Marino Barbero Santos Y Su Significado Para Las

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MARINO BARBERO SANTOS Y SU SIGNIFICADO PARA LAS RELACIONES DEL INSTITUTO MAX PLANK DE FRIBURGO CON ESPAÑA Y AMERICA LATINA PROF. DR. H.C. MUER HANS-HEINRICH JESCHECK, ANTIGUO DIRECTOR DEL MAX-PANCK INSTITUT DE DERECHO PENAL DE FRIBURGO DE BRISGOVIA. EXPRESIDENTE DE LA AIDP La muerte de Don Marino, mi querido amigo durante más de cinco décadas, nos ha llenado a mi mujer y a mi de profunda tristeza, y del mismo modo, todos aquellos que en el Instituto Max Planck de Friburgo lo han conocido, la han sentido con dolor. Fue su deseo que yo tomara parte en el acto en el que el Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha le diera entrega en Toledo del Libro-Homenaje a él dedicado. Al darme la triste noticia de su muerte, el Magnífico Rector Arroyo también me hizo saber que en sus últimos momentos la noticia de la confirmación de mi presencia en este acto le llenó de alegría. Por ello, hoy participo del luto y de la tristeza, pero agradezco el hecho de poder honrarlo en este acto académico en memoria suya junto con todos Ustedes. Pero antes debo cumplir una misión oficial. Como presidente honorario de la Asociación Intenacional de Derecho penal, por encargo y en nombre de nuestro Presidente, el Profesor Cherif Bassiouni, quiero expresar las más sinceras condolencias de nuestra asociación por el fallecimiento del Profesor Marino Barbero. Nuestro pésame va especialmente dirigido a su querida esposa, y a los hijos del fallecido. Durante los muchos años en que 39 el Profesor Marino Barbero ha pertenecido al Consejo de Dirección, y posteriormente en su calidad de Vicepresidente, ha contribuido al desarrollo de la Historia de nuestra asociación. Su corazón se sentía estrechamente vinculado con la Asociación, pero en la misma medida, también se sentía igualmente ligado a España y a la ciencia penal de habla castellana. Durante muchos años, como Presidente de la sección nacional española, ha representado la cultura jurídica española en el seno de la asociación con gran energía y demostrando su amplio conocimiento de ésta. En particular, ha visto cumplido su deseo de que la lengua castellana haya recibido el estatus de lengua oficial de la asociación junto con el francés y el inglés en publicaciones y congresos. Barbero ha sido un extraordinario hombre de ciencia, un fiel amigo de la asociación, y entre nosotros, un ominipresente representante de un espíritu siempre comprometido con la libertad, la humanidad y con una alta cultura personal. En la Asociación Internacional de Derecho penal, su memoria será siempre honrada, y permanecerá indeleble. Sin embargo, las palabras que a continuación pronunciaré en honor de nuestro querido Marino Barbero se refieren a una cosa distinta, concretamente al significado que nuestro fallecido amigo ha tenido en un ámbito vital mucho más reducido; un ámbito en el que él se cobijaba de todo corazón y en el que se sentía en su casa. Me refiero a su gran participación en la construcción de las relaciones del Instituto Max Planck con España y Latinoamérica. Para él me escribe su querida esposa - en efecto, ”Friburgo era un pulmón al que todos los años debía acudir a recuperar nuevas fuerzas y respirar aires frescos de libertad. Esa cita era sagrada”. A lo largo de nuestros años de amistad, en los que nos hemos visto con frecuencia, al menos casi cada verano en Friburgo, hemos estado unidos por la Ciencia y nos hemos sentido ligados, de pensa- 40 miento y de obra, por convicciones y principios, por lo que su muerte ha representado para mí una pérdida irreparable. Pero del mismo modo en que yo he lamentado la pérdida de un amigo, también nuestro instituto lo echará de menos como iniciador y consultor de los trabajos de investigación sobre el Derecho penal español. Sin embargo, Don Marino nos ha dejado un valioso legado: las relaciones del Instituto con los ordenamientos de España y América Latina, relaciones que él estimuló y promovió. Estas relaciones, por las que siempre le estaremos agradecidos, se han desarrollado a lo largo de todos estos años con la colaboración de muchas personas. Marino Barbero fue en 1957 nuestro primer huésped español. Durante dos semestres acudió a mis