiciéronse diferentes embajadas a su Majestad porque también limitó el tiempo de tomar la última resolución hasta por todo el sábado; y, así, aquella noche, un cuarto antes de las doce, se ajustó que se prorrogaran aquí las Cortes por quince días, con facultad de prorrogarlas todo el tiempo que pareciere conveniente, para tomar primero asiento en el modo de la defensa del Reino y después tratar de las conveniencias públicas. En esto habemos quedado, y hoy se han nombrado por cada uno de los brazos cuatro personas para que vayan confiriendo las materias entre sí, y después las comuniquen para tomar resolución en los brazos». 49 DOMINGO ABAD HUERTA (1644-1646) 165 urgido por «los graves negocios, cuyo adelantamiento dependía indispensablemente de su presencia en Madrid», nombró a don Pedro de Aragón, consejero de Estado y de Guerra, para que presidiera en su ausencia las Cortes aragonesas53. Felipe IV, con el fin de clausurar las Cortes, volvió a regresar a Zaragoza en otoño de 164654. El desenvolvimiento de la asamblea era muy lento y el estudio de las cuestiones avanzaba muy poco55. A las Cortes llegaban ecos de los desastres ocasionados por la guerra secesionista catalana e invasión francesa, así como los desmanes cometidos por los soldados56. Hubo presiones por imponer un virrey extranjero y se votaron ayudas extraordinarias para apoyar a los combatientes contra Francia en los puntos más frágiles57. Al llegar las fiestas de Navidad, los diputados pidieron permiso para regresar temporalmente a sus casas, volviendo a reincorporarse a las sesio- 53 Ibídem, 190-10-1. SOLANO, E., op. cit., p. 302. 55 A.C.T., 261-6-8, carta 8-noviembre-1645: «poco se han adelantadao esta semana las materias, con ocasión de una pretensión que las universidades han suscitado contra Zaragoza, pretendiendo no ha de hallarse en todas las embajadas un síndico por Zaragoza, la cual pretende estar en posesión; y, sobre ello, ha obtenido una firma posesoria. El deán informaba a su cabildo que «ya ha vuelto el lugarteniente Don Miguel Pérez de Nueros», (que había estado ausente de Zaragoza tomando las aguas medicinales en los baños [Ibídem, 261-6-7]), para tratar con él los asuntos eclesiásticos pendientes relativos al cabildo turolense. Dos días después, «leyóse una carta del señor Dr. Don Pedro Martínez Rubio, deán residente en Zaragoza por síndico de las Cortes, en que daba cuenta del estado en que estaban, y de la pretensión que tenía la iglesia del Pilar con las demás iglesias catedrales en orden a las precedencias, y de la propuesta que los tratadores de su Majestad habían hecho a los brazos» (Ibídem, 114, cabildo 10-noviembre-1645). 56 Ibídem, 261-6-4, carta 15-noviembre-1645: «llegó aviso que en Sariñena la gente de la villa se había resistido a Don Martín de Azlor, que de orden del gobernador llevaba a acuartelar quinientos caballos, y que no le habían querido dejar entrar en la villa, aunque fuera de ella, en el arrabal, le alojaron y dieron lo necesario». Y se tuvo noticia «de que en la Almolda Don Carlos de Padilla, comisario general de la caballería, se hacía contribuir con doscientos reales…, y que un tercio de borgoñones quería acuartelarse en tierra de Huesca, donde ya había otro tercio». Ante tantos desmanes, según comenta el deán Martínez Rubio, «se puso en tanto cuidado a los brazos que resolvieron de no tratar de negocio alguno hasta haber tomado forma en los alojamientos, pidiéndosele al gobernador toda jurisdicción para castigar los excesos de los soldados». Se habló sobre el número de caballeros que el Reino habría de mantener para la defensa de sus fronteras. La solución, según comentaba el deán, no era nada fácil, «siendo dañosa la dilación, pues la caballería en el interim, aunque no tiene propio cuartel, no deja de estar alojada». 57 Ibídem, 260-3-3, carta 20-diciembre-1645: «siempre insta el fiscal en pedir la forma para que pueda jurar el virrey extranjero y, según dijeron, hay esperanzas de que se ha de conceder, pero hasta ahora no se sabe se haya hecho». Se acordó «socorrer los lugares de la frontera de Alcañiz con dos mil escudos, en atención a lo mucho que padecen, y al lugar de Montañana con quinientos escudos. De allí ha llegado hoy aviso que el enemigo volvía a juntarse otra vez en doblado número, que será de cuatro mil hombres, según los espías, para acometer de nuevo el puesto del Puente, que es la llave de aquella tierra». 54 166 JUAN JOSÉ POLO RUBIO nes en el mes de febrero. Ante la negativa a concederles licencia, el deán Martínez Rubio volvió a Teruel, acompañando presumiblemente al obispo, al comenzar la Cuaresma. El deán presidió ya el cabildo celebrado el 23 de febrero de 164658. 2.3. MUERTE DEL PRELADO Pasada la Semana Santa y el tiempo pascual, el 16 de mayo falleció, de manera repentina posiblemente, el obispo Abad Huerta59, estando acompañado de su prima doña Isabel de Bello60. El cabildo, sorprendido por la inesperada muerte, carecía de pautas concretas de comportamiento ante sucesos luctuosos como ése. Desde la fundación de la diócesis hasta aquellos momentos sólo el obispo Jaime Jimeno de Lobera había fallecido en la ciudad de Teruel. Por tanto, no existía una referencia cercana a seguir en las ceremonias fúnebres por los prelados61. La prima del obispo solicitó del cabildo un lugar de enterramiento y los servicios religiosos más dignos para su tío62, mientras los capitulares exigieron a los familiares del obispo todos los bienes —el pontifical— del recién fallecido63. La capilla ardiente se instaló en el palacio episcopal. El féretro 58 Ibídem, 114, cabildos 17 y 23-febrero-1646. A.P. Santa María, III (1616-1700) fol. 180 v. El acta de defunción dice lacónicamente: «en 16 de Mayo de 1646 murió Don Domingo Abad y Huerta, obispo de Teruel, con todos los sacramentos. Enterróse en el presbiterio a mano derecha del altar mayor. Hízose fiesta ordinaria con dos sermones. Se hizo tocar en todas las parroquias durante su fiesta». Vid. también A.C.T., 206-3-1 y 128-1-3. 60 A.C.T., 114, cabildo 15-mayo-1646. 61 Ibídem, 105, fol. 113: nota sobre los funerales de los obispos de Teruel. 62 Ibídem, 114, cabildo-15-mayo-1646: «se trató del puesto en que se había de enterrar el señor obispo, Don Domingo Abad y Huerta, porque Doña Isabel de Bello pretendía se había de dar entierro en el nicho más preeminente que había, en el que tenía la iglesia para los señores prebendados, y, asímismo, pedía fuese la iglesia a decir un oficio de difuntos al palacio, y que se diese lugar para una capilla ardiente». 63 Ibídem, cabildos 16 y 17-mayo-1646: «se resolvió fueran los señores Dr. Juan Pérez de Cuevas, chantre, y el Lic. Laurencio Carnicer, canónigo, a tratar con doña Isabel de Bello, prima del señor obispo, acerca del pontifical y a decir cómo era de la iglesia todo él, por haber sabido no querían dar la plata que de dicho pontifical había. Se resolvió que diesen el pontifical por entero y el testamento, y que el entierro se hiciese al otro día, viernes». El viernes 17 de mayo «se volvió a tratar si había de enterrarse el señor obispo en el entierro de los señores prebendados, que es lo que pretendían los deudos de su Señoría, o en el prebiterio. Votóse por escrutinio y se resolvió se enterrase en los nichos de dicho entierro y que habían de dar el pontifical en la forma siguiente, que era lo que habían ofrecido: de cuatro fuentes, dos, una preciosa y la mejor, la otra mediana; de tres jarros, uno, el mejor y más precioso; de tres salvillas, sin la de las vinajeras, la mejor y más preciosa. Para esto se nombraron a los señores Dr. Juan Pérez de Cuevas, chantre, y el Dr. Juan García, canónigo». 59 DOMINGO ABAD HUERTA (1644-1646) 167 fue llevado procesionalmente a hombros de los vicarios de las parroquias de la ciudad, recorriendo las calles de Teruel por los lugares habituales por donde pasaban las procesiones generales. Fue enterrado la tarde del 17 de mayo en la catedral64. El 21 de mayo fueron elegidos los cargos de la sede vacante65 y, dos días después, el cabildo designó a dos prebendados para que fuesen a dar el pésame a la familia del obispo en nombre de la corporación66. Una vez fallecido el prelado y estando el gobierno en manos del cabildo, éste mandó secuestrar los frutos de los graneros de Camarillas67 y percibió en depósito los dineros de la cuarta décima del obispo recién fallecido68. La vacante por muerte del obispo Abad Huerta se prolongó hasta el 6 de mayo de 1647, fecha de la emisión de las bulas de Diego Chueca para la sede de Teruel, y que había regido hasta entonces la diócesis de Barbastro69. El nuncio Giulio Rospigliosi, como era costumbre, recibió la parte 64 Ibídem, 105, fol. 113: «de lo que se gastó en el entierro del señor Don Domingo Abad y Huerta, no hay memoria. Sábese que se pagó el entierro y que el cuerpo le llevaron los vicarios de las parroquias, yendo el acompañamiento de defunción por toda la ciudad y calles por donde se suelen hacer las procesiones generales». 65 Ibídem, 114, cabildo 21-mayo-1646. Vicario capitular, Dr. Juan Benedicto Calvo (8 votos); oficial eclesiástico, Dr. Pedro Jerónimo Pérez (8 votos); visitadores, Dr. Juan Pérez de Cuevas, chantre (9 votos) y Dr. Juan de Pasamonte (5 votos); bolsero, Juan García (6 votos); notarios de escribanía, Luis Novella y Juan Aparicio; notarios de visita, Pedro Larrañaga y Lucas Soriano y procurador fiscal, Antonio Muñoz. 66 Ibídem, cabildo-23-mayo- 1646: «resolvióse que se fuera a dar el pésame de la muerte del señor obispo a Doña Isabel de Bello y se nombraron a los señores, el Dr. Miguel Julve, arcediano y, el Dr. Juan Pérez de Cuevas, chantre». 67 Ibídem, cabildo 16-mayo-1646: «se hizo procura a mosén Juan Valero, de Camarillas, para poder apartarse de un embargo que el señor Dr. Lucas Sangorrín, colector de la cuarta décima, había hecho con orden de la iglesia en el granero de dicho lugar del trigo que en él tenía Don Lamberto Andrés, arrendador del obispado, el cual se había embargado por la cuarta décima y excusado que debía el señor obispo Don Domingo Abad». 68 Ibídem, 114, cabildos 16-junio-1646, 19-enero y 16-marzo-1647. El 16 de junio «se acordó que las 500 libras, que Don Lamberto Andrés de Camarena había de dar por razón de la cuarta décima a dicha iglesia, no se entendiese sino que las prestaba al cabildo y que el cabildo se le obligase en una comanda de dicha cantidad. Dicho día el señor Dr. Lucas Sangorrín dio fianzas para cobrar la cuarta décima a Salvador Jordá y Jaime Soriano. Asimismo le entregaron al señor Dr. Juan Pérez de Cuevas, chantre, las sortijas, báculo y pectoral, que había entregado el señor deán por orden de la iglesia al señor obispo, como a fabriquero que es». Con fecha 19 de enero «se archivaron 54 libras que habían cobrado los señores canónigos Asín y Villarroya de Don Lamberto Andrés por la parte que tocaba pagar al señor obispo de la cuarta décima, para que a su tiempo se la entregasen al colector que fuese de dicho subsidio». Y el 16 de marzo «se le otorgó ápoca a Don Lamberto Andrés de los dineros que había pagado a la cuarta décima por el señor obispo Don Domingo Abad, como arrendador del obispado, y se le descanceló una comanda en que estaba obligado». 69 GAUCHAT, P., Hierarchia Catholica, IV, Monasterii, 1935, p.331. 168 JUAN JOSÉ POLO RUBIO correspondiente del pontifical de Domingo Abad Huerta70 y abonó al cabildo turolense los derechos de la vacante71. 3. CONCLUSIONES Para poner punto final a esta monografía sobre Domingo Abad Huerta, concluiré de una manera apretada con los seis puntos siguientes, que son una recopilación de sus datos biográficos más significativos. Domingo Abad Huerta, hijo de Domingo Abad Huerta e Isabel Joven, nació en Cubel, pueblo de la Comunidad de Calatayud, a finales del siglo XVI, en torno al año 1580. Estudió en la Universidad literaria de Valencia, donde obtuvo el título de Doctor en Cánones. Recibió el presbiterado hacia 1610 y entró al servicio del arzobispo de Valencia, Isidoro Aliaga, como paje y capellán. En 1621 el Santo Oficio, probablemente a petición del dominico Luis de Aliaga, Inquisidor General, le abrió expediente de «limpieza de sangre», interesándose por su persona. Desempeñó el oficio de inquisidor por espacio de más de 20 años en los tribunales de Murcia, Llerena (Badajoz) y Barcelona. En septiembre de 1643 Felipe IV lo presentó para la mitra de Teruel, vacante por traslado a Zaragoza del mercedario Fray Juan Cebrián. El Papa Urbano VIII lo nombró obispo el 13 de julio de 1644. Fue consagrado en Valencia el 25 de septiembre. Al tomar posesión de la diócesis era un hombre maduro, pues contaba más de sesenta años. Rigió la diócesis de Teruel escasamente durante dos años. Murió el 16 de mayo de 1646, siendo sepultado en la cripta de enterramiento construida debajo del presbiterio del templo catedral. El cabildo catedral recibió en herencia los bienes del prelado, cuyo pontifical no era nada despreciable. Como obispo de Teruel asistió a las Cortes del Reino celebradas de 1645 a 1646 y serenó los ánimos del cabildo catedralicio, apaciguando los enfrentamientos entre las dignidades y canónigos. 70 A.C.T., 114, cabildo 12-septiembre-1646: «se trató si se le había de dar al señor nuncio una de las piezas del pontifical del señor Don Domingo Abad y Huerta, obispo de esta santa iglesia, que pretende se le debe. Se resolvió que, si tenía derecho, se le diese». 71 Ibídem, 105, fols. 124-125. Mandó 7.335 reales de plata por los derechos de vacante, desde el 16 de mayo de 1646 hasta el 6 de mayo de 1647; 5.835 para los ministros de la justicia; 1.000 para el predicador, y 500 «por la limosna que mandará repartir entre los pobres de ese obispado, como se ha acostumbrado en las demás vacantes». CAPÍTULO VI DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) La diócesis de Teruel estaba vacante desde el 16 de mayo de 1646, fecha de la muerte del obispo Domingo Abad Huerta, permaneciendo así hasta el 6 de mayo del año siguiente, pues ese día fue nombrado obispo de Teruel Diego Chueca Rincón, quien hasta entonces había regido la pequeña diócesis de Barbastro. Cuando el prelado Chueca llegó a Teruel era un hombre maduro, con 60 años de edad, experimentado en las tareas del gobierno episcopal, en la administración del cabildo catedral y en las funciones universitarias y docentes. Su episcopado al frente de la diócesis turolense fue muy largo puesto que ocupó la sede durante 25 años. En la historia diocesana de los siglos XVI y XVII se trata del pontificado más dilatado temporalmente. 1. SEMBLANZA BIOGRÁFICA Diego Chueca nació el año 1591 en Cálcena, provincia de Zaragoza y diócesis de Tarazona, siendo bautizado por mosén Miguel Royo, coadjutor de la parroquia, el día 9 de mayo. Era hijo de Jerónimo Chueca e Isabel Rincón. Diego Rincón e Isabel Chueca fueron sus padrinos de bautismo1. Estudió en la Universidad de Zaragoza, donde obtuvo el grado de bachiller en Teología el 7 de marzo de 1619, y en 1623 el doctorado. En 1621 opositó a la cátedra de Artes, que regentó durante los cursos escolares de 1625-16262 y en 1628 a la canonjía magistral de la Seo de Zaragoza, que 1 A.P. de Cálcena, quinque libri, Tomo Iº, fol. 146. JIMÉNEZ CATALÁN, M., Memorias para la historia de la universidad de Zaragoza, Zaragoza, 1925, pp. 101-102. 2 170 JUAN JOSÉ POLO RUBIO ganó con fecha 12 de abril de 16283. Desempeñó su beneficio canonical hasta 1643, año en que fue nombrado obispo de Barbastro. Durante los quince años que ocupó la canonjía magistral realizó diversas funciones capitulares. En enero de 1630 fue nombrado administrador de la mensa canonical4, oficio que también desempeñó en 16355. En febrero del año siguiente se le encargó la sacristía y fábrica catedralicia6. En el mes de noviembre de 1631, al morir el arzobispo Martín Terrer de Valenzuela y quedar la sede vacante, como la visita pastoral había que seguir haciéndola en la diócesis, en la sesión capitular del día 28 de noviembre escogieron «por visitadores para los tres arciprestazgos a los señores arciprestes de Zaragoza y a los canónigos Urbán y Chueca»7. Desde septiembre del año 1633, fecha en que el canónigo secretario del cabildo Sellán marchó para hablar con el virrey «sobre las cosas del Pilar», hasta comienzos del año 1635, se le encargó este trabajo al canónigo Chueca. Él redactó las actas capitulares durante todo ese tiempo8. En 1636 desempeñó el cargo de administrador de misas y durante los años de 1637 y 1639 el de administrador de la mensa canonical9. En enero de 1639 hubo oposición a la canonjía doctoral y se presentaron trece candidatos. Acabados los ejercicios, con fecha 19 de enero, se llevó a cabo la votación. El Dr. Chueca no pudo votar, aunque sí que estuvo en dicha sesión capitular donde «concurrieron veinticuatro votos», por no haber estado presente durante los ejercicios de oposición. La elección canónica recayó sobre el Dr. Diego Gallán, graduado en Leyes por la Universidad de Huesca10. El canónigo Chueca había estado en Madrid realizando algunas gestiones capitulares, informando «de su viaje y negocios» al cabildo el 24 de enero. A su regreso a Zaragoza se le encomendó 3 AÍNA, L., El milagro de Calanda a nivel histórico, Zaragoza, 1972, p. 128. En el Archivo catedralicio de la Seo de Zaragoza no existe el libro de Actas Capitulares correspondiente a los años 1626-1629. 4 A.C.S.Z., Actas Capitulares 1630-1638, cabildo 4-enero- 1630. 5 Ibídem, cabildo 29-diciembre-1634. 6 Ibídem, cabildo 14-febrero-1631. Al morir el canónigo Diego Terrer Valenzuela, sobrino del arzobispo Martín Terrer de Valenzuela, que ejercía este encargo capitular desde comienzos de año, se nombró en sustitución al magistral Chueca. 7 Ibídem, cabildo 28-noviembre-1631. 8 Ibídem, cabildo 16-septiembre-1633. 9 Ibídem, cabildo 12-enero-1636, 2-enero-1637 y Actas Capitulares (1639-1644), cabildo 1-febrero-1639. 10 Ibídem, cabildos 29-diciembre 1638 y Actas Capitulares (1639-1644), cabildos del 2 al 19-enero-1639. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 171 que continuase los asuntos iniciados durante su viaje, escribiendo a los procuradores que el cabildo tenía en Madrid11. En 1640 intervino como juez consultor de unas misteriosas palabras escuchadas por el canónigo penitenciario Martín de Funes, posteriormente obispo de Albarracín, pronunciadas por el Crucifijo del trascoro de la catedral de la Seo. Y, al año siguiente, firmó también la sentencia del proceso, realizado durante el pontificado de Pedro Apaolaza, sobre la calificación del milagro de la restitución de la pierna al mancebo Juan Pellicer, natural de Calanda12. En 1643, mientras desempeñaba el cargo de contador capitular, fue nombrado, el 13 de julio, obispo de Barbastro. A fines de ese año, cuando la noticia de su designación para la sede barbastrense era pública, él seguía asistiendo al cabildo como canónigo magistral y, con fecha 4 de diciembre, en el libro de Actas Capitulares quedó anotado: «el señor obispo de Barbastro, canónigo Chueca, funda un aniversario a su intención. Dio cien ducados»13. En el cabildo para la elección de cargos capitulares anuales, celebrado el 16 de enero de 1644, estuvo presente el canónigo Chueca y fue nombrado, junto con los canónigos Sada y Miguel de Urriés, para diligenciar los asuntos del arrendamiento de las propiedades capitulares y las «cuartaciones de la obrería». El sábado 13 de mayo, en la reunión capitular, «el señor canónigo Chueca, obispo electo de Barbastro, dio cuenta al cabildo como para mañana, Domingo, estaba señalado para consagrarse con asistencia del señor obispo de Huesca y el de Alguer, juntamente con el Abad de San Juan de la Peña». Esteban Esmir, obispo de Huesca, consagró obispo a Diego Chueca, acompañado de Antonio Nusco, obispo de Alguer (Cerdeña), y el abad del Monasterio de Nuestra Señora de la Peña (Huesca)14. A los pocos días de la consagración del obispo Chueca, el cabildo de la Seo de Zaragoza promulgó «los edictos de la canonjía que vacó por promo- 11 Ibídem, cabildos 24-enero y 11-febrero-1639. Se le encomendó seguir las gestiones acerca de la herencia de la condesa de Puño en Rostro, dejada a favor del colegio de los Padres Jesuitas de Pamplona y la Seo de Zaragoza. 12 GÓMEZ, M., Escritores aragoneses de Latassa, I, Zaragoza, 1885, pp. 377-378; JIMÉNEZ CATALÁN, op. cit., pp. 101-102. 13 A.C.S.Z., Actas Capitulares (1639-1644), cabildos 16-enero, 14-mayo y 4-diciembre1643. 14 GUITARTE IZQUIERDO, V., Episcopologio español (1500-1699). Españoles obispos en España, América, Filipinas y otros países, Roma, 1994, n.º 1.074, p. 173. 172 JUAN JOSÉ POLO RUBIO ción del señor canónigo Chueca a obispo de Barbastro». Encomendó esta tarea a los canónigos Martel y Aznar15. 2. OBISPO DE BARBASTRO La diócesis de Barbastro estaba compuesta por la misma ciudad, sede del prelado, y 151 pueblos. Contaba con iglesia catedral, seis colegiatas y, hasta mediados del siglo XVIII, con 108 parroquias, más 32 ó 37 iglesias anejas con pila bautismal y 5 sin pila. A comienzos del siglo XVII, la población de esta diócesis, incluida la ciudad de Barbastro, apenas llegaba a 3.000 fuegos. A finales del siglo XVII, en la ciudad de Barbastro había 800 fuegos, descendiendo a 500 a comienzos del siglo siguiente por causa de las guerras. La catedral estaba dedicada a la Asunción de la Virgen. Era bastante capaz y de hermosa arquitectura. Cerca de la misma estaba el palacio episcopal que, según los prelados barbastrenses, era decente y cómodo para albergar a su familia. A comienzos del siglo XVII, en la ciudad de Barbastro había cuatro órdenes masculinas con un convento en la misma: franciscanos, mercedarios, trinitarios y capuchinos. Además de los citados conventos masculinos, en la ciudad había dos conventos femeninos: uno de clarisas, sujeto a los franciscanos, y otro de capuchinas, bajo la jurisdicción del obispo. A muy grandes rasgos ésta era la diócesis que tenía que gobernar el obispo Diego Chueca16. Tan pronto como recibió las bulas papales de su nombramiento, en los primeros días del mes de diciembre de 1643, siendo todavía obispo electo, escribió al cabildo de Barbastro y solicitó la toma de posesión por procurador, enviando las bulas papales. El deán y cabildo examinaron las bulas, así como los abogados capitulares Gracia y Caberni, resolviendo dar la posesión al canónigo Xal, procurador del obispo electo Chueca, el día 16 de diciembre, «miércoles, a las dos y media de la tarde, después de vísperas»17. 15 A.C.S.Z., Actas Capitulares (1639-1644), cabildos 13 y 19-marzo-1644. Vid. PUEYO COLOMINA, P., «La diócesis de Barbastro en el siglo XVII a través de las visitas ad limina», Somontano, 4 (1994), pp. 173-190; LALUEZA, S., voz «Diócesis de Barbastro», D.H.E.E., I, Madrid, 1972, pp. 183-187 y LÓPEZ NOVOA, S., Historia de la muy noble y muy leal ciudad de Basbastro, Barcelona, 1861, pp. 192-193. 17 A.C.B., Libro de Gestis (1638-1644), fols. 128 v-129. 16 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 173 En la sala capitular y en presencia del deán Vela, el procurador Xal juró sobre los evangelios la bula de erección y los estatutos del cabildo. Acto seguido, los canónigos salieron procesionalmente y se dirigieron al altar mayor, mientras el coro cantaba el Ave maris stella. Allí el procurador Xal entonó las oraciones de ritual y posteriormente se dirigió al coro, sentándose en la silla episcopal. A continuación dio el «osculum pacis» a todos los prebendados y, una vez finalizada la ceremonia en la catedral, se dirigió «al palacio episcopal, en donde tomó posesión del consistorio y casa episcopal». Pagó 394 libras por derechos de entrático, de las cuales 275 eran para la fábrica catedralicia y 49 para pagar los servicios y a los servidores del acto de toma posesión18. El obispo Chueca hizo su entrada solemne en Barbastro el 1 de mayo de 1644. Al día siguiente, el cabildo catedral le visitó capitularmente en el palacio episcopal. El obispo abonó 125 libras por los derechos de administración diocesana, que el cabildo había ejercido durante los cinco meses que el prelado estuvo ausente una vez que tomó posesión, a razón de 25 libras mensuales19. Al poco tiempo de su llegada a Barbastro, en el mes de septiembre, comenzó la primera visita pastoral a la diócesis. El Dr. Francisco Vela, deán coadjutor, quedó al frente de la diócesis como vicario general20. El obispo Chueca regresó bien impresionado de la visita pastoral y deseó «poner remedio a la falta de doctrina y enseñanza en todos los valles tan vecinos del reino de Francia, porque me causa gran lástima ver tan extendida diócesis y tantos valles de gente bien inclinada y dócil que pueden peligrar con la comunicación de Francia, sin haber conventos algunos de los que pueden ir a predicarles el evangelio y enseñar la doctrina cristiana y administrarles el sacramento de la penitencia». Como el canónigo Xal había manifestado al obispo su voluntad de fundar dos capellanías, el obispo pensó aplicar esas rentas para mantener una comunidad religiosa en alguno de aquellos valles. Habló con los padres carmelitas descalzos de Zaragoza, que aceptaron la fundación «en la ermita de Bruis, por estar ya hecha la casa». El obispo creía que la fundación reportaría muchos bienes y, entre otros, que el prelado tendría allí un cuarto para hacer la visita pastoral. Allí podría residir temporalmente y desplazarse «a confirmar a los niños de los lugares vecinos». El obispo propuso esta solución al cabildo 18 19 20 Ibídem, fol. 130. Ibídem, (1644-1654), fols. 2 y 39 v. Ibídem, fol. 16 v. 174 JUAN JOSÉ POLO RUBIO «para que, no existiendo inconveniente, con su consejo y consentimiento me ayuden a que ejecutemos esta obra tan del servicio de Dios. Y, dado el consentimiento, será hacer un gran servicio a la Virgen y a mí». El cabildo acató la fundación con fecha 10 de noviembre de 1646, aunque el proyecto no se llevó a cabo21. En octubre de 1644 nombró canónigo arcipreste a su sobrino don José Chueca, quien al cabo de dos años renunció a dicha prebenda. El obispo volvió a proveerla en la persona de don Miguel Chueca, que tomó posesión de la misma con fecha 18 de febrero de 164722. Como consecuencia de los movimientos secesionistas, en el noreste de España se vivía en una situación bélica, que afectaba también a los territorios altoaragoneses. La contribución económica, de servicios y personal militar de Aragón fue elevada, como evaluó magistralmente el profesor Enrique Solano23. La diócesis de Barbastro también se vio afectada por estos acontecimientos. El monarca Felipe IV acudió a Barbastro en los primeros días del mes de mayo de 1644, coincidiendo con la entrada solemne del obispo Chueca. El rey Felipe IV recibió al obispo y al cabildo barbastrense con fecha 2 de mayo, escuchando sus inquietudes y recibiendo un memorial escrito con las mismas24. En 1645-1646 se celebraron Cortes en Zaragoza con la presencia del monarca. El cabildo de Barbastro envió al canónigo Donat, estando también en las Cortes el obispo25, asistiendo a las exequias del malogrado príncipe Baltasar Carlos celebradas en Zaragoza. En la catedral barbastrense, como en otros templos y lugares, el 14 y 15 de diciembre también se hicieron honras fúnebres por el eterno descanso del príncipe. En el mes de julio de 1644 la ciudad de Barbastro corría peligro, dado que la guerra en Cataluña se libraba en la cercana ciudad de Lérida. Por eso, los munícipes barbastrenses y el cabildo catedralicio decidieron rogar al Señor para que las tropas rebeldes no invadieran las fronteras de Aragón. Acordaron hacer «una procesión general por la ciudad y que todos los días se canten las letanías después de la misa conventual». Como esta situación cambió en el mes de agosto, acordaron acudir procesio- 21 Ibídem, cabildo 29-septiembre-1646, fols. 79-80, y cabildo 10-noviembre-1646, fol. 81v. Ibídem, cabildos 8-octubre-1644, 16 y 18-febrero-1647, fols. 29, 87v y 88. 23 SOLANO CAMÓN, E., Poder monárquico y estado pactista (1626-1652). Los aragoneses ante la Unión de Armas, Zaragoza, 1987, pp. 39-51, 57-183 y 191-98. 24 A.C.B., Libro de Gestis (1644-1654), cabildo 2-mayo-1644, fol. 2. 25 Ibídem, cabildos 11-agosto y 9-septiembre-1645, 9-mayo y 15-septiembre-1646, 14 y 15-diciembre-1646, fols. 52, 61-69, 74 y 83. 22 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 175 nalmente al santuario de Nuestra Señora del Pueyo para dar gracias a «Dios Nuestro Señor y a la Virgen María del Pueyo, su Santísima Madre, abogada y patrona de esta tierra, reconociendo que el no haber pasado el enemigo el río Cinca con su ejército se debía a la protección y amparo de esta Señora que en aquella centinela (desde su santuario) ha defendido siempre esta ciudad». Irían en procesión general «con sus banderas y conventos», confesarían, comulgarían y harían otras obras pías «para rendirle las gracias por tamaña merced». En 1647 el cerco de la ciudad de Lérida fue levantado y la ciudad fue recuperada por las tropas reales. El monarca Felipe IV escribió para que se elevasen «oraciones en hacimiento de gracias de haber el francés levantado el sitio de Lérida». Para cumplir los deseos regios, el cabildo acordó realizar «una procesión general por la ciudad y cantar el Te Deum Laudamus»26. En los primeros días del mes de mayo de 1645 el obispo acudió al cabildo catedralicio y les manifestó su voluntad de celebrar sínodo diocesano. Pensaba comenzarlo el 28 de mayo, domingo de la infraoctava de la Ascensión del Señor. El cabildo nombró a cuatro capitulares (García, Caberni, Gilberte y Donat) para que ayudasen al obispo en los trabajos sinodales. Pocos días antes del sínodo, el prelado envió al cabildo el texto de las constituciones que pensaba presentar ante la asamblea, «para que sobre ellas le diera el cabildo su parecer». El clero de la catedral y de la ciudad entregó a los sinodales capitulares un memorial con sus pretensiones. El canónigo Caberni fue nombrado maestro de ceremonias, «para que ordenara los asientos y puestos de las iglesias colegiales y rectores, así en la procesión como en la iglesia». El sínodo, como estaba previsto, dio comienzo el domingo 28 de mayo. A las siete de la mañana se recitó la hora litúrgica de Prima. A continuación se hizo la procesión sinodal, siguiéndose minuciosamente el ceremonial habitual para estas ocasiones. El obispo celebró la santa Misa y, una vez finalizada, predicó «en el púlpito revestido con el hábito de coro». Los munícipes barbastrenses no estuvieron presentes, excusándose y diciendo «no se los habían hecho saber, ni les convidaron». El canónigo García «leyó los decretos del santo concilio de Trento y la profesión de fe». Las ceremonias se tuvieron en el templo catedral y duraron hasta la una de mediodía. El sínodo continuó el día 29 de mayo, en sesión matutina y vespertina, en las dependencias del palacio episcopal. Finalizó al día siguiente en la sesión de la mañana, «a las doce horas de medio día». El clero colaboró con un subsidio caritativo, cifrado «a razón 26 Ibídem, cabildos 16-julio y 8-agosto-1644; 4-mayo-1646 y 6-julio-1647, fols. 9, 11, 68 y 92. 176 JUAN JOSÉ POLO RUBIO de nueve dineros por libra». Este sínodo de Chueca, que recoge también las constituciones sinodales de sus predecesores, fue publicado en 1645 por Diego Dormer, impresor zaragozano27. A comienzos del mes de julio de 1647 llegó a Barbastro la noticia de que el obispo Chueca había sido promovido a la diócesis de Teruel. Al principio, el obispo se resistió a declarar la sede vacante, aunque el cabildo se lo exigía. El cabildo envió algunos procuradores a Zaragoza que confirmaron la veracidad de la noticia. Ante la certeza y seguridad de la misma, el obispo se personó ante el cabildo y se despidió, «diciendo se iba a Zaragoza, para de allí irse a su obispado de Teruel. Y, que antes de irse había querido hacer esta acción, ofreciéndose en todo hacer favor, en general y en particular, a este cabildo». A estas palabras, respondió el deán y ofreció al prelado dos capitulares para que le acompañasen «no sólo a Zaragoza, sino a Teruel». El obispo no admitió este servicio, aunque mostró su agradecimiento por ello. El cabildo en pleno volvió a acompañarle a su regreso al palacio28. 3. OBISPO DE TERUEL El monarca Felipe IV propuso a Diego Chueca para ocupar la sede de Teruel en los primeros días del mes de diciembre de 1646, comunicando la noticia a su embajador ante la Santa Sede con fecha 3 de diciembre. El Nuncio Apostólico, Julio Rospigliosi, comisionó, por carta datada en Madrid el 1 de diciembre, al arzobispo Fray Juan Cebrián para que el obispo Chueca hicise ante él la profesión de fe, acto que tuvo lugar el día 5 de diciembre. Posteriormente, antes de finalizar el citado mes, el Nuncio Apostólico elaboró el proceso canónico de promoción a la sede turolense. El día 22 de diciembre examinó a los testigos, el 24 firmó el decreto de idoneidad del candidato para ser promovido a la sede turolense y remitió la documentación al Consistorio Cardenalicio el 19 de enero de 164729. 27 Ibídem, cabildos 8, 10, 26, 27, 28, 29 y 30-mayo-1645, fols. 42 v.-44. Ibídem, cabildos, 6, 7 y 13-julio-1647, fols, 91 v.-93. 29 A.S.V., Processus Consistoriales, 47, fols. 374-386. Los testigos examinados fueron: Juan Purroy, de 50 años de edad; Pedro López, presbítero de 44 años; Diego Matías de Aragüés, de 42 años; José Sánchez Ricarte, de 25 años; Miguel Jerónimo del Val, de 19 años, y Juan Vicente Villanueva, de 28 años. Los testigos no aportan datos significativos sobre la persona del obispo Chueca y sobre la diócesis de Teruel. Cristóbal Manzano actuó como notario del proceso canónico y Francisco de Porras y Toribio Martínez, familiares del Nuncio Apostólico, como testigos. 28 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 177 El cabildo turolense conoció la noticia de la promoción del obispo de Barbastro a Teruel en los primeros días del mes de diciembre de 1646, según la voluntad del monarca Felipe IV manifestada en la presentación del Consejo de Aragón ante la Santa Sede. Los canónigos de Teruel, en la reunión capitular del día 4 de diciembre, acordaron enviar a Zaragoza una comisión, formada por los canónigos Francisco Aínsa y Lucas Sangorrín, para dar la enhorabuena al obispo Chueca, quien manifestó su agradecimiento por carta escrita el 17 de diciembre. Los canónigos Aínsa y Sangorrín, a su vuelta de Zaragoza, informaron de la visita al obispo electo, de su recibimiento y agradecimiento, quien les entregó una carta en mano, de la que acabamos de hacer referencia. Aprovecharon también el viaje para visitar al arzobispo Fray Juan Cebrián, que había gobernado la diócesis de Teruel en años pasados30. La voluntad regia de promover a Diego Chueca a la diócesis turolense tardó unos meses en concretarse. Fue en el Consistorio del 6 de mayo de 1647 cuando el cardenal Columna propuso a Chueca para obispo de Teruel. La sede turolense estaba vacante por muerte del anterior obispo31. Con esa misma fecha el papa Inocencio X firmó la bula, reteniéndole 3.333 ducados de las rentas episcopales a favor de ciertas personas, imponiéndole la obligación de erigir la prebenda teologal y la penitenciaría, hacer un Monte de Piedad y ordenándole hacer la profesión de fe ante el arzobispo de Zaragoza o el obispo de Albarracín32. Al ser trasladado el obispo Chueca a la diócesis de Teruel, el monarca Felipe IV presentó a Miguel Escartín, de la Orden de San Benito, para obispo de la diócesis de Barbastro. En ese mismo Consistorio el cardenal Columna lo propuso y el Papa lo nombró33. 30 A.C.T.,114, cabildos 4 y 27-diciembre-1646, y 228-18-2, carta del obispo electo Chueca, agradeciendo la visita capitular, fechada en Zaragoza el 17-diciembre-1646. 31 A.S.V., Archivium Consistoriale, Actae Camerarii, 19, fol. 92. 32 A.C.T., 128-1-4. La reducción de las rentas episcopales favorecía a Miguel Bayetola (330 ducados), Miguel Fierro (220 ducados), Andrés Morata (220 ducados), Juan Francisco Cebrián (220 ducados), Pedro Nocito (165 ducados), Jerónimo Pérez (150 ducados), Juan Muñoz (150 ducados), Mateo Bayetola (130 ducados), José López (110 ducados), uno llamado Terraza (110 ducados), José Pastor (100 ducados), Antonio Altarriba (90 ducados), Lupercio Fernández (100 ducados), Felipe Maza (58 ducados) y Pascual García (50 ducados). El agente del rey de España ante la Santa Sede, don Bernardino Barberio, extendió una copia certificada del consistorio celebrado por Su Santidad «in monte Quirinali» con fecha 6 de mayo de 1645. El agente manifestaba que el documento «irá firmado de mi mano y sellado con el sello del Excmo. Señor conde de Oñate y Villamediana, embajador en Roma». 33 A.S.V., Archivium Consistoriale, Actae Camerarii, 19, fol. 95. 178 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Chueca tomó posesión por procurador de la diócesis de Teruel el 5 de septiembre de 1647. Antes de que se acercase la fecha de la toma de posesión, el cabildo decidió hacer la visita pastoral a la ciudad, encomendando ese trabajo al canónigo Juan Pasamonte. El canónigo Lucas Sangorrín presentó al cabildo las bulas del obispo y una carta «para que se le diese la posesión como a procurador». El cabildo nombró al tesorero Pedro Lázaro y al canónigo Carnicer para estudiar la documentación. Una vez examinada, «se resuelve dar la posesión al Dr. Lucas Sangorrín el jueves 5 de septiembre por la tarde». El procurador Sangorrín abonó «451 libras y 18 dineros: 400 libras por el ingreso y 51 libras y 18 dineros por las propinas de los ministros». Los canónigos Dalda y Villarroya le acompañaron a tomar posesión del coro y sede episcopal, los canónigos Pérez y Aínsa del tribunal eclesiástico y de las casas episcopales. A los pocos días el cabildo notificó la toma de posesión a la Nunciatura Apostólica34. El obispo hizo su entrada solemne en la ciudad de Teruel el 28 de octubre de 1647. El tesorero y chantre le salieron a esperar a Caudé. Los canónigos Miguel Dalda y Laurencio Carnicer le recibieron en la iglesia de San Francisco. Las autoridades y el pueblo cristiano conocieron y saludaron al nuevo prelado al día siguiente, 29 de octubre35. El episcopado turolense de Diego Chueca fue muy dilatado, extendiéndose por espacio de un cuarto de siglo. Al comenzar su biografía, convendrá recordar algunos hitos de su actuación al frente de esta diócesis. Realizó la visita pastoral personalmente en 1648, 1653, 1657 y 1664, y sus visitadores, en 1661 y 1668. Envió a Roma un único texto de visita ad limina, en 1663. Fundó el convento de Madres Carmelitas Descalzas en 1660. Celebró dos sínodos diocesanos, en 1657 y 1662. Aprobó unas nuevas Ordinaciones del Capítulo General Eclesiástico en 1660. Desempeñó el oficio de Diputado del Reino de Aragón en dos oportunidades, en 166036 y 1666. Siendo obispo de Teruel, en octubre de 1647 intervino como coconsagrante de Miguel Escartín Arbeza, sucesor suyo en la sede barbastrense, y en noviembre de 1649, de Jerónimo Ipenza, obispo de Jaca. En las dos ocasiones el arzobispo Fray Juan Cebrián actuó de consagrante principal. En octubre de 34 A.C.T., 114, cabildos 28-junio, 1, 4, 5 y 13-septiembre-1647. En A.C.T., 105, fol. 51 v., se afirma: «tomó posesión como procurador de su Señoría el Dr. Lucas Sangorrín, canónigo de esta iglesia, a 9 de septiembre de 1647». 35 Ibídem, 105, fol. 149; 114, cabildo 27-octubre-1647. 36 Ibídem, cabildo 28-febrero-1660. Estando en Zaragoza, el obispo mantenía frecuente relación epistolar con su cabildo, como medio habitual para soluccionar los asuntos. Así ocurrirá tanto en 1660 como en 1666. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 179 1661, siendo el consagrante principal el arzobispo de Valencia, Martín López Hontiveros, actuó como coconsagrante junto con el obispo de Orihuela, Fray Acacio March Velasco, del obispo electo de Segorbe, Anastasio Vives de Rocamora37. Pocos meses después, concretamente el 4 de diciembre, domingo segundo de Adviento, consagró en la catedral de Teruel a don José Barberá, canónigo de la iglesia metropolitana de Valencia y obispo electo de Mallorca. En esta oportunidad actuaron de coconsagrantes Jerónimo Salas Malo, obispo de Albarracín, y Fray Anastasio Vives, obispo de Segorbe38. En 1651 se fundó la cofradía de Minerva en la catedral de Teruel y el obispo ingresó en la misma, de la que formaban parte los doce caballeros más importantes de la ciudad, quienes sufragaban la fiesta de los terceros domingos de mes. Chueca fue el primero en hacer esta fiesta, concretamente el domingo 16 de abril39. En 1654, apoyado por el prior del convento de Padres Dominicos de Zaragoza, intentó fundar tres cátedras de Artes en la Universidad de Zaragoza, siguiendo la doctrina de Santo Tomás. La cuestión dividió al claustro de profesores y el monarca Felipe IV debió intervenir en la polémica imponiendo perpetuo silencio sobre la cuestión40. El año 1664 fundó el beneficio de San Antonio Abad en el pueblo de Bueña, que obligaba al beneficiado a residir en el lugar, enseñar a leer y escribir a los niños y celebrar 104 misas por el eterno descanso del alma de Antón Polo de Ibáñez41. En 1672, antes de morir, fundó diez beneficios en la iglesia parroquial de Cálcena, su pueblo natal42. En 1666 se marchó a Zaragoza para desempeñar por segunda vez el cargo de Diputado del Reino. Mantuvo frecuente correspondencia con su cabildo catedral, que no dejaba de felicitarle anualmente las Pascuas de Navidad43. Como la permanencia del obispo se prolongaba más de la cuen- 37 GUITARTE IZQUIERDO, V., op. cit., Roma, 1994, p. 177, n.º 1.099; p. 179, n.º 1.113 y p. 194, n.º 1.216. 38 A.C.T., 114, cabildo 4-diciembre-1661. TOMÁS LAGUÍA, C., «Las capillas de la catedral de Teruel», Teruel, 22 (1959), p. 21. 39 TOMÁS LAGUÍA, C., op. cit., p. 20. 40 Vid. DOMINGO, T. y GONZÁLEZ, V., Pedro Apaolaza, Zaragoza,1992, pp. 181-182. 41 A.H.D.T., Sección Beneficial, Bueña: Expedientes de cargas espirituales de beneficios y capellanías. El obispo Chueca fundó este beneficio el 5 de noviembre de 1664 ante el notario Fernando Noguera. Los niños que aprendieran a leer y escribir pagarían mensualmente un real; medio real, quienes aprendían sólo a leer. 42 A.P. de Cálcena, quinque libri, Tomo I, fol.146, nota marginal. 43 A.C.T., 228-18-4, carta del obispo Chueca a su cabildo agradeciendo la felicitación de Pascuas, fechada en Zaragoza a 23 de diciembre de 1666, y 228-18-5, carta del 22-diciembre1667, agradeciendo felicitación y expresando los motivos de su ausencia. 180 JUAN JOSÉ POLO RUBIO ta, manifestaba que ciertos pleitos, «que penden en el tribunal del Justicia de Aragón»44, para defender los intereses de la mitra, le retenían en la ciudad de Zaragoza. Él deseaba regresar cuanto antes a Teruel, como escribía en sus cartas de 167145, aunque su avanzada edad y salud precaria no se lo permitirían. Falleció en Zaragoza el 18 de junio de 167246, siendo sepultado en la capilla de San Martín de la catedral de la Seo47. Sus restos mortales fueron trasladados en 1679 a la iglesia parroquial de Cálcena48. 3.1. LA CIUDAD DE TERUEL A MEDIADOS DEL SIGLO XVII En las páginas siguientes intentamos exponer cómo era la ciudad de Teruel a mediados del siglo XVII. Con escasos datos bibliográficos, narramos cómo vivían y a qué se dedicaban los habitantes de la ciudad de Teruel. Entresacamos algunas referencias archivísticas y describimos pequeñas escenas de la vida ciudadana de aquellos momentos. Describimos pormenorizadamente la fundación del convento de Madres Carmelitas Descalzas realizada durante el pontificado del obispo Diego Chueca. Y, finalmente, historiamos el pleito «de las cortesías», que tuvo enfrentados al cabildo catedral y al cuerpo edilicio municipal durante más de un año, por cuestiones meramente protocolarias de precedencia en el saludo. Asunto, éste último, intrascendente en la actualidad, pero sustantivo, al parecer, en aquellos momentos. 3.1.1. Población49 En las Cortes de Aragón celebradas en 1646 se ordenó hacer un censo, para conocer pormenorizadamente cuántos y cuáles eran los ciudadanos 44 Ibídem, 105, fol. 149. Ibídem, 228-32-1, carta de 17-marzo, donde reconocía unas deudas superiores a 3.000 escudos, que durante los 24 años de su pontificado no había tenido más que pleitos, sin conseguir un beneficio para uno de sus parientes; 228-18-9, carta de 9-septiembre, donde manifiesta su deseo de regresar a Teruel, y 228-18-10, carta de 23-diciembre, pero la edad avanzada, la salud quebradiza y los pleitos retenían al obispo. Como él escribía, «me tienen imposibilitado para poder acudir a la asistencia que pide mi obligación». 46 A.P. de San Juan el Viejo (Zaragoza), quinque libri, Tomo II, Sección Difuntos, f. 32 v. El acta de defunción dice: «Año 1672. (Al margen) El señor obispo Chueca de Teruel. (Al centro) El señor obispo de Teruel, Don Diego Chueca, murió en diez y ocho del mes de junio, entre dos y tres de la mañana, habiendo recibido los Santos Sacramentos. Depositóse su cuerpo en la Seo de Zaragoza». 47 EIXARCH, M., Los obispos de Teruel: Apuntes biográficos, Teruel, 1893, p. 76 48 AÍNA, L., op. cit., p. 128. 49 Para redactar este epígrafe tenemos a la vista estos dos artículos: LATORRE CIRIA, J.M., «Notas sobre la población de Teruel en 1647», en Homenaje a Purificación Atrián, Teruel, 1996, pp. 469-477 y VEGA Y LUQUE, C.L., «Aspectos inéditos de la vida en Teruel durante los siglos XV al XVII», en Homenaje a Purificación Atrián, Teruel, 1996, pp. 447-468. 45 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 181 que debían contribuir a las cargas reales. Este censo fue realizado en Teruel el año 1647 por el justicia de la ciudad y los vicarios de las parroquias urbanas. El texto original de dicho censo, según afirma el profesor Latorre, se conserva en el Archivo Histórico Provincial de Teruel, en el protocolo notarial de Lucas Soriano. En ese censo se habla de 219 vecinos, distribuidos de la siguiente forma: labradores 89, pelaires 13, zapateros 7, cirujanos 3, alfareros 3, sogueros 2, sillero 1, botero 1, cardero 1, mercaderes 22, notarios 9, apotecarios 5, obreros 3, tintoreros 3, albarderos 2, cordoneros 1, fusteros 1, banqueros 1, alpargateros 16, sastres 8, calceteros 5, herreros 3, tejedores 2, maestros de hacer carros 2, cuerero 1, mazonero 1, médico 1 y sin especificar 13. A estos vecinos habría que añadir aquellos que no pagaban impuestos: «la nobleza, el clero —sin duda numeroso—, los vecinos exentos por razones que desconocemos, los pobres o de bajos recursos y los forasteros». Aunque no es muy fiable el dato, según comenta nuevamente Latorre, la estadística que poseemos sobre la ciudad de Teruel en 1650 es de 503 vecinos. Clasificados en gremios, tendríamos las siguientes cifras estadísticas: alpargateros, seroneros, sogueros y talegeros 18; pelaires o cardadores, bataneros, tintoreros, apuntadores y tundidores 17; médicos, boticarios y cirujanos 9; sastres 8; zapateros y zurradores 7; calceteros (separados de los sastres desde 1629) 5; carpinteros, obreros de villa, cuberos, torneros y canteros 5; herreros, carderos, caldereros, cerrajeros, puñaleros, cuchilleros, escopeteros, herradores y albéitares 4; olleros 3 y tejedores 2. Carlos Luis de la Vega describe cómo se hacían y cuáles eran los arrendamientos de los diferentes trabajos en la ciudad de Teruel. Este asunto resulta interesante para dar a conocer las ocupaciones, costumbres y algunos rasgos de la vida ciudadana turolense en el siglo XVII. Un pregonero publicaba por las calles qué se arrendaba y por cuánto. En la plaza de la Lonja, no en las casas del Concejo, se concentraba la gente. Estaban presentes cuatro regidores del municipio. Los interesados en la contrata pujaban a gritos la cantidad ofrecida. En el instante en que el arrendamiento era adjudicado, se apagaba una vela, en señal de que la partida tenía ya dueño. Los arrendadores juraban ante el juez, estando presentes los regidores, delante de un crucifijo y sobre los cuatro evangelios. A continuación, el arrendador abonaba la fianza. A los pocos días se firmaba la comanda, escritura pública de depósito o encomienda. Los arrendamientos no duraban todos el mismo tiempo; la cuantía abonada no era igual en todos los casos y las sanciones aplicadas a los infractores eran diferentes. 182 JUAN JOSÉ POLO RUBIO En la ciudad de Teruel se arrendaba el almudí, los establecimientos de botigueros y traperos; las carnicerías de ganado menor y las carnicerías de vacuno; el jabón, carbón y aguardiente; la hierba; la caza; los garbanzos y otras legumbres; el aceite; los montes y las vegas; la pesca salada; el tocino; las tiendas del cáñamo y pez; el río; la sisa de carnes y vinos; los patios, tableros y cobertizos; las tabernas; la fábrica de las fuentes; el fiemo del corral de las carnicerías; los mesones y posadas; los tres molinos: de Lamberto, Medio y Nuevo. 3.1.2. Acontecimientos de la vida ciudadana En las siguientes páginas describimos algunas escenas del acontecer ordinario y corriente en el Teruel del siglo XVII. Aunque estos hechos no tienen mucha relación entre sí, sin embargo, dan una imagen aproximada del día a día en la vida ciudadana. En 1649 el municipio turolense recibió aviso por carta de Zaragoza donde les comunicaban que la peste estaba causando estragos en Andalucía y en otras partes del país. Los munícipes pasaron el dato al cabildo y convocaron una reunión de autoridades, con el fin de buscar medios para combatirla. Los canónigos Pérez y Sangorrín acudieron al Concejo municipal. Acordaron guardar las puertas de la ciudad por la noche, controlando la entrada de forasteros, como se había hecho en situaciones similares. Cada una de las puertas de la ciudad estaría guardada por un oficial, un ciudadano y un prebendado50. Se hizo un turno de prebendados, así como de racioneros y beneficiados, que acompañarían a los canónigos51. Pasado un tiempo, el azote de la peste parece que había remitido. Los canónigos Royo y Sangorrín, citados por los munícipes, acudieron otra vez a la sala consistorial y acordaron, momentáneamente, «que los eclesiásticos y ciudadanos no guardasen, sino que se pusiera en cada una de las puertas un hombre o andador hasta tomar otra resolución»52. En mayo de 1650 parece que todavía existía algún problema y se acordó seguir guardando las puertas de la ciudad53. Cuando llegaba la primavera y las lluvias tardaban en aparecer, habitualmente se recurría a las rogativas. Los habitantes de la ciudad acudían pro- 50 51 52 53 A.C.T., 114, cabildo 28-junio-1649. Ibídem, cabildo 2-julio-1649. Ibídem, cabildo 28-noviembre-1649. Ibídem, cabildo 6-mayo-1650. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 183 cesionalmente a la ermita de Nuestra Señora de la Villa Vieja. Se traía la imagen al templo catedral. Allí permanecía un tiempo, siendo devuelta posteriormente a su iglesia en procesión de acción de gracias, cuando las lluvias se habían producido. Así sucedio, por ejemplo, en los meses de mayo y junio de 165054. Felipe IV atravesó durante su reinado por múltiples dificultades, tanto económicas como políticas y militares. En múltiples ocasiones solicitó ayuda económica y oraciones al estamento clerical, quedando abundante documentación archivística de todo ello. En 1648 la cantidad de dinero que la ciudad de Teruel tenía que aportar se cifró en 2.000 libras, según informó el canónigo Francisco Aínsa al cabildo. Así se acordó en la reunión municipal. La clerecía debía pagar aproximadamente 1.000 libras; el obispo 180 libras, el cabildo 280 libras, el Capítulo General 235 y los religiosos exentos 235 libras55. Ese mismo año pidió oraciones de desagravio por los desmanes ocasionados en Tortosa por los franceses hacia «el Santísmo Sacramento, profanando iglesias y violando las vírgenes dedicadas a Dios». También necesitaba soldados «que acudieran a la defensa». Los canónigos Martín Royo y Juan Pasamonte programaron una procesión a la ermita de la Villa Vieja y a San Sebastián56. En 1651, tras los movimientos secesionistas de 1640 en Cataluña, la situación era crítica en Barcelona. El rey volvió a pedir soldados y dinero a través de su emisario don Miguel Bager. El cabildo ofreció 100 ducados y 11 reales. Con esa cantidad se podría pagar la soldada a 12 hombres. El representante regio solicitó que se aumentase la cantidad ofrecida para poder pagar, al menos, hasta 15 soldados. El cabildo acordó sacar el dinero de las rentas producidas por la mensa del Pobo, urgiendo al canónigo Villarroya, administrador de las mismas, a que hiciese efectiva la cantidad acordada57. En 1653 se requirió la ayuda para la ciudad de Gerona. El cabildo colaboró con 100 fanegas de trigo, cincuenta de la mensa del Pobo y otras cincuenta de los capitulares58. En 1654 el cabildo recibió «una carta de su Majestad, donde pide rogativas y oraciones». Los canónigos aguardaron el regreso del obispo, que estaba de visita pastoral, para consultar y acordar qué es lo que convenía programar59. 54 55 56 57 58 59 Ibídem, cabildos 6-mayo y 4-junio de 1650. Ibídem, cabildo 8-julio-1648. Ibídem, cabildo 28-agosto-1648. Ibídem, cabildos 22-octubre, 3, 4 y 24-noviembre y 8-diciembre-1651. Ibídem, cabildo extraordinario entre los días 11 y 26 de septiembre de 1653. Ibídem, cabildo 22-mayo-1654. 184 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Felipe IV, por carta fechada el 7 de diciembre de 1657, comunicó al cabildo el nacimiento del príncipe Carlos, ocurrido «el 28 de noviembre, miércoles, a las once y media de la mañana». Una vez recibida la noticia, aquella misma tarde se cantó el Te Deum en la catedral. El día de Santo Tomás Becket (29 de diciembre) se celebró una misa de acción de gracias, donde predicó el señor obipo y, por la tarde, se volvió a cantar el Te Deum, realizándose una procesión general por toda la ciudad, a semejanza de la del Corpus Christi. Asistió el prelado vestido de pontifical y «la víspera de dicho día se hicieron hogueras delante de la iglesia y en la torre fuegos, arrojando cohetes y repicando las campanas»60. Felipe IV, muy devoto de María Santísima, pidió al Papa Alejandro VII que proclamase la doctrina de la Inmaculada Concepción. El rey recomendó a los obispos y cabildos que solicitasen al Sumo Pontífice este privilegio mariano61. Las dificultades de la Corona no terminaron con el reinado de Felipe IV. A su muerte, Luis XIV, rey de Francia, exigió los Países Bajos para su esposa María Teresa, ocasionando la guerra contra España denominada de la Devolución (1667-1668), que finalizó con la Paz de Aquisgrán (1678), donde España recobró el Franco Condado y cedió importantes plazas flamencas. Margarita de Austria, reina gobernadora y regente durante la minoría de edad de Carlos II, escribió con fecha 15 de julio de 1667 a los cabildos españoles en estos términos: «Amados nuestros: habiendo ocupado el rey cristianísimo en los Países Bajos diferentes puestos y plazas que estaban en la obediencia del Rey, mi hijo, contra el derecho natural de gentes y continuando en el designio de llevar adelante sus progresos, en manifiesto rompimiento de paz, y siendo preciso prevenir el remedio de los prejuicios de una guerra tan intempestiva e injusta, y el más principal de acudir a Dios para que favorezca la justicia de nuestra parte y nos acuda con su amparo en ocasión tan urgente, os encargo dispongáis que en esa iglesia se hagan las más fervorosas y humildes oraciones y rogativas en orden a este fin, para implorar su divino auxilio, en que recibiré particular servicio de vuestras señorías»62. El cabildo acordó hacer una procesión general y 60 Ibídem, cabildo 16-diciembre-1657. Ibídem, cabildo 26-junio y 12-agosto-1656. Algunos «habían calumniado al señor obispo de que impedía se predicase la limpieza de la Concepción de la Virgen y que se dijese al principio de los sermones la salutación Bendita y alabada sea la Concepción». También corría la voz que «castigó a alguno o algunos predicadores porque alabaron a la Virgen en su limpia Concepción». Todo esto era falso, según afirmaba el deán, y se levantó «un acta de que ni el señor obispo prohíbe ni ha prohibido se alabe la Concepión de la Virgen, ni se sabe que haya castigado a nadie por esto». 62 Ibídem, cabildos 4-agosto y 26-agosto-1667. 61 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 185 cantar las Letanías de los Santos durante ocho días, después de la recitación de la hora litúrgica de Nona. Sabemos que los eclesiásticos pagaban la sisa de todos los alimentos63, como los demás ciudadanos, excepto por el vino. Sucedió que en 1668 los munícipes pidieron a los canónigos que pagasen también la sisa del vino. Los canónigos Mezquita y Serrano acudieron al Concejo municipal para parlamentar sobre el asunto y acordaron conjuntamente no modificar la forma de actuar hasta entonces. El presidente del cabildo, canónigo Carnicer, presentó la lista de la cantidad de vino que cada prebendado, racionero y beneficiado necesitaba para su consumo anual, quedando exentos de abonar la sisa64. Como contrapartida de esa exoneración, algunos meses después, los munícipes pidieron que el obispo y el cabildo apoyasen las tasas impuestas sobre los demás alimentos (aceite, carne…), pidiendo que las aprobasen y firmasen. De esa manera, «la ciudad procurará sacar breve de Su Santidad para que justamente se impongan»65. También se solicitó la firma y aprobación al prior del Capítulo General y a los vicarios de las iglesias de Teruel66. En 1669 cuando fue nombrado Virrey de Aragón Juan José de Austria, hijo bastardo de Felipe IV, el cabildo turolense, a semejanza de los capitu- 63 Las sisas abonadas en la ciudad eran entre otras: «sobre la carne cuatro dineros en cada libra; en cada cántaro de vino, seis; en cada fanega de trigo que se moliera, un sueldo; en el aceite y pescados, dos dineros» (A.C.T., 115, cabildo 14-agosto 1668). 