La Revisión De Cuentas En La época De Felipe Ii

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LA REVISIÓN DE CUENTAS EN LA ÉPOCA DE FELIPE II: “LA CONSTRUCCIÓN DE LA CASA DE LA MONEDA DE SEGOVIA” AUTOR: MIGUEL ÁNGEL CILLANUEVA DE SANTOS PROFESOR ASOCIADO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID PALABRAS CLAVE: Contabilidad siglo XVI revisión cuentas RESUMEN: El presente trabajo se inscribe dentro de los estudios históricocontables de los siglos XVI y XVII en España. El objetivo es mostrar cuál era el procedimiento seguido en los organismos públicos a la hora de fiscalizar las cuentas que presentaban los distintos administradores del patrimonio real. Como es sabido, el método contable habitual en la redición de cuentas de esta época (tanto en los ámbitos privados como públicos, civiles o religiosos) era el método de Cargo y Data. Partiendo de unas cuentas presentadas siguiendo esta técnica y referidas al coste de la edificación de la casa de moneda de Segovia y a las primeras pruebas y acuñaciones realizadas en ella; esta investigación trata de diseccionar el proceso de revisión de las mismas a partir de la documentación generada en el mismo y que se conserva junto a las cuentas originales en el Archivo General de Simancas formando un único legajo. Estos documentos van a servir, además, para conocer a los distintos organismos y responsables relacionados con estas instituciones: por un lado, los contadores de las distintas Contadurías del reino: Hacienda, Relaciones y Excusado, Razón y Consejo de Indias y, por otro, los responsables de la casa de la moneda: el Teniente de Tesorero y el Veedor. LA REVISIÓN DE CUENTAS EN LA ÉPOCA DE FELIPE II: “LA CONSTRUCCIÓN DE LA CASA DE LA MONEDA DE SEGOVIA” INDICE: 1. Introducción al estudio de la Casa de la Moneda de Segovia 2. Composición del legajo 906 del Tribunal Mayor de Cuentas 3. Revisión de cuentas: Capítulo 1 Capítulo 2 Capítulo 3 Capítulo 4 Capítulo 5 Capítulo 6 Capítulo 7 Capítulo 8 Capítulo 9 Capítulo 10 Capítulo 11 Capítulo 12 Capítulo 13 Capítulo 14 Capítulo 15 Capítulo 16 4. Conclusiones 5. Bibliografía citada 1. Introducción al estudio de la Casa de la Moneda de Segovia: La Casa de Moneda de Segovia edificada entre 1583 y 1588 fue la primera ceca1 que utilizó un “ingenio” mecánico para producir dineros en España. Los primeros indicios de la realización de monedas mediante un proceso mecánico datan de mediados del siglo XVI en Alemania. Dicho proceso consistía en la utilización de “un ingenio de laminación provisto de un par de cuños rodillos montados en paralelo e impulsado por una gran rueda hidráulica” [Murray, 2006, 18]. Hasta entonces venía utilizándose desde tiempo inmemorial la acuñación a martillo, método arcaico que producía monedas muy irregulares y de mala calidad, lo que facilitaba la posterior manipulación de las piezas recortando los bordes. Las noticias sobre la aparición de este nuevo “ingenio” para fabricar monedas llegaron rápidamente a España a través de los enlaces familiares de la Casa de Austria. Así, una serie de negociaciones entre el Rey Felipe II y el Archiduque Fernando de Tirol concluyeron con el envío de dos ingenios desde la Casa de Moneda de Hall (Austria) y dieron lugar a la edificación de la nueva2 Casa de Moneda de Segovia. Tanto el transporte de los mecanismos desde Austria, como el propio edificio donde se iban a ubicar e, incluso, el mismo funcionamiento interno de esta Casa de Moneda, van a tener características singulares que elevan la importancia del acontecimiento que aquí se presenta. En primer lugar, el traslado de los ingenios supuso todo un reto logístico y diplomático durante los ocho meses que duró el transporte de los mismos: “el dos de octubre de 1584, el convoy sale de Innsbruck hacia Segovia con ocho de los más expertos técnicos alemanes en la acuñación de moneda, junto con veinticinco grandes cajones de maquinaria, en la expedición industrial más grande jamás realizada hasta entonces” [Murray, 2002, 8]. Atravesando los Alpes por el Milanesado, y tratando de evitar los conflictos bélicos y los frecuentes brotes de peste que encontraron de camino a Génova, se logra embarcar el convoy y, tras hacer escala en Niza, la expedición llega por mar a Barcelona donde el jefe de la misma fallece por lo que fue necesario esperar instrucciones y un nuevo jefe para custodiar el transporte por tierra a Segovia, a donde llega, por fin, el primero de junio de 1585. Segovia había sido la sede elegida después de que fueran sucesivamente descartadas Toledo, Madrid, Lisboa y Sevilla. En un principio, Sevilla parecía la ciudad mejor situada pues era donde llegaban la mayoría del oro y plata americanos, pero por deseo expreso de Felipe II el lugar elegido fue un antiguo molino de papel y harina situado a orillas del río Eresma en Segovia. El encargado de elaborar los planos y dirigir la edificación fue el mismísimo Juan de Herrera que por entonces se encontraba trabajando en la edificación del Monasterio de El Escorial [Murray, 2006, 20]. Esta circunstancia, sin duda, ha influido para que en la actualidad la Casa de Moneda de Segovia sea la muestra de arquitectura industrial más antigua que se conserva en el mundo. 1 Ceca: casa donde se hacía moneda [Moliner, 1990, 567]. En el año 20 A.C. se fecha la primera moneda, una moneda de bronce romana con la inscripción SEGOVIA, que constituye el primer testimonio del nombre de esta ciudad y supone un dato más que suficiente para pensar que fue acuñada en una ceca segoviana [Cantalejo, 1998, 35]. En el siglo XII se cita expresamente en varios textos a la moneda acuñada en Segovia. Enrique IV en 1455 puso en marcha una casa de moneda que incorporó en las piezas un pequeño acueducto como marca de origen. En su aspecto técnico el sistema tradicional de acuñación de monedas era el llamado “de martillo” que consistía en dos cuños, uno fijo (pilón) y otro móvil (troquel), entre los que se colocaba para su acuñación la pieza metálica (cospel) [López, 1996, 16]. 