Diario Oficial De La Federación

   EMBED

Share

Preview only show first 6 pages with water mark for full document please download

Transcript

DIAR.IO OFICIAL IECIETARIA DE IOIER.AClOI OPtGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCI~AL DE LOS ESTADOS ONIDOS MEXIO'ANOI ae..latraClo eOlllo articulo de 2a. el••e, eJl. el· a.o, de lSSf,. I Director: AGUSTIN RARO , T. NlÍ!lI. 26. lIIEKICO, VIER;)[ES :) DE OCTUBRE DE 1325 'G7 SUMARIO Solicitud presentada por el señor Jesú,,; Altamirano, para la explo1 ación tIe la p('~ca e-;.1 aguas del Estlado de PODER EJECUTIVO Solicitud pre,entada )lOr la señora Pilar Ramire" viuda tle l\Ianjarl'cz, pal'a la exp)otad6n de la pesca en Rg"ll1S llel E ~ta(lo de Nayarit.. .. ~. .. .. .. .. .. .. .. Solicitud we,entada 1'01' los señores Diego Vol~zquez y lj1 r }llleia.co Gurda SÚl1lto. para aproveet.!tr en fuer~fl motnz r g'un~ del río Chilehota o Duero, en 01 l~s~ tauo de ~IH ho<~n¡ll.. .. .. .. .. .. SIDulf"a . . . , SI!:CftETARU. DE HACIE:N'DA y eREDITO PlJDLIe:oDecretIJ ampliando la partrida 1"1 del Ramo I (lel, PrelU' puesto de :E~gresoR vigente.. .. .. .. .. .. .. DecJ:eto modificando dbtintas partida, corre,pondientb ,,1 Ramo 1 del Pl'eW¡hleRto de Egreeos YÍ1:;ente.. .. l!I·ErD.ETA.Jl.IA. DE AGlllGlJLTUIitA: y 465 lG6 ... : ........ , ....... . ~69 SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y .BRA~ PUBLICAS FOMENT.O Solicit11d presentada por la Ctlmpaü!a Abastecedora de Agllas de Sahuayo" S. A., para ul¡rovechar en uso~ públí• cos y' dom(>stÍ<'ob aguRR del arroyo de Sl1hua;. Company of Mexico," S. 'A., según lo tengo aereditaclo en esa' Secretaría:, ante usted, respetuosamente, expongo: , Que deseo c.oncesire .. '.. '.. .. .. .. . 1 Regla No. 9).. " .. .. .. ., .. .. . . . . 2 Puros y cigarro·s~. en caras ó barriles, sin ),)S Ruedas hidráulicas o turbinas, (véase la Rerequisitos anteriores' .. .' .. D 1 gla No. 9) ............ '. . . . . . . . . .. 1 2 Puzolana . . . . . . . . ." .. .. . . . . . . . . Ruedas para carro de F. C., de papel o fierro, 2 sueltas o en sus ejes. . .. .. .. .. .. Q ...... Queso de tuna.. .. .. .. .. Queso, cajas o barriles .. en •• I.II:.~ ... 2 1 R Raíces, N. E., P. A. .. .. .. .. Raíz de cañagria, para curtir, en cajas, barrio les o bultos.. .. .. .. " .. l'" Rapé, en paquetes.. .. .. ... .. Raquetas, Juegos de, en' cajas .. Rastrojo; véase Caña seca. Ratoneras, e,n bultos, huacales o cajas .. Rebozos o tápalos, que no sean de seda, IH, cajas o tercios.. .. .. .. .. Redes de pescar.. .. l" •• '., •• •• •• •• • Redes,' N. E . . . . . . . . , '.. ," .... '... . Refrigeradores.. .' ., .. .. ., .• .. .. Rejas o barandales de fierro, N. E. "," •. 1 2 1 1 1 1 1 1 Dil '2 S Sables y espadas, en cajas o bultos .. Sacos o costales; véase Costales. Sacbs o costales de papel, en bultps .;., Sal· amoníaco.. .. .. .. .. .. .. .. .. Sal, en barriles, cajas o sacos.. .. ., Sales de Epson o Glauber, o sulfato de mag• nesia y sosa, en sacos, barriles, cajas o cuñetes.. 1'" . . . . . . . . . . . . . . ... . . . . Sales de la Rochela o tartrato de potasa y sosa, en barriles, cajas o cuñetes .. Sales para blanquear, en barriles .. Salitre,. .. .. .. .. .. .. ., .. ,.. .. Salsas, N. E. .. : . " .. .. .. .. . .. Salvado en barriles o costales.. ',' "', •. Sardinas: véase Pescado. Samenes o l1,acerolas de fier~, embroOllAiM., N. E" encajas o barriles ..•... ' . . . . . . . " 1 1 1 2 1 1 1 2 1 1 1 DIARIO s 471 OF'IOIAL .;:: T 1\'1. C. E. y C. E. Sebo .. " . . . . . . . . . . . . ,. . . . ,. . . . Secante del Japón, en envases de madera. Secantes para pinturas, N. E., Qn barriles. . Seda cruda, limitando la responsabIlidad dó la Compañía a $ 500.00 por 1,000 kilogramos . . . . . .' . . . . . . . . . . . . . , ... . Seda cruda, en pacas, limitando la responsa• bilidad de la (¡jompañía a $ 1,000.00 por 1,000 kilogramos.. .. .. .. _. .. .. .. . Seda cruda, en pacas, sin la limitación de va• lor, solamente poi' Express. Seda, y artículos de.. .. .. .. .. .. .. .. Sellos para furgones, de barro, plomo" hoja de lata o de otro metal, en cajas 'o barriles .. Semilla de ricino o Palma-Christi.. .. .. .. Sé millas, N. E., en bultos .. ,.. .. .. .. . . . Sierras circulares, con sus armazones, D., en cajas o huacales.. .. .. .. .. .. " Sierras circulares, en huacales o cajas .. Sierras, eh cajas.. .. .. .. .. .. .. .. Sillas de montar, empaca, opacas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Tierra de "Fuller", para batanar,' im bultos T;erra de Trípoli, en barriles o barricas.. . Tierra del Japón . . . . . . . . . . . . . : .... . '1'ierra para pintar., .. .. Tinacos, D., en bultos.. .' Tinacos para inodoros, en bultos .. Tinacos vacios, A., (véase la Regla No. 9) .. , Tinas para baño, de fIerro, "piedra o 10;;:a., Tinta, en frascos de vidrio o barro, empa, cados.. .. .. ", " .. '" ... ., ..... _" .. ~ 2 T Tabaco cortado o en panes, para fumar o mascar, en cajas, cuñetes o barriles.. . Tabaco en rama, sin labrar, en cajas, ha'1cales, tercios o barricas.. .. .. .. .. . Tabaco, Pipas l/ata turnar, en cajas.. " .. Tabaco, P¡:ensas para,' D. .. .. .. .. ,.. ' .. Tableros !y,u:a 'l'espald.