64 A.C.T., 115, cabildos 14, 17 y 25-agosto-1668. Los beneficiados de esta medida y los cántaros de vino consumidos anualmente eran los siguientes: el señor obispo, 250; el señor deán, Dr. Tomás Antonio Martínez, 110; el señor arcediano, Dr. Miguel Julve, 60; el señor arciprestre, don Jorge Rodrigo, 70; el señor tesorero, don José Dolz del Espejo, 80; el señor chantre, Dr. Juan Pérez de Cuevas, 100; el señor sacristán, Dr. Martín de Avenia, 100; el señor canónigo Juan de Asín, 100; el señor canónigo Laurencio Dimas Carnicer, 80; el señor canónigo José Dalda, 90; el señor canónigo Juan Valeriano Barcelona, 90; el señor canónigo Dr. Juan Martín Arroyos, 110; el señor canónigo Dr. Jacinto Puyuelo, 70; el señor canónigo Juan Antonio Blasco, 70; el señor canónigo Pablo Pedro Mezquita, 80; el señor canónigo Dr. Jerónimo Serrano, 70; el señor canónigo Lupercio Hinojosa, 70; el señor canónigo Pablo Cavero de Espinosa, 80; el señor canónigo Dr. Juan Agustín Olivas, 80; y la fábrica, 70. La lista se ampliaba con los racioneros, beneficiados y demás ministros siguientes: el vicario, 50; el maestro de capilla, José Alcalá, 40; mosén Bartolomé Longas, organista, 35; mosén Raimundo Villarroya, racionero, 40; mosén Pedro Garzón, racionero, 50; mosén Francisco Jordán, racionero, 40; mosén Bartolomé Villalba, racionero, 35; mosén José Andrés, racionero, 40; mosén Domingo Aznar, racionero, 30; mosén Lucas Navarro, beneficiado, 45; mosén Juan Villarroya, beneficado, 30; mosén Juan Recio, beneficiado, 30; mosén Esteban Molina, beneficiado, 30; mosén Blas Alegre, beneficiado, 40; mosén José Conches, beneficiado, 30; mosén José Latorre, 30; Pedro Centellas, tenor, 30; Juan Cano, contralto, 30; José Hinojosa, sacristán menor, 25 y Gaspar Martínez, pertiguero, 30. 65 Ibídem, cabildo 19-octubre-1668. 66 Ibídem, cabildo 3-noviembre-1668. 186 JUAN JOSÉ POLO RUBIO lares de Huesca, Barbastro y Tarazona, se apresuraron a ir a Zaragoza para darle la enhorabuena. Los canónigos Arroyos y Puyuelo fueron diputados para llevar a cabo esta embajada, siendo acompañados en aquellos momentos por «mucho número de capitulares, racioneros y beneficiados de dicha metropolitana»67. Aprovechando que el tesorero viajaba a Madrid, el cabildo dio la enhorabuena a don Melchor de Navarra, natural «de esta ciudad y parroquiano de esta iglesia», nombrado recientemente vicecanciller del Concejo de Aragón68. Fue noticia muy comentada en los ambientes turolenses la marcha del canónigo Sangorrín al monasterio de San Juan de la Peña, dejando la prebenda canonical que había regentado durante veinte años y abrazando una vida más austera69. En el mundo eclesiástico se difundió la noticia que el racionero y vicario de la parroquia del Salvador, Juan Herrera, había escrito un libro sobre el Patrimonio Eclesiástico de Teruel y el racionero Isidoro Beltrán otro sobre las cualidades medicinales del agua de los Baños Nuevos de Teruel70. Desde mediados del siglo XVII los eclesiásticos turolenses dispusieron de la impresión del oficio litúrgico de Santa Emerenciana, patrona de la ciudad. El cabildo se empeñó en dicha impresión y el obispo alabó esta gestión71. 3.2. EL CABILDO CATEDRAL Desde hacía mucho tiempo, el Cabildo Catedral y el Capítulo General Eclesiástico eran las dos instituciones rectoras de la vida eclesiástica en la ciudad de Teruel. Por tanto, a la hora de reconstruir el largo pontificado del obispo Chueca no podemos pasar por alto la historia de ambas instituciones. El cabildo catedralicio ya tenía una larga andadura como institución, que sobrepasaba el medio siglo. Estuvo gobernado durante toda la segunda mitad del siglo XVII por los deanes Pedro y Tomás Antonio Martínez Rubio, hermanos. Describimos su actuación al frente de la institución y estudiamos algunos rasgos biográficos de ambos, siguiendo el libro de 67 68 69 70 Ibídem, cabildos 20 y 24 julio, 16 y 29 agosto. Ibídem, cabildo 23-mayo-1671. Ibídem, 114, cabildo 30-marzo-1662. Vid. GASCÓN, D., Relación de escritores de la provincia de Teruel (Zaragoza, 1908), pp. 109 y 135. 71 A.C.T., 216-1-5 (3-diciembre-1659) y 216-1-4 (25-diciembre-1659). DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 187 Actas capitulares. Apoyados en esta crónica, resaltamos algunas acciones singulares de la institución canonical, como las oposiciones a la canonjía penitenciaria o magistral, los acontecimientos que poseen cierta relevancia en la vida del cabildo, así como los esfuerzos capitulares por obtener una pensión de las rentas episcopales a favor de la fábrica catedralicia. 3.2.1. Oposiciones a canonjías En las bulas fundacionales de la diócesis de Teruel y en los estatutos catedralicios se contemplaba la normativa relativa al modo y tiempo de cubrir las vacantes de las canonjías. El cabildo luchó por intervenir en estas gestiones, siendo esto motivo de enfrentamientos y desavenencias. Será durante el pontificado de Diego Chueca cuando se imponga la práctica de convocar oposiciones para cubrir las canonjías penitenciaria, magistral y doctoral. En abril de 1657 murió el Dr. Juan Antonio Pasamonte, canónigo penitenciario72. El chantre y el canónigo Carnicer visitaron al obispo Chueca para tratar acerca de la necesidad de convocar la oposición a la penitenciaría. El deán preparó los edictos, firmados por el obispo, el secretario del cabildo y el mismo deán, y los envió a Valencia para ser impresos. Estaban sellados a la derecha con el cuño episcopal y a la izquierda con el del cabildo catedralicio73. Al regresar el obispo de una visita pastoral, el chantre y el canónigo Carnicer volvieron nuevamente al despacho episcopal e hieron ver a «su señoría la importancia de la brevedad en la provisión de este canonicato». Era el 30 de junio, ambos canónigos, junto con el deán, el canónigo Sangorrín y el obispo prepararon los puntos de la oposición. El concurso se celebró el 20 de julio con la asistencia del señor obispo. Opositaron los doctores Sánchez y Recio. Ganó la penitenciaría el Dr. Lucas Sánchez, obteniendo catorce votos, frente a los cuatro del Dr. Recio74. El Dr. Lucas Sánchez disfrutó poco tiempo la prebenda canonical, pues falleció 24 de octubre de 1658, habiendo testado en poder del notario Juan Aparicio y dejado albacea al deán Tomás Martínez Rubio75. A comienzos 72 A.P. Santa María, III (1616-1700) fol. 188v. Murió el 11 de abril de 1657. Fue enterrado en el panteón de los canónigos, recientemente construido debajo del presbiterio de la catedral. Hizo testamento ante el notario Juan Aparicio el 6 de abril, poco antes de morir, dejando a «su alma como heredera (de sus bienes), pero creo que son tantas las deudas que no quedará cosa (alguna), una vez pagadas ellas», anotaba el vicario de la catedral en los quinque libri. 73 A.C.T., 114, cabildos 14 y 20-abril, y 4-mayo-1657. 74 Ibídem, cabildos 30-junio, 3, 20 y 21-julio-1657. 75 A.P. Santa María, III (1616-1700), fol. 189 v. 188 JUAN JOSÉ POLO RUBIO del año 1659 se publicaron nuevamente los edictos de convocatoria. En esta ocasión había tres postulantes: el Dr. Lobera, canónigo de la iglesia colegial de Calatayud, el Dr. Atanasio Pascual, canónigo coadjutor del Dr. Juan Antonio García Aranguren, canónigo turolense, y el Dr. Martín Arroyos, capellán y secretario del señor obispo, además de ser su sobrino. El resultato de la oposición, como parecía obvio, se declinó a favor del Dr. Martín Arroyos, al que veremos, a partir de ahora, actuar continuamente y con cierto protagonismo en la historia diocesana76. En octubre de 1668 murió el Dr. Jerónimo Serrano, canónigo magistral77. El obispo se encontraba en Zaragoza y el cabildo acordó informarle de la muerte del canónigo y preguntar a los capitulares de Albarracín y Huesca cómo realizaban las oposiciones a canonjías. El obispo contestó a vuelta de correo, diciendo que en Roma no aceptarían esta manera de proceder, puesto que el nombramiento y provisión de canonjías se hacía por bula papal78, «aunque en Castilla las proveen sin bula», manera de actuar que el obispo Chueca y su vicario general preferían. Defendiendo este punto de vista, el obispo exponía en su carta que el Papa Sixto V había dado este privilegio a las iglesias metropolitanas y catedrales de Castilla, «pero después lo extendió el Papa Inocencio VIII a los de Aragón». Añadía que la provisión de estas canonjías por oposición era un asunto que ya estaba reglado en los estatutos capitulares turolenses. Y, finalmente, añadía una tercera razón: los Sumos Pontífices deseaban que las iglesias catedrales estuviesen regentadas por sujetos idóneos, contando entre los miembros del cabildo un doctor teólogo y un canonista79. El cabildo se mostraba indeciso en cuanto al modo de proceder. A finales del mes de noviembre de 1688 optó por aceptar el nombramiento y provisión romana. Por el contrario, el 22 de diciembre cambiaba de opinión y, tras felicitar las Pascuas de Navidad al obispo, le comentaba «la nueva y última resolución: haber puesto ya los edictos, en contemplación de ser gusto, consejo y voluntad de su Ilustrísima»80. 76 A.C.T., 114, cabildos 18-enero y 21-febrero-1659. A.P. Santa María, III (1616-1700), fol. 199v. Falleció el día 3 de octubre, habiendo hecho testamento ante el notario Jerónimo Escobedo con fecha 13 de enero de 1667. Sepultado en el panteón de la catedral, las honras fúnebres corrieron a cargo de la Hermandad de canónigos, racioneros y beneficiados. Nombró ejecutores testamentarios al obispo Chueca, al canónigo Juan Martín Arroyos y a su madre, Ana Jiménez. Dejó dinero para la celebración de 1.000 Misas por el eterno descanso de su alma. 78 A.C.T., 115, cabildos 12, 19 y 26-octubre-1668; 228-39-3, carta del obispo Chueca fechada en Zaragoza el 17-octubre-1668. 79 Ibídem, 228-39-4, carta del obispo fechada en Zaragoza a 21-noviembre-1668. 80 Ibídem, 115, cabildos 26-noviembre y 22-diciembre-1668. 77 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 189 Se celebró la oposición a la canonjía magistral y el cabildo votó por el canónigo Atanasio Pascual, pero de Roma vino bula a favor del canónigo García Aranguren. Ambos eran prebendados turolenses. Ante esta situación, se entabló pleito en la real Audiencia. Así estaban las cosas en 1670 cuando el cabildo turolense felicitó nuevamente las Pascuas al obispo, que seguía en Zaragoza. Para poner paz y solucionar esta cuestión, habiendo fallecido el canónigo Lupercio Hinojosa, el cabildo propuso al prelado que esta vacante fuese ocupada por el canónigo García Aranguren. El obispo no aceptó, proponiendo al Lic. Juan José Falcón para ocupar la vacante, que tomó posesión tan pronto como los canónigos Carnicer y Mezquita examinaron la documentación81. El canónigo Atanasio, puesto «que ha tenido muchos gastos en el pleito de su canonicato, pidió licencia para dejar el canonicato y venirse a su tierra». El cabildo no vio con buenos ojos esta determinación, haciéndoselo ver al canónigo Atanasio por medio de una carta que le escribió el canónigo y vicario general Dr. Juan Martín Arroyos. El obispo, por su avanzada edad y ocupaciones, seguía residiendo en Zaragoza, como muestra la felicitación navideña de 18 diciembre de 167182. Por otra parte, el asunto de la canonjía magistral se resolvió con la muerte del canónigo García Aranguren el 30 de enero de 167383. 3.2.2. Acontecimientos capitulares significativos Tan pronto como el obispo Chueca se hizo cargo de la diócesis de Teruel, los canónigos le exigieron que abonase al cabildo los derechos por la administración de la vacante. Entre el nombramiento papal y la toma de posesión transcurría obligatoriamente un tiempo de vacancia. La administración diocesana recaía entonces sobre el cabildo y durante ese tiempo tenía derecho a percibir unos honorarios84. Así lo reconocía el Nuncio 81 Ibídem, cabildos 17-octubre y 19-diciembre-1670; 7, 23, y 29-marzo-1671. Ibídem, cabildos 4-abril, 2-mayo y 18-diciembre-1671. 83 A.P. Santa María, III (1616-1700), fol. 203. 84 Como sucedió en el mes de enero de 1647 que, estando la sede vacante, el canónigo Dr. Pedro Jerónimo Monteagudo, oficial eclesiástico, nombra procuradores fiscales a Pablo Cortés, notario, y al Lic. Vicente Martorel, presbítero, residentes en Valencia, para que puedan defender del privilegio del fuero al clérigo ordenado de tonsura José Hernández, natural de Manzanera y detenido en las cárceles de la ciudad de Valencia. El oficial eclesiástico turolense, Jerónimo Monteagudo, exigía que fuese trasladado «a estas cárceles episcopales para conocer de su causa y administrar justicia». Así lo habían determinado, después de estudiar el asunto, los canónigos Francisco Aínsa y Gregorio Julve (A.C.T., 114, cabildo 11-enero1647 y A.H.P.T., Caja 40, doc. 22, procura fiscal en sede vacante apostólica [8-X-1647]. 82 190 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Apostólico y así se lo recordaba el cabildo al obispo Chueca a través del arcipreste Pedro Toledo y el canónigo Francisco Aínsa en los primeros días del mes de julio de 1648, al regreso de la visita pastoral. El obispo respondió que «no debía pagarla, pues no podía administrar, aunque la gracia la tuviera pasada, sin tomar la posesión». Su Señoría, por tanto, no estaba por abonar esos derechos que le exigían. El cabildo turolense escribió y preguntó a otros cabildos. La respuesta, por ejemplo, de la iglesia catedral de Barbastro, sede que había regido hasta entonces el obispo Chueca, fue «que se debe pagar por la administración de justicia en tiempo de vacante; y que dicha iglesia estaba en posesión de cobrarla de los señores obispos desde el día de la gracia hasta el de la posesión». La pretensión del cabildo de cobrarle al obispo los derechos de vacante se vuelve a mencionar en las reuniones capitulares de comienzos del año 164985. El obispo no pagó estos derechos durante su pontificado. El cabildo los exigió y los cobró, por el contrario, a la muerte del prelado. En 1654 el cabildo felicitó al deán de Albarracín, Jerónimo Salas Malo, por su promoción al episcopado. Ese mismo año se mandó fabricar una custodia para la procesión del Corpus Christi86. En 1667 el canónigo Serrano entregó al cabildo la parte del pontifical del arzobispo Fray Juan Cebrián, que acababa de fallecer87. El obispo Chueca actuó con frecuencia como intermediario en los asuntos internos surgidos en el seno del cabildo y favoreció las pretensiones de los beneficiados88. Mandó secuestrar las rentas del arcipreste Pedro Ignacio de Toledo, sujeto enfermizo, que no había cumplido con las obligaciones de su prebenda89. Presentó a don Miguel Jerónimo de Salazar y Pastor para abogado del cabildo puesto que el anterior abogado capitular, don Jerónimo de Nueros, había sido promovido por Su Majestad a lugarteniente de la Corte del Justicia de Aragón. El cabildo aceptó incondicionalmente la propuesta episcopal90. Por el contrario, Chueca no siguió la sugerencia de su cabildo a 85 A.C.T., 114, cabildos 29-mayo, 8-julio, 30-julio, 13-agosto y 12-octubre-1648, y 22enero-1649. 86 Ibídem, cabildos 10 y 17-abril-1654. 87 Ibídem, cabildo 6-junio-1667. El pontifical del arzobispo Cebrián «fue un cáliz con pie de bronce, una salvilla y vinajeras, un paño de terciopelo morado, dos cubrecálices y dos corporales, y tres sortijas de oro». 88 Ibídem, cabildos 10 y 17-diciembre-1649, 12-febrero, 7 y 22 abril, y 29-noviembre1650. 89 Ibídem, 228-27-1, carta del obispo Chueca a su cabildo, fechada en Zaragoza a 20 de mayo de 1660. 90 Ibídem, 228-39-2, carta del obispo Chueca fechada en Zaragoza a 19-febrero-1660; 145-2-45, carta de 3-marzo-1660 y 228-18-3, otra de 18-marzo 1660. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 191 la hora de proponer predicador de Cuaresma para los años siguientes a 1666. Ese año había predicado el arcediano de la catedral turolense, haciendo un gran bien a las almas, y el cabildo solicitó al obispo que lo hiciese en los años siguientes. El obispo, puesto que había adquirido un compromiso anterior con los padres dominicos de Teruel, «desde que se dio comienzo al Colegio de dominicos, que la ciudad tanto solicitó, por parecerle conveniencia, quedó empeñado con la religión a darles la Cuaresma, teniendo sujeto a propósito, mientras duraba esa fábrica, porque el predicador da la mitad de lo que se le da para el convento de esa ciudad»91. En 1668 el cabildo y el concejo municipal firmaron un acuerdo sobre la atención médica de los canónigos y beneficiados de la catedral. El jurado primero municipal, don Juan Muñoz, trató el asunto con los canónigos Carnicer y Mezquita. El cabildo aceptó la propuesta de pagar «60 fanegas de trigo de la casa de Teruel para los médicos, que habían de visitar ambos a todos los señores capitulares, racioneros, beneficiados y demás ministros de la iglesia». El jurado mayor municipal mandó una nota al presidente del cabildo solicitándole 80 fanegas por el servicio. El cabildo no aceptó la propuesta comunicándoselo al Concejo municipal a través del presidente capitular y el canónigo Mezquita92. En el mes de octubre de 1669, estando el obispo Chueca en Zaragoza, el cabildo despidió al maestro de capilla, mosén José Alcalá. Esto originó un pleito y dividió a los miembros del cabildo. Para evitar «gastos a la iglesia y enfados a los prebendados», se decidió «hacer un acto de compromis, dejando la causa del maestro de capilla a conocimiento del señor obispo, y que se pase por lo juzgado por su Ilustrísima»93. El obispo recibió información de las partes litigantes, el acto de compromis y dictó sentencia arbitral, buscando la paz de los miembros del cabildo turolense, en fechas cercanas a la Navidad. El obispo se dio prisa en dictar sentencia, «en consideración de que se llegaba la Pascua y era necesario prevenir los villancicos» y creía que su resolución «sería, sin duda, aprobada»94. Tal como pensaba el obispo, así ocurrió. En cabildo «se vio que dicho señor obispo pronuncia la sentencia por vía de paz y amigable composición, declarando que pro nunc se quede el maestro en la iglesia, renunciando y apartándose dicho maestro de la perpetuación, sometiéndose dicho maestro a la disposición del cabildo y quedándose éste con libertad de admitirle o despedirle como a los demás minis- 91 92 93 94 Ibídem, 228-41-1, carta del obispo Chueca firmada en Zaragoza a 8-abril-1666. Ibídem, 115, cabildos 23-noviembre y 7-diciembre-1668, y 18-enero-1669. Ibídem, cabildos 8 y 11-octubre-1669. Ibídem, 228-18-6, 228-18-7 y 228-18-8. 192 JUAN JOSÉ POLO RUBIO tros, y como en las demás iglesias de España se acostumbra». El obispo firmó la sentencia arbitral en Zaragoza a 20 de noviembre. El notario Miguel Jerónimo Escobedo presentó la sentencia al maestro de capilla con fecha 7 de diciembre de 1669, volviendo la paz al seno del cabildo turolense95. 3.2.3. Los deanes Martínez Rubio Pedro Martínez Rubio fue deán del cabildo turolense desde 1640 hasta 1652. Su hermano Tomás Antonio le sucedió en el cargo, que ocupó hasta su muerte, acaecida el 1 de febrero de 167896. Por tanto, los hermanos Martínez Rubio gobernaron el cabildo turolense por un espacio de tiempo cercano a los 40 años. Cuando la diócesis comenzó a ser gobernada por el obispo Chueca, el deán Pedro Martínez Rubio marchó a Valencia para desempeñar el cargo de vicario general del obispo Isidoro Aliaga. En octubre de 1647 escribió a su cabildo y mandó «un breve de su Santidad, en que le dispensaba (de la residencia y le permitía) llevarse los frutos (del deanato), siendo vicario general de Valencia»97. En 1649 el monarca Felipe IV le nombró visitador del reino de Cerdeña. En el mes de septiembre se despidió de su cabildo con mucho sentimiento, pronunciando unas efusivas palabras de despedida el canónigo Benedicto, constituido en presidente de la corporación. En esa oportunidad el Nuncio Apostólico le concedió seis meses de presencia. El deán permanecía en contacto epistolar con su cabildo, dando noticia de su viaje y de las gestiones realizadas98. Como la ausencia del deán se prolongaba y la licencia de presencia concedida por el Nuncio Apostólico se había terminado, el cabildo de Teruel comenzó a impacientarse, y, después de múltiples reuniones capitulares tenidas desde 1650 hasta 1652, decidieron y acordaron secuestrar las rentas que el deán tenía en Cedrillas. Su hermano, Tomás Antonio Martínez Rubio, que entonces era rector de Hinojosa de Jarque, se constituyó en procurador y defensor de los intereses del deán. El rey suplicó al cabildo a favor del deán. El cabildo escribió al Romano Pontífice para que no indultase al deán por sus ausencias injustificadas, aduciendo que la fábrica catedralicia, pobre y necesitada, podría beneficiarse de esas rentas99. 95 Ibídem, 115, cabildos 6 y 7-diciembre-1669. A.P. Santa María, III (1616-1700), fol. 207. 97 A.C.T., 114, cabildo 11-octubre-1647. 98 Ibídem, cabildos 17-septiembre y 15-octubre-1649, y 20-junio-1650. 99 Ibídem, cabildos 9 y 21-noviembre-1650, 10 y 29-febrero, 14-abril, 3-junio, 16, 21 y 22septiembre-1651. 96 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 193 Intervino el virrey de Aragón, conde de Lemos, y el obispo Chueca también tomó parte en el asunto. El cabildo llevó la causa a los tribunales de Zaragoza, mandando a mosén Antonio Fonbuena, beneficiado en la catedral turolense, con la documentación pertinente. Se nombró una comisión capitular, compuesta por los canónigos Juan de Asín, Pasamonte, Sangorrín, Aínsa y el chantre, «para que no se juntara cada día cabildo». El Nuncio Apostólico, favoreciendo la causa del deán Martínez Rubio, citó a juicio al cabildo turolense. El cabildo «otorgó una procura a pleitos a don Juan Araiz y al Lic. Simón Calvo, beneficiado de San Pedro, para que respondieran y parecieran en el tribunal del señor Nuncio». Entre tanto, el deán había sido nombrado auditor de la Rota Romana y su hermano don Antonio, en abril de 1652, pedía al cabildo que aguardasen hasta el mes de agosto para resolver el asunto. El rector Tomás Antonio actuó de esa manera porque ya tenía noticia de lo que iba a suceder: su hermano renunciaría al deanato y la dignidad recaería en su persona100. El 8 de septiembre fueron presentadas las bulas del decanato a favor de Tomás Antonio, quien tomó posesión dos días después, de manos del tesorero, Pedro Lázaro López, y el sacristán, Andrés de Elicehe. Abonó los 100 escudos de entrático, para fundar un aniversario, y las 15 libras y 4 sueldos para pagar a los ministros que intervinieron en la ceremonia de toma de posesión. El virrey de Aragón, conde de Lemos, con fecha 26 de septiembre 1652 se quejaba de que las bulas de la decanatura no habían sido reconocidas por el Consejo de Aragón. El nuevo deán, como primer acto de reconciliación, en los primeros días del mes de noviembre manifestó que «tendría gusto pagar todo lo que el señor auditor, su hermano, y su merced debían a la iglesia, ajustándole las cuentas»101. El cabildo pidió al deán que, como parte interesada en el conflicto, no estuviera presente en las sesiones donde trataban este asunto, que fueron abundantes. Los canónigos Asín y Pérez informaron del tema al obispo y estudiaron la sentencia dictada por el Nuncio Apostólico, y, como no estaban de acuerdo, apelaron a Roma. El cabildo nombró a cuatro capitulares para seguir todas las gestiones del pleito102. Estando así la situación, el deán Tomás Antonio propuso que, «para evitar pleitos y gastos, cedería de su jus- 100 Ibídem, cabildos 23-octubre, 7-noviembre, 8 y 13-diciembre-1651; 12, 21 y 29-enero, 4, 15 y 16-febrero, 16-marzo, 12-abril y 5-julio-1652. 101 Ibídem, cabildos 8 y 29-septiembre, y 8-noviembre-1652. 102 «Las personas nombradas para este fin fueron los señores Dr. Matías Fonda, arcipreste, don Andrés de Eliceche, sacristán mayor, Sr. don Francisco Aínsa, canónigo doctoral, Dr. Pedro Jerónimo Pérez Montagudo, fabriquero en este año» (A.C.T., 114, cabildo 28-julio-1653). 194 JUAN JOSÉ POLO RUBIO ticia a favor de la fábrica», pidiendo al cabildo que nombrase dos personas para arreglar esta cuestión. El cabildo nombró al sacristán Eliceche y al canónigo doctoral Aínsa103. El deán y el cabildo estuvieron de acuerdo en que los derechos beneficiales adeudados por el auditor de la Rota, antiguo deán, don Pedro Martínez Rubio, recayesen en beneficio de la fábrica catedralicia. Comunicaron el acuerdo al obispo, quien lo vio razonable. En la sesión capitular del 18 de agosto de 1653, después del rezo de la hora litúrgica de Vísperas, el deán Tomás Antonio, «en nombre y como procurador del Sr. don Pedro Martínez Rubio, Auditor de la Sacra Rota y deán que fue de esta santa iglesia», rubricó el acuerdo «y dejaba a favor de la fábrica de nuestra santa iglesia todos los frutos, rentas, proventos y emolumentos, que por razón de la dignidad del decanato, casa y campos de dicho decanato le pertenecían desde el día que se partió hasta el día que dicho Sr. D. Tomás Martínez tomó posesión de dicho decanato, que fue el diez de septiembre del año mil seiscientos cincuenta y dos»104. En 1655 el asunto todavía seguía pendiente, urgiendo su cumplimiento en el cabildo de primero de enero. Fue en 1657, año en que don Pedro Martínez Rubio fue nombrado arzobispo de Palermo, cuando hizo un magnífico regalo a la fábrica catedralicia, que suplía con creces lo adeudado, recogido en el puerto de Barcelona por los canónigos Eliceche y Blesa105. 103 A.C.T., 114, cabildos 11-noviembre-1652; 11, 18 y 28-julio, 1 y 2-agosto-1653. Ibídem, cabildos 4, 6, 13 y 18-agosto-1653. 105 Ibídem, cabildos de 20-febrero y 25-mayo-1655; 13-septiembre-1658 y 3-enero-1659. En el cabildo del día 3 de enero se hace una larga relación biográfica de don Pedro Martínez Rubio y del regalo hecho a la fábrica catedralicia, que transcribo literalmente: «en este cabildo el Sr. Dr. D. Antonio Martínez Rubio, deán de esta iglesia y procurador de su hermano el Ilmo. y Excmo. Sr. D. Pedro Martínez Rubio, arzobispo de Palermo y virrey de Sicilia, deán que fue de esta santa iglesia desde el año 1640 hasta el año de 1652, vicario general de esta ciudad y después del arzobispo de Valencia, visitador por su Majestad Felipe IV del patrimonio real del Reino de Cerdeña y gobernador vicerregia de aquel Reino, auditor de la Sacra Rota romana, de donde pasó al arzobispado de Palermo, que lo posee y le hizo merced su Majestad. Tomó posesión de dicho arzobispado a 9 de abril del año 1657 y se consagró en Roma el día de San Gregorio, 12 de marzo de 1657, en la iglesia de Monserrat, haciendo la función el Eminentísimo señor cardenal Francisco Barberino, nepote de Urbano VIII, por cuya intercesión consiguió el decanato de esta santa iglesia. Examinóse en el mes de diciembre delante de su Santidad, que hoy felizmente gobierna la Iglesia, y quedó aprobado con mucho crédito y favorecido de su Santidad, que lo nombró prelado asistente en Roma. Hizo donación dicho señor deán, como procurador de dicho Ilmo. Sr. arzobispo, de una cajuela y dosel de plata para la reserva del Santísimo el Jueves Santo, el Corpus Christi y su octava. Pesa mil ochenta y ocho onzas tres cuartos. También donó una reliquia de San Bonifacio, mártir, cuya fiesta celebra la iglesia a 14 de mayo, puesta en relicario de plata, de peso de siete marcos y tres onzas. También, unos candelabros de bronce, que llaman salomónicos, 104 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 195 Años después, el arzobispo agradecerá por carta, en agosto de 1659, al cabildo las honras fúnebres celebradas en sufragio de su madre, doña Juana Ana Gómez106, y, cuando fallezca en 1668 el arzobispo Martínez Rubio, el cabildo agradecido hará unas dignas exequias por el eterno descanso de su alma107. Al poco tiempo de morir el arzobispo Martínez Rubio, el deán Tomás Antonio se despidió de su cabildo, pues marchaba a Valencia para ser vicario general del arzobispo Antonio Luis Alonso de los Cameros. Antes de partir, «entregó el libro de las cintas coloradas; unas copias de cartas que la iglesia ha escrito en distintas ocasiones y tres llaves: dos del archivo y una de la puerta de la iglesia. Las dos del archivo entregó al señor Carnicer, como a presidente. La de la iglesia se dará al vicario que se nombre». El deán prometió no olvidarles, «ofreciéndose muy al servicio de todos en común y en particular»108. El obispo Chueca se encontraba en Zaragoza, desempeñando por segunda vez su cargo de diputado del Reino, y allí examinó los breves papales que eximían al deán Tomás Antonio de residencia por espacio de doce meses, con goce de los frutos de su beneficio, excepto las distribuciones cotidianas109. El deán felicitó las Pascuas a su cabildo en diciembre de 1668 y, mientras estuvo en Valencia, se preocupó de imprimir un librito con la vida y oficio de todos los santos propios de la diócesis de Zaragoza, que pagó a sus expensas. El Santo Padre le concedió otro breve con permiso para estar ausente de su beneficio durante otro año110. Regresó a Teruel a comienzos del año 1670 y, habiendo fallecido el obispo de Albarracín Fray Antonio Agustín en el mes de julio de 1670, el cabildo turolense y el arzobispo de Valencia hicieron gestiones ante la Corte para que fuese nombrado obispo de Albarracín111. 3.2.4. Pensión para la fábrica de la catedral Los ingresos de la fábrica catedral turolense eran menores que los gastos y esto era así desde los mismos comienzos de la fundación de la dióce- para la noche de Navidad. De todo lo cual hizo donación gratuita a esta iglesia dicho señor deán, como procurador de dicho señor arzobispo, y la testificó Juan Aparicio, notario y secretario del cabildo, dicho día 3 de enero de 1659». 106 Ibídem, cabildo-1-agosto-1659. 107 Ibídem, 115, cabildo 2-marzo-1668. 108 Ibídem, cabildo 7-agosto-1668. 109 Ibídem, 228-24-1, carta del obispo Diego Chueca fechada en Zaragoza a 21 de mayo de 1669. 110 Ibídem, 115, cabildos 22-diciembre-1668; 3-mayo, 6 y 28-junio y 5-julio-1669. 111 Ibídem, cabildo 26-septiembre-1670. 196 JUAN JOSÉ POLO RUBIO sis, aunque la situación se irá agravando con el paso de los años. En 1647, el Papa Inocencio X, reconociendo que las deudas de la fábrica catedralicia ascendían a 2.000 escudos, permitió que los 400 escudos que los obispos abonaban como derecho de entrático fuesen aplicados a saldar este déficit ocasionado por la compra de ornamentos sagrados, las reparaciones habituales y mantenimiento del edificio112. Esta situación deficitaria será una constante durante toda esta segunda mitad del siglo XVII. En 1656 se nombró una comisión capitular, formada por el deán, tesorero y los canónigos Carnicer y Sangorrín, para exponer la cuestión al obispo Chueca y solicitar ayuda al arzobispo de Zaragoza, Fray Juan Cebrián. Como remedio de las necesidades más inmediatas, el cabildo pidió licencia al obispo para aplicar las rentas que el cabildo tenía en la mensa de Rillo durante cuatro años sucesivos, tanto de cereales como de ganado, y, de esa manera, sanear las cuentas de la fábrica. El obispo aprobó esta proposición y firmó el decreto, donando además 500 fanegas de trigo de las rentas episcopales. El cabildo le agradeció su generosidad y el chantre se presentó a finales del año 1657 en los graneros episcopales, que tenía en La Puebla de Valverde, a recoger las 500 fanegas de trigo113. En 1662 se estropeó el órgano de la catedral. Con este pretexto, el deán y el canónigo Mezquita acudieron al obispo y sondearon cuáles eran sus disposiciones «y si daría su consentimiento para cargar una pensión de quinientas libras» sobre las rentas de la mitra. El obispo «respondió que cuando hubiese de ser la pagaría en frutos (no en dinero), pero no resolvió por cuánto». En cuanto al órgano, «sólo dijo que se había descompuesto muy tempranamente»114. En 1666 la situación de la fábrica catedralicia seguía siendo crítica. Para mejorarla, el cabildo acordó que los canónigos diesen el 5% de sus ingresos en trigo y cebada. Los canónigos Carnicer y Blasco fueron nombrados para exponer la desastrosa situación económica y la decisión capitular adoptada al obispo. En aquellos momentos la fábrica tenía una deuda que ascendía a 5.000 escudos. Como no surtió efecto esta embajada, pues «su Ilustrísima no declaró su intento y ánimo, se cometió a los señores Arroyo y Serrano que, como de casa, procurasen sacarle y saber lo que el señor obispo quería mandar». Los prebendados Arroyos y Serrano, íntimos colaboradores del prelado, obtuvieron la donación de 300 fanegas de grano y 112 113 114 A.C.T., perg. 590, doc. 730 (5-enero-1647) y perg. 591, doc. 731 (9-enero-1647). Ibídem, 114, cabildos 10, 17 y 19-mayo-1656, 9 y 12-febrero y 22-diciembre-1657. Ibídem, cabildos 1 y 9-septiembre-1662. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 197 esta promesa: el obispo «consentiría sobre el obispado 200 escudos para la dicha fábrica y los empezaría a pagar luego que se consiga la gracia». Los canónigos Carnicer y Blasco le agradecieron su liberalidad, animándole a que aumentase la cantidad prometida, teniendo en cuenta la extrema pobreza de la fábrica y que el monarca no autorizaría una pensión perpetua sino temporal115. Estando así las cosas, el 16 de septiembre, el cabildo, en presencia del obispo, aprobó el estatuto por el cual todos los capitulares ayudarían a la fábrica con el 5% de sus ingresos durante ocho años. El obispo continuó ofreciendo su ayuda para el mismo período de tiempo116. En ese momento «su Señoría se despidió del cabildo, por irse a Zazagoza a la ocupación de diputado del Reino en que sorteó». Los canónigos Dimas Carnicer y José Antonio Blasco acudieron al despacho episcopal para agradecerle su generosidad y despedirse en nombre del cabildo, que rogaría «a Nuestro Señor dé a su Señoría mucha gracia, acierto y salud para que de su ocupación del Reino vuelva a su diócesis con toda prosperidad para consuelo de sus súbditos». No obstante, conocemos que el obispo ya no regresará a Teruel. A partir de ese momento, la comunicación con él para tratar éste y otros problemas será epistolar117. El obispo escribió a la reina gobernadora, Mariana de Austria, pidiendo licencia para cargar 300 fanegas de grano de la mitra episcopal a favor de la fábrica catedral. El cabildo apoyó la gestión escribiendo cartas a la Reina gobernadora, al Consejo de Aragón y al arcediano Blesa, «a quien se le encomienda la diligencia» de este asunto118. En 1670 la Reina no había dado ninguna respuesta, mientras la situación económica de la fábrica era angustiosa. El cabildo sugirió por carta al obispo que pidiese de Su Santidad la gracia de aplicar las ganancias de las 24 casas fabriqueras a favor de la fábrica catedral. El obispo contestó a vuelta de correo, con fecha 12 de noviembre de 1670, en estos términos: «ahora en esta nueva petición de las casas fabriqueras si hubiera alguna persona o personas que saquen la gracia de la Reina y consentimiento, junto con pedirlo a Su Santidad, se puede intentar; que por mi parte daré el consentimiento para que se efectúe, que ya se ha visto siempre el deseo 115 Ibídem, cabildos 22-mayo, 4 y 11-septiembre-1666. Asistieron el deán, Dr. Tomás Antonio Martínez Rubio, el arcediano, Dr. Miguel Julve, el arcipreste, Lic. Jorge Rodrigo, y los canónigos, Lic. Lorenzo Carnicer, Lic. Juan Valeriano Barcelona, Lic. Pablo Pérez Mezquita, Dr. Jacinto Puyuelo, Lic. Juan Antonio Nolasco, Lic. Pablo Cavero de Espinosa y Dr. Antonio Asín. 117 A.C.T., 152-9; 114, cabildos 16-septiembre y 12-noviembre-1666. 118 Ibídem, cabildo 2-diciembre-1667. 116 198 JUAN JOSÉ POLO RUBIO de favorecerla, pues he dado tantos años doscientas fanegas de trigo, y escribiré a Su Santidad, que para la Reina yo no soy buen medio»119. En el mes de mayo de 1671 el canónigo tesorero José Dolz viajó a Madrid para felicitar al vicecanciller del Consejo de Aragón, don Melchor de Navarra, y aprovechó la ocasión para exponerle la situación dramática de la fábrica catedralicia turolense y el estado de las gestiones ante la Reina. A partir de esta fecha, el asunto empezó a agilizarse. Había alguien que movía los hilos y se interesaba por el asunto120. El obispo volvió a escribir otra carta a la Reina con fecha 16 de junio de 1671121. A continuación, con fecha 26 de junio, la Reina gobernadora escribió a don Juan José de Austria, Virrey de Aragón, para que le informase sobre la situación real de la fábrica catedralicia de Teruel122. El cabildo agradeció al obispo sus desvelos, mientras el canónigo tesorero Dolz seguía en Madrid agilizando las gestiones «con el patrocinio del vicecanciller Don Melchor de Navarra» y el Virrey Juan José de Austria remitía su informe a Madrid123. Los canónigos turolenses Falcón y Mezquita, que estaban en Zaragoza, colaboraron con Chueca e influyeron en él para agilizar los trámites. A su regreso a Teruel el canónigo Mezquita informó a su cabildo y el canónigo tesorero Dolz «hizo una larga relación al cabildo de su sindicatura», diciendo que se preocupó «mucho en el tiempo que estuvo en Madrid y lo dejó en tan buen estado que a pocas diligencias se puede continuar y proseguir este negocio». El tesorero reclamó 46 dineros de plata «que había gastado en un despacho para el señor virrey de Aragón» y el canónigo Martín Arroyos, fabriquero, le abonó dicha cantidad124. En los primeros días del mes de septiembre de 1671 se recibió una carta del vicecanciller Melchor de Navarra y Rocafull en la que informaba «que la Reina hizo gracia a esta santa Iglesia de 300 fanegas de trigo por diez años». El despacho real costó 40 libras de plata. El agente del cabildo en Madrid, don Pedro Pomar, cobró 25 reales por sus diligencias. A él se le remitió una certificación del valor global de las rentas del obispado de 119 Ibídem, 115, cabildos 27-octubre y 21-noviembre-1670. Ibídem, cabildo 2-mayo-1671. 121 Ibídem, 228-32-2, donde escribía, entre otras cosas: «y señalo esta renta en frutos, y no en dinero, porque como toda renta de este obispado consiste sólo en panes invendibles y unos pocos corderos incobrables, sin otros frutos ni dinero, no me atrevo a cargarme ni a agravar a mis sucesores con paga de dinero, por no ponerlos en las apreturas en que me he visto y me veo en los pagos de los pensionistas». 122 Ibídem, 225-17-6. 123 Ibídem, 115, cabildos 26-junio y 9-julio-1671. 124 Ibídem, cabildo 24-julio-1671. 120 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 199 Teruel, justificante exigido y presentado ante la Corte real. Los canónigos Cavero y Olivas gestionaron dicha certificación ante el vicario general de la diócesis, que la extendió con la información proporcionada por el Lic. Pedro Sanz, vicario de San Martín y baile de cuarteación, y el racionero mosén Antonio Pérez. El canónigo Falcón, que seguía llevando adelante el asunto desde Zaragoza, escribió con fecha 13 de noviembre de 1671 que ya tenía en su poder el despacho real de la concesión. Y manifestaba además «que hará la diligencia para que se encaminen luego a Roma, para que su Santidad la confirme»125. Durante los primeros meses del año 1672 se llevó a cabo la gestión en Roma y a mediados del mes de mayo llegó a Teruel la noticia de que la pensión había sido confirmada por bula papal. Los trámites de gestión ascendieron a 108 escudos de oro, abonados de los ingresos de la cuarta décima, que administraba el canónigo Arroyos126. El canónigo Falcón escribió al cabildo de Teruel sobre la necesidad de presentar y visar estos documentos en el Consejo de Aragón. El cabildo resolvió que fuesen enviados a Madrid para su tramitación. El obispo estaba contento por esta concesión papal, agradecía las manifestaciones de afecto de su cabildo y, sobre todo, las oraciones que le ofrecían, pero, como ya era muy anciano y estaba enfermo, se excusaba de escribir127. El fin de su vida terrena estaba ya cercano, pero la concesión de pensión a favor de la fábrica ya era una realidad, que seguirán abonando los prelados turolenses del siglo XVII, como medio más eficaz de favorecer a la catedral. 3.2.5. El pleito de las cortesías El pleito denominado de las cortesías, entre los munícipes y los canónigos de la catedral, les tuvo enfrentados durante un año, desde marzo de 1665 hasta el mes de abril del año siguiente. Las diferencias entre ambas corporaciones ya se habían presentado en otras oportunidades. Durante el pontificado del obispo Chueca hubo algunos brotes esporádicos, anteriores a este pleito de las cortesías, que ocasionó un gran malestar en la ciudad de Teruel y propició la intervención de las altas magistraturas del Reino. Sabemos que ya en 1650 los caballeros de la ciudad habían pretendido acompañar al Santísimo Sacramento portando los barales del palio, despla- 125 126 127 Ibídem, cabildos 11-septiembre, 13 y 24-octubre, y 13-noviembre-1671. Ibídem, cabildos 6 y 20 mayo-1672. Ibídem, 145-4-5; 115, cabildos 3 y 25-junio-1672. 200 JUAN JOSÉ POLO RUBIO zando a los canónigos, que quedarían ubicados delante del palio. El obispo Chueca fue informado oportunamente de esta pretensión128. También en 1658 debió existir algún problema entre las autoridades eclesiásticas y civiles, pues éstas obtuvieron jurisfirma a favor de algunos habitantes de Teruel para que no fuesen excomulgados ni sacados de los oficios divinos129. Desconocemos cuáles fueron las razones o motivos de la excomunión y expulsión de los oficios. Los dos hechos que acabamos de exponer no han dejado más huella documental. Por tanto, presumiblemente fueron asuntos muy puntuales. Por el contrario, la crónica del pleito de las cortesías está suficientemente documentada. Al comenzar la Cuaresma de 1665, en el cabildo del día 3 de marzo, los canónigos abordaron este asunto: los munícipes de Teruel habían comunicado que no acudirían a los sermones si el predicador, al comenzar el sermón, no saludaba en primer lugar a los ediles municipales, antes que a los canónigos130. El cabildo no estaba dispuesto a ver atropellada su dignidad, según decían, pues hacía sólo seis años que se había impuesto, «habiendo estado siempre en uso lo contrario». El cabildo nombró a los canónigos Carnicer y Serrano para que tratasen el asunto, «pro bono pacis», con el señor obispo y con los munícipes. La ciudad desoyó la protesta del cabildo, buscó otro predicador distinto y organizó los sermones cuaresmales en la iglesia patrimonial de San Pedro. El cabildo, «atendiendo al bien de las almas y al bien de paz», mandó un mensaje-propuesta al municipio en estos términos: «vendría bien al cabildo que, estando su Ilustrísima o sus sucesores, sólo a ellos se les salude o se les haga la venia en los sermones, como es justo; y que, estando el 128 Ibídem, 114, cabildo 14-abril-1650. A.H.P.T., Consejo de Teruel, Caja 35-Dep., doc. 29. En Aguirre González, F.J. (Dir), Cátalogo de los archivos municipales turolenses, IV, Teruel, 1985, p. 245. La jurisfirma está fechada en Zaragoza a 16 de octubre de 1658 a favor de los jurados Martín Francisco Clemente y Miguel Jerónimo Castellote, entre otros, como procuradores de los esposos José Pomar y Esperanza Sorando, Juan Pomar, Martín del Espejo y Calixto Pomar, ciudadanos de Teruel. En la jurisfirma se reconoce que los ciudadanos turolenses están sujetos al Fuero aragonés y los obispos no pueden actuar contra esos fueros, obligando «a comparecer a juicio en las Cortes eclesiásticas o mandar descomulgarlos, echarlos, evitarlos o sacarlos de los divinos oficios». También estaba prohibida la «enajenación de sus bienes muebles» y, si habían actuado de forma contraria, «lo revoquen y lo manden revocar, restituyéndolo en su primer estado». 130 A.C.T., 114, cabildo 3-marzo 1665. Los munícipes turolenses eran: Lucas Gregorio, justicia; José Celaya, lugarteniente; José Pomar, Juan Rivera y Francisco Maza, alcaldes; Bartolomé Durán, jurado mayor; José González, Pedro Asensio y Miguel Pomar, jurados, y José Aquavera, mayordomo de la caña. 129 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 201 cabildo y la ciudad juntos sin el prelado, el predicador a ninguno de los dos haga cortesía»131. La ciudad no admitió esta propuesta, insistiendo en su pretensión de buscar otro predicador y organizando los sermones cuaresmales en la iglesia de San Pedro. El cabildo «determinó dejarlos se fuesen con su predicador a San Pedro y que se les hiciese un protesto». Nombró al canónigo penitenciario Arroyos y al doctoral Puyuelo «para arreglar este protesto»132. Se acordó escribir al cabildo de Tarazona, que había tenido un problema similar, obteniendo una respuesta de la Congregación de Ritos, donde se afirmaba «que se saludase antes al cabildo que a la ciudad»133. Algunos capitulares pensaron que era mejor no hacer el protesto y que el obispo diese permiso para que los sermones cuaresmales tuviesen lugar en la iglesia de San Pedro, «en esta ocasión con licencia especial». No se aceptó la propuesta y se hizo el protesto al señor obispo, al prior del Capítulo General y a la iglesia de San Pedro, abogando por el mantenimiento «de la costumbre y posesión en que está la catedral de que en Cuaresma no haya en otra iglesia sermón»134. Para defender sus derechos, los munícipes mandaron sacar una jurisfirma en Zaragoza. Enterado el cabildo hizo lo mismo, enviando a mosén Pedro Bellido, maestro de ceremonias, y a mosén Raimundo Villarroya como testigos a Zaragoza, acordando gastar el dinero necesario de la mensa del Pobo y llevar a cabo estas gestiones135. El 20 de marzo la ciudad presentó su jurisfirma y, «estando el cabildo ya en las tribunas, eligió por medio el salirse de ellas y no estar ya en el sermón». Pues, conocido el tenor de la jurisfirma por el predicador, éste saludaría antes a la ciudad que al cabildo. Y, por eso, decidieron abandonar la tribunilla, para no asistir «en forma de cabildo»136. El cabildo dejó de acudir a los sermones y comunicó su decisión al obispo, quien aprobó su comportamiento. Durante aquellos días, dos prebendados acompañaban al obispo al ir y al venir de los sermones cuaresmales. El cabildo «dejó de asistir a tres o cuatro sermones, hasta tanto que no vino la contrafirma». Ningún notario quiso presentar el docu- 131 132 133 134 135 136 Ibídem, cabildo 7-marzo-1665. Ibídem, cabildo 12-marzo-1665. Ibídem, cabildo 14-mayo-1665. Ibídem. Ibídem, cabildo 16-marzo-1665. Ibídem, cabildo 20-marzo-1665. 202 JUAN JOSÉ POLO RUBIO mento de contrafirma a la ciudad, «pues hasta Juan Aparicio, que era entonces notario del cabildo, no lo quiso hacer». No obstante, se entregó el documento al predicador. Conocido el hecho por los munícipes, «no vinieron más en toda la Cuaresma a los sermones, ni aun el día de Ramos». Además, «dispusieron que las procesiones de la Semana Santa no pasasen por la catedral, pasando por las demás parroquias137. El cabildo, preveyendo que los pleitos iban a ser largos, designó y dio poderes para continuar el litigio, con facultad de subdelegar, a favor del Dr. Jacinto Puyuelo, canónigo doctoral138. Y, aproximándose el día de Jueves Santo, la ciudad de Teruel obtuvo otra jurisfirma que reconocía a los justicias y lugartenientes la costumbre de llevar en las iglesias las insignias de su cargo, ocupar los puestos y honores que en razón de su cargo les pertenecía. Entre éstos figuraba la entrega de la llave del Sagrario al justicia o, si éste no concurría, al lugarteniente del justicia, después de haber sido reservado el Santísmo Sacramento en el monumento139. En el mes de mayo los turolenses iban de romería a Nuestra Señora de la Fuensanta en Villel. Algunos caballeros y ciudadanos llevaban procesionalmente las hachas utilizadas en los terceros domingos, llamados de Minerva. Habían llegado rumores de que, solidarizándose con los munícipes, no actuarían según costumbre. El cabildo estaba prevenido, no innovando nada, «más que aguardar a ver si los seises o ciudad la hacían»140. Pasadas estas fechas, no consta documentalmente que ocurriera algo novedoso. El cabildo y la ciudad seguían distanciados. El cabildo nombró una comisión de cinco miembros para seguir el pleito, encabezada por el deán, quien comunicaba puntualmente cómo estaban las gestiones141. También mantenían informado al señor obispo. Por eso, al aproximarse la festividad del Corpus Christi, habiendo regresado el obispo de visita pastoral, una comisión capitular, formada por los canónigos Arroyos y Blasco, le visitaron y le previnieron de «lo que en la procesión del Corpus se podía presumir de novedad»142. Las diferencias entre ambas instituciones habían traspasado los límites diocesanos y eran conocidas en Zaragoza y Madrid. El cabildo recibió una 137 138 139 140 141 142 Ibídem, cabildo 21-marzo-1665. Ibídem, cabildo 27-marzo-1665. A.H.P.T, Caja 35-Dep., Doc. 33, fechado en Zaragoza el 27-marzo-1665. A.C.T., 114, cabildo 23-abril-1665. Ibídem, cabildo 29-mayo-1665. Ibídem, cabildo 2-junio-1665. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 203 citación del Justicia de Aragón para que acudiesen a Zaragoza para buscar alguna solución143. El virrey de Aragón escribió al cabildo, comunicando «que Su Majestad le ha cometido orden para que compusiera las diferencias que pendían con la ciudad»144. A finales del mes de septiembre la Reina Gobernadora, Mariana de Austria, comunicó al cabildo la muerte de su esposo, el rey Felipe IV. La ciudad optó por celebrar los funerales en la iglesia de San Pedro. El cabildo decidió hacer las exequias el mismo día que la ciudad, pero en el templo catedral, «y de esto se dio cuenta al señor obispo, por saber lo que siente de esta resolución»145. Al terminar el año 1665 las diferencias entre ambas instituciones seguían de igual manera. Y, al comenzar el nuevo año, el cabildo recibió una carta del gobernador donde era informado que la reina gobernadora le había nombrado mediador entre las partes. El cabildo «resolvió se abrazase el medio y el ajuste como fuese que no se perdiese mucho»146. El gobernador expuso al cabildo la propuesta del municipio. Era la siguiente: «que en sede plena, asistiendo el señor obispo al sermón, se salude a su Ilustrísima y que en aquella salutación se entienda el cabildo, y luego se salude a la ciudad; y, que no siendo sede vacante, si no asiste el obispo, se retire el cabildo al coro, sin salir a las tribunas; y que, sólo en sede vacante, se le salude en primer lugar al cabildo». Los capitulares no aceptaron la propuesta. Y el gobernador insinuó otra solucción en estos términos: «en sede plena, no asistiendo el prelado, no se salude al cabildo ni a la ciudad». Ante esta nueva propuesta, los capitulares estaban divididos: unos optaban porque, estando el obispo, no era necesario nombrar al cabildo, pero no estando el prelado, tanto en sede plena como vacante, «sea preferido el cabildo»; otros, la mayoría de capitulares «con más gusto abrazaron que no se salude a unos ni a otros»147. La comisión de capitulares informó al cabildo de las propuestas. La comisión veía bien y estaba apta para aprobar esta proposición: «que, estando el prelado en el sermón, se entienda el cabildo en la salutación del prelado y se salude después a la ciudad; y que, no asistiendo el prelado en sede plena, no se salude al cabildo ni a la ciudad; y que, en sede vacante, 143 144 145 146 147 Ibídem, cabildo 4-julio-1665. Ibídem, cabildo 6-julio-1665. Ibídem, cabildo 30-septiembre-1665. Ibídem, cabildo 12-enero-1666. Ibídem, cabildo 21-enero-1666. 204 JUAN JOSÉ POLO RUBIO se salude primero al cabildo». Por el contrario, la corporación canonical no la aceptó y «sólo se convino en que vendría bien el cabildo en lo ya determinado, que es, que ni a unos ni a otros se salude»148. A instancias del señor gobernador, el obispo Chueca bajó al cabildo y dijo «que el medio que la ciudad había propuesto era muy decente al cabildo». Los capitulares pidieron al obispo que se retirase, para de esa manera poder ellos hablar más libremente de la cuestión. Como el debate iba para largo, el obispo se retiró al palacio episcopal. Los canónigos volvieron «a tomar resolución, y se resolvió se prosiguiese en no abrazar el medio de la ciudad, por entender perdía el cabildo»149. El gobernador les pidió que le diesen esta respuesta «por acto de notario». El canónigo Arroyos preparó el documento y lo testificó el notario Miguel Jerónimo Escobedo150. El gobernador se marchaba de Teruel «muy desconsolado». Antes de partir, al despedirse de la comisión capitular, todavía se atrevió a proponerles otra solucción en estos términos: puesto que «la diferencia mayor estaba en el caso de ausencia de prelado en sede plena y, no queriendo irse sin ajustarlo, señaló que aquella cortesía se hiciese al preste. Viendo el cabildo que la ciudad buscaba y procuraba no saludar al cabildo», tampoco aceptaron151. El deán expuso a la corporación canonical que se habían ideado otros dos medios. Eran los siguientes: «el primero que, estando el señor obispo, después de saludar a su Ilustrísima, se salude a la ciudad y después, al cabildo; y que, en ausencia del señor obispo por cualquier causa, se salude primero al cabildo y después a la ciudad. El segundo es que se alternen las salutaciones, de tal forma que un mes se salude al cabildo y otro a la ciudad». Acordaron estudiarlo y abrazar «lo que mejor visto les fuere pro bono pacis»152. A finales del mes de enero de 1666 parecía vislumbrarse una luz verde y las dificultades empezaban a allanarse153. El cabildo estaba más abierto, admitiendo que «en ausencia del señor obispo, en sede plena, se salude al preste o al que haga el oficio de preste, en caso que el preste no se hubiese de revestir para decir la Misa». El gobernador acudió a la catedral a despedirse del cabildo y pidió que le aceptasen como árbitro en el asunto. Los 148 149 150 151 152 153 Ibídem, cabildo 25-enero-1666. Ibídem. Ibídem, cabildo 28-enero-1666. Ibídem, cabildo 29-enero-1666. Ibídem, cabildo 30-enero 1666. Ibídem, cabildo 31-enero 1666. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 205 canónigos le respondieron que, existiendo «prohibición de derecho» para que los eclesiásticos pudieran admitir seglares como intermediarios, el cabildo designaría «al señor obispo u otro eclesiástico bien visto» para que hiciesen de árbitros junto con el gobernador154. Estando así las cosas, el cabildo acordó hacer «poder a los cinco de la junta para que concluyesen el ajuste y capitulasen como bien visto les fuese»155. La ciudad insistía en admitir al gobernador como único árbitro, mientras en Zaragoza se continuaban las gestiones «en el pleito de las salutaciones»156. El gobernador de Aragón, que se encontraba circunstancialmente en Sarrión, escribió una carta al cabildo, fechada el 11 de marzo de 1666, exhortándoles nuevamente a optar ya por una de las múltiples soluciones. Todos los canónigos, excepto los señores Arroyos y Serrano, estaban llanos a aceptar la solución denominada «de la alternativa o el medio que en presencia del prelado, después de su salutación, se salude a la ciudad y, en caso de ausencia del prelado o sede vacante, primero al cabildo y después a la ciudad»157. Se nombraron al deán y al canónigo Mezquita para que fuesen a Sarrión «para concluir el ajuste con el medio de la alternativa. Se advierte que el señor Serrano, aunque se halló en este cabildo, nunca vino bien al medio de la alternativa»158. El deán y el canónigo Mezquita informaron al cabildo de cómo habían firmado el acuerdo, «que fue con el medio de la alternativa por años y cómo se echaron suertes sobre quién había de empezar y cayó a la ciudad»159. El gobernador de Aragón y el Virrey escribieron cartas de felicitación al cabildo «de que se hubiesen ajustado el cabildo y la ciudad en las diferencias de las salutaciones del predicador»160. 3.3. EL CAPÍTULO GENERAL ECLESIÁSTICO El Capítulo General Eclesiástico, junto al Cabildo catedral, era la otra gran institución eclesiástica turolense. Nacido en la Edad Media, el patro- 154 Ibídem, cabildo 8-febrero-1666. Ibídem, cabildo 11-febrero-1666. 156 Ibídem, cabildo 24-febrero-1666. El Dr. Bernardo del Castellar, canónigo de la iglesia del Pilar, escribía al cabildo turolense que había actuado de testigo a favor de la corporación «en el pleito de las salutaciones. Se resolvió se le diese cumplidamente las gracias». 157 Ibídem, cabildo 14-marzo-1666. 158 Ibídem, cabildo 17-marzo-1666. 159 Ibídem, cabildo 26-marzo-1666. 160 Ibídem, cabildo 13-abril-1666. 155 206 JUAN JOSÉ POLO RUBIO nato laical detentado por el Concejo municipal desde muchos siglos había sido ratificado a finales del siglo XVI, según estipulaban los cánones tridentinos. El Capítulo General se regía por unas ordenaciones estatutarias, modificadas con cierta periodicidad. Durante el pontificado del obispo Chueca, concretamente en 1660, fueron aprobadas unas nuevas constituciones, que comentaremos en las páginas siguientes. 