2 Por último, merece especial mención la singular administración que Felipe II ordenó se llevara en este complejo numismático. En efecto, el monarca “tenía más interés en llevar a cabo ciertos experimentos con monedas en esta ceca, que en regularizar la producción de moneda en la misma” [Murray, 2006, 24]. Así, “el Real Ingenio sirvió desde su comienzo como centro de pruebas y ensayos. El experimento que hizo Felipe II con las primeras monedas acuñadas en 1586 para rebajar la ley3 de la moneda de plata, permitió el descubrimiento de fraudes generalizados respecto al peso4 y la ley de la moneda en las demás cecas, y dio lugar a la creación del puesto de Ensayador Mayor del Reino y una importante instrucción sobre esta materia, en 1588” [Murray, 2006, 25]. La casa de moneda de Segovia funcionó, por tanto, como la fábrica de moneda “particular” del rey y en ella se prestó más atención a las propias particularidades de los distintos tipos de moneda elaborados que a la cantidad de metal acuñado. Así, “las primeras monedas del Ingenio fueron las pioneras de España en llevar su fecha de acuñación, costumbre alemana introducida por los técnicos que vinieron en el convoy de los ingenios” [Murray, 2006, 25]. “Otra novedad introducida desde el Real Ingenio fue la acuñación de la primera serie de moneda de cobre fiduciaria5 [Murray, 2006, 25]. La investigación realizada sobre la edificación de esta Casa de Moneda de Segovia, denominada “Real Ingenio” en la documentación analizada, se encuentra contenida en el Legajo 906 correspondiente al Tribunal Mayor de Cuentas en la sección de Contaduría Mayor de Cuentas del Archivo General de Simancas. Dicho legajo consta aproximadamente de 1.400 hojas que se distribuyen en 35 documentos o capítulos. A través del distinto contenido de estos capítulos se puede comprender mejor, por un lado, la composición de las cuentas presentadas por D. Alonso Moreno, Tesorero general del Real Ingenio de la Moneda de Segovia, y, por otro, el procedimiento de revisión de cuentas utilizado por la Real Hacienda a finales del siglo XVI. Este último aspecto será la base de la presente investigación histórico-contable. 2. Composición del legajo 906 del Tribunal Mayor de Cuentas: De la observación de este voluminoso legajo puede deducirse que se encuentra estructurado en tres partes diferenciadas que, siguiendo el orden en que se encuentran archivadas, serían las siguientes: - conjunto de pliegos referidos el procedimiento de revisión de las cuentas; - relación jurada que finiquita la rendición de cuentas; - cargo y data6 presentado por el Tesorero de la casa de moneda. 3 La ley: contenido de metal noble que tiene la moneda. Por tanto, la ley indica el grado de pureza de las monedas. Se mide para las de oro en quilates; así, el oro puro se le divide en 24 quilates o partes de pieza y, a su vez, el quilate se divide en 4 partes o cuartos (normalmente la moneda de oro puro no era de 24 quilates sino de 23 ¾). Para las monedas de plata se mide en dineros; así, la plata pura se divide en 12 dineros, que a su vez se dividen en 24 granos [López, 1996, 16]. 4 El peso: la unidad de peso era el marco, equivalente a 230 gramos. Se dividía en 8 onzas y la onza en 24 dineros. El dinero, a su vez, se dividía en 24 granos y el grano en 4 cuartos. La talla era el número de piezas que se obtenían por marco, un aumento de éstas por marco significaba por tanto una disminución de su peso [López, 1996, 16]. 5 “Que depende del crédito y confianza que merezca” [RAE, 1992, 964]. 6 “El método de cargo y data se ajustaba a la necesidad de controlar la actuación de los depositarios o de cualquiera encargado del manejo de rentas, tal y como ocurría con los funcionarios o de cualquiera involucrado en la recepción, entrega y custodia de bienes o dineros públicos” [Hernández, 2007, 3]. Cada una de estas tres partes se divide en una serie de capítulos en función del distinto cometido de los pliegos que contienen; en total se han contabilizado 35 capítulos diferentes que se recogen en el siguiente cuadro: CAPÍTULO 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. REVISIÓN DE CUENTAS Horas ocupadas en tomar la cuenta Comisión para tomar la cuenta Justificaciones que faltan Gastos rechazados de Francisco de Rivera Poder para dar cuentas Instrucción a Moreno y Zomere Belt firma en lugar de Zomere Salarios de los alemanes Cargo de dinero según contadores de la razón Cargo de dinero del Consejo de Indias Cargo de dinero extraordinario Cargo de dinero de Antonio de Cartagena Cargo de dinero de Francisco de Ribera Aclaraciones sobre el pliego de Francisco de Ribera Más aclaraciones sobre el pliego de Francisco de Ribera Cargo de herramientas por Francisco de Ribera RELACIÓN JURADA 17. Relación jurada – cargo y data 18. Tanteo global del cargo y data 19. Resolución de la relación jurada CARGO 20. Cargo del tesorero general 21. Cargo de Antonio de Cartagena 22. Cargo de la Casa Vieja 23. Cargo de plata a cargo de Alonso Moreno 24. Cargo de plata a cargo de Juan Racionero 25. Cargo de cosas extraordinarias 26. Sumario general de cargos DATA 27. Data de obras y materiales 28. Data de acarreos y portes 29. Data de jornales, salarios y destajos 30. Data de la labor de plata 31. Data extraordinaria 32. Data de salarios a oficiales 33. Data de salarios a los alemanes 34. Data del molino de pan y papel 35. Sumario general y fenecimiento Fuente: Elaboración propia FECHA 09/01/1591 31/12/1588 21/09/1589 02/12/1583 25/01/1587 08/03/1589 03/02/1589 18/01/1589 17/01/1589 17/01/1589 01/02/1589 19/02/1590 11/01/1591 20/02/1590 1583-1588 11/11/1588 22/12/1588 1586 1583-1586 1586-1588 1587-1588 1586 1586 1583-1588 1583-1588 1583-1588 1583-1588 1586-1588 1583-1588 1586-1588 1583-1588 1585 1583-1588 En el cuadro anterior se ha incluido la fecha en la que aparecen datados cada uno de los capítulos (aunque hay dos pliegos de la revisión de cuentas en los que no aparece la fecha) lo cual ayuda a situar los acontecimientos incluidos en ellos y la propia composición del legajo. 3. Revisión de cuentas: El primer grupo de documentos presentes en el legajo es el referido a los escritos generados en el proceso de revisión de cuentas por parte de los dos contadores designados para ello por la Contaduría Mayor de Cuentas. Por este motivo son los documentos más recientes de todo el legajo pues abarcan los más de dos años (de finales de 1588 a principios de 1591) que tardaron estos contadores en fiscalizar las cuentas de la casa de la moneda de Segovia, las cuales datan de 1583 a 1588. En concreto, se han conservado en el Archivo General de Simancas un total de 16 documentos relacionados con este proceso de fiscalización llevado a cabo por Juan de la Peña Zorrilla, Contador de Resultas, y Miguel de Corcuera, Criado del rey. A continuación, se expone brevemente el contenido de cada uno de ellos: CAPITULO 1: El primer documento del legajo contiene el detalle de las horas empleadas por los contadores en revisar las cuentas del Tesorero Alonso Moreno. En total se ocuparon durante 242 horas comprendidas entre el 22 de noviembre de 1588 y el 9 de enero de 1591 (fecha de firma de este pliego compuesto por cuatro hojas). Este es un ejemplo de su contenido: 7 Ocupación en la cuenta de Alonso Moreno oras martes 22 de noviembre de 1588 por la tarde dos oras y media en ordenar los pliegos________ jueves 24 del dicho dos oras y media__________ jueves 2 de diciembre tres oras______________ viernes 3 de diciembre 2 oras_______________ martes 13 del dicho 2 oras _________________ martes 17 de enero de 1589 3 oras y media____ martes 16 de febrero de ese mismo año 3 oras__ 2’5 2’5 3 2 2 3’5 3 (AGS, TMC, 906) Como puede observarse, en este listado de horas se especifica que las primeras fueron empleadas en ordenar los pliegos que componen las cuentas de Alonso Moreno y, en ocasiones, se puntualiza si fue por la mañana o por la tarde la ocupación. CAPITULO 2. A pesar de que se hacía referencia al 22 de noviembre de 1588 como la fecha en que se