()s ,de" cuadTds, en Ca-, jas o buhos . . . . . . . . '. . . . . . ' .. ' ¡ . . . M. C. Taburetes para piano .. Tacos de cañón y fusil.. .. .. Tachuelas. N. E. " .. ., Tajos para carnicerfa,. Talabarteria, Efectos de, N. E., en tercios o cajas,. .. .. .. " ., " .. .. .. .. . Taladros de mano, en cajas.. .. .. .. . .. Taladros, N. E., lo mismo que Maquinaria, etc." N. E. Talco .... '.. .. .. .. .. . . . . . . . . " . ~ Tambores o cajas de guerra.. .. .. .. ., Tanques de fIerro o acero, N. E., (véase la Re· gla No. 9) . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. Tanques de madera, N. E., (véase la Regla No. 9) . . . . . . ' . . . . . . . . . . . . . . . . . Tápalos y rebozos. que no sean di'! seda, en, cajas o tercios,. .. .. .. ,., .. .. '"• Tapetes, en cajas, cuyo valor se exprese ser de $ 100.00 o -lllenos, cada uno.. .. " .. Tapetes, en caja¡¡t cuyo valor se exprese 83:' de más éle ,$lQO.OO cada uno.. .. " .• Tapicería, Efectos de, N. E., en terdos o cajas . . . . . . . . . . . . . . ' . . . , .. Tapones de corcho . . . . . . " . . . . Tapones de madera, en bultos .. '" Tarjetas con cromos para anuncios, P. A. Tártaro crudo . . . . . . . . . . . . .. Té, en cajas.. .. .. .. ... ' .. .. .. .. .. . Tejamaniles.. " .. .. .. .. .: .. .. .. . Tejas para techos o caños., .. .. .. .. .. Tejidos, N. E., en tercios o cajas.. .. .. . Tela de alambre, N. E., en cajas, huacale3, cuñetes o ro1l0s.. .. ,...... . Tela de hule, en bultos.. " .. " .. .. Tela o papel de esmeril, pedernal o lija, en cajas, huacales o tercios.. .. .. ," Telares; véase Maquinaria, etc., N. E. Telégrafo, Instrumentos para, en cajas .. Telégrafo o teléfono, Crucetas .de madera, clavijas y espigas para aislad'ores de.,., .. Telégrafo, teléfollo o luz eléctrica, Postes ,lo? flerro o acero para, (véase la Regla No. 1 1 1 1 1 E. y C. E. 1 1 1 2 1 1 2 D 1 1 D 1 1 1 DI 1 1 1 1 1 1 2 2 17'e 1 1 1 1 2 2 2 2 3' 2 1 1% 2 3 1 2 2 1 1 1 1 1 1 1 - DIARIO 'OFIOIAL 472 T ,\i. e Tinta tara vetéar mauera o muebles, ea b:Iltos . . . . . . . . Tintorería, Efectos de, N E. Tipos de imprenta, en cajas . Tiras de madera.. ..... . TIza o gis, en bultos .. Tiza o gis, 'Lápices de, en bultos .. Toldos .. .. . .- .... Tornillos de fierro o acero, en cajas o cuiletes.. . ........... . Tornfllos de 'Iatán '0 cobre.. .. .. .. Tornillos niquelados o 'Plateados, en burto,. Tornos, en cajas.. .. .. ... .... .. ., .. Tornos y tarniquetes üe 'Pie o mano, de m'lItera o fierro, en cajas.. .. .. .. .. .. .. Torpedos o petardos para· F. e., (véase la No• ta de Explosivos).. .. .. .. .. .. ..' Tortugas, empacadas, en .barriles o cajas, 1) A. . . . . . . . . . . . . . . . . .. Tostadores para café Trap!ches para 'caña de azúcar .. Trementina, e;n envases de. madera.. _ Trementina, en latas, -frasco!;! de vidl'io o nITOS, empacados en cajas o cuñetes, tp• niend" al!legura:dos los corchos 'con tap".s de lata, cemento o alambre, (véase la l\.Io• ta de Explosivos).. .. .. .. NOT A: N o se recibírá este artículo cuan• do los frascos, latas o ,tarros no estén empacados como queda dicho. Trigo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Trigo sarraceno .. Trituradores de fiErro para minerales o pilldras ... , . . . . . . . . . . . . . • . , .. Tubería, Accesbrios de fierro o acero pal·a. Tubería, Accesorios de latón para, en ca jas o barriles.. .. .. .. . Tubería, Accesorios niquelados para, en :':::1.jas o barriles .. Tubería de acero o fierro, rElmachada Eln líneas espir-ales ó rectas, que excedan de más de 50 c¡3nUmetros Je diámetro, (vt>a• se la Regla No. 9).. .. .. .. .. .. .. TubeI'ia de .acero o fi~rro" rl'maehada en lí• neas espirales o r"das, que no excedan de 50 centímetros de diámlltro, ("éase la Regla No. 9).. .. .. .. . . . . . . _. Tuberla de oemento o ca.ños de barro, para dTenaje, que excedan de 50 oGntíme.