3.3.1. La nueva ordinación del año 1660161 El Capítulo General tenía una norma estatutaria, aprobada durante el pontificado de Fray Juan Cebrián, para solucionar posibles desavenencias surgidas entre alguna de las siete iglesias turolenses. Cuando esto sucedía, el Capítulo nombraba una comisión de racioneros para estudiar el problema. Una vez analizada la cuestión y rubricada la sentencia, las partes debían aceptarla inexorablemente, sin posibilidad de apelación. En 1645 hubo una lite entre las iglesias de San Pedro y San Salvador. La cuestión fue juzgada por los peritos del Capítulo General, dictaron sentencia y las partes aceptaron la resolución. Pero en 1648 surgieron dificultades entre la iglesia de San Juan y San Pedro por la percepción de los diezmos de la Gasconilla, partida ubicada en los términos de Teruel, pues ambas iglesias decían tener derecho. El tribunal de racioneros falló a favor de la iglesia de San Juan, no pasando por ello los racioneros de San Pedro. Ante esta situación inusitada, el Capítulo General acudió al obispo Chueca para que ratificase dicha sentencia arbitral162. El Concejo Municipal y el Capítulo General venían trabajando desde 1658 en la elaboración de unos nuevos estatutos, que el obispo Chueca conoció en Zaragoza con fecha 25 de marzo de 1660. Contando con la aprobación verbal del obispo, los munícipes y los racioneros celebraron sesión en las casas del Concejo el 29 de marzo de 1660, leyeron los nuevos estatutos, introdujeron las modificaciones oportunas y aprobaron el texto definitivo, que presentaron al obispo para su aprobación. Esta no se hizo esperar, pues llegó el 26 de abril. Los munícipes que intervinieron en la reunión fueron Bartolomé Durán y Gamir, justicia y juez ordinario de la ciudad y Comunidad de 161 A.C.G.E., legajo 35, n.º 4: Ordinaciones del Capítulo General Eclesiástico aprobadas por Diego Chueca con fecha 26 de abril de 1660. Son 41 ordinaciones, recopiladas en 19 folios. 162 A.C.T., 183-3, alegación enviada al obispo Chueca y fechada el 3-abril-1648. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 207 Teruel, el Dr. Juan Agustín García, lugarteniente del justicia, don Gaspar López Hurtado, infanzón, Vicente Pomar, infanzón y labrador, y Pedro Ayora, pelaire, todos ellos residentes en la ciudad. Por parte del Capítulo asistieron los racioneros Pedro Sanz, vicario de San Martín, mosén Juan Alcón Julve, vicario de Santiago, mosén Cristóbal de Alegría, racionero de San Andrés, mosén Jerónimo Campillo, racionero lugarteniente de vicario de San Miguel, y mosén Vicente Marco, racionero de San Pedro. Para poder optar a una plaza de racionero era necesario haber nacido en la ciudad de Teruel, de legítimo matrimonio, «y haber aprendido las primeras letras en la misma ciudad según la declaración del señor obispo Arnaldo»163. Los progenitores, si eran forasteros, debían probar su limpieza de sangre ante los jurados municipales y el prior del Capítulo General. Además, estarían avecindados en Teruel, así como, al menos, un abuelo paterno y otro materno. No podían postular a racioneros los hijos, nietos y biznietos de «persona infame por derecho» (criminales de lesa Majestad, condenados a galeras por ladrones, desterrados por cosas infames, los verdugos, los penitenciados por el Santo Oficio, cortantes de carnicerías, dueños de casa pública, etc.). Los postulantes a racioneros podían solicitar el ingreso a cualquiera de las siete iglesias patrimoniales, «aunque sus padres no sean parroquianos de la parroquia donde se presentare». La petición debía hacerse obligatoriamente antes de recibir el subdiaconado, pudiendo ordenarse «de corona y grados donde quisieren, sin preceder presentación alguna». El acto de presentación se realizaba después de la misa conventual, vísperas, completas o maitines, por medio de un racionero. El candidato llevaba los documentos acreditativos de haber recibido las órdenes menores. Luego, ese mismo racionero le conducía ante el prior del Capítulo y ante los munícipes. Antes de transcurrir un mes, recibía la respuesta de su aceptación o rechazo. Previamente, los racioneros de la iglesia patrimonial y el prior del Capítulo habían estudiado si el candidato «tiene las cualidades que se requieren». Un racionero llevaba la respuesta al Concejo municipal, donde los jurados daban también su veredicto. Si era admitido, el nombre del nuevo racionero era asentado por el secretario de la sala en el libro que existía en el Concejo municipal. Por el contrario, si era rechazado, «no 163 El decreto de don Arnaldo, al que se hace referencia, está fechado el 17 de junio de 1257 y fue dado a instancias de don Pedro Martín, arcipreste de Teruel. 208 JUAN JOSÉ POLO RUBIO podía volverse a presentar en aquella, ni en otra alguna de las dichas siete iglesias». Si alguna de las partes ponía algún impedimento, la cuestión era analizada minuciosamente por los representantes de las tres instituciones, hasta que todos estaban convencidos de la idoneidad o del impedimento del sujeto. Cuando había desacuerdo, se hacía un proceso ante cinco jueces propuestos y aceptados por el Capítulo General y el Concejo municipal. Una vez aceptados y asentados en el libro de admisión, para poder ordenarse de subdiáconos, realizaban un examen en la sala del Concejo municipal, que era convocado dos veces al año: en Cuaresma y en el mes de septiembre, quince días antes de las órdenes sagradas, que en esos tiempos eran conferidas. Los candidatos tendrían, al menos, 23 años cumplidos. Si eran bachilleres, licenciados, doctores, dignidades, canónigos, rectores o curas podían permanecer «cubiertos y asentados en dichos exámenes». Para ser ordenados de diáconos o de presbíteros, «no estaban obligados a hacer ninguna presentación ni examen, sino sólo para epístola, como dicho es», pues «una vez admitidos y aprobados para epístola por la Sala, podían ordenarse de las demás órdenes sacras sin otras presentaciones, exámenes, ni letras, pues en la aprobación de epístola se verificaban las calidades y suficiencia». Al examen asistía el jurado primero, por el Concejo, el prior, por el Capítulo General, y el vicario o lugarteniente por la iglesia a la que era presentado. Además, dos examinadores, uno nombrado por parte de la ciudad y otro por el Capítulo. Los examinadores nombrados juraban guardar «la forma y rigor de estas ordinaciones, de proceder en el examen con el rigor, circunstancias y formas que en estas ordinaciones se requieren». Los examinadores cobrarían diariamente diez y seis sueldos jaqueses por su trabajo, pagaderos a partes iguales por el Capítulo General y el Concejo. Les estaba prohibido examinar a sus propios parientes. Los candidatos eran examinados de latinidad y moral. Con anterioridad, precedía una prueba de canto llano, cuya superación era «conditio sine qua non» para acceder a los otros dos exámenes. En la sala había cuatro libros: los decretos del Concilio de Trento, el Catecismo Romano, las epístolas de San Jerónimo y el Breviario Romano. Los examinadores escogían dos libros, marcando el punto, capítulo, epístola o evangelio sobre el que se tenía que disertar, y el candidato respondía «a las preguntas que de latinidad sobre aquellos puntos le hacían los dichos examinadores». Acabada esta prueba, se le examinaba «de Moral, de la misma forma y manera que se acostumbra examinar por el ordinario a los que quieren ser examinados para administrar los santos sacramentos». DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 209 Finalizadas las tres pruebas, los cinco jurados daban su aprobación o reprobación. Si el candidato «tuviere tres habas blancas, era admitido». También, emitían «relación de moribus et vita del examinado». El jurado extendía una certificación, firmada y «sellada con los sellos de la ciudad, Capítulo e iglesia donde fuere presentado, para que conste al señor obispo de su título del Patrimonio». Si era reprobado, no podía examinarse otra vez hasta que había transcurrido un año. Si era suspendido por segunda vez, tardaría dos años a presentarse nuevamente. Y si lo era por tercera vez, quedaba inhabilitado totalmente para ser racionero. Servían a su iglesia un año de subdiácono y otro de diácono, gozando de media ración durante el diaconado y un cuarto de ración durante el subdiaconado. Juraban ante el vicario de su iglesia «guardar las presentes ordinaciones». El subdiácono no tenía asiento en el coro, ni voto en el Capítulo, ejerciendo «todos los días el oficio de subdiácono en las misas cantadas». El diácono gozaba, además de la media pensión, «de las distribuciones y todos los demás réditos y emolumentos pertenecientes a los demás racioneros de dicha iglesia», excepto «de la caridad de las misas para los sacerdotes». Pasado el año de diaconado, entraban a formar parte del Capítulo como capitulares. Los diáconos debían hacer este acto «personalmente», no pudiendo «gozar de la renta entera hasta que conste ser capitulares». Los racioneros que se ausentaban por treinta días continuos de su iglesia perdían sus derechos a percibir la renta y distribuciones, excepto cuando la ausencia estaba justificada «en servicio de su Majestad, Reino, ciudad, Capítulo o su iglesia». Por el contrario, no estaban justificadas las ausencias de los racioneros que servían vicarías, rectorías, canonicatos, dignidades, coadjutorías o al hospital real de la ciudad. Los racioneros que fueran coadjutores de alguna dignidad o canonicato tenían derecho a recibir su ración, pero, «llegando a tener en propiedad la dignidad o canonicato de que fueren coadjutores, no tengan ni lleven en la iglesia donde fueren racioneros cosa alguna de renta, distribuciones, ni demás emolumentos». El racionero se jubilaba después de 35 años de servicio, contados a partir del subdiaconado, teniendo derecho a la renta, distribuciones y otros emolumentos «sin disminución alguna, de la forma y manera que cualquier otro racionero de dicha iglesia». Estaba obligado a fundar un aniversario «de cuatrocientos sueldos de principalidad por su alma». Los vicarios se jubilaban a esa misma edad, «pero no faltando a las obligaciones del curato y asistencia en la administración de los sacramentos de su iglesia». 210 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Al finalizar estas ordinaciones se hacen algunas pequeñas observaciones y concreciones de las normas establecidas. Quedaba terminantemente prohibido que dos hermanos fuesen racioneros en una misma iglesia. El voto emitido por los jueces al finalizar el examen realizado en la sala del Concejo municipal era irrevocable. El maestro de enseñanza primaria de la ciudad entregaría anualmente dos relaciones de la matrícula (una para el Capítulo General y otra para el Concejo) de los niños escolarizados, como modo de garantizar en el futuro que los posibles racioneros habían aprendido las primeras letras en la ciudad de Teruel, según se legislaba en el decreto del obispo Arnaldo. Si algún racionero «incurriere en alguna irregularidad por alguna desgracia o desdicha, y no pudiere de ninguna manera asistir a su iglesia», gozará de toda la renta, distribuciones y demás provechos del Patrimonio Eclesiástico turolense. 3.4. LAS ÓRDENES RELIGIOSAS A mediados del siglo XVII en la ciudad de Teruel había frailes Trinitarios, Franciscanos, Mercedarios, Dominicos y Capuchinos. Desde los tiempos medievales había religiosas Clarisas y durante el pontificado de Chueca se fundó el convento de las Carmelitas Descalzas. En el mes de agosto de 1666 el provincial de los padres dominicos, Tomás Rocaberti, visitó el convento de Teruel y el obispo le pidió que dicho convento se convirtiese en colegio de Gramática, Artes y Teología. La ciudad se comprometió a pagar seis cátedras, tres de Gramática, dos de Artes y una de Teología, firmándose el acuerdo entre ambas partes en abril de 1667. El provincial Rocaberti solicitó el permiso del Padre General, quien lo aprobó con fecha 2 de abril de 1669164. Carecemos de más datos archivísticos relevantes sobre la actuación de las órdenes religiosas165 durante el mandato de Chueca, excepto la crea164 GARCÍA, M., La Orden de predicadores en la provincia de Teruel, Teruel, 1964, pp. 247-251. En A.C.T., 114, cabildos 1-febrero y 9-febrero-1664 podemos leer unas anotaciones bien curiosas, aunque no bien claras, referentes al entredicho o suspensión temporal impuesta a los franciscanos y capuchinos para ejercer el ministerio de la predicación. Carecemos de datos suficientes para historiar este hecho. Es cierto que fueron suspendidos de la facultad de predicar, aunque desconocemos cuándo, cómo y por qué. Acudieron a Diego Chueca para que les levantase dicha suspensión. El obispo comentó el hecho a los miembros del cabildo catedral. Los frailes franciscanos y capuchinos se hicieron presentes ante el cabildo catedral para que favoreciera y apoyara su solicitud ante el obispo. Los canónigos Barcelona y Puyuelo hicieron de mediadores entre los frailes y el obispo quien, presumiblemente, levantó el entredicho que pesaba sobre los franciscanos y capuchinos. 165 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 211 ción de la escuela de Gramática, Artes y Teología en el convento de los padres dominicos y la fundación de las Carmelitas Descalzas. 3.4.1. La fundación de las carmelitas descalzas El magistrado y notario Agustín Abengochea, casado con doña Beatriz de Oliva, hizo testamento el 25 de mayo de 1646 en Zaragoza y dejó su hacienda para fundar en Teruel un convento de monjas del Santo Sepulcro de Jerusalén, como el que había en la ciudad de Zaragoza166. Los jurados turolenses no mostraron gran interés en llevar a cabo esta fundación y, por ello, los ejecutores testamentarios, cansados de esperar, en 1651 exigieron una pronta respuesta a los munícipes turolenses. El silencio documental hace prever que en esta oportunidad tampoco manifestaron gran interés a dicho requerimiento. Sor Esperanza Abengochea, hija del don Agustín Abengochea, monja profesa en el convento del Santo Sepulcro de Zaragoza, albacea y beneficiaria directa del testamento de su padre, con permiso de su priora doña Polonia de Salazar, renunció a todos los derechos de la herencia paterna en favor de la ciudad de Teruel. En compensación, recibiría anualmente tres mil sueldos jaqueses en dos pagas anuales, una para la fiesta de San Juan Bautista y otra para la Natividad del Señor. Y con fecha 26 de julio de 1657 se decidió emplear los bienes testamentales del Dr. Abengochea para fundar un convento de carmelitas descalzas en la ciudad de Teruel. Los regidores de la ciudad y los patronos administradores de la Santa Limosna, instituida por Francés de Aranda a comienzos del siglo XV y establecida en la Colegiata de Santa María de la Catedral de Teruel, en esta oportunidad se mostraron interesados por esta fundación. Con fecha 14 de septiembre de 1657 asignaron ocho mil sueldos anuales para dotar a jóvenes turolenses con vocación a la vida religiosa. Estas rentas de la Santa Limosna, incluso la concesión de tomar por adelantado tres o cuatro años, se aplicaron y fueron necesarias para la construcción del convento de carmelitas descalzas en Teruel. El establecimiento del Carmelo en Teruel parecía inminente, comenta Sor Ana María de la Santísima Trinidad167. Sin embargo, la fundación tardó en hacerse realidad dos largos años. 166 EIXARCH, M., op. cit., Zaragoza, 1893, p. 72; LÓPEZ POLO, A., «Centenario del tercer aniversario de la fundación del convento de carmelitas descalzas», Diario Lucha, n.º 6.171, 20 junio 1961 y SEBASTIÁN, S., Inventario artístico de Teruel y su provincia, Teruel, 1974. 167 El monasterio de Carmelitas Descalzas de Teruel (según los documentos de su archivo), pp. 8-13. 212 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Desde el año 1624 existía en Zaragoza un convento de madres carmelitas descalzas, sujeto a la autoridad del arzobispo. Eran conocidas con el nombre de las Fecetas, por su fundador Diego Fecet168. En esos momentos regía la archidiócesis de Zaragoza el mercedario Fray Juan Cebrián, quien había gobernado la diócesis de Teruel desde 1635 a 1644. La diócesis de Teruel estaba regentada por el obispo Diego Chueca, quien en 1660 se encontraba a la sazón en Zaragoza desempeñando el cargo de diputado por el brazo eclesiástico en la Diputación del Reino. Para hacer las capitulaciones de la nueva fundación del convento de madres carmelitas descalzas turolenses, el delegado de los jurados de la ciudad de Teruel (don Gregorio Julve) y las madres carmelitas fundadoras (Isabel de Jesús María, Ana del Espíritu Santo e Ignacia de Santa Teresa) del convento de Zaragoza, firmaron un acuerdo ante el notario Francisco Ibáñez de Aoiz, en Zaragoza, con fecha 24 de septiembre de 1659. En las capitulaciones se estipulaba que el convento sería de carmelitas descalzas reformadas por Santa Teresa de Jesús, sujeto al obispo y bajo la invocación de Santa Teresa y San José. Se nombraba patrones de la fundación a los jurados de la ciudad de Teruel, a los albaceas testamentarios del Dr. Abengochea y, a la muerte de éstos, al deán de la catedral y al prior del Capítulo General turolense. El convento tendría capacidad para 21 religiosas y se emplazaría en el lugar donde el obispo y los patronos considerasen más apropiado. Entre tanto, hasta que estuviese construido, las religiosas vivirían en las casas de Bartolomé Durán, ubicadas en las inmediaciones de la iglesia de San Martín, sirviendo como iglesia conventual la ermita de San Bernardo. La madres carmelitas se comprometían a recibir en el futuro convento sin dote a seis monjas de coro y dos legas, nacidas en la ciudad de Teruel o vecinas de la ciudad o, en último término, originarias de la Comunidad de Teruel. Estaba previsto que Sor Esperanza Abengochea viniese al convento de religiosas carmelitas de Teruel, aunque no ocurrió así y murió en su convento zaragozano del Santo Sepulcro. En las capitulaciones se especificaban los bienes testamentales del Dr. Abengochea, la mayoría censos, según la costumbre de la época. La renta de los inmuebles, propiedades situadas en Teruel y Zaragoza, ascendía a 2.070 sueldos. La deuda reconocida por los acreedores de censos hacía un monto de 95.627 sueldos anuales169. 168 Vid. voces «Órdenes religiosas» y «Carmelitas», en Gran Enciclopedia Aragonesa, IX, Zaragoza, 1981, pp. 2.503-2.504 y III, Zaragoza, 1980, pp. 666-667. 169 Archivo Carmelitas Descalzas de Teruel, A-2-1 y B-minor 9. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 213 La llegada de las madres fundadoras todavía se retrasó unos meses. Será el 18 de junio de 1660 cuando la priora del convento de Santa Teresa de Zaragoza haga entrega al obispo Diego Chueca de las tres religiosas designadas para la fundación turolense, madres Isabel de Jesús María, Ana del Espíritu Santo e Ignacia de Santa Teresa. Y ese mismo día salieron de Zaragoza con destino a Teruel, acompañadas por el obispo. El día 21 de junio, en cabildo extraordinario, el deán Tomás Antonio Martínez Rubio «propuso cómo las religiosas descalzas venían a esta ciudad a fundar por el día de San Juan o el otro día y, por cuanto el señor obispo, Don Diego Chueca, volvía de Zaragoza, de la Diputación, y las religiosas, sería necesario hacer alguna demostración y dar la bienvenida al señor obispo y a las religiosas, por cuanto sale la ciudad al recibimiento de dichas religiosas»170. Se acordó recibir al señor obispo y a las religiosas, evitando, sin embargo, concurrir y salir juntamente con la ciudad. Dos días después, cuando la llegada del obispo y las religiosas era inminente, nuevamente el deán Martínez Rubio en cabildo extraordinario «propuso cómo las religiosas carmelitas venían a fundar y la ciudad salía a recibirlas al portal de Guadalaviar». Informó que «el cabildo convino con la ciudad esperarlas en la puerta de la catedral. Allí recibirían al señor obispo y señoras religiosas. Después las acompañaría la ciudad con el señor obispo a su casa, la casa del hospicio, en casa de Bartolomé Durán, frontera a la Trinidad»171. Éste fue el acuerdo entre la ciudad y el cabildo. Se nombró a los canónigos Benedicto y Carnicer para dar la bienvenida al obispo y religiosas. No existe crónica escrita alguna del viaje realizado por el obispo y las religiosas. Llegaron a Teruel el día 24 de junio, festividad de San Juan Bautista. Tras los saludos de bienvenida, el señor obispo llevó a las monjas a las casas de Bartolomé Durán, comenta Sor Ana María de la Santísima Trinidad. Estableció la clausura y nombró priora a la madre Isabel de Jesús María, subpriora y maestra de novicias a la madre Ana del Espíritu Santo, y sacristana y portera a la madre Ignacia de Santa Teresa. Las religiosas carmelitas conservan en su archivo un documento, con la firma autógrafa del obispo Chueca, fechado el 25 de noviembre de 1660, pocos meses después de haber llegado a Teruel, donde corrobora «in scriptis» la fundación con estas palabras: «ratificamos la licencia que dimos y concedimos para su ejecución y aprobamos, en cuanto fuere necesario, la erección que se hizo 170 171 A.C.T., 114, cabildo extraordinario de 21-junio-1660. Ibídem, cabildo de 23-junio-1660. 214 JUAN JOSÉ POLO RUBIO en un día del mes de junio próximo pasado de este presente y corriente año de mil seiscientos y sesenta, habiendo precedido la entrega de dichas religiosas hecha por el señor arzobispo, su superior, y las dichas haberse constituido debajo de la obediencia, corrección y gobierno nuestro y de nuestros sucesores»172. No poseemos documentación escrita sobre la construcción del convento. Sabemos, no obstante, que el obispo colaboró con 40.000 escudos para las obras. Cuando él falleció, en 1672, todavía no se había concluido la edificación. Las religiosas colocaron sus armas episcopales, labradas en mármol, en la puerta de entrada del convento y, pintadas, en la bóveda central de la iglesia; en una sala del claustro conventual guardan un lienzo al óleo con el retrato del prelado Diego Chueca, fundador del convento de carmelitas descalzas de Teruel. Diez años después de la muerte del prelado, estando la sede turolense vacante por muerte de Fray Andrés Aznar, su sucesor, se bendijo la iglesia conventual. El 10 de noviembre de 1682 los capitulares turolenses tuvieron cabildo en el coro de la catedral y resolvieron «hacer la bendición de la iglesia nueva de las madres descalzas con asistencia del cabildo y la ciudad. Esto fue a petición del Sr. Mezquita (Pablo Pedro Miguel Mezquita), canónigo sacristán y visitador de dichas religiosas (en sede vacante), por haber conocido tendrán mucho consuelo en esto»173. Ese mismo año, tres meses antes, se bendijo la iglesia nueva de El Salvador174. La decoración de ambas iglesias es muy parecida, como resaltó el profesor Santiago Sebastián. Una vez bendecida la iglesia conventual, «las religiosas descalzas dieron las gracias al cabildo por medio del señor deán»175. Los capitulares acordaron con fecha 20 de noviembre colaborar con los gastos de cera en el traslado del Santísimo Sacramento a la nueva iglesia, que había de realizarse en los días sucesivos. Los gastos de esta ceremonia correrían por cuenta del cabildo, sacando «el dinero de la bolsa de la sede vacante». Para esas fechas, presumiblemente el convento e iglesia estaban ya concluidos. Habían transcurrido más de veinte años, desde el lejano 1660 hasta 1682. Sus moradoras haría tiempo que habitaban dentro de sus muros. Todavía quedaban otras edificaciones por construir, como la enfermería y el cerca- 172 173 174 175 Archivo Carmelitas Descalzas de Teruel, A-16. A.C.T., 115, cabildo 10-noviembre-1682. Ibídem, cabildo 14-agosto-1682. Ibídem, cabildo 20-noviembre-1682. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 215 do del recinto conventual, que se hizo en tiempos y con la ayuda del obispo Francisco Pérez Prado, en el siglo XVIII. Al establecerse las madres carmelitas en Teruel necesitaban la dirección espiritual y formación continua impartida por los padres carmelitas, quienes también fundaron convento en la ciudad. En otro capítulo de esta historia hemos dejado escrito que la fundación del convento de carmelitas descalzos se formalizó en los últimos años del pontificado de Jerónimo Zolivera. No obstante, la gestación fue labor de años. Los padres carmelitas fueron arrastrados a la ciudad por la llegada de las madres carmelitas durante el pontificado de Diego Chueca. Cuando los padres carmelitas vinieron a la ciudad, vivían y trabajaban en el hospicio de la ciudad. El Justicia de Aragón, don Miguel Jerónimo de Castellot, a mediados del siglo XVII, había dejado en el testamento sus bienes para fundar un convento de carmelitas descalzos, varones o mujeres, en la ciudad de Teruel176. Viviendo los padres carmelitas en el hospicio de Teruel, con los dineros de esa institución compraron algunas posesiones en los extramuros de la ciudad. Así lo reconocían el prior y clavarios del convento carmelita de San José de Zaragoza, que hacían la siguiente declaración con fecha 12 de octubre de 1680: «hacemos fe que una casa, con otras dos casitas, un huertecillo con sus patios y un tirador de paños, que se han comprado en la ciudad de Teruel, 176 Ibídem, 253-14. Había hecho testamento el 21 de junio de 1657. Dejaba sus bienes para edificar un convento de madres carmelitas o, si esto no se llevaba a cabo, de padres carmelitas. Manifestaba en su testamento que «por intercesión de la Santa Madre Teresa de Jesús he recibido en esta vida muchos y particulares beneficios de Dios Nuestro Señor y he experimentado siempre en esta santa oficios de verdadera madre y abogada». Deseaba que el convento se pusiese bajo la invocación de San José, porque la Santa puso ese nombre a los conventos que fundó en vida, por la gran devoción que le tuvo. Se regirían por las constituciones escritas y aprobadas por Santa Teresa. Las madres fundadoras vendrían del convento de San José de Zaragoza. Las jóvenes que estuviesen emparentadas con el fundador tendrían preferencia de ingreso en el carmelo turolense. Daba libertad a las religiosas y a los jurados municipales para elegir el lugar donde edificar el monasterio. Pedía al concejo municipal que favoreciesen la fundación, por los beneficios espirituales que ello reportaría. Encargaba a las monjas la celebración de dos misas semanales en memoria de su eterno descanso, de sus ascendientes y descendientes difuntos. Daba siete años de plazo para llevar a cabo la fundación. En caso contrario, el testamento programaba plazos sucesivos de cinco años para que el obispo y los jurados de Teruel edificasen el convento, o para que el padre provincial de la Compañía de Jesús en Aragón, el padre rector del colegio de la Compañía en Zaragoza y el padre rector del colegio San Pablo de la Compañía en Valencia aplicasen los dineros de la fundación para levantar un convento o un colegio de la Compañía bajo la advocación de San Francisco Javier. Si ninguna de estas posibilidades se realizaba, mandaba a sus albaceas entregar sus bienes para beneficio de los pobres del hospital de Nuestra Señora de Gracia de Zaragoza. 216 JUAN JOSÉ POLO RUBIO en la partida que llaman Valdeparaíso, junto a la puerta de Guadalaviar, aunque los actos están hechos y otorgados en favor de este convento, pero en realidad y verdad se han comprado con dinero del hospicio que la religión tiene en dicha ciudad, y este convento sólo tiene el nombre prestado en dicha compra. Y para que en adelante, cuando llegue la ocasión de la fundación en dicha ciudad y se haya de hacer en el sitio que está dicha casa, y es uno de los señalados por dicha ciudad, conste que es de la fundación»177. Consta documentalmente que los padres carmelitas en 1668 solicitaron permiso al concejo municipal para edificar el convento. Los munícipes turolenses autorizaron la fundación en el mes de abril de 1668, dando noticia de ello al cabildo catedral, quienes solicitaron al concejo municipal las condiciones y «pactos con que la ciudad los había admitido, para discurrir si se debía prevenir otras cosas»178. Pocos meses después, en el mes de julio, el deán seguía recordando al cabildo «cómo era justo no perder de la memoria la fundación de los carmelitas y así se considerase si era necesario prevenir algo». Se resolvió nuevamente solicitar al concejo municipal «los cabos con que los había admitido»179. En 1670, cuando ya el concejo municipal había otorgado la licencia de construción, a cambio del pago de 800 libras que abonarían los religiosos, el cabildo nombró al canónigo magistral Puyuelo para exponer o defender ante la Curia episcopal las razones «que se ofrecisen de embarazo porque dicha fundación no haya lugar, por estar ya fundado en dicha ciudad otro convento de carmelitas descalzas, religiosas de dicha orden»180. Superados todos los trámites burocráticos y posibles oposiciones, como hemos afirmado un poco más arriba, el monasterio de los padres carmelitas se levantó en los últimos años del pontificado de Jerónimo Zolivera. 3.5. LA ADMINISTRACIÓN DIOCESANA Para conocer un poco más la situación de la diócesis de Teruel a mediados del siglo XVII, puede ayudar bastante el estudio de las visitas pastorales y ad limina realizadas por el obispo Diego Chueca, como también el análisis de la legislación sinodal elaborada durante su dilatado pontificado. 177 Ibídem, 258-1,fol. 151. Firmaban esta declaración Fray Nicolás de San Elías, prior, Fray José de Santa Teresa, subprior y clavario, Fray Pedro de San José y Fray Miguel de Santa María. 178 Ibídem, 115, cabildo-6-abril-1668. 179 Ibídem, cabildo 6-julio-1668. 180 Ibídem, cabildo 27-octubre-1670. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 217 Los datos recopilados sobre la visita pastoral no son muchos, aunque elementales, por ausencia de fuentes documentales. El obispo sólo mandó un texto de visitatio ad limina a Roma. Las noticias sobre los sínodos diocesanos celebrados durante su pontificado son abundantes. El litigio jurisdiccional entre el prelado y las iglesias regentadas por la Orden de San Juan de Jerusalén quedará historiado en las páginas siguientes. 3.5.1. La visita pastoral Revisados algunos libros parroquiales181, podemos afirmar que el obispo Diego Chueca realizó la visita pastoral a las parroquias de la diócesis cada cuatro años: en 1648182, 1653, 1657, 1661, 1664 y 1668183. Consta que visitó personalmente la diócesis, al menos, en cuatro ocasiones, 1648, 1653, 1657 y 1664. Sin embargo, no la hizo los años 1661 y 1668. En 1661 estaba en Zaragoza desempeñando el cargo de diputado del Reino y en 1668 marchó nuevamente a Zaragoza para ocupar el mismo cargo por segunda vez, se quedó allí resolviendo algunos asuntos y, dada su avanzada edad, le sorprendió la muerte en 1672. En las iglesias patrimoniales de la ciudad de Teruel no realizó visita pastoral alguna durante todo su pontificado184. En 1661 y en 1668 realizó la visita el Dr. Juan Martín Arroyos, sobrino del obispo Chueca, doctor en Teología y ambos Derechos, protonotario apostólico y vicario perpetuo de Santa Eulalia del Campo, penitenciario de la catedral turolense y, posteriormente, vicario general del obispo Fray Andrés 181 A.P. Torremocha, II (1598-1672), fol. 312-335; A.P. Torrelacárcel, II (1602-1717), fol. 282v-326; A.P. Cella, IX (1630-1730), fol. 86v-155; A.P. Caude, III (1642-1701), sin foliar y A. P. San Andrés y San Pedro. 182 Con fecha 19-junio-1648 el cabildo catedral acordó nombrar a los canónigos Benedicto y Pérez para saludar al obispo Chueca, quien acababa de regresar de su primera visita pastoral a la diócesis ( A.C.T., 114, cabildo 19-junio-1648). 183 En Torremocha el 11-mayo-1648 (fol. 312), 27-mayo-1653 (fols. 315-317), 20-mayo1657 (fol. 320), 18-mayo-1661 (fols. 325v-326), 31-octubre-1664 (fols. 332v- 333) y 2-diciembre-1668 (fol. 335). En Torrelacárcel el 10-mayo-1648 (fol. 282v), 27-mayo-1653 (fols. 285287), 21-mayo-1657 (fols. 315-316), 22-mayo-1661 (fol. 319), 3-noviembre-1664 (fols. 321322) y 1-diciembre-1668 (fols. 325-326). En Cella el 7-mayo-1648 (fols. 86v-87), 23-mayo-1653 (fols. 98-100), 15-mayo-1657 (fols. 106-107v), 16-mayo-1661 (fols. 123v-126), 29-octubre-1664 (fols. 140v- 143) y 7-diciembre-1668 (fols. 154-155). En Caudé el 6-mayo-1648, 17-mayo-1653, 10-mayo-1657, mayo-1661, 1-mayo-1666 y 8-diciembre-1668. 184 En el «libro de las Cintas» (A.C.T., 105, fol. 124v) se dice que en 1672, a la muerte del obispo Chueca, en 1672 el visitador nombrado por el cabildo giró visita pastoral a las iglesias patrimoniales de la ciudad de Teruel. Se indica que «dos racioneros acudían a por el visitador a su casa. Acabada la función de visita, todos los racioneros de la parroquia visitada acompañaban a la casa al visitador». Parece deducirse de la nota precedente que se trataría, como en otras múltiples ocasiones, de rasgos o normas protocolarias, vindicando con ellas una singular situación del patrimonio de las iglesias de Teruel. 218 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Aznar, sucesor del obispo Chueca en la sede turolense. El Dr. Martín Arroyos, experimentado en estos trabajos de visita pastoral, acompañará siempre al obispo Fray Andrés Aznar y actuará como secretario de visita. De los mandatos de visita se desprende que el obispo Diego Chueca revisaba primeramente si se habían cumplido los mandatos de visitas anteriores. Exigía meticulosamente el cumplimiento de todas las últimas voluntades testamentarias y los legados píos185. Recordaba a los sacerdotes que debían cumplir las normas sinodales y los mandatos salidos de la Curia diocesana. En ocasiones dejaba la visita abierta, ordenando que los libros parroquiales fueran llevados a la Cancillería para examinar detenidamente los quinque libri, las cuentas parroquiales y el racional de misas186. Recordaba la manera concreta de hacer el asentamiento de partidas de bautismo, confirmación, matrimonio y defunción. Y obligaba siempre al párroco o vicario a leer los mandatos de visita el domingo o fiesta más próxima al día de la visita episcopal187. 3.5.2. La visita ad limina En el Archivo Secreto Vaticano solamente se conserva un texto de visita ad limina enviado por el obispo Chueca el año 1663188. El obispo, con fecha 4 de septiembre, escribía a la Congregación del Concilio manifestando las razones que le impedían hacer personalmente la visita. Tenía 72 años y, consecuentemente, sentía los achaques propios de la edad. Por defender la doctrina del Concilio de Trento sobre la provisión de beneficios, mantenía varios litigios frente a los patrones de los beneficios, de libre colación, de patronato eclesiástico y de la Orden militar de San Juan del Hospital. Éstas eran algunas de las razones expuestas por el prelado para delegar esta carga en otra persona. Como ningún canónigo estuvo dispuesto a viajar a Roma para entregar el texto de visita ad limina, el obispo mandó al clérigo turolense Jerónimo 185 «Visitamos los legados píos de los difuntos que ha habido en la iglesia desde el año mil seiscientos cincuenta y tres hasta el año mil seiscientos cincuenta y seis inclusive» (A.P. Caudé, III [1642-1701], visita 10-mayo 1657, sin foliar). 186 «Mandamos al rector de dicho lugar que, por todo el mes de diciembre del presente año, lleve a la ciudad de Teruel el cabreo de la iglesia, continuado con todas las rentas, los racionales, para todo lo cual dejamos la visita en abierto por el tiempo que fuere nuestra voluntad» (A.P. Caudé, III [1642-1701], visita 1-mayo 1666, sin foliar). 187 «Mandamos al rector de dicha iglesia que publique en ella el primer Domingo o fiesta colenda, al tiempo del ofertorio de la Misa conventual, estos mandatos y haga relación de su publicación y alcance de ellos» (A.P. Caudé, III [1642-1701], visita 6-mayo-1648, sin foliar). 188 A.S.V., Sacra Congregatio Concilii, Relationes ad limina, año 1663. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 219 Dolz, que no era prebendado ni canónigo189. Al ser rechazado para cumplir con esta misión, el obispo Chueca escribe al Santo Padre y le suplica que sea aceptado el P. Maestro Juan del Cerro, agustino, residente en Roma190. El obispo informaba en el texto de visita que la diócesis de Teruel, ubicada en el Reino de Aragón y sufragánea de Zaragoza, tenía templo catedral servido por seis dignidades, trece canónigos (cuatro presbiterales, cuatro diaconales, cuatro subdiaconales y una para el oficial de la Inquisición), diez porcionarios (uno encargado de la «cura animarum», dos cantores del evangelio y de la epístola, tres músicos, dos cantores de antífonas, un organista y un maestro de capilla) y veintitrés beneficiados. De las canonjías presbiterales, una era magistral, otra doctoral, y otra penitencial. La penitenciaría se proveía por concurso, interviniendo en la elección tanto el obispo como los canónigos. En la ciudad de Teruel, además, había siete iglesias. A saber: San Pedro, San Andrés, San Miguel, San Salvador, San Martín, San Juan Bautista y Santiago el mayor. Al servicio pastoral de las mismas, eran admitidos sólo los nacidos en la misma ciudad, que formaban el Capítulo de Racioneros. Los aspirantes a formar parte de este Capítulo eran muchos. La cabeza del Capítulo era el prior, elegido anualmente. Para su sostenimiento, percibían los diezmos de la ciudad de Teruel y de otros lugares de la diócesis. Para la fábrica de estas iglesias y la adquisición de ornamentos y jocalías, se destinaban las primicias de esos mismos lugares. En cada una de esas iglesias había varios porcionarios, que administraban los sacramentos a sus parroquianos. Cada iglesia tenía su propia fuente bautismal aunque, según tradición multisecular, todas formaban una única y exclusiva parroquia. Por eso, al frente de cada una había un vicario. Los turolenses, en el momento de contraer matrimonio, podían elegir la parroquia a la que deseaban pertenecer. Y a ella estaban adscritos siempre, sin poderse cambiar, mientras no hubiese una causa justa, contando siempre con el permiso del obispo. 189 Con fecha 15 de septiembre de 1663, el notario turolense, Dr. Juan Arroyo, presbítero, extendió certificación de nombramiento para hacer la visita ad limina a favor del clérigo Jerónimo Dolz, bachiller en Derecho civil con estudios en Derecho canónico, próximo a obtener el grado de doctor en ambos Derechos, «diocesano mío de familia ilustre», según escribía el obispo Chueca. Los estudiantes Pedro Puertas y Francisco Sanz, residentes en la ciudad, actuaron como testigos de esta delegación. 190 El Padre del Cerro también actuará años más tarde, concretamente en 1679, como delegado de visita ad limina para el obispo agustino Fray Andrés Aznar, quien gobernó la diócesis de Teruel desde 1673 hasta 1682. 220 JUAN JOSÉ POLO RUBIO En la ciudad de Teruel había siete monasterios, cinco de varones y dos de mujeres; franciscanos observantes, mercedarios, trinitarios, capuchinos franciscanos y dominicos eran los monasterios masculinos; las monjas de Santa Clara, sometidas a la autoridad y obediencia de los frailes franciscanos, y las carmelitas de Santa Teresa, sujetas a la jurisdicción episcopal, de reciente fundación en la ciudad, eran las dos congregaciones femeninas. Fuera de la ciudad de Teruel, en los pueblos había cinco monasterios, cuatro de varones y uno femenino: de monjas agustinas y carmelitas descalzos en Rubielos de Mora, de mercedarios en Sarrión, de franciscanos en Manzanera y Mora de Rubielos. La diócesis estaba compuesta por 80 parroquias y una colegiata en Mora de Rubielos. La colegiata estaba servida por cuatro dignidades (prior, cantor, sacristán y vicario), cinco canónigos, varios porcionarios, capellanes y otros servidores, todos beneficios de patronato laical. La Orden de San Juan de Jerusalén tenía dominio temporal en cuatro pueblos, a semejanza del que poseen los arzobispos, obispos, abades y monasterios en sus propias jurisdicciones. Los sanjuanistas detentaban una jurisdicción restringida, sin dominio en el campo civil o criminal. Nombraban un juez, denominado vulgarmente justicia, que ejercía la justicia en nombre del rey, acomodada a las leyes del Reino de Aragón. Si los súbditos apelaban, lo hacían directamente a los tribunales reales, nunca al comendador del lugar o prior provincial, denominado castellán de Amposta. Según documentos antiguos, como son las donaciones reales aprobadas por los Sumos Pontífices, la jurisdicción espiritual sobre las iglesias, eclesiásticos y fieles cristianos pertenecía al obispo del lugar. Los sanjuanistas percibían los diezmos y primicias de esos lugares. El castellán de Amposta (prior de la Orden militar de San Juan de Jerusalén) y los comendadores de los cuatro pueblos pretendían tener el derecho de presentación y nombramiento de los vicarios parroquiales, como en tiempos pasados lo tuvieron hombres seculares, los arzobispos de Zaragoza y los obispos de Teruel tras la desmembración. Ahora, interpretando mal las bulas papales, dicen tener derecho de visita sobre esos lugares y quieren que los sacerdotes que regentan dichas parroquias estén obligados a vestir el hábito de las Orden. Todo esto, comenta el obispo, está causando un profundo malestar. El problema se suscitaba, según el parecer del obispo Chueca, porque los sanjuanistas percibían las primicias de esos lugares, para el DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 221 mantenimiento de la fábrica de los templos y la adquisición de jocalías y ornamentos. En tiempos pasados la Orden militar de San Juan había construido esos templos y, por todo esto, ahora se arrogaban muchos derechos y se consideraban dueños de las mismas. El obispo Chueca solicitaba a Su Santidad que pusiese remedio a estos problemas y suplicaba que el nombramiento y provisión de esas vicarías recayese sobre el ordinario del lugar. En la diócesis existía, además, otro problema serio. Había algunas vicarías que los sacerdotes no querían regentar porque los emolumentos que percibían eran muy exiguos. Los patrones se reservaban gran parte de los frutos de la rectoría, abonando a los vicarios unas rentas muy pequeñas, insuficientes para vivir decentemente. El obispo pedía al Papa que no tolerase estas situaciones lamentables. Rogaba que las pensiones de las vicarías ascendiesen, al menos, a la mitad de las rentas de las rectorías. 3.5.3. El sínodo de 1657 El obispo Chueca celebró dos sínodos diocesanos, uno en 1657 y otro en 1662, pero publicó un solo volumen de constituciones en 1661. En los primeros días del mes de marzo de 1657 el obispo comunicó al cabildo que deseaba celebrar sínodo diocesano «por haberlo escrito su Santidad a todos los obispos de España, para procurar de que reformen las costumbres, y también en cumplimiento de los decretos del santo concilio de Trento»191. Pedía al cabildo que nombrase, como era costumbre, a cuatro capitulares para examinar con él las materias «que convendría tratar en dicho concilio (sic)». El cabildo eligió por escrutinio, con fecha 5 de marzo, al deán Tomás Martínez Rubio, al tesorero Pedro Lázaro, y a los canónigos Juan Benedicto Calvo y Francisco Aínsa192, quienes recibieron todas las facultades «para que comenten con el señor obispo todo lo que pareciere conveniente disponer en el sínodo»193. El edicto de convocatoria está fechado el 4 de marzo. Va dirigido al deán y cabildo catedral; al prior y cabildo de la colegiata de Mora de Rubielos; a los rectores, vicarios y regentes de cura; a todos los demás clérigos y fieles cristianos. El sínodo comenzaría el 22 de abril, tercer domingo después de la Resurrección del Señor, aunque se mandaba a los sinoda- 191 192 193 A.C.T., 114, cabildo 3-marzo-1657. Ibídem, cabildo 5-marzo-1657. Ibídem, cabildo 14-abril-1657, sábado. 222 JUAN JOSÉ POLO RUBIO les estar presentes en Teruel para el día 21, presentándose al secretario del sínodo, Dr. Juan Martín Arroyos. Una vez recibido el edicto de convocatoria y transcurridos ocho días, los sacerdotes podían mandar memoriales sobre «algunas cosas que se deban tratar, remediar, corregir, enmendar y determinar en dicho sínodo, así tocantes y pertenecientes a sus propias iglesias y parroquias, como al buen regimiento, gobierno y moderación de costumbres de toda nuestra diócesis». Los memoriales serían enviados cerrados y sellados al secretario del sínodo. Y cuando acudieran al sínodo, traerían memoria de los beneficios y capellanías fundados en su parroquia, renta, obligaciones de misas y tipo de residencia exigida al capellán o beneficiado; las misas doblas, de tabla, de almas y aniversarios. El edicto fue publicado en la catedral y en las parroquias de la diócesis en la misa conventual del Domingo próximo a la recepción. El obispo pedía «sus oraciones para que en todo acertemos». Estaba prescrito que debían acudir necesariamente al sínodo «el deán y cabildo de nuestra santa iglesia a la profesión de fe y procesiones; y a los actos del sínodo las personas que acostumbran nombrar y diputar la iglesia catedral; el nombrado por la iglesia colegial de Mora y el canónigo vicario en su nombre; los siete vicarios de las parroquias de Teruel; los rectores y vicarios de nuestro obispado, y los que de presente rigen la cura por ausencia o vacación del propietario. Todos los cuales han de venir con hábitos decentes, sobrepellices y mucetas para las dichas procesiones»194. Los gastos correrán a cargo «de la renta común de dichas iglesias», siendo tenidos «por presentes en sus iglesias y beneficios, ganando todos las distribuciones, frutos y emolumentos que en aquellos días les tocara»195. El sínodo comenzó el día previsto. Los sinodales, acompañando procesionalmente al obispo, salieron del palacio episcopal y se dirigieron a la puerta o entrada llamada del «Almudí». El obispo celebró la Santa Misa rezada. Los sinodales estaban en la nave central de la iglesia catedral. El cabildo permaneció en el coro. El obispo predicó, mientras los capitulares escuchaban el sermón desde las tribunilas. 194 Constituciones Sinodales del obispado de Teruel. Hechas y recopiladas por el ilustrísimo y reverendísimo Señor Don Diego Chueca, obispo de Teruel, del Consejo de su Majestad, en la sínodo que celebró y concluyó en su palacio episcopal a 28 de abril el año 1657, siendo Pontífice nuestro Santo Padre Alejandro VII y reinando el invictísimo Filipo III de Aragón, Zaragoza, Diego Dormer, 1661 (a partir de ahora citaremos Constituciones Sinodales de 1657), Libro primero, Título primero, De constitutionibus, constitución 3.ª, p. 4. 195 Ibídem, constitución 2.ª, pp. 2-3. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 223 Al día siguiente, 23 de abril, se volvió a hacer procesión al templo catedral. Se celebró la Santa Misa, asistiendo todos los clérigos del Capítulo General Eclesiástico, y durante todo el día estuvo expuesto el Santísimo Sacramento en la catedral a petición de su Majestad el rey, «por el buen suceso de las armas de Portugal»196. Las sesiones se continuaron «en la sala de palacio alta, donde se tienen los convites las Navidades». El sínodo finalizó el 28 de abril a las seis de la tarde. Se confirmaron «las constituciones impresas en el volumen que mandó hacer el señor don Fernando Valdés el año 1627». Para que los seglares pudieran tener noticia de las constituciones aprobadas en el sínodo de 1657, se ordena «a los curas las lean en los días de fiesta que hubiese mayor concurso en la iglesia». Se manda «que todas las iglesias tengan estas constituciones, que las compren los mayordomos y las coloquen en el coro y sacristía para que los capellanes y beneficiados las puedan leer»197. El obispo perdonó los derechos sinodáticos. Levantaron acta los notarios sinodales Jerónimo Escobedo y Antonio Muñoz y la documentación del sínodo se archivó en la Curia eclesiástica. Actuó de secretario, como hemos dicho más arriba, el Dr. Juan Martín Arroyos, vicario de Santa Eulalia del Campo198. 3.5.4. El sínodo de 1662 El 14 de abril de 1662 asistió el obispo Chueca a la reunión del cabildo y expuso que «había algunas cosas que reformar y declarar algunas constituciones que no se entendían como conviene, y añadir otras que con la mudanza de los tiempos son necesarias»199. Les pidió que nombrasen a cuatro capitulares y, dos días después, mediante escrutinio secreto, fueron elegidos el deán Tomás Antonio Martínez Rubio, el tesorero Pedro Lázaro López y los canónigos Laurencio Dimas Carnicer y Juan Martín Arroyos200. Se acordó que durante la celebración de la Santa Misa en el sínodo todos los sinodales «asistieran dentro del coro como se había hecho en lo antiguo, para que no quedase el cabildo tan desairado, comunicándolo con el señor obispo, que piensa que no contradeciría»201. 196 A.C.T., 105, fol. 102 v. Constituciones sinodales de 1657, Libro primero, título primero, De constitutionibus, constituciones 6.ª y 7.ª, pp. 6-8. 198 Ibídem, pp. 493-495. 199 A.C.T., 114, cabildo 14-abril-1662. 200 Ibídem, cabildo 16-abril-1662. 201 Ibídem, cabildo 21-abril-1662. 197 224 JUAN JOSÉ POLO RUBIO El sínodo comenzó el 23 de abril, domingo, después del canto litúrgico de nona. Celebró la Misa rezada el señor obispo, «sin otra música que tañer el órgano»202. La manera de celebrar las sesiones, así como el lugar, fue idéntica al sínodo de 1657. El sínodo «concluyó el miércoles por la tarde, 26 de abril de 1662. Notificó el señor obispo al clero que pagasen por los gastos del sínodo los vicarios a cinco reales, y los rectores a diez. Y, en presencia de su Señoría, fueron pagados los dichos»203. Acabado el sínodo, el cronista capitular anotó tres asuntos que, a su juicio, convendría enmendar en futuras ocasiones. Primeramente que el cabildo quedaba muy solo en el coro mientras se están celebrando los oficios en el presbiterio. Además, se salió de la iglesia muy tarde y, para evitarlo, sería conveniente comenzar más pronto, por ejemplo, una hora antes de los oficios o a la hora acordada. Y, finalmente, el obispo «no se quitaba el bonete» cuando hacía las proposiciones, comentando el cronista que estaría bien hacer alguna demostración de cortesía con los asistentes, aunque no era obligado, pero estaba bien visto. Se acordó en el sínodo, entre otras cosas, «cobrar diezmo de las heredades que de nuevo se han plantado de árboles (frutales)», como informaron los cuatro capitulares sinodales al cabildo204. Los ciudadanos de Teruel se opusieron frontalmente, estando a la cabeza los munícipes. Se nombró al deán y al tesorero «para que trataran el asunto con la ciudad», intentando «ver si, de bien a bien, vendrían en que se retirasen de las protestas y apelación que han interpuesto de dicha sinodal». Años más tarde el Capítulo General Eclesiástico protestó contra la constitución sinodal donde se regulaba que los forasteros eran parroquianos de la catedral. El deán, el chantre y los canónigos Carnicer y Arroyos fueron nombrados para dialogar con el Capítulo General sobre esta cuestión205. 3.5.5. Las constituciones sinodales de 1657 El texto de las constituciones sinodales de 1657 está dividido en siete libros. A su vez cada libro está subdividido en títulos y los títulos en constituciones. La materia sinodal viene expuesta a lo largo de 495 páginas. La enumeración de libros y títulos se hace en lengua latina. El volumen del 202 203 204 205 Ibídem, 105, fol. 121. Ibídem. Ibídem, 114, cabildo 28-abril-1662. Ibídem, cabildo 19-febrero-1667. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 225 obispo Chueca recoge 56 textos del sínodo de Jaime Jimeno y gran parte de las constituciones del sínodo del obispo Valdés Llano. Se trata, por tanto, de un texto que refunde otros anteriores y que contiene escasos puntos que podamos considerar singulares y significativos. Al tratar la materia de los sacramentos, se dan normas minuciosas sobre el culto a la Eucaristía, manifestando de esa manera la estima del sínodo hacia el Santísimo Sacramento, reservado en el sagrario206 con una lámpara encendida día y noche207. La pila del bautismo se colocará en una capilla cerrada. No existiendo esta capilla, la pila estará cubierta y limpia, cerrada con una llave, siempre en poder del párroco208. Los párrocos leerán cada año, el día de la Circuncisión del Señor, los bautizados, confirmados, casados y muertos en el año que termina, «para que si el cura se ha olvidado de escribir alguno de ellos, lo adviertan los que no le oyeren nombrar»209. Para que los sacerdotes tuvieran a la vista los pecados reservados en la diócesis por autoridad episcopal, en cada iglesia habría una tablilla con la lista de los mismos210. El sínodo preceptúa a los que van a casarse saber la doctrina cristiana, al menos, el padrenuestro, el avemaría, el credo, la salve y los mandamientos211. También se exigirá conocer la doctrina cristiana a los que se acerquen a recibir el sacramento de la Penitencia212. 206 Constituciones sinodales de 1657, Libro segundo, título tercero, constitución séptima, pp. 20-21: «Ordenamos y mandamos que en cada iglesia parroquial haya sagrario fijo, de manera que no se pueda mudar… Y el dicho sagrario esté cerrado con llave, la cual tenga el cura, o su teniente, sin fiarla de otro que no sea presbítero; y el sagrario esté muy limpio, que no haya en él telarañas, ni polvo, ni se ponga en él otra cosa alguna, y esté hecho a tabla bien junta, sin resquicio, ni agujero, lo más rico y adornado que se pueda, y delante de la puerta haya una cortina de seda con que se cubra, y esté decente. Otrosí mandamos a los dichos curas renueven el Santísimo Sacramento de ocho en ocho días en verano, y de quince en quince en invierno, con hostias frescas del mismo día, o del día antes». 207 Ibídem, constitución novena, p. 22. 208 Ibídem, Libro segundo, Título primero, constitución segunda, pp. 9-10. 209 Ibídem, constitución sexta, pp. 12-13. 210 Ibídem, Libro segundo, Título quinto, constitución décima: «Los casos a Nos reservados. 1 La absolución de la excomunión por Nos impuesta. 2 La blasfemia pública. 3 Pecado de incesto. 4 Pecado contra naturam. 5 Cópula con religioso o religiosa. 6 Quien procura aborto. 7 Cópula con hija espiritual. 8 Sacrilegio. 9 Poner manos violentas en padres o abuelos. 10 Quien por negligencia mata alguna criatura acostándose con ella. 11 Incendiario de casas, panes y taladores de árboles y vides. 12 No pagar diezmos. 13 Falsario de escrituras o testimonios. 14 Quebrantar la inmunidad eclesiástica. 15 Enviar criaturas al hospital teniendo con que sustentarlas, sin que primero restituyan el daño al hospital. 16 Falsario de pesos y medidas. 17 Comer carne los días prohibidos sin necesidad. 18 Pecado de sortilegio o encantamiento. 19 Jurar falso juicio. 20 Raptor de vírgenes». 211 Ibídem, Libro segundo, Título octavo, constitución quince, p. 93. 212 Ibídem, Libro tercero, título trece, constitución octava, pp. 154-155. 226 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Exhorta a los sacerdotes a guardar siempre la compostura para que nadie les falte al respeto, especialmente cuando celebren la Misa213. Prohíbe a los clérigos entrar en «taberna o bodegón, ni casa que se vendiere vino blanco o claro, a comer, beber o jugar», y manda que no «jueguen vino entre sí, ni con seglares. Y si se embriagare, allende de las otras penas, por la primera vez esté un mes en la cárcel; por la segunda, dos; por la tercera quede suspenso por un año»214. Llevarán siempre hábito talar negro, bonete en la cabeza, corona abierta, la barba baja y sin bigotes. No adornarán sus dedos con anillos o sortijas215. Los párrocos vivirán en la casa parroquial, conservando, mejorando y reparando los edificios parroquiales. De esa manera se pretendía que las viviendas parroquiales tuviesen el decoro propio y necesario para desempeñar el oficio216. El sínodo recoge el calendario de los días de fiesta para que los curas avisen anticipadamente a sus feligreses de las mismas217. En los días de fiesta quedan prohibidos los juegos de «naipes, dados, bolos, argolla, pelota, trucos y otros antes que en esta ciudad, en nuestra iglesia catedral, se acaben los divinos oficios y en los lugares (aldeas) antes que se acabe la Misa 213 Ibídem, Libro segundo, título cuarto, constitución catorce: «Exhortamos a los rectores y vicarios que en todas sus acciones procedan con tanta compostura y recato que no den ocasión para que se les pierda el respeto…, porque estamos informados que algunas personas, al tiempo que el cura o su teniente celebran la Misa conventual, por odio o pasión que tienen, o porque cumplen las obligaciones de su oficio reprendiendo los pecados del pueblo, o ejecutando nuestros mandatos, atrevida y temerariamente se ponen a responder y altercar con los curas y tenientes, llegando a tratarlos injuriosamente con escándalo del pueblo». 214 Ibídem, Libro tercero, título primero, constitución quinta, pp. 98-99. 215 Ibídem, constitución primera, pp. 94-95. 216 Ibídem, Libro tercero, título trece, constitución doce, pp. 158-159. 217 Ibídem, Libro tercero, título noveno, constitución primera, pp. 128-130: «Todos los domingos del año. Las dos Pascuas de Resurrección y Pentecostés, con los dos días siguientes. La Ascensión del Señor. La solemnidad del Corpus Christi. La fiesta del patrón de cada lugar. enero: 1 La circuncisión del Señor. 