inició el proceso de revisión, la “Comisión para tomar cuenta” firmada de puño y letra por el Felipe II data de 31 de diciembre de 1588. Este documento es el segundo que aparece en el legajo y en él se nombra a Juan de la Peña Zorrilla, Contador de Resultas, y a Miguel de Corcuera, Criado del rey, para el fenecimiento de las cuentas de Alonso Moreno, Teniente de Tesorero de la casa de la moneda de Segovia, de las cosas y dineros que recibió para “gasto y fábrica del dicho ingenio (…) así como del dinero que se obtuvo de la plata que se le entregó”. (AGS, TMC, 906) La revisión deberán hacerla con intervención de Juan de Ibarra, secretario personal del rey, y “el fenecimiento y resolución de las cuentas se entregaran en la Contaduría Mayor de Cuentas que se encargará de cobrar el alcance que ellas hubiere y dar finiquito al dicho Alonso Moreno”. (AGS, TMC, 906) 7 En adelante se utilizará la letra cursiva para presentar la transcripción íntegra del texto original contenido en cada uno de los documentos que van a analizarse, es decir, todos ellos responderán a la misma signatura: Archivo General de Simancas, Tribunal Mayor de Cuentas, Legajo 906 (AGS, TMC, 906) Con este fin, mediante este escrito el rey otorga poder a los contadores Zorrilla y Corcuera para solicitar cualquier tipo de averiguaciones y diligencias a ministros, escribanos y oficiales reales de la siguiente forma: “…para todo lo que dicho es y lo a ello anexo y dependiente os doy bastante poder y comisión como es necesario y mandamos a todos y cualesquiera personas ministros y oficiales míos que os den y hagan dar las receptas, relaciones y otros cualesquiera papeles que les pidieseis para la comprobación, liquidación y averiguación de las dichas cuentas y a cualesquiera mío servicio escribanos que hagan las notificaciones y demás diligencias que de mi parte les ordenaredes y so la pena que les pusieredes las cuales queremos y mandamos se ejecuten en ellos y en sus bienes lo contrario que así conviene a nuestro servicio fecha en Madrid a treinta y uno de diciembre de mil quinientos y ochenta y ocho años. YO EL REY” (AGS, TMC, 906) CAPITULO 3: El siguiente documento que aparece en el legajo no está fechado, aunque probablemente date de 1590, en él parece que los contadores Zorrilla y Corcuera solicitan al Tesorero de la casa de la moneda una serie de justificaciones sobre determinadas partidas que aparecen contenidas en sus cuentas y es una buena muestra de la escrupulosidad con que eran revisadas las cuentas. He aquí parte del contenido (hay un total de quince aclaraciones solicitadas de diversa índole) de la primera de las tres caras que componen este escrito, en el que se muestran unos ejemplos de lo que debía justificar el dicho Alonso Moreno: “En las obras del ingenio se pagaron carreteros ordinarios de la casa real del bosque de Segovia ha se de advertir vino hacerles buenas en las obras del dicho alcázar. El veedor pone papel y tinta ha se de saber si se le dio alguna cosa por la ocupación de estas obra e ingenio porque habiéndosele dado, se le ha de cargar y no parece que no. Que las nóminas formadas de Hanz Beltsa8 no vienen con fe suya de la paga si no solo del veedor Ribera y por la intención se mandó de se fe de la paga con el Veedor. Que se ha de advertir el paradero de las cajas, lías, esteras y armas en que se envío el dinero y en los cajones en que vino la plata de Sevilla.” (AGS, TMC, 906) CAPITULO 4: Aparece en este documento otra de las figuras principales de la edificación de la casa de la moneda de Segovia: Francisco de Ribera, veedor de las obras del Alcázar de Segovia y veedor también de estas obras de la casa de la moneda. En el encabezamiento de este escrito, que tampoco aparece fechado, los contadores Zorrilla y Corcuera argumentan que presentan una “relación de resultas que salen contra él por la cuenta de Alonso Moreno de la fábrica del ingenio de Segovia que fue a su cargo”. (AGS, TMC, 906) Esta relación está formada por un total nueve partidas cuyo importe total es de 19.527 maravedíes, cantidad que, en principio los contadores rechazan de la data de “cosas extraordinarias” presentada por Alonso Moreno. Estas son las contenidas en la primera de las caras que componen el documento: 8 Hans Belt o Ans Beltza (ya que de varias formas viene recogido en la documentación analizada) es uno de los oficiales alemanes que vinieron a trabajar en el Ingenio, que además de ejercer como intérprete, era el encargado de recibir y distribuir sus salarios, por lo que suele aparecer en los apuntes contables de la data presentada por Alonso Moreno. “Por la datta de mrs. 9 Pagados por cosas extraordinarias Ochocientos y diez y seis mrs. que se sacaron por libranza suya a Yuste Mínguez por doce días en que se ocupó en venir con el dicho veedor de Segovia a esta villa de Madrid y aunque en ella dice venía por dinero para las obras y otras cosas se sacó resulta contra él porque se trucó como criado suyo y no haber constado fuese para lo que decía la dicha libranza. 816 Trescientos y cuarenta mrs. que se dieron a un peón que despachó el Arguelles Ortega desde la dicha ciudad de Segovia al Escorial de los cuales se sacó resulta contra el dicho veedor por no decirse para que se despachó y cuando lo dijera por no ser gasto tocante a la fábrica del Ingenio para que estaba consignado. Lo descargo de Alonso Moreno. 340 (AGS, TMC, 906) En el encabezamiento de estos apuntes se hace referencia a la “datta de mrs. pagados por cosas extraordinarias10”, este va a ser uno de ocho conceptos distintos que van a ser llevados en libros separados por parte del tesorero Alonso Moreno y que, en conjunto, formaban la data total de la fábrica de la casa de moneda de Segovia. Este listado de gastos rechazados concluye con una décima partida sin cantidad asignada en la que se dice: “De la otra cuenta salen muchas resultas de pertrechos y materiales que se compran para las obras los cuales se habían de satisfacer con certificación suya del consumo y del maestro mayor de la cuenta que habían de tomar al tenedor de ellos __ diose y luego preguntándole si estos se habían cumplido así para satisfacer las dichas resultas y responde que allí no hay tenedor y que lo ha tenido todo debajo de sus llaves mirando con particular cuidado en qué y cómo se había de aprovechar y gastar. ___ Ver si bastara para satisfacer las dichas resultas lo que el dice faltando la intervención del maestro mayor y habiendo sido a su cargo.” (AGS, TMC, 906) Apunte que ejemplifica el control que debía seguirse en los pagos que se realizaban en la casa de la moneda. CAPITULO 5: Carta de poder fechada a 21 de septiembre de 1589 otorgada por Alonso Moreno, teniente de tesorero de la casa de la moneda de Segovia a favor de Antonio de Argüelles para que en su nombre otorgue las cuentas de toda la plata que se labró en el Ingenio entre los años de 1587 y 1588 a los contadores Zorrilla y Corcuera. En dicha carta, Alonso Moreno hace especial mención de que queda sometido al dictamen de los contadores renunciando a su “propio fuero jurisdicción”. (AGS, TMC, 906) CAPITULO 6: Traslado de la instrucción que se dio de la orden que había de tener en la fábrica del ingenio que se hizo en Segovia en el molino de Antonio de San Millán para labrar moneda, fechado en dos de diciembre de 1583. Resulta lógico suponer que los contadores solicitaran este documento a Alonso Moreno para conocer cuáles eran las órdenes que había recibido y hasta dónde llegaba su poder de decisión como pagador real. 9 “mrs.” es la abreviatura utilizada para “maravedíes” tanto en la documentación analizada como en el presente trabajo. 