~:'()'l dB diámetro, R. D. R. .. Tuber.fa de cemento o caños de barro, pal',1 drenaje, que no excedan de 5ü ctlmime• tras de diámetro, R. D. R. Tubería de lámina !J.e fieno o z'uc, en barricas.. .. .. .. .. .. Tubería de latón o cobre.. .. Tuberia de madera.. .. Tubos de barro, rara chimenea;;; o tubería, r,~­ mates y sombreros para chimeneas . Tubos de cobre, en carreteles, rollos, cajas o barricas.. .. .. .. .. .. .. Tubos de fierro o 'acero, N. E. .. .. .. Tuboa de hule, en cajas... .. .. .. .. .. . l~ yC.K T \1. de lámina de f¡erro, 1 ::lluac:wdos, Dala r.gua. Tubes de plomo, en c:J(jas o barr .cas .. Tubos o c:!ños de harro para desag<Í.e, 'ltle cxcedn~ Ue 50 oenümuuros ue di.ámetro, e K y C. Tul;o~ 1 1 1 1 1 1 1 1 1 U D U... . .............. . TuLos o caños de harro para ue3agle, ·gue no e.-..:cedan 'de 50 centímetr6s ·dlil diámetro, R. D. n .................. . Tubos para caldera.. .. .. .. . . . . .. Tp.uos para chimeneas,. lámmas de fle;ro -C;):'• tadas para los mismos, con SlLS codos flm• pacados, extenll1dos o embl'oca60s, en -C9;• jas o huacales.. _. .. .. .. _. .. .. ., Tueroas, pernos y rondana,; de 'f,erro o aJero, (n cajas o cuLetes.. .. .. Tule seco para 8111as, en te-rcios o cajas.. '. Turba.. .. .. .. ., .. .. .. .. .. .. . . . , Turbinas o ruedas hiuráulicas,' (véase la Regla No. 9).. ." .. ., .' .. . I 1 D 1 1 1 1 1 2 2 2 .2 1 2 1 2 J. u Lnionel:! .le .f!e!,ro .Dara F" e, v 1 -j i I II '1 1 1 ¡ I I . '1'.a .. Ilv aIn" v _. .. .. . ....... . 1 .. 1 1 V~tlvulas ~le fierro; lo UlIsmo qua Tubería, Ac• C'3sorlOS para. I: Válvulas, N. E. .. 1 dec-orac:olleS 2 . _ .. " •. .. I Vaqueta para suela,' en Hos o rolios ...• Varas de metal, para ltásculail o 'l:)alanzas, 4n cajas . . . . . , ..." .... J. DIARIO v :\1. Varas o lanzas; vóa:Je Vehícu.l(,s, Varillas ne taladro, ele r:el'l'o o acero; lo mi ,• mo (jue Maquinaria., etc" N, E, Vase¡ina, en bultos" " " " " VEHICULQ-S de todas clases, en C, EJ., N, K NOTA:-Cuando las renl€sas de qrnl'l• jea o tarros requieran rlataformas o e L• rrOil g6ndolas para su transporte, toC!, tales como coJines, ta,etes, relojes, 'co:• tinas, tarjeteros, ,etc" deberán remitirse per separado en ·furg0n, en bultos cla• ~amente marcados, no cobrándose fhl';() aparte por estos articulus; pero se te.1dd cuidado de que en las guias ThJ los a,mparen se haga referenc1a a las gufas corres,pondiÉllltes a los vehículos de c"ue forman parte 'dichos obj.etos. VIDHICULOS eSI.ec:ficados, cemo :;ii6ue: Carretillas, annoues: carros, para postes, minas o plantaciones, o 'para F. C. pOI''tátjl.. .. .. .. .. ., .. ... .. .. .. .. Carros de F. C., sobre sus ruedas, talg~ como coch-es salono-s y • dOl'mitorios, y de 8 o 12 ruetlas, coches de .J)asajerotl, y combinados de pasajeros y ;¡(r¡uipa i 33, 15 celltltvos por kittímetro. C:;trro.3 d,~ 8 o 12 'fouadas para equipajes, expre3s y caneo, 12% centavos pOl' ,kil6matr,1. Carros de 8 ruedas para ga~lc.do, fur• gones de carga o "cabooses," 10 cen• tavos por kilómetro. Ca-rtos de 4 u ~, ruedas para, car-bóll, góndolas, plataf\1r• mas, o carros tanques, 71/2 centavos por lrilómetro. Cargo mínimo: 50 ltilóme• tras. REGLA: Las cuotas por ,lcilómetro, qua :le acaban de mencionar, para material D• dante de F. C" sobre sus ruedas, pu::!• den apl:carse tomando como base la 'lh• tancia más corta. NOTA: No se dará pasaje giát;,; más r¡n J a .un llOmbro 'que venga cu;dando cada coche, ,saJón o dormitorio, sin dársele pase dEl regreso. Se dar1 .. ,.. .. ENTRADAS Aplicaciones pendientes a cuentas de egreso u otras.. .. .. .. .. .. .. ., ., .. $ Depósitos de Agentes foráneos por cuenta de recaudación. .. " .. " ., .. .. .. " Depósitos en efectivo para garantía del pago de impuestos, derechqs o contribuciones. " Depósitos por órdenes judiciales o administrativas desde el lo, de enero de 1921 .. Depósitos por rentas embargadas.. .. .. .. .. ., .. " .. .. .. .. .. .. .. .. Depósitos de cantidades para distribuir entre partícipes.. .. .. .. ., .. .. .. .. , " Depósitos en efectivo constituidos en las Agencias foráneas para garantía del pago de impuestos o contribuciones .. Deudores diversos.. .. .. .. .. Gastos generales del Goolerno .. " Total. . . . . . . . . . 37.5.0 46,922.83 92,912.83 7,761.20 7,965.81 8,483.40 2,636,16 68.25 122.52 $ 166,910.50 $ 1.112,882.34 ", EGRESOS $ 17,449.34 3,865.06 " 48,042.79 " 13,623.98 AprovisIonamjentos Generales. .. .. Edificios e instalaciones.. .. .. Gastos generales del Gobierno .. Departamento de Tráfico.. .. .. $ 82,981.17 SALmAS A!!;entes del Gobierno del Distrito con manejo de fondos ',' Pagaduría Civil.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. Pagaduría de los Servicios de tleguridad Pública.. .. '.' ~agadurfa de la Dirección Técnica de Talleres. .. .. Aplicaciones pendientes a cuentas de egreso u otras. Ayuntamientos de las Municipalidades foráneas. .. .. C~ja de ~horros Y' Préstamos de la Policía.. .. .. .. .. Depósitos en efectivo para garantía del pago de impuestos, derechos o contribuciones. Depósitos de cantidades para distribuir entre partícipes .. Deudores diversos.. .. .. .. " .. ., .. '·-1 GobIerno General.. