Guía País Chile - Federación De La Industria Textil

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Guía País CHILE Elaborada por la Oficina Económica y Comercial de España en Santiago de Chile Actualizada a Diciembre de 2005 INTRODUCCIÓN Situación, superficie y clima Demografía y sociedad Breve referencia histórica ESTRUCTURA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA Sistema político Gobierno Partidos políticos y actividad parlamentaria Sector Público La organización administrativa del Estado La Administración Económica y Comercial El Banco Central Empresas Públicas ESTRUCTURA ECONÓMICA Sector Primario Sector Secundario Sector Terciario Estructura empresaria Sistema Financiero Sector Exterior MARCO PARA LA ACTIVIDAD COMERCIAL Régimen de comercio exterior. Importaciones y Exportaciones Regulación de Cobros y Pagos con el exterior Legislación sobre contratación pública. Criterios de Adjudicación de Contratos Públicos La Distribución Comercial: Estructura y marco legal MARCO PARA LA INVERSIÓN Legislación sobre Inversiones Extranjeras Legislación mercantil Legislación fiscal Legislación laboral Legislación sobre propiedad intelectual Costes de establecimiento: de personal, alquileres, suministros y otros INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRÁCTICO Formalidades de entrada y salida Horario local y días festivos Condiciones climáticas Hoteles en las principales ciudades del país Comunicaciones Telecomunicaciones GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 4 4 4 4 5 5 5 5 7 7 7 10 10 10 11 11 12 12 12 13 15 15 19 20 21 22 22 26 30 36 42 44 46 46 46 46 47 47 47 2 Comunicaciones por vía aérea Comunicaciones por carretera Comunicaciones por vía férrea Comunicaciones por vía marítima Taxis y otros transportes internos Otros datos de interés Moneda 51 Precauciones sanitarias Seguridad ciudadana Direcciones de utilidad Embajada y Consulado de España Oficina Económica y Comercial Cámara de Comercio Española Principales Organismos oficiales en el país Direcciones de los principales Organismos del país en España GUÍA DE DIRECCIONES DE INTERÉS DEL PAÍS EN INTERNET ANEXOS Instituciones y Organizaciones Internacionales de las que el País es miembro Organigrama de la Administración Económica y Comercial Cuadro 1: DATOS BÁSICOS CUADRO MACROECONÓMICO Cuadro 3: BALANZA DE PAGOS Cuadro 4: PIB (POR SECTORES DE ORIGEN) GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 48 49 49 50 50 51 52 52 52 52 53 53 54 59 61 63 63 63 65 67 68 3 INTRODUCCIÓN Situación, superficie y clima La República de Chile forma una estrecha franja de tierra que discurre entre el Océano Pacífico y la Cordillera Andina, en el extremo sudoccidental del continente americano. Tiene una superficie de 756.946 km cuadrados, - aunque reclama sus soberanía de 1.250.000 km cuadrados de territorio antártico -, una longitud de 4.270 km (desde la frontera con Perú hasta el Cabo de Hornos) y una anchura media de 200 km (máxima de 400 km). Su posesión más occidental es la Isla de Pascua, a 3.780 km de la costa continental. Chile es un país montañoso, recorrido de Norte a Sur no sólo por la Cordillera de los Andes (con alturas que superan los 6.000 m), sino también por la Cordillera de la Costa, formando entre ambas el Valle Central. El relieve chileno es muy variado e incluye zonas desérticas en el norte del país, zonas montañosas con nieves perpetuas, estepas en la zona austral y paisajes polares en el extremo sur. Por otra parte, Chile es un país sísmicamente activo y cuenta con varios volcanes en actividad. Además, la escasa distancia entre la cordillera andina y la costa no permite el buen desarrollo de los ríos. El clima es suave y seco en el norte y húmedo en el sur. En Santiago (520 m de altitud), el mes más caluroso es enero (con 11° C de mínima y 36° C de máxima) y el más frío julio (que oscila entre 0,2°C y 20° C). El mes más seco es febrero, con precipitaciones medias de 2 mm y el más lluvioso, junio (84 mm). Demografía y sociedad Chile tiene 15.116.435 habitantes (INE–Censo de 2002), de la cual el 50,73% son mujeres. El porcentaje de población que habita en áreas urbanas es de 86,6%. En la Región Metropolitana, donde se encuentra la capital, Santiago, se concentran 6.061.185 habitantes, es decir, el 40% del total de la población del país. La composición de la misma está formada por 75,5% de mestizos; 19,9% de descendientes de europeos y 4,6% perteneciente a grupos étnicos (destacando un 4% de mapuches). De acuerdo al Censo 2002, un 25,7% de la población es menor de 15 años y el 11,4% tiene 60 o más años. El 95,8% de la población está alfabetizada. No existe una religión oficial. No obstante, según datos del censo 2002, el 70% de los chilenos mayores de 14 años se declara católico, el 15,1% evangélico, un 4,4% profesa otras religiones y el 8,3%, ninguna. Breve referencia histórica Chile alcanzó su independencia el 18 de septiembre de 1810. La Constitución actualmente en vigor se aprobó en 1980 y sólo ha experimentado ligeras modificaciones. La principal modificación se realizó en marzo de 1994, mediante la cual se acortó la duración del mandato presidencial de 8 a 6 años. En 2005 se ha rebajado de 6 a 4 años sin posibilidad de reelección inmediata. Las elecciones generales del 11 de diciembre de 1989, primeras de la democracia, fueron ganadas por los partidos de la Concertación, tomando posesión, como Presidente de la República, el democratacristiano Patricio Aylwin Azócar, el 11 de marzo de 1990. Tras cuatro años de mandato, las siguientes elecciones fueron nuevamente ganadas por la Concertación, saliendo elegido Eduardo Frei Ruiz-Tagle, a quien le sucedió, el 11 de marzo del 2000, tras las últimas elecciones presidenciales, el también candidato de la Concertación, Ricardo Lagos Escobar, actual Presidente de la República. El pasado 11 de GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 4 diciembre tuvieron lugar las elecciones presidenciales pasando a segunda vuelta la candidata de la Concertación, Michelle Bachelet y el candidato de la Alianza, Sebastián Piñera. La segunda vuelta se celebrará el día 15 de enero. ESTRUCTURA POLÍTICO-ADMINISTRATIVA La estructura político-administrativa de Chile es la de un país democrático, con una clara separación de los tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial. Sistema político Chile es una República democrática presidencialista, cuyo Jefe de Estado es el Presidente de la República, quien nombra a su propio gabinete y es elegido cada 4 años. El actual Presidente de la República es Ricardo Lagos Escobar, miembro del Partido por la Democracia (PPD), uno de los partidos de la Concertación. El 11 de diciembre pasado tuvieron lugar las elecciones parlamentarias y presidenciales en las que la candidata de la Concertación, Michelle Bachelet y el candidato de la Alianza, Sebastián Piñera han pasado a la segunda vuelta, prevista para el próximo 15 de enero. Gobierno El Gobierno actual está formado por miembros de los partidos de la Concertación – concretamente, Democracia Cristiana (DC), Partido por la Democracia (PPD), Partido Socialista (PS) y Partido Radical Social Demócrata (PRSD)-, dentro de la cual se respeta un cierto reparto o sistema de acuerdos entre partidos, en parte relacionado con el porcentaje de votos obtenidos en las elecciones. En las últimas elecciones parlamentarias celebradas el 16 de Diciembre de 2001, la opositora Alianza por Chile, con un 44,3% de los votos, incrementó significativamente el número de escaños obtenidos y por ende, de parlamentarios en la Cámara de Diputados, llegando a situarse a poco más de tres puntos de la Concertación, que alcanzó el 47,9%. No obstante, la Unión Demócrata Independiente (UDI) representa la primera fuerza política del país por porcentaje de votos y aunque la Concertación cuenta con mayoría simple, no tiene suficientes votos para aprobar cambios en Leyes Orgánicas Constitucionales, que requieren mayoría cualificada. En las elecciones del pasado 11 de Diciembre de 2005 la Alianza por Chile obtuvo sólo un 38,7% de los votos frente al 51,8% de la Concertación. Partidos políticos y actividad parlamentaria El Parlamento bicameral está formado por el Senado y la Cámara de Diputados. El Senado es la Cámara más importante y se compone de 48 miembros, de los cuales 38 Senadores son elegidos en votación directa por circunscripciones senatoriales. Además, está integrado por 9 Senadores institucionales, elegidos por designación directa. Asimismo, son Senadores vitalicios los ex Presidentes de la República que hayan desempeñado el cargo por seis años, como es el caso de Eduardo Frei Ruiz-Tagle. Se ha aprobado una reforma constitucional que establece que a partir del 11 de marzo de 2006 el Senado solo esté compuesto por miembros elegidos por el pueblo reduciendose el número de senadores de 48 a 38. La Cámara de Diputados está integrada por 120 miembros, elegidos por votación directa, pudiendo ser reelegidos en forma indefinida. La Cámara de Diputados se renueva en su totalidad cada cuatro años. El Senado se renueva por mitades (regiones pares e impares) cada cuatro años, ya que el mandato de los senadores GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE es por ocho años. La Región Metropolitana (Santiago) se incluye en las regiones pares. El número de senadores está en función del número de habitantes y peso específico de cada circunscripción, por lo que algunas eligen a dos senadores. El Gobierno actual es el resultado de la coalición de partidos denominada Concertación de Partidos por la Democracia. Los principales partidos políticos de la Concertación son el Partido Demócrata Cristiano (PDC), el Partido Socialista (PS), el Partido por la Democracia (PPD) y el Partido Radical Social Demócrata (PRSD). Dentro de la oposición parlamentaria, se encuentra el partido de Renovación Nacional (RN), y la Unión Demócrata Independiente (UDI), ambos de derecha, que en las últimas elecciones se unieron bajo la denominada "Alianza por Chile". Dicha coalición logró, en segunda vuelta, el 48,68% de los votos, frente al 51,32% conseguido por la Concertación. Más minoritarios son: el Partido Comunista (PC) y el Partido Humanista (PH), ambos sin representación parlamentaria. El Gobierno se encuentra en Santiago y el Parlamento en Valparaíso. Los parlamentarios tienen una semana al mes denominada semana distrital, en la que se trasladan a sus respectivas regiones para tratar los asuntos de la Región que representan. Por su parte, los Ministerios tienen Secretarías Regionales Ministeriales (SEREMIS), que son delegaciones de los Ministerios en cada Región que dependen directamente de la sede central. El país se divide en 13 Regiones, incluyendo a la Región Metropolitana. COMPOSICIÓN DEL PARLAMENTO: Composición del Senado (48 miembros): - PDC 13 Senadores (incluyendo al Senador vitalicio, D. Eduardo Frei Ruiz-Tagle) - PS 5 Senadores - PPD 2 Senadores - UDI 11 Senadores - RN 7 Senadores - Independiente 1 Senador ex PPD (pro Concertación) - Institucionales 9 Senadores Por tanto, el Senado quedó conformado en 2001 por 20 representantes de la Concertación y 18 de la Alianza por Chile. A esto hay que sumar la existencia de nueve senadores designados, que representan al Ejército de Tierra, Aire, la Armada, Carabineros, dos ex miembros del Tribunal Supremo, un ex Ministro del Interior, un antiguo Rector de Universidad, un ex miembro de la Contraloría General de la República y además, un Senador vitalicio, que es el ex Presidente de la República, Eduardo Frei Ruiz-Tagle, desde el 22 de marzo de 2000. El ex Presidente de la República, Augusto Pinochet Ugarte, fue nombrado Senador vitalicio el 11 de marzo de 1998 y renunció a dicho cargo el 4 de julio de 2002. Composición de la Cámara de Diputados: Concertación : 63 Escaños - PDC 22 Escaños - PPD 21 Escaños - PS 10 Escaños GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE - PRSD 6 Escaños - Independientes 2 Escaños pro DC y 2 Escaños pro PS Oposición: 57 Escaños - RN 19 Escaños - UDI 33 Escaños - Independiente 3 Escaños (pro UDI) y 2 Escaños (pro RN) En las elecciones del pasado 11 de Diciembre se renovaron los 120 escaños de la Cámara de Diputados. La Concertación obtuvo 65 escaños, 2 más que en 2001, mientras la Alianza por Chile sumó 55, 1 menos que en 2001. A los diputados de ambas coaliciones se suma una diputada independiente. En el Senado se renovaron 20 de sus 38 escaños. La Concertación obtuvo 11 senadores, la Alianza por Chile 8 y el restante puesto en juego fue para un candidato independiente. Sector Público El Sector Público chileno se caracteriza por ser una administración moderna que ha ido experimentando distintas reformas y por la progresiva disminución de su presencia en el sector productivo del país. La organización administrativa del Estado El Estado chileno mantiene una clara división entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. A la cabeza del poder ejecutivo se encuentra el Presidente de la República, que designa al Gabinete de Ministros, colaboradores directos e inmediatos del Jefe del Estado en las labores de administración y gobierno. Los representantes naturales e inmediatos del Presidente de la República en las Regiones son los Intendentes, que son nombrados por éste. Dependiendo de éstos se encuentran los gobernadores provinciales, creados por ley para el cumplimiento de la función administrativa en las provincias. Por otra parte, las Secretarías Regionales Ministeriales (SEREMI) son organismos de cada Ministerio en las distintas regiones, en un intento todavía tímido de descentralización de las funciones del gobierno. Sin embargo, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Secretaría General de la Presidencia no cuentan con SEREMIs en las regiones. La Administración Económica y Comercial El Ministerio de Hacienda es el ministerio económico con mayor peso. De él depende la Subsecretaría de Hacienda. El titular de la cartera es Nicolás Eyzaguirre Guzmán. Del Ministerio de Hacienda destacan: - el Servicio Nacional de Aduanas, cuya página web es: www.aduana.cl y en la que se puede consultar la normativa de comercio exterior, estadísticas, informes, acuerdos internacionales suscritos por Chile, agentes de aduanas, además de facilitar algunos trámites vía Internet. Asimismo, dicho organismo trabaja en estrecha colaboración con otros organismos implicados en la autorización del ingreso de mercancías al país, como la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana (el antiguo Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente -SESMA) para los productos alimenticios, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), para productos agrícolas y derivados de animales, el Instituto de Salud Pública (ISP), GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE para productos cosméticos, medicamentos, etc. No obstante, a partir de un volumen de importación superior a 500 dólares, es obligatoria la participación de un agente de aduanas que tramite toda la documentación necesaria para la importación de mercancías a Chile. - Superintendencia de Valores y Seguros (SVS): Regula y fiscaliza las actividades de los agentes e intermediarios del mercado de valores, inversores institucionales y todas aquellas entidades que participen en los mercados de valores y seguros en Chile. Su página web es: www.svs.cl. - Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF): Es parecido al anterior en cuanto a funciones, aunque cambia el objeto al que se fiscaliza que, en este caso, son los bancos y las instituciones financieras, con el fin de garantizar la confianza pública en el funcionamiento del sistema financiero, velando por la transparencia, veracidad y calidad de la información y preparando normativas y regulaciones, en un marco de optimización en la asignación de recursos financieros. Asimismo, supervisa a empresas, dentro de cuyas actividades se incluye la emisión de tarjetas de crédito. Su página web es: www.sbif.cl. Por otra parte, el Ministerio de Economía y Energía, con Jorge Rodríguez Grossi a la cabeza, está conformado por la Subsecretaría de Economía, la Subsecretaría de Pesca y la Comisión Nacional de Energía. Otros organismos dependientes del mismo son: - Comité de Inversiones Extranjeras (CINVER): Dicho organismo, del que se especificarán sus características con mayor detalle en el capítulo 5, dedicado a inversión, se caracteriza por ser el ente público mediante el cual se canaliza la inversión extranjera productiva que ingresa a Chile a través del Decreto Ley 600. Para mayor información, las páginas web son: www.foreigninvestment.cl y www.cinver.cl. - Corporación de Fomento de la Producción (CORFO): Creada en 1939, es el organismo del Estado chileno encargado de impulsar la actividad productiva nacional, promoviendo el desarrollo económico de Chile, a través del fomento de la competitividad, la inversión y la modernización productiva. Su acción se orienta a las siguientes áreas: ·La innovación y el desarrollo tecnológico, a través del Fondo de Asistencia Técnica (FAT), el Programa de Alta Tecnología, cuya página web es: www.hightechchile.com y el Fondo Nacional de Desarrollo Tecnológico y Productivo (FONTEC), con la página web: www.fontec.cl. Este último organismo fue creado en 1991, con el fin de promover, orientar, financiar y cofinanciar la ejecución de proyectos de innovación tecnológica y de transferencia de tecnología, llevados a cabo por empresas productivas de bienes y servicios del sector privado. En 2005, ha sido creada una nueva entidad de Corfo denominada Innova Chile, que promueve y facilita la innovación para mejorar la competitividad de la economía chilena, con un presupuesto de USD35 millones (lo que supone un aumento del 50% respecto al año 2004) y que impulsa con especial énfasis los sectores de biotecnología, tecnologías de la información e industria alimentaria. ·La modernización de las empresas que se asocian para competir, a través de los Proyectos Asociativos de Fomento (PROFO). ·La mejora de la gestión empresarial. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE ·La financiación y el desarrollo de instrumentos financieros para atender las necesidades de las empresas, como por ejemplo, las líneas de crédito para inversiones de PYMEs o la financiación de operaciones de leasing, entre otros. ·El desarrollo productivo regional y de sectores emergentes, a través del Programa de Promoción y Atracción de Inversiones a Regiones (TodoChile), cuya página web es: www.todochile.cl o también www.todochileinversiones.cl. Para mayor información sobre CORFO, puede consultar su página web: www.corfo.cl. Dependiente del Ministerio de Educación, se encuentra la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT), que fue creada en 1967 para asesorar al gobierno en el campo de la ciencia y tecnología. Actualmente, es una corporación autónoma, descentralizada, con patrimonio proio y personalidad jurídica. Su página web es: www.conicyt.cl. Dicho organismo es signatario del Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED), iniciativa internacional de cooperación científica y tecnológica de carácter multilateral y de ámbito iberoamericano. CYTED fue creado en 1984 mediante la firma de un Acuerdo Marco Fundacional suscrito por 19 países de Iberoamércia, Portugal y España, con la participación de CEPAL, OEA, UNESCO y BID como observadores. Dentro del Programa CYTED existen tres modalidades de actuación, todas ellas de carácter internacional, que se diferencian por sus objetivos y el grado de compromiso de los grupos participantes. Estas son las Redes Temáticas, los Proyectos de Investigación Precompetitiva y los Proyectos de Innovación IBEROEKA. La parte española del programa IBEROEKA está gestionada por el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), organismo dependiente del Ministerio de Ciencia y Tecnología en España, que cuenta con un delegado en Chile, el Sr. Francisco Sánchez y cuya página web es: www.cdti.es. Por su parte, el organismo gestor en Chile del programa IBEROEKA es el Fondo de Fomento al Desarrollo Científico y Tecnológico (FONDEF), creado en 1991, con el propósito de fortalecer y aprovechar las capacidades científicas y tecnológicas de las Universidades e institutos tecnológicos, financiando proyectos de alta calidad, significación e impacto para mejorar la productividad y competitividad de los principales sectores de la economía y la calidad de vida de la población, por lo que se encuentra inserto en el Sistema Nacional de Fondos Públicos de Fomento Tecnológico. Su página web es: www.fondef.cl. El Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyo Ministro es Ignacio Walker, tiene asignadas las funciones de promoción de exportaciones y las relaciones económicas internacionales. Por tanto, los organismos más relevantes de comercio exterior dependen de él, concretamente: - la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON): Es el organismo encargado de la negociación y firma de los tratados comerciales que Chile lleva a cabo con otros países y bloques económicos. Su página web es: www.direcon.cl y en ella, se pueden encontrar los textos de los acuerdos comerciales firmados por Chile, así como información sobre las distintas rondas de negociaciones, además de otros acuerdos, como los Convenios para evitar la Doble Imposición (CDI), - como el firmado con España en julio de 2003 -, además de los Acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (APPRI) que, en el caso de España, se encuentra en vigor desde 1994. De dicho organismo depende, a su vez, la Dirección de Promoción de Exportaciones (PROCHILE) que es el organismo homólogo del ICEX español en Chile y cuya página web es: www.prochile.cl. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE (Para mayor información sobre otros organismos de la Administración comercial chilena, ver el Anexo correspondiente al epígrafe: "Organigrama de la Administración Económica y Comercial") El Banco Central Como consecuencia de la autonomía que le confirió la ley orgánica constitucional de 10 de octubre de 1989, el Banco Central de Chile no está sujeto a la fiscalización de la Contraloría General de la República ni de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, rigiéndose exclusivamente por las normas de su propia ley orgánica y algunas disposiciones específicas de la ley general de bancos. Según el artículo 98 de la Constitución chilena, esta institución sólo puede efectuar operaciones con las entidades financieras, públicas o privadas y sus objetivos básicos son: velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos. Su página web es: www.bcentral.cl y en ella encontrarán datos estadísticos, indicadores de coyuntura, informes, boletines, así como la información macroeconómica más relevante sobre Chile. Asimismo, de forma trimestral, la autoridad monetaria publica el Informe de Política Monetaria, con estimaciones a corto y mediano plazo sobre las variables macroeconómicas más importantes, tales como PIB, inflación, balanza comercial y por cuenta corriente, etc, que es una referencia obligada para el gobierno y los sectores económicos del país. Empresas Públicas El Sistema de Empresas Públicas (SEP) se creó en julio del 2001, en reemplazo del Sistema Administrador de Empresas. Asimismo, el Comité SEP, dependiente de CORFO (Corporación de Fomento de la Producción) que, a su vez, es un organismo estatal, asume todas las funciones, en cuanto a la administración de las empresas estatales, siendo por tanto, un organismo técnico asesor del Estado para el control de gestión de dichas empresas, con el fin de elevar al máximo el valor del conjunto de las empresas públicas, aunque para algunas de ellas se determinen objetivos de rentabilidad social. Su página web es: http://www.comitesep.cl. Las empresas que quedan en el Sector Público son: ENAP (Empresa Nacional del Petróleo), ENAMI (Empresa Nacional de Minería), CODELCO (Corporación Nacional del Cobre), ENACAR (Empresa Nacional del Carbón) y CARVILE (Carbonífera Victoria de Lebu); en el ámbito portuario, son 10: los puertos de Arica, Iquique, Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, San Antonio, San Vicente, Chacabuco, Puerto Montt y Punta Arenas; en el ámbito servicios están, entre otras, Metro S.A., Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE), Correos de Chile, Zona Franca de Iquique (ZOFRI), Comercializadora de Trigo (COTRISA), Sociedad Agrícola SACOR Ltda. y en el ámbito sanitario, ESSAN, ESSAM, ESMAG, ESSAT, ENSAT; ESSCO y ESSAR, con participaciones minoritarias en ESVAL, Aguas Andinas, ESSAL y ESSBIO. ESTRUCTURA ECONÓMICA PIB.