10 Resulta habitual en los libros de cuentas oficiales de esta época encontrar un apartado dedicado a “gastos extraordinarios”, por ejemplo, queda constancia de ello en la fábrica de la catedral de Segovia entre 1524 y 1699. [Cillanueva, 2009, 163-164]. CAPITULO 7: Este documento demostraría el permiso concedido por el secretario del rey, Juan de Ibarra, para autorizar el cambio de una de las personas encargadas de firmar las libranzas en la casa de la moneda; así, a partir de la fecha de este escrito, 25 de enero de 1587, Hans Belt firmará las libranzas junto al veedor Francisco de Ribera, como venía haciéndolo anteriormente otro de los oficiales alemanes: Filiberto de Zomere. CAPITULO 8: Traslado de la memoria que dio el secretario real Antonio de Eraso del salario que se había de pagar a los oficiales alemanes que trabajaban en la casa de moneda de Segovia y de lo que se les había de dar para camas. Fechado a 8 de marzo de 1589, se aplicó desde primero de septiembre de 1585 a los siguientes oficiales alemanes: Maese Volff (carpintero), Jácome Saberben (carpintero), Resualdo Silipole (carpintero), Matías Esclariflez (serrero), Gaspar Sauer (cerrajero), Joaquín Lingabaos (ensayador), Pedro Barrepec (abridor de sellos) y Martín Faydel. Este es el inicio del pliego: “Memoria de los salarios que se dan a los oficiales que han venido de Alemania y de lo que ha parecido que se les dé desde primero de septiembre de ochenta y cinco años en adelante” (AGS, TMC, 906) El origen del documento estaría en la “actualización” que el dicho Alonso Moreno propone que se haga a los salarios de los oficiales alemanes pues éstos traían el salario fijado desde su país y éste resultaba bastante inferior al que se pagaba en España por su oficio, lo que se pone claramente de manifiesto en el siguiente extracto del mismo: “Monta el salario que han tenido hasta aquí los dichos cinco oficiales que son los primeros que vinieron de Alemania: quinientos y doce reales créceseles a cuenta doscientos y ocho de manera que vendrían a tener setecientos y veinte reales cada mes y con todo esto no llegan al salario ordinario que se suele dar a cualquier oficial de los de la tierra”. (AGS, TMC, 906) Este texto sirve, por tanto, para reconocer los consabidos problemas inflacionistas11 de la economía castellana durante los siglos XVI y XVII, pues durante los mismos se desarrolló la denominada “revolución de precios” en Castilla. Evidentemente, los salarios no quedaron al margen de los incrementos de precios que experimentaban los productos12. Además de su salario y manutención, a los oficiales alemanes se les había buscado, a cuenta de la fábrica de la casa de la moneda, una cama donde dormir por lo que propone Alonso Moreno, una vez que el edificio del casa de moneda está casi terminado que se les compren unas camas para que duerman allí, de la siguiente manera: “Porque el alquilar las camas a costa de su majestad como hasta ahora se ha hecho es mucho gasto parece que se les podrá dar a los que de nuevo han venido a doscientos reales por una vez para que compren camas y las sustenten y a los que estaban acá se les dé a ciento y cincuenta reales y parece que según el tiempo y la carestía de la tierra va todo lo susodicho moderado y limitado de manera que no hay que quitar demás”. (AGS, TMC, 906) 11 Hamilton, Elliot o Nadal, entre otros, han sido los autores que han estudiado a fondo este proceso motivado por la llegada de metales preciosos procedentes de América. Hasta la aparición de la obra de Hamilton, las explicaciones a la inflación castellana de los siglos XVI y XVII habían sido diversas: la exportación masiva de ganados, al fuerte crecimiento de la presión fiscal y, naturalmente, a las maquinaciones de los intermediarios, sobre todo extranjeros, en ferias y mercados [Hamilton, 1975, 300-304]. Hamilton fue el primero en tratar de justificar detalladamente la influencia que pudo tener la masiva llegada de metales preciosos provenientes de las minas de ultramar en los precios de las mercancías españolas, en general, y castellanas, en particular. 12 Los precios de los cereales o las gallinas en la ciudad de Segovia se cuadruplicaron entre 1530 y 1680. [Cillanueva, 2009, 127]. Párrafo que trataría de demostrar el “compromiso” del tesorero en la buena administración de las rentas reales. CAPITULO 9: Al objeto de comprobar los cargos presentados por Alonso Moreno correspondientes a la plata y dinero enviados a la casa de moneda de Segovia durante los años de 1587 y 1588 desde la Hacienda real, los contadores Zorrilla y Corcuera solicitan el 17 de enero de 1589 a los también contadores de la Hacienda real Juan Bernaldo de Quirós y Juan López de Vivanco les remitan la información recogida al respecto en los “libros de la Razón de la Hacienda de su majestad”. Y lo solicitan de la siguiente manera: “Para comprobación de la cuenta que ha de dar Alonso Moreno teniente de tesorero de la casa vieja de la moneda de la ciudad de Segovia de la plata que por mandado de su majestad se labró en su real Ingenio los años de 1587, 1588 y de otras cosas que contra él resultaron por la que se tomó a Juan Racionero de la plata de su majestad que se la dio en el dicho Ingenio el año de 1586 y del dinero que al dicho Alonso Moreno se le ha librado para gastos de las obras del alcázar de la dicha ciudad de Segovia y de las del dicho Ingenio paga de los alemanes que en residen y para otras cosas desde el año de 1583 hasta fin del pasado de 1588 que por comisión particular de su majestad no está cometida y conviene al servicio de su majestad que los señores Juan Bernardo de Quirós y Juan López de Vivanco sus contadores den razón al pie de este pliego de los cargos que contra el dicho Alonso Moreno resultan por los libros de la razón de la Hacienda de su majestad que tienen de plata, dinero, cobre o otras cualesquiera cosas que se le hayan mandado entregar. Para los dichos efectos de que en cualquier manera deba dar cuenta. Fecho en Madrid a 17 de enero de 1589 años”. Juan de la Peña Zorrilla Miguel de Corcuera (AGS, TMC, 906) La respuesta de los contadores de Hacienda aparece a continuación con este encabezamiento: “Lo que por los libros de la Razón de la Hacienda de su majestad que yo el contador Juan de Quirós y de Vivanco tengo. Parece acerca de lo que en este pliego contenido es lo siguiente” (AGS, TMC, 906) Estos son los cargos comprobados por los contadores Bernaldo y Vivanco: - Para la obra del Ingenio: 1.125.000 mrs. - Entregado por Juan Racionero, criado de su majestad: 80 marcos de plata - Para paga de los alemanes: 750.000 mrs. - Para paga de alemanes y otros gastos: 2.140.378 mrs. - Para paga de alemanes y otras cosas: 1.500.000 mrs. - Para el gasto del Ingenio y labor de la plata: 1.500.000 mrs. - Para gastos del traslado del Ingenio. 