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. Predios edificados en la capital.. .. " .. .. .. .. .. ., .. / Impuesto sobre empresas o negociaciones mercantiles o i~ustriales en la capital.. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones .. ../ Multas.. . . . . . . " .... " " . . . . . . . . . . ,", Suma . . . . . . Existencia para el día 10. de septiembre .. Igual. •. " ._.L $ 47,604.91 " 365,500.00 " 512,000.00 " 15,801.50 158.80 " 2&.37 1,500.00 517.7.4 " 11,337.23 806.25 " 378.00 " 15.90 175.01 3,504.47 312.00 , 1.0'2,618.36 70,2S3.99 , 1.112,882.34 México, a 31 de agosto de 1925. El Contador, A. Sánchez M., Rúbrica.-EI Cajero, 1\[. Gaxiola, Rúbrica.-El Inspector del Gobierno dél Dis• trito, R.. Vázquez VlI8collcelos, Rúbrica.-El Delegado de la Contraloria, M. N. de la Rosa, Rúbrica..-Vo. Ba.: El Tesorero General, Antonio R. Ortlz, Rúbrica. OFICIO girado al C. NotarliO, Lic. Agustin Ruiz Olloque, "Ya se toma nota de que con fecha 10 del actual volvió usted al desempeño de sus labores comp Notario Al margen un sello que dice: Poder Ejecutivo Fede• encargado de la Notarla número 35, en esta capital, se• ral.-Eiltados Unidos Mexicanos.-México.-Gobierno del gún se sirve comunicarlo en su nota del día de la fecha Distrito.-Departamento de' Gobernación.-Sección de Jus• ya citada." tlcia.-Núm. 34792.-Exp. 4760. Lo que por acuerdo del C. Gnbernador tengo la hon· ASUNTO.-Supli,cándole BU publicación. ra de transcribir a' usted, para su pUblicación en el pe· Al C. IJirector del "Diario Oficial." riódico actualmente a su cargo. Ciudad. Reitero a usted mi a'tenta consideraaión. ~on 'e~ta fecha, y en oficio número 347.92, se dice al C. Lic. Agustfn Ruiz Olloque, Notario Público número Sufragio Efectivo. No Reele~ción. -{México, 12 de 35, lo que. sigue: septiembre de 1925.-E~ Oficial Mayor. 47G DIARIO OF'ICIAL ar.a SECCION DE AVISOS - oe publlc.,r&.n en ('1 "D13 flO Ol'iclal" >le la Federación y en 'G5LlOt n'~be~. para Que eonw¡,te d;cha demanda dentro del '''''''''''''''''''''52'''''.......'''''''...........''''''''''''".,,'''''''''''''''...... I '''1 In,no OE' U<'S das, qU" se corttaré.n desde la fecha de ¡In ú!tlrna puo]¡cll'Jión. H,eglstreM y Dotlf!quese. Lo df'cretO y fil "", (·1 ciudadano lí""lleiado José Zendejas, Secretario Id Jlu"ad'" de Distrito en el Estado de México, en runo don('s d" Juez por ministerio de la ley. quien actúa eoo t('¡;tign:!l de aslstencla.-Damo. fe. J. Zf'ndeJ .....- A.• l. ll!t>n• Estadoll Unidoll Mexlcanoll rb.aca.--A. Prbclo. Rodl'lguH:.-Rll.bTlcal!" Jusgado Primero de Distrlto.-Tllmplco. TnmplI. Lo que hacemos saber a la exprellado. 8ucell1On, por ml!1ío del tlusente Edlcto.- de acuerdo con 10 disp.esto en el EMPLAZAMIENTO &uto que ae Inserta; haciéndole saber también. (1.11e la co• pia de la demanda r(,Bpectlva queda a .u di!!po.lci6n eñ Señor ex-Coronel Julio DAvlla: .ate propIO Juzga:do. En el juicio sumarlo de re:;¡ponsabllidad civil, promovI• Toluca, Méx .• ootul>r" tretnta "1 11110 de mn noyeclen• do en contra de usted por la Nael6n, r"presentad,. por el 'o. veintlculI tro Agent~ del Mim~teno Públicv Fl'detal adscrIpto al Juz~a­ T,'st de A~18 .• l. ltIenehal'a.-Teet. Ge AII'-.. rrt.clo. R_ do Primero de Distrito en este Estado, reSIdente en Lsta ciudad. con fecha de ayer y por el Juez de los autos, se (R..--80) dlct6 el acuerdo que dice: la _.."I!I!!"""'' ' ' ' ' ' ' ....''''''''''''''''''....... AVISOS JUDICIALES I "Téngase por presentado al ciudadano Agente del Mi• nisterio Público 'Federal.. ailscripto a este Juzgado. en !e• presentaci6n de la Nación. demandando en la vía suma• ria al 'ex-Coronel .tulio Ua:vila la responsabIlidad cIvil pro• veniente del deltto de rebeÚón. la cual fija en la suma ¡le 150,000.00, Cle'nto cincuenta mll pesos; en atencl6n a qu~, lIegll.n se expre:;;a en la demanda, dicho señor se E!llCUen• tra t\róJ'ugo, por medio de edictos que se publicarán ,puran• te dGS meses en el "Dlano OficIal" de la Federaci6n. en el Perl6dlco Oficial de esta entIdad federativa y en el dIarw local "El Mundo," emplácese al demandado para qu P üen• tro del U'rrnino de tres dras, «IKUlenq;s a la fe,,¡' 1 (te la últIma publicaci6n, compan,zca ante este Juzgado. a con• teStar la- demanda. Pónganse a U1sposlcl6n del mismo de• mandado en la SecretarIa de este Tribunal. las COplag sim• ples respecttvas que exlllbi'Ó el deman{innte, devolvléJH]O• se a l'ste el nombramIento que presehté. pr'eVlO {'orejo y autorización de la ('opia respectiva. co~, funrlamen!o en los artlculos 373 y 375 del C6digo Pederal ne Proc'edn'1ll'n tos Penales y 125 Y 5n1 <'lel dI! ProcpdimiE'ntos CIVIles del misJno fuero. lo proveyó y ftrma el ciudadano lic('nciad" Daniel V. Valencia, Juez Primero de Di<¡tnto en el Estarlo Doy fe_-Danl ..1 V. Valen cia.