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SUBSECRETARÍA MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE SUBDIRECCION GENERAL DE ANÁLISIS, PROSPECTIVA Y COORDINACIÓN NOTA SOBRE LAS OPCIONES DE TRIBUTACIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS PARA LOS AGRICULTORES EN EL MARCO DE LAS NUEVAS MEDIDAS FISCALES DE JUNIO DE 2014 23 de junio de 2014 Los agricultores y ganaderos cuentan con dos opciones alternativas a la hora de declarar los rendimientos obtenidos en la actividad agraria en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): 1) Régimen de Estimación Objetiva (o de Módulos) de Actividades Agrarias Es el sistema elegido por la mayoría de los agricultores de nuestro país, puesto que es el utilizado por más de un millón de declarantes. Se basa en la aplicación de unos índices de rendimiento neto (módulos) sobre los ingresos (fundamentalmente ventas y subvenciones) para obtener la renta de los agricultores. Estos índices teóricos, que varían entre 0,13 y 0,56, son específicos de cada actividad agraria y reflejan la rentabilidad teórica de la misma. El anteproyecto de ley de modificaciones en el IRP dentro del marco de la reforma fiscal (http://www.minhap.gob.es/Documentacion/Publico/NormativaDoctrina/Proyectos/Tributarios/Antep royecto%20Ley%20IRPF.pdf ) establece dos cambios en los umbrales máximos de cifra de negocio (reducción de 300.000 a 200.000 €) y de compras (de 300.000 a 150.000 €), que no debe exceder un agricultor para poder tributar por módulos. Se trata de medidas acordes con la cada vez mayor profesionalización de los agricultores, cuyo efecto se analiza en el Anexo. El régimen de estimación objetiva es un sistema cómodo y sencillo de aplicar, puesto que no requiere toda la contabilidad documental de la explotación, reduciendo las obligaciones del titular a una declaración anual de ingresos. Prueba de ello es que la cifra de declarantes ha permanecido constante desde la implantación del sistema a finales de los años noventa. En caso de un agricultor considere que los módulos no reflejan adecuadamente su renta, cada mes de diciembre tiene la oportunidad de renunciar al método de estimación objetiva y tributar en el año subsiguiente a través del método alternativo de estimación directa. La diferencia clave del sistema de módulos agrarios con respecto a los no agrarios, es la menor transparencia del segundo, puesto que no se exige declaración de ingresos. El MAGRAMA elabora cada año un informe-propuesta mediante el cual se propone al Ministerio de Hacienda y Adm. Públicas (MINHAP) la aprobación y publicación de los ámbitos territoriales en los que se reducen los índices de rendimiento neto para las actividades agrarias que han tenido fuertes descensos en sus rendimientos, como consecuencia de diversas circunstancias excepcionales, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007). Para la elaboración de la referida propuesta, se tienen en cuenta distintas fuentes de información, si bien la más importante la constituyen los datos aportados para este fin por las Comunidades Autónomas. CORREO ELECTRÓNICO: [email protected] Pº DE LA INFANTA ISABEL, 1 28071 - MADRID TEL: 913475403 FAX: 913475117 SUBSECRETARÍA MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE SUBDIRECCION GENERAL DE ANÁLISIS, PROSPECTIVA Y COORDINACIÓN 2) Régimen de Estimación Directa de Actividades Agrarias Hasta el momento actual era un sistema obligatorio para los agricultores con cifra de negocios anual o compras superiores a 300.000 € y voluntario para el resto. A partir de ahora el límite se situará en 200.000 € para la cifra de negocios y en 150.000 € para las compras. Es el utilizado por alrededor de 75.000 agricultores anualmente. Las exigencias contables son mayores que en el sistema de módulos, calculándose los rendimientos netos por diferencia entre los ingresos y los costes reales de explotación, siguiendo reglas similares al Impuesto de