527.266 mrs. - Para gastos del Ingenio: 1.125.000 mrs. - Plata en pasta: 75.000.000 mrs. - Para paga de oficiales y otras cosas: 75.000.000 mrs. - Otros gastos: 3.750.000 mrs. - Señoraje y monedaje: 375.000 mrs. - Por resultas de la razón: 3.000.000 mrs. En conclusión, con este documento se da conformidad a los cargos presentados por Alonso Moreno en sus cuentas mediante las siguientes afirmaciones: “Todo lo cual consta y parece por los libros que yo tengo, lo cual va escrito en tres pliegos con este y para más comprobación se podrá ver por los libros del otro oficial. Fecho en Madrid a 13 de febrero de 1589” Juan López de Vivanco (AGS, TMC, 906) “Comprobada esta recepta por los libros que yo tengo y concuerda con ellos en lo substancial” Juan Bernaldo. (AGS, TMC, 906) CAPITULO 10: Al igual que en el documento anterior, en éste los contadores Zorrilla y Corcuera solicitan, en este caso a los contadores del Consejo de Indias, información de los cargos que tienen contra Alonso Moreno con el fin de comprobar sus cuentas. “Para comprobación de la cuenta (…) Conviene a su real servicio que los señores sus contadores de cuentas que residen en el Consejo de Indias den razón al pie de este pliego de los cargos que contra el dicho Alonso Moreno resultan por los libros que tienen, de que en cualquier manera deba dar cuenta distinguiendo y separando lo que para cada uno de los dichos efectos se le han librado. Fecho en Madrid a 17 de enero de 1589 años”. (AGS, TMC, 906) Como se observa, la solicitud está fechada el mismo día 17 de enero de 1589 y, en este caso la respuesta, dada por Francisco Díez Navarrete, por fallecimiento de Antonio de Cartagena, receptor del Consejo Real de Indias. “Por la cuenta de Antonio de Cartagena Receptor que fue del Consejo Real de las Indias vemos que recibió en depósito desde el año de 1583 hasta 1588 que falleció parece que se están recibidos en cuenta las partidas que adelante irán declaradas por entregadas a Alonso Moreno Teniente de Tesorero de la casa de la moneda de Segovia por cédulas de su majestad de esta manera” (AGS, TMC, 906) Esta respuesta se fecha un día más tarde de la solicitud: 18 de enero de 1589. Sorprende, sin duda, esta rapidez en la contestación, tal vez se deba a que compartían sede en la corte ambas contadurías. Este es un ejemplo del contenido de esta relación en la cual se puede observar cómo los contadores Zorrilla y Corcuera iban tachando las cantidades una vez hechas las comprobaciones: “Por cédula de su majestad en el pardo a 2 de septiembre de 1583 se le mandó Antonio de Cartagena que enviase Alonso Moreno Teniente de Tesorero de la casa de la moneda de Segovia tres mil ducados para que los gastase en lo que por su majestad le fue mandado. Los cuales recibió por mano de Pedro de Villa. 1.125.000 Por otra cédula de su majestad fecha en Madrid a 6 de marzo de 1584 se le mandó al dicho Cartagena enviase al dicho Alonso Moreno quinientos ducados para que los gastase conforme a la orden que tenía de su majestad en la fábrica que por su mandado se hacía en Segovia para el Ingenio de batir moneda. Los cuales recibió”. 187.500 (AGS, TMC, 906) CAPITULO 11: Siguiendo con sus averiguaciones, los contadores Zorrilla y Corcuera solicitan idéntica información, en este caso, a los contadores de Relaciones y Excusado siguiendo la fórmula habitual: “Para comprobación de la cuenta (…) Conviene a su real servicio que los señores sus contadores de Relaciones y Excusado den razón al pie de este pliego de los cargos que contra el dicho Alonso Moreno resultan por los libros que tienen de que en cualquier manera deba dar cuenta distinguiendo y separando lo que para cada uno de los dichos efectos se le ha librado. Fecho en Madrid a 17 de enero de 1589 años”. (AGS, TMC, 906) Los contadores de Relaciones y Excusado, cuatro días más tarde, contestan lo siguiente: “Por los libros de Relaciones y Excusado de su Majestad no parece que Alonso Moreno se le hayan librado para el efecto contenido en este pliego mrs. algunos de que se lo deba hacer cargo. En Madrid a 21 de enero de 1589 años.” (AGS, TMC, 906) CAPITULO 12: Como se hacía constar en el Capítulo 10, al solicitar los revisores de las cuentas de Alonso Moreno información a la Contaduría del Consejo de Indias se les informaba que el contador Antonio de Cartagena había fallecido en 1588. Por esta razón, los contadores Zorrilla y Corcuera dirigen otro escrito similar a los herederos de Antonio de Cartagena: “Para comprobación de la cuenta (…) Conviene a su real servicio que los herederos de Antonio de Cartagena Receptor que fue del Consejo de Indias o la persona en cuyo poder están sus papeles, den razón al pie de este pliego del dinero que pareciere haber entregado al dicho Alonso Moreno para cualquiera de los dichos efectos de que en cualquier manera deba dar cuenta. Fecho en Madrid a 17 de enero de 1589 años.” (AGS, TMC, 906) La contestación de los sucesores de Antonio de Cartagena fue que: “Los papeles por donde se había de dar esta razón se entregaron en la Contaduría de Cuentas de las Indias por donde se tomaron las cuentas de donde procedió el dinero que se dio al dicho Alonso Moreno donde se dará razón de lo que se pide por este pliego en Madrid a 21 de febrero de 1589 años.” (AGS, TMC, 906) Es decir, se remiten a la información dada anteriormente por la Contaduría de Indias. CAPITULO 13: Una vez confirmados los cargos con las respectivas Contadurías con las que tuvo relación la fábrica de la casa de moneda de Segovia, los contadores Zorrilla y Corcuera dirigen el presente escrito el 17 de enero de 1589 al veedor de las obras, Francisco de Ribera, para que “Para comprobación de la cuenta (…) Conviene a su real servicio que el señor Francisco de Ribera su veedor de las dichas obras, de razón al pie de este pliego de los cargos que contra el dicho Alonso Moreno resultan por los libros que el tiene de que en cualquier manera deba dar cuenta distinguiendo y separando lo que para cada uno de los dichos efectos se le ha librado. Fecho en Madrid a 17 de enero de 1589 años. Va entre renglones de su majestad”. (AGS, TMC, 906) Francisco de Ribera responde a continuación, con un listado, fechado en primero de febrero de 1589, formado por tres hojas que recogen los cargos desde 2 de diciembre de 1583 hasta fin de 1588 por un total de 21.080.978 mrs. que formaría el cargo recibido por Alonso Moreno y que comienza de la siguiente manera: “Cargo de Alonso Moreno pagador de las obras del Ingenio que es casa de la moneda en la ciudad de Segovia desde 2 de diciembre de 1583 años hasta fin de