6 Epifanía. 23 Santa Emerenciana, patrona de la ciudad, y en ella es de guardar tan solamente, no en los lugares de la diócesis. febrero: 2 La Purificación de Nuestra Señora. 24 San Matías, apóstol. marzo: 19 San José, esposo de la Virgen. 25 La Anunciación de Nuestra Señora. abril: 23 San Jorge, mártir, patrón del Reino. mayo: 1 San Felipe y Santiago. 3 La Invención de la Santa Cruz. junio: 24 La Natividad de San Juan Bautista. 29 San Pedro y San Pablo. julio: 25 Santiago Apóstol. 26 Santa Ana. agosto: 10 San Lorenzo, mártir. 15 La Asunción de Nuestra Señora. 24 San Bartolomé, apóstol. septiembre: 8 La Natividad de Nuestra Señora. 21 San Mateo, apóstol. 29 La dedicación de San Miguel arcángel. octubre: 28 San Simón y San Judas, apóstoles. noviembre: 1 Todos los Santos. 30 San Andrés, apóstol. diciembre: 8 La Concepción de Nuestra Señora. 21 Santo Tomás, apóstol. 25 La Natividad de Nuestro Señor Jesucristo. 26 San Esteban. 27 San Juan, apóstol y evangelista. 28 Los Santos Inocentes. Y encargamos a los curas persuadan a sus feligreses que asistan el Jueves y Viernes Santo a los divinos oficios, acordándose que en estos días se celebran los misterios de nuestra Redención, y lo mismo el día de Ánimas, para que todos se acuerden de rogar por los difuntos». DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 227 conventual. Y, asimismo, mandamos que en dichas fiestas ningún barbero afeite a persona alguna»218. Se encarga a los párrocos leer el edicto de los pecados públicos en la primera dominica de Cuaresma219. Una de las tareas principales de los párrocos es la predicación. El sínodo recomienda utilizar el Catecismo Romano, «cuya doctrina seguirán en todo», para enseñar «aquellas cosas que a todos son necesarias para salvarse; las virtudes que han de seguir y los vicios que han de huir, para conseguir la gloria celestial y librarse de la pena eterna. Y, asimismo, expliquen y enseñen los artículos de nuestra santa fe católica, los mandamientos de Dios y de la Santa Iglesia, y la observancia de ellos; el uso y eficacia de los santos sacramentos, la santidad y reverencia con que los deben recibir; los provechos y misterios de la Misa, y la devoción con que deben asistir a ella; encargando mucho el de la Penitencia y Comunión, cómo se han de confesar y disponer para comulgar; y cómo han de hacer oración a Dios, y lo que deben pedir en ella; y que se valgan de la invocación a Nuestra Señora y de los Santos; y cómo han de adorar y reverenciar sus imágenes y reliquias; y la doctrina del Purgatorio, y que a las almas que en él están ayudan mucho los sufragios de los fieles, particularmente el santo sacrificio de la misa; y los disuadan y procuren apartar de todo género de superstición e induzcan a toda piedad»220. Se recomienda a los párrocos que cada sábado bendigan el agua de las pilas, que el sacristán habrá dejado limpias con anterioridad221. Se aconseja a los sacerdotes seculares y religiosos celebrar Misa del Patrocinio de la Santísima Virgen el segundo domingo del mes de noviembre, empleando las rúbricas aprobadas para el día 5 de agosto. Este privilegio había sido conseguido por el monarca Felipe IV222. Se nombraron examinadores sinodales a todos los canónigos y dignidades de la iglesia catedral. Y, además, para que hubiese más objetividad en los concursos a beneficios y curatos, con permiso del Santo Padre se designa también a los siguientes sacerdotes: Lic. Juan de Bujeda y Alamán, canónigo vicario de la colegial de Mora; Dr. Juan Martín Arroyos, visitador general de nuestro obispado y vicario de Santa Eulalia; don Lucas Sánchez, rector de Hinojosa; Dr. José Torán, racionero de San Salvador; don Juan Luesma, vicario de Rubielos; don Juan Barrera, vicario del Castellar; don 218 219 220 221 222 Ibídem, constitución segunda, pp. 130-131. Ibídem, Libro tercero, título trece, constitución catorce, pp. 160-167. Ibídem, constitución primera, pp. 145-147. Ibídem, constitución trece, p. 159. Ibídem, Libro tercero, título noveno, constitución quinta, pp. 134-136. 228 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Antonio Fuster, rector de Galve; don Jacinto Buil, rector de Rubiales; P. Presentado Fr. José Tibera, ministro del convento de la Santísima Trinidad; P. Presentado Fr. Tomás Pichón, comendador del convento de la Merced; P. Fr. Juan Francisco Zavallos, prior de San Raimundo; P. Fr. Antonio Jasso, guardián de San Francisco y P. Fr. Pedro de Zaragoza, guardián de los capuchinos223. Recuerda que en las iglesias no se hagan representaciones, comedias o danzas224. Prohíbe tomar tabaco en la iglesia, sacristía y coro, antes de la misa y hasta una hora después de su celebración225. Exige a los sacerdotes «que en manera alguna permitan, ni den lugar, para que en las torres de sus iglesias, ni dentro de ellas de día ni de noche, aunque sea en las festividades de los santos que la tal iglesia celebra, ni por otra cualquiera causa, persona alguna eclesiástica o secular dispare mosquetes, arcabuces u otro cualquier género de arma de fuego, ni tire cohetes, boladores, tronadores, ni demás invenciones que se hacen con pólvora»226. Se pagaba arancel, entre otros conceptos, por colación de canonjías, rectorías, vicarías y beneficios; por construir una iglesia o capilla; para hacer un altar, una pila de bautismo, o bendecir una campana; por las letras dimisorias de un presbítero que se ausenta de la diócesis; por la licencia para trabajar los días colendos; para realizar procesiones fuera del término parroquial; por las letras dimisorias para ordenarse…227. 3.5.6. La Orden de San Juan del Hospital Los problemas de los obispos de Teruel con la Orden de San Juan del Hospital no eran algo nuevo. La cuestión se arrastraba de tiempos atrás. Ya en esta historia hemos dejado escrito que la Orden de San Juan de 223 Ibídem, Libro sexto, título primero, constitución primera, pp. 264-265. Los canónigos y dignidades que fueron nombrados examinadores sinodales son los siguientes: Dr. Tomás Antonio Martínez Rubio, deán; Dr. Miguel Julve, arcediano; don Gregorio Blesa, arcediano coadjutor; don Matías Toda, arcipreste coadjutor; Lic. Pedro Lázaro López, tesorero; Dr. Juan Pérez de Cuevas, chantre; don Andrés Eliceche, sacristán coadjutor; Lic. Juan de Asín; Lic. Pablo Villarroya; Dr. Juan Benedicto Calvo; don Francisco Aínsa, canónigo doctoral; Lic. Laurencio Dimas Carnicer; don Pedro Jerónimo Pérez Montagudo; don Lucas Sangorrín, canónigo magistral; Lic. Jose Aínsa; Lic. José Sebastián Dalda; Lic. Juan Valeriano Barcelona; don Antonio Asín, canónigo coadjutor; Lic. Atanasio Pascual de Vea, canónigo coadjutor y el Dr. Pedro Ambrosio Barberán, tesorero coadjutor. 224 Ibídem, Libro quinto, título primero, constitución primera, pp. 348-349. 225 Ibídem, constitución quinta, pp. 252-253. 226 Ibídem, constitución sexta, p. 254. 227 Ibídem, Libro séptimo, Arancel de los derechos del sello, pp. 319-368. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 229 Jerusalén percibía, desde tiempo inmemorial, los diezmos de ciertos pueblos de la diócesis, nombrando los vicarios y pagándoles bajos e insuficientes salarios. El obispo Valdés Llano informaba en el texto de visita ad limina que los comendadores de la Orden no se preocupaban de las iglesias ni de los ornamentos y comentaba resignado que la solución de estos problemas no se presentaba fácil, a no ser que su Santidad lo remediase. Cuando el obispo Chueca llegó a la sede turolense, las cosas seguían de la misma manera. Desde los primeros años de su pontificado comenzó a exigir sus derechos episcopales de visita y nombramiento de vicarios. Escribió al Gran Maestre de la Orden informándole de sus pretensiones, quien le contestó en dos oportunidades casi seguidas (1-abril y 7-mayo1648). El Gran Maestre reconocía al obispo el derecho de visita (sobre los quinque libri, la cura animarum, la administración de sacramentos, las obras pías, etc.), excepto a los miembros de la Orden. Sin embargo, otra cosa bien distinta era poder ejercer este derecho. Los comendadores sanjuanistas turolenses se lo impedían al obispo. Sumando a esto, además, que todos los privilegios e indultos de la Orden de San Juan del Hospital anteriores al Concilio de Trento habían sido abolidos por una bula del Papa Gregorio XIII fechada el 25 de noviembre de 1580. Por tanto, a partir de esa fecha, las iglesias regentadas por la Orden sanjuanista debían gobernarse según la doctrina común tridentina. Con fecha 31 de marzo de 1650 el obispo Diego Chueca hizo reconocer estos derechos por jurisfirma del Justicia de Aragón, don Agustín de Villanueva228. En 1663, aunque la doctrina estaba clara, la cuestión práctica seguía sin resolverse, como exponía largamente el obispo en el texto de visita ad limina. Siendo ya muy anciano el obispo, apoyado por su cabildo, volvió a retomar el asunto haciendo gestiones ante la real Audiencia. En 1668 el deán Martínez Rubio mandó a Zaragoza al canónigo tesorero José Dolz del Espejo y Arnal para que gestionase y agilizase la cuestión. Chueca facilitó mucho el negocio «por haber abierto ya el camino», comentaba el tesorero Dolz del Espejo, al presentar documentación de cómo ya el arzobispo Hernando de Aragón había hecho la visita en lugares regentados por la Orden de San Juan. Así se lo escribía el tesorero Dolz del Espejo al deán turolense en carta fechada en Zaragoza el 19 de enero229. Y le manifestaba 228 229 A.C.T., 189-17-22. Ibídem, 145-3-27. 230 JUAN JOSÉ POLO RUBIO que los procuradores asalariados que el deán tenía en Zaragoza, liderados por Faustino las Foyas, estaban agilizando las gestiones ante la real Audiencia. Con fecha 8 de febrero230 el tesorero Dolz del Espejo comunicó al deán Martínez Rubio que el lunes pasado, 6 de febrero, el gobernador general de Aragón y presidente de la real Audiencia, don Pedro Jerónimo de Uniés y de Navarra, reconoció al cabildo de Teruel el derecho de posesión sobre las iglesias y lugares que anteriormente había tenido la Orden de San Juan de Jerusalén231. El tesorero escribía en esa carta: «partiré con brevedad de esta ciudad y llevaré las letras de mittendo in possesionem y, así mismo, instrucción de la manera y forma que se ha de tomar la posesión de cada lugar y parroquia». El cabildo turolense, después de cerca de dos años y medio de haber recibido el documento, el 2 de octubre de 1671 nombró a mosén José Latorre, maestro de ceremonias de la catedral, como procurador para tomar posesión de aquellas parroquias232. El cabildo llevaba intentando hacer la visita canónica a estos lugares, al menos, desde 1668. El obispo Chueca, por enfermedad y ancianidad, residía en Zaragoza y, por tanto, la responsabilidad de la visita pastoral recaía sobre el cabildo, como si la sede estuviese vacante. La toma de posesión de las parroquias sanjuanistas, sin embargo, no se efectuó hasta después de la muerte del obispo Chueca. Mosén José Latorre, acompañado del notario turolense Fernando Noguera, visitó y tomó posesión de esos lugares en el mes de julio de 1672, Villel (7 julio), Riodeva (11 julio), Sarrión y Albentosa (12 julio), Alfambra (14 julio), Escorihuela, Alcamín y Porteguela (15 julio), Camañas (20 julio) y Campos (21 julio). No se menciona cuál fue la fecha de toma de posesión del pueblo de Orrios, perteneciente también a la Orden de San Juan. En el «Libro de las Cintas» encontramos esta escueta noticia: «1672. Por muerte de Don Diego Chueca, ocurrida el 18 de junio de 1672, el cabildo visitó las iglesias de San Juan de Jerusalén. Éstos no querían pagar, pues decían que eran exentos en virtud del documento Magni Magistri, según decían. Pero la catedral obtuvo jurisfirma del tribunal del Justicia de Aragón y con ella ejecutó la visita, y cobró los derechos»233. 230 Ibídem, 145-3-28. Ibídem, 189-17-1. Años más tarde, el canónigo Juan José Falcón, que se encontraba en Zaragoza desempeñando el cargo de diputado, envió también varias copias de este documento con fecha 24-agosto-1672. 232 Ibídem, 115, cabildo 2-octubre-1671. 233 Ibídem, 105, fol. 124 v. 231 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 231 4. CONCLUSIONES El obispo Diego Chueca estaba en Zaragoza, acompañado por su sobrino Jerónimo Chueca, quien le cuidaba en su ancianidad. Jerónimo Chueca escribió el 7 de junio de 1672 al deán de Teruel y le informó sobre el estado crítico de la salud de su tío234. También se hallaba circunstancialmente en Zaragoza el canónigo Juan José Falcón, desempeñando el cargo de diputado del Reino. Como la salud del obispo era precaria y la edad avanzada, no resulta extraño, pues, que los últimos momentos de su vida estuviesen cercanos. La noticia de su muerte fue comunicada por el canónigo Falcón al cabildo turolense en estos términos: «el señor obispo, que esté en gloria, murió sábado de mañana, antes de las tres horas, con dos días de enfermedad y con todos los sacramentos. En este lugar ha causado mucho dolor, porque lo amaban generalmente muchos»235. Diego Chueca murió el 18 de junio de 1672 «en la ciudad de Zaragoza; fue depositado su cuerpo en la capilla de San Martín de la metropolitana iglesia de la dicha ciudad de Zaragoza», como quedó anotado en los quinque libri de la parroquia de Santa María de la catedral 236. La noticia del fallecimiento llegó al cabildo turolense el 25 de junio por carta del canónigo Falcón. El cabildo mandó tocar las campanas de la catedral y de las demás iglesias en señal de duelo. En cuanto a «hacer la fiesta y actos funerarios por su alma queda a mayor inspección». Se acordó escribir una carta de pésame al sobrino del obispo, Jerónimo Chueca. Además, «se determinó que se escriba a la reina dándole aviso de la muerte del señor obispo que, aunque esto no está en uso en la iglesia, no se va a perder por esta parte»237. Y se resolvió enviar una carta a todas las parroquias de la diócesis ordenando se hiciesen «rogativas por el alma del señor obispo»238. Las carmelitas descalzas solicitaron inmediatamente el permiso y la presencia del cabildo para realizar en su iglesia conventual un funeral por el eterno descanso del alma del obispo Chueca, fundador de su monasterio239. Desconocemos la fecha exacta de cuándo se celebró el funeral en la iglesia catedral. Sabemos que el canónigo Arroyos abonó los derechos 234 235 236 237 238 239 Ibídem, 145-4-6. Ibídem, 260-2-4. A.P. Santa María, III (1616-1700), fol. 203. A.C.T., 115, cabildo 25-junio-1672. Ibídem, idem, cabildo 8-julio-1672. Ibídem, idem, cabildo 1-julio-1672. 232 JUAN JOSÉ POLO RUBIO arancelarios, incluidos los entregados a los músicos que armonizaron la ceremonia240. El deán turolense, antes de fallecer el obispo Chueca y temiendo ya por su vida, escribió al sobrino del obispo que le cuidaba en Zaragoza, Jerónimo Chueca, interesándose por la salud del prelado y recordándole que debía entregar todas las pertenencias del obispo. El sobrino reconocía al deán que era «muy justo que Vuestra Señoría atienda a los derechos pontificales que tan de justicia son» y, entre otras cosas, dio al canónigo Falcón «calices, vinajeras, salvilla, bujías, palmatoria, anillo, pectoral, jarro…» y prometió entregar todo «conforme es razón y justicia», asegurando que no ha de faltar nada241. El deán de Teruel escribió una carta de pésame al sobrino del obispo Chueca, que le hizo llegar por medio del canónigo Juan José Falcón. El canónigo Falcón informó al cabildo que la disposición del sobrino del obispo Chueca era muy buena, pues, comenta, «es cristiano y no faltará a su obligación»242. A vuelta de correo, el sobrino del obispo contestó al deán, manifestándole el profundo dolor que le había causado la muerte de su tío y agradeciéndole la carta de pésame que le había enviado243. Todas las pertenencias que el obispo Chueca llevó a Zaragoza fueron entregadas por su sobrino al canónigo Falcón, quien en los primeros días del mes de julio comunicaba al cabildo que lo enviaría «con brevedad» a Teruel244. El subcolector apostólico, licenciado Blasco, exigió245 al canónigo Falcón en nombre del Nuncio Apostólico una pieza del pontifical del obispo Chueca246. El canónigo Falcón y el canónigo Tabuenca, representante del cabildo de Barbastro, no permitieron inventariar el pontifical al subco- 240 Ibídem, idem, cabildo 22-julio-1672. Ibídem, 145-4-6. 242 Ibídem, 145-4-7, 29-junio-1672. 243 Ibídem, 228-18-11. El sobrino del obispo, Jerónimo Chueca, consumido de dolor por la muerte de su tío, se expresaba en estos términos: «toda la merced y honra que Vuestra Señoría es servido hacerme es bien merecida en el dolor que estoy experimentando de la muerte de mi tío; pues, aunque procuro no dar rienda al sentimiento, sino poner la consideración en los consejos tan sanos que Vuestra Señoría me participa, con todo hallo razones con que lo natural no me puede detener». 244 Ibídem, 260-2-5, carta fechada el 6-julio-1672. 245 Ibídem, 191-10-14, carta del Nuncio Apostólico al cabildo de Teruel, fechada el 27agosto-1672, reclamando y justificando su petición de una pieza del pontifical del obispo Chueca; 145-4-12, carta del canónigo Falcón fechada el 24-agosto-1672. 246 Ibídem, 260-2-6, carta de 3-agosto-1672. 241 DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) 233 lector apostólico. Sin embargo, aceptaron entregar una pieza al Nuncio Apostólico y le exigieron ápoca de ello. El Nuncio Apostólico escribió al cabildo turolense, explicando las razones jurídicas de sus derechos. El subcolector también había exigido otra pieza por su trabajo, aunque le fue negada247. El cabildo turolense evaluó económica y temporalmente el pontificado del obispo Chueca. Los datos estadísticos escuetos son los siguientes: «Estuvo en el obispado de Barbastro tres años y ocho meses; y, computado en 4.000 escudos de renta cada un año, ganó 14.666 libras, 13 sueldos, 4 dineros. Fue promovido a este obispado de Teruel y estuvo en él veinticinco años, un mes y cinco días; y, computado éste en 10.000 escudos cada año, sacó de útil en dicho tiempo, 250.972 libras, 4 sueldos, 3 dineros. Importó el pontifical 445 libras, 17 sueldos. Se dividió y le tocó a esta iglesia (Teruel) 425 libras, 8 sueldos; y a Barbastro le tocó 20 libras, 8 sueldos, 11 dineros; y, en esta cantidad, se les dio las alhajas siguientes: una capa blanca de tafetán, en 8 libras; dos tunicelas coloradas de rosetón, en 10 libras; un pectoral de dos escudos con piedras verdes, en 2 libras, l6 sueldos. Diósele 16 sueldos de más, por no poderlo ajustar de otra forma»248. El obispo Chueca debía al cabildo turolense 50 escudos por la administración de justicia desde que fue nombrado obispo de Teruel hasta que tomó posesión de la sede. La deuda era legítima. El cabildo le pidió al obispo muchas veces que la saldase. Éste siempre respondió que la cancelaría, pero «ha muerto sin pagarlos»249. El deán expuso el asunto al Nuncio Apostólico250. 247 Ibídem, 145-4-13, carta del canónigo Falcón fechada el 7-septiembre-1672. Ibídem, 115, cabildo 21-octubre-1672, viernes. 249 En A.C.T., 217-92 hay un documento curioso, sin fecha, cuya regesta dice textualmente: «memoria de lo que deben pagar los albaceas testamentarios de Don Juan Martín Arroyos, canónigo de Teruel, a Don Diego Chueca, obispo de Teruel, tío de aquél, por una venta y otros créditos». El canónigo Juan Martín Arroyos falleció el 14 de mayo de 1682, diez años después que su tío el obispo Chueca, como se cuenta en otra parte de esta historia. Al morir y hacer balance de sus bienes, a sus albaceas se les exige pagar a la diócesis de Teruel (entiéndase el cabildo catedral) algunas deudas que el canónigo Arroyos no había saldado en vida. Aprovecharon el momento de la muerte para exigir el pago de las deudas atrasadas. Según este documento, éstas eran: los gastos ocasionados por la toma de posesión de la vicaría de Santa Eulalia, pagados enteramente por el obispo Chueca; 500 libras por derechos de visita, los cuales se encontraban en poder del Dr. Arroyos a la muerte de su tío; un préstamo de 2.206 libras que el obispo Chueca hizo a favor del canónigo Arroyos; el trigo, ordio y avena de los graneros de Cedrillas, el Pobo y Rillo que se quedó el canónigo a la muerte del obispo y, finalmente, la pensión alimenticia de los tres o cuatro años que el canónigo vivió en palacio, «sin tener necesidad de que estuviese en la casa con el obispo Diego Chueca». 250 Ibídem, 115, cabildo 27-julio-1672, miércoles. 248 234 JUAN JOSÉ POLO RUBIO A comienzos del mes de septiembre el canónigo Falcón dio la noticia del nombramiento de un nuevo obispo para la sede turolense, Diego Francés de Urritigoyti, hasta entonces prelado de Barbastro. Tomó posesión el 18 de mayo de 1673, habiendo permanecido la diócesis vacante por espacio de once meses. No obstante, Diego Francés no llegó a ejercer como obispo de Teruel dado que el 25 de septiembre fue nombrado obispo de Tarazona. El cabildo cobró los derechos de visita durante este período de tiempo251. El Nuncio Apostólico comunicó al cabildo turolense con fecha 3 de junio de 1673 que mandase a una persona idónea para cobrar los derechos de sede vacante, «conforme se ha estilado en las vacantes antecedentes, con la puntualidad que acostumbra la Cámara Apostólica»252. 251 Ibídem, 76. El canónigo Carnicer rindió cuentas de esta sede vacante en tres oportunidades: 23-noviembre-1673, 9-marzo y 21-agosto-1673. El canónigo Mezquita visitó la vereda de Cella. El chantre y mosén José Hinojosa visitaron la ciudad de Teruel y el resto de la diócesis. El cabildo recibía mensualmente por administración de justicia en sede vacante la cantidad de 50 libras, que eran abonadas por la Real Cámara, como autorizó el Nuncio Julio Rospigliosi, elegido Papa con el nombre de Clemente IX (Vid. A.C.T., 105, fol. 124 v). 252 Ibídem, 232-19-10. CAPÍTULO VII FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) Al comenzar mi investigación sobre el obispo Fray Andrés Aznar Naves comprobé que las noticias biográficas conocidas eran muy elementales. En el episcopologio manuscrito del archivo catedral de Teruel puede leerse: «El décimo obispo que gobierna esta santa iglesia es el Sr. don Fray Andrés Aznar, natural de la ciudad de Zaragoza, religioso agustino. Después de las ocupaciones de su religión y la de haber solicitado en Roma la canonización de Santo Tomás de Villanueva, su Majestad le hizo merced del obispado de Jaca, y del de Jaca pasó a éste, donde toma la posesión a 17 de julio de 1674 por procurador, que lo fue el canónigo Sebastián Dalda. Hizo su primera entrada el 26 de octubre de 1674. Y habiendo salido a visitar su obispado, el año 1682, murió en el lugar de Bueña, día de la Ascensión del Señor, a 7 de mayo. Fue traído su cadáver a la catedral, y está sepultado en el presbiterio, en el carnerario adonde se entierran los señores prebendados, en uno de los nichos. Se puso su cadáver en un cajón, y está en el nicho de enfrente, bajando la escalera a la mano derecha, el más alto»1. Estos datos fueron publicados y ampliados en el Breve episcopologio de la diócesis de Teruel 2. Y, con anterioridad, habían sido recogidos por Manuel 1 A.C.T., 105, fol. 150. En Guía de la diócesis de Teruel y Albarracín, Teruel, 1960, p. 8: «Nació en Zaragoza en 1612 y en 1632 profesó en el convento mayor de San Agustín de dicha ciudad. Fue enviado a América, ejerciendo su apostolado en la provincia del Perú y siendo maestro de la universidad de Lima. En Roma ejerció, después, importantes cargos en la Orden, trabajando en la causa de canonización de Santo Tomás de Villanueva. En 1663 fue consagrado obispo de Alguer de Cerdeña, de cuya isla fue también virrey. En 1670 se posesionó del obispado de Jaca y en 17 de julio de 1674 fue trasladado al de Teruel, en cuya ciudad entró el 26 de octubre de dicho año. Escribió varias obras, entre las que se hallan la vida de Santo Tomás de Villanueva y el Sermonario de Santos y Cuaresma, que fue muy utilizado. Hallándose en visita pastoral, en el pueblo de Bueña, falleció el 5 de mayo de 1682, siendo sepultado en la cripta del presbiterio de la catedral». 2 236 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Eixarch Santapau3, que con toda seguridad tuvo a la mano y consultó la obra magna de Gómez Uriel4. Para reconstruir la biografía de Fray Andrés Aznar investigué en los archivos capitular e histórico diocesano de Teruel. Examiné la sección de procesos consistoriales y de visitas ad limina del archivo secreto vaticano. Para estudiar los encargos desempeñados en la orden de San Agustín, consulté una abundante bibliografía agustiniana y algunos documentos del Archivo General de Simancas. El trabajo consta de dos partes bien diferenciadas: datos biográficos y misiones desempeñadas por el P. Andrés Aznar como religioso agustino y sus quehaceres episcopales al frente de tres diócesis, estudiando fundamentalmente los trabajos pastorales como obispo de Teruel, donde transcurrió la última década de su vida. 1. FRAILE AGUSTINO Todos los biógrafos de Andrés Aznar afirman unánimemente que nació el año 1612 en Zaragoza. El cronista agustino de la provincia de Aragón, P. Jordán, indica además que era hijo de Andrés y Águeda, feligreses de la parroquia de Santa María Magdalena5. A temprana edad, aproximadamente hacia los 12 años, ingresó en el convento zaragozano de San Agustín. Las normas de la Orden, vigentes desde el Capítulo General de 1507, prohibían recibir a jóvenes menores de 12 años y ordenaban que no hiciesen la profesión religiosa antes de haber cumplido los 186. El antiguo convento de San Agustín había sido fundado el año 1286. Anteriormente había estado en posesión de los frailes franciscanos, a quienes se lo había donado el Papa Nicolás IV. En el siglo XVII era un viejo cenobio de honda raigambre religiosa, remodelado recientemente por el 3 EIXARCH, M., Los obispos de Teruel: Apuntes biográficos, Teruel, 1893, pp. 83-87. GÓMEZ, M., Escritores aragoneses de Latassa. Diccionario biográfico-bibliográfico, I-III, Zaragoza 1885-1886, Concretamente I, pp. 167-168. 5 JORDÁN, J., Historia de la provincia agustiniana de la Corona de Aragón, III, Valladolid, 1704, p. 177. 6 ESTRADA, B., Los agustinos ermitaños en España hasta el siglo XIX, Madrid, 1988, pp. 63-64. 4 FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 237 P. Tomás Antillón, albarracinense de origen7, y que será destruido durante la guerra de la Independencia8. 1.1. PROFESIÓN RELIGIOSA Andrés Aznar realizó en este convento los estudios humanísticos, filosóficos y teológicos. La preparación humanística se prolongaba durante bastante tiempo, culminándose tres años después de haber realizado la profesión religiosa, según la normativa del Capítulo provincial de Aragón de 16259. Andrés Aznar, finalizado el noviciado, profesó el 19 de septiembre de 1632 ante el prior Fr. Juan de Urraca10, a la edad de 20 años. La carrera eclesiástica, como afirma Estrada, «tenía una duración de ocho a nueve años para los religiosos que aspiraran solamente al sacerdocio; y de doce a quince años a quienes conseguían, sin dispensa, todos los grados académicos»11. Con estos presupuestos, Fray Andrés concluiría sus estudios filosófico-teológicos hacia 1640. 1.2. LECTOR DE FILOSOFÍA Y TEOLOGÍA La Orden le otorgó el grado académico de Lector en Filosofía y Teología12 y le mandó al convento de Huesca, fundado pocos años antes13, para enseñar Teología en la cátedra de Prima. Los agustinos observantes poseían Estudio de Teología en la casa conventual de San Nicolás de Tolentino (Huesca) desde 162014. Hay constancia documental de que en 1643 (3-V) sus hermanos de hábito del convento de San Sebastián de Épila le consultaron ciertas cuestiones. Aparece su firma, junto a otros 16 religiosos, con el título de Lector15. 7 Ibídem, pp. 495-496. «Era casa matriz, con noviciado y estudios de Filosofía y Teología. Había conferencias semanales de esa facultad, además de las de Moral católica, obligadas en todos los conventos por estatuto». 8 FATÁS, G., (coord.), Guía histórico artística de Zaragoza, Zaragoza, 1982, p. 233. 9 ESTRADA, op. cit., pp. 63-64. 10 BARRUECO, M., Agustinos aragoneses misioneros, Zaragoza, 1990, pp. 48-50. 11 ESTRADA, op. cit., pp. 63-64. 12 GÓMEZ, M., op. cit., I, Zaragoza, 1885, p. 167. 13 Los aragoneses y el nuevo mundo, Zaragoza, 1986, p. 86. 14 DURÁN, A., voz «Diócesis de Huesca», D.H.E.E., II, Madrid, 1972, p. 1108. 15 BARRUECO, M., «Los agustinos aragoneses y la evangelización de América», Semanario católico El Pilar, n.º 4820, 29 enero 1986. 238 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Los superiores religiosos le mandaron interrumpir sus tareas docentes en Huesca y le enviaron a América. Debió ocurrir con posterioridad al año 1643 y, con toda seguridad, no antes de 1650, dado que su nombre no figura en la lista de embarques de la Casa de Contratación que conocemos16. Fue destinado al Virreinato del Perú, donde enseñó Teología en la Universidad de San Marcos17. El P. Jordán describe, en su Crónica de la Corona de Aragón, el efímero paso de Fray Andrés por Indias de esta manera: «A pocos años que estuvo en aquella provincia, fue tal el concepto que formaron los Padres de ella, de las letras y prudencia del Padre Lector Aznar, que, ofreciéndoseles ciertos negocios graves —de los que nos ocuparemos más adelante—, le eligieron para que fuese a Roma a comunicarles con Nuestro Reverendísimo Padre General»18. Tras breve estancia en España a finales de 1652, «llega a la Ciudad Eterna, expone la cuestión al Padre General, las razones que lo avalan y la solución probable. La Curia acepta sus conclusiones. El Padre General aprecia las dotes excepcionales que posee y lo retiene cerca de él, como un hombre experimentado en los negocios del Nuevo Mundo»19. Estando en Roma, el Padre General le delegó para presidir el Capítulo provincial del Reino de Aragón de 1654. En la provincia agustiniana de Aragón, como ocurría en Castilla y Andalucía, la corriente regionalista creó dificultades en el gobierno interno de las casas religiosas. En ocasiones fue necesaria la intervención de Roma, a nivel de la Orden y de la Santa Sede, para restablecer la calma. Los aires regionalistas se agudizaron en Cataluña durante la guerra secesionista de 1640 a 1658. Los agustinos catalanes solicitaron al Padre General formar una provincia independiente. Por motivos similares, desde comienzos del siglo XVII, estaba establecido el turno alternativo para celebrar los Capítulos provinciales en el Reino de Aragón, según este orden: Cataluña, Aragón, Valencia e Islas Baleares. Estas asambleas provinciales se celebraban en seis conventos: San Agustín de Barcelona, Zaragoza y Valencia, el Socorro de Valencia y Palma de Mallorca, y San Sebastián de Épila. La concesión de este privilegio a favor del convento de Épila, fundado por los Condes de Aranda, era reciente, desde 1638. 16 MARTÍNEZ, M.ª C., «Participación de los agustinos en la evangelización de América y Filipinas según los libros de pasajeros de la Casa de Contratación (1600-1650): Agustinos en América y Filipinas», Actas del Congreso Internacional, II. Valladolid-Madrid, 1990, pp. 961-983. 17 ESPADA, A., voz «Aznar y Naves, Andrés», D.H.E.E., I, Madrid, 1972, p. 166. 18 JORDÁN, op. cit., p. 177. 19 BARRUECO, op. cit. FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 239 De sobras es conocida que la situación de Cataluña por esos años era crítica. Barcelona, tras quince meses de asedio, capituló el 11 de octubre de 1652. La Generalidad reconoció a Felipe IV. En este ambiente, reincorporada Cataluña a la Corona de Aragón, se celebró el Capítulo provincial en Épila, que se estrenaba como casa grande capitular. Era el 25 de abril de 1654. Allí acudieron los representantes de los cuatro reinos y presidió el P. Andrés Aznar Naves, representando al General de la Orden20. Acabado el Capítulo provincial regresó a Roma. En 1655 hubo Capítulo General y el P. Aznar asistió como Definidor por la provincia de Nuestra Señora de Gracia (Perú y Bolivia). En este Capítulo romano resultó elegido como Asistente General de España e Indias21. Desempeñó el cargo, como era práctica habitual, durante seis años. Durante ese período de tiempo actuó también como Calificador del Santo Oficio y Consultor de la Congregación del Índice22 e intervino en la causa de canonización de Santo Tomás de Villanueva23, pues «del despacho final de la bula de canonización, preparativos para las fiestas que se celebraron en Roma en 1658, y de todo lo demás concerniente a los solemnes actos que allí tuvieron lugar para la proclamación de Santo al Padre de los pobres, estuvo encargado el P. Aznar por comisión de las provincias de España». Al finalizar sus funciones como Asistente General, regresó, en 1661, al convento de San Agustín de Zaragoza. Ese mismo año fue nombrado predicador del monarca Felipe IV. Al año siguiente fue designado para regir la diócesis de Alguer (Cerdeña). En aquellos momentos la isla de Cerdeña pertenecía a la Corona española y, de acuerdo con el fuero «De Praelaturis» votado en las Cortes de Maella de 142324, los obispos nombrados para gobernar sus diócesis debían ser regnícolas de Aragón. 20 21 22 ESTRADA, op. cit, pp. 93-94 y 99. A.G.S., Estado, leg. 3.028. SANTIAGO, G. de, Ensayo de una biblioteca iberoamericana de San Agustín, I, Madrid, 1913, p. 299. 23 Tomás García, conocido como Tomás de Villanueva porque sus padres vivían en Villanueva de los Infantes, nació en Fuenllana (Toledo) el año 1486. Comenzó sus estudios (1502) en Alcalá, obteniendo el bachillerato en Artes (1508) e ingresando (1509) en el Colegio de San Ildefonso hasta alcanzar el título de Maestro en Artes. Ocupó cátedra de Artes (1512-1516) en Alcalá. Marchó a Salamanca (1516) e ingresó en la Orden de San Agustín, donde tomó el hábito (21-XI-1516) y profesó (25-XI-1517). Desempeñó cargos de responsabilidad dentro de la Orden, siendo nombrado predicador y consejero de Carlos V, que le presentó (1544) para arzobispo de Valencia. Murió santamente en Valencia (8-IX-1555) y fue sepultado en la iglesia de la Virgen del Socorro. Fue beatificado por Paulo V el 7-X-1618, y canonizado por Alejandro VII (1-XI-1658). Vid. ITURBE, A., voz «Tomás de Villanueva», D.H.E.E., IV, Madrid, 1975, pp. 2763-65 y TURRADO, A., Santo Tomás de Villanueva, Madrid, 1995. 24 MIGUEL, I., Don Hernando de Aragón, arzobispo de Zaragoza (1539-1575). Índole pastoral y talante reformador del último arzobispo de la casa real de Aragón, Zaragoza, 1994, p. 51. 240 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Fray Andrés recibió la consagración episcopal en el convento zaragozano de San Agustín25. Le confirió el orden episcopal el agustino Fray Bartolomé Fontcalda, obispo de Jaca y posteriormente de Huesca. Diez años más tarde, según escribe Barrueco, «el 25-IV-1672 sucede un hecho memorable para la provincia de Aragón: el Padre Francisco de Urraca, exprovincial, es consagrado obispo de Bosa (Cerdeña). Preside la ceremonia litúrgica el arzobispo de Zaragoza, P. Francisco de Gamboa, agustino; le auxilian los obispos de Jaca y Huesca, agustinos. Cuatro agustinos se hallan en la iglesia de San Agustín. El arzobispo, hijo del célebre convento de Salamanca; los otros tres, hijos del convento de San Agustín de Zaragoza»26. El talante espiritual del obispo agustino Andrés Aznar queda reflejado por el cronista Jordán con estas elogiosas palabras: «Vivió nuestro obispo Aznar con grande ejemplo. Ayunaba a pan y agua todas las vísperas de Nuestra Señora. Oía tres y cuatro Misas cada día, y algunos dejaba de decirla, teniéndose por indigno de llegar todos los días a la Mesa del Altar. Nunca se ponía en cabecera de mesa, lamentándose de los pobres que no tenían qué comer y confundiéndose de que Nuestro Señor le hubiera dado a él con tanta abundancia, sin merecerlo»27. 1.3. OBRA LITERARIA La obra literaria de Andrés Aznar es enumerada de manera genérica por Gómez Uriel en su Diccionario Biográfico-Bibliográfico28. Gregorio de Santiago analiza y verifica esas afirmaciones 29, que son concretadas por Espada30. 25 A.S.V., Processus Consistoriales, 73, fols. 307 v - 308. BARRUECO, M., Agustinos aragoneses misioneros, p. 50. Francisco de Gamboa fue arzobispo de Zaragoza desde 2-VII-1663 hasta 22-V-1674. CANELLAS, A., voz «Diócesis de Zaragoza», D.H.E.E., IV, Madrid, 1975, p. 2809 y CARRETERO, E. D., voz «Gamboa, Francisco», D.H.E.E., II, Madrid, 1972, p. 970. 27 JORDÁN, op. cit., p. 177. 28 GÓMEZ, op. cit., p. 168: «Escribió: 1.º Memorias relativas a la canonización del beato Tomás de Villanueva, religioso agustino, arzobispo de Valencia. 2.º Actas de la canonización de este Santo, Roma, imprenta de la reverenda Cámara Apostólica, 1658. 3.º Versión de la vida del mismo Santo. 4.º Discursos sobre asuntos de su religión en América. 5.º Un Santoral y Cuaresma». 29 SANTIAGO, op. cit., pp. 300-302. 30 «Series actorum omnium in canonizatione Sancti Thomae a Villanova, Romae 1658. Carta a Felipe IV participándole la canonización de Santo Tomás de Villanueva. Memorias relativas a la canonización de Santo Tomás de Villanueva, manuscrita, y muchos papeles del Padre Aznar y Naves se encuentran en el Archivo de Simancas». ESPADA, op. cit., p. 166. 26 FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 241 El libro sobre la canonización de Santo Tomás de Villanueva fue reeditado en 165931. El Sermonario de Santos y Cuaresma no consta que fuese impreso. Los discursos sobre asuntos de su religión en América, de los que nos habla Gómez Uriel, aunque no llegaron a la imprenta, fueron tema constante de su trabajo desde su arribo a Europa por espacio de seis años. Vino a Roma como delegado de la provincia de Nuestra Señora de Gracia. Actuó como Definidor del Perú en el Capítulo General de 1655, donde salió elegido Asistente General de España e Indias. 1.4. TRABAJANDO EN EL VIRREINATO DEL PERÚ Y EN ROMA Las órdenes religiosas tuvieron un papel importante en la evangelización de América Latina. A los franciscanos y dominicos, llegados a primera hora, se añadieron posteriormente la Orden de San Agustín (1533), los jesuitas (1566) y la Orden de la Merced (1576)32. Los agustinos llegaron al Virreinato del Perú en 1551. Por real cédula de la Casa de Contratación, fechada el 29 de marzo de 1550, se mandaba dar «pasaje y malotaje a estos religiosos» agustinos que, con aprobación del Capítulo General de la Orden, se embarcaban hacia el Perú. Aquella primera expedición estaba compuesta por doce frailes33. Además, cuando el virrey de Méjico, Antonio de Mendoza, fue trasladado al Virreinato del Perú en 1550, el monarca Carlos V le sugería en la cédula de nombramiento llevar consigo algunos frailes agustinos. Los superiores de la Orden en Méjico mandaron con él a dos religiosos, que desembarcaron en Lima el 12 de septiembre de 155134. En los comienzos, los agustinos llegados al Virreinato del Perú dependían jurídicamente de la Provincia de Castilla. El vicario de la Orden de San 31 SANTIAGO, op. cit., VIII, El Escorial, 1931, p. 494. SASTRE, E., «Ensayo de una periodización de la construcción de la Iglesia en las Indias (1492-1648)», Hispania Sacra, 91 (1993), p. 208. 33 MORA, J.L., Misiones agustinianas en el Perú: Agustinos en América y Filipinas, I, Valladolid-Madrid, 1990, pp. 189-203. 34 Vid. EGAÑA, A. de, Historia de la Iglesia en América española. Desde el descubrimiento hasta comienzos del siglo XIX, Madrid, 1966, pp. 351-353, donde afirma que «se residenciaron en Lima, Huamachuco, Laymebamba (Chachapoyas), Trujillo, Cuzco, Arequipa, Abancay, Collao, Cajamarca, Ica, Saña, Huánuco, Chusgón, Nazca, Cañete, Callao, Nuestra Señora de Guadalupe (entre Cañete y Trujillo), Charcas, La Paz, La Plata, Potosí, Tarija, Copacabana, Cochabamba, Valle de Clisa… Los agustinos desde el Perú avanzaron hacia la región de Apolobamba, al oriente del Titicaca, y trabajaron con los indios lecos, y fundaron el pueblo de Nuestra Señora de Guadalupe (1615) y llegaron hasta la tierra de los mojos (Bolivia Norte)». Vid. también VILLAREJO, A., Los agustinos en el Perú y Bolivia (1548-1965), Lima, 1965. 32 242 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Agustín, P. Tadeo Guidelli, en 1586 (16-VIII) los desvinculó de la jurisdicción de Castilla, creó la provincia de Nuestra Señora de Gracia (Perú y Ecuador), nombró un vicario general para la nueva provincia y señaló que el tiempo de duración para los cargos de provincial y prior en Indias sería de cuatro años35. Una vez iniciados los trabajos misioneros, los agustinos que vivían en Lima construyeron convento e iglesia36. Durante el provincialato de Fray Alonso Pacheco (1594-1598) comenzaron a edificar unas dependencias independientes del convento para los novicios y profesos estudiantes: un Estudio General propio y exclusivo de la Orden, que recibió el nombre de San Ildefonso. Estos locales se terminaron de construir el año 1612. El Estudio de San Ildefonso recibió el título de Universidad Pontificia «intra claustra» por breve de Paulo V (13-octubre-1608), con capacidad para otorgar grados académicos37. 1.5. PROFESOR DE LA UNIVERSIDAD DE SAN MARCOS Todos los esbozos biográficos sobre Fray Andrés Aznar aseguran unánimemente que enseñó Teología en Lima, en el Estudio General de San Ildefonso y en la Universidad de San Marcos38. Los agustinos traspasaron al clero secular la mayoría de las doctrinas (parroquias) regentadas por ellos en el Virreinato del Perú a finales del siglo XVI y concentraron sus esfuerzos evangelizadores en las ciudades, tomando parte activa en labores docentes. Durante todo el siglo XVII —según afirma Carlos Alonso—39 los frailes agustinos que tuvieron cátedra en las aulas universitarias de San Marcos40 superan la cifra de un centenar, entre quienes se debe contar a Fray Andrés Aznar. Como ha quedado expuesto en páginas anteriores, Fray Andrés no permaneció muchos años en Lima. En la provincia de Nuestra Señora de Gracia sur35 ESTRADA, B., op. cit., pp. 43-45. Vid. BERNALES, J., El arte agustiniano en el Virreinato del Perú: Agustinos en América y Filipinas, I, Valladolid-Madrid, 1990, pp. 525-572, especialmente sobre el convento e iglesia en pp. 528-542. 37 LOHMANN, G., «Pensamiento de agustinos ilustres del Perú en los siglos XVI-XVII», Agustinos en América y Filipinas, I, Valladolid-Madrid, 1990, pp. 205-236. 38 ESPADA, A., op. cit.; GÓMEZ, M., op. cit., p. 167; SANTIAGO, G. de, op. cit, I, p. 299 y Los aragoneses y el nuevo mundo, Zaragoza, 1986, p. 86. 39 ALONSO, C., «Los agustinos y la cultura universitaria en América», Agustinos en América y Filipinas, I, Valladolid-Madrid, 1990, pp. 416-419 y 424-427. 40 La Universidad de San Marcos fue fundada según el modelo salmantino por los dominicos. Primeramente se estableció en el Estudio General que los dominicos tenían en Lima. La real provisión de creación está fechada el 12-mayo-1551. Desde los comienzos se luchó por independizar a la Universidad de los claustros religiosos, consiguiéndose en 1571 con la ayuda del virrey Francisco de Toledo. La confirmación papal de la Universidad vino 36 FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 243 gieron algunos problemas de régimen interno. El número de religiosos nativos creció notablemente y, en ocasiones, igualaba o superaba a los españoles. Por ello, con lógica reivindicación, deseaban acceder también a los cargos rectores en la provincia y en los conventos. La solución se conoce con el nombre de alternativa o alternancia, como escribe el cronista agustino Bernardo Torres: «para quitar y destruir todas las riñas, pleitos y controversias que puede haber, admitimos y concedemos a nuestra Provincia peruana la alternativa; conviene, a saber, que en adelante, en los tiempos futuros, en un cuatrienio se elija provincial algún padre natural de ella, vulgarmente llamado criollo, y en el cuatrienio siguiente se elija también provincial algún padre castellano, que sea hijo de hábito de la provincia»41. Esta normativa fue confirmada por bula del Papa Urbano VIII dada en Roma a 12 de abril de 1625. El año 1649 se celebró el XXX Capítulo Provincial de la Orden de San Agustín en el Perú, siendo elegido provincial el P. Maestro Fray Juan de Ribera, el 21 de julio. En su provincialato, el Padre General Pretelo mandó crear un jurado de siete miembros con la finalidad de revisar la administración del período anterior. Esta cuestión suscitó recelos, enfrentamientos y problemas en la Provincia agustiniana del Perú42. Encrespados los ánimos, Fray Andrés Aznar fue enviado a Roma para exponer la situación al nuevo Padre General, Felipe Visconti, que «revocó esta patente de los siete jueces», según se narra en la crónica de Bernardo Torres. Durante su estancia en Lima, Fray Andrés Aznar pudo conocer a los cronistas de la Orden de San Agustín en Perú, Antonio Calancha y Bernardo Torres43, que describen la fundación de conventos, historia cotidiana y problemas de la Orden en el Perú hasta 1657. con la bula de Pío V (25-julio-1571). El virrey Toledo dotó de constituciones a esta Universidad en 1581, según el modelo de los estatutos salmantinos. Vid. RODRÍGUEZ, A.M.ª, «Colegios y Universidades en la fundación de los reinos indianos», Descubrimiento y fundación de los reinos de Indias (1475-1560), Madrid, 1988, pp. 365-367. 41 MERINO, M., Crónicas agustinianas del Perú, II, Madrid, 1972, pp. 551-552. 42 El cronista Bernardo Torres lo describe de la siguiente manera: «Aceptóse otra patente del Reverendo Pretelo, en que creó siete jueces para que tomaren cuentas a los Padres provinciales que acababan de serlo, y púsola en ejecución el P. Presidente que la trajo, formándose un nuevo tribunal no visto otra vez en la Provincia. Los efectos fueron ruidosos. Duraron más de dos años las cuentas con muchos desabrimientos, y una sola centella de aquel fuego encendió tan grande llama de pleitos y disgustos, que duran hasta hoy y no se sabe cuándo tendrán fin, no obstante que después nuestro Reverendo Visconti revocó esta patente de los siete jueces. Raras veces se han introducido novedades en los gobiernos y costumbres sin tragedia». MERINO, M., op. cit., p. 743. 43 El P. Calancha escribió Crónica moralizadora de los agustinos del Perú, publicada en Barcelona (1639), llevando su crónica desde los inicios de la evangelización hasta el año 1594. Calancha, sorprendido por la muerte (1-mayo-1654), dejó inconclusa su obra, que continuó 244 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Como ha quedado dicho, Fray Andrés Aznar regresó a Europa el año 1652, actuando como Definidor en el Capítulo General de 1655 y siendo elegido Asistente General de España e Indias. 1.6. CRONISTA DE LA CANONIZACIÓN DE SANTO TOMÁS DE VILLANUEVA Precisamente, como Asistente General, Fray Andrés escribió a Felipe IV comunicándole la feliz culminación del proceso de canonización del beato Tomás de Villanueva y agradeciéndole las gestiones realizadas ante la Santa Sede por medio de su embajador. La carta44, fechada el 15 de abril de 1656, decía así: «Por hallarme Asistente General de España de la Orden de San Agustín, juzgo precisa obligación dar cuenta a Vuestra Majestad de la feliz terminación que ha tenido la causa de canonización del beato arzobispo de Valencia, Fray Tomás de Villanueva, de la misma Orden. A 22 de mayo de 1654 fue servido Vuestra Majestad despachar su real carta al Duque de Terranova, vuestro embajador, en que Vuestra Majestad le encargaba hiciese con su Santidad todos los oficios que pudiesen conducir para la breve y feliz expedición de este negocio; obró el duque con la puntualidad y eficacia que acostumbra en todo cuanto importa al servicio de Vuestra Majestad, y se lograron tan dichosamente sus diligencias que, el martes, 28 de marzo de este presente año, habiéndose propuesto la causa de dicho beato Fray Tomás de Villanueva en la Congregación magna de Ritos, que se tuvo coram Sanctissimo, se declaró por todos los votos ser buena la validez del proceso y relevancia de los milagros, y su Santidad aprobó uno y otro con especial gozo, y grande consuelo de los fieles. El Maestro Fray Buenaventura Fuster de Ribera, que como Procurador General ha solicitado y agenciado con toda satisfacción esta causa, se parte de Roma a los 19 del corriente a dar cuenta a Vuestra Majestad de todo lo sucedido». el P. Bernardo Torres en Crónica del Orden de los ermitaños de San Agustín Nuestro Padre, donde narra los acontecimientos ocurridos desde 1594 hasta 1657. Posteriormente la crónica de la Provincia de Nuestra Señora de Gracia será retomada por el P. Juan Teodoro Vázquez, inédita hasta 1991. Vid. CAMPOS, F.J., «Lectura crítica de las crónicas agustinianas del Perú, siglos XVI-XVII», Agustinos en América y Filipinas, I, Valladolid-Madrid, 1990, pp. 237-260; APARICIO, T., «Juan Teodoro Vázquez y su crónica inédita sobre los agustinos de la provincia de San Agustín del Perú», Agustinos en América y Filipinas, II, Valladolid-Madrid, 1990, pp. 921-932. Las dos primeras han sido publicadas por el C.S.I.C. con un estudio preliminar de MERINO, M., Crónicas agustinianas del Perú, Madrid, 1972; la tercera, de Juan Teodoro Vázquez, por APARICIO, T., Crónica continuada de la provincia de San Agustín del Perú, Zamora, 1991. 44 A.G. Simancas, Estado-Roma, legajo 3.029. FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 245 Pero volvamos a los hechos protagonizados por Fray Andrés Aznar a su regreso del Virreinato del Perú. Camino de Roma pasó por España y estuvo en Madrid. Era a finales del mes de septiembre de 1652. El Consejo de Aragón le entregó dos cartas cerradas del monarca Felipe IV: una para el Papa45 y otra para el cardenal Trivulcio46, embajador de España ante la Santa Sede. En el Capítulo General de 1649 había sido elegido Asistente General para los reinos de España un aragonés: el Padre Martín Blas de Ricarte, quien moriría sin finalizar el sexenio para el que había sido presentado, falleciendo en 1652. El monarca Felipe IV había influido para que el nombramiento recayese sobre un fraile agustino de origen aragonés47. Tras la muerte del P. Martín Blas de Ricarte, el Consejo de Aragón pidió que fuese elegido otro aragonés para completar el sexenio. De esta justa aspiración, avalada por el refrendo regio48, era portador Fray Andrés Aznar. Al llegar a la Ciudad Eterna, viendo que el ambiente era poco favorable a los postulados aragoneses, Fray Andrés Aznar no entregó las cartas a sus destinatarios, puesto que el Asistente General de la Orden por Italia había propuesto al Papa para cubrir la vacante a los Padres Rivarola, Pacheco y Silva, de origen portugés y descendientes de judíos. El Papa no aceptó la proposición y remitió dicho memorial al Padre General que, «habiendo cumplido con sus obligaciones, en particular de vasallo de Vuestra Majestad, siendo milanés, hizo tales informes a su Beatitud, que mandó no se innovase cosa alguna y se solicitare al Padre Herrera… que venga»49. 45 Ibídem, legajo, 3.025. Ambas cartas están fechadas el 29 de septiembre de 1652. Theodorus Trivultius (Trivulzio) fue creado cardenal por el Papa Urbano VIII (16231644) en la quinta promoción de su pontificado (19-XI-1629). Anteriormente había sido protonotario apostólico. Vistió la púrpura cardenalicia con los títulos de San Cesáreo in Palatio (17-XII-1629), de San Nicolás in Carcere (17-X-1644), de los Santos Ángeles in Foro Piscium (12-XII-1644), de San Eustaquio (23-IX-1652), de Santa María in Via Lata (21-VII1653) y de Santa María de Populo (14-V-1655). Murió el 3 de agosto de 1656. Vid. GAUCHAT, P., Hierarchia Catholica, IV, Monasterii, 1935, pp. 22-23. 47 A.G.S., Estado-Roma, legajo 3.025, carta de Fray Buenaventura Fuster de Ribera, Procurador General de la Provincia Reinos Corona de Aragón, al rey de 4-octubre-1653, donde indica que Felipe IV escribió (19-XI-1648) al Papa y al embajador español ante la Santa Sede para que el Capítulo General eligiera a un aragonés, puesto que las demás Provincias de España e Indias ya habían tenido el suyo propio. 48 El rey ordena al cardenal Trivulcio «que, dando a su Beatitud la carta que va juntamente en creencia vuestra, le supliquéis en mi nombre, se sirva de conceder esta gracia a aquellos reinos». 49 A.G.S., Estado-Roma, legajo 3.024, carta del cardenal Trivulcio al rey (10-octubre1652) comunicando que la elección ha recaído sobre el P. Tomás Herrera, de la Provincia agustiniana de Castilla. 46 246 JUAN JOSÉ POLO RUBIO El cardenal Trivulcio era contrario al nombramiento de cualquier portugués para el cargo, resistiendo las presiones en favor del P. Baltasar Campuzano, de esa nacionalidad50. La elección recayó sobre el P. Tomás Herrera, agustino de la Provincia de Castilla, que se resistía a aceptar el oficio, a pesar de la insistencia del Padre General en que viniese a Roma. Estando así las cosas, el Consejo de Estado decide escribir al provincial de Castilla51, Fray Francisco de Aguilera, solicitándole manifieste cuáles eran las razones que impedían el viaje del P. Tomás Herrera a Roma. El provincial Fray Francisco de Aguilera, después de hablar con el P. Tomás Herrera, contestó al Consejo de Estado con los motivos aducidos: la avanzada edad —68 años— y el precario estado de salud, la experiencia negativa del clima romano, al haber vivido cuatro años en Roma al servicio del cardenal Spínola y, finalmente, el reciente nombramiento para tomar parte en la Junta de estudio sobre la Concepción Inmaculada de María, además de los trabajos para el tribunal inquisitorial. El P. Francisco Aguilera, haciendo suyas las razones del P. Tomás Herrera, concluye con estas palabras: «puede servir más a Dios y a su Majestad estando vivo en España que podrá servirle muriendo sin consuelo en el camino o en llegando a Roma con la fatiga de la jornada tan larga por tierra y por mar, en edad ya mayor y con natural delicado»52. Al rechazar el cargo el P. Tomás Herrera, y según refiere el cardenal Trivulcio53, Fray Baltasar Campuzano se movilizó para que no se prorrogase excesivamente dicha elección, alcanzando para sí la Asistencia General de España con el beneplácito del Padre General. El cardenal Trivulcio aceptó esta solución, «más por necesidad que por inclinación», pero haciéndole firmar un documento, en el que se comprometía a renunciar, si el P. Tomás Herrera decidía venir a Roma. El P. Campuzano, «una vez que se vio en el cargo, rompió con el General, quien da muchas quejas de su proceder, mayormente en lo que toca a las cosas de esos Reinos, y en particular al de Aragón, en ocasión del Capítulo», que deseaban celebrar en Épila (1654). 50 Ibídem, «aunque tengo dispuesto que en cualquier caso no se nombre ninguno de los tres sobredichos, ni otro portugués, y antes caería más fácilmente la elección en el Padre Campuzano, sujeto en quien concurren todas buenas partes». 51 Ibídem, el Consejo de Estado (10-XII-1652), formado por los marqueses de Valparaíso y Velada, conde de Periaranda y don Melchor de Borja, resuelve pedir información al provincial de Castilla sobre las razones de la negativa del P. Herrera. 52 Ibídem, carta del P. Francisco Aguilera al Consejo de Estado (8-enero-1653). 53 Ibídem, legajo 3.025, carta del cardenal Trivulcio al rey de 10-mayo-1653. FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 247 En esta misma carta, el cardenal Trivulcio informaba al rey que Fray Andrés Aznar no le había entregado en su momento las cartas de que era portador, puesto que las dejó en depósito a Fray Baltasar Campuzano. Por ello, el cardenal Trivulcio pidió explicaciones a ambos religiosos, haciendo sus pliegos de descargo ante él54, que ahora remite al Consejo de Estado para esclarecer responsabilidades. El P. Baltasar Campuzano acusaba al P. Andrés Aznar de haber quemado aquellos documentos y de haber intentado obtener el título de Maestro en la Orden, como paso previo para lograr el cargo de Asistente General. A la vista de todo esto, Fray Andrés Aznar se sinceró ante el cardenal Trivulcio, contándole los hechos crudamente: después de llegar a Roma en los primeros días del mes de enero de 1653, se había enterado que la elección para Asistente General había recaído en la persona del P. Baltasar Campuzano. Usando de las facultades recibidas en su Provincia para poder utilizar los documentos o no, los retuvo en su poder. El P. Baltasar Campuzano, doce días antes de ser confirmado en el cargo por la Congregación de religiosos, pidió los documentos al P. Andrés Aznar, que entregó «en depósito los pliegos cerrados y sellados con el sello real para que los guardara». Al obrar de esta manera, el P. Andrés Aznar no impedía el nombramiento del P. Baltasar Campuzano como Asistente General y creía ganar su voluntad para los asuntos del Reino de Aragón. Además, Baltasar Campuzano se comprometió a devolver en su momento los documentos, para que Fray Andrés Aznar los entregase al cardenal Trivulcio o devolviese al Consejo de Aragón. Sin embargo, continuaba Fray Andrés, el P. Baltasar Campuzano no sólo se había olvidado de favorecer los intereses de la Provincia de Aragón, sino que actuó contra las proposiciones del P. General encaminadas a solucionar los problemas internos de la Orden en esta provincia. Por eso, cuando el P. General, Felipe Visconti, presentó a Fray Andrés Aznar y al P. Jerónimo Marta como candidatos para la presidencia del Capítulo Provincial de Aragón, el P. Baltasar Campuzano se opuso a esta designación «con voces altas, con palabras descompuestas, con demostraciones furiosas y con acciones indignas», acusándoles de haber traído unos documentos reales falsificados por ellos mismos. Fray Andrés Aznar, para restablecer su honor y probar que la afirmación de Baltasar Campuzano era calumniosa, le escribió una nota, exigiéndole la devolución de los documentos. «A este papel —escribe Andrés Aznar— 54 Ibídem. La nota exculpatoria del P. Baltasar Campuzano lleva fecha de 8-mayo-1653, la del P. Andrés Aznar está datada el 10-mayo-1653. 