-pedro CnJnaeho, Srio.-Rll.• brlcas." y dI! acuerdo con lo ordenado, hago saber a usted lo tnSl!rto, por medio del presente edictO!' que se pUbll"drl' en el Periódico OfiCIal del Estado. en la Intdlg'enl:la de que a IIU disposición y en este praplo JU2gad .. , q'lüda- el trasllU!o respectivo. TamplcQ, Tamps .• 17"de 'unlo de 1925. Manuel S. G6m .... Actuarlo.-Rllbric:l. * In.-:211:;) E.ta40. Unido. Mexicano•• "'.....do de DI.trtto en el E.ta40 de ltl~x1eo_'roiu.., ... EDICTO. A. la Sucesl6n del senor Agustfn Garza Farl... Elltadoll Unldoll Mexleano. JlIzgado df' Dllltrlto en el El!ltado de 8Iaa]o••-Maatl*Jt. EDICTO En el jUlC'io sumarlo sobre responsabllldlld civil. pro• mvvldo por el ciudadano Agente del Ministerio Ptlbl!co FE'ueral. contra el ex-Coronel Cruz Medlllll., por llago ':ie peso~. recayó un auto qlle a la letrlL die ... : "Mazatlán, siete de marzo de mn novecientos veinticinco. -En VIst.. de la cE'rtifi.~aci6n Que anteeede, tl\ngase por acredItada la personalidad del promovl'nte y por presen• tnda la,antér;or demanda contra el ex-Coronel Cruz Me• dma por la cantidad de '506,865.92, qumlentos sel!! mil o<:hocléQtos sesenta y cinco pesos noventa y dos centavofr; con ftmdamento en los artfculos. 373. 375 Y 376 del C6d!• ~o Fpderal de Proced,mlen10s Penales•• 19 'racclone!! ;1 ·V V, 125, 192 Y 591 del C6digo Federa,l de Procedimientos Clvile:" c6rrase al demandado. y en la vla sumarla. el tras• lado ('orrf-sportdlente para que contel'lte la expl/esaga dé• manda, entregándosele las copias Te .. pectlvas; por Igno• rH I se el domICIlio del propio demanda.do, crte!!ele por edic• tos Que se publicarán eu el "Diario Oficial" d~ la l!'edd• raclón y en el PE'ri6dico OfiCIal de este' Estado, durante el térmIno 'de doq mesee, a cuyo efecto se e:.:pedirán di• chos edlcto.s; y por l1ltimu, agl'éguense las dillgencia~ 110bre embargo ¡)recautorio practicado en blenell del deman• dado, asl como copla certIfIcada de las constancl~ que se• ~al,,- en p.1 punto tercero petltorio de su dicha, demanda, y regl"tl' ~e este expedipniP --Lo provey() Y ftrm6 el ciuda.• dano lIcenCIado don Eug,mio Sánchez, Juez de IJ!strito de ~u"vo LIo'óri, Comi>,ionado en Sinaloa -Doy fE\.-Eu¡r. Sán• ..1.... .,.-1'lIgu..1 Mpdellln, 8rio.-Rúbrlcas" Lo que ge notil1ca al demandado por me¡l.lo del pre!!en• te edlc[Q 'Jue se pUblicará por dos meses consecutivos en el Peri6dlco OfiCIal del Estado y el "Diario Oficial" de la Fea-era a u- DIARIO te Juzgado, y con fundamento en los artlculos ciento veln-I tfcinco, quinientos noventa y quinientos noventa y uno del Código Federal de Proce{:imientos Civiles, c6rrftSe trasla- do de la demanda Que encabeza el presente juicio al repre .. -$entante legal de la Compaílía };"'innign.n Bl'own para :r;eo;a, de acner,lo con el ;,,,r,'afo tpr<'ero lÍel artículo '27 ,lo la ¡;:0l?3t¡(uriún Jo'ederal; y so estu:'lece (,ue pum 1'1 correSl'Olltltcntc lHdemllIZución, debe fijan,e como precio, el 'lile tengan las fincas relatiya. en las Oficinas de 1'9u\a8, más un !llez por ciento sohre ese valor. 40.-Sohcitados por ..ta Ag~ncia !lel Mmisterio P~\J!ico, los !latos sobre el valor -tr.,ql !le dichas tierras, al 1;. DlIe.dor Go• neral de nenta" del E,tado, este funciolll,no inl'c-m0 (,ue no se puede preclónr el "tlor por sepurado de la fra",'wn ';ue ha si,l~ e:\.propiada, }>UC8 que :-:iolainente constan en lo::; Her:1.'3tr fl $ Cata'itr.\• ciendrt dp. Snn "C'. (,l11n:~m('('a, leg los ue las fincas jns('ritas, con~itleranuo 01 val >r tolal de sus tierras, u&í cumo el de la maquinarIa, 3pm-os y (.on.~truccioned. (IUe tenían, Rntes de que fueran de"truidas. DERECHOS: r.-El tita(lo al'tÍculo 27, en ~tI fncdón lIT, p{trrafo segunuo, est~ble('e que para fijar el prúcio oc la In... dpnlllizaciún, en los casos de que ee kata, se tome c"mo b~;e el que be indk:t en el punto Jo. P~ro como los !lnw5 propordonados lJor la. Dirección GeneT..11 de Hentus no Eon s~lficie'Ite~ para el oltjeto que .e persigue, debe o"ceryaroe la regla fijada en la -parte fInal de dicha f!':lcción, suj.etando a Jflicio fericial la determinación del valor de llls tierras relacionadas. n.