diciembre de 1588 + + tres mil ducados los dos los mil para salarios de alemanes, dos mil para las obras por carta del rey nuestro señor hecha a dos de diciembre de 1583 años ________________________________________ quinientos ducados para las obras por carta del rey nuestro señor hecha a 6 de marzo de 1584 años dio éstos Antonio de Cartagena receptor del Consejo de Indias”__________________________ 1.125.000 187.500 (AGS, TMC, 906) Aquí también se puede apreciar como se han ido tachando las cantidades según se iban comprobando. Por otra parte, aparece la suma acumulada al final y al principio de cada una de la tres caras que forman la contestación de Francisco de Ribera. CAPITULO 14: en este documento los contadores Zorrilla y Corcuera solicitan, de nuevo a Francisco de Ribera, aclaraciones a ciertas dudas que les surgen tras la recepción del cargo anteriormente remitido de la siguiente manera: “Para comprobación de la cuenta (…) Conviene al servicio de su majestad que el señor Francisco de Ribera su veedor de las obras del alcázar de aquella ciudad y de las del Ingenio, dé razón al pie de este pliego de las cosas que adelante irán declaradas” (AGS, TMC, 906) En concreto, le solicitan que dé razón al pie de este pliego fechado a 15 de enero de 1590 (un año más tarde de la recepción del documento anterior) de cinco cuestiones: - ¿cuál era el cómputo utilizado para pagar a los oficiales alemanes: 30 días o meses completos? - ¿quién ordenó algunas partidas de vino, colaciones13 y albricias14 para celebrar la primera prueba del Ingenio? - ¿por qué se pagaron algunos maravedíes por llevar el hato15 y herramientas de algunos oficiales que fueron a la obra desde San Lorenzo el real? - ¿por qué no se compraron las camas para los oficiales alemanes y se siguieron alquilando? - ¿por qué no fue por cargo del fundidor alemán todas las mermas, gastos y costas de la fundición de la plata como estaba previsto? “A todo lo cual conviene al servicio de su majestad responda y satisfaga el señor veedor con mucha brevedad. Fecho en Madrid a 15 de enero de 1590 años.” (AGS, TMC, 906) A pesar de aparecer la firma de ambos contadores, a continuación, siguen solicitando aclaración de cuatro cuestiones más a Francisco de Ribera, que son las siguientes: - ¿por qué se libraron ciertas partidas a Juan de Morales (ensayador) y a Melchor del Valle (balanzario), cuando no había razón para ello? - también, solicitan información sobre las libranzas realizadas al escribano; - ¿cuál es el paradero de un recaudo de 18.607 mrs. que rey envió desde Monzón a Alonso Moreno? - por último, solicitan información sobre una pérdida de tres marcos y seis onzas de plata en unas pruebas realizadas en la casa de moneda vieja por una rotura de los crisoles. Seguidamente, aparece la respuesta a estas cuestiones de Francisco de Ribera con fecha de 19 de febrero de 1590. Para reflejar la exactitud y el grado de detalle mostrado por el veedor en su respuesta a los contadores reales se presenta el texto íntegro de su respuesta, en la que puntualiza una a una la contestación a cada una de las cuestiones que éstos planteaban de la siguiente manera: “En cuanto al salario de los alemanes siempre se entendió desde que vinieron a Segovia que se les había de pagar por días y así tienen todos señalados sus salarios como hay razón de ello y así se hace con ellos la cuenta de 30 en 30 días por ser cuenta más cierta y justa y dado caso que algunos meses tengan 31 días y otros 30 y otros no lleguen pagando a estos por días como traen señalados sus salarios, no se hace en esto cosa en que se ofenda la hacienda del rey nuestro señor. En cuanto al segundo capítulo de algunas partidas puestas en nóminas de jornales que se dieron de vino y colaciones y albricias, se dio esto con parecer del señor arzobispo de Zaragoza que a la razón era obispo de Segovia, a cuyo cargo estaba por mandado de su 13 “Refacción de dulces, pastas y a veces fiambres, con que se obsequia a un huésped o se celebra un suceso” [RAE, 1992, 504]. 14 “Regalo que se da por alguna buena nueva a la persona que trae la primera noticia de aquella” [RAE, 1992, 84]. 15 “Ropa y otros objetos que uno tiene para el uso preciso y ordinario” [RAE, 1992, 1088]. majestad el gobierno de todas las cosas del Ingenio y así por parecer de su señoría se los hiciera algún regalo como a gente bienvenida y porque con más voluntad se aplicasen al trabajo cuando hubo algunas ocasiones haciéndoles trabajar fuera de las horas a que ellos estaban obligados y cuando se hizo la primera prueba de la moneda que se labró y como salió tan bien y siendo cosas de las del contento del rey nuestro señor y de tanta importancia se les dieron las albricias, ordenándolo el dicho señor arzobispo. Y también se verán en algunas partidas de las cuentas vino y ventaja que se hacía a algunos peones, fue con orden mía haciéndolos trabajar de noche cuando se hacía la presa y se abrían los cajones de los cimientos junto al río y sacando agua en los meses de invierno. El tercero capítulo que se trata de los pizarreros de que se les pagan los portes de mudarse de unas obras a otras se responde que hay de esto cartas del rey nuestro señor hecha en San Lorenzo el real a los 21 de julio de 1571 años refrendada del Secretario Mayor de Gaztelu cuyo traslado tengo yo en los libros de mi oficio y determina esto y posadas muy especificadamente. El cuarto capítulo que trata de camas de los alemanes, la razón que para esto hay es que con los dichos alemanes nunca se puedo acabar que quisieron recibir el dinero para comprar camas aunque trato esto con ellos el señor embajador del emperador, no lo quisieron quitar por no tener mujeres y ahora como los más son casados había medio año que aceptaron el tomar el dinero para las compras. El quinto capítulo que trata del fundidor de la plata se responde que no lo quiso hundir por la dicha orden porque en las pruebas que se hizo le faltaba plata y vino a pagar y perder más que ganaba de su salario y así lo dejó y se despidió y fue a Alemania y la fundición se dio a Xpobal, alemán con orden del señor secretario Juan de Ibarra y así el dicho Xpobal lo hace y mejor mucho que lo hacía el fundidor pasado. En cuanto a lo que se libró al ensayador Juan de Morales, nunca este tuvo salario ninguno y así se le iba dando a buena cuenta por no tener que comer y comunicando yo esto con el señor secretario Juan de Ibarra y como nunca se tomó resolución con él del salario que ganaba no se pudo con él fenecer la cuenta y así el dicho Morales pretende que el rey nuestro señor le acabe de pagar lo que merecía por el tiempo que sirvió y dice el Morales que esto es dos veces más de lo que recibió a buena cuenta y de lo que el rey nuestro señor a la misma por sus reales cartas le mandó dar. Al Balanzario Melchor del Valle lo que se le dio fue por dos causas: la una porque fue traído antes que su majestad le mandase nombrar para pesar la primera plata que vino al Ingenio en que se ocupó mucho tiempo; y la otra por contar toda