- Chile terminó el año 2004 con un crecimiento del 6,1%, resultado que consolida la recuperación de la economía nacional. Las proyecciones del Banco Central, estiman que el crecimiento se situará en cifras similares a fines de 2005, como consecuencia del contexto internacional que está impulsando los resultados positivos de los acuerdos de libre comercio firmados en los últimos dos años. El crecimiento medio anual del producto entre los años 2000 y GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 2003 fue del 3,5%, casi dos puntos porcentuales inferior a la media, 5,4%, del periodo 1995-1999. En 2004, la economía chilena experimentó una notable recuperación y alcanzó un crecimiento del 6,1%. En los 9 primeros meses de 2005, la economía ha continuado creciendo a igual tasa interanual que en 2004, 6,1%, lo que ha contribuido a la consolidación de los logros alcanzados en el ejercicio precedente. INFLACIÓN - La inflación en Chile ha estado por debajo de las dos cifras desde 1993 y por debajo del 7% desde 1995. En la actualidad, el Banco Central tiene fijado un rango de crecimiento de la inflación entre 2% y 4%, que se ha venido consiguiendo en los últimos años, excepto en el 2000, cuando llegó al 4,5%. En el año 2003, se situó en el 1,1%, el porcentaje más bajo en 68 años, como consecuencia de la caída del tipo de cambio del dólar con respecto al peso chileno y la mejora en los términos de intercambio. La inflación fue de 2,4% en el 2004 (1,8% subyacente) como resultado del importante fortalecimiento de la demanda interna. En octubre de 2005, la inflación acumulada en 12 meses ha sido del 4,1% (2,8% subyacente). El Banco Central ha modificado al alza la tasa de interés, situándola en el 4,5% en noviembre de 2005. DESEMPLEO - La tasa de desempleo, según los datos del INE, se mantiene por debajo del 10%. El desempleo terminó el año 2004 con una desocupación del 8,8%, un 0,3% por encima del promedio de 2003, siendo la tasa del trimestre móvil octubre-diciembre del 7,8%. En septiembre de 2005 la tasa descendió hasta el 8,5%. La generación de empleo constituye una preocupación constante del gobierno, pero la incorporación de personas a la fuerza de trabajo, especialmente mujeres, hace que las tasas se mantengan. Según datos oficiales, a lo largo del año se crearon 102.310 empleos, mientras la fuerza de trabajo aumentó en 133.028 personas. Los sectores más activos en la creación de empleo fueron minería (8,9%) y servicios financieros (6,7%), mientras los puestos de trabajo disminuyeron 2,6% en transporte y comunicaciones. Se espera que en 2005 el desempleo descienda levemente. No obstante, hay que tener en cuenta que este resultado responde a un análisis de variables y conceptos que difieren a los aplicados en España. Además, un importante porcentaje de la población recibe el salario mínimo, que se sitúa en los 120.000 pesos. (Para mayor información sobre indicadores macroeconómicos, ver cuadros 2 y 3). Sector Primario El sector silvoagropecuario representó en el 2004 el 4,5% del PIB. Por su parte, la pesca representa el 1,5% y la minería el 7,9% del PIB. En el año 2004, la pesca fue el sector que experimentó el crecimiento más importante, con un aumento del 21,3%, mientras la minería registró un incremento del 6,9% y el sector silvoagropecuario el 8,1%. (ver cuadro 4). El cobre es el principal motor de la economía chilena. Chile es el principal país productor de este metal en el mundo y, en consecuencia, las variaciones en el precio del mismo afectan seriamente a sus presupuestos y objetivos. En los últimos tiempos, el precio del cobre ha experimentado una aumento considerable, debido a la recuperación económica de los principales consumidores de dicho metal, como China, EE.UU. y Japón. Los precios aumentaron 41% a lo largo del 2004, facilitando el cumplimiento de las metas presupuestarias. Sector Secundario La industria representa aproximadamente el 26,8% del PIB. Un 2,9% lo aporta el sector de la electricidad, gas y agua y un 8% la construcción. Dentro de la industria manufacturera, que representa el 60% del sector secundario, destaca el crecimiento de las vinculadas al GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 11 sector textil (10%), papel e imprentas (10,4%) y minerales no metálicos (13,4%). En los últimos años ha aumentado la actividad agroindustrial, con el fin de dar un mayor valor agregado a las exportaciones del sector. Por su parte, el sector eléctrico tuvo un aumento del 3,8% y la construcción siguió mostrando un importante dinamismo, con un incremento del 4,9%. (ver cuadro 4). Sector Terciario Dentro de este sector, destacan los servicios financieros, que representan un 12,6% del PIB y experimentaron un crecimie nto en torno al 6%. El comercio, junto a la hostelería, aportó el 10,9% del PIB, con un aumento del 6,8% en 2004. Por su parte, el sector de transporte y comunicaciones, que representa el 7,8% del PIB, creció un 4,6%. (ver cuadro 4). Estructura empresaria En Chile, existen 9 grandes grupos empresariales que aglutinan una buena parte de las empresas más importantes del país, con gran poder de influencia interna y que, además, son los protagonistas del sector privado chileno en la expansión internacional: - GRUPO LUKSIC: Sector minero, bancario, telecomunicaciones, bebidas, alimentación e inmobiliario. - GRUPO SAID: Sector de finanzas, bebidas, inmobiliario y envases. - GRUPO MATTE: Sector forestal, celulosa, papelero, financiero, minero y portuario. - GRUPO SAIEH: Negocios de banca, seguros y previsión. Muy introducidos en el sector de pensiones. - GRUPO ANGELINI: Sector de combustibles, forestal, comercio, seguros, pesca, electricidad y puertos. - GRUPO SOLARI: Tiendas por departamentos, cadena de farmacias y sector financiero. - GRUPO PAULMANN: Hipermercados, centros comerciales, banca de personas. - GRUPO HURTADO-FERNÁNDEZ: Telecomunicaciones, sanitariasy minería. -GRUPO CLARO: Transporte, envases, vino y acero. Los tres grupos más grandes a nivel internacional son: - GRUPO ENDESA-ENERSIS: Sector de electricidad, informática, inmobiliario e infraestructura, en el que Endesa España posee una participación de un 65%. - GRUPO CTC (TELEFÓNICA): Telefonía. - GRUPO SANTANDER SANTIAGO (SCH): Sector financiero. Las asociaciones empresariales más importantes en Chile son la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), cuya homóloga sería la CEOE y la Sociedad de Fomento Fabril (SOFOFA). Hernán Somerville y Bruno Philippi presiden, respectivamente, estas instituciones.. Sistema Financiero La gran mayoría de las compañías de servicios financieros son privadas y extranjeras. No existen importantes barreras de entrada al mercado, por lo que el Estado se encarga únicamente de regular y asegurar la estabilidad del sector. Por otra parte, existen regulaciones para asegurar la fiabilidad y veracidad de la información publicada sobre el mercado de valores. Los principales organismos públicos que controlan el GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE sector financiero son: el Banco Central, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, la Superintendencia de Valores y Seguros y la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones. El marco jurídico se basa en la existencia de un Banco Central autónomo, encargado del manejo de la política crediticia, monetaria y cambiaria. El organismo fiscalizador es la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, que se ocupa del control y supervisión del sistema financiero. Su página web es: www.sbif.cl. 3.5.1. Bancos El sistema bancario es un sistema moderno, con bancos de primera línea para llevar a cabo transacciones de todo tipo. En total, existen 28 entidades bancarias. El Banco del Estado es el único banco estatal. En Chile, se encuentran la mayoría de los bancos españoles (Banco Santander Santiago, BBVA), cuya cuota de mercado, en conjunto, se acerca al 40%. Para la apertura de sucursales de bancos extranjeros en Chile, es necesaria la autorización previa de la Superintendencia y revestir la forma de Sociedades Anónimas. La legislación a la que están sometidos es la misma que la de los bancos chilenos. La Ley de Bancos, de 26 de Noviembre de 1997, modificada en el 2003, permite el ingreso bajo condiciones objetivas de nuevas instituciones financieras y la internacionalización de la banca chilena. 3.5.2. Bolsa En la actualidad, existen tres bolsas de valores en el mercado chileno: la Bolsa de Comercio, la Bolsa Electrónica de Chile y la Bolsa de Corredores. Las dos primeras operan en Santiago y la última en Valparaíso. En ellas, se realizan transacciones de acciones, títulos de renta fija de corto y largo plazo, partes de fondos de inversión, instrumentos monetarios y algunas veces, productos derivados. Son sociedades anónimas privadas sometidas al control de la Superintendencia de Valores y Seguros y cuentan con instituciones especializadas para la custodia y transferencia de valores en cuentas, que en Chile se denominan Empresas de Depósitos de Valores. Durante el año 2004, el volumen de acciones transado en la Bolsa de Comercio de Santiago registró un alza muy significativa, del 88%, respecto al año anterior, registrando una cifra cercana a los US$ 200 millones en operaciones de mercado secundario. El índice IPSA, por su parte, tuvo un aumento del 21%. Para mayor información, se puede consultar la página web: http://www.bolsadesantiago.com 3.5.3. AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) Las AFP son el principal agente en el mercado de capitales en renta fija y renta variable, con un volumen de recursos, a 30 de noviembre de 2005 equivalente al 70% del PIB (alrededor de US$ 73.100 millones), y un incremento del 8% respecto al nivel alcanzado en noviembre de 2004, el cual ascendía a US$ 67.694. Las carteras de inversión de los diferentes tipos de fondos de pensiones presentaron la siguiente composición: 166% sector estatal (10,8% en instrumentos emitidos por el Banco Central de Chile); 23,8%, instrumentos emitidos por las empresas (14,5% en acciones); 29,7% sector financiero (con un 20,8% en depósitos a plazo y el 4,9% en letras hipotecarias) y, por último, 29,6% instrumentos extranjeros (con el 28,8% correspondiente a fondos mutuos y acciones). El organismo que controla las AFP es la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones (http://www.safp.cl). Sector Exterior 3.6.1. Comercio Exterior El arancel general para el año 2004 fue del 6%, cifra que permanecerá en años sucesivos. Por otra parte, el arancel consolidado en la OMC tras la Ronda de Uruguay es del 25%, GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE excepto para productos agrícolas sometidos a bandas de precios y productos lácteos, para los cuales es del 31,5% y para el azúcar, que está cercano al 90%. El índice de apertura del mercado alcanzó el 58,41%%, en 2004, porcentaje muy superior al de los demás países de la zona. Las exportaciones chilenas dependen excesivamente del cobre. Chile es el principal exportador mundial de cobre y según un estudio del FMI, es el segundo país del mundo que más depende de su principal materia prima, que concentró el 45% de los embarques chilenos en el 2004. A esto se añade que, en general, cuentan con poco valor añadido en el resto de sus productos exportables, cuyas principales partidas corresponden a productos hortofrutícolas, forestales y harina de pescado. Los principales clientes de las exportaciones chilenas son EE.UU., con un 14,8% del total y Asia, destacando Japón (12%) y China (11%). La UE ha reafirmado su importancia dentro del sector exportador chileno, pasando a representar el 25% de los envíos, tras el entrada en vigor del acuerdo comercial entre la Unión Europea y Chile, en febrero de 2003. Concretamente, las exportaciones chilenas a la UE han experimentado un crecimento del 54%, con US$ 7.879 millones, mientras que las importaciones chilenas procedentes de la UE han crecido un 11%, por valor de US$ 3. 378 millones. En cuanto a las importaciones, cabe señalar que normalmente son de bienes intermedios (62,5%, del que un 30,6% es importación de combustibles), seguidos a gran distancia por los bienes de capital (18,0%) y los bienes de consumo (17,2%). Por productos, destacan los metálicos y químicos, petróleo, maquinaria y vehículos, material eléctrico y de transporte. Los principales suministradores de Chile son: Argentina, que representa el 18,5% de las compras totales, EEUU (15,1%) y Brasil (12,4%). En cuanto a la relación bilateral de intercambio comercial, cabe destacar que las exportaciones españolas son productos con mayor valor añadido como maquinaria, vehículos, libros, papel, calzado, manufacturas de metal, caucho y plástico, etc. frente a los productos tradicionales de exportación chilena: frutas, pescado, cobre, otros minerales, madera y papel. También por número de productos hay una gran diferencia, ya que Chile exporta a España poco más de 200 productos frente a más de 2.000 productos distintos que llegan de nuestro país. Las cifras reales de intercambio entre España y Chile son bajas, situándose en torno al 0,29% de la exportación total española y el 0,36% de la importación española. Para Chile, el intercambio comercial con España es del 2,36% de sus exportaciones y 2,41% respecto a sus importaciones. 3.6.2. Inversión Extranjera: Principales sectores y países Dentro de las políticas estratégicas aplicadas por el país, destaca una activa búsqueda de capital y tecnologías extranjeras, reconociéndose plenamente la importancia de la inversión extranjera en la economía chilena. Para ello, existe un cuerpo legislativo dentro del que sobresale el Decreto Ley 600 o Estatuto de la Inversión Extranjera en Chile. Para mayor información, se puede recurrir a la página web www.minhda.cl/castellano/inicio.html del Ministerio de Hacienda chileno, en el apartado sobre Información al inversionista o también en la página web del Comité de Inversiones Extranjeras (www.cinver.cl). El gran año para la inversión en Chile fue 1999, cuando coincidieron por una parte, la venta de grandes empresas locales de servicios -que fueron compradas en su mayoría, por empresas españolas- y un gran número de concesiones de obras públicas, que también fueron a manos de empresas de capital español. Desde entonces, España se ha mantenido como segundo inversor en el país, por detrás solamente de EE.UU. Sin embargo, las inversiones estadounidenses y canadienses están destinadas, en gran parte, al sector minero, mientras que la inversión española en Chile se encuentra más diversificada, fundamentalmente, en el sector de infraestructura, comunicaciones, financiero, sanitario, etc. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE A partir del año 2000, la inversión extranjera ha ido disminuyendo, en parte, por la crisis que afectó al país entre 1999 y 2001 y porque, además, las empresas públicas y concesiones que quedan, presentan un menor atractivo. En 2004, la IED registró un espectular crecimiento del 173% respecto al año anterior, alcanzando US$ 7.148 millones, si bien incluye los recursos inyectados por Endesa España a sus filiales en Chile para disminuir pasivos, y la compra de Telefónica Moviles Chile a Telefónica CTC por parte de Telefónica España, que en conjunto suponen cerca del 50% de la inversión total. En el periodo eneroagosto de 2005, la inversión acumulada ascendió a US$ 2.377 millones ( de los cuales el 63% es via DL 600) lo que supone una disminución del 59% con respecto al mismo periodo del año anterior. En consecuencia, ya no son grandes empresas las que invierten en Chile, sino más bien empresas de tipo medio que se instalan para abastecer a la región desde Chile y poder beneficiarse de los Tratados de Libre Comercio que el país ha firmado con México, Canadá, Unión Europea, EE.UU., EFTA, Centroamérica y Corea del Sur. 3.6.3. Tipo de Cambio El peso chileno se caracterizó durante mucho tiempo por ser una moneda relativamente estable, con un tipo de cambio respecto al dólar sin grandes altibajos. Sin embargo, desde mediados de 2002, en que superó por primera vez la barrera de los 700 pesos/dólar, la moneda ha fluctuado notablemente. En 2003 superó los 758 pesos/dólar pasando a cerrar el 2004 en 557 pesos/dólar, el mínimo en 4 años. El tipo de cambio medio en el periodo enero diciembre de 2005 se sitúa en 563 pesos/dólar. MARCO PARA LA ACTIVIDAD COMERCIAL Régimen de comercio exterior. Importaciones y Exportaciones IMPORTACIONES Cualquier persona natural o jurídica puede ser importador, debiendo acreditar estar al día en sus obligaciones tributarias. El sistema chileno de valoración arancelaria está basado en el valor de transacción de los bienes, lo que no incluye descuentos especiales, más los seguros y el flete (CIF). Los bienes usados son valorados por el sistema de aduanas, de acuerdo al valor actual de los productos similares y deben pagar un impuesto adicional del 50% sobre el arancel general aplicable, descontándose un 10% por año de uso, con un máximo de un 70% de descuento. Como principio general existe la libre importación de mercancías, si bien está prohibida la importación de vehículos y motocicletas usadas, neumáticos usados de caucho y otras mercancías peligrosas para los animales, la agricultura o la salud humana, así como asbesto, pornografía y desechos industriales tóxicos. Deben ser sometidos a control previo a su importación y, en algunos casos, deben pagar impuestos especiales las armas de fuego, explosivos, drogas, alimentos, películas, productos agrícolas, cárnicos, animales, tabaco, bebidas alcohólicas, productos de uso médico, fertilizantes y pesticidas, entre otros. 1. Procedimientos de entrada Los gestores en el despacho de mercancías a Chile son los agentes de aduana. No obstante, los importadores privados cuentan con autorización para despachar sus propios bienes, sin la intervención de agente, cuando su valor estimado no supere los 500 dólares, GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE valor FOB. Asimismo, las empresas de correo pueden realizar el despacho aduanero de sus bienes, siempre que su valor no exceda de 1.000 dólares FOB. Una vez presentados los documentos pertinentes por dichos agentes, los funcionarios aduaneros verificarán la clasificación y el aforo, aplicando los aranceles que correspondan. 2. Documentación La Aduana ha establecido la Declaración de Ingreso, documento que comprende todas las operaciones relacionadas con el ingreso de mercancías extranjeras y nacionales a Chile y refunde en un único formulario los diferentes destinos aduaneros: Importación, Admisión Temporal, Admisión Temporal para el Perfeccionamiento Activo, Almacén Particular, Reingreso e Importación de Pago Simultáneo, habiendo incorporado también, en el mismo formulario, el Giro Comprobante de Pago. Los documentos que sirven de base a la declaración de importación son los siguientes: - Conocimiento de Embarque o Conocimiento Aéreo, que habilite al importador consignatario de la mercancía. - Factura Comercial - Pagaré de Gastos, cuando éstos no están incluidos en la factura comercial. - Packing List o Lista de Empaque, cuando proceda (siempre en caso de mercancías acondicionadas en contenedores). - Certificado de Seguro, cuando el valor de la prima no se encuentre consignado en la factura comercial. -Si el proceso lo realiza directamente el importador (mercancías por un importe inferior a USD 500), poder notarial del dueño o consignatario para un despacho determinado, en los casos en que la persona que tramite sea un tercero. -Si se contrata un agente de aduanas, declaración jurada del importador sobre el precio de la mercancía, formulario que entrega el agente de aduanas. - Certificado Fitosanitario, para productos agropecuarios y alimentarios. - Visados, Certificaciones, Vistos Buenos y otros certificados expedidos por diversos organismos chilenos, cuando proceda (armas, explosivos, cosméticos, etc.). - Certificado de Origen, cuando la mercancía proceda de un país que tenga firmado un acuerdo comercial con Chile, como es el caso de España, aplicándose lo establecido en el Acuerdo de Asociación entre Chile y la Unión Europea. Concretamente, los productos originarios de la Comunidad podrán acogerse a las disposiciones del Acuerdo para su importación en Chile, así como los productos originarios de Chile para su importación en la Comunidad, previa presentación de una prueba de origen. Dicha prueba puede variar, dándose 3 supuestos: a) El exportador es “exportador autorizado”: Las autoridades aduaneras de la Comunidad podrán autorizar a todo exportador que efectúe exportaciones frecuentes de productos originarios al amparo del Acuerdo, a extender declaraciones en factura. Los exportadores que soliciten estas autorizaciones deberán ofrecer todas las garantías necesarias para verificar el carácter originario de los productos, así como el cumplimiento de las demás condiciones del Anexo de Origen del Acuerdo. Las autoridades aduaneras de la Comunidad controlarán el uso de la autorización y podrán revocarla en cualquier momento, debiendo hacerlo cuando el exportador autorizado no ofrezca las garantías contempladas, no cumpla las condiciones establecidas o use incorrectamente la autorización. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE A efectos prácticos de tramitación, las Cámaras de Comercio en España pueden ofrecer asesoría e información al respecto. La Subdirección General de Gestión Aduanera – Servicio de Origen- del Ministerio de Economía español, es la encargada de este trámite. Los exportadores que reúnan esta condición, darán su prueba de origen extendiendo una declaración que irá expresada en la factura, nota de entrega o cualquier otro documento comercial que describa los productos con detalle suficiente para que puedan ser identificados. El exportador autorizado deberá indicar su código y la declaración tipo que le facilitará la Aduana de origen. b) Cuando el valor total del envío no supere los 6.000 euros, la prueba de origen será, igual que en el caso anterior, una declaración en factura. Como no necesita ser exportador autorizado, no necesita especificar el código de exportador autorizado, pero sí la declaración tipo que facilita la Aduana de origen. Asimismo, para calcular el valor del euro, la Aduana chilena aplicará un tipo de cambio que se mantendrá durante todo el año. Para 2004, es de 760,81 pesos/euro. c) Para cualquier otro caso no incluido en los dos casos anteriores (es decir, el exportador no tiene la condición de exportador autorizado y el valor del envío es superior a 6.000 euros) se admite como prueba de origen el certificado de circulación de mercancías EUR 1. Dicho certificado se diligencia en la Dirección Territorial de Aduanas de España, desde la que se despachen los demás documentos de la exportación. Normalmente lo tramita el agente de aduanas. Para mayor información sobre el trámite, puede dirigirse a su Cámara de Comercio o consultar en www.aeat.es 3. Aranceles El arancel general vigente, en el año 2004, fue del 6%. Sin embargo, si existe un acuerdo comercial o tratado de libre comercio firmado por Chile, como es el caso del Acuerdo de Asociación con la Unión Europea, cuya parte comercial entró en vigor el 1 de febrero de 2003, el arancel aplicable será el indicado por el acuerdo específico, siendo un porcentaje menor que el arancel general y aplicándose en la mayor parte de los casos, el 0%. A este arancel hay que añadir un 19% de IVA. Existe la posibilidad de diferir el pago, durante siete años, de los derechos aduaneros para la importación de ciertos bienes destinados a la producción de bienes o servicios en Chile. Los cargamentos aéreos que llegan a aeropuertos chilenos provenientes del extranjero deben pagar, además del arancel, un 2% de tasa aeronáutica aplicada sobre el derecho ad valorem o arancel general del 6%. Sin embargo, para los productos originarios de EE.UU. y la UE, no se aplicará, cuando el arancel sea del 0%. Por otra parte, se aplica un 1% sobre el mismo valor en concepto de verificación de aforo. Adicionalmente, existen impuestos complementarios sobre algunos productos, derechos antidumping y derechos compensatorios. Entre los productos a los que le son aplicables un impuesto adicional, además del arancel específico, destacan los productos suntuarios, artículos pirotécnicos, vehículos, vinos y licores, bebidas no alcohólicas, tabacos y combustibles. (Para mayor información, consultar el apartado 5.3.5.2. sobre impuestos indirectos). 4. Entrada temporal Las importaciones temporales de bienes cuentan con la autorización del gobierno para exhibiciones aprobadas y con fines de demostración temporal. Dichos bienes no deben pagar ni los derechos completos ni el IVA y pueden permanecer en el país hasta seis meses. Para ello, se requiere que el usuario final, residente o potencial comprador, obtenga un certificado de admisión temporal de las autoridades aduaneras chilenas. En caso de que GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE no salieran del país en el plazo establecido, serán considerados como importación, por lo que tendrán que pagar los derechos aduaneros que les corresponda. 5. Zonas francas Las dos principales zonas francas existentes en Chile son la Zona Franca de Iquique (ZOFRI), en el extremo norte del país (I Región) y la Zona Franca de Punta Arenas (PARENAZON), en el extremo sur (XII Región). • Zona Franca de Iquique (ZOFRI): Esta zona franca cuenta con una moderna infraestructura, donde existe una zona industrial, además de un centro comercial y un centro logístico. La ZOFRI está organizada en áreas de negocios que cumplen diferentes actividades, siendo las principales: comercial, logística, gestión inmobiliaria, informática y parque industrial Chacalluta. Este último se encuentra en Arica y en él sólo se realizan procesos industriales. Los datos de ZOFRI son: Nueva Tajamar 481 – Oficina 201. Torre Central. Las Condes - SANTIAGO Tel.: (56-2) 378 82 11 - Fax: (56-2) 378 81 03 Página web: www.zofri.cl • Zona Franca de Punta Arenas (PARENAZON): Es fundamentalmente una zona franca de tipo comercial. Sus datos: Av. Bulnes Km 3,5 Norte Casilla 95D PUNTA ARENAS - XII REGIÓN Tel.: (56-61) 21 35 87 - Fax: (56-61) 21 11 07 Página web: www.parenazon.com Respecto a la zona franca de Tocopilla, creada por Ley n° 19.709, de 22 de enero de 2001, entró en vigor como zona franca industrial dedicada a la obtención de partes, piezas e insumos para el sector minero. 6. Requisitos de etiquetado, clasificación y embalaje Los productos empaquetados deben estar marcados de forma que muestren la calidad, pureza, ingredientes o mezclas, al igual que el peso neto o medida de lo s contenidos. Los alimentos empaquetados o enlatados importados a Chile deben exhibir etiquetas en español, detallando todos los ingredientes, aditivos, fechas de fabricación y vencimiento, junto al nombre del productor o envasador o distribuidor, además del importador, sin perjuicio de los requisitos de regulación específicos que se establezcan para cada tipo de alimento en particular. Asimismo, se deberá convertir todos los tamaños y pesos de los contenidos netos al sistema métrico. En Chile, el Reglamento Sanitario de los Alimentos (Decreto Supremo nº 977/96 del Ministerio de Salud) es la normativa que rige para su control y fiscalización. Aparte de dicha normativa, consultar el Decreto Supremo nº 106/97, Decreto Supremo nº 297/92 del Ministerio de Economía y la Resolución 1212/98 del Ministerio de Salud y la Resolución 1844/98 del ministerio de Salud. Para mayor información sobre requisitos de ingreso de alimentos a Chile, pueden consultar la página web de la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana (antes SESMA): http://www.autoridadsanitariarm.cl Los productos que no cumplan con estas medidas podrán ser importados o no, pero en caso de que se autorice su ingreso al país, no podrán ser comercializados hasta que cumplan con los cambios exigidos. Por otra parte, el 6 de mayo comenzó a regir la medida que obliga a detallar el aporte nutricional de todos los alimentos envasados y bebidas. Los alimentos nuevos deberán cumplir con esta obligación de forma inmediata, mientras que para el resto existirá un margen de año y medio. Los productores que no cumplan con la medida serán sancionados con penas que van desde multas en dinero y decomiso de la mercadería hasta la clausura del recinto. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE En cuanto a los pallets que ingresen con mercancías en el país, a partir del 1 de junio comenzará la aplicación efectiva de la NIMF nº 15, por la que se exige un tratamiento y sello (“timbrado”) que certifique que la madera está fumigada. 7. Normas técnicas Antes de realizar una importación, es fundamental asegurarse de que se cumplen todos los requisitos técnicos. Para ello, es importante tener en cuenta que, en Chile, han sido incorporadas numerosas normas técnicas de origen norteamericano, con las consiguientes dificultades para su cumplimiento por parte de los productos provenientes de Europa. Para mayor detalle sobre dichas normas, se puede consultar la página web del Instituto Nacional de Normalización, INN (http://www.inn.cl). EXPORTACIONES La exportación tiene que realizarse a través de un Agente de Aduanas, cuando la misma supera los 1.000 dólares. El agente será el encargado de realizar todos los trámites necesarios. La exportación de mercancías no estará afecta al pago de derechos, a menos que una ley las grave expresamente. Para poder realizar la exportación desde Chile al exterior, deberán presentarse las mercancías al Servicio Nacional de Aduanas mediante el Documento Único de Salida (DUS) u orden de embarque. Con la presentación y aceptación a trámite del DUS, se entiende que las mercancías quedan facultadas para ingresar a la zona primaria aduanera para obtener la Autorización de Salida. El DUS deberá ser confeccionado y presentado, vía electrónica, por el agente de aduanas o su personal debidamente autorizado para tramitarlo, de conformidad con las normas del Apéndice I del Capítulo IV del Compendio de Normas Aduaneras. Por su parte, existen varias leyes que permiten el reintegro de ciertas cantidades. Concretamente, la Ley n° 19.589/98 establece un reintegro del 3% sobre el valor FOB, para aquellas operaciones legalizadas a contar del 1 de marzo de 2003. Las mercancías beneficiadas deberán contener, al menos, un 50% de insumos importados. Por otra parte, la Ley n° 18.634/87 contempla 2 tipos de beneficios, destinados a la compra de maquinaria por parte de los fabricantes chilenos. El primero de ellos es el pago diferido de tributos aduaneros para los bienes de capital, fundamentalmente maquinaria, ya que permite diferir el pago en tres cuotas como máximo, la primera al tercer año, la segunda al quinto y la tercera, al séptimo año. Otro beneficio es el crédito fiscal para bienes de capital nuevos, fabricados en Chile que, de haber sido importados, podrían acogerse al régimen de pago diferido; entonces se acogerán al sistema de franquicias aduaneras, equivalente al 73% de los derechos de aduana sobre el precio neto de factura. Existía un tercer beneficio referente a la amortización de la deuda para el caso en el que el importador de un bien de capital produjera bienes destinados a la exportación con dicho bien de capital. Este beneficio ha desaparecido tras la firma de los últimos tratados comerciales con EE.UU. y la UE. En la Ley n° 18.708/88 se establece un reintegro de derechos y demás gravámenes aduaneros pagados con respecto de materias primas, partes o piezas importadas por el propio exportador o por terceros, siempre que éstos sean incorporados a la producción de un bien exportado o vendido a zonas francas. Por último, la Ley n° 18.768/88 permite calificar como exportación los servicios prestados a personas sin domicilio ni residencia en Chile, posibilitando a los exportadores el acceso a la exención del IVA en todas las operaciones realizadas para materializar el servicio prestado. Toda esta información puede consultarse directamente a través de la página web de Aduanas: (www.aduana.cl). Regulación de Cobros y Pagos con el exterior GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE El sistema financiero chileno está integrado por 26 instituciones, de las cuales 19 son sociedades bancarias establecidas en Chile, 6 son sucursales de bancos extranjeros, además de un banco del Estado. Sólo los bancos están autorizados para operar cuentas corrientes y realizar operaciones con el exterior. Los bancos chilenos y las sucursales de bancos extranjeros autorizados para funcionar en Chile comparten la misma normativa en manejo de capital, funcionamiento y supervisión. La legislación vigente permite a los bancos desarrollar ciertas actividades de forma directa, como son los servicios tradicionales y otras, a través de filiales, como por ejemplo, la participación en el corretaje de valores, la administración de fondos mutuos y fondos de inversión, el leasing y las asesorías financieras, entre otras. El organismo supervisor del sistema financiero chileno es la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), cuya página web es: www.sbif.cl. MEDIOS DE PAGO El medio de pago más utilizado para las transacciones comerciales con el exterior es el crédito documentario o carta de crédito. Junto a este medio, la cobranza extranjera y el pago al contado -casi exclusivo para las exportaciones- son los otros dos medios más comunes. A continuación se detallan brevemente cada uno de ellos. • Carta de Crédito o Crédito Documentario Es una operación en virtud de la cual el comprador de una mercancía o receptor de un servicio, por medio de un tercero, normalmente un banco comercial (banco emisor) ofrece una garantía al vendedor o suministrador del bien o servicio. Dicha garantía lleva aparejada una orden de pago utilizable contra entrega de documentos, siempre que se hayan cumplido unas condiciones prefijadas. Es el medio de pago más complejo y con los gastos por concepto de comisiones bancarias más altas. Su ventaja reside en la seguridad en el cobro, siempre que el exportador cumpla con lo estipulado en el condicionado del crédito. • Cobranza o Remesa Es el único medio de pago en el que la iniciativa le corresponde al exportador (ordenante), mediante el envío de una documentación para ser pagada, por lo que los bancos comerciales siguen sus instrucciones de cobro. Puede ser simple o documentaria. En el primer caso los documentos son sólo financieros (letras, pagarés, etc). En el segundo caso, se incluyen documentos comerciales y puede haber documentos financieros o no. • Pago al Contado El exportador envía las mercancías al extranjero bajo el compromiso de que el importador pagará en el momento de recibirlas o en un plazo previamente acordado. El proceso de pago se efectúa a través de giros bancarios, transferencias de fondos, abonos en la cuenta corriente del exportador (cuenta abierta) u otras modalidades. Si el exportador no conoce al cliente, esta forma de pago implica un alto riesgo. Se utiliza en el caso de exportaciones de bienes altamente perecederos o en el caso de animales e insectos vivos y cuando el importador no acepta los otros medios de pago. Legislación sobre contratación pública. Criterios de Adjudicación de Contratos Públicos Hasta el año 2003, no existía un texto único que reuniera todos los requisitos de contratación con la administración pública, sino que cada Ministerio emitía sus leyes específicas para su ámbito, existiendo gran cantidad de leyes al respecto. Con el fin de paliar la dispersión existente, el Gobierno chileno envió al Congreso, en 1999, un proyecto de Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE más conocida como Ley de Compras Públicas, que fue promulgada en julio de 2003 (Ley nº 19.886). El Reglamento que la desarrolla fue publicado en septiembre de 2004. La Dirección de Compras y Contratación Pública, ChileCompra, es la institución, dependiente del ministerio de Hacienda, responsable del desarrollo de un sistema de compras públicas. Para ello, sigue varias líneas de acción, dentro de las que destaca la plataforma tecnológica, con la puesta en marcha del portal www.chilecompra.cl, a través del cual cualquier persona o empresa, nacional o extranjera, puede acceder a las oportunidades de negocio que representa la demanda de bienes y servicios por parte del Estado chileno. En dicha página puede obtenerse numerosa información sobre la oferta de licitaciones, así como los trámites a seguir para poder optar a las mismas. En 2004, se han realizado, a través del portal, cerca de 300.000 adquisiciones. Las transacciones electrónicas alcanzaron USD1.933 millones, lo que implica que aproximadamente el 60% del gasto del Gobierno Central en bienes y servicios se realiza a través de esta vía. Actualmente operan en ChileCompra más de 700 organismo públicos, entre ministerios, servicios públicos, hospitales y municipios, además de las Fuerzas Armadas, del Orden y de Seguridad. Los organismos públicos están obligados a por ley a publicar en el Sistema cualquier adquisición que supere las 3 UTMs (120€ aprox.), así como a respetar los plazos mínimos de publicación, dependiendo del monto de la adquisición. Éstos van desde los 2 días para cotizaciones inferiores a 100 UTM (4.000€ aprox.) hasta 40 días, según lo estipulado en los acuerdos comerciales suscritos por Chile. Para poder suministrar bienes y servicios al Estado chileno, hay que estar inscrito como proveedor, para lo que existe un manual y un formulario para el registro de proveedores en la página web. En 2004, existían más de 85.000 proveedores inscritos. En enero de 2006 empezará a operar el portal www.ChileProveedores.cl , registro electrónico de proveedores del Estado a nivel nacional, que reúne toda la información relevante de las empresas que participan en las licitaciones estatales. Asimismo, se establecerá el Tribunal de Compras, que será específico para las compras del Estado, a efectos de las posibles reclamaciones o denuncias que se puedan derivar del funcionamiento del sistema de compras públicas. Se recomienda acudir a las licitaciones como agencia chilena de empresa española ya que, si se constituye una sociedad en Chile, no se permite computar como propia la experiencia de la matriz. La Distribución Comercial: Estructura y marco legal En cuanto a los puntos de venta, Chile ha experimentado, en las dos últimas décadas, el asentamiento y expansión de la fórmula comercial de los hipermercados, los centros comerciales y las grandes superficies. Los principales agentes en este segmento son Cencosud, que con los supermercados Jumbo, Santa Isabel, Las Brisas y Montecarlo tiene un 34% de cuota de mercado, y D&S, controlador de Lider, con el 23% de cuota en supermercados. Otras cadenas, aunque a gran distancia de las anteriores, son Unimarc, Montserrat y San Francisco. Respecto al canal de distribución, las grandes superficies utilizan normalmente un canal corto, importando ellas mismas el producto para después distribuirlo, si bien se ha generalizado, en los últimos tiempos, la aparición de intermediarios (exportador-importadordistribuidor) para determinados productos específicos, fundamentalmente, en alimentación. Esta última forma de distribución, más común en el caso de los puntos de venta minoristas, se ha ido asentando paulatinamente, debido a la ampliación de las gamas de productos y a GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE la aparición de productos nuevos, con menos volúmenes de venta, que antiguamente no se comercializaban o tenían menor aceptación en el mercado. Por ejemplo, la presencia del aceite de oliva se ha ido afianzando en los últimos años en el mercado chileno, utilizando un canal largo. Actualmente, los propios distribuidores y en concreto, las grandes superficies, también importan directamente el producto con marca propia, pero al mismo tiempo, mantienen otras marcas, que continúan llegando a través del importador. MARCO LEGAL Para los contratos de distribución comercial, no existe en Chile una regulación específica, por lo que los contratos se hacen de forma privada, regulados por las propias partes y de acuerdo al mandato comercial contenido dentro del Código de Comercio, similar a la comisión mercantil utilizada en España. A dicho mandato hacen referencia los artículos 233 y siguientes del Código chileno. Por tanto, los contratos de distribución exclusiva no tienen respaldo legal en Chile, aunque generalmente son respetados. Por ello, se recomienda que el contrato de distribución exclus iva sea firmado en un país que tenga una regulación al respecto. Asimismo, es importante tener en cuenta que, en Chile, no existe en la actualidad un Colegio de Agentes y Representantes que regule su funcionamiento y al mismo tiempo, les agrupe. Por tanto, los términos de los acuerdos de representación los establecen directamente las partes, a través de un contrato privado. MARCO PARA LA INVERSIÓN La inversión extranjera se ha convertido, junto con las exportaciones, en uno de los ejes fundamentales de la economía chilena. Chile es modelo y pionero para el resto de las naciones del continente americano en el desarrollo de una política de atracción de inversiones, contando para ello con mecanismos jurídicos claros y estables. En general, la normativa se caracteriza por la igualdad de trato para locales y extranjeros, el libre acceso a casi todos los sectores económicos, con algunas excepciones y la mínima intervención del Estado en la actividad de los inversores. Legislación sobre Inversiones Extranjeras Existen en Chile dos mecanismos fundamentales que regulan las inversiones extranjeras: -El Estatuto de la Inversión Extranjera o Decreto Ley 600. -El Artículo 47 de la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central, conocido también como el Capítulo XIV del Compendio de Normas de Cambios Internacionales (CNCI). Asimismo, existe una tercera vía, a través de la Ley n°18.657, que regula la figura jurídica del Fondo de Inversiones de Capital Extranjero (FICE), aunque en este caso, los capitales invertidos tienen que ampararse en el Capítulo XIV o en el Decreto Ley 600. En noviembre de 2002, fue aprobada una nueva norma, conocida como ley de “plataforma de inversiones”, diseñada para incentivar la inversión extranjera, al considerar las ventajas de Chile como base para la inversión y prestación de servicios hacia otros países de Iberoamérica y el resto del mundo, ofreciendo al inversor no nacional un instrumento societario exento del pago de impuestos en Chile sobre los beneficios obtenidos por dichas inversiones, re alizadas desde Chile hacia terceros países. A pesar del énfasis y promoción dado a este instrumento, por el momento está dando escasos frutos. 5.1.1.- El Estatuto de la Inversión Extranjera (Decreto Ley 600) El Estatuto de la Inversión Extranjera o Decreto Ley 600 es la normativa que regula, desde 1974, el ingreso de capitales extranjeros como inversión extranjera directa, otorgando reglas y políticas estables, transparentes y sencillas. Se aplica a toda persona natural o jurídica GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE extranjera o a las chilenas con residencia en el exterior que realicen inversiones en Chile. Los principios fundamentales contenidos en el Estatuto de la Inversión Extranjera son: ·Está destinada a inversiones de carácter productivo. ·Se requiere una inversión por un capital mínimo de 5 millones de dólares, aunque dicha cifra disminuye a 2,5 millones de dólares, en caso de que cumplan algunas condiciones, como por ejemplo, transferencia de tecnología y bienes de capital. ·Principio de trato nacional: No discriminación entre inversores nacionales y extranjeros. ·Trato no discriminatorio de las solicitudes de inversión. ·Prácticamente ninguna región ni sector económico queda reservado a inversores nacionales. ·No existen prácticamente límites en el porcentaje o en la duración de la propiedad extranjera de empresas conjuntas, empresas nacionales, edificios o tierras, con escasas excepciones, como pueden ser las tierras situadas en la frontera. ·En caso de repatriación de beneficios, existen dos regímenes tributarios posibles a aplicar. Uno de ellos el régimen de invariabilidad tributaria, que establece una tasa del 42% hasta por 10 años, como carga impositiva efectiva total. El otro es el sistema general, con una tasa del 35% (Ver apartado 5.3.5. sobre tributación). El inversor puede cambiarse de régimen tributario por una sola vez. Hoy en día, la primera opción, con una tasa fija del 42%, carece de atractivo comparada con la tasa del 35% del régimen ordinario. Tuvo sentido en los años 70´y 80´, cuando existía mayor incertidumbre sobre la evolución económica y política de Chile. ·Repatriación ilimitada de beneficios y capital, sujeta al pago de impuestos correspondientes. ·El capital podrá ser repatriado después de un año, los beneficios tan pronto como se generen. ·Libre acceso al mercado cambiario formal, al tipo de cambio más favorable que los inversores puedan obtener. ·Según el artículo 2 de la ley, la materialización de una inversión podrá consistir en moneda extranjera de libre convertibilidad, bienes físicos -tanto nuevos como usados-, tecnología, créditos que vengan asociados a un inversor extranjero, capitalización de créditos y deudas externas, en moneda de libre convertibilidad, así como capitalización de beneficios con derecho a ser transferidos al exterior. ·Existen beneficios adicionales otorgados a inversiones superiores a 50 millones de dólares, como es el derecho a cuentas en el exterior (cuentas off-shore) y al régimen de invariabilidad tributaria hasta por 20 años, etc. En la actualidad no se suscriben nuevos contratos en este régimen especial. Dichos principios están afianzados a través de un contrato, denominado contrato-ley, suscrito entre el inversor extranjero y el Comité de Inversiones Extranjeras (CIE), en representación del Estado de Chile. El Comité de Inversiones Extranjeras es una persona jurídica de Derecho Público y con patrimonio propio, integrado por el Ministro de Economía, que lo preside, los Ministros de Hacienda, Relaciones Exteriores, Planificación y Cooperación y el Presidente del Banco Central, además del Ministro del ramo respectivo, cuando se trata de inversiones vinculadas con materias no representadas en el Comité. Dispone de una Vicepresidencia Ejecutiva que tiene, entre otras, las siguientes funciones: -Promover el clima de negocios en el país para atraer inversión extranjera. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE -Estudiar y recibir las solicitudes de inversión extranjera. -Preparar los antecedentes y estudios que requiera el Comité. -Realizar funciones de información, registro, estadísticas y coordinación. -Realizar y agilizar los trámites ante los diferentes organismos que deban informar o dar su aprobación a las solicitudes que el Comité resuelve. El procedimiento para acogerse al Estatuto de la Inversión Extranjera es simple. Se requiere que el inversor extranjero presente un formulario estandarizado a la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, que incluya información básica sobre su proyecto y volumen de inversión que desea acoger a los beneficios del DL 600. Desde el momento en que se recibe la solicitud, el inversor puede ingresar sus capitales a Chile. Una vez aprobada la solicitud que, por lo general, suele tardar de 20 días a un mes, y en un plazo máximo de 6 meses, el inversor extranjero y el Estado Chileno, a través de un representante del CIE, suscribirán un contrato de inversión extranjera mediante escritura pública, en el que fijarán todos los datos. Dicho contrato revestirá carácter de Contrato - Ley, por lo que sólo podrá ser modificado por acuerdo entre las partes y no le afectarán los cambios legislativos posteriores. Más del 81% de la inversión extranjera directa materializada entre 1990 y 2004 ingresó a través del DL 600, por un total de USD53.600 millones. Según el artículo 16, las inversiones de volumen superior a USD5 millones, las referid as a sectores o actividades normalmente desarrolladas por el Estado o por los servicios públicos, las efectuadas en medios de comunicación social y las que realicen Estados o personas extranjeras de Derecho Público, necesitarán acuerdo del Comité de Inversiones Extranjeras. Las restantes sólo necesitarán la autorización o visto bueno del Vicepresidente Ejecutivo. El Decreto Ley 600 establece un plazo entre 1 y 3 años para materializar la inversión en Chile. Las inversiones superiores a USD50 millones que tengan por objeto proyectos industriales o extractivos, pueden solicitar un plazo límte de 8 años, prorrogable a 12, cuando se trate de inversiones en minería. 5.1.2.- Capítulo XIV del Compendio de Normas de Cambio Internacionales del Banco Central Este Capítulo del Compendio de Normas de Cambios Internacionales recoge normas generales aplicables a operaciones de cambios internacionales relativas a créditos, depósitos, inversiones y aportes de capital, provenientes del exterior, como las relativas a otras obligaciones con el extranjero. El volumen mínimo para acogerse a este régimen es de USD10.000 o su equivalente en otra divisa. Las operaciones de este tipo relativas a empresas bancarias establecidas en Chile se regulan por el Capítulo XIII del Compendio. Es obligatorio informar sobre dichas operaciones al Banco Central, aunque no es necesaria la autorización por parte del mismo. Asimismo, no existen restricciones a la repatriación del capital, pudiendo repatriarse tanto éste como los beneficios obtenidos en cualquier momento. La inversión a través del capítulo XIV es más ágil y flexible que a través del DL 600, pero éste último presenta una serie de ventajas, como la garantía de un contrato - ley con el Estado, por lo que el Capítulo XIV se usa en menor medida. 5.1.3.- Fondos de Inversión de Capital Extranjero (FICE) A través de la Ley N° 18.657, la legislación chilena define un vehículo de inversión, los Fondos de Inversión de Capital Extranjero (FICE), diseñado para fomentar el ingreso de capitales extranjeros a Chile. El patrimonio de los FICE está formado con aportaciones GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE realizadas fuera del territorio nacional (se trata por tanto, de fondos constituidos en el extranjero) por personas naturales o jurídicas o entidades colectivas para su inversión en activos financieros chilenos. Estos activos podrán ser instrumentos financieros, tales como: valores de oferta pública emitidos en Chile o, en el caso de los FICE de riesgo, acciones, bonos, efectos de comercio u otros títulos de deuda, cuya emisión no haya sido registrada en la Superintendencia de Valores y Seguros. En ambos casos, la administración de los FICE corresponderá a una sociedad anónima chilena constituida a tal efecto, que tenga como objeto exclusivo la administración del FICE. La inversión se puede efectuar al amparo del DL 600 o del Artículo 47 de la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile (Capítulo XIV CNCI), aunque en la práctica, se está utilizando la vía del Capítulo XIV. Las remesas al extranjero sobre el capital invertido están afectas al impuesto único del 10%. La ley establece determinadas limitaciones a estas operaciones. Entre otras, los fondos no pueden comprar más del 5% de la empresa en la que se invierte y no pueden invertir más del 10% de sus activos en acciones de una sola sociedad, ni poseer directa o indirectamente más del 25% del capital de una empresa. Por último, ha de transcurrir, como mínimo, un plazo de 5 años desde la entrada del capital en Chile para que éste pueda ser repatriado, aunque no hay plazo mínimo para la repatriación de beneficios. 5.1.4.- La ley de “plataforma de inversiones” (Ley nº 19.840/02) Se trata de una legislación especial que permite crear en Chile sociedades anónimas, tanto abiertas (SAA) como cerradas (SAC), que opten por adherirse a la normativa de las SAA, con el fin exclusivo de invertir en el exterior desde Chile, estando exentas del pago de impuestos a la renta por los beneficios que obtengan los accionistas extranjeros por dichas inversiones en el exterior o la remisión al extranjero de dividendos provenientes de estas rentas obtenidas en el extranjero. Para los efectos de la Ley de la Renta, la plataforma de negocios se considera una persona jurídica sin domicilio ni residencia en Chile, aun cuando deba constituirse con arreglo a las leyes chilenas y esté físicamente establecida en el país. En consecuencia, las rentas de fuente extranjera percibidas por la plataforma no se gravarán con ningún impuesto a la renta en Chile. Por su parte, las rentas de fuente chilena se gravarán con la tasa de 35% (resultante de la suma del impuesto de primera categoría y el impuesto adicional) que será retenido por la sociedad anónima que distribuya tales rentas. Sus características esenciales son: ·Los accionistas de la plataforma que sean residentes en Chile podrán poseer como máximo un 75% de la propiedad. ·Los accionistas no residentes no pueden provenir de paraísos fiscales. ·Los accionistas de la plataforma podrán realizar aportaciones de capital en acciones o derechos sociales de empresas, así como en moneda extranjera. ·Para efectos tributarios de los accionistas chilenos y las inversiones en Chile, la plataforma tendrá el tratamiento de una empresa extranjera, por lo que al existir accionistas chilenos, las rentas de la plataforma que les correspondan estarán sujetas a impuestos y tendrán derecho a los créditos fiscales de una inversión en el exterior que ingresa sus rentas al país. ·Las plataformas que inviertan en Chile deberán repartir beneficios, siguiendo el orden en que entraron, empezando por las más antiguas. Para ello, deberán registrar separadamente los beneficios de fuente chilena de los de fuente extranjera. ·Las plataformas podrá endeudarse, internamente sin restricciones, pero externamente, su deuda máxima corresponderá al valor del capital extranjero aportado a la plataforma y tres GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE veces el equivalente al capital aportado por inversores domiciliados o residentes en Chile, debiendo pagar los correspondientes impuestos, según la procedencia de la deuda. ·Se prohíbe que las inversiones se realicen en paraísos fiscales, que serán los definidos por el Ministerio de Hacienda, coincidiendo con la lista de la OCDE. En todo caso, no será aplicable lo anterior si, después de realizada la compra de acciones o la inversión, el país entra en la lista de paraísos fiscales. Se exige que las sociedades que se acojan a este nuevo régimen renuncien al secreto bancario, para evitar el mal uso de la norma de excepción a la Ley de Impuesto a la Renta. Legislación mercantil La legislación chilena distingue, entre otras, cuatro tipos básicos de sociedad mercantil: sociedad anónima, de responsabilidad limitada, colectiva y comanditaria, siendo las dos primeras las formas más comunes de asociación. 5.2.1.- Sociedad Anónima La sociedad anónima (S.A.) se cons tituye mediante escritura pública ante notario. Un extracto de la misma se inscribe en el Registro de Comercio del domicilio social correspondiente y se publica en el Diario Oficial, dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de la escritura. Para la válida constitución de la sociedad, es necesaria la concurrencia de un mínimo de dos socios. No hay restricciones en cuanto a su nacionalidad. Los socios responden por las deudas sociales hasta el límite de sus aportaciones dinerarias o no dinerarias, en cuyo caso deberán ser valoradas por expertos independientes. El capital está dividido en acciones, que son necesariamente nominativas. Se transmiten libremente, mediante contrato privado, ante dos testigos mayores de edad o ante un corredor de bolsa o notario. La ley diferencia entre sociedades anónimas abiertas y cerradas. Son abiertas aquéllas que tienen alguna de las siguientes características: tienen 500 ó más accionistas; al menos, el 10% de su capital suscrito pertenece a un mínimo de 100 accionistas; se inscriben en el Registro de Valores voluntariamente o por disposición legal. Las demás son cerradas, aunque cabe la posibilidad de que se acojan voluntariamente al régimen aplicable a las sociedades abiertas. Sólo las sociedades anónimas abiertas están sometidas a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), cuya página web es: http://www.svs.cl. Deben inscribirse en el Registro Nacional de Valores, observar las disposiciones legales especiales que les sean aplicables y distribuir anualmente entre sus accionistas el 30% de sus beneficios netos, salvo acuerdo en contrario adoptado por unanimidad. Además, están obligadas a una auditoría anual por expertos independientes inscritos en el Colegio de Auditores y designados por los accionistas en Junta General. La normativa básica de las sociedades anónimas chilenas se encuentra recogida en la Ley N° 18.046. Los órganos de la sociedad son: la Junta General de Accionistas y el Directorio (Consejo de Administración). Los miembros del Directorio son elegidos por los accionistas en la Junta General: mínimo cinco miembros en las sociedades abiertas y tres miembros en las sociedades cerradas, por un plazo máximo de tres años, aunque pueden ser reelegidos indefinidamente por idéntico período. No existen restricciones en cuanto a su nacionalidad. El Directorio puede determinar el pago de dividendos a cuenta, siempre que no existan pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores. Los bancos y las compañías de seguros deberán revestir necesariamente la forma de sociedades anónimas abiertas. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 5.2.2.- Sucursal o agencia chilena de una sociedad extranjera Para constituir una sucursal, la sociedad extranjera deberá designar un representante legal, que será el que deberá legalizar los distintos documentos exigidos por la legislación en los trámites de constitución de la sucursal. Los documentos deberán estar escritos en la lengua oficial del país de origen y traducidos al castellano, si se tratase de un idioma distinto a éste. La apertura de sociedades extranjeras requiere la formalización ante notario de: - Antecedentes que acrediten que se encuentra legalmente constituida de acuerdo a la ley del país de origen y un certificado de vigencia de la sociedad; - Copia auténtica de los estatutos vigentes; y - Poder general otorgado por la sociedad al agente que ha de representarla en Chile, en el que consten los datos del mandante y se exprese en forma clara y precisa que el agente obra en Chile bajo la responsabilidad directa de la sociedad, con amplias facultades para ejecutar operaciones en su nombre, siéndole otorgadas expresamente las facultades a las que hace referencia el inciso segundo del Artículo 7º del Código de Procedimiento Civil. Por escritura pública de la misma fecha y ante el mismo notario ante el cual se efectúe la protocolización a que se refiere el párrafo anterior, el agente deberá declarar, a nombre de la sociedad y con poder suficiente para ello: - El nombre con el que la sociedad funcionará en Chile y el objeto u objetos de la misma. - Que la sociedad conoce la legislación chilena y los reglamentos por los cuales habrán de regirse en el país, sus agencias, actos, contratos y obligaciones. - Que los bienes de la sociedad quedan afectos a las leyes chilenas y que se obliga a mantener en Chile bienes de fácil realización, con el fin de responder a las obligaciones que haya de cumplir en el país, además del volumen de capital efectivo que va a tener en el país para el giro de sus operaciones y la fecha y forma en que éste ingresará en la caja de la agencia en Chile. - El domicilio de la agencia principal Todos estos documentos habrán de inscribirse en el Registro de Comercio y publicarse en el Diario Oficial, dentro de los 60 días desde la fecha de protocolización. El representante deberá hacerse cargo, cada año, de la publicación del balance en un periódico del lugar del domicilio social, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio. No obstante, este tipo de sociedad tiene dificultades por los siguientes motivos: - Cada vez que cambia algún aspecto de la escritura pública, es necesario hacer una nueva escritura y repetir todo el procedimiento. Por ejemplo, si cambia el agente, el domicilio, etc. - La sociedad matriz asume la responsabilidad de forma ilimitada. 5.2.3.- Sociedad Colectiva En las sociedades colectivas, los socios intervienen directamente en la gestión y responden personal e ilimitadamente de las deudas sociales, por lo que cada socio es responsable individualmente por todas las obligaciones de la sociedad. No hay limitaciones de nacionalidad. Se constituyen mediante escritura pública, cuyo extracto se inscribe en el Registro de Comercio del domicilio social y se publican en el Diario Oficial, dentro de los 60 días siguientes a la formalización de la escritura. Debido a la asunción de responsabilidad ilimitada, esta forma de sociedad no es aconsejable y de hecho, es la que menos se utiliza. 5.2.4.- Sociedad de Responsabilidad Limitada GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE La principal diferencia respecto a la sociedad colectiva reside en que la responsabilidad de cada socio se limita al capital aportado o a un montante mayor, siempre que sea especificado en la escritura de la sociedad. Los socios pueden ser nacionales o extranjeros, personas físicas o jurídicas, sin que su número pueda ser inferior a 2 ni superior a 50. No se exige un mínimo de capital y su desembolso deberá realizarse conforme a lo estipulado en la escritura pública de constitución. Estas sociedades se consideran sociedades personalistas, en contraposición a las sociedades de capital y aunque presentan similitudes con las sociedades anónimas, especialmente la responsabilidad limitada de sus miembros, se diferencian de aquéllas en importantes aspectos, como en que las cuotas de interés o participaciones de sus miembros en la sociedad no están incorporadas a documento alguno, ni son libremente transmisibles. Este tipo de sociedad no se recomienda para sociedades extranjeras que quieran formar una sociedad con un partner chileno, ya que las decisiones se toman por unanimidad, independientemente del capital aportado. Para esos casos, se recomienda la sociedad anónima, donde el peso del socio en la toma de decisiones depende del porcentaje del capital en la sociedad. Lógicamente, se recomienda que tenga, al menos, el 51%. 5.2.5.- Sociedad Comanditaria Se caracterizan por la coexistencia de socios gestores, que responden ilimitadamente por las deudas de la empresa y participan en su gestión y socios comanditarios, que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital aportado. Las sociedades comanditarias se dividen en: simples y por acciones. En éstas últimas, la participación de los socios comanditarios está representada por acciones. Son muy poco frecuentes. 5.2.6.- Joint Venture Una Joint Venture es un tipo de asociación que se forma mediante un contrato por el que dos o más empresas acuerdan desarrollar una o varias operaciones mercantiles con aportes conjuntos de capital, tecnología, etc., participando en una proporción convenida, tanto en las ganancias como en las pérdidas. Esta asociación, que puede suponer la creación de una nueva empresa o la expansión de una existente, se rige por un acuerdo entre las partes y no necesariamente está sujeta a ninguna formalidad, aunque se recomienda cons tituirla ante notario e inscribirla en el Libro de Registro de la sociedad. Asimismo, es muy común que la joint venture se cree como una nueva sociedad, siendo la forma más utilizada, la constituida como sociedad anónima. 5.2.7.- Empresa Individual de Responsabilidad Limitada La Ley N°19.857, de 11 de febrero de 2003, crea un nuevo tipo de sociedad, las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) y posibilita que cualquier persona natural -quedando excluidas las personas jurídicas- pueda constituir una sociedad de responsabilidad limitada al patrimonio de la empresa, sin necesidad de contar con un socio. Por tanto, es una persona jurídica con patrimonio propio distinto del de la persona que la constituye. Además, esta institución posee carácter comercial y se encuentra sometida al Código de Comercio, por lo que puede realizar toda clase de operaciones civiles y comerciales, excepto las reservadas por ley a las sociedades anónimas. No obstante, el titular responde ilimitadamente con sus bienes en varios casos. FORMALIDADES ADMINISTRATIVAS Todas las personas o entidades que comienzan actividades comerciales en Chile deben cumplir con ciertas formalidades administrativas. Los principales requerimientos son: GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE -Número de contribuyente ("Rol Unico Tributario" o "RUT"): este número se obtiene cuando la persona o entidad se registra en el Servicio de Impuestos Internos. Sin este número no podrá realizar actividad comercial alguna. Equivale al NIF español. -Declaración de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, dentro de los dos meses siguientes a aquél en el que se inició la actividad. La declaración debe contener una descripción sobre la naturaleza y el volumen de capital de la empresa. -Permiso municipal: se debe obtener un permiso de la Municipalidad correspondiente para cada uno de los establecimientos, oficinas, bodegas, etc., de la empresa. No se podrán iniciar actividades sin tener el correspondiente permiso. CONTABILIDAD Y TENEDURÍA DE LIBROS El año financiero de la entidad no puede exceder los doce meses y puede terminar en cualquier día que elijan los accionistas. Sin embargo, para efectos de impuestos, se debe usar un año tributario que termina el 31 de diciembre, aunque el Servicio de Impuestos Internos puede autorizar un cierre de ejercicio al 30 de junio. En general, cualquier empresa o contribuyente debe mantener registros contables completos: un libro de caja, un libro diario, un mayor y un libro de inventarios, o registros equivalentes. Para fines tributarios, se deben mantener los siguientes registros: diarios de ventas y compras, libro de remuneraciones (sólo para empresas con cinco empleados o más), registro de retenciones de impuestos, de inventarios y registro de utilidades tributables. Todos los libros de contabilidad y tributarios deben ser timbrados por el Servicio de Impuestos Internos. Los registros pueden ser llevados en hojas sueltas, preparados manualmente o por equipos electrónicos de procesamiento de datos, si se cuenta con la autorización previa del Servicio de Impuestos Internos. Las empresas que operan en las zonas francas (Iquique y Punta Arenas) y en las áreas en que existen incentivos (actualmente las I, XI y XII Regiones y la Provincia de Chiloé) deben mantener registros contables separados para esas operaciones. AUDITORÍAS INDEPENDIENTES En general, sólo ciertos tipos de entidades deben nombrar auditores independientes. Entre dichas entidades, se incluyen los bancos, instituciones financieras, compañías de seguros, administradoras de fondos de pensiones (AFP), sociedades anónimas abiertas y cooperativas. Casi todas las demás entidades tienen libertad para nombrar auditores o para establecer otros medios de control. Sin embargo, las empresas que deseen repatriar beneficios al exterior al amparo del Decreto Ley 600 (Estatuto de la Inversión Extranjera) pueden ser obligadas a presentar estados financieros auditados al Banco Central para justificar que esos beneficios están devengados. PUBLICIDAD DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Ciertas entidades, principalmente los bancos, instituciones financieras, compañías de seguros, administradoras de fondos de pensiones, y sociedades anónimas abiertas, deben presentar sus estados financieros trimestrales y anuales a la agencia reguladora correspondiente (Superintendencia). Estos archivos son públicos. Además, los estados financieros anuales presentados a una Superintendencia y los de una agencia o sucursal de una sociedad extranjera deben ser publicados en un periódico. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Legislación fiscal 5.3.1.- Normativa Las normas generales en materia tributaria están recogidas en el Código Tributario, aprobado por Decreto Ley 830, de 27 de diciembre de 1974. A ello se añade una dispersa regulación para los diferentes impuestos, entre la que destaca el Decreto Ley 825/74 de Impuestos a las Ventas y Servicios y el Decreto Ley 824 (Ley del Impuesto a la Renta). Entre las modificaciones, destaca la Ley N° 19.753, de 31 de agosto de 2001, para combatir la evasión y elusión fiscal y que modifica, entre otros, el Impuesto sobre la Renta. 5.3.2.- Administración Tributaria Prácticamente la totalidad de los impuestos son exigidos por el Estado. Apenas hay impuestos regionales o municipales significativos. El Servicio de Impuestos Internos (SII) es el organismo competente en materia de gestión, inspección y sanción tributaria, así como en la aplicación e interpretación de la normativa. 5.3.3.