Sociedades. Existen a su vez dos modalidades, la Normal (obligatoria si el volumen de negocio es mayor de 600.000 €) y la Simplificada, que es la mayoritaria en el sector, con menores obligaciones contables, que se limitan a la llevanza del libros registro de ventas e ingresos, del libro registro de compras y gastos y del libro registro de bienes de inversión. ANEXO Simulación del efecto de la reducción del umbral del volumen máximo de negocio del régimen de estimación objetiva de actividades agrarias del IRPF de 300.000 a 200.000 euros Con objeto de tener una estimación inicial del número de declarantes afectados y del peso económico de los mismos, se ha realizado una simulación utilizando la Muestra del IRPF del año 2009, elaborada por el Instituto de Estudios Fiscales del MINHAP. Para ello se han estimado individualmente los ingresos a partir de los rendimientos netos teniendo en cuenta ratios globales entre rendimientos netos e ingresos. Ingresos € < 50.000 50.000 - 100.000 100.000 - 200.000 > 200.000 Total Declarantes % Ingresos Totales € % Media Ingresos € 942.992 93,1% 7.074.024.507 51,6% 7.502 47.250 19.731 2.543 1.012.516 4,7% 1,9% 0,3% 100,0% 3.331.906.173 2.622.444.650 692.392.123 13.720.767.453 24,3% 19,1% 5,0% 100,0% 70.516 132.909 272.277 13.551 El resultado de la simulación con los datos de 2009 muestra cómo solo quedarían excluidos del régimen de módulos un 0,3% de los agricultores, que suponen el 5% de los ingresos totales declarados en este régimen. Este porcentaje de agricultores no podría tributar por módulos y tendría que hacerlo por Estimación Directa (ver apartado b). Los resultados obtenidos en esta simulación están en línea con las primeras CORREO ELECTRÓNICO: [email protected] Pº DE LA INFANTA ISABEL, 1 28071 - MADRID TEL: 913475403 FAX: 913475117 SUBSECRETARÍA MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE SUBDIRECCION GENERAL DE ANÁLISIS, PROSPECTIVA Y COORDINACIÓN estimaciones facilitadas telefónicamente desde el MINHAP, que sitúan el porcentaje de agricultores afectados en un 0,4%. El análisis de la simulación por provincias, que lógicamente supone un grado mayor de error en la misma al reducirse mucho la muestra, indica que las provincias donde mayor número de declarantes se verán afectados serían Sevilla y Almería, si bien no superándose nunca el 1% del total de declarantes en módulos agrarios de la provincia. Ingresos > 200.000 € Sevilla Almería Badajoz Murcia Ciudad Real Declarantes 297 279 230 182 155 % Declarantes de la provincia 0,9% 1,0% 0,6% 0,7% 0,4% Ingresos Totales (€) 87.153.520 65.486.125 63.793.361 48.661.822 35.850.514 % Ingresos en la Provincia 12,7% 6,3% 8,4% 11,4% 7,1% Media Ingresos (€) 293.198 234.401 277.093 267.868 231.407 Estimación del efecto de la reducción del umbral máximo de compras del régimen de estimación objetiva del IRPF de 300.000 a 150.000 euros Se trata de una medida que el MINHAP va a establecer con carácter genérico para los regímenes de estimación objetiva, tanto agrarios como no agrarios. El volumen de compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, en el ejercicio anterior no deberá superar la cantidad de 150.000 euros anuales. En el caso del sector agrario este criterio se estima que es aún menos excluyente que el nuevo umbral de volumen máximo de negocio, puesto que resulta bastante inusual que una explotación con menos de 200.000 euros de ingresos efectúe compras por encima de los 150.000 euros. De hecho, el análisis de los resultados de los Estudios de Costes de Explotaciones Agrarias de la SGAPC en los años 2008-2012, muestra como, por su estructura de ingresos y costes, únicamente los sectores de producción intensivos de porcino y aves son candidatos a verse afectados potencialmente por la medida, si bien en los casos estudiados la cifra de negocio supera los 200.000 euros de media. CORREO ELECTRÓNICO: [email protected] Pº DE LA INFANTA ISABEL, 1 28071 - MADRID TEL: 913475403 FAX: 913475117