248 JUAN JOSÉ POLO RUBIO no me respondió», para no poner en evidencia que los había abierto y que le había calumniado. Ante la confesión sincera de Fray Andrés, el cardenal Trivulcio exigió los documentos al P. Campuzano, quien, aconsejado por personas de su confianza, manifestó que «los había quemado, pareciéndole que, como no tenía testigos para poder convencer, se podría de esta manera disculpar mejor». El comportamiento poco leal del P. Baltasar Campuzano, según manifiesta Fray Andrés Aznar al cardenal, «lo ha experimentado Vuestra Eminencia cuando le mandó llamar: cómo se contradice dicho Padre en lo que habla; y, en los colores que muda tratándole de la materia, se deja entender cuán culpado se halla en su interior». El P. Baltasar Campuzano, una vez elegido Asistente General con la ayuda del P. General y de Fray Andrés Aznar, no reconoció estos servicios55. Así las cosas, a Fray Andrés Aznar no le quedaba otra solución que poner a Dios por testigo de su declaración56. 1.7. PRESIDENTE DEL CAPÍTULO PROVINCIAL DE ÉPILA Una vez recibida la carta del cardenal Trivulcio con las exculpaciones y acusaciones de los padres Baltasar Campuzano y Andrés Aznar, el Consejo de Estado propuso con fecha 25 de septiembre de 1653 consultar el asunto al Consejo de Aragón57. El Procurador General de los Reinos de la Corona de Aragón, Fray Buenaventura Fuster de Ribera, confirmó la declaración del P. Andrés Aznar y manifestó la clara oposición del P. Baltasar Campuzano a los asuntos de España y especialmente a los relacionados con Aragón, donde Felipe IV deseaba que hubiese Capítulo Provincial con el fin de serenar los ánimos de los frailes catalanes. «Y es en tanto grado la enemiga que tiene contra la Provincia de Aragón, que a todos los negocios y causas de ella se le opone, y especialmente a la que 55 «Pero quien ha correspondido tan mal con nuestro Reverendísimo Padre General, habiéndole hecho tanto bien, pues los favores de su Reverendísima y diligencias suplieron en dicho P. Campuzano, para que fuera Asistente, méritos y capacidad. Y antes de ocho días, después de recibido el beneficio, se le conspiró mortal enemigo. No me maravillo tenga tan mala correspondencia conmigo». 56 «Dios Nuestro Señor es testigo universal de todas nuestras acciones, y espero de su divina Majestad ha de obrar su justicia castigos en sacerdote tan sin conciencia». 57 A.G.S., Estado-Roma, leg. 3.025. Componían el Consejo de Estado los marqueses de Leganés y Valparaíso y don Melchor de Borja. FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 249 Vuestra Majestad ha pedido por sus cartas, ahora recientemente por su embajador, al General de la Religión se abreviara el Capítulo Provincial de la dicha Provincia en los seis meses que faltan, a fin de componer los conventos del Principado de Cataluña y ajustar al buen gobierno aquellos frailes catalanes, por lo que tanto importa a la seguridad y conservación de la fidelidad a la real corona; y, debiendo dar calor a la petición de Vuestra Majestad, el dicho Maestro Campuzano en todo se ha opuesto, con que no se ha conseguido lo que Vuestra Majestad tan justificadamente pedía»58. El Consejo de Estado, sin eximir de culpa a Fray Andrés Aznar, dictaminó que el P. Baltasar Campuzano «no es digno de confianza alguna, y que conviene advertir de ello al nuevo embajador»59, Duque de Terranova, recientemente nombrado. Las pretensiones regias relativas a la Corona de Aragón fueron escuchadas por el P. General, Felipe Visconti, quien envió al P. Andrés Aznar a presidir el Capítulo Provincial celebrado en Épila el 25 de abril de 1654. Además, el General, antes de finalizar el período de su Generalato, escribió al monarca Felipe IV, para que propusiese nombres de posibles candidatos para la Asistencia General de los Reinos de España e Indias60. El Consejo de Estado61 recabó informes a los provinciales de Castilla62, León63, Aragón64 y Andalucía65. Teniendo a la vista todas las propuestas de los Padres Provinciales, el Consejo de Estado66 resolvió por votación presentar para el cargo de Asistente General de España al P. Payo de Ribera, Definidor de la Provincia de Castilla. 58 Ibídem, carta de 4-octubre-1653. Ibídem, Consejo de Estado, compuesto por el marqués de Valparaíso, conde de Periaranda y don Melchor de Borja, celebrado el 24 de octubre de 1653. 60 Ibídem, legajo 3.027, carta de 21-julio-1654. 61 Ibídem, Consejo de Estado celebrado el 31-XII-1654 con la presencia del duque de Sanlúcar, marqués de Valparaíso y condes de Periaranda y Oñate. 62 Ibídem, contestación del P. Juan de Aguilar (9-enero-1655). 63 Ibídem, respuesta del P. Francisco Gamboa fechada en el convento de San Felipe (Madrid) el 18 de enero de 1655. 64 Ibídem, el P. Jerónimo Marta decía en su carta de 15 de enero de 1655: «En Roma tiene esta provincia tres sujetos que todos están deseosos de conseguir Magisterio y, si lo consiguiesen, serían muy al propósito para el oficio, como son: el P. Definidor General, Buenaventura Fuster de Ribera, el P. Andrés Aznar y el P. José de Villarroya, sujetos que han leído Teología en la Religión doce años y han servido diferentes oficios de autoridad». 65 Ibídem, reunión del Consejo de Estado, formado por el marqués de Leganés, conde de Periaranda y duque de Alba, de 5 de febrero de 1655 y carta del P. Miguel de León, provincial de Andalucia, de 22 de febrero de 1655. 66 Ibídem, Consejo de Estado, formado por los duques de Sanlúcar y Alba, los marqueses de Valparaíso y Velada, conde de Periaranda y don Melchor de Borja, celebrado el 13 de marzo de 1655. 59 250 JUAN JOSÉ POLO RUBIO 1.8. ASISTENTE GENERAL DE ESPAÑA Dos meses después, el Duque de Terranova, embajador de España ante la Santa Sede, comunicaba al rey Felipe IV los resultados del Capítulo General celebrado el 15 de mayo de 1655: la elección de P. General había recaído en el P. Maestro Fray Pablo Luchino, natural de Pisa, «y en el de Asistente de España el P. Maestro Fray Andrés Aznar, hijo de la ciudad de Zaragoza en el Reino de Aragón, a quien procuré se diese este empleo en conformidad de las órdenes de Vuestra Majestad para ello»67. En la misma carta, el embajador informaba al rey que las cartas, sustraídas al P. Andrés Aznar por el P. Baltasar Campuzano, no habían sido quemadas, sino que «las sacó un fraile lego, que le asistía en su celda, por haberle maltratado injusta y escandalosamente en la pública plaza, que llaman aquí de España, en cuya venganza le tomó éstos y otros papeles, que ha ido dando a quien podía por ellos tener en mal concepto al dicho Campuzano. Con que los que miran esta materia, pasaron en poder del cardenal Trivulcio». El P. Baltasar Campuzano, continuaba el embajador, «valiéndose de cohecho, que dio a diversas personas, fue elegido por Asistente. Lo ha sido tan indignamente que ha procedido como un salteador de caminos, enemigo de su General, que es un milanés de la familia Visconti, y muy buen vasallo de Vuestra Majestad, enemigo del cardenal Pallota»68. El Duque de Terranova añadía, finalmente, que el P. Baltasar Campuzano alteró la paz del Capítulo General de 1655 y procuró «con sobornos, con amenazas y con embustes ser prorrogado en la Asistencia, con sumo perjuicio de su religión y del servicio de Vuestra Majestad, llegando a decir en el público Capítulo que lo que yo ayudaba a Aznar, para que saliera Asistente, era contra la voluntad de Vuestra Majestad, y que yo me valía de su real nombre para lo que quería y se me antojaba contra su real voluntad. Que esto le constaba a él y lo afirmaría. De que se admiró todo el Capítulo y el protector que lo oyó, le reprendió y mortificó diciéndole que era indigno del nombre español». 67 Ibídem, Estado-Roma, legajo 3.028, carta del duque de Terranova al rey Felipe IV (22-mayo-1655), recibida el 23 de junio de 1655. 68 Joannes Baptista Pallotus aut Pallota, arzobispo de Tesalónica y nuncio apostólico de Alemania, fue nombrado cardenal por Urbano VIII (1623-1644) en la quinta promoción (19noviembre-1629). Regresó de Alemania el 25 de abril de 1631 y recibió el capelo cardenalicio cuatro días después. Fue titular de San Silvestre (25-mayo-1631), de San Pedro in Vincula (23-septiembre-1652), de Santa María in Transtiberim (21-abril-1659), de San Lorenzo in Lucina (21-noviembre-1661), de la sede de Albano (2-julio-1663) y de Túsculo (11-octubre1666). Ejerció el cargo de cardenal protector de la Orden de San Agustín. Murió en Roma el 22 de enero de 1668. GAUCHAT, P., op. cit., IV, p. 22. FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 251 Como Asistente General de España e Indias, Fray Andrés Aznar protegió los intereses políticos de la monarquía, que se debatía angustiosamente en la guerra secesionista con Portugal. Por eso, juzgó necesario dar a conocer al monarca las actuaciones de cierto religioso agustino, llamado Baltasar Chumacero, de origen portugués, relacionadas con los movimientos levantiscos que apoyaban al Duque de Braganza. La carta de Fray Andrés Aznar, fechada el 1 de enero de 165969, describe los comportamientos poco religiosos del agustino Chumacero. Informa al monarca que «se parte de esta Curia para España Fray Baltasar Chumacero, portugués, de la misma Orden, el cual después de haber ido a la Provincia de Quito el año de 1652, con limitadísima jurisdicción para visitarla, estando allá, hizo una patente falsa y procedió con tantos inconvenientes, escándalos y tiranía que en menos de dos años volvió a España con treinta y dos mil piezas de a ocho que, sin temor de Dios y con grandes violencias, había quitado así al común de los conventos como a religiosos particulares. Viéndose tan agraviada la Provincia, se quejó a nuestra Congregación General. Remitiéronme copia de la patente falsa, autorizada con testimonio de tres notarios, la cual tengo en mi poder y, aunque el General y yo, deseando hacer justicia, constituimos un juez comisario para que viese la causa; luego, como se principió el proceso, viendo el delincuente que se averiguaban aún mayores delitos, se valió de su dinero y de algunos portugueses rebeldes a la Corona de Vuestra Majestad, y halló protección de personas superiores, de manera que se nos embarazó la prosecución de la causa, habiendo quedado sin castigo delitos gravísimos que ha cometido. Ha tratado con Francisco Sosa Cutiño, agente del Duque de Braganza, con tan gran frecuencia y confidencia que era voz y fama pública en Roma ser su espía. Y se ha averiguado esta alevosía tan de cierto por el Duque de Terranova, que entonces era embajador de Vuestra Majestad, que se mandó no entrare en su palacio. Prosiguió en esta mala voluntad a nuestra nación con tanto perjuicio que, viviendo fuera del convento, en una casa muy cercana del palacio adonde habitan los embajadores de Vuestra Majestad, se vio obligado don Juan Bautista Nicolás, agente de Vuestra Majestad y a cuyo cargo estaban los papeles de la embajada, a diligenciar con esfuerzo saliese de aquella casa, por los daños que con su habitación se seguían. 69 A.G.S., Estado-Roma, legajo 3.032. 252 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Ha continuado siempre estas correspondencias con todo empeño, y muy en especial con el dicho Francisco Sosa Cutiño, como informará a Vuestra Majestad con mayor extensión don Gaspar de Sobremonte, que averiguó la correspondencia tan perjudicial de Fray Baltasar Chumacero con los enemigos de la Corona de Vuestra Majestad. Este religioso, a quien el General y yo habemos deseado sacar de Roma, y no se ha podido, se parte hoy para España, con intención de volver presto. Y, discurriendo su partida con algunas circunstancias que han sucedido, debo entender puede ser muy dañosa su asistencia en España, tanto en orden a la mala intención, cuanto respecto del mucho dinero que en Andalucía tiene». Esta carta llegó al rey Felipe IV con otra de don Gaspar de Sobremonte70, que aporta más detalles sobre las actividades del P. Baltasar Chumacero, «que embarcó para España en las galeras del Papa, en que va el nuncio monseñor Visconti»71. Este religioso «llevó en esta Corte vida muy escandalosa sin que los prelados, sus superiores, lo hayan podido remediar, por haberlo embarazado a cara descubierta el cardenal Pallota, protector de esta religión, amigo estrecho de Coutiño y apasionado de los portugueses desde el tiempo que fue colector de aquel Reino». Al recibirse estas noticias en Madrid, el Consejo de Estado72 solicitó informes sobre Baltasar Chumacero al prior del convento de doña María de Aragón (Madrid), Fray Miguel de Aguirre, y al Consejo de Indias y comprobó la certeza de su desembarco en España, así como las cantidades de dinero depositadas a las personas y en los lugares indicados73. Aunque desconocemos documentalmente el desenlace final de estos hechos, eran como una premonición sobre los acontecimientos que se ave- 70 Ibídem, carta de don Gaspar de Sobremonte al monarca y al marqués de Mortara (1I-1659), o al gobernador del puerto «donde llegarán las galeras del Papa», para que detengan al fraile agustino Baltasar Chumacero. 71 Vitalianus Vicecomes (Visconti), arzobispo de Éfeso y nuncio apostólico en España hasta 1668, fue creado cardenal por Alejandro VII (1655-1667) en la quinta promoción de su pontificado (15-II-1666). Vistió la púrpura cardenalicia con el título de Santa Águeda extra moenia (18-marzo-1669). Murió en Roma, a la edad de 53 años, el 7 de septiembre de 1669. GAUCHAT, P., op. cit., IV, pp. 34-35. 72 A.G.S., Estado-Roma, legajo 3.032, reunión del Consejo de Estado, formado por los duques de Sanlúcar y de Alba, y el marqués de los Balbases, tenida el 23 de febrero de 1659. 73 «En Sevilla, en poder de Don Diego López de Salcedo, diez mil ducados. Manuel Álvarez Gallegos, que unas veces asiste en Córdoba y otras en Sevilla, tiene una gruesa cantidad, como consta de una carta de un tal Giner escrita a Roma, para que a su cuenta le diesen todo el dinero que hubiese menester. Creo esta carta se escribió a Borges. Tiene en Barajas, en poder de una religiosa, Doña Mariana Basconzelos, en el convento de Santa Clara, tres mil ducados de plata labrada y otras cosas de valor». FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 253 cinaban. Los agustinos portugueses, apoyados por el cardenal Pallota y el Papa Alejandro VII (1655-1667)74, colaborarían al triunfo del movimiento secesionista en Portugal. El Papa, dolido por su exclusión en las negociaciones de la paz de los Pirineos entre España y Francia (1659) y enfrentado con Felipe IV porque el nuncio Camilo Massimi quería restablecer el tribunal de la Nunciatura, favoreció las pretensiones del incipiente Reino lusitano. El Papa Alejandro VII, presionado por el cardenal Pallota, dio un breve con fecha 4 de junio de 1661, donde mandaba al Capítulo General de los agustinos elegir un miembro como Asistente General para los Reinos de Portugal y Ultramar75. Para ello, debió anular una bula del Papa Inocencio X, donde estaba previsto que tuvieran únicamente dos Asistentes Generales. La expedición del breve se realizó con el máximo sigilo, en la misma fecha de la celebración del Capítulo General. Los Padres agustinos españoles asistentes al Definitorio General, encabezados por Fray Andrés Aznar, protestaron enérgicamente76: «habiéndose leído el breve en presencia de todo el Definitorio General, antes que se procediese a la elección de los Asistentes ultramontanos, se levantó el Asistente General de España y, yéndose al lugar del cardenal, le protestó la nulidad de la elección de la intrusa Asistencia que se pretendía, excusándose de concurrir y pidiendo licencia para dar noticia al señor embajador de todo cuanto pasaba, con otras razones que defendían el derecho de las provincias de España, para no tener en Portugal tal Asistente intruso, y la misma protesta hicimos todos nosotros, postrados a los pies del cardenal, suplicándole no procediese a semejante elección… No hubo remedio poder reducir a su Eminencia, cuyo tesón en obrar tienen bien conocido los señores embajadores». El nuevo embajador de España ante la Santa Sede, don Luis Ponce, escribió una larga carta al monarca Felipe IV, donde daba cuenta de lo 74 Vid. LLORCA, B., GARCÍA, R. y MONTALBÁN, F., Historia de la Iglesia católica, IV, Madrid, 1963, pp. 32-34. 75 A.G.S., Estado-Roma, legajo 3.034. 76 Ibídem, memorial de protesta de los agustinos españoles contra el breve papal y la actuación del cardenal Pallota, protector de la Orden, fechado el 17-junio-1661. Firman el documento: «Fray Andrés Aznar, Asistente General de España, Fray Juan Palacios, Fray Patricio de San Agustín, Fray Pedro Núñez, Fray Eugenio de Fontecha, Fray Juan Ponce, Fray Juan de Medina Lozano, Fray José de Larumbe, Fray Francisco de Guevara y Fray Hermenegildo Navarro. El Maestro Fray Andrés Aznar, calificador del Santo Oficio y Asistente General, afirma que los religiosos que firman el documento asistieron en su mayor parte, como vocales, en el Capítulo General y se hallaron presentes en los hechos que se narran». 254 JUAN JOSÉ POLO RUBIO sucedido, junto con su visión personal de los hechos y las actuaciones protagonizadas por él mismo para poner remedio al asunto77. No obstante estas gestiones, el Capítulo General de 1661 nombró como Asistente General para Portugal a Fray Buenaventura de Praxis, religioso que no gozaba de buena fama en Roma ni en su país, «de donde salió desterrado y cortada la cara en dos partes, por delito que fuera inmodestia mía declararme más». El embajador Ponce enjuicia la actuación del Papa, con las consecuencias nefastas para los intereses monárquicos de España, con estas palabras: «En seis años del pontificado presente se ha experimentado bien la ingraciable condición de su Santidad, pero después de las paces la voluntad de desfavorecer a Vuestra Majestad, en lo que se ha ofrecido y en lo que menos se podía pensar (ha ido en aumento), pues, por lastimar a Vuestra Majestad en lo más sensible, ha desestimado su Santidad cuanto debía anteponer por crédito propio… Esta novedad no sólo miraba a desfavorecer a Vuestra Majestad, como a un acto de separación del Reino de Portugal, en crédito de la rebeldía y perjuicio de los legítimos derechos que por herencia y conquista concurrían en Vuestra Majestad, que le ponía en consideración el empeño a que obligaba a Vuestra Majestad y los socorros que facilitaba al rebelde esta declaración de su Santidad, siendo muy posible que a un mismo tiempo concurriese el favor del rebelde el que su Santidad le hacía y los que pretendía de los herejes; pues, yo no podía creer que dejase de estar engañado su Santidad de malos informes, pues, con entera reflexión, era imposible que su Santidad hubiese tomado una resolución tan poco necesaria, como ofensiva a Vuestra Majestad». Buscando una solución al problema, el embajador Ponce se entrevistó con el cardenal Chigi78, sobrino y nepote del Papa Alejandro VII, que habló con su tío y confirmó al embajador que su Santidad suspendería la elección del Asistente General de Portugal. Considerando el embajador que no era «satisfacción bastante», lo manifestó al cardenal Chigi, quien prometió trasmitirlo al Romano Pontífice. Como el cardenal Chigi tardaba en darle una respuesta, el embajador supuso que estaban empleando con él la conocida práctica de «valerse del tiempo 77 Ibídem, carta del embajador de España al rey Felipe IV fechada el 20-VI-1661. Flavius Chisius (Chigi), protonotario apostólico, nepote del Papa Alejandro VII, fue nombrado cardenal por su tío en la primera promoción (9-abril-1657). Fue cardenal con el título de Santa María de Populo (23-abril-1657), de Albano (18-marzo-1686) y de Portuen (19-octubre-1686). Murió en Roma el 13 de septiembre de 1689. Vid. GAUCHAT, P., op. cit., IV, pp. 32-33. 78 FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 255 para que se enfríe la sangre». Por eso, acudió nuevamente al cardenal Chigi, obteniendo la respuesta de que el breve sería anulado. Sin embargo, no satisfecho con las palabras, consiguió un documento escrito, donde monseñor Vitaliano Visconti confirmaba que el breve había sido anulado y recogido de la secretaría de minutas y del poder del Padre General de los agustinos79. El embajador, queriendo apurar todavía más su gestión, solicitó una audiencia con el Papa, para conseguir un breve derogatorio del anterior. No fue posible porque su Santidad cayó enfermo. Por eso, don Luis Ponce, no queriendo diferir por más tiempo su informe, lo envió con fecha 20 de junio, añadiendo algunas otras impresiones personales: el cardenal Pallota se había ganado la voluntad del Sumo Pontífice, haciéndole llegar un memorial de los agustinos de Portugal, en el que solicitaban esta gracia; el secretario de Cámara del Papa, que se había dejado «vencer por los regalos de los portugueses», fue quien ordenó a monseñor Ugolino, secretario de breves, emitir el documento papal. Por eso, aunque ahora todos deseaban exculparse, el embajador Ponce no eximía a ninguno de ellos. Leída la carta del embajador Ponce en el Consejo de Estado80, se redacta una minuta de respuesta que incluía estos extremos: felicitarle por su actuación; mandarle que, habiendo conseguido la anulación del breve, no prosiga en otras actuaciones hasta recibir nuevas órdenes y encomendarle que se abstenga de emprender acciones contra los portugueses residentes en Roma. Para esas fechas, Fray Andrés Aznar, acabado su mandato como Asistente General, regresó al convento de Zaragoza. El rey Felipe IV le nombró predicador de la Corte y, en reconocimiento de su fidelidad y servicios prestados a la Corona, no tardará en premiarle con una mitra episcopal. 2. PASTOR DE TRES SEDES EPISCOPALES El 26 de abril de 1673 murió en Tarazona el obispo Miguel Escartín81. La reina gobernadora, Mariana de Austria, propuso a Diego Antonio Francés 79 A.G. S., Estado-Roma, legajo 3.034, documento firmado por monseñor Visconti el 11junio-1661. 80 Ibídem, Consejo de Estado (11-agosto-1661) integrado por: don Luis de Haro, conde de Castrillo, duques de Sanlúcar, Alba y Terranova, y don Fernando de Borja. 81 Anteriormente había sido obispo de Lérida. Fue preconizado obispo de Tarazona con fecha 21-VII-1644, gobernándola hasta su muerte. Vid. ZAMORA, F., voz «Diócesis de Tarazona», D.H.E.E., IV, Madrid, 1975, p. 2.526. 256 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Urritigoyti, obispo de la diócesis de Teruel, para ocupar aquella sede. Las bulas papales del obispo Diego Antonio Francés para Tarazona salieron de Roma el 25 de septiembre de 167382. A partir de ese momento, la diócesis de Teruel estaba canónicamente vacante, aunque desde el mes de julio ya existieran rumores de que Fray Andrés, obispo de Jaca, estaba propuesto para Teruel83. El mismo Fray Andrés comunicó la noticia al cabildo turolense el 6 de agosto de 167384. El nuncio apostólico Galeazo Marescotti, el 12 de agosto85, dio comisión al arzobispo de Zaragoza, al obispo de Huesca o al obispo de Albarracín, que recientemente había sido promovido a Barbastro86, para que Fray Andrés Aznar hiciese la profesión de fe ante cualquiera de ellos. El nuevo obispo de Teruel firmó el acta el 14 de septiembre ante su hermano de hábito Bartolomé de Fontcalda87, obispo de Huesca88. El cabildo catedralicio mandó con presteza una carta de felicitación al obispo electo. El canónigo turolense Juan José Falcón, residente en Zaragoza por gestiones administrativas de su cabildo, hizo de intermediario y remitió la misiva a Jaca89. El concejo municipal turolense designó síndicos para viajar a Jaca y dar la enhorabuena al nuevo prelado. Los canónigos, puesto que la noticia les había sorprendido en pleno verano y «faltaban algunos señores capitulares», difirieron una designación semejante90 hasta el 29 de agosto, fecha en que resuelven «mandar al canónigo Dalda a Zaragoza» para que, junto con Juan José Falcón, muestren sus respetos a Fray Andrés91. Los gastos de desplazamiento correrían a cargo de los ingresos obtenidos por la sede vacante92. El 82 A.C.T., 115, cabildo 18 octubre 1673: se leyó una carta del obispo Diego Francés, donde comunicaba la emisión de sus bulas para Tarazona y autorizaba hacer pública la vacante. 83 Ibídem, cabildo 27 julio 1673: «se leyó una carta de Falcón, en la que avisa cómo le han dado esta mitra al Sr. obispo de Jaca». 84 Ibídem, 228-18-18. El prelado, que no acababa de «entender este ascenso en la graduación», confiesa «la insuficiencia de su persona» y pone su confianza en Dios para desempeñar correctamente este ministerio. Se propone «seguir el camino que dejaron seguro prelados tan santos, tan insignes, tan ilustres como ha merecido venerar esa santa iglesia, en cuya imitación se convencerá sin temor mi recelo». 85 A.S.V., Processus Consistoriales, 73, fol. 314. 86 Se trata de Fray Íñigo Royo, obispo de Albarracín desde el 17 de noviembre de 1670 hasta el 25 de septiembre de 1673, fecha de su traslado a Barbastro. Vid. RITLER, R., y SEFRIN, P., Hierarchia Catholica, V, Patavii, 1952, p. 74. 87 A.S.V., Processus Consistoriales, 73, fol. 315. 88 Vid. DURÁN, A., voces «Diócesis de Huesca» y «Diócesis de Jaca», D.H.E.E., II, Madrid, 1972, p. 1110 y II, pp. 1.218-1.219. Anteriormente había sido obispo de Jaca, hasta el mes de noviembre de 1671, sucediéndole Fray Andrés Aznar. Regentó la diócesis oscense hasta su muerte, acaecida el 27 de febrero de 1674. 89 A.C.T., 260-2-24. 90 Ibídem, 115, cabildo 18 agosto de 1673. 91 Ibídem, cabildo 29 agosto de 1673. FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 257 proyectado viaje a Jaca no se llevó a cabo, por la dureza que llevaba consigo el desplazamiento hasta las tierras altoaragonesas. Con buen criterio, esperaron a que el obispo Aznar llegase a Zaragoza para cumplir con sus propósitos93. 2.1. CONSAGRACIÓN EPISCOPAL Aunque la noticia de la designación de Fray Andrés para la sede de Teruel era pública, a juzgar por los datos documentales referidos, la presentación regia lleva fecha de 20 de septiembre de 167394. A partir de ese momento, siguiendo los mecanismos burocráticos, el nuncio Marescotti debía abrir un proceso consistorial para averiguar la idoneidad del candidato. Acabadas las gestiones procesales, remitiría dicha documentación a Roma95. Este proceso consistorial se llevó a cabo en la nunciatura de Madrid desde el 12 al 14 de octubre. Aporta noticias sobre las tareas episcopales de Fray Andrés en Alguer (Cerdeña) y Jaca, sedes que había regido con anterioridad a su elección para la diócesis de Teruel. Tres testigos de este proceso conocían personalmente a Fray Andrés: Diego Tello, natural de la Almolda (Zaragoza)96, residente en Zaragoza y oficial de la secretaría de Cataluña en la Diputación de Aragón, Antonio Basilio Escaler, oficial mayor de la secretaría de Valencia en la Diputación de Aragón, y Laureano de Sola y Morales, presbítero natural de Zaragoza residente en la Corte de Madrid y secretario particular de Fray Andrés durante diez años. Todos afirman que Fray Andrés había sido consagrado obispo en el convento agustiniano de Zaragoza, aunque no se ponen de acuerdo en cuanto al año de consagración97. Coinciden igualmente en la persona del consagrante principal y de sus ayudantes. Laureano de Sola incluso había estado presente en la ceremonia de consagración. 92 Ibídem, cabildo 1 septiembre 1673. Ibídem, 228-18-20. 94 A.S.V., Processus Consistoriales, 73, fol. 313. El secretario de la embajada de España ante la Santa Sede, Francisco de la Rita y Velasco, certificó el 13 de noviembre de 1673 que había presentado el documento real al cardenal Nithard. 95 El proceso consistorial consta de quince folios. El texto está por duplicado, en latín y castellano. Declararon seis testigos: Diego Tello (fols. 306-307), Antonio Basilio (fol. 307), Laureano de Sola y Morales (fols. 307 v.-308), Crisóstomo Gregorio (fol. 308), Cristóbal Antonio Provenza (fol. 320) y el Lic. Vicente Fernández (fols. 320 v.- 321). Los trámites procesales iniciales se encuentran en el fol. 306, y los informes concluyentes en el fol. 321. 96 Municipio de la provincia de Zaragoza situado al sur de la sierra de Alcubierre, comarca de Monegros. 97 Diego Tello afirma que fue en 1662. Antonio Basilio, en 1660 y Laureano Sola, en 1662 ó 1663. 93 258 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Fray Bartolomé de Fontcalda, agustino, obispo de Jaca, actuó de consagrante principal. Diego Antonio Francés de Urritigoyti, obispo de Barbastro, y «el prior de Nuestra Señora de la O» intervinieron como ayudantes. Fray Andrés recibió el episcopado en el mismo convento donde treinta años antes había hecho su profesión religiosa. Tenía cincuenta años y comenzaba entonces sus trabajos episcopales, que le llevarían a las sedes de Alguer, Jaca y Teruel. 2.2. OBISPO DE ALGUER Las bulas papales de Fray Andrés para Alguer (Cerdeña) llevan fecha de 5-I-1663. Había sido presentado el 14 de agosto de 1662. Regentó la diócesis durante ocho años. Allí desempeñó los cargos de diputado e interinamente de virrey de Cerdeña (1669), durante la minoría de edad de Carlos II98. Presentó en Roma el texto de visitatio ad limina por medio de procurador, el arcipreste de Alguer. Demostró su celo pastoral «enseñando la doctrina cristiana a los niños por la calle, juntamente con los padres franciscanos, y visitando a los pobres en el hospital». Defendió los intereses de su iglesia y la inmunidad eclesiástica «excomulgando a la ciudad de Alguer, al concejo y al mismo virrey de Cerdeña, por no haber obedecido sus mandatos»99. La diócesis de Alguer fue creada en 1503 (8-XII), al traspasar a Alguer el obispado de Ottana100, anexionándole también las iglesias episcopales de Bisarchio y Castro101. A partir de esa fecha todas estas jurisdicciones episcopales recibieron el nombre genérico de Alguer, sufragánea de la archidiócesis de Sássari. 98 COIGNET, J., voz «Aznar y Naves (Andrés)», Dictionnaire D’Histoire et de Geographie ecclesiastiques, V, París, 1935, p. 1362. 99 A.S.V., Processus Consistoriales, 73, fols. 307-308. 100 VAN GULIK, G. y EUBEL, C., Hierarchia Catholica, III, Monasterii, 1923, p. 104 y GAUCHAT, P., op. cit., IV, Monasterii, 1935, p. 78. 101 «Ozieri: obispado residencial, en la provincia de Sássari (Italia); fundado en el siglo XIII; sufragáneo de Sássari. Nombre de curia Octerien(sis) u Othieren(sis). Este obispado fue suprimido en 1503, y restablecido en 5 de marzo de 1803 con el antiguo nombre de Bisarchio, nombre de curia Bisarchien(sis). Castro de Cerdeña: Cuya situación y época de fundación son inseguras, pero que probablemente se erigió en 1164, como sufragáneo de Torres (Turritan[us]). El Papa Alejandro VI lo transfirió a Ottana, y en 1503 fue incorporado al obispado de Alguer o Alghero, que se había fundado recientemente. Turritan(us): Nombre de curia del arzobispado residencial de Sássari», en Enciclopedia de la religión católica, II, V y VII, Barcelona, 1951-1956, pp. 542, 1114 y 413. FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 259 La ciudad de Alguer102, donde residía el obispo, contaba con una población aproximada de 3.000 habitantes. Las rentas episcopales ascendían a 3.000 escudos, reservándose el monarca una pensión de 1.000 ducados. La catedral, bajo la advocación de la Purísima Concepción de María, tenía cabildo compuesto por tres dignidades (deán, arcipreste y arcediano) y catorce canónigos. Además, había diez beneficiados. En la sede episcopal estaba el seminario, un colegio de jesuitas, un hospital, un monasterio de monjas franciscanas (Santa Isabel) y seis conventos de frailes: tres franciscanos (observantes, conventuales y capuchinos), agustinos, carmelitas y mercedarios. La villa de Ozieri poseía una colegiata, con arcipreste, seis canónigos y seis beneficiados. La diócesis estaba compuesta por cuarenta y dos villas, con cuarenta y una iglesias parroquiales y sesenta y dos rurales, servidas por ciento quince clérigos (dieciséis rectores, siete vicarios y otros noventa y dos sacerdotes, beneficiados o simples clérigos). Desperdigados por la geografía diocesana había nueve conventos de religiosos: dos en Ozieri (de franciscanos observantes y capuchinos) y en Bolotana (de franciscanos capuchinos y hospicio de mercedarios); uno en las siguientes villas: Mores (hospicio de agustinos), Nuoro (franciscanos observantes), Oraní (franciscanos observantes), Bosidda (hospicio de franciscanos conventuales) y Patada-Bantina (dominicos). Había fundadas treinta y siete cofradías: veinte de la Santa Cruz, doce de Nuestra Señora del Rosario y cinco bajo otras advocaciones. 2.3. OBISPO DE JACA De la diócesis de Alguer fue presentado el 2-X-1670 al obispado de Jaca, vacante por haber sido trasladado a Huesca el prelado agustino Bartolomé de Fontcalda. Las bulas para Jaca llevan fecha de 16-XI-1671103, tomando posesión el 15 de enero de 1672. Jaca fue una sede de paso. Residió escasamente durante dos años, permaneciendo siempre en su diócesis, excepto «cuando salió a la protestación de la fe, que fue a la ciudad de Huesca»104. Cumplió con su ministerio episcopal y, según manifiesta el testigo Diego Tello, el mismo Fray Andrés predicó «toda la Cuaresma pasada en su igle- 102 Datos tomados del texto de visita ad limina del obispo Aznar Naves, en A.S.V., Congregatio Concilii, Relationes 30, año 1668, fols. 66-78. El texto, fechado el 12-noviembre1667, fue presentado por el arcediano de Alguer, Dr. Diego Lai, quien visitó las basílicas romanas de San Pedro (1-junio) y San Pablo (2-junio) en 1668. 103 RITZLER, R. y SEFRIN, P., Hierarchia Catholica, V, Patavii, 1952, p. 223. 104 A.S.V., Processus Consistoriales, 73, fol. 308. 260 JUAN JOSÉ POLO RUBIO sia». Sermoneaba con ardor y ciencia, «por ser sujeto de muchas letras, calificado con los puestos que tuvo en su religión y cátedras que ha defendido y, después de ser obispo, lo ha continuado»105. Por su corta permanencia en Jaca, no envió procurador ni texto de visita ad limina106. La diócesis de Jaca, cuyas raíces históricas se hunden en los tiempos de la Reconquista, permaneció unida a Huesca hasta 1571, año de la desmembración efectuada por San Pío V (18-junio). Situada en las tierras fronterizas de los Pirineos, limitaba con las diócesis de Huesca y Barbastro en el Reino de Aragón, con Pamplona en el Reino de Navarra y con Olorón en el Reino de Francia. Originariamente era sufragánea de la archidiócesis de Santiago de Compostela, y en el siglo XVII pertenecía a la metrópoli de Zaragoza. La ciudad de Jaca107, donde se encontraba la sede episcopal, poseía 460 vecinos108. La catedral, cuyo titular era el apóstol San Pedro, tenía cabildo compuesto por siete dignidades (deán, arcediano de cámara, chantre, sacristán, arcediano de Larués [o Larrués], arcediano de Ansó y arcediano de Gorga) y quince canónigos109. Había, además, dieciséis porcionarios de patronato laical, doce o trece beneficios simples y dos capellanes encargados de la cura pastoral en la parroquia catedralicia, única existente en la ciudad de Jaca. El cabildo catedralicio se regía por estatutos propios, que el obispo —cuyas rentas ascendían a 2.500 escudos— debía jurar obligatoriamente antes de la toma de posesión. En la sede episcopal había un convento de monjas de San Benito, ubicado en la iglesia de San Ginés, otro convento de franciscanos observantes, situado extramuros de la ciudad, un monasterio de carmelitas, emplazado en la ermita de Nuestra Señora de la Victoria, y un hospital bajo la advocación del Espíritu Santo y San Juan Bautista. Fuera de los muros de la ciudad había edificadas, al menos, trece ermitas: cuatro de Nuestra Señora (del Rosario, de la Victoria, de Ypás y de la Cueva), San Gregorio, San Miguel de Abós, San Miguel del Puente, San Juan Bautista, San Marcos Evangelista, San Esteban, San Andrés, San Cristóbal y San Salvador. 105 Ibídem, fol. 306. Ibídem, fol. 307. 107 Datos tomados de las «visitas ad limina» efectuadas por el obispo Tomás Cortés Sangüesa, que regentó la diócesis desde 1607 hasta 1614. Se conservan dos relaciones ad limina: una de 1610 y otra de 1613; A.S.V., Congregatio Concilii, Relationes 407, Jaccen. 108 La población en 1682 se aproximaba a los 2.000 fuegos. Cfr. RITZLER, R. y SEFRIN, P., op. cit., p. 223. 109 En 1616 había diecisiete canónigos y en 1682 nueve dignidades y doce canónigos. Cfr. GAUCHAT, P., op. cit., p. 205 y RITZLER, R. y SEFRIN, P., op. cit.., p. 223. 106 FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 261 La diócesis jacetana, compuesta por ciento ochenta y siete pueblos, la mayoría de escasa población, contaba solamente con ciento quince beneficios curados110 (ochenta y ocho rectores, veintiséis vicarios y un presidente de colegiata). Por eso, algunos sacerdotes debían atender varios núcleos de población, que no poseían renta suficiente para mantener clérigo propio. La iglesia colegial, con nueve porcionarios, se hallaba en San Pedro de Siresa. En toda la diócesis existían sólo veintiún beneficios simples (diez en Ansó, cinco en Fago, dos en Fiscal y uno en otros pueblos). La geografía diocesana, abrupta, pobre y de escasa población, permanecía durante gran parte del año cubierta por la nieve. Los canónigos regulares de San Agustín residieron hasta 1569 en el monasterio de Santa Cristina, construido en las inmediaciones del Principado de Bearne, trasladándose posteriormente al monasterio de San Agustín de Montearagón (Huesca). Este monasterio, antiguo enclave para dar hospitalidad al peregrino, se encontraba en estado ruinoso y semi abandonado, pues, a comienzos del siglo XVII, todavía vivía allí un fraile dominico. Los monjes negros de San Benito, presididos por su Abad, ocupaban el monasterio de San Juan de la Peña y regían la iglesia de Santa Elena. Al ser nombrado obispo de Teruel, y como él mismo manifestara al cabildo, había ascendido en graduación. Así pensaban también los testigos del proceso consistorial, Crisóstomo Gregorio, natural de Teruel, Vicente Fernández, oriundo de Albarracín, y Cristóbal Antonio Provenza, originario de Madrid y que residió temporalmente en Teruel. Atestiguan que las rentas episcopales ascendían a 8.000 ducados anuales, que la diócesis contaba con ochenta parroquias y una colegiata, de patrimonio laical del conde de Fuentes y marqués de Mora, en la villa del mismo nombre, que la ciudad de Teruel, donde había «casas episcopales contiguas con pasadizo a la catedral», tenía una población superior a los 1.000 vecinos, que no había Seminario, «si bien hay escuelas donde se enseña a leer, escribir y gramática», que en la sede había cinco conventos masculinos de frailes (San Francisco, Santo Domingo, Nuestra Señora de la Merced, Trinitarios y Carmelitas Descalzos) y dos femeninos (clarisas franciscanas y carmelitas descalzas) y, finalmente, que en el altar mayor de la catedral se guardaba una estimada reliquia: la cabeza de Santa Emerenciana, expuesta constantemente a la veneración de los fieles111. 110 111 En el texto de visita del año 1610 se dice que eran ciento veinte. Ibídem, fols. 308 y 320-321. 262 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Este proceso consistorial, rico en referencias biográficas, fue rubricado el 14 de octubre por el nuncio Gaelazo con este dictamen sobre Fray Andrés Aznar: «idóneo y merecedor de ser promovido al dicho obispado de Teruel». Enviado a Roma y examinado por el consistorio cardenalicio, se resuelve y se escribe en el texto la siguiente nota: «promoción del obispado de Jaca al obispado de Teruel»112. El obispo electo de Teruel escribía al cabildo el 24 de diciembre de 1673, agradeciendo la felicitación navideña: «muy en breve partiré a Zaragoza para esperar el despacho de mis bulas; y es sensible mortificación el no haber podido conseguir antes la expedición de esta gracia, por lo que deseo hallarme en mayor cercanía, para que V. Sría. pueda experimentar con efecto mi segura voluntad»113. Fray Andrés llegó a Zaragoza en enero de 1674. El canónigo Juan José Falcón, puntual informador del cabildo turolense, escribía: «doy cuenta a V. Sría. cómo a tres de este mes, a la noche, llegó el Señor nuestro obispo a esta ciudad. Y no ha tenido aviso hasta este correo (de la expedición de las bulas)…, y no sabía si se había pasado la gracia, sólo que se había preconizado la iglesia de Teruel»114. Al conocerse la llegada de Fray Andrés a Zaragoza, el cabildo envió al canónigo Sebastián Dalda. Llevaba cartas del deán para Fray Andrés y para el canónigo Falcón. Ambos se entrevistaron en la posada zaragozana donde residía transitoriamente Juan José Falcón115. A comienzos del mes de febrero visitaron al obispo Aznar. El prelado agradeció esta visita de cortesía y así lo manifestó en carta al deán: «el cuidado que ha debido a V. Sría. mi arribo a esta ciudad, en la conformidad que han hecho su proposición los síndicos de V. Sría, no puedo excusarme a poner en sus noticias las gracias que es justo les corresponda, por la entera satisfacción con que han desempeñado a V. Sría»116. El cabildo catedral, el clero urbano y rural, así como el pueblo cristiano, esperaban con ansiedad la llegada del nuevo prelado. La diócesis de Teruel, por varias razones, llevaba casi una década sin pastor. 112 Ibídem, fol. 321 v. A.C.T., 228-18-19. 114 Ibídem, 260-2-29: carta del 10 de enero de 1674. «Léyose una carta de Falcón, en la cual da cuenta cómo el Sr. obispo ha venido de Jaca a Zaragoza, y en el estado que está el despacho de sus bulas» (Ibídem, 115, cabildo 19 enero 1674). 115 Ibídem, 260-2-30. 116 Ibídem, 228-18-20: carta de 6-II-1674. 113 FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 263 2.4. OBISPO DE TERUEL Cuando esperaba con ilusión la llegada de su nuevo obispo, Fray Andrés, la diócesis de Teruel se disponía a conmemorar el primer centenario de su fundación. El prelado era un hombre maduro, contando 62 años. Traía un amplio bagaje de cultura teológica, aprendida y explicada durante varios años de docencia en España y Lima. Venía cargado de experiencia de gobierno, después de haber desempeñado el cargo de Asistente General de España de la Orden agustiniana en Roma y de doce años como obispo en Alguer y Jaca. Puede afirmarse que poseía un talante universalista. Conocía el nuevo mundo y había trabajado en la capital de la cristiandad. Sin embargo, y a pesar de ello, acudía a Teruel con gran ilusión. Desde los primeros momentos mantuvo unas relaciones cordiales con el cabildo. Fue generoso con las constantes necesidades de la fábrica catedralicia, defendió con tenacidad los derechos de los clérigos y veló por la inmunidad eclesiástica, atendió con cariño las pretensiones del Capítulo General Eclesiástico y cumplió con el precepto de la «visitatio ad limina», informando sobre el estado de su diócesis. Sin pararse en dificultades, realizó la visita pastoral a su grey en 1675. Contando ya 70 años, inició en 1682 un segundo recorrido. 2.4.1. En espera del nuevo prelado Las bulas papales nombrando a Fray Andrés para Teruel llevan fecha de 16 de abril de 1674117. El Cardenal Federico de Hassia118 hizo la presentación del candidato al Consistorio. Aceptada la propuesta de Fray Andrés para la sede de Teruel, la bula especifica su desvinculación con la diócesis de Jaca, la disminución de las rentas episcopales en 1.368 ducados y 12 reales, y la obligación de fundar un Monte de Piedad en Teruel119. Fray Andrés conoció la noticia en Zaragoza a mediados del mes de mayo. El 23 del mismo comunicaba la novedad al cabildo de Teruel, dando las razones de la tardanza curial en estos términos: «particípanme de 117 RITZLER, R., y SEFRIN, P., op. cit., V. Patavii l952. p. 372. Se trata de Fridericus Landgravius de Hassia (von Hessen-Darstadt), de origen alemán y prior de la Orden de San Juan de Jerusalén en su patria. Creado cardenal por Inocencio X (1644-1655) el 19 de febrero de 1652. Fue cardenal de Santa María in Aquiro (31-mayo-1655), de San Cesáreo (30-marzo-1661), de San Eustaquio (14-noviembre-1668), de San Nicolás in Carcere (12-marzo-1669) y, finalmente, de Santa Águeda (14-mayo-1670). Murió fuera de Roma el 19-II-1682. Vid. GAUCHAT, P., op. cit., IV. Patavii 1935. p. 30. 119 A.S.V., Acta Camerarii, 22, fol. 164. 118 264 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Roma, con el correo de abril, cómo quedaba concedida la gracia de mis bulas para esa santa iglesia, no habiéndose podido conseguir el despacho con mayor adelantamiento, por lo que sus muchos años y achaques le retardan al Papa la asistencia de los Consistorios»120. El cabildo recibió esta carta el 1 de junio de 1674 y respondió a vuelta de correo «con la estimación debida, por el cariño que muestra a esta santa iglesia»121. Con posterioridad a esa fecha llegaron las bulas a España. No obstante, todavía quedaban otros trámites burocráticos, que comenta el obispo en carta del 11 de julio: «ahora puedo decir a V. Sría. que, después de haber concurrido con todas aquellas diligencias porque necesita pasar así en Madrid como en Aragón este género de despachos, se me mandaron entregar las bulas para que se pusiesen en ejecución»122. En esta misma carta el obispo comenzaba a dar pruebas de su confianza en el cabildo: «presentará las (bulas) a V. Sría. el Dr. Don Juan Martín de Arroyos, su canónigo y vicario capitular, nombrado por V. Sría. en sede vacante. Y hallando a esta persona condecorada con la aprobación de V. Sría. en tan repetidas ocasiones, sobre el honor que le ha merecido siempre, la notoriedad de sus prendas, he tenido a bien nombrarlo por vicario general, para que pueda continuar en las atenciones que ha conocido V. Sría. de sus hondos procedimientos». El 15 de julio los canónigos Dalda y Arroyos presentaron a la corporación canonical la certificación de delegación para la toma de posesión por procurador. Entregaron también las bulas para su reconocimiento. El cabildo nombró a los canónigos Carnicer y Barcelona para su comprobación y examen. Miguel Jerónimo Escobedo, notario capitular, levantó acta123. Dos días después, los canónigos Carnicer y Barcelona dan su juicio pericial positivo acerca de las bulas de Fray Andrés. El cabildo resuelve dar la posesión al procurador, Lic. Sebastián Dalda. «Y, habiendo nombrado el cabildo, para su asistencia, a los señores Carnicer y Barcelona, salieron de la sala capitular asistiendo a dicho señor procurador, que acompañado de los racioneros y beneficiados de esta santa iglesia, fueron procesio- 120 A.C.T., 228-18-22. Era Papa Clemente X (1670-1676). Tenía 80 años al ser nombrado Papa y no estaba para desplegar gran actividad. Por eso, dejó los negocios en manos del experto Paluzzo Paluzzi, a quien adoptó como nepote y creó cardenal. Vid. LLORCA, B., GARCÍA, R., y MONTALBÁN, F.J., Historia de la Iglesia Católica, IV, Madrid, 1963, pp. 38-39. 121 Ibídem, 115, cabildo 1 junio 1674, viernes. 122 Ibídem, 228-18-24. 123 Ibídem, 115, domingo, cabildo 15 julio 1674. FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 265 nalmente al altar mayor. Y, en él, dijeron una oración. De allí bajaron al coro, cantando el Te Deum laudamus. (El procurador) entró y se sentó en la silla episcopal». Regresaron a la sala capitular, sentándose el procurador en un sillón «de terciopelo colorado». Juró ante el deán los estatutos capitulares y abrazó a dignidades y canónigos. Pagó el derecho de entrático, así como los aranceles debidos a los ministros catedralicios. Finalmente, el canónigo Dr. Arroyos juró el cargo de vicario general ante el deán Martínez Rubio. El notario capitular Escobedo certificó la toma de posesión por procurador. Era el 17 de julio de 1674124. Aunque faltaban todavía unos meses para la llegada del obispo, el cabildo iba haciendo los preparativos. El protocolo a seguir estaba fijado con precisión en el «libro de las Cintas»125. Y, en esta ocasión, así se seguiría. Designó a los canónigos Puyuelo y Dalda «para salir al recibimiento en el primer lugar de la comunidad»126, puso en antecedentes al obispo sobre algunos inconvenientes que podían originarse a la hora del recibimiento —por el asunto conocido con el nombre genérico de cortesías— si acudían simultáneamente los ediles del concejo y los miembros del capítulo canonical y encargó al maestro de Gramática de la ciudad que preparase el discurso de entrada127. A comienzos del mes de octubre el obispo vuelve a escribir al cabildo. Pide disculpas por su tardanza en emprender viaje y da las explicaciones pertinentes en estos términos: «han concurrido con tan continuada repetición los negocios que no he hallado disposición para abreviar, con la presteza que deseaba, mi partenza, la cual espero, en Nuestro Señor, ejecutaré a los diez u once del corriente con muy particular alborozo»128. El agente y canónigo Falcón escribía por aquellas mismas fechas: «el Sr. obispo dispone su jornada a toda prisa, para ir a su residencia y consolar a V. Sría. en tan larga ausencia de prelado»129. 124 Ibídem, 115, cabildo 17 de julio, martes. Los derechos de entrada, que revertían en beneficio de la fábrica catedralicia, eran 402 libras y 8 dineros. Los aranceles pagados a los ministros de la catedral fueron: para el maestro de ceremonias, 2 libras; para el sacristán mayor, 3 libras; para el sacristán menor, 3 libras; para ocho infantillos y barrendero, 6 libras; para el notario del cabildo, l5 libras; para el macero, 4 libras; para el campanero, 3 libras; para la capilla (sin chirimías), 2 libras y para los chirimías, 2 libras. 125 Ibídem, 105, fol. 36 v. 126 Ibídem, 115, cabildo 20 septiembre 1674. Torrelacárcel era «el primer lugar de la Comunidad» de Teruel en viaje desde Zaragoza. 127 Ibídem, cabildo 27 septiembre 1674. 128 Ibídem, 228-18-26, carta de 3-X-1674. 129 Ibídem, 260-2-34, carta de 26-IX-1674. 266 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Para obviar las dificultades derivadas de las cortesías, el cabildo decidió que, una vez se concluyese la ceremonia de entrada solemne del obispo en el templo catedral, permanecerían allí mismo y rezarían maitines. Entretanto, los representantes edilicios acompañarían a Fray Andrés al palacio episcopal. Comunicaron esta decisión al obispo, que comprendió y aceptó130. Los representantes del concejo municipal deberían esperarlo en el lugar conocido como «Santa Catalina», mientras los dos síndicos del cabildo le recibirían en la iglesia de San Francisco, extramuros de la ciudad. Para esta misión fueron designados el arcediano y el chantre131. 2.4.2. Entrada solemne Al llegar la noticia de que Fray Andrés se iba aproximando, los canónigos Dalda y Puyuelo iniciaron su viaje hacia el límite de la diócesis, aunque apenas «pasando de Cella, lo encontraron en el camino». El obispo hizo parar el carruaje y bajó a saludarles, invitándoles a subir y compartir su carroza; era la tarde del 14 de octubre. Aquella noche cenaron juntos y pernoctaron en Cella132. El obispo Aznar, cansado seguramente del largo viaje, todavía encontró tiempo para escribir al cabildo y agradecer este cortés detalle del envío de síndicos. Desde Cella escribía: «experimento tan nueva obligación en la cortesanía de V. Sría… Los síndicos de V. Sría. propusieron con entera satisfacción cuanto V. Sría. les había prevenido, y debo dar muchas gracias a V. Sría. por las honras que recibo de su grandeza con la ocasión de mi arribo, el cual me deja gozosísimo en consideración de hallarme en la cercanía que tanto he deseado, para que pueda V. Sría. conocer de mi buen afecto el adelantamiento con que obraré en conveniencia de V. Sría»133. El 16 de octubre llegó la comitiva episcopal a Teruel. Los síndicos del concejo, contrariamente a lo que estaba previsto, decidieron bajar a la iglesia de San Francisco «con mazas, pareciendo esta función cosa nueva, por no haberlo jamás usado la ciudad con ningún prelado». Actuando así, usurparon fraudulentamente los derechos del cabildo, pero Fray Andrés, conocedor de estos litigios de cortesías, limó y suavizó las posibles asperezas, como narra la crónica de los acontecimientos: «Determinó el señor 130 131 132 133 Ibídem, 115, cabildo 8 octubre 1674, lunes. Ibídem, ídem, cabildo 12 octubre 1674. Ibídem, 105, fol. 36 v. Ibídem, 228-18-17. FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 267 obispo que no bajara la iglesia, sino que lo saliera a recibir al puesto acostumbrado con todo el clero procesionalmente. A las cuatro de la tarde, después de vísperas, se tocaron las campanas y se salió al recibimiento fuera de la primera puerta de la ciudad. Púsose un altar. Se aguardó allí que subiera su Señoría asistido de la ciudad con sus mazas. Hizo su oración delante de la Cruz, que estaba en dicho altar y, luego, procesionalmente se le trajo hasta la puerta de la iglesia catedral debajo el palio, llevando las varas dignidades y canónigos. En la puerta de la iglesia se le tenía su sitial y, sobre él, un misal. Y, después de haberlo incensado el maestro de ceremonias, el señor deán tomó el misal, abriéndolo, le dijo el señor deán a su Señoría cómo aquel era el puesto adonde todos los señores prelados, sus antecesores, tenían costumbre de jurar los estatutos y loables costumbres que la iglesia tenía para su buen régimen. Que, pues su procurador los había jurado, le tocaba a su Señoría jurarlos personalmente. Y, levantando el misal y poniéndoselo delante, los juró de guardar y observar conforme sus antecesores y procuradores. Hecha esta ceremonia, entró en la iglesia y fue al altar mayor y, después de haber hecho oración en secreto, arrodillado en el sitial que se tenía prevenido, dijo la oración de Santa Emerenciana, patrona, en alta voz y después se sentó en una silla y dio el osculum pacis a todo el clero. Los prebendados lo recibieron sin arrodillarse, los demás, arrodillados delante de su Señoría. Dio las gracias al pueblo por el agasajo en su recibimiento. Y, por evitar los inconvenientes que se ofrecían entre la iglesia y la ciudad de acompañarlo hasta su palacio, determinó su Señoría que el cabildo se quedara a decir maitines y que su Señoría se iría asistido de la ciudad hasta su palacio, conforme lo había recibido, hízose en la misma conformidad. El cabildo se entró en el coro a decir maitines y su Señoría se fue asistido de la ciudad, y el Capítulo a sus parroquias»134. Al día siguiente, después del oficio divino, el cabildo acudió corporativamente a dar la bienvenida al obispo. Fray Andrés salió a recibirlo a la escalera y les invitó a pasar a la sala de visitas. El deán pronunció unas breves palabras, «significando el gozo que todos tenían» y el señor obispo respondió «que estaba con mucho agradecimiento de los obsequios de la iglesia y que, como cabeza de ella, no podía faltar a su asistencia»135. Los canónigos Dalda y Puyuelo subrayaron ante sus compañeros la delicadeza y buen trato que les había dispensado durante el viaje de Cella a 134 135 Ibídem, 115, cabildo 16 octubre 1674. Ibídem, ídem, 17 octubre 1674. 268 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Teruel136. Fray Andrés había causado buena impresión. La diócesis de Teruel tenía en casa a su nuevo pastor, adornado con el carisma, tan agustiniano, del amor. 2.4.3. Relaciones con el cabildo La función desempeñada por los cabildos durante el siglo XVII era de cierta relevancia. Por ello, el análisis de las relaciones del obispo con el cabildo aporta suficientes datos en la comprensión de un episcopado. Antes de que Fray Andrés llegase a Teruel, puesto que la Cuaresma estaba ya próxima, el cabildo le había escrito para concretar quién sería el predicador. En los años anteriores había predicado el jesuita P. Ignacio Viu137 y solicitado al obispo que lo hiciese nuevamente el mismo padre138. Con fecha 27 de marzo Fray Andrés contestó diciendo que ya había designado a un religioso de su Orden, al mismo tiempo que pedía disculpas por no poder complacerle139. De hecho, frailes agustinos debieron ser con toda probabilidad los que desempeñaron este ministerio durante los nueve años de su pontificado140. La situación socio-política española de finales del siglo XVII no era muy alentadora, ni en Aragón ni en el resto del Reino. La ruptura de relaciones diplomáticas con Francia, cerrándose las fronteras pirenaicas a consecuencia de las guerras franco españolas, y las medidas proteccionistas originaron un aumento de la presión fiscal, con objeto de sostener la frágil economía del Reino141. La ciudad de Teruel debía contribuir con la cantidad de 1.050 escudos. El municipio turolense exigía que el clero colaborase también a 136 Ibídem, 18 octubre 1674. Ibídem, 106-3-17 y 3-18; 232-19-15 y 19-18. 