- Pagos Con carácter general, cada contribuyente debe realizar una declaración anual de impuestos, pagándolos durante el mes de abril siguiente al cierre del ejercicio. En el caso del Impuesto de Segunda Categoría -similar a las cotizaciones a la Seguridad Social española-, los empleados dependientes que sólo reciben ingresos por remuneraciones no necesitan hacer una declaración de impuestos, ya que éste es es retenido y pagado mensualmente a la Tesorería por parte del empleador. Dentro de este impuesto se distingue el referido a trabajo dependiente, que es un impuesto único al trabajo y el referente a los trabajadores independientes, que pagan por el Impuesto Global Complementario. La declaración y pago del Impuesto sobre la Renta deberá realizarse en el mes de abril siguiente al cierre del ejercicio. Será necesario realizar pagos provisionales mensuales (PPM) a cuenta del Impuesto sobre la Renta, que se imputarán, ajustados con el IPC, al pago anual del impuesto. El Impuesto de Primera Categoría es pagado por las empresas sobre la base de las rentas provenientes del capital. En los casos en que la ley exija llevar contabilidad, la determinación de los ingresos se hará conforme al balance de cada ejercicio, que comprenderá un período que no puede exceder de 12 meses, cerrado a 31 de diciembre. Las obligaciones tributarias prescriben a los 3 años, contados desde el término del plazo legal para efectuar el pago. En casos especiales, concretamente, para los impuestos sujetos a declaración, como p. ej. el IVA y el Impuesto sobre la Renta, el plazo de prescripción se amplía a 6 años. 5.3.4.- Contribuyentes Las personas físicas o jurídicas con domicilio o residencia en Chile están sujetas a tributación por su renta mundial, aunque la renta de fuente extranjera se computa neta de gastos, incluidos los impuestos extranjeros pagados en el exterior. Las personas físicas o jurídicas, residentes o domiciliadas en el extranjero, pagan impuestos únicamente por sus rentas de fuente chilena, es decir, las que provienen de bienes situados en el país por actividades desarrolladas en él. Un individuo es considerado residente cuando permanece en Chile por más de seis meses consecutivos al año o por un total de seis meses en dos años consecutivos. Los extranjeros establecidos en Chile sólo tributan por sus rentas de fuente chilena durante los primeros tres años de residencia. Transcurrido dicho plazo, están sujetos a tributación por su renta mundial. 5.3.5.- Principales Impuestos GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 30 5.3.5.1.- IMPUESTOS DIRECTOS IMPUESTO A LA RENTA DE PRIMERA CATEGORÍA El Impuesto a la Renta de Primera Categoría grava las rentas del capital para los distintos sectores económicos con una tasa única del 17%. Opera sobre la base de las rentas percibidas o devengadas, para el caso de empresas que tributan de acuerdo a la renta efectiva, mientras los pequeños contribuyentes de los sectores agrícola, minero y transportes pueden tributar en base a la renta presunta. Las empresas estatales pagan, además de este impuesto, un impuesto especial del 40% sobre beneficios. Las pérdidas originadas en un año pueden ser imputadas a beneficios acumulados de ejercicios anteriores o al renta de ejercicios posterioires, sin límite de tiempo. Las rentas distribuidas entre los socios o accionistas de las sociedades tributan de la siguiente forma: - Para socios o partícipes, personas físicas con residencia o domicilio en Chile, la renta distribuida está sujeta al Impuesto Global Complementario, con una tasa progresiva del 5% al 40%, aplicable sobre la renta global. - Para socios o partícipes, personas físicas o jurídicas, residentes y domiciliadas en el extranjero, en caso de repatricación de beneficios, se aplica un tipo único del 35% como Impuesto Adicional, que debe ser retenido por la sociedad. En cualquiera de estos casos, el Impuesto a la Renta de Primera Categoría ya pagado puede ser deducido del Impuesto Global Complementario o el Impuesto Adicional, según cuál les afecte. - Si los inversores extranjeros canalizan su inversión a través del DL600, pueden acogerse a al régimen tributario especial que recoge el Estatuto y que establece un 42% como carga impositiva total, invariable por un período de diez años, prorrogable a 20, en caso de las empresas mineras. CONVENIO DE DOBLE IMPOSICIÓN ENTRE ESPAÑA Y CHILE En julio de 2003, fue firmado el Convenio para Evitar la Doble Imposición entre España y Chile (CDI), que entró en vigor en enero de 2004. Los principales aspectos contenidos en el mismo son: Se configura la condición de persona residente en uno o ambos Estados contratantes como elemento determinante de la aplicación del Convenio. El Convenio delimita su aplicación a los impuestos sobre la renta y el patrimonio exigibles por cada uno de los Estados contratantes. El principio general del acuerdo es que los beneficios de una empresa de un Estado Contratante solamente pueden someterse a imposición en ese Estado, a no ser que la empresa realice su actividad en el otro Estado Contratante por medio de un establecimiento permanente situado en él. Dándose esta circunstancia, los beneficios de la empresa pueden someterse a imposición en el otro Estado, pero sólo en la medida en que puedan atribuirse a ese establecimiento permanente. No cabría, por tanto, someter a tributación la renta mundial de la empresa en ese establecimiento permanente (Art. 7). En el Art. 22, se establece claramente el método fijado para evitar la doble imposición en España: cuando un residente en España obtenga rentas que puedan someterse a imposición en Chile con arreglo a las normas del Convenio, España, de acuerdo a las disposiciones de la legislación española, permitirá la deducción del impuesto sobre la renta efectivamente pagado por ese residente por un importe igual al impuesto sobre la renta pagado en Chile, en su caso, neto del Impuesto de Primera Categoría. Asimismo, establece GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE la deducción del impuesto sobre la renta efectivamente pagado por una sociedad que reparte los dividendos correspondiente a los beneficios con cargo a los cuales dichos dividendos se pagan (Impuesto de Primera Categoría). Dicha deducción no podrá exceder de la parte del impuesto de la renta, calculada antes de la deducción, correspondiente a las rentas que puedan someterse a imposición en Chile. Chile puede aplicar el Impuesto Adicional a las remesas de beneficios (tasa del 35%), a dividendos, intereses, cánones y regalías, así como a ganancias de capital, si bien los pagos por estos conceptos pasan a ser considerados como crédito fiscal en España. Sin embargo, se establecen ciertos límites al mismo (aplicables a cualquier imposición por parte de cualquiera de los dos Estados contratantes por estos conceptos): Dividendos: 5% del importe bruto de los dividendos, cuando la sociedad beneficiaria posea, al menos, el 20% de la sociedad que los paga; 10% en el resto de los casos (Art.10). Intereses: 5% del importe bruto de los intereses derivados de préstamos bancarios, bonos y valores negociados en bolsa, y venta a crédito de maquinaria y equipo; 15% en el resto de los casos (Art. 11). Cánones o regalías: 5% por el uso o derecho a uso de equipos industriales, comerciales o científicos; 10% en todos los demás casos (Art. 12). Las retribuciones por la cesión, uso o derecho de uso de software estándar no son consideradas como “royalties”, sino beneficios empresariales, resultándoles aplicables las disposiciones del Art. 7. Ganancias de capital: No se establece límite para la tributación en la fuente en el caso de enajenación, por parte de una sociedad residente en un Estado Contratante, de acciones o derechos representativos de sociedades residentes en otro Estado Contratante, siempre que más del 50% del valor de estas se derive de bienes inmuebles situados en dicho Estado, o en el caso de que el preceptor de la ganancia derivada de la enajenación de esos derechos haya poseído derechos por el 20 % o más del capital de la sociedad en un período de 12 meses; para el resto el límite es del 16% de la ganancia (Art. 13). En el caso de ganancias de capital obtenidas por fondos de pensiones residentes en un Estado miembro por enajenaciones de acciones o derechos representativos del capital de una sociedad residente en otro Estado contratante, estas solo serán gravadas en el Estado de residencia del perceptor (disposición establecida “ad hoc” para las AFP chilenas) . En el caso de empresas participadas, y siempre que una de ellas pueda ser considerada como establecimiento permanente de la otra, los Estados se arrogan la facultad de entrar a valorar, dentro de las operaciones intra-empresa, los aspectos relativos al beneficio efectivamente atribuible a dicho establecimiento permanente (Art. 7), los precios de transferencia (Art. 9), los intereses y condiciones de sus préstamos (Art. 11) y el importe de los cánones y regalías (Art. 12). El acuerdo relativo a transporte marítimo y aéreo internacional existente entre España y Chile desde el año 1976 queda derogado, por lo que las actividades económicas de esta naturaleza pasarán a regirse por lo previsto en el Convenio de Doble Imposición. El Convenio no se aplica a los “Fondos de Inversión de Capital Extranjero” (FICE), regulados en la Ley 18.657 de la normativa chilena (Protocolo I). Tampoco afectará lo establecido en el Convenio a la aplicación del DL 600, Estatuto de Inversión Extranjera (Protocolo III) . Chile no renuncia a la aplicación del Impuesto Adicional. No obstante, se acuerda que, en el caso de que el Impuesto de Primera Categoría deje de ser totalmente deducible en la determinación del monto del Impuesto Adicional a pagar, o que la tasa del mismo exceda del 42% (actualmente es el 35%), los Estados contratantes se comprometen a revisar los términos del Convenio, con el fin de restablecer el equilibrio del mismo (Protocolo VIII) . GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Se establece una cláusula de nación más favorecida en lo relativo a posibles mejoras en el tratamiento fiscal de intereses y regalías derivadas de futuros convenios firmados por alguno de los Estados Contratantes (Protocolo X). En el Protocolo XII, se reconoce la dificultad existente para eliminar la doble imposición respecto de las rentas provenientes de un tercer país que ingresan a Chile y posteriormente, son enviadas a España, aún en el caso de existir Convenio entre ambos países. Algunas notas adicionales de carácter interpretativo: La expresión “actividad” relativa a una empresa, y el término “negocio”, incluyen la prestación de servicios profesionales (Art. 3) El concepto de “establecimiento permanente” queda definido como un lugar fijo de negocios, mediante el cual una empresa realiza toda o parte de su actividad (Art. 5). En dicho concepto se incluye cualquier obra o proyecto de construcción, instalación o montaje, de una duración superior a 6 meses, así como la prestación de servicios, incluídos los de consultoría, a través de empleados encomendados por las empresas para este fin, en caso de que desarrollen sus actividades en un Estado contratante durante más de 183 días, dentro de un período cualquiera de 12 meses. Asimismo, las actividades realizadas por una empresa participada por otra empresa serán sumadas a las desarrolladas por ésta a efectos de cálculo del límite temporal, cuando las actividades sean de carácter similar. El hecho de que dos sociedades residentes en cada uno de los Estados contratantes sean participadas o controladas por la otra no las califica automáticamente como establecimiento permanente de la otra. La definición de establecimiento permanente excluye las instalaciones de mero depósito o exposición de mercancías. IMPUESTO ÚNICO DE SEGUNDA CATEGORÍA El Impuesto Único de Segunda Categoría a los Sueldos, Salarios y Pensiones es un tributo progresivo que se paga mensualmente por todos los residentes que perciben rentas en Chile por su trabajo y cuya cifra excede de las 13,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), que es el tramo exento. (La UTM – Unidad Tributaria Mensual- es una unidad económica que se utiliza para fines tributarios y se reajusta mensualmente al IPC. Su valor a abril de 2005 es: 30.156 pesos). La parte correspondiente se retiene y se satisface por el empleador. 1.- Residentes: Los trabajadores dependientes están sujetos al Impuesto de Segunda Categoría, como impuesto único al trabajo, con tasas progresivas del 5% al 40%, pero con derecho a deducir el Impuesto de Segunda Categoría ya pagado por el empleador. Por otra parte, los profesionales y trabajadores independientes no están gravados por esta categoría, sin que están sujetos al Impuesto Global Complementario, con tasas progresivas del 5% al 40% sobre su renta anual. Para la determinación del citado impuesto, pueden optar por la diferencia entre sus ingresos y gastos efectivos o acogerse a la deducción del 30% de la renta bruta anual como gastos presuntos, hasta un tope de 15 UTA (Unidad Tributaria Anual, equivalente a 12 UTM). En este caso se retiene un 10% sobre la renta bruta, que actúa como crédito contra el Impuesto Global Complementario o se devuelve en el caso que proceda. 2.- No Residentes. Los extranjeros con residencia y domicilio en el extranjero están sujetos al Impuesto Adicional sobre sus rentas de capital de fuente chilena cuando la renta queda a disposición desde Chile a la persona residente en el extranjero, con derecho a deducir el Impuesto de Primera Categoría (17%) ya pagado. El Impueso Adicional es pagado normalmente a través de un mecanismo de retención. Las tasa general es del 35%, aplicándose tipos menores para algunos tipos de renta. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Una vez adquirida la residencia, estarán sujetos a tributación de igual forma que los nacionales, aunque durante los tres primeros años de residencia no tributarán por sus rentas de fuente extranjera. IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO El Impuesto Global Complementario es un impuesto personal, global, progresivo y complementario que pagan una vez al año las personas naturales con domicilio o residencia en Chile sobre sus rentas imponibles de Primera y Segunda categoría. Afecta a los contribuyentes cuya renta neta global exceda de 13,5 UTA (Unidades Tributarias Anuales). La UTA se calcula multiplicando la UTM de dicho mes por 12. Las tasas del Impuesto Único de Segunda Categoría y el Global Complementario son equivalentes para iguales niveles de ingreso y se aplican sobre una escala progresiva que tiene siete tramos. En el Impuesto de Segunda Categoría se calculan con carácter mensual y en el Global Complementario, anual. Su tasa marginal máxima es del 40%. IMPUESTO ADICIONAL El Impuesto Adicional afecta a las personas naturales o jurídicas que no tienen residencia ni domicilio en Chile. Tiene una tasa general del 35% y se devenga el año en que las rentas imponibles se envían al exterior, como por ejemplo, los pagos por el uso de marcas y patentes, los intereses de préstamos del exterior, con algunas excepciones, los pagos por servicios prestados en el extranjero -salvo los servicios de ingeniería o asistencia técnica, a los que se les aplica una tasa del 20%, con algunas exenciones-, las primas de seguro pagadas a compañías aseguradoras no establecidas en Chile por el aseguramiento de equipos y otros bienes situados en el país, o por seguros de vida o médicos de personas residentes, que están sujetos a una tasa del 22%. Por su parte, los royalties y las licencias están sujetos a una tasa del 30%. Esta tasa del 35% también es pagada sobre los dividendos de sociedades chilenas pagados a empresas o personas físicas extranjeras. A dicho 35% se le deduce el 17% pagado como Impuesto de primera categoría por la empresa chilena. Por último, los fletes marítimos, comisiones y demás ingresos por servicios a las naves y cargamentos en puertos nacionales o extranjeros tendrán una tasa del 5% no deducible. 5.3.5.2.- IMPUESTOS INDIRECTOS IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS (IVA) El Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA) es el principal impuesto al consumo. Grava con una tasa única del 19% el valor añadido que se incorpora en cada etapa de la cadena de comercialización y distribución, hasta que el bien es adquirido por el consumidor final. A partir del 1 de octubre de 2007, se rebajará en un punto porcentual, situándose en el 18%. Los exportadores están exentos de IVA por las ventas que efectúen al exterior. La Ley les concede el derecho a recuperar el IVA soportado en las adquisiciones, conforme a lo dispuesto por el D.S. N° 348, de 1986. IMPUESTO TERRITORIAL El Impuesto sobre los Bienes Raíces o contribución es un impuesto de caráter patrimonial que se determina sobre el valor o tasación de las propiedades. La recaudación está destinada, en su totalidad, a las municipalidades del país, constituyendo una de las principales fuentes de ingresos y financiación de los gobiernos locales. El propietario u ocupante de la propiedad debe pagar este impuesto anual en cuatro cuotas, cuyas fechas de vencimiento son abril, junio, septiembre y noviembre. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE La tasa anual de dicho impuesto asciende al 1,425% respecto de los bienes inmuebles no agrícolas, excepto los destinados a vivienda con un valor igual o menor a 38.543.515 pesos, a 1 de julio de 2004, en cuyo caso pagan el 1,2%. El valor de los bienes inmuebles se reajusta semestralmente, de acuerdo a la variación del IPC. La Ley del Impuesto Territorial establece exenciones generales para las viviendas y predios agrícolas y exenciones especiales para predios destinados a culto, educación y deporte. IMPUESTO A LOS PRODUCTOS SUNTUARIOS O IMPUESTO DE LUJO La primera venta o importación habitual de los artículos considerados suntuarios o de lujo pagan un impuesto adicional del 15% sobre el valor en que se enajenen. Se consideran suntuarios: los artículos de oro, platino y marfil; joyas y piedras preciosas; pieles finas; alfombras, tapices y cualquier otro artículo de similar naturaleza, calificados como finos por el Servicio de Impuestos Internos; yates, excepto los barcos de vela y los destinados habitualmente a competiciones deportivas; vehículos casa-rodantes autopropulsados; conservas de caviar y sucedáneos; armas de aire o gas comprimido, sus accesorios y proyectiles, excepto los de caza submarina. Los artículos de pirotecnia, tales como fuegos artificiales, petardos y similares pagan una tasa del 50%. En el caso de los objetos de oro, platino y marfil, joyas, piedras preciosas y pieles finas quedan afectos a la misma tasa del 15% por las ventas posteriores, aplicándose las mismas normas generales del IVA. IMPUESTO DE SUCESIONES Y DONACIONES Las herencias y donaciones están gravadas por un impuesto, que tiene carácter progresivo, del 1% al 25% y que se aplica sobre su valor líquido respectivo. El impuesto debe pagarse dentro del plazo de dos años. La ley establece donaciones y asignaciones exentas, de acuerdo a su finalidad (beneficencia, construcción o reparación de templos, difusión de la instrucción o adelanto de la ciencia en el país). En el caso de las herencias y donaciones, existen cantidades exentas y recargos, dependiendo de los niveles de parentesco. IMPUESTO A LAS BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y SIMILARES La venta o importación de bebidas alcohólicas de alta graduación (whisky, coñac, pisco, ron y productos similares) paga un impuesto adicional del 27%, además del correspondiente arancel, en caso de que fuera aplicable. Los vinos destinados al consumo, sidras, cerveza y otras bebidas alcohólicas, cualquiera que sea su tipo, calidad o denominación, tienen una tasa adicional del 15%. Las bebidas analcohólicas tributan un 13%. Este impuesto no se aplica a las ventas que efectúa el comerciante minorista al consumidor final. IMPUESTO AL LUJO EN LA IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS En el caso de los vehículos cuyo valor CIF exceda de 20.834,65 dólares, se aplica una tasa de un 42,50% sobre el valor que exceda de dicha cifra, que se actualiza anualmente, de acuerdo con la variación experimentada por el Indice Oficial de Precios al por mayor de los Estados Unidos de América. Están exentos de este impuesto los vehículos dedicados al transporte de pasajeros con más de quince asientos, camiones y camionetas con capacidad de carga superior a 2.000 kilos, tractores, carretillas, automóviles, vehículos casa-rodantes autopropulsados o para transporte fuera de carretera, coches celulares, mortuorios, ambulancias, además de coches y blindados para el transporte. Para los automóviles procedentes de la Unión Europea o Estados Unidos, este impuesto irá disminuyendo en un 25% cada año, hasta quedar eliminado definitivamente en el año 2007. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE La importación de vehículos o del conjunto de partes y piezas para armarlos o ensamblarlos en el país o de vehículos semiterminados, cuyo destino normal sea el transporte de pasajeros o de carga, pagará un impuesto adicional, que se determinará aplicando al valor aduanero respectivo el porcentaje que resulte de multiplicar la cilindrada del motor, expresada en centímetros cúbicos, por el factor 0,03 y restando 45 al resultado de esta multiplicación. El importe resultante no podrá exceder a USD7.503,55. La cantidad anterior será actualizada al 1 de enero de cada año. IMPUESTO A LOS TABACOS Y CIGARRILLOS Los cigarrillos pagan un impuesto de 50,4% sobre su precio de venta al consumidor, incluido impuestos, por cada paquete, caja o envoltorio; los cigarros puros, un 51% sobre su precio de venta al consumidor, incluido impuestos. El tabaco elaborado paga un 47,9%. Además, todos estos artículos pagan una sobretasa adicional del 10%. IMPUESTO A LOS COMBUSTIBLES La ley establece un gravamen a la primera venta o importación de gasolina automotriz y de petróleo diesel. La tasa es de 1,5 UTM. por m3 para el petróleo diesel y de 6 UTM. por m3 para la gasolina automotriz. IMPUESTO A LOS ACTOS JURÍDICOS (TIMBRES Y ESTAMPILLAS) El Impuesto de Timbres y Estampillas grava los documentos que dan cuenta de una operación de crédito en dinero. La base imponible la determina el importe del capital indicado en el documento. Existen tasas fijas y variables, según el tipo de documento y el periodo transcurrido entre la fecha de emisión y el vencimiento. IMPUESTOS AL COMERCIO EXTERIOR Los impuestos al comercio exterior hacen referencia, fundamentalmente, a los derechos específicos y/o ad valorem que se establecen en el Arancel Aduanero. El arancel general grava con una tasa única del 6% la importación de todos los productos procedentes del extranjero que no procedan de países sujetos a acuerdos comerciales con Chile, para los cuales, dicho arancel es del 0% en la mayoría de los casos. Para algunos productos importados, se aplican derechos específicos, que se expresan en dólares, con el objeto de corregir distorsiones de precios y proteger el mercado, como es el caso del sistema de bandas de precios que se aplican al trigo, harina de trigo y azúcar, habiéndose dejado de aplicar para los aceites comestibles. El valor aduanero se determina a partir del precio de transacción e incluye todos los gastos originados en el traslado de la mercancía hasta su lugar de entrada. Legislación laboral Las relaciones entre trabajadores y empresarios están contempladas en el Decreto con Fuerza de Ley (D.F.L.) 1, del 7 de enero de 1994, publicado el 24 de enero de 1994 como Código del Trabajo. En octubre de 2001, fue publicada la Ley N°19.759 de Reforma Laboral, que modifica el Código del Trabajo en las siguientes materias: Respeto a los derechos individuales del trabajador dentro de la empresa, reducción de la jornada de trabajo, protección del derecho a la sindicalización, regulación de nuevas formas de empleo y fortalecimiento de la capacidad fiscalizadora del Ministerio de Trabajo. Aunque la reforma laboral introduce cambios importantes, no se ha diseñado un nuevo sistema de negociación colectiva, sino que se le han otorgado algunas herramientas GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE adicionales a los trabajadores para mejorar su posición en la negociación dentro de la empresa. 