la moneda labrada en este Ingenio cuando se pone en los talegotes y se guarda en el tesoro. Todo el tiempo que estuvo la dicha plata por cuenta de Juan Racionero por no ser este trabajo a cuenta de balanzarios y es oficio de por sí era cosa justa se le pagase el tiempo que sirvió y tuvo este trabajo y así no se le ha podido a este nada descontar por no tener salario ni saberse lo que tiene que haber. En cuanto a los 10.322 mrs. que se libraron a Bruno de Gimfun escribano, se le dieron, por las escrituras, cartas de pago y otras ocupaciones que tuvo desde la primera plata que vino a este Ingenio y de otros asientos que se hicieron con otros oficiales que hay razón en particular de letra del señor escribano y firmada de su nombre, tengo yo en los libros de mis oficios y todo esto hizo antes que fuese nombrado por escribano del Ingenio, siendo llamado a cosas urgentes como escribano de los del número de esta ciudad por orden mía y así se le pagó su trabajo de muchas veces que bajó al Ingenio y tiempo que en ello lo ocupaba y escrituras que hacía y antes que el rey nuestro señor le mandase librar, había una cuenta de lo que servía, ninguna cosa y este ningún salario tiene por lo que sirve. En cuanto a los 36 reales de a 8 que se libraron a Monzón al rey nuestro señor fue por orden del señor arzobispo de Zaragoza por ser la segunda prueba que se hizo y su majestad los mandó dar a quien fue servido y el señor secretario Antonio de Eraso que estaba a la sazón en Monzón escribió cuanto el rey nuestro señor había recibido contento de la buena prueba que se había hecho segunda vez. Y cuanto a los 8.415 mrs. de la falta de los 3 mrs. 6 onzas de plata que en la fundición de ella se vino a mermar por falta de los crisoles (…) y por este respeto vino a mermar la dicha plata aunque se hizo toda la diligencia posible en recogerlo y atento que la plata se tomó prestada de lo que de particulares se labraba en la casa vieja, fue necesario pagarlo a su dueño pues se consumió en cosas del servicio del rey nuestro señor y en las dichas pruebas y con orden particular del señor arzobispo de Zaragoza se pidió prestado y en su presencia se hicieron todas las pruebas y acompañando yo en este a su señoría vi lo que faltó y en estas obras y todo lo que en ellas se gasta y en los que resulta de todos los gastos de la manufactura de la plata tengo yo licencia por mandado del rey nuestro señor líbralo y por su real carta hecha en Madrid a 28 de febrero de 1588 años refrendada por el señor secretario Pedro de Ibarra en tres renglones = seguida= borrado a do decía =primera= la que esto, a 19 de febrero de 1590 años” = Francisco de Ribera = (AGS, TMC, 906) Poco se puede añadir a las aclaraciones presentadas por el veedor de las obras de la casa de moneda de Segovia ante los contadores reales, y éstos parece que quedaron satisfechos con las mismas, ya que en el siguiente documento, que se pasa a continuación a analizar, volverán a exigirle más explicaciones pero haciendo referencia a cuestiones distintas a las planteadas anteriormente. CAPITULO 15: Como se adelantaba anteriormente, en este penúltimo pliego suelto del legajo examinado los contadores Zorrilla y Corcuera se dirigen de nuevo al veedor Francisco de Ribera para que dé razón de lo siguiente: “De la cuenta que por comisión de su majestad hemos tomado a Alonso Moreno (…)dé razón de las cosas que adelante irán declaradas: A Joaquín Linguel y a los oficiales monederos que con él vinieron se libraron por una libranza treinta y dos mil ochocientos y noventa y cinco mrs. de un mes de sueldo que se cumplió en 16 de mayo de 1585 y dice en ella estaban pagados de su sueldo hasta 12 de junio del dicho año y después de en otra libranza de la misma suma hecha a los susodichos de otro mes de sueldo que comenzó en 17 de mayo y se cumplió en 17 de junio y si fuese así desde 17 del dicho mes de mayo hasta el dicho día 6 de junio estaría pagado su sueldo dos veces a los susodichos. Conviene para satisfacción de esto que el señor veedor Francisco de Ribera de razón del día hasta cuando estaban pagados los dichos oficiales de su sueldo y por cuya mano antes que Alonso Moreno lo comenzase ahora. La plata que se trajo de Sevilla para labrar en el dicho Ingenio vino en 79 cajones y más un arca en que se trajo un peso para pesar la plata y unos se entregaron al dicho Alonso Moreno y ha de dar razón el dicho señor veedor de lo que se ha hecho de ellos y si se han aprovechado o no en otra cosa del servicio de su majestad para que se satisfaga el cargo que el dicho Alonso Moreno le ha sacado de los dichos cajones y arca. En la dicha cuenta se ha sacado cargo de pertrechos y de algunas cosas particulares que se compraron para las dichas obras y fábrica que se hubo de entregar al tenedor de ellos y ahora se ha presentado un capítulo de la instrucción que tiene el señor veedor en que es el mayordomo manda que él y el maestro mayor de las obras tomen cuenta de cuatro en cuatro meses al dicho tenedor de materiales y pertrechos y porque no hay razón se le haya tomado conviene la de el señor veedor de lo que en esto se ha hecho para que dé satisfacción los cargos de la dicha cuenta. Por libranza del dicho señor veedor se pagaron ciertos mrs. por papel y tinta que se compró para lo tocante a los despachos de las dichas obras y moneda lo cual no se acostumbra a poner en cuenta sin cédula de su majestad y porque en el recaudo por donde se mandó al dicho Alonso Moreno los pagase no da razón si lo tuvo o no, conviene la del señor veedor de lo que hay en esto y si se sale de su salario o a satisfecho por otra parte el trabajo y ocupación que en lo susodicho tubo. A todo lo cual conviene al servicio de su majestad que el dicho señor veedor Francisco de Ribera satisfaga y de razón de lo que había cada cosa de las de suso contenidas para que por virtud de ella se satisfagan las resultas que de esto quedan sacados en la cuenta del dicho Alonso Moreno. Fecho en Madrid a 11 de enero de 1591 años”. Juan de la Peña Zorrilla Miguel de Corcuera (AGS, TMC, 906) Esta es la contestación que dio del veedor Francisco de Ribera a los contadores reales a cada una de las cuestiones anteriores: + A la primera pregunta se responde que con estos alemanes que vinieron después de los primeros traían consigo desde Alemania a Aronju Jacob genovés y éste los pagaba y daba de comer hasta que llegó con ellos al Ingenio y allí quedaron a cargo de Filiberto de Zomere el que le tenía de los otros primeros y al suyo fue el escribir algunos días las libranzas que yo libraba por saber los nombres de estos y el hierro que hubo en aquellas dos se rehizo y yo no miré en el y sin mi razón no le hay como se verá y la tomaré un poco atrás (…) + A la segunda razón se responde que los 711 cajones y el arquilla del peso se recibió en este Ingenio y los cajones vinieron los mal quebradas y estos aprovecharon al fuego de blanquear y recocer la plata y los que fueron para servir se adecentaron y sirvieron, y el arquilla es pequeña en que