138 Ibídem, 228-18-21. El obispo escribía: «Muy de la cristiandad de V. Sría es el celo que manifiesta en el mayor bien espiritual de los fieles de esa ciudad, deseando continúe el P. Ignacio de Víu otro año en el santo ejercicio de la Cuaresma, por el provecho que tan de conocido se ha conseguido en los sermones de esta Cuaresma». 139 Ibídem la carta continúa de esta manera: «Debo decir a V. Sría. cómo, muy luego que la real grandeza de su Majestad hizo presentación de mi persona para esa santa iglesia, me previno mi Religión para que a religioso de mi hábito emplease en ese ministerio. Y, en consideración de hallarse esta proposición tan asistida de la justicia natural y política, me fue preciso contraer el empeño que hoy tengo, para no excusarme a que predique religioso de mi hábito la Cuaresma del año del setenta y cinco; con que me deja muy mortificado este suceso, por lo que me embaraza el cumplimiento de lo que V. Sría. me pide». 140 En 1679 predicó la Cuaresma el Maestro Juan del Cerro, que ese mismo año actuó como procurador de visita ad limina. Vid. A.S.V., Sacra Congregatio Concilii, Relationes 792, Terulen. 141 SOLANO, E., «Carlos II de Aragón», Aragón en su historia, Zaragoza, 1984, pp. 314-315. 137 FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 269 levantar esa carga. El deán Martínez Rubio consultó el asunto al prelado Aznar el 8 de junio de 1674 y la respuesta no deja lugar a dudas sobre su postura: «No puede V. Sría. admitir esa contribución o ha de incurrir en las censuras de la bula In Coena Domini. No es opinión, doctrina es cierta»142. Como aragonés, el obispo apreciaba la delicada situación del Reino y veía la urgente necesidad de ayudar a su maltrecha economía. Como obispo, sin embargo, denunciaba que ese tributo fuera impuesto unilateralmente por los poderes civiles sin contar con el consentimiento de la Iglesia. Por ello, aconsejaba al deán rechazar rotundamente tal arbitrariedad143. Agradeció la confianza del cabildo al exponerle este asunto y volvió a escribirles el 26 de junio en estos términos: «Espero muy en breve tener la dicha de poder discurrir esta materia personalmente con V. Sría.»144. En los días anteriores a su toma de posesión por procurador se había suscitado la cuestión del cobro de aranceles por el gobierno de la diócesis durante el tiempo que precedió a su llegada. El cabildo tenía derecho a percibir 50 libras mensuales. Se resolvió —nemine discrepante— que el deán propusiese el tema al obispo145 aunque, según se desprende de una carta del agente Juan José Falcón146, hubo un mal entendido de la postura episcopal. Fray Andrés aceptó su obligación de abonar las tasas al cabildo por la administración de justicia en su ausencia, pidió disculpas al deán y le aseguró su voluntad decidida de colaboración147. 142 A.C.T., 228-38-2. El siguiente párrafo de la carta de don Andrés muestra claramente la situación del Reino de Aragón a consecuencia del cierre de fronteras pirenaicas: «para conducir al más pronto socorro de la necesidad que padece este Reino, se habían reducido a repartir por su vecindad una contribución universal, en que se hiciese equivalencia al útil que se recibía por los derechos de la ropa que de Francia entraba, para que, proporcionado en esta satisfación el interés que se perdía cerrando los puertos, se embarazase el comercio que tan dañoso se había experimentado. Y, en esta consideración, se le pide a V. Sría. contribuya con la parte que le tocare de los mil y cincuenta escudos, que han cabido a los vecinos de esa ciudad». 143 Ibídem: «como la cooperación en este hecho se opone directamente al fuero de la inmunidad, que debe mantener el estado eclesiástico, sienta mucho V. Sría. no hallarse con la libertad que desea, para que experimentara el Reino con puntual obediencia…». 144 Ibídem, 228-18-23. 145 Ibídem, 115, cabildo 13 julio 1674. 146 Ibídem, 260-2-23, carta de 25 julio 1674. El agente Falcón comentaba la angustia interior del prelado en estos términos: «me preguntó qué era en lo que había faltado, que le penaba mucho y deseaba satisfacer, porque su ánimo no había sido jamás faltar, ni quitar honores a su iglesia, sino antes darle los que pudiera porque, cuantos más tenía su cabildo, más tenía su Ilustrísima, pues son los que aumentaban y califican a su prelado». El obispo mostró a Falcón un borrador con sus disculpas. 147 Ibídem, 228-18-25, carta de 8 agosto 1674. El obispo afirmaba en su misiva que «en esta consideración vine siempre prevenido, y lo he practicado con los dos cabildos adonde 270 JUAN JOSÉ POLO RUBIO El obispo Aznar, como hemos comentado en páginas anteriores, abonó los derechos de entrático que, según el breve de Clemente X (24-VIII1673), debían emplearse para el ornato del templo catedralicio148. Y así se hizo en su caso, pues el 20 de julio, tres días después de la entrada por procurador, «se propuso cómo se ha de mejorar el órgano por no poderse tañer y, así, que para este gasto es necesario valerse de las 400 libras que el señor obispo ha dado de entrada a la fábrica»149. Se encomendó la reparación al organero Iranzo, que emitió su juicio pericial a mediados de septiembre150. El arreglo costaría 600 escudos. De ahí que aconsejara hacer un órgano nuevo, como había fabricado recientemente el de Aliaga por valor de 1.200 escudos. El cabildo, cuyo parecer no era unánime en este asunto, dejó la decisión final en manos del señor deán y de los canónigos Carnicer y Puyuelo. Aunque desconocemos por cuál de las soluciones se optó, en las Navidades de ese año el órgano estaba compuesto. Eran las primeras Navidades de Fray Andrés en Teruel151. El cabildo contó siempre con Fray Andrés para organizar las ceremonias litúrgicas y actos eclesiásticos. Así ocurrió, por ejemplo, en 1676 a la hora de promulgar el año jubilar compostelano. El cabildo de Santiago comunicó la noticia a la corporación turolense. Consultaron el asunto al obispo, resolviendo la publicación «cuando el señor obispo determinare, para que los fieles no pierdan tanto bien»152. El año de 1680 fue un año de sequía y se decidió hacer rogativas en mayo y septiembre. La crónica de lo ocurrido en mayo es la siguiente: «propuso el señor presidente cómo había parecido a muchos de la iglesia sería bien hacer, por la necesidad de agua, alguna rogativa, pues se reconocía ser la necesidad grave, supuesto que todos lugares no cesaban de hacer continuas diligencias y esta ciudad no tiene menos necesidad, pues la devoción tan indignamente he presidido. Y, quien obró así con lo menos, no se hacía creíble procurase faltar con lo más». Recriminaba los posibles recelos del deán y garantizaba su desvelo pastoral, como había mostrado hasta entonces, con estas palabras: «Y no puede excusarme a representar a V. Sría. era para despreciado el reparo, suponiendo la estimación que V. Sría. había experimentado en mis operaciones, las cuales continuaré con toda la demostración que entendiere ha de resultar en mayor autoridad y decoro de V. Sría.». 148 Ibídem, 215-6-2, fol. 3 v. y perg. 593, doc. 733. 149 Ibídem, 115, cabildo 20 julio de 1674, viernes. 150 Ibídem, cabildo 14 septiembre 1674. 151 Ibídem, cabildo 14 diciembre 1674: «propúsose que se le dieran las gracias al señor obispo por la dádiva de 30 fanegas de trigo, que su Señoría da para el organero de limosna. Y, así, se nombró al señor Cavero para que, de parte del cabildo, le dé las gracias al señor obispo por tan buena limosna». 152 Ibídem, cabildo 20 noviembre 1676. FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 271 de los fieles, junto con la necesidad, ha obligado a traer a Nuestra Señora de Cilleruelos en procesión a la iglesia de San Juan. Y se resolvió se fuera el día siguiente en procesión a la iglesia de San Juan a visitar a la Virgen, en donde se diga una Misa cantada y, así mismo, en dicho día, por la tarde, se digan vísperas de difuntos en esta santa iglesia. Y al día siguiente, una misa cantada, todo con la solemnidad posible. Y que se convide para todas las sobredichas funciones al señor obispo y a la ciudad»153. Si en esta ocasión la iniciativa había partido del cabildo, en el mes de septiembre fue Fray Andrés quien propuso la necesidad de pedir las bienechoras lluvias y, posteriormente, de dar gracias por ellas. El libro «de Gestis» lo narra de la siguiente manera: «significó el señor deán cómo el obispo pedía se hiciese una procesión general a San Sebastián por la necesidad de agua. Y se resolvió se hiciese en la forma propuesta, así por pedirlo el señor obispo, como también por ser todos interesados en este negocio»154. Quince días más tarde, y habiendo llovido copiosamente, consigna el libro de Actas: «Propuso el señor deán cómo el señor obispo pedía se hiciese procesión general a San Sebastián en hacimiento de gracias por el beneficio del agua, y se resolvió se hiciese en la forma dicha, así por ser petición del señor obispo, como también hallarnos todos favorecidos»155. El afecto y estima que el cabildo profesaba hacia Fray Andrés lo demostró en ocasiones con las personas de su entorno. Así, por ejemplo, lo hizo en 1675 con su sobrino. La ocasión se presentó en el mes de febrero cuando la Iglesia celebra la fiesta de la Candelaria. Por eso, no extraña el acuerdo capitular del 1 de febrero, donde se «propuso que parecía bien enviarle al sobrino del señor obispo una hachuela. Y se resolvió que se le envíe»156. Queda también constancia cómo en abril de 1681 agasajaron al agustino Fray Francisco López Urraca, obispo electo de Barbastro que, de paso hacia su diócesis, permaneció unos días en Teruel, huésped de su hermano de hábito157. Los síndicos capitulares visitaron a ambos obispos agustinos en su residencia. El obispo electo de Barbastro, acompañado de los canónigos Cavero y Asín, devolvió la cortesía a la corporación canonical, departiendo en amistosa conversación la tarde del 26 de abril en la sala capitular158. 153 154 155 156 157 158 Ibídem, cabildo 20 mayo 1680, jueves. Ibídem, cabildo 13 septiembre 1680. Ibídem, cabildo 28 septiembre 1680. Ibídem, cabildo 1 febrero 1675. A.C.T., 115, cabildo 5 abril 1681. Ibídem, cabildo 26 abril 1681. 272 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Los gastos de sostenimiento del templo catedral, derivados de la compra de objetos para el culto y del mantenimiento material del edificio, eran elevados, contando para ello con escasas rentas. Por eso, en los últimos tiempos del obispo Diego Chueca (1647-1672) se había solicitado permiso al rey para gravar la pensión de la mitra con un impuesto anual en beneficio de la fábrica catedralicia. El obispo Chueca aceptó el impuesto de 300 fanegas de trigo por año159. También efectuó este pago el obispo Diego Francés Urritigoyti (1672-1673)160. El prelado Aznar continuó con esa costumbre. Durante su episcopado, el cabildo pretendió obtener autorización regia para ampliar dicha dotación en cantidad y en años, haciéndoselo saber por carta a Fray Andrés, que se encontraba en las Cortes Generales del Reino, en las que también se hallaba José Dolz del Espejo, dignidad de tesorero y síndico del cabildo. El obispo Aznar aceptó la proposición capitular y les escribió en estos términos: «en esta consideración previne al tesorero don José Dolz, síndico de V. Sría, concurriré con singular demostración a la continuación de pagar en la pensión situada de ciento y ochenta escudos con trescientas fanegas de trigo, aun después de haberse concluido el efecto de la gracia que concedió su Santidad, y cooperaré también interponiendo mi consentimiento, para que su Majestad, si fuere servido, haga merced a V. Sría. de trescientas libras de annua pensión, para que, conseguida, se cobre después de mis días a beneficio de la fábrica»161. El monarca Carlos II, presente en las Cortes de Zaragoza, admitió la solicitud. El cabildo agradeció al obispo su mediación y éste le respondió restando importancia: «de muy poca gratitud se hace digna la cooperación de consentimiento que he dado a conveniencia de la fábrica de esa santa iglesia en la pensión que su Majestad ha concedido»162. El tesorero Dolz del Espejo mandó la solicitud a Madrid, firmada por Fray Andrés163, el 31 de agosto. Esperaba que las diligencias burocráticas en la capital no tardasen más de quince días. Posteriormente habrían de ser corroboradas por la Cancillería Vaticana, según decía y era práctica habitual. La tramitación del expediente siguió su curso. Había una diferencia cuantitativa entre la solicitud episcopal y la concesión regia. Para subsanar 159 Ibídem, 225-17-6 y 152-9. Ibídem, 115, cabildo 22 febrero 1674. 161 Ibídem, 228-32-3, carta 22-VI-1677. 162 Ibídem, 228-18-28. 163 Ibídem, 145-4-51, carta 1-IX-1677: «anoche con el correo de Madrid envié, por no haber hallado antes ocasión, el acta del consentimiento del señor obispo por duplicado…, el cual lo ha otorgado muy gustoso». 160 FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 273 esta pequeña discrepancia y obtener la bula papal, acudieron nuevamente a Fray Andrés a comienzos de 1682. El secretario capitular narra esta entrevista de la siguiente manera: «Dio cuenta el señor deán cómo, en compañía del señor Arroyos, habían estado con su Ilustrísima a pedirle que el consentimiento que había dado de la pensión para la fábrica fuese servido se conformara con el del Rey. Y su Ilustrísima, con la bizarría de príncipe, lo dio de la manera que el cabildo deseaba y solicitaba, el cual dijo el señor deán lo había remitido ya a Roma»164. Pocos meses después, el agente del cabildo en Roma escribió que tenía todo preparado para solicitar el documento papal. El cabildo turolense, enterado del reciente fallecimiento de Francés Urritigoyti, obispo de Tarazona, juzgó oportuno esperar un tiempo, pensando una posible promoción de Fray Andrés a Tarazona165. La bula de Inocencio XI, concediendo la pensión de 206 ducados de oro y 4 reales, por 10 años, a favor de la fábrica de la catedral lleva data de 30 de diciembre de 1682166. Con ella el cabildo turolense obtenía un doble beneficio: el testimonio de la ayuda incondicional de Fray Andrés y, además, alargar los años de disfrute de la misma. En la misma fecha, el Papa extendió otra bula167, comisionando a los obispos de Albarracín y Cuenca para que velasen por la ejecución de lo allí mandado. 2.4.4. En las Cortes aragonesas de 1677 Los obispos eran miembros natos de las Cortes del Reino por el brazo eclesiástico, adonde obligatoriamente debían acudir. El año 1677 se celebraron Cortes Generales en Aragón. Como escribe Enrique Solano, «originariamente estas Cortes habían sido convocadas en 10 de marzo de 1677 para Calatayud; sin embargo, se trasladaron a Zaragoza, donde concluirían el 25 de enero del año siguiente. El primero de mayo el rey, en solemne procesión entraba en Zaragoza que a tal efecto había sido engalanada. En la Seo y ante las Cortes y principales dignatarios del Reino juraba la observancia de los fueros, privilegios y costumbres del Reino de Aragón. Fue el 14 de mayo cuando el rey abrió las Cortes»168. 164 165 166 167 168 Ibídem, 115, cabildo 28 enero 1682, miércoles. Ibídem, cabildo 20 abril 1682. Ibídem, perg. 584, doc. 734. Ibídem, perg. 595, doc. 735. SOLANO, E., op. cit., pp. 310-311. 274 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Ese mismo día el obispo Aznar acudió a la catedral para despedirse de los canónigos «con mucho cariño», partiendo hacia Zaragoza al día siguiente, «suplicándoles le tuvieran muy presente en sus sacrificios y oraciones, para que sus operaciones fuesen con todo acierto, y para el bien común de este Reino, y le restituyese Dios Nuestro Señor al servicio de esta santa iglesia con mucha salud, a lo cual respondió el señor deán por todo el cabildo: significándole el sentimiento con que el cabildo quedaba por la ausencia de su Ilustrísima»169. Los canónigos Cavero y Gómez fueron designados por el cabildo como síndicos para decir adiós al obispo. Una vez en Zaragoza, el día 29 de mayo prestó juramento de fidelidad a Carlos II en la Seo, como el resto de diputados. El agitado viaje, las calores del verano y su avanzada edad hicieron que el obispo hubiese de permanecer postrado en el lecho durante varios días. El cabildo turolense se interesó por su salud y rogó con insistencia a Nuestra Señora de los Desamparados por la pronta recuperación170. El cabildo, como era práctica habitual, tenía también su síndico en las Cortes, el canónigo tesorero Dolz del Espejo, a quien el cabildo abonaría sus honorarios, a razón de 10 reales diarios hasta el mes de noviembre. A partir de esa fecha, dada la situación precaria de las arcas capitulares, suplicaron «al señor tesorero tuviera a bien de asistir lo restante del tiempo que durasen las Cortes a sus expensas, sólo con la presencia de la iglesia»171. El tesorero se avino a estas condiciones y a finales de noviembre recibió 150 libras del Dr. Arroyos por sus honorarios. Al concluir las Cortes y regresar a Teruel, solicitó que se le abonasen otros gastos extraordinarios, como el pago de las gestiones realizadas por los abogados en el asunto sobre la pensión de la fábrica catedralicia172. El cabildo vio justificadas las peticiones del tesorero y mandó al señor Arroyos ajustar las cuentas, según los albaranes presentados por el tesorero173. 169 A.C.T., 115, cabildo 14 mayo 1677. Ibídem, 228-18-28. Fray Andrés agradecía las oraciones por su salud con estas palabras: «el beneficio de misericordia que recibí de Nuestro Señor, considero haberle tenido en el concurso de oraciones que aplicó V. Sría. para la consecución de mi salud; y propongo a V. Sría. muy repetidas gracias en haberme participado el mérito de sus santos ejercicios, interponiendo la intercesión de la Virgen Santísima de los Desamparados, para que del todo me hallare en la mejoría que tengo». 171 Ibídem, 115, cabildo 26 noviembre 1677. 172 El tesorero decía en su carta de 1 de septiembre: «he pagado al notario que ha testificado el consentimiento del señor obispo». Además, abonó al agente 486 reales y medio de plata. Vid. A.C.T., 145-4-51. 173 Ibídem, 115, cabildo 22 abril 1678. 170 FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 275 Faltó coordinación entre el tesorero y el obispo a la hora de presentar conjuntamente en Cortes la lista de síndicos por la Comunidad de Teruel. El tesorero, «sin haber comunicado este negocio con su Ilustrísima, (hizo) la insaculación en las personas de su cariño»174. El obispo se quejó al deán Martínez Rubio, y éste disculpó al tesorero Dolz que, aunque habitualmente desempeñaba sus funciones con esmero y cuidado, en esta oportunidad se había descuidado175. Al ser disueltas las Cortes, el 25 de enero de 1678, el obispo Aznar no regresó de inmediato a Teruel, pues hubo de permanecer en Zaragoza porque una hermana suya se encontraba muy enferma, muriendo al poco tiempo. Enterado de la noticia, el presidente del cabildo la comunicó a los capitulares y le escribió una carta, expresando la condolencia de la corporación176. Antes de su regreso, los ediles municipales comenzaron ya a poner en práctica el sistema tributario votado en las recientes Cortes, gravando el aceite con una sisa. Los síndicos municipales, Dr. Félix Civera y Dr. Félix Cavero, presentaron la propuesta al cabildo turolense el 8 de agosto177. El cabildo nombró al presidente señor Arroyos, al arcediano, al tesorero y a los canónigos Dalda y Olivas para estudiar la respuesta. Acordaron unánimemente escribir al obispo y nombrar a los señores Cavero y Corbalán para llevar esta contestación al Concejo turolense178. La carta del obispo no se hizo esperar. Estaba fechada en Zaragoza a 17 de agosto. Iba dirigida al jurado mayor del municipio turolense. Defendía la inmunidad eclesiástica y pedía a los munícipes cautela y prudencia en sus operaciones179. El 23 de agosto los síndicos del cabildo llevaron este escrito al Concejo y solicitaron las explicaciones que motivaban tal impuesto180. El obispo Aznar retornó a Teruel a mediados del mes de septiembre. El arcediano y sacristán dieron la bienvenida al obispo181. La presencia de Fray Andrés vino a serenar los ánimos en la cuestión de la sisa del aceite, 174 Ibídem, cabildo 22 octubre 1677. Ibídem, cabildo 29 octubre 1677. 176 A.C.T., 115, cabildo 23 junio 1678. 177 Ibídem, cabildo 8 agosto 1678. Los síndicos de la ciudad «suplicaron al cabildo dé su consentimiento, con esperanza de conseguirlo, por considerar ser menos dañoso este medio que el que tiene al presente para todo el estado ecelsiástico», que gravaba la adquisición de vino. 178 Ibídem, cabildo 12 agosto 1678. 179 Ibídem, 190-14-4. 180 Ibídem, 115, cabildo 23 agosto 1678. 181 Ibídem, cabildo 16 septiembre 1678. 175 276 JUAN JOSÉ POLO RUBIO poniendo las cosas en su sitio. Los eclesiásticos turolenses colaboraban con el impuesto del vino desde las Cortes de 1626. El municipio «suplicaba al cabildo tuviese a bien de hacer una cédula del aceite que los señores capitulares habían de menester para el abasto y servicio de su casa, en cada un año, en la forma que se dio cuando se hizo la tasa del vino, y que, por fenecer el arrendamiento a veinticuatro del corriente, suplicaba la ciudad al cabildo adelantase su determinación lo que fuese posible, porque pendía de ella el comenzar a tratar de este negocio»182. Los canónigos Olivas y Gómez comentaron esta proposición a Fray Andrés. Por su parte, también lo hizo el canónigo penitenciario Dr. Arroyos, vicario general del obispo y hombre de su entera confianza. Todos estuvieron de acuerdo en que «se diese la memoria en la forma que se dio cuando se hizo la tasa del vino»183. Los canónigos Cavero y Corbalán comunicaron esta resolución al Concejo municipal y presentaron la nómina de aceite que necesitaban. A finales del mes de octubre se zanjó definitivamente el asunto de la sisa del aceite. Los eclesiásticos turolenses, como se aprobó en las Cortes y conocía el prelado Aznar, contribuyeron al igual que los seglares en el sostenimiento de las exhaustas arcas reales. Mientras se sucedían las gestiones encaminadas a solucionar este problema, el deanato había quedado vacante por muerte de Tomás Antonio Martínez Rubio184. Los hermanos Martínez Rubio, Pedro y Tomás Antonio, lo habían detentado durante cerca de 40 años185. El cardenal Nithard obtuvo la prebenda para Pedro Martínez Asensio y comunicó la noticia por carta al cabildo turolense. El notario Miguel Sanz, que actuaba de procurador del recién nombrado deán, presentó las bulas. El arcediano y tesorero fueron elegidos para examinarlas186. Era el 20 de diciembre de 1678, apenas trascurridos seis meses desde la muerte del deán Tomás Antonio. Dos días después, examinados los documentos, se nombró al arcediano y arcipreste para dar posesión al deán Martínez Asensio. Pagó 116 libras y 16 182 Ibídem, cabildo 21 octubre 1678. Ibídem, cabildo 23 octubre 1678. 184 Había fallecido el 1 de febrero de 1678. Vid. A.P. Santa María de la Catedral, tomo III (1616-1700), fol. 207. 185 Vid. POLO, J.J., «Ocho personajes eclesiásticos turolenses del siglo XVI y XVII», Aragonia Sacra, VI (l991), pp. 177-179. El deán Tomás Antonio, que había sido rector de la Universidad oscense en 1643, fue propuesto para obispo de Teruel a la muerte de Diego Chueca en 1672. Vid. A.C.T., 115, cabildo 27 junio 1672 y 106-3-15. 186 A.C.T., 115, cabildo 20 diciembre 1678. 183 FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 277 sueldos de derecho de entrada. Tomó posesión de su dignidad y, en el acto, hizo una breve alocución y presentación de su persona187. Al finalizar el año 1678 el cabildo contaba con un nuevo deán. Él presidió la corporación cuando acudieron al palacio episcopal a felicitar las Navidades de ese año a Fray Andrés. 2.4.5. La visita ad limina A partir del Concilio de Trento, y aun antes todavía, los obispos estaban obligados a realizar la visita ad limina o, en su caso, enviar el texto de la misma con un procurador. Durante 1679 Fray Andrés, que notaba sobre sus espaldas el peso de los años, se dedicó a tareas burocráticas. Redactó el texto de «visitatio ad limina» y aprobó los nuevos estatutos del Capítulo General Eclesiástico. El texto de visita ad limina está redactado en castellano188, contra la práctica habitual de ser presentado en lengua latina. De alguna manera, por su estilo y forma, rompe los modelos protocolarios. En él queda reflejada la impronta personal de Fray Andrés, incluso grafológica, pues no se sirvió de amanuense o secretario a la hora de redactarlo, lo hizo personalmente. Aun respondiendo al cuestionario obligado de toda «visitatio ad limina», lo hace en un tono muy epistolar, como contando la situación a un amigo. Rubricó su testimonio de una manera bien particular: «Fray Andrés, obispo indigno de Teruel». A Fray Andrés le hubiera agradado acudir personalmente a Roma. Conservaba gratos recuerdos de la Ciudad Eterna, donde intervino activamente en el proceso de canonización de Santo Tomás de Villanueva189, pero su avanzada edad se lo impedía. No encontró prebendado ni sacerdote diocesano para llevar el texto a Roma. Aceptó este encargo el agustino Maestro Juan del Cerro «que, con ocasión de que ha predicado la Cuaresma de este año de setenta y nueve en esta catedral, se conformó con mi dictamen, por aliviarme del desconsuelo en que me había puesto el conocer era imposible satisfacer con brevedad a esta obligación». En su relatio el obispo describe la vida eclesial, tanto en la ciudad de Teruel como en los pueblos. 187 Ibídem, cabildo 22 diciembre 1678. A.S.V., Sacra Congregatio Concilii, Relationes 792, Terulen. 189 Lo recuerda Fray Andrés en su carta al Papa: «por la buena fortuna que me cupo el año que asistí en Roma a la canonización de Santo Tomás de Villanueva, el besar entonces repetidamente la sacra púrpura de Vuestra Santidad». 188 278 JUAN JOSÉ POLO RUBIO La catedral estaba servida por 18 prebendados (6 dignidades y 12 canónigos), 1 vicario, 12 racioneros y 22 beneficiados. En la ciudad había 7 parroquias, cada una regida por 1 vicario y 15 racioneros. La ciudad contaba con 5 conventos masculinos (trinitarios, mercedarios, dominicos, franciscanos y capuchinos) y 2 femeninos (franciscanas de Santa Clara y carmelitas descalzas). No había seminario190, pero sí estudio de Gramática. Los enfermos y pobres recibían atención en el hospital general y, recientemente, en un hospicio administrado por religiosos carmelitas descalzos. La diócesis de Teruel abarcaba 73 pueblos (32 rectorías y 41 vicarías). En Mora de Rubielos había una colegiata de patronato laical (con prior y 6 canónigos) y convento de religiosos franciscanos. En Sarrión, población de 400 vecinos, existía un convento de religiosos mercedarios. La villa de Manzanera poseía un convento de la Orden de San Francisco. Rubielos de Mora, «en cuya iglesia se dispone una autorizadísima fundación de colegiata, que se espera en Dios verse concluida con brevedad de tiempo», tenía dos cenobios: uno masculino, de carmelitas calzados, y otro femenino, de agustinas. Fray Andrés concluía su texto de visita con estas palabras: «Ésta es, Santo Padre, la puntual y exacta relación que puedo y debo proponer a los pies de Vuestra Santidad, suplicando me dé su santa bendición, para que acierte a cumplir con la obligación del empleo en que la Santa Sede Apostólica me ha puesto». 2.4.6. Relaciones con el Capítulo General Eclesiástico El Capítulo General Eclesiástico, de honda raigambre en la historia eclesiástica turolense, revisaba periódicamente sus constituciones y, para ello, necesitaba el refrendo episcopal. Este Capítulo Eclesiástico, cuyo patronato laical ostentaba el Concejo municipal turolense, monopolizaba la atención espiritual de la ciudad en sus siete parroquias. Hundía sus raíces en tiempos de la Reconquista y precisababa adaptar sus constituciones estatutarias. Será Fray Andrés quien refrende en 1679 unas nuevas constituciones para el Capítulo191, después de que fueran realizados los trabajos previos. 190 «No hay seminario, pues tiene la iglesia unos ministros que llama infantes, para ejercitar el servicio del altar y demás ministerios importantes». 191 Se encuentran en A.C.G.E.T., Carpeta que contiene documentos referentes a Ordinaciones. Legajo, 35, n.º 6 (19 folios). Fueron trascritas y publicadas por SOTOCA, J.L., «Las ordinaciones del Capítulo de Racioneros», Teruel, 68 (1982), pp. 134-162. FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 279 En efecto, en 1675 el Concejo de Teruel había delegado a los infanzones Dr. Lucas Gregorio y Antillón y Antonio Antillón y Marcilla, al jurista Dr. Félix Domingo Civera, al labrador Gil Marqués y al pelaire Jerónimo Terrer para redactar el borrador de unos nuevos estatutos. Ocurría esto el día 6 de septiembre, levantando acta de la sesión el notario Agustín Novella, infanzón y caballero. Al año siguiente, el 23 de julio de 1676, el Dr. Francisco Gómez, vicario de San Miguel y prior del Capítulo, el Lic. Damián Paxador, vicario de San Andrés, el Lic. José Piñol, racionero del Salvador, y el Dr. José Cavero Espinoza, vicario de Santiago, fueron nombrados por el Capítulo General para llevar a cabo la misma tarea. El notario Fernando Noguera, secretario del Capítulo, hizo acto público del acuerdo. Elaborados, estudiados, modificados y ampliados los estatutos del Capítulo, el 26 de junio de 1679 se presentaron al obispo para su aprobación. El notario José Rubio, ante la presencia de los testigos Antonio Cabrero, andador de los jurados de la ciudad, y el mancebo Juan Pérez, cardero, testificó el documento de presentación. Habiendo transcurrido un mes escaso, el 16 de julio de 1679, los estatutos del Capítulo General Eclesiástico obtuvieron la aprobación episcopal, siendo rubricados y sellados por Fray Andrés Aznar, y publicados por el secretario canciller del obispo, Dr. Juan Antonio Jiménez. Las 66 constituciones aprobadas por Fray Andrés regulaban la vida del Capítulo con meticulosidad y detalle. Daban normas sobre las condiciones de los candidatos, el examen de ingreso y la vida de los racioneros hasta su jubilación. Expondremos el resumen de su contenido, como análisis indicativo de la vida misma del Capítulo General Eclesiástico en el siglo XVII. Se prescribía que el candidato hubiese «nacido en la presente ciudad, o dentro de los términos de ella, y bautizado en una de las pilas de cualquier iglesia de dicha ciudad, o sus términos, y que haya de ser hijo legítimo y de legítimo matrimonio procreado», habiendo aprendido los rudimentos de gramática en la ciudad de Teruel. Los verdugos, los cortantes de carnicería pública, los infames (de crimen de lesa Majestad, condenados a muerte por ladrones, los azotados, condenados a galeras), los moros, los judíos, herejes o descendientes de herejes quedaban excluidos del patrimonio eclesiástico de las siete iglesias de Teruel. No podía ser recibido en dicho patrimonio si no había recibido la primera tonsura clerical. Postularía para cualquiera de las siete iglesias, no siendo obligatorio hacerlo por aquella iglesia donde había recibido el bau- 280 JUAN JOSÉ POLO RUBIO tismo o donde sus padres eran feligreses. El título patrimonial del racionero no variaría nunca a lo largo de su vida, siendo siempre el de la iglesia en donde obtuviera ración. El acto de presentación del candidato lo hacían dos racioneros, que no pertenecían a la iglesia para la que estaba postulando, durante la misa cantada, vísperas, completas o maitines. El pretendiente exhibiría sus credenciales de bautismo, confirmación y tonsura. Hecho el acto de presentación, un racionero de la iglesia donde deseaba servir lo conduciría hasta el prior del Capítulo General. Éste lo pondría en conocimiento de los jurados de la ciudad en el espacio de tres días. La documentación entregada por el candidato era examinada por el capítulo de la iglesia patrimonial, por el prior del Capítulo y por los jurados a lo largo de un mes. Cada uno de estos tres estamentos analizaría la documentación durante diez días. Finalizado este plazo, darían su dictamen por escrito. Una vez admitido como racionero, entregaría su documentación al vicario de la iglesia parroquial. Luego, una vez recibidas las cuatro órdenes menores, serviría por espacio de un año en la iglesia y recibiría con frecuencia los sacramentos. Al cabo de ese tiempo, si había llegado a la edad de 21 años, podía presentarse al examen de subdiácono. Se rendían los exámenes en la sala de la ciudad ante el jurado del Concejo, el prior del Capítulo y el vicario de la iglesia patrimonial en dos oportunidades anuales: un mes antes de las témporas de Cuaresma y de septiembre, tiempos litúrgicos en que se conferían las órdenes sagradas. Cuando la sede estuviese vacante, se estipulaba que el tiempo fuese de mes y medio. Examinados de canto y considerados hábiles, pasaban a la prueba de contenidos teológicos. En caso contrario, no podían hacerlo. En la sala de exámenes había tres libros: un breviario, los decretos del Concilio de Trento y el Catecismo Romano. El jurado o prior marcarían una página con un cuchillo en los tres libros. El candidato respondería al tema que había salido fortuitamente. Acabado el examen, se hacía la votación utilizando habas. Para aprobar, el candidato debía obtener tres habas blancas. Caso contrario, era reprobado. Los parientes de los candidatos quedaban excluidos del tribunal examinador, quienes juraban actuar con imparcialidad. Al candidato a las órdenes del diaconado o presbiterado, se le exigía presentar al tribunal una certificación de su iglesia patrimonial, en el que constara que había ejercido su ministerio. Si los que se examinaban eran doctores, maestros, dignidades, canónigos… durante el examen estarían con las ropas propias de su cargo. El pretendiente que era suspendido, tardaría un año en volver a examinarse. Si lo era durante tres años consecutivos, no podría presentarse FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 281 nuevamente al examen por espacio de cuatro años. Era su última oportunidad. Si nuevamente era eliminado, quedaba rechazado para siempre. Examinado y ordenado de subdiácono, se le señalaba un día para comenzar sus funciones en la iglesia patrimonial. Recibía un cuarto de ración. Asistiría a coro, a la misa cantada y ayudaría a llevar la comunión a los enfermos. Ejercería su oficio por espacio de un año. Después podía ordenarse de diácono, pasando un examen similar al de subdiácono y presentando la certificación de su iglesia de haber ejercido perfectamente su ministerio. Cuando hubiese en una iglesia patrimonial varios subdiáconos, servirían en el altar por semanas. Ordenado de diácono, se le marcaba día para comenzar sus funciones. Ejercería el diaconado durante dos años. Ganaría media ración. Si había varios diáconos, actuaban por turno semanal en las funciones litúrgicas. Los presbíteros racioneros ganarían una ración entera y, cuando no hubiese subdiácono o diácono en su iglesia patrimonial, los racioneros presbíteros más jóvenes ejercerían estos ministerios. Los racioneros con grados académicos en alguna facultad eclesiástica gozaban de ciertos privilegios: si estaban estudiando, podían hacer el ingreso por medio de procurador, y presentarse posteriormente, antes de recibir el subdiaconado, para realizar los exámenes previstos; los subdiáconos ganarían media ración; los diáconos una ración y los presbíteros ración y media, ayudando en la administración de los sacramentos; los racioneros doctores tenían precedencia en asiento (coro, procesiones, concursos y funciones eclesiásticas) y voto; los diáconos doctores podían acceder al presbiterado sin haber ejercido durante dos años el cargo. Los racioneros que poseyeran la coadjutoría de alguna dignidad o canonjía en la catedral de Teruel, no dejaban de percibir su ración hasta que tomaban posesión de ella. Los ausentes por causas propias perdían automáticamente su ración. Por el contrario, los ausentes por razones de ministerio o negocios del Capítulo se les consideraba como presentes en los actos litúrgicos de su iglesia y percibían su retribución económica. Lo mismo ocurría con los enfermos, encarcelados o recluidos por el obispo o su superior ordinario. A los 35 años de servicio todo racionero pasaba a la situación de jubilado, percibiendo su ración, sin obligación de asistir a los actos de culto de su iglesia, excepto la celebración de la Santa Misa en las capellanías a su cargo. El vicario podía también solicitar la jubilación de las funciones cultuales, aunque no de las tareas de la vicaría y de la administración sacramental. Estas ordinaciones de Fray Andrés Aznar entraron en vigor al día siguiente de su aprobación, quedando derogadas las antiguas y conservan- 282 JUAN JOSÉ POLO RUBIO do las costumbres propias de cada una de las iglesias patrimoniales, que no eran contrarias a estas constituciones. 2.4.7. Una visita pastoral inacabada. Muerte de Fray Andrés El obispo Aznar realizó dos visitas pastorales. La primera en mayo de 1675, al poco tiempo de residir en Teruel, después de un largo y crudo invierno y de haber presidido las ceremonias de Semana Santa en el templo catedral. Según costumbre, el arcediano y chantre acudieron a palacio para despedirse del obispo192. Fue el primer contacto de Fray Andrés con el mundo rural turolense. La segunda visita la comenzó en 1682, cuando contaba 70 años de edad. El deán Martínez Asensio comunicó al cabildo el 17 de abril de 1682 que el obispo había decidido salir de visita pastoral. El vicario general, Dr. Juan Martín Arroyos, canónigo penitenciario y secretario de visita, transmitió al cabildo los vivos deseos de despedida del anciano obispo. Acto seguido, los canónigos Mezquita y Cavero pasaron al palacio episcopal para expresar los sentimientos de la corporación y decir adiós al prelado193. La comitiva de visita siguió el itinerario habitual, avanzando de pueblo en pueblo dentro de la misma sexma, comenzando por la denominada río de Cella. Por tanto, giró visita a las parroquias de Concud, Caudé, Cella, Villarquemado, Torremocha y Torrelacárcel, llegando a Bueña el día 5 de mayo. El Dr. Arroyos hizo el asentamiento de la visita y mandatos esa misma tarde, ordenando al rector que los publicase en el primer día festivo inmediato194. El obispo no pudo administrar la Confirmación, como había hecho el 26 de mayo de 1675 en su primera visita a Bueña195, al sentirse gravemente enfermo. La muerte, inesperadamente, llamaba a su puerta. El rector de Bueña, Lic. Pedro Juan Ladrón de Guevara, dejó escrito en los libros parroquiales la crónica de lo sucedido: «A siete días del mes de 192 A.C.T., 115, cabildo 10 mayo 1675. Ibídem, cabildo 17 abril de 1682, viernes. 194 A.P. Bueña, Quinque Libri, III (1667-1744), Libro de Difuntos, fol. 21 v. El rector de Bueña obedeció y escribió: «A diez días del mes de mayo del año de mil seiscientos ochenta y dos, domingo de la infraoctava de la Ascensión del Señor, al tiempo del ofertorio de la misa conventual leí, publiqué y notifiqué los sobredichos mandatos, como lo manda el señor visitador general, el señor Dr. Don Martín Arroyos. Y, para que conste, hice la presente y la firmé, die et anno ut supra calendado. El Ldo. Pedro Juan Ladrón de Guevara, rector». 195 Ibídem, Libro de Confirmados, fol. 1. En 1684, cuando el vicario general Dolz del Espejo y Arnal examinó los libros parroquiales de Bueña, anotó lo siguiente: «Visitóse y se halla que en el año 1682, cuando visitó el señor obispo Aznar, por su enfermedad no le dio lugar para confirmar. Y, por ello, no está aquí la relación de haber confirmado. Datis en la visita, a 14 de mayo de 1684. Dr. José Dolz del Espejo y Arnal, vicario general». 193 FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 283 mayo del año de mil seiscientos ochenta y dos, yendo de visita, murió el Ilmo. Señor Don Fray Andrés Aznar, obispo de esta diócesis de Teruel. Entró su ilustrísima en este lugar de Bueña a cinco de dicho mes, y a seis recibió el Santo Sacramento de la Penitencia, y a siete el Viático y Extremaunción. Y los administró el señor vicario general, el señor Dr. Don Martín Arroyos, visitador general. Y por la tarde llevaron su cuerpo a Teruel, en donde fue enterrado. Y, para que sea memoria y conste, hice la presente de mi mano y la firmé a 11 de mayo del dicho año de 1682»196. El cronista del «libro de Gestis» del cabildo narra de la siguiente manera el entierro y funeral del obispo Aznar: «En nueve de mayo se hizo la defunción (el funeral) del señor obispo don Fray Andrés Aznar. Murió el día siete de mayo en el lugar de Bueña, en visita. Trajeron el cuerpo a Teruel el día ocho de mayo y, por llegar ya corrompido, sin poderse detener para el día siguiente, lo enterró el cabildo de noche, sin más aparato que pasarlo de palacio y bajarlo al entierro que la iglesia tiene para sus capitulares. Se le cantó un responso y el Benedictus. Al día siguiente, a las once, se hizo la defunción con el Capítulo de Racioneros y los religiosos. Hubo una capilla ardiente de dos cuerpos: en el superior estaba el túmulo con báculo y mitra, el inferior se llenó de epitafios latinos y castellanos. Predicó el Rvdo. P. Agustín de Frías, religioso capuchino, predicador del rey y calificador de la Suprema»197. Durante ese día, 9 de mayo, los canónigos, beneficiados y racioneros celebraron treinta y tres misas por el eterno descanso de su alma198. El obispo murió «a las tres y media de la tarde». La distancia de Bueña a Teruel es aproximadamente de 50 kilómetros. Un mensajero trajo la luctuosa noticia aquella noche o al romper el día. El cortejo fúnebre caminaba con mayor lentitud. El deán Martínez Asensio comunicó la noticia al cabildo en la mañana del 8 de mayo. «Y lo primero que pareció al cabildo fue avisar a todas las parroquias, para que toquen a muertos juntamente las campanas de las iglesias. Y, con esto, se publique la muerte del señor obispo». Acto seguido, «enviáronse al sobrino del señor obispo dos síndicos de parte del cabildo —al Sr. Zapata y al Sr. Ibáñez— para que le representasen el sentimiento que el cabildo tenía por la muerte de su Ilustrísima». Y, 196 Ibídem, Libro de Difuntos, fol. 21 v. A.C.T., 115, cabildo 9 mayo 1682. 198 Los aranceles por los actos fúnebres —según acuerdo capitular— ascendieron a 72 libras por el entierro, y a 8 libras por la música. Sin embargo, el colector de la Cámara Apostólica preceptuó unos honorarios mayores por un monto total de 95 libras (80 libras por entierro, 8 libras y 8 dineros por la música, y 6 libras y 12 dineros por las 33 misas). 197 284 JUAN JOSÉ POLO RUBIO finalmente, «también nombró el cabildo a los señores Dalda y Barcelona para que, en nombre del cabildo, tomasen posesión del palacio, de la silla de la Corte, de las escribanías, y entrega de los procesos y papeles archivados». El notario Fernando Noguera levantó acta de todas y cada una de las actuaciones del cabildo199. El día 9 de mayo, acabados los funerales del obispo, el deán Martínez Asensio convocó a las dignidades y canónigos para efectuar la votación secreta de los oficios en sede vacante. El Dr. Juan Martín Arroyos, que había acompañado al obispo Aznar en los últimos momentos, obtuvo 16 votos. Por ello, quedó elegido y confirmado en el cargo de vicario general. El Lic. Pablo Cavero de Espinoza ejercería como baile de la cuarteación. Los Dres. Gregorio Blesa y Juan Valeriano Barcelona y Losilla fueron designados visitadores del obispado, ayudados por el canónigo Dr. Pablo Pedro Mezquita como visitador de las madres carmelitas descalzas de Teruel200. La sede turolense permaneció vacante hasta el 20 de abril de 1683. Durante ese período de tiempo la carga del gobierno diocesano, junto a los beneficios económicos que esto reportaba, recaía sobre el cabildo. El libro con las cuentas de esta sede vacante se conserva en el Archivo Catedral201. Resaltamos la minuciosidad y detalle de dichas cuentas, que dan pormenores valiosos sobre la emisión de dimisorias de órdenes, certificaciones a rectores y vicarios, licencias ministeriales, tiempo empleado en completar la visita pastoral interrumpida, fechas en que se pasaron las cuentas y las cantidades que percibieron equitativamente cada uno de los canónigos202. Cuando moría un obispo, era práctica usual en el Reino de Aragón repartir sus pertenencias entre las distintas sedes que había gobernado. Por eso, no nos causa extrañeza la carta que el 17 de mayo escribió el deán de Jaca a su homónimo turolense, de la cual entresacamos los párrafos siguientes: «Déjanos con desconsuelo la noticia del fallecimiento del Sr. don Fray Andrés Aznar, prelado que fue de V. Sría. como nuestro, que, habiendo sido tan memorable en ambas iglesias, nos queda igual senti- 199 A.C.T., 115, cabildo 9 mayo 1682. Ibídem, cabildo 9 mayo 1682. 201 Ibídem, 76. 202 Libraron cuentas en cuatro oportunidades: 10 de agosto y 20 de noviembre de 1682; 7 de enero y 13 de julio de 1683. Los dos visitadores recorrieron la diócesis en un mes aproximadamente. Ambos salieron el 21 de septiembre. El arcediano, Dr. Blesa, regresó el 14 de octubre y la efectuó en compañía de mosén Jorge Herrero. El canónigo Barcelona, que llevaba como secretario al racionero Lic. José Alavés, retornó a Teruel el 28 de octubre. 200 FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) 285 miento de su ausencia. Hacemos, juntamente con la memoria, a V. Sría. del inconcuso estilo de la santa iglesia de este Reino en la división de los pontificales entre aquellos de que fue prelado, para eternizar más en ellas la memoria con el vínculo del adorno de sus alhajas, que se servirá V. Sría. disponer se nos remitan cuando hubiere ocasión y hubiere V. Sría. enjugado sus lágrimas»203. El cabildo turolense comunicó al de Jaca qué alhajas le pertenecían. Las mandó con un agente a Zaragoza y allí fueron recogidas por el representante de la catedral jacetana204. 3. CONCLUSIONES Antes de finalizar, deseo recopilar de una forma sintética la biografía de Fray Andrés Aznar en las siguientes conclusiones. Fray Andrés era hijo de Andrés y Águeda, feligreses de la parroquia zaragozana de Santa María Magdalena, nació en 1612. Estudió en el convento de San Agustín (Zaragoza), donde profesó en 1632 y cursó la carrera eclesiástica. Culminados los estudios filosófico-teológicos, la Orden le otorgó el grado académico de Lector en Filosofía y Teología, ejerciendo la docencia en el convento de Huesca y en Lima, en el Estudio General de San Ildefonso y en la Universidad de San Marcos. Habiendo surgido ciertos problemas en la provincia de Nuestra Señora de Gracia, fue enviado a Roma como Definidor provincial. Camino de la Ciudad Eterna, pasó por España y recibió unas cartas del Consejo de Aragón para el Santo Padre y el embajador de España ante la Santa Sede. El Padre General, Felipe Visconti, secundando las peticiones de Felipe IV encaminadas a serenar los ánimos en la provincia de Aragón, le mandó en 1654 a Épila para presidir el Capítulo provincial. En el Capítulo de 1655 fue elegido Asistente General de la Orden. Mientras desempeñó el cargo, trabajó en la causa de canonización de Santo Tomás de Villanueva y en el tribunal del Santo Oficio, velando por la observancia religiosa y los intereses monárquicos. Reconociendo los servicios prestados a la Corona, el monarca Felipe IV le presentó para una 203 204 A.C.T., 234-32-1. Ibídem, 234-30-1. 286 JUAN JOSÉ POLO RUBIO mitra episcopal, gobernando las diócesis de Alguer (1663-1671), Jaca (1671-1674) y Teruel (1674-1682). Como obispo, mantuvo siempre unas relaciones cordiales con el cabildo catedral, defendió los intereses de la Iglesia frente a las pretensiones abusivas del poder civil, realizó la visita pastoral, envió puntualmente a Roma la relación de visita ad limina, predicó con ardor y ciencia la palabra de Dios y enseñó con celo la doctrina cristiana. Estando en visita pastoral, murió en Bueña (Teruel) el 5 de mayo de 1682. Sus restos mortales, trasladados a Teruel, reposan en la cripta del templo catedral. CAPÍTULO VIII JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) La diócesis de Teruel se encontraba en sede vacante desde el 7 de mayo de 1682, festividad de la Ascensión del Señor a los cielos y fecha de la muerte del obispo Fray Andrés Aznar. A partir de ese día, la diócesis fue gobernada por su vicario general y canónigo penitenciario, el Dr. Juan Martín Arroyos, elegido vicario capitular con fecha 9 de mayo, quien falleció repentinamente pocos días después. El tesorero del cabildo turolense, Dr. José Dolz del Espejo, le sucedió en el cargo de vicario capitular. La sede turolense permaneció así, en espera de un nuevo prelado, hasta el mes de abril del año 1683, fecha en que tomó posesión de la diócesis Don Jerónimo Zolivera. Era de origen aragonés y venía de Tarragona donde había ejercido como obispo auxiliar. Al llegar a Teruel, pues, no se estrenaba como obispo sino que tenía una dilatada experiencia de gobierno. Jerónimo Zolivera rigió la diócesis de Teruel durante los tres últimos lustros del siglo XVII cuando España estaba gobernada por Carlos II y atravesaba por una profunda crisis. La monarquía de los Austrias estaba llegando a su fin. Y, con ella, también los privilegios y fueros de presentación para sedes aragonesas de eclesiásticos nacidos en estas tierras. Jerónimo Zolivera será uno de los últimos obispos que, siendo aragonés, regirá la diócesis de Teruel durante el Antiguo Régimen. Sabemos que, con la dinastía de los Borbones y la implantación de los decretos de Nueva Planta, los fueros y privilegios propios del Reino de Aragón serán derogados. 1. DATOS BIOGRÁFICOS Acerca de la infancia y años de formación de Jerónimo Zolivera los datos biográficos que poseemos son relativamente escasos. Pueden resu- 288 JUAN JOSÉ POLO RUBIO mirse en estas dos afirmaciones: nació en las primeras décadas del siglo XVII en Barbastro y estudió Derecho en Huesca. El episcopologio del «libro de las Cintas»1 recoge sumariamente esos datos biográficos más elementales, hasta su toma de posesión como obispo de Teruel, con las siguientes palabras: «El decimoquinto obispo y undécimo que gobierna esta santa iglesia es el Señor Don Jerónimo Zolivera, natural de la ciudad de Barbastro; colegial que fue en Huesca del colegio, que fundó el señor emperador Carlos V, del apóstol Santiago y catedrático dos veces de Decretos en aquella universidad. Fue electo vicario general y visitador del arzobispado de Tarragona por el ilustrísimo señor arzobispo Espinosa, y éste mismo lo hizo su obispo auxiliar, en cuyo empleo, con el título de obispo de Tranópolis y de gobernador de dicho arzobispado de Tarragona, estuvo catorce años, hasta el de 1682, en el cual su Majestad le hizo merced de promoverlo al obispado de esta santa iglesia. Pasóle su Santidad la gracia el 22 de enero del año 1683 y tomó la posesión el martes 20 de abril del dicho año 1683, con procura que su ilustrísima otorgó a favor del canónigo Don Pablo Mezquita. Y su entrada en esta ciudad fue el mismo día de San Juan Bautista, por la tarde, de dicho año 1683». Jerónimo Zolivera fue nombrado obispo titular de Tranópolis y auxiliar de Tarragona el 22 de febrero de 16722. En el mes de mayo de ese mismo año fue consagrado obispo en la catedral de Tarragona. El señor arzobispo de Tarragona, don Juan Emanuel de Espinosa, religioso de la Orden de San Benito, asistido por Jaime Copons, obispo de Vich y por José Fajeda, fraile de la Orden de San Jerónimo y obispo de Tortosa, le confirieron el orden episcopal. Siendo ya obispo electo de Teruel, Jerónimo Zolivera intervino en la catedral de Tarragona el 4 de octubre de 1682, domingo, junto con Severo Tomás Auter, obispo de Gerona, en la consagración de Juan Bautista Desbach, obispo de Urgel, presidida por el arzobispo José Sanchiz Jerez, religioso mercedario, sucesor del arzobispo Espinosa3. 1 A.C.T., 105, fols. 150-151. Vid. EIXARCH, M., Los obispos de Teruel: Apuntes biográficos, Teruel, 1893, pp. 89-96. 2 GUITARTE IZQUIERDO, V., Episcopologio español (1500-1699). Españoles obispos en España, América, Filipinas y otros países, Roma, 1994, p. 209. CÁRCEL, V., voz «Obispos auxiliares y coadjutores», D.H.E.E., III, Madrid, 1973, p. 1.795. Aquí se afirma que fue obispo titular de Tranópolis desde 1672 hasta 1681, año en que fue trasladado a la sede de Urgel. En las fuentes documentales aparece también como titular de Tranópolis (Tranopolitanus). 3 GUITARTE, V., op. cit., Roma, 1994, p. 223. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 289 Una vez fallecido su mecenas, el arzobispo Espinosa, y nombrado el mercedario Sanchiz para sucederle, la presencia y ministerio episcopal de Jerónimo Zolivera en Tarragona no era tan necesaria e imprescindible. Como estaba preparado para gobernar una diócesis, se pensó en él para ocupar la sede turolense que se encontraba vacante. 2. OBISPO DE TERUEL El vicario capitular y canónigo penitenciario, Dr. Juan Martín Arroyos, falleció el 14 de mayo, «cerca de media noche», de 16824. Rigió la diócesis escasamente una semana. Una vez celebradas las exequias fúnebres y enterrado el vicario capitular Arroyos, pocos días después, el 21 de mayo de 1682, el deán Pedro Martínez convocó a cabildo a los capitulares turolenses. En el libro de Actas se dice que «se sacó la cajuela para votar secretamente y, hecho el escrutinio, tuvo el señor tesorero, Dr. Don Juan Dolz, catorce votos, que fue la elección nemine discrepante. Resistióse a admitirlo y, a ruegos e instancias del cabildo, lo admitió y juró, como se acostumbra. Y de todo hizo acto Fernando Noguera, notario del cabildo»5. El Dr. Juan Dolz del Espejo gobernó la diócesis hasta la llegada del obispo Jerónimo Zolivera al siguiente año, aunque ya en agosto de 1682 era conocida la noticia de su promoción a la sede turolense. El mismo obispo Zolivera lo comunicó al cabildo con estas palabras: «habiéndome su Majestad hecho merced de promoverme, tan sin méritos como debo reconocer, a esa santa iglesia de Teruel, me hallo con la obligación de participar a vuestras señorías esta noticia y ponerme con ella a la obediencia y servicio de vuestras señorías»6. El 4 A.P. Santa María, Quinque libri, III (1616-1700), fols. 214v-216. Recibió todos los sacramentos. Tenía hecho testamento ante el notario Fernando Noguera, que fue abierto el 15 de mayo. Fue sepultado en el panteón de los canónigos. El día de su entierro se distribuyeron 50 fanegas de trigo a los pobres. Dejó cinco ducados de plata para el hospital de Teruel; una cantidad de dinero para la celebración de 4.000 Misas, a tres sueldos de limosna por cada una de ellas, y un censal por valor de 1.000 libras jaquesas, cuyo rento anual se encargaría de distribuir el señor cura de Santa Eulalia de acuerdo con los deseos del testador: el primer año para pobres vergonzantes, al siguiente para jocalías del templo parroquial de Santa Eulalia, al próximo para las necesarias del templo catedral turolense y en el cuarto año para las jocalías de la capellanía por él fundada en Castejón de los Monegros. De esa misma manera habría que proceder cada cuatro años. Nombró ejecutores testamentarios a Pedro y Ana Arrojos, sus hermanos, al Dr. Miguel Belenguer, su sobrino, y a don José Dolz del Espejo y don Jacinto Puyuelo, tesorero y canónigo respectivamente de la catedral. 5 A.C.T., 115, cabildo 21 de mayo de 1682. 6 Ibídem, 228-18-30. 290 JUAN JOSÉ POLO RUBIO cabildo eligió a los señores Andrés Celaya, sacristán, y Antonio Zapata, canónigo, para felicitar al nuevo obispo7. A comienzos del mes de octubre, Zolivera escribió al señor deán informándole que la documentación para su nombramiento había sido enviada a Roma. Le decía que, una vez fuese emitida la bula papal, viajaría a Zaragoza y allí —eran los deseos del obispo— «recibiría la sindicatura de la enhorabuena, por ser la jornada a Tarragona muy dilatada y penosa». El obispo añadía «que los señores síndicos no tomen el trabajo de tan penosa y dilatada jornada como el venir a esta ciudad que, pues, espero llegar a Zaragoza, en teniendo aviso de haber pasado la gracia, lograré en aquella ciudad, o donde vuestra señoría gustase, los favores que vuestra señoría se sirviere hacerme, que en mi estimación y aprecio nunca podrán llegar tarde»8. El cabildo acordó hacerlo de esa manera y, en esos mismos términos, se contestó a su ilustrísima9. Felicitó las Pascuas de Navidad al nuevo obispo y éste contestó con fecha 17 de diciembre, diciendo que «estas Pascuas fueran para mí más cumplidas si las hubiera podido pasar en la cercanía que debo, pero, con los avisos que llegan de Roma, espero que podré celebrarlas con más brevedad»10. Cuando la diócesis de Teruel aguardaba a su nuevo obispo, la nación y la ciudad estaban amenazadas por la peste. El señor deán «leyó una carta del rey, nuestro señor, para el cabildo, en la que se pide se hagan rogativas por la peste que está cercana a la Corte. Se resolvió hacer un novenario a San Roque, de letanía y salve, y el domingo primero viniente una procesión general con asistencia de la ciudad»11. Además el señor deán «dio noticia cómo había tenido un recado de la ciudad en que suplicaba al cabildo tuviera por bien se hiciera una rogativa a Nuestro Señor para que nos libre de la peste, que amenaza por tantas partes, para el domingo siguiente». El cabildo aceptó la petición de la ciudad. Los munícipes eligieron el lugar donde se iba a realizar la rogativa, la ermita de San Sebastián. El vicario capitular convocó al Capitulo General y a las Órdenes religiosas para asistir a la procesión programada para el domingo 5 de julio12. 