lecciones en la Universidad, y durante un tiempo fue asistente invitado entre nosotros. Por aquel entonces, en el Instituto ya habían comenzado los estudios de Derecho penal español de la mano de Heinz Mattes. Con él Barbero estableció un gran amistad, a la que dio expresión, tras la prematura muerte de éste, en una preciosa nota necrológica en el Anuario de Derecho penal. Por aquel entonces ya se había publicado la traducción alemana del código penal español de 1944, que a mi propuesta habían llevado a cabo Antonio Quintano Ripollés y su esposa, 1a austriaca Johanna Heilpern. Con este punto de partida, el desarrollo de los trabajos sobre el Derecho penal español tomó un gran impulso. En el curso de estos años, la sección española de la biblioteca, que hoy constituye uno de los tesoros de la casa, se pudo ampliar con la ayuda y el asesoramiento de Barbero. También el aprendizaje de la lengua castellana en el instituto comenzó pronto, bajo el fuerte impulso dado por Antonio Beristáin, que entonces se convirtió en nuestro segundo gran amigo español. Por otro lado, los varios trabajos de Don Marino en idioma alemán sirvieron a una más profunda comprensión del Derecho penal español en Alemania y al desarrollo de la comparación del Derecho penal español con el alemán. 41 José María Rodriguez Devesa incluyó la doctrina alemana en su Parte General desde su primera edición de 1969, y Alfonso Serrano Gómez ha continuado haciéndolo desde que se hizo cargo de la obra. Enrique Gimbernat Ordeig publicó una descripción de España en la obra colectiva que edité bajo el título ”Das ausländische Strafrecht der Gegenwart” (”El Derecho penal extranjero en el presente”). Yo mismo fuí invitado en muchas ocasiones a dar conferencias en Universidades españolas y mi Tratado, ya desde su primera edición contempla el Derecho español - tal como Barbero nos había hecho comprender - como el de uno de los paises absolutamente representativos del ámbito románico para la comparación. Más tarde, en su tercera edición fue traducido por Santiago Mir Puig y Francisco Muñoz Conde, y la cuarta por José Luis Manzanares Samaniego. La traducción de la quinta edición del Tratado, escrita conjuntamente con Thomas Weigend, la está llevando a cabo el profesor Miguel Olmedo Cardenete de la Universidad de Granada, y ya se encuentra bastante avanzada. Por otra parte, nuestro instituto está preparando actualmente una edición bilingüe alemán-español del Código penal español vigente. Han sido tres las convicciones de Don Marino que han dado carácter propio a su multifacética aportación a la construcción de los lazos del Instituto con España. Estas convicciones suyas, han impregnado la imagen que de él tenemos como maestro, y que a través de conversaciones, conferencias y escritos se nos ha ido formando: la de un científico apasionadamente comprometido con su ciencia, tanto en el terreno doctrinal como en el político. La primera de estas convicciones es de naturaleza política. El Estado - nos enseñaba Barbero - debe poseer una constitución democrática que reconozca la libertad del ciudadano como derecho fundamental y que realice los principios del Estado de Derecho. Mediante su oposición al 42 régimen franquista demostró la seriedad con que él mismo ponía en práctica sus enseñanzas. La segunda convicción afecta al Derecho penal. Éste tiene que ser definido a partir de una Política criminal liberal y humana. En esta cuestión, Barbero hacía siempre calurosa referencia a sus dos grandes modelos en la teoría de la política criminal: el español Pedro Dorado Montero y el italiano Silvio Ranieri. Su lucha contra la pena de muerte estuvo, en este punto fundamental, al servicio de la humanización de la política criminal. Y al final, esta lucha la ganó, al menos en Europa. La tercera de sus convicciones fundamentales se refiere al importante papel que la Historia del Derecho debe desempeñar en la investigación y en la docencia del Derecho penal. Tomando como punto de partida dos grandes sabios españoles del final de la Edad Media de gran proyección e influencia en Europa, Francisco de Vitoria y Diego Covarrubias en Salamanca, Barbero concebía el Derecho penal de nuestro tiempo como un bien cultural común e internacional. Para él, el representante español más importante