5.4.1.- Contrato de Trabajo Los contratos de trabajo deben realizarse por escrito y recoger, al menos: - La fecha y el lugar del contrato. - La identificación de las partes, indicando nombre, RUT, estado civil, domicilio, nacionalidad y fecha de nacimiento del trabajador. - La naturaleza de los servicios prestados, así como el lugar o ciudad en el que hayan de prestarse. - El monto, forma y período de pago de la remuneración acordada, señalando, además, los beneficios adicionales que suministrará el empleador (ej: casa, alimento, combustible, etc.). - La duración y distribución de la jornada de trabajo. - La duración del contrato. En cuanto al tiempo de duración, existen tres tipos de contratos: - Contrato a plazo fijo: Es aquel en el que se especifica la fecha de término. No puede exceder de un año de duración, pero sí puede ser renovado. - Contrato indefinido: Es aquel que no tiene fecha de término. Cuando se produce un segunda renovación de un contrato a plazo fijo, es decir, cuando existe un tercer contrato, éste pasa a ser indefinido. - Contrato por obra determinada: Es aquel que termina cuando se finaliza el trabajo o servicio que dio origen al contrato. La terminación del contrato de trabajo se produce por alguna de las causas establecidas por la ley: mutuo acuerdo, renuncia del trabajador con preaviso de, al menos, 30 días, muerte del trabajador, vencimiento del plazo convenido, conclusión del trabajo o servicio, caso fortuito y fuerza mayor. El empleador puede, unilateralmente, poner término al contrato de trabajo por incump limiento grave de las obligaciones por parte del trabajador, faltas de conducta descritas en la ley, falta de adecuación técnica o laboral o incluso, por necesidades económicas de la empresa. El personal de alta dirección podrá ser despedido por el emplead or sin expresión de la causa. La edad mínima para acceder a un puesto de trabajo es de 15 años, aunque hay que cumplir una serie de requisitos. CONTRATO DE HONORARIOS El contrato de honorarios o arrendamiento de servicios es un contrato que se acuerda libremente entre empleador y trabajador. No se rige por las normas del Código del Trabajo y su tiempo de duración es el necesario para la realización del servicio que lo originó. Este tipo de contratos no tiene descuentos previsionales. El empleador retiene el 10% de la remuneración acordada, para el pago de los impuestos, que deben declararse, otorgando el trabajador la respectiva boleta de honorarios por los servicios prestados. Normalmente, los profesionales independientes están sujetos al impuesto Global Complementario. Al pagarlo, tendrán que deducir el 10% ya retenido por los empleadores para los que trabajó. Si el contrato es a honorarios, pero en la práctica, se está obligado a cumplir un horario y se está bajo subordinación y dependencia del empleador, ello puede dar origen a un contrato de trabajo, mediante una sentencia judicial que así lo declare. 5.4.2.- Organización Sindical y Negociación Colectiva GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Junto al contrato de trabajo, las relaciones laborales pueden regularse en convenios colectivos, fruto de la negociación de empresarios y sindicatos, para los que rige el principio de afiliación voluntaria y de pluralidad sindical. No obstante, es importante destacar que el papel de los sindicatos en Chile es aún débil y los derechos y beneficios de los trabajadores, en la práctica, distan mucho de los que tienen los trabajadores europeos, en general. Prácticamente cualquier tema puede ser negociado colectivamente, con la excepción explícita de la propiedad y la gestión de la empresa. Los convenios colectivos tienen una duración mínima de dos años. No obstante, pueden ser revocados o reformados con el consentimiento de las partes. 5.4.3.- Indemnización por Despido Tanto el trabajador como el empleador tienen la obligación de comunicar a la otra parte la conclusión de la relación laboral con treinta días de antelación. El empleador podrá obviar este preaviso con el pago de una indemnización equivalente a dicho período. Además, los trabajadores con un año o más de prestación de servicios en la empresa y que sean despedidos por causas no imputables a ellos, tendrán derecho a una indemnización por despido equivalente a una mensualidad por año trabajado o fracción superior a seis meses, con un máximo de once mensualidades, salvo que el contrato de trabajo contemple una indemnización superior, basándose en el nivel de remuneración más reciente del trabajador, con un máximo de 90 UF (Unidades de Fomento) por mes. (La UF cambia su valor diariamente. UF= 17.993,40 pesos, a 15 de diciembre de 2005). Los contratos indefinidos solamente pueden ser concluidos, invocando alguna de las causas legalmente establecidas. La última remuneración mensual a efectos de calcular la indemnización incluye las imposiciones y cotizaciones de previsión o seguridad social y las regalías o pagos en especie, pero no comprende la asignación familiar legal, pagos por horas extra y asignaciones de tipo esporádico, como aguinaldos de Navidad. Si la remuneración es variable, se calculará sobre el promedio de los últimos tres meses. Determinadas causas de despido señaladas por la ley, invocadas y probadas por el empleador, no darán derecho a indemnización alguna. En el caso de ejecutivos o cargos de confianza, no es necesario invocar causa legal alguna para poner término al contrato de trabajo. Como causas de término de contrato sin derecho a indemnización se encuentran, entre otras, las siguientes: 1. Alguna de las conductas indebidas de carácter grave, debidamente comprobadas, como falta de probidad en el desempeño de sus funciones; vías de hecho ejercidas por el trabajador en contra del empleador o de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa; injurias proferidas por el trabajador al empleador y conducta inmoral del trabajador que afecte a la empresa donde se desempeña. 2. Negociac iones que ejecute el trabajador dentro del objeto del negocio y que hubieren sido prohibidas por escrito, en el respectivo contrato, por el empleador. 3. No concurrencia del trabajador al trabajo sin causa justificada, durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período, así como la falta injustificada o sin aviso previo por parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad, faena o máquina, cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave. 4. Abandono del trabajo por parte del trabajador, entendiéndose por tal, la salida intempestiva e injustificada del sitio de la faena y durante las horas de trabajo, sin permiso del empleador o de quien lo represente, y la negativa a trabajar sin causa justi ficada en las faenas convenidas en el contrato. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 5. Imprudencia temeraria, acto u omisión que afecte a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad, a la actividad o a la salud de los trabajadores. 6. El perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías. 7. Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato. En cuanto a las causas de término de contrato con derecho a indemnización, el empleador podrá poner término al mismo, invocando como causa, las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, derivadas de la racionalización o modernización de los mismos, las bajas en la productividad y los cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores. Estas causas no podrán ser invocadas con respecto a trabajadores que gocen de licencia otorgada legalmente, por enfermedad común, accidente de trabajo o enfermedad profesional. 5.4.4.- Horas de Trabajo La duración de la jornada de trabajo será la establecida en el contrato, sin que pueda exceder de 45 horas semanales (pasó de 48 a 45 horas desde el 1 de enero de 2005), pero puede ser menor, si las partes así lo acuerdan. Este tiempo puede ser distribuido en 5 ó 6 días. Ningún día puede exceder de 10 horas de trabajo, incluyendo las 2 horas extraordinarias que, como máximo, permite la Ley. Estas normas no son aplicables a los gestores, administradores, directivos de empresa ni tampoco al personal de hoteles y restaurantes, cuya jornada laboral está regida por el artículo 27 del Código del Trabajo y puede ser de 12 horas diarias, distribuidas en un máximo de 5 días. Las horas extraordinarias se remuneran, con un recargo del 50%, debiendo ser registradas. 5.4.5.- Vacaciones y Licencias Los trabajadores con más de un año en la empresa tienen derecho a 15 días laborables de vacaciones pagadas al año. Los trabajadores con 10 años de trabajo tendrán derecho a un día adicional de vacaciones por cada 3 años nuevos trabajados. Sólo podrán compensarse vacaciones con pagos en efectivo, cuando el trabajador termine su contrato sin haber hecho uso de su derecho. Cuando el trabajador renuncia voluntariamente o es despedido sin justa causa, tiene derecho a la paga de vacaciones proporcional al tiempo trabajado. Las mujeres embarazadas podrán gozar de un período de baja temporal remunerada, antes y después del embarazo, de seis y doce semanas, respectivamente. Además, no podrán ser despedidas hasta un año después de acabado el post natal, a menos que exista la autorización de un juez. Los representantes sindicales de los trabajadores tienen garantizada la licencia temporal correspondiente para el ejercicio de sus funciones. El período de baja dependerá del número de trabajadores afiliados al sindicato, corriendo a cargo de éste el pago de las remuneraciones que correspondan. 5.4.6.- Remuneraciones La remuneración del trabajador incluye, entre otros conceptos, salarios, horas extraordinarias, comisiones, participación en beneficios y gratificaciones. No se incluyen las dietas de transporte y alimentación, ni las indemnizaciones por despido. Las remuneraciones se fijan en función de una unidad de tiempo. El salario mensual no puede ser inferior al salario mínimo establecido por la ley. Los trabajadores tienen derecho a participar en un porcentaje de los beneficios anuales de su empresa. SALARIO MÍNIMO EN CHILE GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE De acuerdo con la Ley nº 20.039, entre el 1 de julio del 2005 y el 30 de junio del 2006, el ingreso mínimo mensual para los trabajadores será el siguiente: - Trabajadores dependientes: 127.500 pesos (aprox. 205 Euros). - Menores de 18 años y mayores de 65 años: 95.927 pesos (aprox. 155 Euros). - Trabajadores independientes 82.889 pesos (aprox. 135 Euros). - De casa particular: 95.625 pesos (aprox. 155 Euros). 5.4.7.- Seguridad Social, pensiones y salud Las principales cotizaciones previsionales son cuatro: 1. Pensiones de vejez, invalidez o supervivencia: Los trabajadores cubren sus pensiones de jubilación con una contribución del 10% de su remuneración mensual, hasta un límite de 60 UF (Unidades de Fomento). Este gasto es deducible en el Impuesto sobre la Renta. Los trabajadores deben cotizar, además, a la misma AFP, un porcentaje entre el 2,5% y 3,74% del salario mensual, hasta un límite de 60 UF, para la cobertura de las pensiones de invalidez y supervivencia. El trabajador tiene derecho - que no la obligación - a jubilarse a los 65 años, en el caso de los hombres y a los 60 años, en el caso de las mujeres. 2. Seguro de salud: La asistencia sanitaria está regulada por el DL 3.500, coexistiendo dos sistemas: Un sistema público (FONASA) y un sistema privado, a través de las ISAPRE (Instituciones de Salud Previsional). En ambos casos, el trabajador deberá contribuir con el 7% del salario mensual, hasta un máximo de 60 UF, constituyendo un gasto deducible del Impuesto sobre la Renta. En el caso de las ISAPREs, la ley permite cotizaciones superiores al 7%, según el plan de salud mejorado que haya elegido el trabajador. 3. Seguro de accidentes de trabajo: Corresponde a un mínimo del 0,90% de la remuneración del trabajador. Corre a cargo del empleador y debe ser pagado en el INP (Instituto de Normalización Previsional) o en la Mutual de Seguridad , -como p. ej. la Asocaición Chilena de Seguridad (ACHS)-, a la cual esté adherido el empleador. La cotización puede aumentar con porcentajes adicionales o verse reducida, según el riesgo de la empresa. 4. Fondo de indemnización a favor del trabajador de casa particular: El empleador debe pagar el equivalente al 4,11% de la remuneración del trabajador en la AFP a la que esté afiliado el trabajador de casa particular, recursos que podrá retirar el trabajador por concepto de indemnización por años de servicios, si pierde su empleo por cualquier causa. EL SISTEMA PREVISIONAL CHILENO: AFPs E ISAPREs Todo trabajador tiene la obligación de afiliarse al sistema y cotizar a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) de su libre elección. Las AFP son instituciones privadas con un objeto social único: la administración de un fondo de pensiones, integrado por las cotizaciones de los trabajadores, otorgando y administrando las prestaciones del sistema. PROTECCIÓN POR DESEMPLEO (SEGURO DE CESANTÍA) El Seguro de Cesantía (Ley N°19.728) es un instrumento de seguridad social que protege al trabajador en paro, cualquiera sea la causa que origina el término de su empleo. Opera mediante cuentas individuales financiadas de forma tripartita (trabajador, empleadores y Estado) y es solidario respecto de aquellos trabajadores que perciben bajos ingresos. El seguro comienza a funcionar cuando el trabajador queda desempleado, ya sea por causa voluntaria (renuncia) o involuntaria (despido). En esa situación, el trabajador tendrá derecho a retirar giros mensuales de su cuenta individual de cesantía, siempre y cuando tenga acreditadas doce o más cotizaciones en forma continua o discontinua. Si el trabajador fue despedido, podrá cobrar el seguro por un máximo de cinco meses, recibiendo en forma GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE decreciente una renta equivalente al 50% del promedio de sus remuneraciones en el último año. En el caso de que la capitalización del trabajador sea insuficiente para acceder a ella, podrá acceder al Fondo Solidario por un máximo de 125.000 pesos el primer mes y hasta un mínimo de 75.000 pesos el quinto mes. El trabajador acogido a subsidio de cesantía tiene derecho a percibir asignaciones familiares y maternales. Cada trabajador que acceda al seguro tendrá una cuenta individual de capitalizació n de su propiedad, en la que se depositarán mensualmente los siguientes aportes: 1. Aporte Individual de los trabajadores: 0,6 % de sus ingresos imponibles. 2. Aporte de la empresa: 2,4% del ingreso imponible del trabajador, dividido en dos partes: ·El 1,6% del sueldo imponible que va a la cuenta individual del trabajador. ·El 0,8% restante, que va al Fondo Solidario. 3. Existirá un aporte de cargo fiscal que se destinará a financiar el Fondo Solidario, con alrededor de 7.000 millones de pesos anuales. La incorporación al seguro es obligatoria para todos los trabajadores contratados a partir de finales de 2002, cuando comenzó a operar el sistema, pero será optativo para los trabajadores con contratos previos a la ley y para los que ingresen a una empresa con sistemas de protección establecidos contractualmente y cuyos beneficios sean iguales o superiores a los del seguro. 5.4.8.- Trabajadores extranjeros Para trabajar en Chile, los extranjeros deberán obtener, ante las autoridades de inmigración, el permiso correspondiente. Existen dos tipos de permisos: - Visa sujeta a contrato, que puede ser otorgada por un plazo de dos años, prorrogable, para lo cual es encesario presentar el contrato de trabajo. Tiene el inconveniente de que ,cuando se cambia de emple ador, hay que iniciar un nuevo trámite. - Visa temporaria, que se suele conceder por un año, prorrogable a otro más, después de la cual se puede solicitar la visa definitiva. Este caso es para profesionales y técnicos, para lo cual tendrán que acreditar la posesión del título profesional, a través de copia compulsada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, además de presentar una o más promesas de trabajo, especificando remuneración y horario, firmado ante Notario. También podrá solicitar un permiso de residencia temporaria el empresario, inversor, comerciante o persona de negocios en general, que viaje al territorio nacional por períodos superiores a los noventa días con motivo de sus actividades e intereses en el país. La documentación emitida en el exterior deberá estar legalizada en el Consulado de Chile del país de procedencia y traducida y legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores. El trámite en Chile para ambas visas suele ser más sencillo. En el Código del Trabajo se establece que, al menos, el 85% de los trabajadores que sirven a un mismo empleador, deberán ser de nacionalidad chilena (Art. 19 del Código del Trabajo), excepto en el caso de empresas con menos de 25 trabajadores. A efectos legales, no se considera trabajador extranjero: - Al personal técnico especialista que no puede ser reemplazado por personal nacional. - A la persona cuyo cónyuge o hijos son chilenos o al viudo o viuda de cónyuge chileno. - Al extranjero residente durante más de cinco años en el país. Las remuneraciones de los trabajadores foráneos pueden expresarse en moneda extranjera, previa autorización del Banco Central. En este caso el contrato deberá incluir: GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE - Una declaración en la que las partes aceptan que el requerimiento contractual de pagos en moneda extranjera está sujeto a la aprobación previa del Banco Central. - Una declaración del empleado de que está afiliado a un sistema extranjero de seguridad social extranjero o a un plan similar (deberá proveer pagos al menos en los casos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte), que desea mantener esa afiliación y está exento de contribuciones a la seguridad social chilena. Por lo tanto, los profesionales extranjeros están excluidos de la obligación de afiliarse al sistema de seguridad social chileno, siempre que cuenten con un sistema de seguridad social extranjero que otorgue, al menos, beneficios similares a los existentes en Chile y hagan constar en el respectivo contrato de trabajo su intención de mantener dicha afiliación. Esta exención no incluye las contribuciones para la cobertura de accidentes laborales, que debe pagar el empleador. Si el empleado no desea estar exento, no se requiere esta declaración. Legislación sobre propiedad intelectual Chile forma parte desde 1975 de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), organismo especializado de las Naciones Unidas. Ha suscrito además el Convenio de Berna de 1886, el Convenio de Ginebra (1971) y la Convención de Roma (1961) sobre la protección de los artistas, intérpretes o ejecutantes. No obstante, Chile no ha adoptado todavía el acuerdo TRIPS (Trade Related Intellectual Property Rights o ADPIC, en español) que tenía que haber asumido desde enero de 2000. Este acuerdo cubre todo el aspecto de protección de los derechos de propiedad intelectual y establece una efectiva disciplina respecto de los mismos, además de medios coactivos eficaces para su aplicación. El Acuerdo de Asociación UE-Chile establece en el Título VI el cumplimiento de los Acuerdos Internacionales suscritos por ambos bloques. En base a ello, Chile debería asegurar el cumplimiento de los tratados de la OMPI sobre derechos de autor y sobre interpretaciones y fonogramas antes del 1 de enero de 2007. La propiedad intelectual en Chile se encuentra contemplada en la Ley básica Nº 17.336 de 1970, que protege los derechos de los autores de obras en los dominios literarios, artísticos y científicos y cuya modificación se esperaba para el 2004, se encuentra estancada en la actualidad. Dicha ley protege obras escritas, teatrales, composicio nes musicales, esculturas, pinturas y programas informáticos en todas sus formas. El derecho de autor comprende los derechos patrimonial y moral que protegen la paternidad e integridad de la obra, amparando tanto a los autores chilenos como a los extranjeros domiciliados en Chile. Los autores extranjeros no domiciliados en el país gozarán de la protección reconocida por los convenios internacionales que Chile suscribe. Sólo el autor puede decidir sobre la divulgación de su obra y la Ley le protege durante toda su vida y hasta 50 años, contados desde la fecha de su fallecimiento. Existen diversos problemas derivados de la falta de aplicabilidad de la ley, como por ejemplo, la elevada piratería de alta calidad en libros, CD y videos, problema sobre el que ha habido escasos avances, bajo el punto de vista legislativo. PROPIEDAD INDUSTRIAL La nueva Ley 19.996 de 2005, ya aprobada, y que entró en vigor a finales de noviembre pasado, complementa la actual Ley 19.039 de 1991, que establece las normas aplicables a los privilegios industriales y a la protección de los derechos de propiedad industrial. Cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, podrá gozar de los derechos de propiedad industrial que garantiza la Constitución Política, debiendo obtener previamente el título de protección correspondiente. Las personas naturales o jurídicas residentes en el extranjero deberán, para los efectos de esta Ley, designar un apoderado o representante en GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Chile. Tras la firma de los tratados comerciales con EE.UU. y la Unión Europea, Chile adoptará el Patent Corporation Treaty (PST) en el año 2007. La tramitación de las solicitudes, el otorgamiento de los títulos y demás servicios relativos a la propiedad industrial son competencia del Departamento de Propiedad nI dustrial, que depende del Ministerio de Economía y Energía. Las solicitudes se presentan personalmente o por apoderado. Una vez aceptada la solicitud, se publica un extracto en el Diario Oficial. Desde la fecha de la publicación, hay un plazo de 30 días para formular una oposición y de 60 días, cuando se trata de una solicitud de patente de invención. La nueva ley establece, para este último caso, 45 días de plazo y añade las categorías de modelos de utilidad, dibujos y diseños industriales, esquemas de trazado, topografías de circuitos integrados, indicaciones geográficas y denominaciones de origen. Por otra parte, el periodo de validez de una patente cambiará de 15 años, desde la concesión, a 20 años desde la solicitud. A las acciones penales existentes se añadirán medidas precautorias, acciones civiles y normas para el cálculo de los perjuicios que ocasionen las infracciones. REGISTRO DE UNA MARCA EN CHILE Son consideradas registrables como marca comercial, en términos generales, las denominaciones, los logos