7 8 9 10 11 12 Ibídem, 115, cabildo 16 de agosto de 1682. Ibídem, 228-18-31. Ibídem, 115, cabildo 23 de octubre de 1682. Ibídem, 228-18-32. Ibídem, 115, cabildo 13 de julio de 1682. Ibídem, ídem, cabildo 4 de julio de 1682. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 291 2.1. ELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO Gracias al proceso consistorial conservado en el archivo secreto vaticano conocemos los pormenores de la elección y promoción de Jerónimo Zolivera a la diócesis de Teruel13. En el mes de junio de 1682 el nuncio de Su Santidad en España, monseñor Millini, comisionó al arzobispo de Tarragona, o al obispo de Tortosa, para recibir la profesión de fe de Jerónimo Zolivera. Con fecha 19 de agosto el arzobispo Fray José Sanchiz devolvió al señor nuncio la profesión de fe firmada por Jerónimo Zolivera. Dado que el monarca Carlos II había presentado a Jerónimo Zolivera para la diócesis de Teruel, el nuncio Millini llamó a los testigos, recibió las declaraciones y elaboró el proceso que debía enviar a Roma. Esto ocurría los días 9 y 10 de septiembre. Baltasar Fernández Montero actuaba como secretario de la Nunciatura. Testificaron sobre las condiciones personales del electo el Dr. don José de Cuéllar, presbítero, de 35 años de edad, natural de Granada y residente en Madrid, mosén Francisco Anglés, presbítero de 24 años de edad, natural de Belusell (Tarragona) e incardinado en aquella archidiócesis y mosén Gabriel Salvat, presbítero oriundo de Reus, de 25 años de edad, que ejercía su ministerio en Tarragona. Informaron sobre la diócesis de Teruel Juan Antonio de Cuenca, natural de Sarrión (Teruel), de 30 años de edad, José González, de 40 años, capellán de su Majestad en Daroca, y el Lic. Pedro Domingo, de 48 años, natural de Fielga, pueblo perteneciente al obispado de Tarazona. Los testigos Cuenca y González conocían bien la realidad socio-religiosa de Teruel. Mencionan que las casas episcopales, contiguas a la catedral «en los años pasados necesitaban de reparos, algunos de mucha consideración». Hablan de que «hay conventos de Santo Domingo, San Francisco y la Merced, y Trinitarios y Carmelitas Descalzos, y dos conventos de monjas, y hospital. No hay seminario de niños, aunque hay escuelas y estudio de gramática y otras ciencias». Afirman que «en la misma ciudad hay niños e infantes que asisten al servicio del coro e iglesia». Las rentas episcopales se cifraban «en ocho mil ducados; pero al presente, respecto de consistir en los diezmos de los frutos que no tienen tanta estima, habrán bajado mucho las dichas rentas». Escuchadas las declaraciones de los testigos sobre la persona del candidato y la situación de la diócesis, el nuncio Millini remitió el proceso al con- 13 A.S.V., Processus Consistoriales, 82, fols. 450-466. 292 JUAN JOSÉ POLO RUBIO sistorio cardenalicio certificando la idoneidad. Lo hacía con estas palabras: tengo «al susodicho por digno para ser presentado al dicho obispado de Teruel». El consistorio cardenalicio aceptó la propuesta. En el proceso todavía puede leerse lo siguiente: «viso hoc processu ex contentis in eo, censeo R. P. D. Hieronimum de Zolibera, episcopus Tranapolitanus, dignum esse qui apud ecclesiam Terulensem transferatur, illique preficiamur in episcopum et pastorem». Así lo rubricaron los cardenales Pío de Savoia, Fachinetti, Maidalchini y otro cuya firma es ilegible. El secretario de la embajada española ante la Santa Sede, Diego Ortiz de Zárate, a comienzos del mes de noviembre certificaba que el rey Carlos II presentó a Jerónimo Zolivera para la diócesis de Teruel con fecha 27 de septiembre. La bula papal se emitió con data 11 de enero de 1683. Las rentas episcopales fueron recortadas en 1.489 ducados y 14 reales y se impuso al nuevo obispo la obligación de reparar el palacio episcopal, erigir el seminario y crear un Monte de Piedad14. 2.2. ENTRADA SOLEMNE Una vez que el obispo Zolivera recibió las bulas papales viajó a Zaragoza, como tenía previsto, y las presentó en el Consejo de Aragón, como era preceptivo. Posteriormente las envió al canónigo turolense don Pablo Pedro Mezquita, para que tomase posesión de la diócesis en su nombre, en calidad de procurador. El cabildo trató este asunto el día 19 de abril y nombró al señor arcediano, Dr. Gregorio Blesa, y al canónigo Valeriano Barcelona para examinar la documentación15. Al día siguiente, el Dr. Blesa y el canónigo Barcelona informaron al cabildo que no había dificultad ninguna. Por tanto, se podía proceder y, acto seguido, se podía dar la posesión canónica. El vicario capitular, Dr. Dolz del Espejo, mandó tocar todas las campanas de las iglesias parroquiales. El deán llamó al notario y a los testigos, el procurador, arrodillado en la sala capitular ante el deán, juró guardar los estatutos y constituciones. Acabado el juramento, revestido con capa pluvial y acompañado por el señor arcediano y el canónigo Barcelona, el procurador Mezquita se dirigió al altar mayor. El coro, mientras «en este tiempo se tañían las chirimías, 14 15 RITZLER, R., y SEFRIN, P., Hierarchia Catholica, V, Patavii, 1952, p. 372. A.C.T., 115, cabildo 19 de abril de 1683. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 293 cantó a cuatro (voces) con órgano el Te Deum laudamus»16. En el altar recitó la oración preceptiva y «se sentó dicho señor procurador en la silla episcopal». Regresó a la sala capitular, dio el osculum pacis a todos los señores del cabildo y pagó los derechos de entrático17. Ese mismo día los canónigos Andrés Celaya y Antonio Zapata, síndicos del cabildo, informaron de su viaje a Zaragoza, «de lo mucho que su ilustrísima les había favorecido, y del cortejo y asistencia que tuvieron para esta función de los señores capitulares de Zaragoza». Entregaron al deán y cabildo una carta personal del prelado. Se leyó la carta y «se resolvió responderle dándole las gracias de lo mucho que se ha favorecido a los señores síndicos y del regalo que les hizo». Los síndicos «dijeron que de las 100 libras, que el cabildo les dio para este viaje, se las habían gastado, y que no había sobrado cosa alguna». En esta misma sesión capitular pasaron cuentas de cuáles eran los derechos del cabildo por la administración de la sede vacante, desde el 11 de enero hasta el 20 de abril de 1683. Habían trascurrido tres meses y diez días. La cantidad que se debía abonar era de 50 libras por mes, por lo que el monto total ascendía a 166 libras, l3 sueldos y 6 dineros, que se repartieron entre los 18 miembros del cabildo18. El obispo Zolivera se encontraba en Zaragoza y, presumiblemente, a mediados del mes de junio se puso en camino con dirección a Teruel. Tenemos noticia que el día 21 se encontraba cerca de Cella. Nuevamente serán los canónigos Celaya y Zapata quienes vayan a recibirle. El obispo dio muestras de aprecio y cariño, pues «mandó parar (la comitiva y el coche); salió de él, hizo las ceremonias políticas y honró a los síndicos mandándo- 16 Ibídem, cabildo del 20 de abril de 1683. Los gastos de la toma de posesión, que se abonaron en moneda castellana, fueron los siguientes: «primeramente del ingreso para la fábrica, 400 libras; ítem para el notario por el acto, 15 libras; ítem a los sacristanes, a partes iguales, 6 libras; ítem al macero, 4 libras; ítem al campanero, 3 libras; ítem al maestro de ceremonias, 2 libras; a los chirimías, 2 libras; a la capilla (sin que se les dé parte a los de las chirimías), 2 libras; ítem a los infantillos y barrendero, a partes iguales, 6 libras. Y fue resolución del cabildo que en adelante se divida esta cantidad en la forma que aquí está puesta. Y, a más de esto, se dan tres de a ocho para la ceremonia de la distribución, y son para la fábrica. Con que toda la cantidad hace 442 libras, 8 sueldos». 18 Los nombres y cargos de los capitulares en aquel momento eran los siguientes: Dr. Pedro Martínez, deán; Dr. Gregorio Blesa, arcediano; don Jorge Rodrigo, arcipreste; Dr. José Dolz del Espejo, tesorero; don Miguel Pérez Villarroya, chantre; don Andrés Celaya, sacristán; Dr. Valeriano Barcelona, Dr. Jacinto Puyuelo, don Pablo Pedro Mezquita, don Pablo Cavero de Espinosa, Dr. Antonio Asín, Dr. Juan José Falcón, Dr. Antonio Gómez, don Antonio Zapata, Dr. Francisco Ibáñez, don Antonio Barrachina, Dr. Agustín Arbisa y Dr. Miguel Belenguer, canónigos. 17 294 JUAN JOSÉ POLO RUBIO les entrar en el coche. En Cella les honró con su mesa y, al tiempo de la despedida para regresarse los síndicos a esta ciudad, les envió a su posada con un capellán una fuente de bollos de chocolate. Y se vinieron a esta ciudad». Al día siguiente, 22 de junio, que era miércoles, llegó el obispo a Teruel. Se apeó en el convento de San Francisco, donde salieron a recibirle dos síndicos del cabildo, los canónigos Asín y Gómez. Hizo su entrada solemne el día de San Juan Bautista, a las seis de la tarde. La comitiva partió del convento de San Francisco, llegando hasta la puerta de Guadalaviar. Allí salió a recibirle el cabildo, clero y religiosos. El obispo «vistióse el hábito de coro, todo carmesí. Y en este tiempo los músicos cantaron un villancico. Y, acabado, se formó la procesión y se puso el señor obispo debajo el palio, que lo llevaron las seis dignidades». En el portegado de Santa María juró los estatutos capitulares y, a continuación, entró en la catedral, mientras se cantaba el Te Deum laudamus. Llegó al altar mayor y, al finalizar el Te Deum, cantó la oración de Santa Emerenciana. Saludó a los eclesiásticos. Dio la bendición al pueblo cristiano. Se dirigió al palacio episcopal acompañado por el cuerpo edilicio de la ciudad. Los canónigos se quedaron en el templo catedral rezando Maitines. Al día siguiente visitaron corporativamente al nuevo prelado19. 2.3. AL SERVICIO DE LA DIÓCESIS Jerónimo Zolivera gobernó la diócesis de Teruel durante 17 años. Leídas las fuentes documentales de esos momentos, genéricamente podemos afirmar que su episcopado fue fructuoso, carente de tensiones, capaz de realizar algunos proyectos religiosos, administrativos, arquitectónicos y jurídicos. Desde los comienzos de su pontificado gozó de la estima y cariño del cabildo, que perduró hasta su muerte. Aunque de todo esto hablaremos extensamente en este capítulo, a continuación resumimos sus principales actuaciones episcopales. Realizó cuatro visitas pastorales, en 1685, 1690, 1695 y 1698. En la última cayó enfermo y tuvo que regresar apresuradamente a la sede episcopal. Cada una de estas visitas le servían para conocer el estado espiritual y material de la diócesis, precediendo a la elaboración y remisión del texto de visitatio ad limina a la Santa Sede. Envió cuatro «relationes» de visita, en 1686, 1691, 1696 y 1699. 19 A.C.T., 115, cabildos del 4 y 21 de junio de l683. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 295 Estuvo en las Cortes Generales de Aragón en 168620. Reguló los estatutos del Capítulo General Eclesiástico en 1691 y 169621, intervino y dio solución a los pleitos entre el cabildo catedral y los racioneros del Capítulo por cuestiones de la percepción de los diezmos y primicias22. Mantuvo buenas relaciones con el cabildo catedral y ayudó económicamente al sostenimiento de la fábrica catedralicia23. Ejerció un mecenazgo artístico, patrocinando obras materiales en el templo catedral y en el palacio episcopal, regalando objetos para el culto y ornamentos sagrados, sufragando los gastos ocasionados por la compra de materiales, retablos o pago de obreros24. Dejó una fundación de Misas y aniversarios por su eterno descanso25. Convirtió el convento de dominicos de Teruel en un cenobio de estricta observancia26. Preparó, desde 1693 hasta 1697, el proceso diocesano de los mártires franciscanos Juan de Perusia y Pedro de Saxoferrato, que les conducirá definitivamente a los altares27. Apoyó la posible fundación de un colegio de los padres de la Compañía de Jesús en Teruel, aunque no llegó a cuajar28. Los padres carmelitas descalzos, presentes en Teruel en las décadas anteriores, adquirieron los terrenos para edificar su convento29 durante su pontificado. Se preocupó también por la administración diocesana, como apreciamos en algunos apuntes documentales de carácter estrictamente económico. Tuvo un gran cariño por sus tierras y por sus gentes. Manifestó una profunda devoción a la Santísima Virgen. 2.4. AMOR A LA SANTÍSIMA VIRGEN: DEVOCIÓN DEL DIARIO Hace bastantes años que César Tomás escribió y dio noticia acerca de la instauración de la devoción del Diario en la catedral de Teruel30. Esto ocu- 20 Ibídem, 228-18-33, carta fechada el 6-febrero-1686. El obispo Zolivera manda a su cabildo las leyes recientemente aprobadas por las Cortes Generales con fecha 11 de enero, que acababan de imprimirse, y le pareció bien «remitirlas para que tengan noticia de lo que contienen». 21 A.C.G.E., Legajo 35, n.º 8 y n.º 9. 22 A.C.T.,187-17; 188-2-8. 23 Ibídem, 260-3-95; 260-3-96; 260-3-97; 260-3-98. 24 Ibídem, 105, fol. 227 y ss. 25 Ibídem, 220-5-3; 1005, fol. 228. 26 GARCÍA, M., La orden de predicadores en la provincia de Teruel, Teruel, 1964, pp. 251-252. 27 AMORÓS, L., «Los santos mártires franciscanos B. Juan de Perusa y B. Pedro de Saxoferrato en la historia de Teruel», Teruel, 15-16 (1956), pp. 95-97. 28 A.C.T., 211-6-1; 211-6-2; 211-6-4; 211-6-5. 29 Ibídem, 258-1. 30 TOMÁS, C., «Las capillas de la catedral de Teruel», Teruel, 22 (1959), pp. 50-51. 296 JUAN JOSÉ POLO RUBIO rrió durante el pontificado de Don Jerónimo Zolivera. El obispo tenía devoción a la Santísima Virgen, como pondrá de manifiesto con esta fundación. A la devoción del prelado se agregarán otras circunstancias, de las que se daba cuenta en la sesión capitular del 18 de julio de 1691. El obispo había recibido «carta de su Majestad para instituir y fomentar en toda su diócesis la devoción de la Virgen María Santísima, con título de año virgíneo. Y, que hallándose aquí predicando el paborde Dolz esta devoción, autor que es de ella y del libro en cuarto folio que sobre ello se ha compuesto, se resolvió que se fomente esta devoción, y que el cabildo aplique toda su autoridad con el señor obispo para establecerla y fundarla, en la forma que el dicho paborde dirá y ha ejecutado en Madrid y en otras partes»31. El obispo Zolivera y el cabildo tomaron un gran interés por establecer esta devoción que predicaba Don Esteban Dolz del Castellar, catedrático de Teología de la Universidad de Valencia. El cabildo eligió al deán Dolz del Espejo para promoverla32, que quedó establecida el 4 de julio de 1692 en la antigua capilla de San Simón y San Judas de Santa María la Vieja, vulgarmente llamada de los Marcillas, y en la actualidad denominada de Santo Tomás de Villanueva. El cabildo nombró al tesorero Juan Martínez Bayo y al canónigo Barrachina para que se preocupasen de las obras materiales que debían realizarse en aquella capilla. La obra total ascendería a 800 libras. Con fecha 4 de septiembre de 1693 se habían abonado 269 libras, 14 sueldos y 9 dineros. Faltaba hacer el retablo, «que ha ofrecido hacer el señor obispo». El cabildo comunicó al obispo que ellos pagarían la reja33. En diciembre de 1695 estaban redactadas las ordinaciones de la devoción del Diario, que «se leyeron (al cabildo) en borrador, y parecieron bien. Se resolvió que se consultase con el señor obispo por si se le ofrece qué añadir o quitar»34. Jerónimo Zolivera estudió los estatutos, los encontró apropiados y a comienzos del año 1693 les dio su aprobación35. El obispo Zolivera cumplió con su palabra y en su testamento dejó dinero para terminar esta capilla. Manifestó deseos de que su corazón fuese enterrado en ese lugar. Las armas episcopales del prelado quedaron grabadas en el retablo. Hay un retrato del obispo y debajo una lápida en bronce 31 32 33 34 35 A.C.T., 115, cabildo del 18 de julio de 1691. Ibídem, cabildo 19 de julio de 1691. Ibídem, cabildo 4 de septiembre de 1693. Ibídem, cabildo 9 de diciembre de 1695. Ibídem, cabildo 20 de enero de 1696. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 297 con la siguiente inscripción: «aquí se guarda el corazón del ilustrísimo don Jerónimo Zolivera, meritísimo prelado de esta iglesia, la cual agradecida a su magnífica liberalidad desea eternizar tan venerable memoria». 2.5. MUERTE DEL OBISPO ZOLIVERA En el «libro de las Cintas» hay una descripción pormenorizada de los últimos momentos, muerte, actos fúnebres y sepultura del obispo Zolivera. La partida de defunción es, por el contrario, mucho más escueta36. Apoyados en esta primera fuente, que reproducimos casi literalmente, historiamos estos sucesos. Murió el domingo de Pasión, 28 del mes de marzo del año 1700, a las nueve de la noche, habiendo recibido los santos sacramentos con gran devoción y edificación. «Porque es digno de perpetua memoria en esta santa iglesia tan gran príncipe y prelado, así en vida como en muerte, se hará aquí resumen de cuanto le debe esta iglesia catedral, así como lo que se hizo en sus exequias para norma en lo venidero». Estando enfermo, el 20 de marzo llamó al notario Gaspar Novella de Luna. Dejó dos comandas a favor del cabildo, una de 6.000 libras jaquesas «para la obra de la bóveda y cimborrio, florones y dorar el retablo de Nuestra Señora del Diario», otra de 4.000 libras «para repartir a su familia actual». Recibió el viático el día 26. A continuación, pidió perdón a todos los presentes, rezó la profesión de fe, recomendó al cabildo que realizasen en el templo catedral las obras previstas y para las que había hecho tan gran donación y solicitó el sacramento de la Extremaunción, que recibió al día siguiente. El cabildo nombró cuatro prebendados para atender al obispo, al deán, tesorero y los canónigos Gómez y Aínsa. Dos frailes capuchinos le ayudaron a bien morir, «conservándole Nuestro Señor los sentidos hasta cerca de morir. Seis horas antes de expirar, pidió lo bajasen al suelo que quería 36 A.P. Santa María, Quinque libri, IV (1700-1764), fol. 325: «el Ilmo. Sr. don Jerónimo Zolivera, obispo de Teruel, murió a veinte y ocho de marzo del año mil setecientos. Recibió todos los sacramentos y fue enterrado después de tres días de difunto en el entierro que tienen los señores prebendados en la santa iglesia. Se hizo su defunción solemnísima con asistencia del muy ilustre cabildo, Capítulo General de las siete iglesias y todas las religiones. Hubo sermón en que se predicaron sus honras, tañéndose generalmente las campanas de las dichas iglesias». 298 JUAN JOSÉ POLO RUBIO morir allí, e hizo algunos conatos para salir de la cama, pero el Padre definidor de los capuchinos, Fray Isidoro de Calatayud, no se lo permitió». «Lo embalsamaron y lo colocaron vestido de pontifical en el salón de palacio sobre un tablado, rodeado de hachas. Estuvo así aquella noche, todo el lunes, martes, hasta el miércoles, 31 de marzo, celebrándose misas en el mismo salón continuamente». Tocaron las campanas de las iglesias y conventos. El entierro se hizo el miércoles por la mañana. Cuatro vicarios y cuatro racioneros llevaron a hombros el cadáver del palacio episcopal al templo catedral. «Salió de palacio con el cabildo, Capítulo General y religiones, acompañamiento de la ciudad, nobleza y pueblo. El duelo lo llevaban el vicario general, oficial, criados, capellanes y pajes actuales, y los que tenía ya acomodados en diferentes curatos». El recorrido de la comitiva fúnebre fue idéntico al que hacía la procesión de Santa Emerenciana: «por debajo la torre a la plazuela; de allí a la de la Señoría; y por la calle de los Ricos Hombres al Mercado arriba entró por la callejuela que va a la plaza del Mesón de la Comunidad, y de allí a la Santa Iglesia». En el templo catedral se colocó encima de una capilla ardiente, «que se pidió a la ciudad», y se emplea «para las exequias reales». Se celebró la Santa misa. «Y en esta función se estrenó el terno rico de difuntos que dicho señor obispo, poco hacía, había dado a su santa iglesia». Pronunció la exhortación fúnebre el Padre Abadía, que precisamente estaba predicando los sermones de Cuaresma en el templo catedral. Al final, se le dijeron cinco responsos. Se enterró en el panteón capitular. Sus entrañas en la capilla del Diario, «en donde se pondrá una plancha de bronce dorado con su inscripción». El cabildo agradeció a los munícipes y asistentes tanto la oración como la presencia. 2.6. LAS INSTITUCIONES DIOCESANAS En este capítulo analizamos la actuación y relaciones del obispo Zolivera con las principales instituciones diocesanas: el cabildo catedral, el Capítulo General Eclesiástico y las órdenes religiosas. No hemos estudiado específicamente cómo era su comportamiento con los clérigos diocesanos, las autoridades civiles y los fieles cristianos. Sin embargo, algo podemos vislumbrar cuando describimos, en el último epígrafe de este capítulo, cómo era la diócesis de Teruel a finales del siglo XVII, al hablar de los textos de la visita ad limina y narrar aspectos de la vida ordinaria en la ciudad y en las parroquias rurales. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 299 2.6.1. El cabildo catedral El obispo Zolivera favoreció siempre al cabildo catedral. Es una afirmación que quedará suficientemente probada cuando historiemos a continuación los hechos concretos de su pontificado, como la ayuda o pensión económica que autorizó de sus rentas episcopales para mantener la fábrica de la catedral, la fundación de capellanías y misas o su mecenazgo artístico y económico. 2.6.1.1. Pensión a la fábrica catedral El obispo Fray Andrés Aznar había autorizado la pensión a favor de la fábrica catedralicia, aceptada por su Majestad, a propuesta del Consejo de Aragón, y sancionada por el Romano Pontífice. El período de concesión estaba para expirar. Este asunto fue tratado en cabildo capitular con fecha 12 de marzo de 1692. El cronista anotaba: «se propuso que la pensión del señor obispo se acaba, y se resolvió que se hablara al señor obispo para que, si gusta, vuelva a consentir la misma, por la pobreza con que se halla la fábrica y que, si viese bien, se escriba a Madrid al agente don Miguel Navarro, para que lo solicite con su Majestad»37. La voz de alerta estaba dada. A partir de ahora se comienza a actuar, visitando al obispo y escribiendo cartas a diversas personas e instituciones. Nos resulta fácil seguir todo el proceso a través del libro de Actas capitulares y la correspondencia con los agentes en Madrid y Roma, celosamente guardada en el archivo catedralicio. El cabildo nombró al arcediano y al canónigo Gómez para que hablasen con el obispo Zolivera. Éste, según informan los síndicos capitulares, aceptó la propuesta38. Los síndicos capitulares agradecen al obispo su generosidad y el deán envía un memorial al monarca, escribe al agente Miguel Navarro y al Consejo de Aragón39. A comienzos del mes de septiembre el agente Navarro informa que ha recibido las cartas, también para el Consejo de Aragón, «a quien —escribe— se las daré en propia mano»40. Y comenta que era «preciso que el señor obispo envíe su consentimiento individual» por escrito41. Para esas fechas, el cabildo sabía ya que el monar- 37 38 39 40 41 A.C.T., 115, cabildo 12-marzo-1692. Ibídem, cabildo 18-marzo-1692. Ibídem, cabildo 20-marzo-1692. Ibídem, 260-3-95, carta fechada el 6-septiembre-1692. Ibídem, 260-3-96, carta 13-septiembre-1692. 300 JUAN JOSÉ POLO RUBIO ca Carlos II había consentido la gracia para otros 20 años42. El cabildo, para obtener esta concesión del monarca, movilizó también al marqués de Ariza. Éste respondió al deán y se ofreció a contribuir «siempre a cuanto fuere de su mayor satisfacción y servicio»43. El agente Navarro recibió la carta-poder del obispo Zolivera44. El rey Carlos II escribió al duque de Medinaceli, marqués de Cogalludo, su embajador ante la Santa Sede, para que agilizase la prórroga de esta pensión para la fábrica de la catedral turolense45. El documento regio, que prorrogaba la pensión, fue remitido al cabildo por el agente Navarro. El importe ascendía a 69 reales de a ocho. El cabildo, como sugirió el agente Navarro, abonó esta suma el 18 de octubre de 1692 a mosén Manuel Navarro, hermano del agente46. Éste, a pesar de encontrarse enfermo en la cama, informó prontamente al cabildo que había recibido «diez doblones, de a dos escudos de oro», por medio de don Juan Terrer47. A partir de ahora las gestiones debían realizarse ante la Curia romana, pues la documentación se encontraba en la Ciudad eterna. El deán escribe al agente romano don Juan Martínez de Lárraga, con fecha 31 de enero de 1692, el cual le informaba del precio de los trámites que, «habiéndose de despachar por la vía ordinaria, deberé pagar componenda y media annata, y que con la bula será el coste, poco más o menos, de 375 escudos de oro, de a 16, que hacen unos 600 escudos de moneda romana»48. El agente Martínez de Lárraga asegura que él podía conseguir una rebaja en el precio, llegando a pagar solamente 40 escudos. El cabildo rechazó sus servicios, aunque siguió a nivel meramente personal escribiendo e informando al cabildo sobre el tema49. Por esas mismas fechas, el cabildo escribió y preguntó a otro agente romano, don Manuel Ignacio Hertueta, quien escribía que, «por haber sido ya gracia concedida, y la presente ser prórroga de aquélla, se puede 42 Ibídem, 115, cabildo 7-septiembre-1692. Ibídem, 260-3-97, carta 20-septiembre 1692. 44 Ibídem, 260-3-98, carta 20-septiembre-1692. 45 Ibídem, 218-2-24, carta 26-septiembre-1692. 46 Ibídem, 218-2-11, carta 10-octubre-1692 y 145-2-12, carta 25-octubre-1692, donde manifiesta que mandó el documento «por mano de mi hermano y, ahora, remito copia de su contenido». 47 Ibídem, 218-2-8, carta 21-octubre-1692. 48 Ibídem, 218-2-10, carta 15-marzo-1693. 49 Ibídem, 218-2-12. Son tres cartas, del 2-junio, 2-julio y 11-octubre de 1693. En ellas menciona a don Manuel Hertueta como agente elegido por el cabildo para realizar las gestiones en Roma. 43 JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 301 disponer el despacho en el mero coste de 30 escudos, con poca diferencia»50. El cabildo aceptó sus trabajos. El agente cumplió y pudo informar a mediados del mes de octubre de 1693 que la gracia había sido concedida. La noticia llegó a Teruel en los primeros días del mes de noviembre51. El costo económico del breve papal ascendió a 32 escudos de oro52. El obispo mandó autorización para retirar el documento de la Curia vaticana53. El breve papal llegó de Roma a Madrid, a manos del agente Miguel Navarro, quien lo hizo registrar en la Corte, enviándolo posteriormente al cabildo54. El breve está datado el 10 de octubre de 1693. El papa Inocencio XII prorroga por diez años, a petición del rey don Carlos y con el consentimiento del obispo de Teruel, la pensión de 206 ducados de oro y 4 reales de moneda española, que se concedió por el papa Inocencio XI a la fábrica de la catedral sobre las rentas de la mensa episcopal55. 2.6.1.2. Fundación de misas A finales del mes de diciembre del año 1696 el obispo Zolivera manifestó sus deseos de hacer una fundación de misas y aniversarios por valor de 6.000 libras56, que se plasmó en una escritura pública el 20 de marzo de 170057. En esa misma fecha el cabildo catedral aceptó la fundación58. El obispo dejó el rento de ocho censales59, cada uno con una propiedad de 22.000 sueldos y 1.000 sueldos de pensión, aproximadamente, para fundar sufragios por el eterno descanso de su alma60. 50 Ibídem, 218-2-13. Son cuatro cartas, fechadas el 15-marzo, 21-junio, 5-julio y 12-octubre. En ellas informa puntualmente del desarrollo de las gestiones. 51 Ibídem, 115, cabildo 4-noviembre-1693. 52 Ibídem, cabildo 13-noviembre-1693. 53 Ibídem, cabildo 30-diciembre-1693. 54 Ibídem, 218-2-17. El agente Navarro dio el documento a don José Villanueva para que lo entregase personalmente al deán turolense. 55 Ibídem, perg. 597, doc. 737. 56 Ibídem, 105, fol. 228, 115, cabildo 31-diciembre-1696. 57 Ibídem, 220-5-3. 58 Los capitulares aceptantes fueron los siguientes: José Dolz del Espejo Arnal y Navarro, deán, Gregorio Blesa Miguel, arcediano coadjutor, Millán Antonio Golochín Chueca, arcipreste coadjutor, Dr. Juan Martínez Bayo, tesorero coadjutor, Miguel Pérez de Cuevas, chantre, y los canónigos Pablo Cavero de Espinosa Pérez, Dr. Antonio Asín, Dr. Antonio Gómez Xabierre, Dr. Francisco Ibáñez, Dr. Juan de Suelbes, Arsenio Atanasio Blasco, Dr. Jerónimo Pérez Monteagudo, Dr. Valentín de Ayusa y Pérez de Oliván. Fueron testigos los beneficiados de la catedral mosén Juan Recio, presbítero, y Gaspar Ruanalias, fraile estudiante. 59 El obispo hizo la cesión de los censales en Zaragoza con fecha 16 de noviembre de 1696 ante el notario Francisco Antonio Español. Estos censales pertenecieron al marqués de Valdeolmos. Fueron aceptados por el cabildo el 15 de junio de 1697. 60 El notario Fernando Noguera afirma que los censales ascendían «a ciento y veinte mil sueldos de propiedad con seis mil sueldos de annua pensión». 302 JUAN JOSÉ POLO RUBIO La fundación consistía en el funeral de corpore insepulto61, doce aniversarios anuales62, una Misa dobla el día de San Jerónimo63, tres misas anuales64, dos misas cantadas el día de Ánimas, una misa para el 1 de agosto65 y 10 responsos cantados el día de Ánimas. Si sobraba dinero, se celebrarían más misas a 4 sueldos de estipendio. El obispo deseaba que las rentas de los ocho censales fuesen disfrutadas, mientras viviesen, por don José Aznar, presbítero beneficiado en la iglesia parroquial de San Pablo de Zaragoza, y don Juan Alzamora, capellán del obispo Jerónimo Zolivera y beneficiado de Prades en el arzobispado de Tarragona. Posteriormente revertirían en favor del cabildo, excepto la renta del quinto año, pues ese año los réditos servirían para aumentar el capital de la fundación. 2.6.1.3. Ración de Santa Teresa El cabildo mandó un memorial al obispo en abril de 1687 pidiendo la institución canónica de la ración llamada de Santa Teresa, pues, según el concilio de Trento, el prelado era el ejecutor de todas las voluntades pías66. Cuando el obispo recibió la petición del cabildo catedral estudió el asunto y lo solucionó con bastante rapidez, por medio de un decreto firmado el 14 de mayo de 168767. El deán Juan Lechago, según su testamento fechado el 12 de agosto de 1627, dejó un legado pío (consistente en un censal cargado sobre la ciudad con una pensión de 1.200 sueldos anuales) a favor de Petronila, Magdalena y Francisca Vicente, religiosas del convento de Santa Clara. Las religiosas eran 61 Habrá limosna para los pobres. Los gastos anuales por todas las ceremonias litúrgicas están perfectamente estipulados. El campanero 80 sueldos y los cantores 8 sueldos por función, 140 en total. 62 Uno cada mes, de 100 sueldos, con toque de campanas y música, idéntico al que se le celebraba a Francés de Aranda en el día aniversario de su muerte. En el oficio de vísperas arderán seis hachas, de 250 sueldos cada una. Todos los años se adquirirá una bula de difuntos, de 4 sueldos y 6 dineros. 63 A cuatro voces, con vísperas. Tendrá un arancel de 200 sueldos. 64 Una el día de su muerte, otra el día de San Juan Bautista, fecha en que hizo su entrada solemne en la sede y, finalmente, la tercera el día de San Jerónimo, con responso en el coro después del rezo de Laudes, a semejanza como se hacía para el obispo Jimeno de Lobera. El estipendio por las tres Misas ascenderá a 150 sueldos. 65 Se celebrará en el altar de N.ª Señora del Diario, donde será enterrado el corazón del obispo. 66 A.C.T., 220-3-11. Memorial enviado al obispo y fechado el 11 de abril de 1687. 67 Ibídem. Decreto de Jerónimo Zolivera, firmado y fechado el 14 de mayo de 1687, instituyendo la ración de Santa Teresa en la catedral. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 303 sobrinas del deán Lechago, hijas de Jerónimo Vicente y Juana Lechago. El deán dispuso que las monjas disfrutasen de estas rentas hasta que falleciesen. Cuando esto ocurriese, con ese dinero se fundaría una ración en la catedral bajo el título de Santa Teresa, con obligación de celebrar tres Misas rezadas cada semana por el eterno descanso del testador y sus familiares difuntos. Sor Magdalena y sor Petronila fueron las primera en morir y el 10 de septiembre de 1686 falleció también sor Francisca Vicente. Antes de que pasase un año, el cabildo rogó al obispo que cumpliese la voluntad pía del deán Lechago. Jerónimo Zolivera decretó la fundación de la ración llamada de Santa Teresa. Debía ser nutual, provista a voluntad del cabildo, servida por un solo sujeto. Por deseo del fundador, la ración de Santa Teresa no era capellanía y, además, el usufructuario no tenía derecho alguno de posesión. El cabildo se reservaba la potestad de cancelar el censal cuando lo juzgase conveniente, invirtiendo el dinero en otro lugar más productivo. 2.6.1.4. Mecenazgo artístico y económico El obispo Zolivera recibió dinero prestado del cabildo en varias ocasiones, cancelando sus deudas puntualmente e, incluso, en muchas ocasiones antes de lo previsto en los contratos68. También defendió los intereses económicos del cabildo cuando vio peligrar la recuperación de ciertas rentas capitulares69. 68 Mencionaremos algunos de estos préstamos. A.C.T., 115, cabildo 4-enero-1692: préstamo de 3.000 libras. Ibídem, cabildo 13-enero-1692: entrega de un censal de 4.000 libras, dos comandas de 4.000 y 500 libras, y una consignación de 100 fanegas de trigo. Ibídem, cabildo 23-julio1694: luición de 2.000 libras. Ibídem, 196-38, 23 de julio de 1694: el obispo cancela la mitad de un censo de 80.000 sueldos, por el cual debía abonar 4.000 sueldos anuales. Ibídem, 115, cabildo 2-enero-1695: el prelado canceló sus deudas pendientes con el cabildo. Ibídem, 196-40, 9 de julio de 1697: Zolivera tenía un préstamo del cabildo por valor de 126.000 sueldos, con una renta anual de 6.000. Cancela 96.000 sueldos, que eran parte de un censo y comanda. Ibídem, 115, cabildo 19-julio-1697: el obispo entrega al cabildo 2.000 libras. Ibídem, 196-35, 19 de julio de 1697: el cabildo levanta acta de cancelación de una comanda y un censo con que estaba gravado el obispo a su favor y perdona y anula, si las hubiese, todas las deudas del prelado. Para otorgar los préstamos de dinero al obispo, en las reuniones capitulares intervinieron los siguientes canónigos: en 1694 el Dr. José Dolz del Espejo y Arnal, deán, Dr. Gregorio Blesa, arcediano, Millán Antonio Galochino Chueca, arcipreste y los canónigos, Dr. Antonio Asín, Dr. Antonio Gómez, Antonio Zapata, Francisco Ibáñez, Juan Antonio Barrachina, Juan Suelbes, Arsenio Atanasio Blasco, Jerónimo Pérez Monteagudo, Clemente Gonzalo de Liria y José Iranzo; en 1697 el Dr. Jose Dolz del Espejo y Arnal, deán, Dr. Gregorio Blesa, arcediano, Jorge Rodrigo, arcipreste, Juan Martínez Bayo, tesorero, Miguel Pérez de Cuevas, chantre y los canónigos Dr. Antonio Asín, Dr. Antonio Gómez, Juan Antonio Barrachina, Dr. Juan Suelbes, Asensio Atanasio Blasco, Dr. Valentín de Aínsa, José Iranzo, Jerónimo Pérez Monteagudo y Clemente Gonzalo de Liria. 69 Ibídem, 199-2-7, Santa Eulalia, 24-abril-1698. El obispo se encuentra en Santa Eulalia y escribe al prelado de Tortosa. La villa de Cabanes, perteneciente a la diócesis de Tortosa, 304 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Contribuyó económicamente para la edificación y construcción de algunas obras materiales. Donó objetos para el culto y ornamentos sagrados y colaboró con grandes sumas de dinero para la remodelación del templo catedral. De ahí que hayamos titulado este epígrafe mecenazgo artístico y económico. De un viejo manuscrito capitular copiamos la abultada lista de colaboraciones episcopales70: «100 libras jaquesas a la fábrica de la iglesia catedral. Las tres jarras de plata para los óleos con su caja. Nueve taburetes de baqueta para el coro y altar mayor. Para el órgano nuevo, dio 200 fanegas de trigo y el gasto de traerlo de Zaragoza a Teruel. Dio 325 libras para el gasto de dorar el retablo de la capilla del Diario de Nuestra Señora. 100 fanegas de trigo para las cortinas del monumento y el ángel de la puerta del monumento. Para la puerta que sale hacia el palacio, dio 60 libras. La custodia pequeña que se estrenó el Corpus de 1696. 500 libras para Santa Emerenciana. 300 ducados de pensión a favor de la fábrica de la catedral sobre su mitra por tiempo de otros diez años. Para la puerta de la catedral al palacio, añadió 40 libras, hasta llegar a las 100, y 100 fanegas de trigo. Además dio todo el ladrillo, que costó 15 libras. Además dio toda la teja, que costó 10 libras. Además dio todas las bigas. La concha de alambre estañada para la pila bautismal, que costó 9 libras. Para la portada principal ofreció 200 libras en dinero y trigo. Para hacer una naveta con cucharilla, dio 25 libras. El día 4 de diciembre de 1699, continuando su Ilustrísima su generoso ánimo, presentó a esta Santa Iglesia un terno de difuntos rico, de terciopelo negro, y las cenefas de terciopelo verde, guarnecido con franjón riquísimo de oro, juntamente con franjas, borlas y cordones también riquísimos de oro. En todo él, en diferentes puestos se ven las armas de su Señoría Ilustrísima, ricamente bordadas de oro y plata. Consta dicho terno de las piezas siguientes: paño frontal con su bastimento, crescencia, capa, casulla, dalmáticas, estolas, manípulos, y collaretes; gremial, paño de atril, cubrecáliz y bolsa de corporales. Y, habiendo visto el cabildo esta demostración, pareció era muy de su obligación el dar las gracias a su Señoría Ilustrísima por medio de los señores prebendados, que lo ejecutaron el mismo día por la tarde los señores canónigos Pablo Cavero de Espinosa y Pérez y don Jerónimo Pérez Montagudo». Al día siguiente, se estrenó el terno y se celebró por la salud e intenciones del obispo. recibió un censal de 6.000 libras jaquesas del cabildo catedral turolense, que se veía «en contratiempo de perder dicha cantidad». Por eso, el cabildo solicitó al obispo Zolivera que escribiera al prelado de Tortosa y le informase que un canónigo de Teruel estaba viajando a la villa de Cabanes para recuperar el dinero. 70 Ibídem, 105, fol. 227. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 305 Y se termina esta larga cita con estas palabras: «En el año 1700, a 20 de marzo, se obligó su Ilustrísima en dos comandas, la una de 6.000 libras jaquesas para la obra de la bóveda y dorar el retrablo de Nuestra Señora del Diario, y la otra de 4.000 libras jaquesas para distribuir a su familia, después de sus días. Todo lo cual se ha cobrado, y el día 14 de mayo del mismo año se empezaron dichas obras, porque el día 28 de marzo murió dicho señor obispo, de tan feliz memoria para esta santa iglesia». 2.6.2. El Capítulo General Eclesiástico El obispo Fray Andrés Aznar aprobó el 16 de julio de 1679 las Ordinaciones por las que se regía el Capítulo General Eclesiástico desde esa fecha hasta 1691. Después de veinte años y, conservando gran parte de aquellas normas rectoras, el prelado Jerónimo Zolivera aprobó unas nuevas en 1691 y otras en 169671, que analizamos a continuación. 2.6.2.1. Las nuevas ordinaciones El notario Juan Francisco Rubio levantó acta de la sesión celebrada el 20 de julio de 1691 en la Sala del Concejo municipal. Jurados turolenses y miembros del Capítulo General Eclesiástico redactaron colectivamente las nuevas ordinaciones. Eran 41 en total. Los munícipes redactores fueron: Antonio Antillón y Marcilla, justicia y juez ordinario; Jerónimo Trullenque, jurado en cap; Dr. Gaspar Mateo y Palomar, José Corbalán, Baltasar Coley y Dr. Cosme Damián Cañamache, ciudadanos, y Gil Marqués, labrador. Y los racioneros del Capítulo: Dr. Melchor Castillo, vicario del Salvador y prior, Dr. José Cavero de Espinosa, vicario de Santiago, Lic. Esteban Rubio, vicario de San Andrés, Lic. José Navarrete, racionero de San Juan, Lic. Miguel Coley, racionero de San Pedro, Lic. José Garcés, racionero de San Miguel y Dr. Juan Espejo, racionero de San Martín. Sólo los nacidos de matrimonio legítimo y bautizados en Teruel podían optar al Capítulo General. Los padres del candidato también debían ser hijos legítimos. El padre tendría, al menos, cinco años de residencia y domicilio continuo en la ciudad de Teruel. Demostrarían su limpieza de sangre. Cuando no fuesen conocidos sus orígenes y raíces, un miembro del 71 A.C.G.E., Legajo 35, n.º 8 (Son 36 páginas en folio, aprobadas el año 1691) y n.º 9 (son 5 hojas en folio, aprobadas en 1696). 306 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Capítulo haría una investigación. Quedaba reglado que «había de ser hijo de padres que sean cristianos viejos, sin raza ni mezcla alguna de judío, moro, ni converso y, si la hubiere y se probare, no puedan ser admitidos a dicho patrimonio». De la misma manera eran rechazados «los que fueren infames por derecho, o hubieren cometido crimen de lesa majestad divina o humana, o hubieren sido azotados, o echados a galeras por ladrones, o hubieren sido penitenciados por el Santo Oficio de la Inquisición por causas de fe o dependiente de ella». Si los padres se ausentaban de la ciudad para servir al rey, al reino de Aragón, a la ciudad, al Capítulo o para desempeñar algún oficio público, no perdían su derecho de vecindad. Los nacidos en Teruel, pero que sus padres no se hallaban domiciliados en la ciudad, no podían solicitar el ingreso. Por el contrario, los nacidos circunstancialmente fuera de Teruel, donde sus padres residían habitualmente, eran considerados hábiles para postular a una ración. Era exigido que, al menos, uno de los abuelos maternos y otro paterno estuviesen avecindados en Teruel. Aquellos que reunían las condiciones antedichas, podían postular a la tonsura clerical y grados (ostiariado, exorcistado, lectorado y acolitado) en cualquiera de las siete iglesias de la ciudad. Para solicitar el subdiaconado, por el contrario, se requería la presentación del candidato en una y para una iglesia concreta. Un racionero, al finalizar un acto litúrgico, presentaba al candidato. Luego, era llevado ante el prior del Capítulo y éste le conducía ante los jurados del Concejo municipal, donde existía un libro-registro para anotar a todos aquellos que eran presentados. Los candidatos aceptados recibían una constancia. Si eran tachados con algún impedimento, coincidiendo en ello tanto los jurados, el prior como el vicario de la iglesia para la que era presentado, automáticamente quedaba anulada la solicitud. Pero, si alguna de las partes no estaba de acuerdo, se iniciaba un pequeño proceso para dilucidar el asunto, con estructura judicial, jueces y testigos propios. Una vez aceptada la candidatura, debían superar unos exámenes de canto llano, rudimentos de latinidad y teología moral. Había dos oportunidades: una en Cuaresma y otra en el mes de septiembre, unos 15 días antes de las ordenaciones que se celebraban en esas témporas. Para realizar los exámenes de subdiácono, el candidato tendría 23 años de edad. Si eran aprobados estos exámenes, ya no era necesario volver a realizar otros antes de ser ordenados diáconos o presbíteros. Los exámenes se realizaban en el Concejo municipal. El jurado mayor, el prior y el vicario de la parroquia a la que postulaba el candidato o, en su JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 307 defecto, quienes fuesen sus delegados, presidían el tribunal. Además, dos examinadores, doctos y virtuosos, estarían presentes durante todo el tiempo que durasen los exámenes y juzgarían a todos los examinandos, recibiendo 16 sueldos diarios de propina por su trabajo. Primeramente eran examinados de canto llano, cuyo conocimiento era «conditio sine qua non» para acceder a las pruebas de latinidad y Moral. El desarrollo de la prueba de latinidad se describe de la siguiente manera: «haya en la sala tres libros, que sean un Concilio, un Breviario y un Catecismo; el jurado o prior abrirá con un cuchillo en tres partes, en cada uno de dichos libros, de los cuales podrá elegir el examinando lo que le pareciere, y le darán tiempo competente para ver la homilía, sesión o capítulo que hubiere elegido». A continuación, «pasarán los examinadores a examinarles de Moral, de la misma forma y manera que los que son examinados por el ordinario para administrar los santos sacramentos». Los graduados en Teología o Derecho eran eximidos de rendir prueba de los contenidos morales. El jurado y los examinadores votaban la aprobación o desaprobación con habas blancas o negras. Los aprobados recibían un documento firmado y sellado por el jurado mayor, el prior y el vicario de la parroquia que presentaba al candidato. Los desaprobados por tercera vez quedaban «inhábiles para subir a otro examen, e incapacitados para poder gozar de dicho patrimonio en todo el decurso de su vida». Una vez ordenado de subdiácono, diácono o presbítero, comenzaría el ministerio en su iglesia el día asignado. Ese mismo día juraría en poder del vicario «guardar las presentes ordinaciones, observar las costumbres de su iglesia y, si alguno rehusare de hacer dichos juramentos, no sea admitido al servicio, ni menos a la renta, hasta que haya prestado con efecto dichos juramentos». El subdiácono no tenía voz en el capítulo parroquial, ni tampoco derecho de asiento. Ejercía su ministerio, que obligatoriamente debía durar por espacio de un año, en las misas cantadas. Diariamente recitaba el oficio divino en el coro. Acompañaba en las procesiones que intervenía su iglesia e iba con el sacerdote que llevaba el Santísmo Sacramento a los enfermos. Si en una iglesia había varios subdiáconos, servían al altar por turno y semanas. Su ración ascendía a la cuarta parte del monto asignado a un racionero, sin distribuciones ni otros emolumentos. El diácono, que también servía por espacio de un año, percibía media ración. Si caían enfermos mientras desempeñaban el ministerio de subdiácono o diácono, ese tiempo también se contabilizaba. Cuando se ausentaban por más de 30 días, perdían su derecho a la ración anual. Sin embargo, no sucedía esto 308 JUAN JOSÉ POLO RUBIO cuando no estaban en su iglesia por servir a su Majestad, al Reino de Aragón, a la ciudad o al Capítulo de racioneros. Si algún racionero poseía la coadjutoría de una canonjía, mientras permanecía en esta situación canónica, percibía su renta como racionero. Cuando tomaba posesión de dicha prebenda, dejaba de cobrar su renta en el Capítulo General. A los 34 años de servicio podían jubilarse. Seguían percibiendo su ración aunque no asistiesen a los oficios. Y estaban obligados a fundar en su iglesia un aniversario por un capital de 400 sueldos. Los vicarios perpetuos también podían jubilarse de sus funciones como racioneros, aunque no dejaban los encargos estrictamente parroquiales, como atender el despacho y el confesonario. Quedaba prohibido que en una misma iglesia hubiese dos hermanos. Si varios hermanos deseaban ingresar en el Capítulo General, postularían a «racioneros de cualquiera de las demás iglesias, de manera que aunque se presenten siete hermanos, puedan ser racioneros y gozar del patrimonio en cada una de las siete iglesias parroquiales». Cuando algún racionero incurría en irregularidad canónica que le impedía desempeñar o asistir a los oficios eclesiásticos en su iglesia, seguía percibiendo su ración. Estaba previsto que estas ordinaciones entrasen en vigor después de ser examinadas y ratificadas por el señor obispo. Jerónimo Zolivera, deseando la concordia dentro del seno de la institución y buscando la renovación espiritual de sus miembros, las aprobó con fecha 1 de agosto de 1691. Pasados escasamente cinco años, se habían introducido algunas corruptelas, siendo necesario corregir algunos extremos de las ordinaciones e introducir ciertas normas nuevas. Por eso, el 29 de febrero de 1696 los jurados turolenses y los racioneros se volvieron a reunir en el Concejo municipal. En esta oportunidad participaron por parte del Concejo don Bartolomé Pérez de Cuevas, justicia ordinario y juez de la ciudad y Comunidad, Félix Civera, jurado en cap de la ciudad, Sebastián de la Sala, ciudadano, Domingo Torán, sastre, Jaime Esteban, tejedor, y Juan Navarro de Martín, labrador; representando al Capítulo asistieron el Lic. Diego Antonio Marín, racionero de San Pedro y prior, el Dr. José Cavero de Espinosa, vicario de Santiago, Juan Fausto Muñoz, vicario de San Juan, Francisco Gómez, vicario de San Miguel, el Lic. Esteban Rubio, vicario de San Andrés, el Lic. Miguel Coley, vicario de San Pedro, y José Hernández, vicario del Salvador. En la asamblea se admitió unánimente que en los últimos años el riguroso examen del que hablan las ordinaciones «no se ha practicado, ni observado, en notable perjuicio de las siete iglesias». Y, por ello, abogaban por un JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 309 mayor rigor, como era norma en los exámenes exigidos a «los que pretenden habilitarse por el ordinario para administrar los sacramentos, que es oficio propio de curas de almas y confesores». Deseaban para la ciudad de Teruel «ministros del altar doctos, virtuosos, útiles, diligentes y provechosos para la educación y enseñanza del pueblo, aunque sean pocos, más que muchos inútiles, perezosos e inhábiles para semejantes ministerios». Acordaron introducir algunas novedades en el modo de realizar los exámenes. Se estableció que los candidatos, «antes que se les concedan las letras del título, tengan y sustenten un acto público de conclusiones de Teología escolástica, o Moral escolástica», en un lugar público, proponiendo argumentos y dificultades el prior, el jurado, el vicario parroquial y los examinadores. Esta normativa entraría en vigor dentro de cinco años. Entretanto, continuarían los exámenes de canto llano, latinidad y Moral. Posteriormente, quienes hubiesen defendido su tesis y sustentado el ejercicio de conclusiones, quedaban excluidos de rendir examen de canto llano y Moral. Se normaba que los examinadores fuesen tres, para evitar el empate de votos, que obligatoriamente debían asistir a las pruebas, puesto que en los últimos años se había introducido la corruptela contraria. Los jurados municipales y los racioneros refrendaron nuevamente todas y cada una de las normas vigentes desde 1691. Presentaron estas nuevas ordinaciones al prelado Zolivera que, después de examinarlas minuciosamente, alabó y aprobó con fecha 12 de junio de 1696. Por esas mismas fechas, el Capítulo General Eclesiástico solicitaba al Concejo Municipal, como patrones, que momentáneamente no admitiese más racioneros. Pedían que el Concejo recibiese solamente a los que pudiese mantener con una congrua sustentación. Argumentan y apoyan su petición diciendo que la dignidad del cuerpo clerical exigía unas rentas suficientes para su sostemimiento. Sugerían que se fijase un numerus clausus de porcionarios, teniendo en cuenta las rentas del patrimonio eclesiástico, y que se pudiese aumentar el número de plazas si las rentas subían o se producían vacantes72. 2.6.2.2. Regulación de diezmos y primicias En otras páginas de esta historia ya hemos hablado de las rivalidades existentes entre el cabildo catedral y el Capítulo General por asuntos de 72 A.H.P.T., Concejo de Teruel, Caja 38, Doc. 19. Libro de actos comunes del Concejo de Teruel, año 1695. 310 JUAN JOSÉ POLO RUBIO precedencias. En este apartado les vemos enfrentados por cuestiones económicas, concretamente por el cobro de diezmos y primicias. En 1680 el cabildo catedral y el Capítulo de racioneros se encontraban enemistados por estas cuestiones. El Concejo municipal designó a dos jurados, al Dr. Francisco Gómez y Antonio Pérez, para que arbitrasen una solución entre ambas instituciones. El Capítulo General aceptó que se nombrase una comisión para estudiar tranquilamente el tema. Manifestaba que la solución final viniese no por votación mayoritaria de los miembros, sino por aceptación unánime de todos los miembros de la comisión, teniendo en cuenta cómo se había hecho el reparto de diezmos en los tiempos anteriores. De esta manera respondía a los requerimientos del Concejo municipal el secretario del Capítulo de racioneros, el vicario Francisco Dobón73. El obispo Zolivera deseó resolver este asunto. En 1693 todavía seguía pendiente, como se deduce de una rápida lectura de las Actas del cabildo catedralicio en esos momentos. Jerónimo Zolivera «había concedido edicto para las décimas», aunque desconocemos en qué términos. El jurisperito, Dr. Mateo, asesoraba al cabildo y opinaba que les convenía obtener un documento donde fuesen reconocidos sus derechos inmemoriales74. Para ello, se eligieron como testigos al tesorero, chantre y los canónigos Cavero y Barrachina. El Capítulo de racioneros ofrecía al cabildo 700 fanegas de trigo como pago global de diezmos75. Los racioneros incluso estaban dispuestos a entregar 800 fanegas y dar «puerta abierta a los parroquianos» para que, en el futuro, pudieran empadronarse como feligreses en cualquiera de las iglesias de la ciudad76. A mediados del mes de julio de ese mismo año todavía seguía tratándose el tema por las partes interesadas: el obispo Zolivera, el cabildo, el Capítulo y el Concejo municipal, a través de su síndico don Antonio Antillón77. Pocos días después, en sesión capitular «se leyeron los papeles del cabildo y Capítulo por medio del señor obispo y don Antonio Antillón»78. Después de muchas reuniones, el cabildo y el Capítulo de racioneros llegaron a un acuerdo sobre diezmos y primicias con fecha 4 de abril de 73 Vid. AGUIRRE, F.J., Catálogo de los archivos municipales turolenses, IV, Teruel, 1985, p. 248: «Advertencias y limitaciones con que el Capítulo General admite los medios que los jurados se han propuesto para ajuste y concordia de las diferencias que hay entre el Capítulo y el Cabildo sobre la percepción de los frutos doctrinales». 74 A.C.T., 115, cabildo 4-junio-1693. 75 Ibídem, cabildo 27-junio-1693. 76 Ibídem, cabildo 3-julio-1693. 77 Ibídem, cabildo 14-julio-1693. 78 Ibídem, cabildo 24-julio-1693. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 311 1695, que fue refrendado por bula del papa Inocencio XII el 15 de febrero de 169679. Conocemos el contenido de los acuerdos por el edicto rubricado por Jerónimo Zolivera, fechado en el mes de julio, sobre el modo como se han de pagar los diezmos y primicias en la ciudad de Teruel80. Los diezmos de las partidas conocidas con los nombres de San Blas y Villaespesa correspondían íntegramente al cabildo catedral. Los diezmos del resto de las tierras de la huerta turolense eran abonados por cada uno de los fieles a su respectiva parroquia, en definitiva al Capítulo. Cada cristiano entregaba las primicias a la parroquia de la que era feligrés, como ya estaba normado por el sínodo del obispo Diego Chueca. En julio de 1699 el obispo Zolivera emitió otro edicto, donde reconoce que las diferencias entre el cabildo y el Capítulo sobre la percepción de diezmos y primicias en la ciudad de Teruel había sido un problema candente durante su pontificado. Confiesa que esos problemas afligían su corazón. Manifiesta la alegría que le proporcionó el acuerdo entre ambas partes, pagar el diezmo no por parroquialidad, como se había hecho hasta entonces, sino por partidas y lugares en la huerta turolense. Publica el edic- 79 Ibídem, 186-17. Los capitulares que firmaron el acuerdo fueron los siguientes: Dr. José Dolz del Espejo Arnal y Navarra, deán, Dr. Gregorio Blesa, arcediano, Millán Antonio Galochino, arcipreste, Juan Martínez Bayo, tesorero, Miguel Pérez de Cuevas, chantre, José Dolz del Espejo y Andrés, sacristán, y los canónigos Pablo Cavero de Espinosa, Dr. Antonio Gómez, Dr. Francisco Ibáñez, Antonio Barrachina, Dr. Juan Suelves, Dr. Valentín de Aínsa, Jerónimo Pérez Monteagudo y José Iranzo. Y los racioneros siguientes: Dr. José Cavero de Espinosa, vicario de Santiago y prior, Dr. Juan Fausto Muñoz, vicario de San Juan, Dr. Francisco Gómez, vicario de San Miguel, Lic. Miguel Coley, vicario de San Pedro, Dr. José Hernández, vicario del Salvador, Francisco Dobón, secretario del Capítulo, José Torres, Melchor Pitarque, Pedro Campillo, Jerónimo Calpe, Francisco Ferrer, Antonio Marín, José Navarrete, Valentín Espinosa, Lucas Sanz, Miguel Antolino, Gabriel Martínez, Miguel González, Miguel Escobar, Juan Piñol, José Garcés, Dr. Antonio Hernández, Ambrosio Torres, José Olivas, Jorge Conejero, Antonio Colás, Pedro Benedicto, Domingo Torres, Juan Gorriz, Andrés López, Juan Cortés, Martín Navarro, Diego Vicente, Salvador Luna, Simón Jiménez, Silvestre Torres, Juan Garzón, José Hinojosa, Jaime Castillo, Miguel Pérez, Francisco Jiménez, Antonio Delgado, Jerónimo Aquavera, José Sanz, José Lapuerta, Dr. Pablo Civera, Pedro Navarro, Dr. Domingo Cortés, Dr. José Comín, Dr. Antonio Vicente, Antonio Villarroya, Juan Marín, José Alegre, Antonio Valero, Pedro Cortés, Juan Adán, Jaime Calvete, Gaspar Espejo, Gregorio Valero, Melchor Asensio, Francisco Tomás, José Ranquetad, Dr. Pedro Campillo, Vicente Buil, Antonio Cañada, José González, Ildefonso Pradas, José Maza, José Julián, Roque Maicas, Dr. Diego Hervás, Dr. Pedro Jerónimo Noguera, Juan Camañas y Miguel Alcaine. 