-El artículo 650 del Código Federal de l'r~~~dimientos Civiles establece que, después de Ciue ~c· declare y f Inde admi .. nIstrativamente la exproplu,ciún (como se ha hecll!J) y consignan. ~o el asunto a la autoridad .ludicial, la e'Xp~pia,l)ra tipf-l~ne {lea:· de luego &u perIto, y que el Jl1ez requiera al propIetario pata que ·dentro del téirnlino de ocho días haba 19ual dtJ;:,i~nu.ción. En acatamiento ue esta dl~POSl(;lÓn legal, la cltada :l_lt·nalud lh)n.· bra como perito al C .• Ingeniero Felipe de J. Sánc!lez, '\lIien debe ber citado por conau(;to ¡fel C. Secretario de la Cor.J!~il~n Nado- En el juicio de expropiaclOn de parte de la Hacienda de San nal Agraria, con re,identÍa .e~ la ciutip.mbre 26 de lG23.-EI Agente, A, Ah.. ucá.stor." Vicente Alon~o,., a cuy.o favor e~tá lns(':"ipt:l la. reft~l'j(h haden· da, y requiérásele para que dentro del término de ocho ,Ií",", de· t 'La Secretaría, en cOIpplimiento de lo .'11an(latlo por allto de si¡ne por parte de la sucesióll, el perito que le ,!.oL·re'5p()1tIl~ e011· forme a la ley; tf.ngase por nombrado eomo lJeri, o 1'')r rarte fecha 26, veintiséis, de septiembre de mil no\'edeluo~ veintitr('~, del Ejecutivo }'ederal al "eñor Ingeniero Felipe de ,J. Sánchez, CERTI:b"1ICA: que en el juicio de expropIación 'le par'ie Ui) la quien deberá ser citado por Inedio de ofa'io diri¿ido a la Comi . hUClenua dr Atlu('omulco, Estado de :Motelos, \1e aCll('rdo ('on el sión Nacional Agraria, a efecto de que comparezca a pro t e8tar y Decreto expedido por el C. Presidente de la República con lecha aceptar el cargo que se le ('onÍlere y compúlsc.~e "n este ~ iuicio trece del mes de Junio últuno, obra el éxpresado ,Dec"m,o que " la el Acuer!lo Presidencial exhibido en el de la 'mis'na fnt\o\e I)ro-• letra dice: Poder Ejecutivo ]'ederal.-Estaolos Un;'I,). !.rp>.iCll1l9'. movido en contra de la hacienda de Atlacomulco. '~~ Jl],f:'_l',...€'~~3. A~í -1Iéxlco.-SecretarÍa de Gobernación.--Uon~iuerand(l: Primero.• lo proveyó y firmó el C. Juez de Dlstrito en ,el 1';,t,(1o de Mo• Que según uatos fld~dignos que eXIsten en la l're.31dc:J.óa de la relos, licenciado AniceLo ViIlamar.-Doy fe.-Anicato V;:¡amAr.• Repúbllea, es urgente la creaclón de yarios centr')s de población agrícola en el Estado do Morelos, con las tlOrr~s y agual-l que Adalberto Pereda.,-Rúbricas. Al margen un sello que dice: Al[e,ncia !lel ~IiI1hteIio '-Púo les sean indispensables, de acuerdo con lo esta ,1 r.";d 3 en el pá• blico Federal-E. de Morelo~.-Estados Unid03 ~Ie.w.allos.-Y el rrafo III del artícnlo 27 !le la Con"tituClón U'edel'II1, a c!cc1.<> .1e Escudo Nacional.-Núm. 96~-Al frente.: ~"1('ucrn.ció!1 \ S. rl'estamen- quo 'Puedan pro\-eer a su subsistencia numero'VJS grupos de iTl~ taria.-Vicente Alonso.-Expropi:lción.-AI centro: C. Juez de div¡duos tu,'a ocupacién ordinaria ha siclo la agrieuitllra; Distrito: El MilllRterio Público Federal, en ejercicio de las funSegundo: Que estando plenamente justificada ;~ necebida al E,ip· es de \J.tilid~d público. la adquisiCIón de las ticrras I¡UC se meno cut;'·o de la U1llón, para hacer las exproplacionc. qua se:ln del donan en f\l pn11to fi~,ti('n~(" r.~·í (':):nn :'1 d..-· ot','.L; )":.1:'<" y' ;;:p r1\~_ C',I!'.O, nwdblHtp 1.1 )lJflpinniznciún corl'e~v.ondiente. ]:'u~~~O (jue, hnc:~ creta su eXVrOpI/1,C1ón' con sus accesiones y n~ns. ta el momento, no ha expedido la 'Ley' R.e¡¡lalllen!aria relati,a, y I 478 DIARIO » OPIOIAIJ }>or tanto, de couformidad con los preceptos citatl0'l, ,let'e deda• rarse que el caso de que se trata, es de los comprel1(Jidos E;D nuestra ley constitucional; y Cuarto: Que el procio de la indemnización dp.beri\ fijarse de acuerdo con los valores fiscales que tengan las lineas relativas en las Ofidnas de Rentas, estando dispuesto el ¡c¡ec'l!'\') a l'a• gllr la cantidad eorrespondiente, más un die, por ci~tito soble ese valor. En vist"" de lo e'-puesto, he túnido a bien dic~ar ,~l siguiente Acuerdo :-Primero.-Para la Cl'eaClOn de centros da población agrícola en el Estado de Morelos, se declara que es de utilidad pública la fldquisición de 1\\8 tierras qu~ a cont.in1':H:lÚn ~c PH:'n• Clonan, y ~e decreta su expropiación con sus accesiones yaguas: --A.-ciento cinco hectárells de riego de la hoci~n'l" de A lhr'o• !'lulco situada en la Municipalidnd de Gllcrnuvaca, tlel ~;stad,) !le Morelos, y que se localizarán en el llamado "CampQ rle ~allto Domingo,' , al Oriente de la vía del~ Ferrocarril . D'H',r,U\'ll1e'· tia la misma finca y del "Campo del Castille~o", aejando Rl casco de la hacienda una zona de protecci6n de cincuenta Ilect,írcag ;-• B.-Doscientas dos hectáreas de t"rreno de riego dp. la haci~n­ da de 1'enextepango, -situada en la Municipalidad de Villa Aya! .. , del Estado de Morelos, que se 10t"Rliz,'lrán en los "C""'(""! de "dn• ta Cruz," "De la Torre" y "Casa ·ColorR.tiBP,~-C.