y etiquetas o una combinación de ambos, denominadas en Chile marcas mixtas. Además, se admite el registro de frases de propaganda o publicitarias, siempre y cuando en éstas se emplee una marca comercial previamente registrada para los mismos productos o servicios. No se admite el registro de marcas tridimensionales. Para poder registrar una marca comercial, basta con que ésta tenga el carácter de novedosa, no contravenga ninguna de las disposiciones de la los art. 19 y 20 de la Ley y no exija uso previo ni posterior al registro. Las marcas comerciales en Chile tienen una vigencia de 10 años, renovables indefinidamente por iguales períodos. Los trámites para registrar una marca comercial en Chile son los siguientes: · Presentación de la solicitud de pago del impuesto inicial. · Examen preliminar por parte de la Conservadora de Marcas, aceptando o rechazando a tramitación la solicitud. · Publicación en el Diario Oficial. · Plazo de 30 días para presentar oposiciones en contra, desde la publicación de la solicitud. · Examen final del Jefe del Departamento. · Aceptación o rechazo a registro. · Pago del impuesto final en UTM (Unidades Tributarias Mensuales). · Obtención del título respectivo. Chile emplea el sistema del “first to file” en todo lo relacionado con la presentación de solicitudes y por tanto, reconoce el derecho de prioridad, conforme a lo estipulado en el Convenio de Paris, del que Chile también es parte. Por ello, se recomienda el registro de la marca en fase temprana, con el fin de evitar problemas posteriores. Asimismo, establece un procedimiento para el caso en que un tercero que cree que sus derechos son perjudicados, pueda hacerlos valer mediante el derecho de oposición. El registro de una marca comercial en el extranjero y su uso masivo puede servir de base para presentar una oposición en contra de una solicitud de inscripción de la misma marca en Chile. Asimismo, en caso de GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE que se quiera iniciar una acción de nulidad, será fundamental para los efectos de acreditar su fama y notoriedad en el extranjero. El plazo para oponerse a una solicitud de registro de marca es de 30 días hábiles, desde la fecha en que la solicitud es publicada en el Diario Oficial. La legislación chilena permite emplear como medio de prueba cualquier elemento que sirva para demostrar los hechos que se alegan, excluyendo de éstos la prueba de testigos. Asimismo, se puede solicitar la cancelación de un registro de marcas, cuando éste infringe cualquiera de los numerales del art. 20 de la Ley 19.039, que son las mismas causas por las que se puede presentar una oposición en contra de una solicitud de inscripción. Ésta debe ser hecha dentro de un plazo de 5 años, desde la fecha en que se obtuvo el registro, con la excepción de que se demuestre mala fe en el registro, para lo cual el plazo para iniciar la acción de nulidad es imprescriptible. Los datos del registro en Chile son los siguientes: REGISTRO DE PATENTES Y MARCAS MONEDA 970, Piso 10 - SANTIAGO CENTRO Teléfonos: Dirección: (56-2) 698 64 13 Marcas comerciales: (56-2) 688 34 68 – 688 35 10 Patentes de invención: (56-2) 688 28 23 – 698 17 71 Asesoría jurídica: (56-2) 698 32 60 – 688 27 91 Fax: (56) (2) 6883484 e-mail: [email protected] Página web: www.dpi.cl Cualquier empresa se puede dar de alta en la página web del Registro, con la posibilidad de entrar en la base de datos, consultar las marcas registradas en el país y los requisitos necesarios para registrar su marca en Chile. Costes de establecimiento: de personal, alquileres, suministros y otros 5.6.1.- Personal Un gerente joven (28-29 años) titulado con experiencia suele ganar alrededor de 1 millón y medio de pesos (aprox. 2000 Euros) al mes. Una secretaria de dirección con conocimientos de informática e inglés cobraría unos 400.000 pesos mensuales (aprox. 535 Euros). Una secretaria telefonista, 250.000 pesos (aprox. 335 Euros) y un junior (persona que hace recados, va al correo, banco y que puede ser chófer), entre 160.000-200.000 pesos (215 270 Euros). Un administrativo contable con estudios medios, 400.000-500.000 pesos, dependiendo de la experiencia. (El tipo de cambio medio del euro es de 610 pesos y el tipo de cambio del dólar ronda los 513 pesos en diciembre de 2005). Por lo general, destaca la fuerta diferencia existente entre los sueldos de los trabajadores no cualificados, muy inferioes a los españoles y los de los directivos, equiparables a los sueldos pagados en España e, incluso, superiores. 5.6.2..- Localización y alquiler de oficinas y naves industriales Algunas empresas siguen manteniendo su sede principal en el centro, aunque una gran parte de ellas se está estableciendo en los barrios del este de la ciudad (Las Condes y GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Vitacura, principalmente), donde el alquiler de una oficina puede costar unos 0,55 UF (13,2€ aprox.) por metro cuadrado. En Santiago Centro el coste es inferior, cercano a los 0,25 UF (6€ aprox.) por metro cuadrado, aunque se espera que tras un periodo de relativo abandono las oficinas se revaloricen al mejorar los accesos a la zona. Una comuna intermedia es la de Providencia, donde el coste se aproxima a los 0,45 UF (10,8€ aprox.) por metro cuadrado. En cuanto a locales comerciales, el precio en un centro comercial (“Mall”) es sensiblemente superior al del coste en el resto de la ciudad. Para naves industriales existen dos zonas a destacar: Huechuraba y Quilicura, donde ya se encuentran ubicadas las sedes de importantes empresas. En la Cámara Chilena de la Construcción, cuya página web es: http://www.cchc.cl , se pueden encontrar boletines con información sobre precios de venta de todo tipo de construcciones: pisos, llamados "departamentos", chalets, denominados "casas", oficinas y naves, éstas últimas denominadas "galpones". 5.6.3. Suministros TELÉFONOS La conexión con Telefónica CTC cuesta 30.686 pesos cada línea ( 40€ aprox.). El coste mensual es de 8.104 pesos en Santiago y entre 9.000 y 10.000 en Regiones. Asimismo, existen otras compañías de telefonía fija, entre las que destacan Telefónica Manquehue, VTR y Entel. ELECTRICIDAD En Chilectra, los precios de instalación más equipo: - Monofásico aéreo: 133.110 pesos (aprox. 180 Euros). - Monofásico subterráneo: 430.735 pesos (aprox. 700 Euros). - Trifásico aéreo: 1.148.485 pesos (aprox. 1.800 Euros). - Trifásico subterráneo: 1.455.349 pesos (aprox. 2.300 Euros). Para una oficina es suficiente con el monofásico. El precio del kw/h va es de 28,129 pesos. El tiempo de instalación desde la aprobación del presupuesto es de 5 a 8 días. AGUA Con la empresa AGUAS ANDINAS: El metro cúbico de agua potable cuesta 223,33 pesos (aprox. 0,35 Euros). El metro cúbico de sobreconsumo cuesta 568,14 pesos (aprox. 0,92 Euros). El metro cúbico de alcantarillado cuesta 92,983 pesos (aprox. 0,15Euros). El metro cúbico de tratamiento de aguas residuales cuesta 99,567 pesos (0,16 Euros). AGENCIAS DE TRANSPORTE Los precios del transporte de mercancías no son fijos, sino que dependen de multitud de variables: la ruta, si es camión entero o grupaje, la distancia, el tipo de carga, la época del GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE año, etc. El coste aproximado de un contenedor de veinte pies entre Chile y España es de 2.700 Euros. INFORMACIÓN DE CARÁCTER PRÁCTICO Formalidades de entrada y salida Pasaporte sin visado para estancias inferiores a 90 días. Chile mantiene una política de reciprocidad, exigiendo visado a aquellos turistas cuyo país de origen exige esa documentación a los turistas chilenos que desean acceder a él. Una formalidad necesaria es completar la tarjeta de turismo con los datos personales que en ella se solicitan. Ésta debe entregarse, al entrar al país, a la Policía Internacional, guardando el turista una copia que debe reintegrar al mismo organismo en el momento de partir. Las personas que pretendan obtener la residencia en Chile deben registrarse en la Policía Internacional y posteriormente, una vez otorgado el permiso, solicitar una Cédula Nacional de Identidad (CNI), que es equivalente al DNI español. Por otro lado, existe el Rol Unico Tributario (R.U.T.), equivalente al NIF, a efectos fiscales. Toda persona que desee ingresar a Chile deberá efectuar una declaración jurada en un “Formulario de Declaración Jurada” del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), indicando si porta un producto o subproducto animal o vegetal. En dicho of rmulario, se indican los productos que no pueden ingresar al país. Además, si se introducen perros y mascotas, su vacunación debe constar mediante certificado sanitario expedido por la autoridad competente. Para mayor información se puede consultar la página web del SAG: www.sag.gob.cl Horario local y días festivos Cuatro horas menos GMT que en España, durante el otoño e invierno del hemisferio norte y seis horas menos GMT, durante la primavera y verano del hemisferio norte. HORARIO LABORAL - Organismos públicos: Lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas. - Bancos: Lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas. - Comercio céntrico: Lunes a viernes, de 10:00 a 20:00, sábado de 10:00 a 14:00 horas. - Comercio en Providencia y las Condes. Lunes a viernes, de 10:00 a 13:00 y de 16:00 a 20:00. Algunos establecimientos, como Almacenes París, Ripley y Falabella abren hasta las 21:00. - Centros comerciales: Lunes a domingo, de 10:00 a 21:00 horas. - Supermercados: De lunes a domingo, de 10:00 a 21:00 y algunos, hasta las 23:00 horas. Condiciones climáticas Los veranos son cálidos y sin precipitaciones, con temperaturas máximas que no superan los 30 grados y fuertes cambios de temperatura entre el día y la noche, que pueden ser hasta de 20 grados. Los inviernos son relativamente suaves y rara vez la temperatura baja de cero grados. La estación seca se prolonga durante 7 u 8 meses. Se recomienda indumentaria formal europea para las reuniones. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Hoteles en las principales ciudades del país HOTEL DIRECCION HYATT REGENCY SANTIAGO MARRIOTT SHERATON SAN CRISTOBAL CROWNE PLAZA RITZ CARLTON RADISSON PLAZA SAN FRANCISCO SANTIAGO PARK PLAZA INTERCONTINENTAL KENNEDY N.H. CIUDAD SANTIAGO Av. Presidente Kennedy, 4601 Las Condes Av. Presidente Kennedy, 5741 Las Condes Av. Santa María, 1742 Providencia Av. Lib. Bernardo O´Higgins, 136 Santiago Centro TELEFONO/ FAX 218 12 34 218 31 55 426 20 00 426 20 01 233 50 00 234 17 29 638 10 42 633 60 15 WEB www.hyatt.com www.marriott.com www.sheraton.cl www.santiago. crowneplaza.com www.ritzcarlton.com/ hotels/santiago El Alcalde, 15 Las Condes 470 85 00 470 85 01 Av. Vitacura, 2610 Las Condes Av. Lib. Bernardo. O´Higgins, 816 Santiago Centro Av. Ricardo Lyon, 207 Providencia Av. Vitacura, 2885 Las Condes Av. Kennedy, 4570 Vitacura Av. Condell, 40 Providencia 203 60 00 203 60 01 www.radisson.com 639 38 32 639 78 26 www.hotelsanfrancisco.cl 233 63 63 233 66 68 394 20 00 394 20 75 290 81 00 218 21 88 341 75 75 269 10 79 www.parkplaza.cl www.interconti.cl www.hotelkennedy.cl www.nhhoteles.es Los extranjeros que pagan en dólares en hoteles, están exentos de I.V.A. Comunicaciones Telecomunicaciones La principal compañía telefónica del país es Telefónica CTC Chile. La tarifa económica va desde las 20.00 a las 8.59 horas de lunes a viernes, los sábados desde las 14.00 y todo el domingo. Todas las llamadas interurbanas se hacen a través de carrier. En caso de hacer una llamada interurbana, hay que marcar el carrier y después el código de la ciudad o la zona sin marcar el cero. TELÉFONO MÓVIL (“CELULAR”) GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 47 Las tarifas funcionan por paquetes y son variables según las compañías. Con Telefónica, por ejemplo, existen planes para empresas con un mínimo de 3 abonados y un máximo de 7, con un cargo fijo entre 48.000 y 103.600 pesos para entre 720 y 1.680 minutos libres más un coste de entre 67 y 62 pesos por minuto adicional. Con las tarifas prepago el coste va de 1 a 5,9 pesos por segundo, en función del horario y destino de la llamada según el plan elegido. Con contrato, existe un cargo fijo por una determinada cantidad de minutos y un coste por minuto adicional. LLAMADAS INTERNACIONALES: Se realizan a través de compañías llamadas carriers, a los que se tiene acceso directo, marcando un prefijo de los indicados: Entel 123 Globus 120 Chilesat 171 Firstcom 155 CTC 188 Cmet 177 VTR 111 Las tarifas dependen del carrier y si se tiene contrato con la compañía o no. Existen diversos planes, en función de las necesidades de cada cliente. En telefonía celular, compiten en el mercado: . TELEFÓNICA MÓVIL (http://www.movistar.cl) . SMARTCOM (http://www.smartcom.cl) . ENTEL PCS (http://www.entelpcs.cl) Para contratar un teléfono móvil en Chile, puede hacerlo desde el aeropuerto en las oficinas de Telefónica móvil, Entel PCS y también puede alquilarlos en algunos hoteles de la ciudad que cuenten con dicho servicio. En telefonía fija están compitiendo en el mercado, entre otros: . TELEFONICA CTC CHILE (http://www.ctc.cl) Tel.: 800 800 801 . VTR TELEFONICA S.A. (http://www.vtr.net). Tel.: 600 600 9000 En telefonía de larga distancia compiten actualmente, entre otros: . CTC MUNDO S.A. Telefónica . CHILESAT S.A. . VTR LARGA DISTANCIA . ENTEL S.A. Comunicaciones por vía aérea El país cuenta con diez aeropuertos internacionales y alrededor de 250 aeródromos. Las compañías aéreas que tienen vuelos directos entre España y Chile son Iberia y LanChile, ambas pertenecientes a One World. Iberia y LanChile tienen, casi todos los días, vuelos directos Madrid – Santiago, con código compartido. Según a temporada, puede suspenderse alguna frecuencia. Otras compañías con vuelos a Santiago son Air France, desde París; Lufthansa, desde Frankfurt; KLM, desde Amsterdam y Aerolíneas Argentinas, desde Madrid, con escala en Buenos Aires. Todas las compañías tienen conexiones diarias con distintos puntos de España. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE AirMadrid comenzó a operar en julio de 2005 la ruta Madrid-Santiago, con una frecuencia semanal. Actualmente realiza 3 vuelos semanales a Madrid y uno a Barcelona via Tenerife. Asimismo, Aerolíneas del Sur, del Grupo Marsans, tiene intención de cubrir dicha meta a medio plazo. Las direcciones de LanChile e Iberia en Santiago de Chile son: IBERIA Bandera, 206 piso 8 – Santiago Centro Teléfono: (56-2) 870 10 10//70 Fax: (56-2) 870 10 50 / 60 LANCHILE Av. Américo Vespucio 901 - Renca Teléfono: (56-2) 687 25 25 Fax: (56-2) 687 23 39 (reservas internacionales) AIR MADRID Av. Vitacura 2808 Las Condes-Santiago Teléfono: (56-2) 550 82 00 Fax: (56-2) 550 82 16 Comunicaciones por carretera Debido a su orografía, Chile cuenta con un sistema de transporte extenso, con una red de carreteras de 80.000 kilómetros. Las principales vías son la Carretera Panamericana (ruta 5) que cruza el país de norte a sur, uniendo la frontera peruana con Puerto Montt y hasta Quellón en Chiloé y la carretera Transandina (ruta 60 CH) que une Valparaíso con la ciudad argentina de Mendoza. En el extremo sur del país, tenemos la ruta 7 que une Puerto Montt con Chaitén, Coyhaique y Villa O`Higgins y la ruta 9, que va desde Paso Baguales, Puerto Natales y Punta Arenas a Fuerte Bulnes. Las rutas principales del país tienen varios tramos de pago. El precio del peaje oscila entre 700 y 8.150 pesos (0,9 a 10,9 Euros), dependiendo de la ruta y de si es fin de semana o laborable. Pese a que estas carreteras son consideradas autopistas, no son equiparables al concepto de autopistas en España, sino más bien al concepto de autovía, aunque no poseen todos los servicios de una autovía en Europa. Para mayor información sobre la red vial en Chile, puede consultar la página web: www.vialidad.cl. De todas formas, algunos lugares de Chile continúan bastante aislados o con la única opción del avión como medio para llegar allí. Comunicaciones por vía férrea Chile cuenta con casi 3.900 kilómetros de vías. En general, la vía ferroviaria ha venido siendo de baja calidad, siendo este transporte utilizado mayoritariamente para el transporte de mercancías. Sin embargo, en los últimos años, el Ministerio de Obras Públicas, a través de EFE (Empresa de Ferrocarriles del Estado) con el plan trienal 2003-2005, está realizando notables mejoras en dicho transporte ferroviario de pasajeros, modernizando tanto las vías como los trenes. Para el próximo Plan Trienal 2006-2008, se han fijado como el prioridades mejorar los accesos a los puertos y desnivelar entre 50 y 70 cruces. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Comunicaciones por vía marítima La mayoría de la carga se transporta por mar. Chile tiene 36 puertos comerciales, 10 de los cuales son públicos (Valparaíso, San Antonio, Antofagasta, Arica, Coquimbo, San Vicente, Chacabuco, Puerto Montt, Punta Arenas e Iquique). A través de ellos se transfiere el 70% de la carga total en valor. La flota mercante continúa creciendo y transporta la mayor parte de las mercancías comercializadas. Existen numerosas navieras que operan entre los puertos españoles y los chilenos, con diversos tipos de buques, incluidos los Roll On/ Roll Off. Se puede encontrar información respecto al movimiento marítimo en la página web de la Cámara de Comercio de Santiago http://www.ccs.cl, yendo al link de Itinerarios o también directamente a su página web: www.itinerarios.cl. Itinerario es la continuación a la publicación de la Revista "Movimiento Marítimo y Aéreo" que la Cámara de Comercio de Santiago ha editado durante más de 40 años. Se trata de un servicio interactivo que cuenta con la programación de viajes marítimos y aére os de los principales actores en el mercado chileno. COMPAÑÍAS QUE OPERAN CON ESPAÑA: SEA TRADE HAPAG LLOYD ITALIA NAVEGAZIONE CIA. TRASATALÁNTICA ESPAÑOLA COMPAGNIE GENERALE MARITIME CIA. CHILENA DE NAV.TRANSOCE SUDAMERICANA DE VAPORES PACIFIC STEAM NAVIGATION F.M.GRANCOLOMBIANA S.A. K-LINE MAERSK BALTIC SHIPPINGQ CO. NED LLOYD SPARBER NYK-LINE VIGO BILBAO BARCELONA CADIZ Y VALENCIA BARCELONA, HUELVA Y VALENCIA BARCELONA, BILBAO Y VALENCIA BILBAO BILBAO, CADIZ Y VALENCIA BARCELONA Y CADIZ BILBAO BILBAO ALGECIRAS, BARCELONA, BILBAO, CADIZ, LAS PALMAS, MELILLA, TENERIFE, VALENCIA Y VIGO BILBAO BILBAO BILBAO BILBAO Taxis y otros transportes internos Santiago cuenta con aproximadamente 48.466 taxis, de los cuales 34.792 son de color negro y amarillo. Existen, además, 12.961 taxis colectivos de color negro, que realizan un recorrido fijo y que son compartidos entre varias personas. Por otra parte, existen 654 taxis de color azul que realizan recorridos determinados para turistas (hotel-aeropuerto, centros comerciales), y 59 taxis ejecutivos. La bajada de bandera de los taxis de color negro y amarillo es de 150 pesos. A la bajada le van sumando entre 70, 80, 90 y 120 pesos cada 200 metros. Para indicarlo, tienen un distintivo en el parabrisas donde especifica la tarifa que cobrarán. Los taxis de color azul tienen una tarifa que depende del kilometraje que realicen y son bastante más caros. Los taxis colectivos realizan de 400 a 600 trayectos y cobran un precio fijo que oscila entre 250 a 500 pesos. En Santiago, los taxis no revisten, en GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 50 principio, peligrosidad, por lo que no es necesario concertar previamente, aunque siempre es recomendable dirigirse a los Radio Taxis, en caso de necesitarlo de noche. Asimismo, cabe destacar el gran número de autobuses, popularmente conocidos como micros. El transporte en autobús pertenece a empresas privadas. Existen 7.567 autobuses licitados, 182 no licitados, 1.172 rurales y 2.678 interurbanos que, en su mayoría, son vehículos viejos, sin catalizador y altamente contaminantes. La tarifa de los autobuses es de 350 pesos para todos los recorridos. Además, existen 519 metro-bus, 60 expresos licitados (color verde) y 325 servicios rurales periféricos. Por otra parte, existen 3 líneas de metro que cruzan la ciudad de oriente a poniente: La línea 1, con 24 estaciones, de norte a sur; la línea 2, con 13 estaciones y la línea 5, más moderna, con 15 estaciones, que hace un recorrido sur-norte-oeste. Los precios del billete son independientes de la distancia recorrida, pero varían según el horario, con un precio medio de 400 pesos. Se ha creado una tarjeta para pagar el metro de forma electrónica, llamada Multivía, que cuesta 1.000 pesos y se puede cargar con dinero. El 22 de octubre de 2005 entró en funcionamiento el Plan Transantiago cuando 10 empresas concesionarias tomaron control del sistema de transporte e introdujeron 1181 nuevos y modernos buses de piso bajo que reemplazaron a 461 de las antiguas micros. Estos nuevos autobuses operaran en conjunto con 7.000 de los antiguos hasta 2006. Debido a los problemas de contaminación, existe restricción vehicular durante el invierno para los coches sin catalizador, según su número final de la matrícula. En septiembre de 1992 se aprobó el Decreto Supremo 211, por el que se prohíbe la fabricación de coches sin catalizador. Asimismo, para los vehículos catalíticos, sólo hay restricción en situación de pre-emergencia y emergencia ambiental. Otros datos de interés MENSAJERÍA ( SERVICIOS DE COURIER) Las principales empresas de mensajería en Chile son: Chilexpress (www.chilexpress.cl), DHL (www.dhl.cl), Golden Express (www.goldenexpress.cl), UPS (www.ups.cl) y TNT (www.tnt.cl). Se pueden encontrar los datos en la página web de la Asociación de Couriers de Chile (www.couriers.cl), al igual que los de las demás empresas de correos y mensajería que operan en Chile. ASESORÍAS JURÍDICAS Y FISCALES Depende de la asesoría o despacho jurídico, pero oscila entre los 20.000 y los 60.000 pesos por hora trabajada, para abogados junior y entre los 40.000 y 80.000 pesos, para los abogados senior. En las asesorías más conocidas de Santiago, las tarifas de un abogado junior oscilan entre 120 y 180 dólares y las de un abogado senior, entre 200 y 300 dólares. En la Oficina Económica y Comercial, existe un listado con los bufetes y asesorías de comercio exterior más importantes de Chile. ALQUILER DE SALONES EN HOTELES Depende del número de personas, si es cóctel, presentación o comida. El coste de un salón con capacidad para 300 personas del Hotel Sheraton (5 estrellas), con servicios de coffee break es de 3.300 dólares por día. Un salón para 80 personas cuesta 1.200 dólares. Moneda La unidad monetaria es el peso chileno. Actualmente están en circulación monedas de 1, 5, 10, 50, 100 y 500 pesos, así como billetes de 1.000, 2.000, 5.000, 10.000 y GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 20.000 pesos. Todos los billetes tienen el mismo tamaño, pero diferente color y grabado. La mayoría de las casas comerciales, agencias de viaje, líneas aéreas, hoteles y restaurantes aceptan tarjetas de crédito. La divisa más común es el dólar, pero las casas de cambio están aplicando, últimamente, un buen tipo de cambio en pesos al euro, a pesar de que se realiza un doble cambio, pasando por el dólar. El tipo de cambio del euro ronda actualmente los 610 pesos. Se recomienda viajar a Chile con euros y cambiar directamente en los bancos o las casas de cambio, comparando entre unos y otros, ya que en un mismo día, el cambio difiere de unos lugares a otros. P. ej., generalmente, se encuentra mejor cambio en las casas de cambio de Santiago Centro que en las de Providencia y Las