desde este amplio punto de vista del ordenamiento penal como comunidad cultural universal, fue D. Luis Jiménez de Asúa, que en su tiempo fue también muy apreciado huésped del Instituto, y a quien Heinz Mattes dedicó una célebre nota necrológica en nuestra revista Zeitschrift für die gesamte Strafrechtswissenschaft en los mismos términos. A diferencia de lo ocurrido con España, el acercamiento del instituto a la América Latina se ha realizado a pasos más pequeños. Ya en 1955 la aportación de Ricardo Nuñez sobre ”El Derecho penal argentino” inauguró la 43 colección ”Das ausländische Strafrecht der Gegenwart”, y aún antes, en 1935, bajo la dirección de Adolf Schönke, mi predecesor en la dirección del Instituto, se había publicado la obra de Günter Blau ”Gefährlichkeitsbegriff und sichernde Maβregeln im iberoamerikanischen Strafrecht” (”Los conceptos de peligrosidad y de medidas de seguridad en el Derecho penal iberoamericano”). En 1957 se publicó la traducción alemana del código penal argentino de 1921 elaborada por Heinz Mattes. Barbero, como profundo conocedor de la América Latina, preparó a su lado el camino del Instituto hacia este mundo en el que se mezclan las influencias española, italiana, francesa, belga y también la alemana, con sus múltiples problemas de funcionamiento de la Justicia penal en la práctica. En esta dirección Barbero continuó trabajando posteriormente junto a Kurt Madlener, entonces asistente científico del Instituto, que había sido discípulo suyo en Salamanca, y que ha continuado con la investigación sobre la situación de la Justicia penal en Latinoamérica. Todas estas iniciativas de Don Marino han proporcionado frutos de gran riqueza. En 1971, en el ámbito de un seminario con Ricardo Levene, posteriormente Presidente del Tribunal Federal argentino, se llevó a cabo una primera comparación de los Derechos penales argentino y alemán y de los proyectos de reforma en la América Latina. Hans Semon y Ernst-Jürgen Riegger tradujeron en el Instituto el Proyecto de Código de Procedimiento Penal Tipo. Yo mismo llevé a cabo un artículo sobre el Código penal tipo para Latinoamérica. Diversos doctorandos alemanes han investigado las dificultades del funcionamiento de la justicia penal en Sudamérica sobre el terreno, por ejemplo en Costa Rica, Colombia y Ecuador. Muchos juristas latinoamericanos que más adelante han asumido altos cargos del Estado en sus países, 44 han sido huéspedes en nuestro instituto. Yo mismo he tenido la oportunidad de dar conferencias en muchas universidades de países de la América central y del Sur explicando el Derecho penal alemán y comparándolo con el vigente en cada país. La obra ”Quellen und Schrifttum des Strafrechts” (”Fuentes y literatura del Derecho penal”), que edité en 1980 junto con Klaus Löffler, contiene una considerable panorámica sobre la casi totalidad de países de la América central y del sur y aún hoy constituye un testimonio de la intensiva labor del instituto en los tiempos en que la recopilación de esta gran cantidad de datos requería un gran esfuerzo y una profunda intimidad con el Derecho penal de los diferentes países. Para finalizar con un recuerdo personal, quisiera una vez más citar la bellísima carta de la querida señora Barbero: ”El último verano - me escribe - se despidió con pesar de la ciudad de Friburgo y del Instituto Max Planck, porque sería su última visita. Dios ha querido que fuera no sólo su último verano friburgués, sino también entre nosotros”. Para dar la relevancia merecida a Don Marino, a sus ideas y a todo lo que de ello se ha hecho realidad entre nosotros, quiero utilizar hoy aquí las palabras que él dirigió a Heinz Mattes en las líneas finales de la nota necrológica que le dedicó y que antes he mencionado, pero en este caso, quisiera dirigirlas al Don Marino mismo. ”Nuestro deber es”, dijo él en 1974 en honor de su fallecido amigo: ”Mantener, a la altura a que él las elevó, las conexiones, el trato, y la correspondencia entre España y Alemania en el marco del Instituto Max Planck de Derecho penal extranjero e internacional y en el ámbito de una ciencia necesitada, hoy más que nunca, de la mayor cooperación recíproca.” Cumplir este deber es el mejor homenaje que se puede rendir a la memoria de nuestro querido Marino Barbero. 45