-])j)~dent~s hectáreas de la hacienda de San Juan Chinameca, s.tl1l\rb en la expresada Municipalidad de Ayala y que se loc"lizal'{tn pn l"s campos llamados '4La Herradura" y "-Cañada de Sant.a JUta", y D.-Doscientas hectáre," de riego 'de la hacienda ,le Atlill'l,,_,áll, situada en 11\ Municipalidad de Yautc"pec, ele! mis.no ","tado de Morelos y que se localizarán en los C&mpOS lIamullos "Ssn Pa• blo" "Chamilpo" y "El Chilzolote", sobre la .TI:\rgen Oriente del río de Yantepec. Segundo_-Envíense copias certificadas de es:e acnerJo al C Procurador General lle la República, p!lra ,¡ne ejArdte las nc• ciones que correspondan, de acuenlo con el párr"fo X Jel artículo 27 de la Constitución J;'ederal y 111 C. G~bernador riel Estado de Morelos, para su conocimiento. Tercerd_-Esa Secretaria deb@rj\ nombrar el Il~lmero .de in• genieros que estime necesarios para que levanten los planos re• lativos. Cuarto.-Indemnícese a los duelios de lo. terreur" l'xprol'ia• dos, en los términos del considerando IV do este aCllerdo y del párrafo octavo del artículo 27 constitucional, libránd Be en Sil 0l'or• tunidad, las órdenes de~ pago correspondientes.-D~do en el Pa lacio NÍlcional de México, a los treqe ¡lías del 'lles .le junio de mil no\'ecientos ,eintitrés.-EI Presidente de lo Ue~Ghlicl\, Alva• ro Obregón.-P_ A. del Se.cretario' de Gobeynaci6n, el S·,],"ec1'o• tv,rio, Gilberto Valenzuela_-Rúbrieu..-Cuernavaca, " 'Úe, Y ~e" de octubre de mil novecientos ,eiIlotitrés,-Adalbc~to Perera.-Rú- 84.-AI centro: C.- Juez de Distrito: El 1>Hllisterio J'ót',1ico Fe• deral, en el jUiCIO sobre 1?xpr()piación de una parte d~ la hacien• da "San Juan Ctinameca," ante usted, atentamede, dice: Qua B efecto tle cttmpl;r con las instrucciones giradas p'" 1" Pro~u­ r'\duria Gene:'al de la República, y de conformidad Co)n la di,pp• sición terminante contenida en el párrafo cu~rto de h\ fraceió" \'II del artículo 27 de la Constitución }O'ederal, delta a pedir" .. usted, se sirva dictar la orden autorizada a la COTuisión Nacional Agraria para que proceda desde luego a lo oCUp',clón de las tie• rras yaguas cnya expropiación se demanda.-Cut!~·navacat Mor., mayo 28 de 1924.-EI A¡;ente, A. Alencjster." I "Cuornavaca, dtlce de junio de mi~ novecient1s ,"einticuatro. -Hágase como 10 solicit.\ ~l Ministerio Público .. n ".~ anterior IwtificaCÍón y en su pedilnento de di.ez del mes en LllrS(l prcsen· tado hoy, que se agregará, practieándose las publical'iolles publi• cados en el mismo en el "Diario OfiCial" del &;¡pr·~mo Gobier• no y en el Periódico Oficial del Estado, for el tét:JllllO de dos meses.-Lo proveyó el C. Juez de Distrito.-J. Genaro 'S. :Sustos. -F. Rodriguez_-Rúbricas.' , L~ 'que por ,ía de notificación hago laber a \lsted, advir• tiéndola qne ¡as copias de ley están o' su disposición en esta OÍ!• cina.-Cuernavaca, Mor., marzo 26 de 1925_ Fa, Rodríguez.-RÚbrica.--f:'l'io_ ¡ Para BU pUblitación en el "Diario Oficial" del SUPTl¡mo Gobierno, por el término' do dos meses. Es copia de .su original. México, D. }<'., a 7 de abril de 1925. El Jefe de la Sección Admini¡¡trativa, C. Lnma.drld. (R.-1391) E.tadoll' Unido. MeIleanoa J ••cado Prlml.'ro de DI8trtto.-Tampleo, Tampa. EMPLAZAMIENTO Señor Ex-General Sidronlc. RodrfSuez: En el juiCio sumario sobre responsabilidad civil. pro• movido en cúntra de uRted por la Nación. rePresentada por el Agente del Ministerio po.blico Fedetal de esta. o.dscrlp-, cl6n • ..e1 sefior Juez Primero de Distrito en esta entidad fe• derativa. dictÓ con fecha trece de 108 corrlenttol!l; el aut'.) bries." que dice: "Téngase por, presentado al ciudadano Agente deÍ :Mi• nisterio Po.bllco Federal adscripto a ,este Juzgado, en re"Cuernavaca, tre;,¡t,a y uno de mayo de mil '.'o\'edentos Y~hl presentaciÓn de la NaciOn, demandando en la vía sumaria ticuatro.-Yisto el, pedimento del C. Agento del !'[iuister!o PÚ"\ al ex-General Sidronio Rodrfgu'ez. la responsabilidad civil bUco, llel vei¡ltiocho del mes en cur.o y considemu,l,,: prove'nlente del delito de rebeliÓn y que fija. ~n la !luma de . . . l.-Que te~i.endo por objetb la acción que s~, ,Ie\l'tc~ ,de ~SIO $ 30,000. 00, treln~ mil pesos; en virtud de. que seghn l'Ie JUICIO, la creaclOU de nU,evos centros de poblacwn a~T1fJvl", eo- expresa en la demanda., dicho sefior se encuep.tra prÓfugo. rresponde su ejercicio a 1" Nación, ~ue es la que "8t6. hadéndoh por medio de edictos que se publicarán durante dos me• voler por c.ond~,cto del Representante, Social, artículo velntisiet,p ses en,/el "Diario Oficial" de la FederaciÓn. en el PerlÓ• de la Con,tltuc.