Condes. No es recomendable cambiar en el aeropuerto. Se puede consultar el tipo de cambio del euro con respecto al peso en la página web del Banco Central (www.bcentral.cl) y en las páginas web de los bancos que operan en el país, como el Banco Santander Santiago (www.santandersantiago.cl) y BBVA (www.bbva.cl), entre otros. Precauciones sanitarias El SAG (Servicio Agrícola y Ganadero) revisa minuciosamente el equipaje de mano y el gran equipaje. Está absolutamente prohibido ingresar al país cualquier producto perecedero de origen animal o vegetal. A la llegada a Chile, es preciso rellenar un formulario oficial, que será entregado a las autoridades aduaneras y en el que se declara que no se transportan estos productos. Por otra parte, no es necesaria ninguna vacuna especial para venir a Chile. No obstante, si va a viajar por Los Andes y se va a alojar en alguna cabaña, es necesario tomar algunas precauciones, ya que se dan casos aislados de hanta virus, enfermedad transmitida por los roedores que puede ser mortal. También puede resultar mortal la picadura de araña de rincón, aunque existe un antídoto eficaz, si se inyecta antes de transcurridas ocho horas. En Santiago, durante los meses de invierno, hay una excesiva contaminación que puede afectar a los ojos, nariz y garganta. Asimismo, existe un virus de la gripe, llamado virus respiratorio sincicial, que ataca a los niños más pequeños en los meses de otoño e invierno, con serias complicaciones de obstrucción respiratoria, si no se trata a tiempo. Seguridad ciudadana Chile no presenta problemas de inseguridad ciudadana en general. Se recomienda, en cualquier caso, no transitar por el centro de la ciudad de noche. Direcciones de utilidad Embajada y Consulado de España Embajada de España Avda. Andrés Bello, 1895 - Providencia Teléfono: 235 27 54 / 235 27 55 Fax: 235 10 49 // 236 15 47 Página web: www.mae.es e-mail: [email protected] GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Consulado General de España Av. 11 de Septiembre, 2353 - piso 9 - Providencia Teléfono: 233 40 70 Fax: 234 30 24 e-mail: [email protected] Centro Cultural de España Av. Providencia, 927 - Providencia Teléfono: 235 11 05 Fax: 235 58 36 Página web: www.ccespana.cl e-mail: [email protected] Consejería de Defensa Merced, 186 - piso 2 - Santiago Centro Teléfono: 632 07 50 Fax: 632 07 52 e-mail: [email protected] Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales Av. Providencia, 2019 casa D-3 - Providencia Teléfono: 231 09 85 Fax: 232 46 68 e-mail: [email protected] Consejería de Información Cirujano Guzmán, 24 - piso 9 Oficina 92 - Providencia Teléfono: 235 13 27/28 Fax: 235 99 56 e-mail: [email protected] Oficina Económica y Comercial Oficina Económica y Comercial Avda. 11 de Septiembre, 1901 - piso 8 - Providencia Teléfono: 204 97 86 Fax: 204 58 14 Página web: www.mcx.es/chile e-mail: [email protected] Cámara de Comercio Española Cámara Oficial Española de Comercio de Chile Carmen Sylva, 2306 - Providencia Teléfono: 231 71 60 Fax: 233 52 80 GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Página web: www.camacoes.cl Principales Organismos oficiales en el país Ministerio de Economía y Energía Teatinos, 120 - piso 10 - Santiago Centro Teléfono: 473 34 00 Fax: 672 60 40 // 696 63 05 Página web: www.economia.cl Ministerio de Hacienda Teatinos, 120 - piso 12º - Santiago Centro Teléfono: 473 20 00 Fax: 688 74 40 // 671 64 79 Página web: www.minhda.cl Ministerio de Relaciones Exteriores Catedral, 1158 - 3º - Santiago Centro Teléfono: 679 42 00 Fax: 696 87 96 e-mail: [email protected] Página web: www.minrel.cl Dentro del Ministerio de Relaciones Exteriores: Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) Teatinos, 20 -piso 2º - Santiago Centro Teléfono: 565 90 00 Fax: 696 06 39 Página web: www.direcon.cl Dirección de Promoción de Exportaciones (ProChile) Avda. Bdo. O´Higgins, 1315 - 2º piso - Santiago Centro Teléfono: 565 90 00 Fax: 696 06 39 Página web: www.prochile.cl Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Bienes Nacionales (biministerio) Av. Libertador Bernardo O’Higgins (Alameda), 924 - Santiago Centro Teléfono: 351 30 00 Fax: 633 38 92 Página web: www.minvu.cl Ministerio de Bienes Nacionales Juan Antonio Ríos, 6 - Santiago Centro Teléfono: 351 21 00 Fax: 351 21 60 // 633 93 16 Página web: www.bienes.gob.cl GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Ministerio de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones (biministerio): Página web: www.moptt.cl Ministerio de Obras Públicas Morandé, 59 - Santiago Centro Teléfono : 361 30 00 // 361 28 03 Fax: 695 38 47 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Amunátegui, 139 - Santiago Centro Teléfono : 421 30 00 Fax: 671 19 78 Ministerio de Planificación y Cooperación Ahumada, 48 - Santiago Centro Teléfono: 675 14 00 Fax: 697 38 23 Página web: www.mideplan.cl Ministerio de Trabajo y Previsión Social Huérfanos, 1273 – Santiago Centro Teléfono: 753 04 00 Fax: 753 05 15 Página web: www.mintrab.cl Ministerio de Educación Av. Lib. Bernardo O`Higgins, 1371 - Santiago Centro Teléfono: 390 40 00 Fax: 380 03 17 // 18 Página web: www.mineduc.cl Ministerio de Agricultura Teatinos, 40 - piso 9º - Santiago Centro Teléfono: 393 50 00 Fax: 672 56 54 Página web: www.minagri.gob.cl Comisión Nacional Del Medio Ambiente (Conama) Av. Bdo. O´Higgins 949, piso 13 – Santiago Centro Teléfono: 688 84 10 Fax: 244 34 37 Página web: www.conama.cl Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Moneda, 921 - Santiago Centro Teléfono: 631 82 00 Fax: 671 10 58 Página web: www.corfo.cl Dentro de CORFO: Dirección de Promoción de Inversiones (TodoChile)- Oficina 619 Teléfono: 631 86 98 Fax: 638 10 39 Página web: www.todochile.cl Comité de Inversiones Extranjeras Teatinos, 120 - piso 10 - Santiago Centro Teléfono: 698 42 54// 697 38 05 Fax: 698 94 76 Página web: www.foreigninvestment.cl Servicio de Impuestos Internos (SII) Teatinos, 120 - piso 6 - Santiago Centro Teléfono: 395 16 00 // 395 12 03 Fax: 395 16 69 Página web: www.sii.cl e-mail: [email protected] Servicio Nacional de Aduanas Plaza Sotomayor, 60 - Valparaíso (V Región) Teléfono: (32) 20 05 00 Fax: (32) 21 28 41 Página web: www.aduana.cl Dirección Regional Aduana Metropolitana Aeropuerto Pudahuel s/n Terminal nacional. Teléfono: 299 52 00 Fax: 601 91 26 Sociedad Administradora Zona Franca de Punta Arenas Ltda. (Parenazon) Avda. Bulnes Km. 3,5 Norte - Punta Arenas (XII Región) Teléfono: (61) 21 35 87 Fax: (61) 21 11 07 Página web: www.parenazon.com Zona Franca de Iquique (ZOFRI) Edificio de Convenciones Zofri, Iquique (I Región) Teléfono: (57) 51 51 00 // 51 52 12 Fax: (57) 51 55 51 Página web: www.zofri.cl GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Instituto Nacional de Estadísticas (INE) Avda. Presidente Bulnes, 418 - Santiago Centro Teléfono: 366 77 77 Fax: 671 21 69 Página web: www.ine.cl e-mail: [email protected] Cámara Nacional de Comercio Merced 230 - Santiago Centro tel.: 365 40 00 Fax: 365 40 01 Página web. www.cnc.cl e-mail: [email protected] Cámara de Comercio de Santiago Monjitas, 392 - Santiago Centro Teléfono: 360 70 00 Fax: 633 09 62 Página web: www.ccs.cl Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) Avda. Andrés Bello, 2777 Edificio de la Industria - piso 3º - Las Condes Teléfono: 391 31 00 Fax: 391 32 00 Página web: www.sofofa.cl e-mail: [email protected] Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) Monseñor Sótero Sanz, 182 - Providencia Teléfono: 231 97 64 Fax: 231 98 08 Página web: www.cpc.cl e-mail: [email protected] Asociación Nacional de Importadores Monjitas 392, piso 1 – Santiago Centro Teléfono: 360 7028 Fax : 633 0962 E-Mail : [email protected] Asociación de Exportadores de Manufacturas de Chile (ASEXMA) GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Avda. Nueva Tajamar, 481 Torre Sur - 3º piso - Las Condes Teléfono: 498 40 00 Fax: 203 67 30 Página web: www.asexma.cl e-mail: [email protected] Asociación Gremial de la Mediana y Pequeña Industria - AMPICH Avenida Republica Nº 371- Santiago centro Teléfono: 562- 6894260 Fax: 562- 6894260 e-mail: [email protected] Confederación Nacional Unida de Mediana y Pequeña Industria General Parra 703 – Providencia Teléfono: 235 50 03 Fax: 235 70 76 Página web: www.conupia.cl e-mail. [email protected] Comisión de las Comunidades Europeas Avda. Ricardo Lyon, 222 - piso 3º - Providencia Teléfono: 335 24 50 Fax: 335 17 79 Página web: www.delchl.cec.eu.int Banco Interamericano de Desarrollo (BID) Avda. Pedro de Valdivia, 0193 - piso 10º - Providencia Teléfono: 431 37 00 // 01 Fax: 431 37 13 Página web: www.iadb.org Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) Av. Dag Hammarskjold, 3477 - Vitacura Tel: 210 20 00 // 471 20 00 Fax: 208 02 52 Página web: www.eclac.cl Fundación EuroChile Hernando de Aguirre, 1549 - Providencia Teléfono: 204 93 63 Fax: 274 15 11 Página web: www.eurochile.cl GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE BBVA Chile Av. Pedro de Valdivia, 100 – Providencia Teléfono: 670 11 61 Fax: 679 12 50 Página web: www.bbva.cl e-mail: [email protected] BBVA Oficina de Representación Av. Vitacura, 2771 Oficina 602 - Vitacura Teléfono: 236 53 10 Fax: 236 53 13 Banco Santander Santiago Bandera, 140 - Santiago Centro Teléfono: 320 20 00 Fax: 695 63 42 Página web: www.santandersantiago.cl Banco Popular Español - BCI (Profit Agreement) Bandera, 250 – piso 4º- Santiago Centro Teléfono: 692 85 26 // 73 94 Fax: 540 44 60 Página web: www.bci.cl Banco Atlántico Huérfanos, 835 Edificio Ópera - Oficina 704 - Santiago Centro Teléfono: 639 88 96 Fax: 633 64 77 Direcciones de los principales Organismos del país en España Embajada de Chile en España Embajador: Excmo. Sr. D. Enrique Krauss Lagasca, 88 28001 Madrid. Teléfono: 91 431 91 60 Fax: 91 435 48 33 e-mail: [email protected] Departamento Comercial Embajada de Chile (ProChile) Agregada Comercial: Patricia Braniff Lagasca, 88. 28001 Madrid Teléfono: 91 435 78 34//97 Fax: 91 435 04 14 e-mail: [email protected] GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Consulado General de Chile en Madrid Cónsul General: Rodrigo Quiroga Rafael Calvo, 18 - 5º D. 28010 Madrid Teléfono: 91 319 07 63 // 95 59 Fax: 91 319 32 78 Consulado General en Barcelona Cónsul General: Marcelo Aguirre Dunay Caspe, 33 B, 2º piso 08010 Barcelona. Teléfono: 93 318 85 86 // 90 Fax: 93 318 63 31 Consulado Honorario de Bilbao Cónsul Honorario: Juan Carlos Pérez de Unzueta Campo de Volatín, 29 - 1ºC 48007 Bilbao Teléfono: 94 446 73 02 // 46 84 Fax: 94 446 77 70 Consulado Honorario de Vigo Cónsul Honorario: Fernando García del Valle Gutiérrez C/ Velázquez Moreno, 9 36201 Vigo Teléfono: 986 22 47 00 Fax: 986 22 47 04 Consulado Honorario de Valencia Cónsul Honorario: Leopoldo López Mañez Doctor Marqués de Sotelo, 4 46002 Valencia. Teléfono: 96 352 15 44 Fax: 96 394 22 23 Consulado Honorario de Santander Cónsul Honorario: Isidoro Pando Berojo Amos Escalante 2, 1ºA 39002 Santander Teléfono: 942 31 83 91 Fax: 942 31 94 55 Consulado Honorario de Sevilla Cónsul Honorario: Pedro Estrada Monis La Rábida, 3 41013 Sevilla Teléfono: 95 423 12 93 // 450 21 24 Fax: 95 423 68 53 Cámara Oficial de Comercio de Chile en España GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Diputación, 256 – 4°. 08007 Barcelona Teléfono: 93 310 15 85 Fax: 93 319 68 28 Página web: www.cideiber.com/cocchile.html GUÍA DE DIRECCIONES DE INTERÉS DEL PAÍS EN INTERNET ORGANISMOS OFICIALES CHILENOS Cámara de Comercio de Santiago - www.ccs.cl Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo - www.cnc.cl Banco Central de Chile - www.bcentral.cl Instituto Nacional de Estadísticas (INE) - www.ine.cl Servicio Nacional de Aduanas - www.aduana.cl Servicio Nacional de Pesca - www.sernapesca.cl Servicio Nacional de Turismo - www.sernatur.cl Comisión Nacional de Energía - www.cne.cl Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) - www.corfo.cl Fundación Chile - www.fundacionchile.cl Corporación Nacional Forestal - www.conaf.cl Dirección de Promoción de Exportaciones (PROCHILE) - www.prochile.cl Sociedad de Fomento Fabril (SOFOFA) - www.sofofa.cl Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana (antes SESMA): http://www.autoridadsanitariarm.cl Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) - www.sag.cl Instituto de Salud Pública (ISP) - www.ispch.cl Instituto Nacional de Normalización (INN) - www.inn.cl Instituto Textil de Chile - www.intech.cl SUPERINTENDENCIAS Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones - www.safp.cl Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) - www.sec.cl Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) - www.sbif.cl Superintendencia de Isapres - www.sisp.cl Superintendencia de Valores y Seguros (SVS)- www.svs.cl Superintendencia de Servicios Sanitarios - www.siss.cl Subsecretaría de Telecomunicaciones - www.subtel.cl PRENSA CHILENA ON LINE El Mercurio - www.emol.com La Segunda - www.lasegunda.cl La Tercera - www.tercera.cl El Diario Financiero - www.diariofinanciero.cl GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE Estrategia - www.estrategia.cl ASOCIACIONES CHILENAS Asociación Chilena de Empresas de Tecnologías de la Información - www.acti.cl Asociación Chilena de Empresas Mayoristas y Representantes de Turismo - www.achmart.cl Asociación de Empresarios del Transporte Internacional de Carga por Carretera - www.agetich.cl Asociación de Exportadores de Productos Manufacturados - www.asexma.cl Confederación Gremial de la Mediana y Pequeña Industria de Chile - www.conupia.cl Asociación Chilena de Ingeniería Sanitaria y Ambiental - www.aidis.cl Asociación de Productores Avícolas de Chile - www.apa.cl Asociación Gremial de Industriales Químicos de Chile - www.asiquim.cl Asociación Gremial de Industriales del Plástico - www.asipla.cl Asociación de Industrias Metalúrgicas y Metalmecánicas - www.asimet.cl Asociación de Bancos e Instituciones Financieras - www.abif.cl Asociación Chilena de Empresas de Turismo - www.achet.cl Asociación Chilena de Gastronomía - www.achiga.cl Asociación de Supermercados de Chile - www.asach.cl Asociación Nacional de Productores de Semillas - www.anpros.cl Cámara Chilena de la Construcción - www.cchc.cl Sociedad Chilena de Software y Servicos-GECHS – www.gechs.cl Cámara de Comercio de Santiago - www.camaracomercio.cl Asociación Chilena de Municipalidades - www.munitel.cl GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 62 ANEXOS Instituciones y Organizaciones Internacionales de las que el País es miembro Chile es miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC), la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la Organización de Estados Americanos (OEA). Además, participa de 5 de los Comités de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y está tramitando su incorporación de pleno derecho a dicho organismo. En el marco de los acuerdos regionales Chile forma parte de ALADI - Asociación Latinoamericana de Integración, ALCA - Área de Libre Comercio de las Américas y de APEC - Foro de Cooperación Económica de Asia Pacífico, de cuya Cumbre fue sede en 2004. Como consecuencia de su política de regionalismo abierto, tiene firmados acuerdos de complementación económica (ACE) con Bolivia, Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú y Cuba, éste último como Acuerdo de Alcance Parcial. Asimismo, ha firmado tratados de libre comercio con México, Canadá y Centroamérica. En marzo de 2002 firmó con Brasil un acuerdo comercial que amplía el ingreso mutuo a los mercados agropecuario, químico, automotor, textil y agroindustrial. Con posterioridad, ha firmado el ya mencionado Acuerdo de Asociación con la UE, un TLC con EEUU (vigente desde el 1º de enero de 2004) y Corea del Sur (vigente desde el 1º de abril de 2004), y también está el acuerdo con la EFTA (1 de diciembre de 2004) El 18 de noviembre se firmó el TLC con China en el marco del Foro de Cooperación Económica AsiaPacífico ( Apec ) celebrado en Busán (Corea del Sur). También se ha firmado durante 2005 un acuerdo con Singapur-Nueva Zelanda y Brunei. Las prioridades para el resto del año se centran en India (con quien se ha cerrado la negociación para un acuerdo de alcance parcial) y Tailandia (se ha acordado iniciar los estudios de factibilidad). Otro país que interesa especialmente a Chile es Japón, con quien se ha anunciado el inicio de negociaciones para la firma de un TLC, y Perú, con quién se ha acordado retomar las conversaciones de cara a ampliar el actual acuerdo de complementación económica. Asimismo, tiene acuerdos multilaterales de cielos abiertos con 17 países. Para mayor información sobre los acuerdos, se puede consultar la página web de la Dirección General Económica (DIRECON): www.direcon.cl. Organigrama de la Administración Económica y Comercial En la Administración económica y comercial chilena están involucrados tres Ministerios: El Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Economía y Energía y el Ministerio de Relaciones Exteriores. El Ministerio de Hacienda es el ministerio económico con mayor peso. De él depende la Subsecretaría de Hacienda. El titular de la cartera es Nicolás Eyzaguirre Guzmán. Otras entidades dependientes de este Ministerio son: - la Dirección de Presupuestos. - el Servicio de Impuestos Internos (SII). - el Banco del Estado. - la Casa de la Moneda. - el Servicio Nacional de Aduanas. - la Tesorería General de la República. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 63 - la Superintendencia de Valores y Seguros. - la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. El Ministerio de Economía y Energía, con Jorge Rodríguez Grossi a la cabeza, se encuentra conformado por la Subsecretaría de Economía, la Subsecretaría de Pesca, la Comisión Nacional de la Energía y los siguientes servicios relacionados o dependientes: - la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO). - el Comité de Inversiones Exteriores (COMINVER). - el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC). - la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). - el Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA). - la Fiscalía Nacional Económica. - el Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR). - el Instituto Nacional de Estadísticas (INE). - la Empresa de Abastecimiento de Zonas Aisladas (EMAZA). - El Sistema de Empresas Públicas (SEP). Asimismo, el Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyo Ministro es Ignacio Walker, tiene asignadas las funciones de promoción de exportaciones y las relaciones económicas internacionales. Por tanto, los organismos más relevantes de comercio exterior dependen de él, concretamente, la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON), de la que depende a su vez la Dirección de Promoción de Exportaciones (PROCHILE) que es el organismo homólogo del ICEX español en Chile en el área de comercio exterior (en el área de inversiones sería CORFO). . GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 64 Cuadro 1: DATOS BÁSICOS CHILE Superficie 756.946 Km2 Situación Situado en la franja occidental del continente sudamericano, tiene una longitud de 4.270 km de Norte a Sur, y un promedio de 200 km de anchura. El país está dividido en doce regiones, más la Región Metropolitana, donde se encuentra la capital. Capital Santiago de Chile Principales ciudades Santiago, Valparaíso, Viña del Mar, Concepción Clima El clima es suave y seco en el norte y húmedo en el sur. En Santiago (520 metros de altitud), el mes más caluroso es enero (11° C de mínima y 36° C de máxima) y el más frío julio (de 0,2°C a 20° C). El mes más seco es febrero, con precipitaciones medias de 2 mm y el más lluvioso, junio (84 mm). Población 15.116.435 habitantes (INE–Censo de 2002) Densidad de población 19,6 hab./km2 Crecimiento de la población 1,2 % Esperanza de vida 75,6 años Grado de alfabetización 95,8% de la población de 10 años o más es alfabeta Tasa bruta de natalidad (1/1000) 18,9 Tasa bruta de mortalidad (1/1000) 5,7 Idioma Castellano Religión El 70% de la población se declara católico; 15,1% evangélico y 4,4% otras religiones. Moneda Peso Chileno (1 Euro = 610 pesos) Peso y medida Kilogramos y metros Diferencia horaria con España 4 horas menos que en España, en los meses de invierno del hemisferio norte; 6 horas menos, en los meses de verano. Fuentes: INE - Censo 2002 Última actualización: Diciembre 2005 GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 65 CUADRO MACROECONÓMICO 2003 2004 enero-sept. 2004 2005 (Datos en millones de pesos) PIB En pesos En % de variación DEMANDA INTERNA 39.060.130 3,72 41.427.296 6,06 30.752.878 - 32.624.042 6,08 En pesos En % de variación 38.768.617 4,8 41.841.501 7,92 30.750.678 - 34.286.509 11,49 29.105.395 3,87 30.627.177 5,22 14.889.135 - 15.881.193* 6,66* 412. 127 - 786.878 90,93 426.262 - 468.475* 9,9* 9.251.0954 5,7 10.427.446 12,71 7.463.895 - 9.380.901 25,68 12.970.039 6,05 14.625.740 12,76 10.902.880 - 11.584.064 6,24 12.678.525 9,52 15.039.945 18,62 10.900.681 - 13.246.530 21,52 291.514 - -414.205 -242 2.199 - -1.662.466 - CONSUMO En pesos En % de variación VARIACIÓN DE EXISTENCIAS En pesos En % de variación FORMACIÓN BRUTA DE CAPITAL En pesos En % de variación EXPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS En pesos En % de variación IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS En pesos En % de variación SALDO COMERCIO BIENES Y SERVICIOS En pesos En % de variación Fuente: Banco Central 2005: Datos de enero-septiembre de 2005 * Datos de enero-junio GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 66 2003 2004 -580 -1.102,1 1.389,7 Balanza Comercial (Saldo) 2.385,6 3.521,9 9.019,1 Balanza de Servicios (Saldo) -701,5 -617,1 -580,3 Turismo y viajes - - - Otros Servicios - - - Balanza de Rentas (Saldo) -2.846,7 -4.606,3 -8.100,6 -3,5 -3,5 -3,2 -2.843,2 -4.602,8 -8.097,4 582,5 599,4 1.051,4 Administraciones Públicas - - - Resto Sectores (Remesa de Trabajadores, otras) - - - 83,0 0,0 5,1 Transferencias de capital - - - Enajenación/Adquisición de activos inmateriales no producidos - - - 1.435,7 2.026,8 -333,4 Inversiones directas 2.206,8 2.501,3 6.659,8 Inversiones de cartera -2.317,3 -2.118,0 -3.433,8 Otras inversiones 1.868,5 1.160,1 -3.666,2 Derivados financieros -123,7 117,8 -84 Reservas -198,6 365,6 190,8 Errores y Omisiones -938,7 -924,7 -1.061,4 Cuadro 3: BALANZA DE PAGOS 2002 (Datos en millones de dólares) (Euros para la UE) CUENTA CORRIENTE Del trabajo De la inversión Balanza de Transferencias (Saldo) CUENTA DE CAPITAL CUENTA FINANCIERA Fuente: Boletín Mensual. Banco Central de Chile. Última actualización: Diciembrel de 2005. Las cifras correspondientes a 2004 son provisionales. GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 67 Cuadro 4: PIB (POR SECTORES DE ORIGEN) -2002% -2003% -2004% 4,4 4,4 4,5 Agricultura - - - Ganadería - - - Silvicultura y Pesca - - - 7,7 7,8 7,9 MANUFACTURAS 15,9 15,8 15,9 CONSTRUCCIÓN 8 8 8 COMERCIO - - - HOTELES, BARES Y RESTAURANTES - - - TRANSPORTE 4,6 4,6 4,6 COMUNICACIONES 3,2 3,3 3,2 ELECTRICIDAD Y AGUA 3,1 3,2 2,9 12,6 12,6 12,6 PROPIEDAD DE VIVIENDA 7,4 7,2 7 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 3,7 3,6 3,5 OTROS SERVICIOS 10,7 10,7 10,5 TOTAL 100 100 100 AGROPECUARIO MINERÍA FINANZAS Fuente: Anuario de Cuentas Nacionales 2004. Banco Central de Chile. Última actualización: Diciembre 2005. Las cifras correspondientes a 2004 son provisionales GUÍA PAÍS CHILE ELABORADA POR LA OFICINA ECONÓMICA Y COMERCIAL DE ESPAÑA EN SANTIAGO DE CHILE 68