80 Ibídem, fol. 26. El ejemplar impreso que hemos utilizado es del año 1698. Nos consta, sin embargo, que el edicto manuscrito se publicaba anualmente en las siete parroquias de la ciudad desde 1695. Así, por ejemplo, se hizo el 15 de agosto de 1695 en la catedral, el 24 de julio de 1697 en la parroquia de Santiago y también el día 25, festividad de Santiago Apóstol, del año siguiente. 312 JUAN JOSÉ POLO RUBIO to para que no se pueda alegar ignorancia de la norma y manda que sea leído en la catedral y en las siete iglesias de la ciudad81. 2.6.3. Las órdenes religiosas Por el texto de visitatio ad limina conocemos que en la ciudad de Teruel había cinco conventos de religiosos: franciscanos, dominicos, trinitarios, mercedarios y capuchinos. Los padres franciscanos tenían también convento en Mora de Rubielos y Manzanera, los mercedarios en Sarrión y los carmelitas calzados fundaron un monasterio en Rubielos de Mora en los albores del siglo XVII82. En Teruel había religiosas clarisas y carmelitas descalzas, en Rubielos de Mora agustinas. Los carmelitas descalzos llegaron a la ciudad de Teruel con posterioridad a las religiosas de la misma Orden. Vivían en Teruel, aunque no tenían terreno para levantar el convento, que adquirirán durante el pontificado de Jerónimo Zolivera. Y, durante esos mismos años, hubo intentos de fundar un colegio de la Compañía de Jesús en la ciudad, que quedaron frustrados momentáneamente. En los archivos diocesanos las noticias relativas a los religiosos son necesariamente puntuales y escasas. Teniendo esto en cuenta, analizamos cuál fue la actuación del obispo Zolivera con los religiosos. 2.6.4. Franciscanos, dominicos y trinitarios Durante el gobierno del prelado Zolivera se elaboró el proceso canónico sobre culto inmemorial a los beatos Juan de Perusa y Pedro de Saxoferrato, mártires franciscanos. En 1690 los padres franciscanos del convento de Teruel entregaron dos llaves de la arqueta donde se guardaban los restos mortales de los beatos Juan y Pedro al obispo Zolivera, al cabildo, a los munícipes y a don Diego Andrés. Así queda anotado en el acta de la sesión capitular del 3 de febrero83. Unos meses después, el obispo recibió carta del provincial de los franciscanos, donde le manifestaba que la provincia franciscana y su provincial refrendaban el gesto de los padres franciscanos turolenses84. Ambos detalles muestran que la devoción hacia los mártires franciscanos seguía viva en Teruel. 81 Ibídem, 188-2-8. VELASCO BAYÓN, B., Historia del Carmelo español (1563-1835), II, Roma, 1992, pp. 367368; POLO, J.J., «El convento de carmelitas calzados de Gea de Albarracín (Teruel)», Aragonia Sacra, XIII (1998), pp. 217-223. 83 A.C.T., 115, cabildo 3 de febrero de 1690. 84 Ibídem, cabildo 5 de junio de 1690. 82 JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 313 Había sido en el año 1628, durante el pontificado de Fernando Valdés Llano, cuando se incoó el primer proceso canónico. En aquella oportunidad se llevó la causa por vía de la comprobación de la santidad, martirio y milagros de los mártires. Como escribe León Amorós85, «pasados sesenta y cuatro años de esta fecha, con las ansias que tenían todos, religiosos y seglares, de ver a nuestros ínclitos varones en el catálogo de los santos, la Provincia de Aragón recurrió por segunda vez a la Curia romana, a fines del año 1692, pidiendo nuevamente la introducción de la causa». La Sagrada Congregación admitió la causa con fecha 10 de enero de 1693, siendo Sumo Pontífice el Papa Inocencio XII, dándole un giro al proceso: probar el culto inmemorial a los beatos. La Congregación encomendó esta misión al obispo Zolivera, que nombró procurador de la causa al P. Juan Pérez López, sustituido posteriormente por el P. Miguel Sala. El P. Juan preparó el cuestionario de preguntas a los testigos, 38 cuestiones en total. Se desarrolló en la Curia turolense y duró cuatro años. Se le puso punto final el 3 de junio de 1697, quedando probado el culto inmemorial en la ciudad de Teruel de los beatos Juan y Pedro. En el archivo del convento franciscano de Teruel existió el «proceso de los santos mártires de Teruel San Juan de Perusia y San Pedro de Saxoferrato, sentenciado por el ilustrísimo Sr. don Jerónimo Zolibera, obispo, super cultu inmemorabili praestito. Apertus 1693. Finitus 1697». Según la descripción de León Amorós, el manuscrito forma un voluminoso códice de papel escrito, como indica el título, de 1693 a 1697, encuadernado con cubiertas de pergamino. Consta de 958 folios. Y, fundamentalmente, son los documentos de las declaraciones y sesiones llevadas a cabo en la Curia episcopal de Teruel durante esos cuatro años. El obispo Zolivera no vio culminados los esfuerzos de tanto trabajo, ya que este proceso comenzó a ser visto en la Sagrada Congregación el año 1702 y el decreto de culto inmemorial fue dado el 31 de enero de 1705. Será el Papa Benedicto XIII quien, con fecha 23 de julio de 1727, apruebe el texto de la misa y Oficio de los beatos. Los frailes dominicos del convento de Teruel, según escribe Manuel García86, vivían un poco relajados. En 1687, siendo obispo el ilustrísimo Zolivera, procuró, de acuerdo con el padre provincial Albalat, que fuese 85 AMORÓS, L., «Los Santos mártires franciscanos Beato Juan de Perusa y Beato Pedro de Saxoferrato en la historia de Teruel», Teruel, 15-16 (1956), pp. 7-8 y 95-97. 86 GARCÍA, M., La orden de predicadores en la provincia de Teruel, Teruel, 1964, pp. 251-252. 314 JUAN JOSÉ POLO RUBIO enviado al convento-colegio un rector «que pudiera restablecerle en lo temporal, que nada tenía, y en lo espiritual, que tenía menos. Y le envió la patente para el padre lector Fray José Arcil, prior que había sido del convento de Ayerve, religioso ejemplar». A partir de entonces, volvió a relucir el espíritu de religión, que casi estaba para expirar. En el convento de dominicos de Teruel estaba fundada, con fecha 19 de abril de 1697, la cofradía de la milicia angélica o del cíngulo de Santo Tomás. Jerónimo Zolivera aprobó los estatutos con fecha 2 de julio. El prelado Zolivera acudía, siempre que sus ocupaciones se lo permitían, a los actos que el convento de dominicos programaba, como ocurrió el tercer domingo del mes de febrero de 1698 a la procesión del Rosario por las calles de la ciudad. En esa ocasión también estuvieron los canónigos, revestidos con bonete y hábitos corales. El Padre General de los Trinitarios realizó la visita canónica al convento de Teruel en febrero de 1689. Encontrándose en la ciudad, acudió a la catedral y se entrevistó con el deán Dolz del Espejo, quien devolvió la cortesía en los días siguientes87. 2.6.5. Carmelitas descalzos88 La fundación del convento de carmelitas descalzos se formalizó en los últimos años del pontificado de Jerónimo Zolivera. No obstante, la gestación fue labor de años. Los padres carmelitas fueron arrastrados a la ciudad por la llegada de las madres carmelitas durante el pontificado de Diego Chueca. Cuando los padres carmelitas vinieron a la ciudad, vivían y trabajaban en el hospicio de la ciudad. El Justicia de Aragón, don Miguel Jerónimo de Castellot, a mediados del siglo XVII, había dejado en el testamento sus bienes para fundar un convento de carmelitas descalzos, varones o mujeres, en la ciudad de Teruel. Viviendo los padres carmelitas en el hospicio de Teruel, con los dineros de esa institución compraron algunas posesiones en los extramuros de la ciudad. Así lo reconocían el prior y clavarios del convento carmelita de San José de Zaragoza, que hacían la siguiente declaración con fecha 12 de octu- 87 A.C.T., 115, cabildo 19 de febrero de 1689. Ibídem, 258-1. Para redactar este epígrafe, seguimos exclusivamente esta fuente, bastante voluminosa. A partir de ahora, citaré únicamente el folio. 88 JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 315 bre de 1680: «hacemos fe que una casa, con otras dos casitas, un huertecillo con sus patios y un tirador de paños, que se han comprado en la ciudad de Teruel, en la partida que llaman Valdeparaíso, junto a la puerta de Guadalaviar, aunque los actos están hechos y otorgados en favor de este convento, pero en realidad y verdad se han comprado con dinero del hospicio que la religión tiene en dicha ciudad, y este convento sólo tiene el nombre prestado en dicha compra. Y para que en adelante, cuando llegue la ocasión de la fundación en dicha ciudad y se haya de hacer en el sitio que está dicha casa, y es uno de los señalados por dicha ciudad, conste que es de la fundación»89. Esas propiedades —concretamente una casa, un corral, un huertecillo, un tinte y un lavador, según las fuentes— habían pertenecido a don Francisco Cebrián y a su esposa. Habían sido compradas el 22 de septiembre de 1662 por Felipe Martín de la Sierra, caballero residente en Teruel, por un valor de 6.520 sueldos jaqueses. El caballero Martín de la Sierra las arrendó por cuatro años a los esposos José Anozibar y Gracia Sanz con fecha 22 de septiembre de 1672, al precio de 2.250 sueldos. En 1678 Felipe Martín renunció a la posesión a favor de los arrendatarios. Los esposos pusieron en venta esta propiedad que compraron con fecha 5 de septiembre de 1680 los carmelitas descalzos de Zaragoza, como hemos escrito más arriba. Pagaron por ella 11.000 sueldos90. La propiedad, que abonaba un sueldo anual de censo y treudo perpetuo al Capítulo General Eclesiástico, se describe como «una casilla y tiñador sitiados en la huerta de dicha ciudad de Teruel, en la partida llamada Valparaíso, que está bajo el mirador de la puerta de Guadalaviar, que confronta con huerta de Juan José Piles y tañería del oficio de zapateros de dicha ciudad y camino real»91. La huerta de Juan José Piles —concretamente un pedazo de huerto de secano y otro de regadío de tres fanegas de sembradura— fue comprada por los padres carmelitas el 14 de octubre de 1699 por valor de 6.000 sueldos92. Ese mismo día adquirieron también nueve anegadas de tierra que pertenecían a don Antonio Cebrián, infanzón residente en Rubielos de Mora. Gaspar Mateo Palomar, doctor en derecho y ciudadano de Teruel, actuó en 89 Ibídem, fol. 151. Firmaban esta declaración Fray Nicolás de San Elias, prior, Fray José de Santa Teresa, subprior y clavario, Fray Pedro de San José y Fray Miguel de Santa María. 90 Ibídem, fols. 65-80, 81-87, 90-94, 95-110. 91 Ibídem, fols. 141-150. 92 Ibídem, fols. 51-61. 316 JUAN JOSÉ POLO RUBIO calidad de procurador del infanzón Cebrián. Las tierras fueron tasadas en 22.442 sueldos. Aunque no habían completado la compra de los lugares más inmediatos, donde se pretendía levantar el convento, ya que faltaba, entre otros, «la tañería del oficio de zapateros»93, el virrey de Aragón, marqués de Camarasa, escribió al jurado y justicias de Teruel para que agilizasen las gestiones de la fundación. Esto sucedía el 25 de febrero de 1699 94. El Concejo municipal turolense debatió la cuestión durante los meses de marzo y abril y aprobaron la fundación el 2 de abril de 1699. Los padres carmelitas estaban ya residiendo en las casas del futuro convento desde el mes de enero de 1697. Y el Definitorio General, que había tenido lugar en Lisboa, en el convento de Nuestra Señora de los Remedios, había dado el visto bueno poco tiempo después, concretamente el 19 de mayo de 169895. 2.6.6. Proyecto de fundación de un colegio de la Compañía de Jesús En 1690 el duque de la Palata, don Melchor Navarra y Rocafull96, dejó en su testamento parte de sus bienes para fundar un colegio de la Compañía de Jesús en la ciudad de Teruel. Había testado en Lima el 13 de noviembre y disponía «la fundación de un colegio de la Compañía de Jesús en la ciudad de Teruel, con escuela de Gramática, Artes y Teología Moral». Para este fin, destinaba 30.000 pesos y sus haciendas en Teruel y en la Comunidad. 93 Ibídem, fols. 154-174. Con fecha 2 de diciembre de 1747 el prior del convento de Teruel solicitó permiso de la Congregación del Concilio para vender algunas propiedades que, dejadas en testamento por el Justicia Castellot, se encontraban a censo. Con los dineros de la venta se pretendía comprar la tañería de calzado. El obispo de Teruel, Francisco Pérez Prado, apoyó esta petición, como se desprende del documento firmado en Madrid el 31 de agosto de 1748. El Definitorio General de los carmelitas, que se encontraba reunido en el convento de San Hermenegildo de Madrid, manifestó también su beneplácito el 6 de octubre de ese mismo año. Finalmente, el provincial de Aragón y Valencia dio permiso para realizar la gestión el 2 de noviembre. La acción, pues, contaba con todas las bendiciones. Por eso, no resulta extraño que la ciudad de Teruel vendiese la tañería a favor del convento de carmelitas al precio de 1.455 pesos. Así consta en el acta notarial firmada el 17 de marzo de 1749. 94 Ibídem, fol 2. 95 Ibídem, fols. 24-35. 96 Vid. FUERTES, M., «El duque de la Palata: de Torrelacárcel a Virrey del Perú», Xiloca, 10 (1992), pp. 95-115. Nació en Torrelacárcel (Teruel) y fue bautizado el 10 de septiembre de 1627. Era hijo de Melchor Sebastián Navarra y Magdalena de Rocafull. Ocupó el cargo de regente del Consejo de Nápoles y fiscal del Consejo Supremo de Italia. En torno al año 1660 se casó con doña Francisca Toralto de Aragón. En 1680 fue nombrado virrey del Perú, dada su gran amistad con Mariana de Austria, reina madre, gobernadora y regenta, y Carlos II. Al finalizar la estancia en Lima y abandonar el cargo, fue designado para ocupar la presidencia del Consejo de Aragón, cargo que no pudo regentar, puesto que falleció el 13 de abril de 1691 en el viaje de regreso, en Portobelo. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 317 Una vez que el cabildo turolense se enteró de la muerte del Virrey del Perú, se acordó escribir a la viuda para darle el pésame y, de paso, recordarle «la obligación en que están de hacer la portada (de entrada a la capilla denominada de los Reyes), a cargar Maitines el día de los Reyes, como la noche de Navidad… Y también que se escriba al P. López, jesuita para lo mismo, con la ocasión de la fundación de los padres de la Compañía en esta ciudad». Así lo anotaba el secretario del cabildo con fecha 3 de diciembre de 169197. La duquesa de la Palata y el P. López contestaron en marzo de 169298 al cabildo turolense, dando «pocas esperanzas sobre la capilla de los Reyes» Por el contrario, nada se decía sobre la fundación del colegio jesuítico. En el mes de noviembre de 1694 la duquesa de la Palata escribía desde Madrid una larga carta al cabildo, dando los pormenores sobre esta fundación. Manifestaba que «el duque, mi marido y mi señor, en las disposiciones de su muerte explicó cuánto había deseado en toda su vida la fundación de un colegio de la Compañía de Jesús en su estimada patria, pareciéndole que éste era el mayor beneficio que podía hacerle, por la grande enseñanza de esta sagrada Religión (Orden), deseada de todas las ciudades católicas y acreditada por maestra de la juventud con larga experiencia». La duquesa rogaba al cabildo se sirviese «admitir y amparar esta fundación, que espero ha de ser muy del servicio de Dios, de gloriosa memoria del duque, y será de suma estimación mía cuanto Vuestra Señoría me señalare en perfeccionar esta dependencia, en que deseamos contribuir al mayor beneficio de esa ilustre y antiquísima ciudad con afectuosa voluntad»99. El cabildo catedral leyó esta carta, u otra similar, el 10 de junio de 1695 y tomó la determinación de informarse cuál había sido la manera de proceder en otras ciudades cuando se habían fundado colegios de la Compañía100. Se nombró una comisión, compuesta por el tesorero, el arcediano, el penitenciario y el canónigo Ibáñez, para hacer el seguimiento del tema. Por esas fechas, el cabildo catedral y el Capítulo General visitaron al obispo Zolivera, que les aseguró que apoyaría sus gestiones101. El cabildo catedral, con fecha 18 de junio, envió una carta a algunas personas particulares y a otros cabildos de ciudades limítrofes, para informar- 97 98 99 100 101 A.C.T., 115, cabildo 3 de diciembre de 1691. Ibídem, cabildo 4 de marzo de 1692. Ibídem, 211-6-1. Ibídem, 115, cabildo 10 de junio de 1695. Ibídem, cabildo 13 junio de 1695. 318 JUAN JOSÉ POLO RUBIO se sobre cuáles habían sido las cláusulas de fundación en su ciudad y si los jesuitas pagaban diezmos de sus posesiones o, por el contrario, estaban exentos. El canónigo doctoral de Zaragoza, Agustín Arbissa, contestó el 22 de junio y les aconsejaba que «no se contenten Vuestras Señorías con poner las limitaciones o pactos que se juzgaren convenientes en el acto de la licencia que Vuestras Señorías han de otorgar, sino también obligándose los Padres con licencia, facultad y permiso de sus superiores, hasta la del Prepósito General, al cumplimiento de todo lo pactado, con penas en caso de contravención y cláusulas muy fuertes»102. El cabildo de Albarracín remitió su respuesta el 24 de junio, diciendo que no podía aportar datos «por no haberse visto esta iglesia en lance igual al que Vuestra Señoría se halla, con la fundación de los padres jesuitas en esa ciudad»103. La carta del cabildo de Tortosa lleva fecha de dos días después. En Tortosa se había fundado recientemente un colegio, pero no habían hecho «concordia alguna». Los padres jesuitas no percibían limosnas, ni intenciones de misas que pudiesen disminuir los ingresos del cabildo de Tortosa y, «en los días festivos y de concurso, en su iglesia (de los padres jesuitas) el plato de las almas de esta nuestra iglesia (del templo catedral) entra y hace su limosna como en casa propia»104. La junta capitular acudió al Concejo municipal. Celebraron asamblea y elaboraron unas bases conjuntas para la posible fundación105, que mandaron al canónigo zaragozano Agustín Arbissa, para que las estudiase. El canónigo Arbissa, a vuelta de correo, remitió su respuesta el 29 de junio de 1695, alababa esas pautas previas, mandaba copia de los pactos hechos en la villa de Graus y de la declaración de la Sagrada Congregación del Concilio confirmando la fundación jesuítica en Zaragoza. Por eso, aconsejaba a los canónigos turolenses que importaba muchísimo, «antes de dar un paso en la fundación, venga la confirmación y decreto de la Santa Sede Apostólica, a instancia de la misma religión»106. Manifestaba que convenía insistir en que los religiosos no pidiesen exención del pago de los diezmos y «se obligen a pagar toda la décima y primicia de las tierras, aunque sean jardín, huerta o masada del dicho colegio, aunque sirvan para la casa de su recreación y se cultiven por los religiosos, hermanos, ministros o criados del dicho colegio por sus propias manos, aunque estén murados y conti- 102 103 104 105 106 Ibídem, 211-6-2. Ibídem, 211-6-4. Ibídem, 211-6-5. Ibídem, 115, cabildo 4 junio de 1695. Ibídem, 21-6-6. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 319 guos al colegio o a cualquier otra casa suya». Debían pagar diezmo de los corderos y ganados que criaban en la ciudad y fuera de ella. Finalmente, aconsejaba que los acuerdos deberían estar refrendados por el padre provincial, el padre Prepósito General y la Santa Sede. Los gastos de toda esta tramitación, comentaba el canónigo Arbissa, correrían a expensas de los padres jesuitas107. Poco a poco fueron llegando otras contestaciones de los cabildos. El de Huesca comentaba que «sólo en lo perteneciente a la solución de las décimas y primicias se dispuso ese concordato, para extinguir en su principio los altercados que pudieran ejercitarse en adelante, cuya observancia inviolable hasta el día de hoy nos ha conservado en una amable y segura paz, en que nos prometemos continuar»108. Los canónigos de Tortosa volvieron a escribir, diciendo «hemos averiguado el caso y hemos encontrado que de todas sus posesiones pagan diezmo y primicia»109. Lo mismo respondían los capitulares de Calatayud110, donde había un colegio de la Compañía, y los de Jaca111, donde no existía. Los capitulares de Huesca manifestaban que, tanto pagasen diezmos y primicias como no, «nos parece será conveniente el que venga la bula de su Santidad a poder y manos de Vuestra Señoría antes que ponga la primera piedra esta religión en la fábrica del colegio». Manifestaban que en Grau se había fundado un colegio y a los padres se les permitía «el no pagar décimos de cierto número de cepas, por considerarse el fruto de ellas suficiente y necesario al consumo de su colegio. Y con este concordato han pasado muchos años sin que a esta iglesia se le haya seguido detrimento alguno»112. Los canónigos de Valencia no guardaban en su archivo copia de los estatutos fundacionales. Sin embargo, comentaban que los religiosos jesuitas de Gandía se habían negado recientemente a pagar los diezmos y primicias de sus posesiones. La Audiencia del reino de Valencia había fallado a favor del cabildo en 1664. También decían que eran «muy provechosas a la causa pública las fundaciones de esta religión, y especialmente para la educación de la juventud»113. En Segorbe se opusieron a la fundación. Se siguió pleito ante el obispo de la diócesis, el Nuncio de su Santidad y el tribunal de la 107 108 109 110 111 112 113 Ibídem, 211-6-8. Ibídem, 211-6-10. Carta fechada el 3 de julio de 1695. Ibídem, 211-6-9. Ibídem, 211-6-12. Ibídem, 211-6-11. Ibídem, 211-6-13. Ibídem, 211-6-14. 320 JUAN JOSÉ POLO RUBIO Rota, que falló a favor de los religiosos jesuitas con fecha 28 de junio de 1635. Pero, una vez fundado, «no hemos experimentado ningún perjuicio, así en los derechos parroquiales como en los decimales»114. En la carta del cabildo de Tarazona se especificaban algunos extremos puntuales de lo acordado entre el cabildo y los religiosos: cuando los frailes vayan a la catedral, se les saldrá a esperar con cruz alzada; en la iglesia del convento no se podrá dar sepultura sin permiso del cabildo; en Adviento los padres predicarán en la catedral, siguiendo un turno de antigüedad; en Sábado Santo no tocarán las campanas de gloria antes que en la catedral y, finalmente, tampoco lo harán después del toque de queda y del Ave María de la catedral115. Los eclesiásticos (cabildo catedral y Capítulo General) redactaron unos acuerdos, siguiendo las pautas marcadas por el canónigo Arbissa. Los padres Pío Veyro y Jaime Soriano, del colegio de la Compañía de Jesús en Zaragoza, vinieron a Teruel para examinar las condiciones de la proyectada fundación, que encontraron excesivamente exigentes. Hicieron sus acotaciones y observaciones al margen del documento, entregándolas en el Concejo municipal116. Los munícipes depositaron estos documentos en poder del obispo Zolivera, quien los devolvió a la junta de canónigos nombrados para estudiar el asunto117. Una vez vista la dureza de los proyectos de fundación y la negativa de los padres jesuitas a aceptarlos, el cabildo y la ciudad redactaron otros de carácter más suave, que exponemos en dos notas de este trabajo. El cabildo, mostrando su clara voluntad para que se hiciese la fundación del colegio, los entregó a don Juan Pérez, jurado primero del Concejo. Por el contrario, el Capítulo General Eclesiástico se opuso a dicha fundación. El jurado Pérez devolvió nuevamente el documento al cabildo «porque se había puesto silencio al tratado», y les pedía «que los guardasen para cuando se volviera a ejercitar». En abril de 1696 la ciudad dio a examinar al cabildo los pactos que ellos habían hecho con la Compañía y pidieron al obispo que influyese en la 114 Ibídem, 211-6-3. Ibídem, 211-6-15. 116 Los padres jesuitas se quejaban, entre otras cosas, de que no se les eximiese de pagar los diezmos por la huerta del convento, como ocurría con las otras Órdenes establecidas en la ciudad. Veían excesiva la tasa de diezmación de ganado, que también se les aplicaba a ellos. Protestaban porque no se les permitía aceptar fundaciones de misas o poner dinero a censo. Estaban dispuestos a predicar en la catedral, exceptuando «las fiestas de los santos de la religión y titular del colegio; los otros días podrá ser el sermón por la tarde». Y anotan marginalmente que «los gastos que se admitan, los firmará el Padre General». 117 Ibídem, 211-6-16. 115 JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 321 junta de capitulares para que estudiasen con celeridad el tema118. Los canónigos se quejaron y manifestaron «que no se puede atropellar, especialmente siendo Semana Santa». La ciudad pactó con la Compañía de Jesús sin contar con el estamento clerical119 y el Capítulo General se quejó de ello120. Por su parte, el cabildo presentó también sus propios acuerdos121, que no fueron aceptados por el Capítulo de Racioneros122, y fueron entregados por el tesorero y canónigo Aínsa al jurado mayor123. Los jurados del Concejo solicitaban del cabildo que los gastos fundacionales se repartiesen entre ambas instituciones124. El Capítulo General pidió al deán que se volviesen a repensar el asunto, apoyando la postura negativa125. Y, a pesar de 118 Ibídem, cabildos del 3 y del 16 de abril de 1696. Ibídem, 211-6-7. Comienzan diciendo que será un bien para la ciudad la llegada de los padres jesuitas —para el confesonario, las cárceles, los hospitales, los enfermos y la enseñanza de la doctrina cristiana—, como ocurría en otros lugares. La ciudad cedía «las casas en que al presente enseña gramática su preceptor, con sus aulas, patios y corrales, que confrontan con conventos de la Trinidad y real de las religiosas de Santa Clara, iglesia de San Marcos y vía pública». Pagará por la enseñanza 60 escudos (moneda valenciana) y 75 fanegas de trigo. Los estudiantes no abonarán nada por la enseñanza. Habrá tres maestros de gramática, maestros de altura, como los de Zaragoza, Huesca o Calatayud, que sería conveniente permaneciesen bastante tiempo en la ciudad, sin ser cambiados, pues eso perjudica a la enseñanza. Los alumnos serán de la ciudad o de las aldeas de la Comunidad de Teruel. Los maestros se preocuparán de que los jóvenes «oigan Misa todos los días, frecuenten los sacramentos y devociones espirituales». Los padres jesuitas invitarán dos veces al año a los jurados y mayordomos síndicos del Concejo para que visiten el colegio y, con esta ocasión, los colegiales harán una demostración literaria y retórica. Se aconsejaba a los religiosos que no comprasen huerta en los alrededores de Teruel, aunque no se les prohibía, dado que la población agrícola era abundante y el terreno de regadío cultivable no alcanzaba para todos. Deberán pagar diezmos, siguiendo en ese campo las pautas marcadas por el estamento clerical turolense. El acuerdo surtirá efecto cuando sea rubricado por el Prepósito General. 120 Ibídem, 115, cabildo 5 de julio de 1696. 121 Ibídem, 211-6-19. El cabildo les permitía que tuviesen una huerta exenta de pagar diezmos, como también la poseían los franciscanos y capuchinos; no así los dominicos, mercedarios o trinitarios. Por tanto, la cesión se consideraba un privilegio. Abonarían el diezmo de los ganados (mayores y menores) y de las otras posesiones. Los padres jesuitas no admitirían fundaciones de misas. Cuando alguien dejase un legado pío a favor del colegio, la cuarta parte se entregaría a la parroquia del donante. Mientras se estuviese celebrando Misa, procesión u otro acto cultual en la catedral, no se podría hacer ninguna celebración litúrgica en el colegio. Si hubiese algún pleito con la clase clerical, éste se dirimiría siempre en el fuero eclesiástico. Estos pactos serían rubricados por el Prepósito General y sus consultores, por el cardenal protector y la Santa Sede. Se les prohibía comprar cualquier posesión en la ciudad y sus alrededores. 122 Ibídem, 115, cabildo 1 de junio de 1696 y 13 de julio de 1696. 123 Ibídem, cabildo 1 de agosto de 1696. 124 Ibídem, cabildo 10 de noviembre de 1697. 125 Ibídem, cabildo 12 de noviembre de 1697. «El reverendo Capítulo General de dichas parroquias ha hallado nuevos motivos y razones por los cuales le parece que dicha fundación, de cualquier modo que se admita, ha de ser en conocido dispendio y menoscabo de sus rentas. Por este motivo, se previene y advierte que estos pactos se entregan de parte del muy ilustre cabildo de la santa iglesia catedral, pero el Capítulo General de las siete iglesias parroquiales no intenta quedar comprendido en ellos» (A.C.T., 211-6-19). 119 322 JUAN JOSÉ POLO RUBIO que el rey Carlos II y el virrey de Aragón apoyaban la fundación, ésta se quedó en mero proyecto126. 2.7. CUATRO TEXTOS DE VISITA AD LIMINA El obispo Zolivera cumplió esmeradamente con la obligación de la visita ad limina. Mandó la relación de visita «ad limina apostolorum» en los años 1685, 1691, 1696 y 1699127. En las cuatro ocasiones el texto es casi idéntico y las variaciones y añadiduras son casi insignificantes. A comienzos del año 1685, cuando se aproximaba ya la fecha de cumplir con la obligación de enviar el texto de visita ad limina a Roma, el obispo invitó al cabildo para que eligiesen a un capitular que llevase el documento a la Curia romana. Nadie aceptó la proposición128, como manifestaba el obispo Zolivera al comienzo del texto de visita, que rubricó con fecha 25 de julio de ese mismo año. En carta al cardenal Colonna, datada el 3 de agosto, le suplicaba que aceptase, como procurador de visita, al Dr. Juan Martínez de Lárraga, presbítero y beneficiado de la catedral turolense. El obispo se excusaba de no poder «ejecutar personalmente este debido obsequio por las continuas cargas del gobierno de este obispado, y convenir mi asistencia en él para el mayor servicio de Nuestro Señor y bien de las almas». Con fecha 20 de abril de 1686 se aceptó el procurador y el 18 de mayo se expidió el documento curial (la auténtica) de haber cumplido con la obligación. El texto se adapta y responde al esquema tradicional de visita ad limina. Al margen y con letra distinta, aparecen las observaciones hechas por la Congregación del Concilio a algunos puntos o temas expuestos en la misma. La ciudad y diócesis de Teruel está ubicada en el reino de Aragón. La Asunción de María es la titular del templo catedral y Santa Emerenciana, patrona de la ciudad, catedral y diócesis. El cabildo catedral estaba compuesto por seis dignidades y trece canónigos. Las canonjías, en aquellos momentos, eran tres presbiterales, cinco diaconales y todas las demás subdiaconales. De los canónigos, uno hacía de Penitenciario, otro de Magistral y otro de Doctoral. Una canonjía se reservaba para un funcionario de la Inquisición. 126 127 Ibídem, cabildo 22 de octubre de 1698. A.S.V., Sacra Congregatio Concilii, Relationes 792, Terulensis, años 1685, 1691, 1696 y 1699. 128 A.C.T., 115, cabildo 23-febrero-1685. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 323 Las seis dignidades (deán, arcediano, arcipreste, chantre, sacristán y tesorero) eran presbiterales. Las rentas episcopales, de las dignidades y de los canónigos estaban reguladas en la bula fundacional. Además, para el servicio del templo catedral, había diez porcionarios y veintitrés beneficiados. Los porcionarios, nutuales, provistos a voluntad del cabildo, eran diáconos y subdiáconos, cantores del evangelio y de la epístola, y que formaban parte de la capilla coral catedralicia. Los veintitrés beneficios eran simples y, de ellos, tenía el derecho de patronato parte el obispo, parte el cabildo y parte los laicos. La cura de almas en el templo catedral, puesto que era parroquia, la ejercía un vicario, presentado por el cabildo y nombrado por el obispo, quien predicaba todos los domingos, los días de fiesta y de Cuaresma. En la ciudad había siete iglesias: San Pedro, San Andrés, El Salvador, San Juan, San Miguel, Santiago y San Martín. Cada una de ellas estaba servida por un vicario y muchos clérigos porcionarios, presentados por el Capítulo General y el Concejo municipal. El Capítulo General Eclesiástico, formado por todos estos clérigos que obligatoriamente debían ser nacidos en la ciudad, estaba gobernado por un prior, elegido anualmente por votación. También había en la ciudad cinco monasterios de varones y dos de mujeres. Los conventos masculinos, además de la residencia momentánea de los carmelitas descalzos, que vivían en el hospital, eran: San Francisco, Santo Domingo, la Merced, los Trinitarios y los Capuchinos de San Francisco. Los monasterios de monjas eran: Santa Clara, sujetas al padre provincial de los franciscanos, y las carmelitas de la Virgen del Carmen (sic), sujetas al obispo diocesano. Había hospital bajo el patrocino de Santa María y San Juan, gobernado por celosos caballeros cristianos. Los enfermos, tanto hombres como mujeres, eran atendidos separadamente en amplias salas. Un sacerdote, presentado por los patrones laicos y aprobado por el obispo, desempeñaba funciones de vicario y prestaba los servicios sacerdotales y sacramentales, viviendo en una casa junto al mismo hospital. No existía Seminario. El obispo indicaba que sus antecesores no lo erigieron por falta de rentas. Sin embargo, había dos escuelas de gramática. Al margen del texto de visita puede leerse: «procure erigir el Seminario, según el mandato del Concilio». La Congregación del Concilio le hacía una observación al obispo de Teruel sobre la fundación del Seminario. Conocida era la urgencia impuesta por el concilio de Trento y, además, la Congregación consideraba que era insuficiente la razón aducida por el prelado turolense: la creación reciente de la diócesis, separada de la archidiócesis de Zaragoza, pues habían transcurrido más de cien años. 324 JUAN JOSÉ POLO RUBIO La diócesis estaba compuesta por 88 parroquias, la mayoría de ellas regentadas por párrocos, que accedían al oficio por concurso. En Mora de Rubielos había una colegiata. El cabildo colegial, presidido por un prior, estaba compuesto por cuatro dignidades y seis canónigos. El conde de Fuentes y marqués de Mora era el patrón y proponía a los eclesiásticos para estas dignidades y canonjías. Había también veintiún beneficios: cuatro de patronato del marqués de Mora y otros diecisiete fundados por personas particulares. La cura de almas recaía sobre el canónigo vicario u otro presbítero designado por el cabildo colegial que, posteriormente, era aprobado y nombrado por el obispo. En la villa existía un convento de franciscanos. La parroquia de Rubielos de Mora estaba regida por un vicario perpetuo. Había veintiséis beneficiados. Recientemente había habido un intento de elevarla a colegiata. El patrón dejó su hacienda y rentas suficientes para dicha fundación, aunque no se llevó a efecto. El obispo manifestaba su decisión de continuar estas gestiones. Y, al margen del texto, se le respondía que procurase obtener de la Santa Sede el permiso oportuno para que pudiese ser erigida cuanto antes. Rubielos de Mora contaba con dos monasterios: uno de hombres, carmelitas descalzos, y otro de mujeres, religiosas agustinas, sujetas a la obediencia del ordinario diocesano. En Cella existía un Capítulo de racioneros, exclusivamente formado por clérigos nacidos en dicha localidad. La parroquia era regentada por un vicario elegido a perpetuidad. Además, en aquellos momentos había otros treinta y seis clérigos residentes. Los diezmos del lugar constituían el patrimonio del Capítulo, que se repartían en tantas porciones como racioneros había en cada cicunstancia. Tanto la fundación del Capítulo como la percepción de los diezmos se apoyaban en privilegios regios, sancionados por la autoridad eclesiástica. En la actualidad dichas rentas estaban mermadas en una cuarta parte que engrosaban la mensa episcopal y canonical. Los mercedarios tenían un convento en Sarrión. Allí gobernaba la parroquia un vicario, que contaba también con dieciocho beneficios simples. Los franciscanos estaban presentes con un convento en Manzanera, dependiente del provincial de Valencia. La cura pastoral recaía sobre un vicario y había dieciséis beneficios simples. En todas las parroquias de la diócesis, cada domingo, durante la Misa conventual, los párrocos u otros sacerdotes idóneos, nombrados y designados para ello por el mismo obispo, exponían los rudimentos de la fe al pueblo cristiano en lengua vernácula. Asimismo, explicaban la Palabra de Dios cada domingo y en Cuaresma todos los días. Al margen del texto, queda apuntada una breve anotación laudatoria y de felicitación. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 325 El obispo informaba que visitó personalmente toda la diócesis, excepto cuatro parroquias sujetas al patronato de la Orden de San Juan. Durante la visita pastoral administró el sacramento de la Confirmación, explicó los rudimentos de la fe, exhortó a sus diocesanos a obedecer a Dios y a sus padres, trabajó por incrementar la gloria de Dios, el decoro de las iglesias y la disciplina eclesiástica, animando a que observasen los decretos y leyes sinodales aprobados por sus antecesores. En toda su diócesis se profesaba firmemente la religión católica y se vivía de acuerdo con las buenas y sanas costumbres. Manifestaba que desde 1662 no se había celebrado sínodo diocesano, y, por ello, al no haber nombramientos recientes de jueces y examinadores sinodales, se originaban algunos pequeños problemas. Para evitar estos inconvenientes, vivificar el culto divino y mejorar el estado eclesiástico, tenía intención de convocar sínodo diocesano prontamente, cuestión a la que la Congregación del Concilio le animaba. Cuando en 1690 se aproximaba la fecha de llevar un nuevo texto de visita ad limina a Roma, el deán propuso al cabildo catedral «si alguno gustaba el ir»129, realizando la misma propuesta en noviembre de 1691130 sin que ningún capitular aceptase el encargo. Con fecha 2 de diciembre de 1691, el obispo Zolivera, reconociendo que se había retrasado en enviar el texto de visita ad limina, escribía a monseñor Palanecino, secretario de la Congregación del Concilio, en estos términos: «por haber padecido gran quiebra de salud en la visita pastoral de este obispado, no cumplí con la obligación de hacer la (visita ad limina) de los sagrados templos de los santos apóstoles San Pedro y San Pablo dentro el tiempo de la constitución de la buena memoria de Sixto V». Y le manifestaba que el Santo Padre le había otorgado, «con su gran benignidad y clemencia, seis meses para el cumplimiento de esta obligación». Nombraba por segunda vez al Dr. Juan Martínez, beneficiado de la catedral turolense, como procurador de visita. En los mismos términos y con la misma fecha escribía al cardenal prefecto de la Congregación. El procurador Martínez de Lárraga entregó el texto de visita, quedando registrada la entrega el 26 de enero de 1692. En 1696 envió idéntico texto de visita ad limina con el mismo procurador. Se excusaba de no poder realizarla personalmente. Manifestaba que los canónigos, unos por enfermedad, otros por edad y algunos por ocupaciones, no habían aceptado el encargo. Informaba que el número de racio- 129 130 A.C.T., 115, cabildo 22-julio-1690. Ibídem, cabildo 30-noviembre-1691. 326 JUAN JOSÉ POLO RUBIO neros del Capítulo General ascendía aproximadamente a cien. Expresaba sus deseos de celebrar sínodo diocesano cuando escribía, «sine mora congregabo». Este texto fue recibido y registrado el 5 de mayo de 1696. En 1699 envió al presbítero Raimundo Montanana con el texto de visita. Se excusaba de no realizarla personalmente131, aduciendo algunas razones, y también a los canónigos. Informaba que en Rubielos de Mora ya se había erigido la colegiata. Manifestaba que el año pasado visitó toda la diócesis, aunque con mucha brevedad y premura de tiempo. Seguía teniendo deseos de celebrar prontamente un sínodo diocesano132. El procurador entregó el texto el 13 de junio y recibió el certificado acreditativo con fecha 25 de junio de 1699. 2.8. LA MUERTE DEL OBISPO El obispo Zolivera falleció el día 28 y fue sepultado el 31 de marzo de 1700. Con fecha 3 de abril se reunió el cabildo de los canónigos para elegir vicario capitular y los demás cargos de la sede vacante133, pues de acuerdo con el concilio de Trento se debía hacer antes de haber transcurrido ocho días después de la muerte del prelado. Primeramente los canónigos Asín y Cavero se hicieron cargo del palacio episcopal y de las oficinas curiales, luego se procedió a la sesión capitular electiva. En primera votación salió elegido vicario capitular el señor deán, que renunció, posteriormente fue votado como vicario capitular el canónigo penitenciario Valentín de Aínsa, que aceptó el cargo. A partir de ese momento el penitenciario Aínsa se convertía en vicario capitular de la sede turolense y presidía las votaciones para los demás cargos diocesanos134. El cabildo corporativamente se reservó el derecho de proveer los curatos y beneficios que vacasen durante aquel tiempo. El notario Fernando Noguera levantó acta y los presbíteros residentes en la ciudad Pedro Ferrer 131 Decía: «quia nec mea salus favet ad iter agendum, nec necessitas ecclesiae et multiplicata quae in dies crescunt negotia mihi concedunt facultatem destituendi meas oves». (A.S.V., Sacra Congregatio Concilii, Relationes 792, texto del año 1699). 132 Ibídem: «summopere exopto dioecesanam synodum congregare». 133 Ibídem, 189-17-21; 215-5-3; 115, cabildo de 3 de abril de 1700. Eran capitulares el deán José Dolz del Espejo, el arcediano Gregorio Blesa, el arcipreste Jorge Rodrigo, el tesorero Juan Martínez Bayo, el chantre Augusto (Miguel) Pérez de Cuevas, el sacristán José Dolz del Espejo y Andrés, y los canónigos Pablo Cavero de Espinosa, Antonio Asín, Antonio Gómez Xavierre, Francisco Ibáñez, Juan Suelbes, Asensio Atanasio Blasco, Valentín de Aínsa, Jerónimo Pérez Monteagudo y José Iranzo. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) 327 y Crisanto Jacinto Escobar actuaron como testigos. Se comenzaba una nueva etapa en la historia diocesana de Teruel. El cabildo inventarió y tasó el pontifical de Jerónimo Zolivera, el cual ascendió a 1.093 libras y 5 sueldos135. El obispo de Barbastro, don Francisco de Paula, que circunstancialmente se encontraba de visita a comienzos del mes de septiembre manifestó deseos al cabildo de comprar algunas piezas de este pontifical. En la sesión capitular «se propuso cómo este señor obispo pedía unas fuentes, jarro, palmatoria…, y también un cáliz que había de plata». La resolución capitular fue «vender la plata que no hubiere de menester la iglesia»136. La sede turolense no permaneció mucho tiempo sin obispo. La presentación del nuevo prelado no se hizo esperar. El cabildo turolense se enteró de la noticia el 11 de junio de 1700 y en esa ocasión «se leyó una carta del señor don Lamberto López, electo obispo de esta santa iglesia». Sería una de las últimas presentaciones realizadas por el monarca Carlos II, cuyo reinado estaba llegando a su fin. El prelado electo manifestaba en su carta al deán que «excusa la sindicatura que estila hacer el cabildo a los señores obispos». El cabildo momentáneamente no tomó resolución alguna, sino «esperar a ver lo que hacía la ciudad»137. 134 Oficial eclesiástico, Jerónimo Pérez Monteagudo; visitadores del obispado, Juan Martínez Bayo y Antonio Gómez Xavierre; visitador de las iglesias parroquiales de la ciudad, Francisco Ibáñez; visitador y confesor de las carmelitas descalzas, Juan Antonio Barrachina; visitador y confesor de las religiosas de Rubielos de Mora y baile de la cuarteación, Pablo Cavero de Espinosa; examinadores sinodales, Antonio Asín, Francisco Ibáñez, Juan Antonio Barrachina y Augusto Pérez de Cuevas; bolsero, Juan Suelbes; notarios de Curia, Fernando Noguera y Gaspar Novella; procuradores fiscales, mosén Juan Recio, presbítero, y Anastasio Asín, notario de número en la ciudad; carcelero, mosén Hermenegildo Asensio. 135 A.C.T., 109-3. El documento resulta curioso. Se inventarían los ornamentos sagrados por colores y, aparte, la ropa blanca. Se le pone precio a cada una de las piezas. A manera de ejemplo, reseñaré algunos detalles que me parecen representativos. El valor de la ropa blanca ascendió a 142 libras y 12 sueldos; los ornamentos de color verde, a 26 libras y 4 sueldos; de color negro a 36 libras y 2 sueldos; de color blanco, a 405 libras y 8 sueldos; de color rojo, a 267 libras y 5 sueldos; y otros objetos fueron valorados en 215 libras y 14 sueldos. Entre la ropa blanca se inventaría un cuadro de la Virgen del Pilar, los libros pontificales, tres alfombras pequeñas, un roquete con mangas de Cambray y con encaje fino, y un alba de Cambray nueva, con su encaje de palmo y medio de hilo y seda. Las piezas más caras eran una mitra de tafetán blanco bordado en oro y plata, valorada en 36 libras, y otra mitra de tafetán blanco, bordada en oro y plata, con piedras, cuyo precio ascendía a 40 libras. Entre otras cosas inventariadas y tasadas aparece un par de zapatos de terciopelo colorado, con sus medias y ligas de seda colorada, por valor de 2 libras y 8 sueldos; una capa consistorial colorada, por 15 libras y 12 sueldos; una capa morada de tafetán, por 10 libras; un manto de coro, por 14 libras y 8 sueldos y dos tunicelas de tafetán morado, guarnecidas con un galoncillo, por valor de 11 libras. 136 Ibídem, 115, cabildo 2 de septiembre de 1700. 137 Ibídem, cabildo 11 de junio de 1700. ÍNDICE CAPÍTULO I. TOMÁS CORTÉS SANGÜESA (1614-1624) . . . . . . . . . . . . . . . 1. SEMBLANZA BIOGRÁFICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.1. Profesor de la Universidad de Huesca y canónigo . . . . . . . . 1.2. Obispo de Jaca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2. OBISPO DE TERUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.1. La diócesis de Teruel a comienzos del siglo XVII . . . . . . . . . 2.2. Tomás Cortés, obispo de Teruel. Algunas actuaciones . . . . 2.3. Visita ad limina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.4. Visita pastoral . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.5. Relaciones del obispo con el capítulo general y el cabildo . 2.5.1. El Capítulo General Eclesiástico . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.5.2. El cabildo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.5.2.1. Asuntos económicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.5.2.2. Visita a la catedral . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.5.2.3. Las ceremonias litúrgicas . . . . . . . . . . . . . . . . 2.5.2.4. Los conjueces . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.5.2.4.1. El breve de Paulo V: 28 de julio de 1614 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.5.2.4.2. De 1616 a 1623 . . . . . . . . . . . . . . . 2.5.2.4.3. 1623: un año decisivo . . . . . . . . . . 2.5.2.4.4. Sentencia del deán de Orihuela . 2.5.2.4.5. Ante el trinunal metropolitano . . 2.5.2.4.6. El canónigo Morón: un cronista de los hechos desde Zaragoza . . . 2.6. Un pontificado lleno de tensiones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.7. Memorial al nuncio apostólico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.8. Memorial al monarca Felipe IV . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.9. El mecenazgo de San Lorenzo de Huesca . . . . . . . . . . . . . . 9 9 9 13 19 24 25 28 30 31 32 34 37 39 40 44 3. CONCLUSIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64 CAPÍTULO II. FERNANDO VALDÉS LLANO (1625-1633) . . . . . . . . . . . . . . . 1. SEMBLANZA BIOGRÁFICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.1. Nacido en el principado de Asturias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67 67 68 44 46 49 50 51 52 55 55 57 61 330 JUAN JOSÉ POLO RUBIO 1.2. Colegial de San Salvador de Oviedo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.3. Al servicio de la Inquisición . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2. OBISPO DE TERUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.1. El sínodo de 1627 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.1.1. La celebración del sínodo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.1.2. El texto sinodal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.1.3. Análisis legislativo del sínodo de 1627 . . . . . . . . . . . . 2.2. Gobierno de la diócesis . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.2.1. Seis años al servicio de la diócesis de Teruel . . . . . . . 2.2.2. Año 1626: Cortes en Barbastro . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.2.3. Defensor de los intereses del clero: la sisa del vino . . 2.2.4. Visita ad limina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.2.5. Visita pastoral . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.2.6. Otras actuaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.3. Instituciones diocesanas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.3.1. Un obispo con prestigio para su cabildo catedralicio 2.3.2. Litigios sobre preeminencias en el seno del cabildo . 2.3.2.1. Preeminencia del presidente . . . . . . . . . . . . . 2.3.2.2. La llave de las arcas capitulares . . . . . . . . . . . 2.3.3. El capítulo general eclesiástico rechaza algunas normas sinodales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3. CONCLUSIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70 72 75 81 82 86 89 98 99 102 105 109 112 114 116 116 120 120 122 CAPÍTULO III. PEDRO APAOLAZA RAMÍREZ (1633-1635) . . . . . . . . . . . . . . 1. NACIMIENTO, FORMACIÓN Y SACERDOCIO . . . . . . . . . . . . . 1.1. Un prelado aragonés . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2. OBISPO DE TERUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 127 128 130 133 CAPÍTULO IV. FRAY JUAN CEBRIÁN (1635-1644) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1. FRAILE MERCEDARIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.1. Estudiante y comendador del monasterio de Nuestra Señora del Olivar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.2. Provincial de Aragón . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.3. Maestro general de la orden de la Merced . . . . . . . . . . . . . . 2. OBISPO DE ALBARRACÍN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3. OBISPO DE TERUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.1. Ayuda económica para las causas regias . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2. Relaciones con el cabildo catedral . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4. METROPOLITANO DE ZARAGOZA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5. CONCLUSIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 135 136 124 125 137 138 139 142 144 145 147 151 154 HISTORIA DE LOS OBISPOS DE TERUEL (1614-1700) 331 CAPÍTULO V. Domingo Abad Huerta (1644-1646) . . . . . . . . . . . . . . . . 1. AL SERVICIO DE LA INQUISICIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2. OBISPO DE TERUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.1. Relaciones con el cabildo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.2. Las Cortes de 1645 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.3. Muerte del prelado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3. CONCLUSIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 155 155 158 162 163 166 168 CAPÍTULO VI. DIEGO CHUECA RINCÓN (1647-1672) . . . . . . . . . . . . . . . . 1. SEMBLANZA BIOGRÁFICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2. OBISPO DE BARBASTRO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3. OBISPO DE TERUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.1. La ciudad de Teruel a mediados del siglo XVII . . . . . . . . . . . 3.1.1. Población . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.1.2. Acontecimientos de la vida ciudadana . . . . . . . . . . . . 3.2. El Cabildo Catedral . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2.1. Oposiciones a canonjías . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2.2. Acontecimientos capitulares significativos . . . . . . . . 3.2.3. Los deanes Martínez Rubio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.2.4. Pensión para la fábrica de la catedral . . . . . . . . . . . . . 3.2.5. El pleito de las cortesías . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.3. El Capítulo General Eclesiástico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.3.1. La nueva ordinación del año 1660 . . . . . . . . . . . . . . . 3.4. Las órdenes religiosas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.4.1. La fundación de las carmelitas descalzas . . . . . . . . . . 3.5. La administración diocesana . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.5.1. La visita pastoral . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.5.2. La visita ad limina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.5.3. El sínodo de 1657 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.5.4. El sínodo de 1662 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3.5.5. Las constituciones sinodales de 1657 . . . . . . . . . . . . . 3.5.6. La Orden de San Juan del Hospital . . . . . . . . . . . . . . 4. CONCLUSIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 169 169 172 176 180 180 182 186 187 189 192 195 199 205 206 210 211 216 217 218 221 223 224 228 231 CAPÍTULO VII. FRAY ANDRÉS AZNAR NAVES (1673-1682) . . . . . . . . . . . . . 1. FRAILE AGUSTINO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.1. Profesión religiosa . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.2. Lector de Filosofía y Teología . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.3. Obra literaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.4. Trabajando en el virreinato del Perú y en Roma . . . . . . . . . 235 236 237 237 240 241 332 JUAN JOSÉ POLO RUBIO 1.5. Profesor de la Universidad de San Marcos . . . . . . . . . . . . . . 1.6. Cronista de la canonización de Santo Tomás de Villanueva 1.7. Presidente del Capítulo Provincial de Épila . . . . . . . . . . . . . 1.8. Asistente General de España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2. PASTOR DE TRES SEDES EPISCOPALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.1. Consagración episcopal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.2. Obispo de Alguer . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.3. Obispo de Jaca . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.4. Obispo de Teruel . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.4.1. En espera del nuevo prelado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.4.2. Entrada solemne . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.4.3. Relaciones con el cabildo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.4.4. En las Cortes aragonesas de 1677 . . . . . . . . . . . . . . . . 2.4.5. La visita ad limina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.4.6. Relaciones con el Capítulo General Eclesiástico . . . . 2.4.7. Una visita pastoral inacabada. Muerte de Fray Andrés 3. CONCLUSIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 242 244 248 250 255 257 258 259 263 263 266 268 273 277 278 282 285 CAPÍTULO VIII. JERÓNIMO ZOLIVERA (1682-1700) . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1. DATOS BIOGRÁFICOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2. OBISPO DE TERUEL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.1. Elección y nombramiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.2. Entrada solemne . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.3. Al servicio de la diócesis . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.4. Amor a la Santísima Virgen: devoción del Diario . . . . . . . . . 2.5. Muerte del obispo Zolivera . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.6. Las instituciones diocesanas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.6.1. El cabildo catedral . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.6.1.1. Pensión a la fábrica catedral . . . . . . . . . . . . . 2.6.1.2. Fundación de misas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.6.1.3. Ración de Santa Teresa . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.6.1.4. Mecenazgo artístico y económico . . . . . . . . . 2.6.2. El Capítulo General Eclesiástico . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.6.2.1. Las nuevas ordinaciones . . . . . . . . . . . . . . . . 2.6.2.2. Regulación de diezmos y primicias . . . . . . . . 2.6.3. Las órdenes religiosas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.6.4. Franciscanos, dominicos y trinitarios . . . . . . . . . . . . . 2.6.5. Carmelitas descalzos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.6.6. Proyecto de fundación de un colegio de la Compañía de Jesús . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.7. Cuatro textos de visita ad limina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.8. La muerte del obispo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 287 287 289 291 292 294 295 297 298 299 299 301 302 303 305 305 309 312 312 314 316 322 326