vino un peso de marco y está aquí. + A la tercera razón se responde que en el Ingenio no hay aparejador de las obras, ni nunca le hubo, y el veedor lo es todo y toma cuenta en particular de todos materiales con que las obras son pertrechadas: hierro y acero de que en las fraguas de los alemanes se gasta en gran cantidad en sellos, ruedas, tornillos, cajas de hierro, hornos de hierro para fundiciones, que todo es una gran máquina y lo proveo yo y se paga por mis libranzas y veo cada día lo que hacen y en que los emplean y en el real alcázar, bosque, Fuenfría, cántaras de pizarra, es lo mismo, y aparejador no le hay y cuando lo fueron de estas obras los Tolosas, padre e hijo, en el tiempo que vivieron, el uno vino al real alcázar de Segovia una vez y el otro nunca vino y así es y fue todo a mi cargo y tengo debajo de mis llaves todos los pertrechos y se para donde son y los que son menester y atempero de esto se va gastando mirando muy de acerca siempre lo que más es provecho de la hacienda del rey nuestro señor hasta un clavo quebrado como si fuera de oro y las rejas muchas que quito de las obras deshacemos hago ajustar a las partidas de estar bien; madera vieja guardar tras llave puertas viejas y ventanas aplicando cada cosa donde conviene. + A la cuarta razón se responde que cuando el veedor vino a servir al rey nuestro señor a estas casas reales halló la costumbre del papel y tinta, y como el gasta esto en gran cantidad cárgalo en la cuenta de la hacienda del rey nuestro señor por ser para cosas de su real servicio y en hacer esto no entiendo que excedía lo que era obligado y él lo dirá a quien lo diga al rey nuestro señor. = Francisco de Ribera = (AGS, TMC, 906) De nuevo se observa tanto la concreción de las aclaraciones solicitadas (lo que apuntaría a la puntillosa revisión de todas las partidas que componen el descargo de las cuentas presentadas) como la exactitud y argumentación de las contestaciones a las mismas por parte del veedor y que parece satisfacían a los contadores por no encontrar reparos a las mismas. CAPITULO 16: Finaliza este bloque de documentos relacionados con la revisión de cuentas con una carta del veedor Francisco de Ribera fechada a 20 de febrero de 1590, es decir, un día después de las aclaraciones contenidas en el capítulo 14. No se entiende muy bien, por tanto, el sentido de este escrito, aunque parece que en el mismo el veedor confirma el envío de las aclaraciones anteriores y, como en las mismas se hacía mención a lo cobrado por el ensayador Juan de Morales, puntualiza de la siguiente manera: “+ Hay envío de la razón puntual que se me pidió y enviaré siempre todas las que vuestra merced mandare como al servicio del rey nuestro señor convengan se verán en mis libros muy puntuales porque de otra cosa no me precio sino de la claridad y bondad de la razón que en los libros de mi oficio tomo y en uno y otro nadie me hará en esto ventaja. + Aquí ha venido el ensayador Juan Morales con cierta demanda de plomo y cobre de los gastos del Ingenio que yo pagué de mis libros y se la dí, yo le respondí que yo no sacaba para nadie razón de las que tenía sin orden particular de quien a mi me la pudiese dar y como esta se siguiese que yo la daría y sino que no se cansase conmigo ni a este en que yo le sirva que tendré a gran ventura que se ofrezca esta ocasión de esta casa a 20 de febrero de 1590 años.” = Francisco de Ribera = (AGS, TMC, 906) En la parte posterior de este documento, aparece un último texto aún más difícil de interpretar puesto que no tiene ni firma ni fecha y en el consta lo siguiente: “Mandamos a los dichos veedor y maestro mayor aparejador que de 4 en 4 meses sin dilatarlo más se junten y tomen cuenta alternados de todo lo que fuere a su cargo conforme al que el dicho veedor le tuviere hecho en sus libros y por los recaudos y datta. Que el dicho tenedor de maestro les mostraré por las suyas, jurada y firmada de su nombre, de que todo fue para gasto y servicio de nuestras obras y para su descargo se dará el recaudo que fuere necesario para que en todo haya la claridad y razón que conviene lo cual lo haga y cumplan so pena de 6.000 mrs. las dos partes y la tercera para el denunciador por cada vez que no lo cumplieren y queremos que los nuestros contadores mayores de cuentas no se entrometan ni embaracen a pulir ni tomar la dicha cuenta de materiales y pertrechos en ningún tipo”. (AGS, TMC, 906) Es probable que durante la revisión de cuentas hubiera alguna diferencia de criterio entre los contadores Zorrilla y Corcuera, por un lado, y el tesorero Alonso Moreno y el veedor Francisco de Ribera, por otra, y que mediante esta instrucción el rey (bien en persona o a través de algún secretario) dictaminara estas reuniones entre el veedor y el aparejador, y mandara a los contadores que no se pidiera cuenta de materiales y pertrechos. La inclusión de este documento entre los de la revisión de las cuentas serviría de justificación a los contadores para haber eludido fiscalizar este aspecto de la obra de edificación de la casa de moneda de Segovia. 4. Conclusiones: De las pesquisas realizadas por los contadores reales para la revisión de las cuentas relativas a la edificación de la casa de moneda de Segovia podemos distinguir dos líneas fundamentales de actuación, estrechamente relacionadas con el método contable utilizado en las mismas: - la comprobación de los importes de los cargos (que en su totalidad procedían de organismos pertenecientes a la Hacienda Real) mediante pliegos en los que debían remitirles los distintos encargados de los mismos tras acreditar la “recepta”; - la comprobación de los descargos (mucho más numerosos, pues entre los ocho libros que componían la datta sumaban más de mil folios) se supone era minuciosa pues en los documentos analizados se solicitan aclaraciones muy puntuales a los responsables de la administración de casa: el Teniente de Tesorero y el Veedor, al objeto de que justifiquen determinadas partidas. La respuesta obtenida por las distintas personas consultadas por los contadores reales era incluida como parte de la revisión efectuada y servía para dar fe de las comprobaciones realizadas y suponían dar validez a las cuentas presentadas por el Teniente de Tesorero de la casa de la moneda de Segovia. 5. Bibliografía citada: CANTALEJO, R. (1998): “La ciudad cristalizada”, Catálogo de la exposición: Segovia, las ciudades de la ciudad, Caja Segovia, Segovia, pp. 31-38. CILLANUEVA, M. (2009): “La construcción de la catedral de Segovia a través de sus cuentas”, Caja Segovia, Segovia. ELLIOTT, J. H. (1969): “La decadencia de España”, Oro y moneda en la historia, 14501920, Ariel Economía, Barcelona, pp. 129-155. HAMILTON, E. J. (1975): El tesoro americano y la revolución de los precios en España, 1501-1650, Ariel, Barcelona. HERNÁNDEZ ANDREU, J. (coordinador), GARCÍA RUÍZ, J. L., LÓPEZ GONZÁLEZ, C. y RUÍZ RODRÍGUEZ, J. I. (1996): Historia monetaria y financiera de España, Madrid. 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