ón Gen~rá.l, de ¡a Repubhca_ dlco Oficial de esta entidad federativa y' en el diario 10, I+,-:---Q~e la, exprOt"3c.on de q~C se ocupa este ,~s l,r.to, fue yn cal "El :Mundo";, emplácese al demandado para que den• declorada > r,md~ds ~or c~ C. PreSHlent~ de ~a..Rcpo,)]¡ru, do acuer· tro' _del término de, tr"s días siguientes Ji la fecha de 1& do con las b.as"s estáblec.das por la dI'pos.r.on. '¡u~ "e ",aba rll! (jltlma ubll~aCió'n, comparezca ante este, Juigadp a C011citar y 10 dispuesto por el ~rtkulo once Trans.tol'lo ,le Nuestr:> IP d d P6' di posl 16n d 1 l de Carta Ma na_ testa!' ;Jo, eml}n a, nganse a ~ c e prop o g _ _ , • ma.ndado. en ~a Secretaría de este Tribunal, las coplas resIIL-Que por concurrenCIa de los Clrcunstauclas enunciadas, d l t d él debe autorizarse a la Comisión Nacional Agraria I'nr'L que f,rv- peétlV'as, acobmPtnafia as pOJrlb~d promo~.en e y evu ~aat a ceda desde luego a la ocupación de la. tierr'ts y ag 'as cuyo ~,,_ .'~ste el nom Ira lento ex 1 10. prevIo cOd~lejot y Ca.u or ~a_ . r -, . clÓn Que se laga con la: cop a correspon en e, on f unproplaclón se ,demanda, de acuerdo con la so ICH'''¡ riel prO!llol373 375 d 1 CÓdF d 1 d vente, segtín 10 preceptuado por el p~rrafo cuarto de la fracd<\n dament.o .en los artlculos y e Igo e era i VII del repetido articulo veintisiete. f'roc0dlmlentos P_enales, y 125 Y ~91 del de Prctcedimlen10 Por lo I'"p~esto, y con apgyo en las, dispo<,Íido valuado.. Se convoca a postores Laja el concepto de que será postura legal el precio de avalúo. México, 30 de septiembre de 1!J25.-El Tercer Secretario Au· xilief. N. Blanco.-(Rúbrica.) (R.-HU) Las prendas de ABRIL de 1925, así como aqu~llas cuya VENTi\. AN'I'lCIPADA se ha soliCItado, se rematarán en este mes, se. g~n las estipulaciones ej.e los respecti\'os boletos.-ALHAJAS. miér. coles 14.-MUEllLEH, lunes 19.-ROPA, sábado 24.--QBJETOS VARIOS, jueves . 29.-Los ~emate. principiarán a las 10' y ter. mi1íarán a las l.! horos.-EI ~Iontep!o se reserva el derecho de aumentar los dias de remate si a juicio de la Direccióu fuese neo ce8ario.-México, octubre 10. de 1925.-R. f!egura 'Y R., Director. -J. Sánchez, Valuador. (R.-U05) AYUNTAMIE~TTO CONSTÍTUOIONAL DE MEXICO TESORERIA MUNICIPAL REMA'l'E Primeta Almoneda AVISOS GENERALES A LOS' TENEDORES DB BONOS HIPOTECARIM! DE LA COMPUIA ELECTRICA DE FERROCARmr,¡JS DE. CtrIHUAHUA, S. A. CONVOCATORIA De conformidad con lo prevenido en el inciso s~<;',nd,J de la cU.uaula lla. del Regl!nnento del Representante Comt'!n dI! los Te· nedores de Bonos, se convoca a los obligacioni.tas 11 UTla As:\m· bIlia Ge~eral Ordinaria de los Tenedores de Bonos, que tendrá lugar en ésta Capital en lBS OficinAS del Reprosentante 00 nlln (~a. Calle de Capúchinas número 41, primer piso. número 1) h laf' once de la malinna del dí!!. 4 de noviembre próximo, bajo la s;g.¡¡ente; ORDEN DEL DIA: PRIMljlR.\. :-Informe del Representante Cotnún. SEGUND;\ :-Autorizar el otorgamiento a una e~C"ltura.' p¡\. blicr. 4e eaneelación de la hiRoteca sobro el terteno colltl>;ido con el 'l0mbre de dep6sito yiejo de Tranvías, propiedad de 1111 Compa· lií~ .Eléctrica y de Ferrocarriles de Chihuahua, S.' A. TERCERA, :-Acordar, en su caso, la rancelac\ón del numero de bonos Hipotecarios que corresponda al Y810r Jel torreno antes citado. CUARTA :-Autorizaci6n al Representante Común de los Te• nedores de Bonos, para qu~ en los casos que lo c"ea necesario, haga cancelación total o parcial sobre los Bienes .."o h (ompalila Eléctrica y de Ferrocarriles. de Chi)l.U&hua. S. A., O\fec~os a los Tenedores de Bonos Hipotecarios. So advierts a los oblig"cionistas' que para tener, :lorocho de concurrir a la Asamblea, deberán presentar sus titu!'", de;ándolos en depósito en poder del Representante Común, CU3!lt!.0 r,!cnos 48 horas antes de la fecha fijada para la A..amblea. El Tenedor de Bonos recibirá un documento arte8 de $12,750.00 (DOCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS), valor fiscal en .que aparece registrada la casa. Sufragio Efectivo. No Reelección. México, septiembre 30 de 1925.-El Tesorero Municipal, Oar• los Flores.-(Rúbrica.) Se cita por medio del presente a la .eliora Isabel I'omoo de Garduño, por ignorarse su domicilio, en su carácter de acreed/.lra que aparece de la casa, para los efectos de Ley. México, 30 de septiembre de 1925. D. F., septiembre 21 de 1925.-El ReprJs'lntlUlte Co· Terr~aB.-(R]Íbrica.) El Tesorero' Municipal, C~los Flores.-íRúbrica.) (R.-H09) DIARIO UNITED SHOE & LEATHBR aOMPANY, S. A. AYIElO El Consejo de Adm:l1inrad6n de p¡-,t:t Sodella veIDtiséis. 19u:\lnlente resolvió pagar un dividendo de dos pesos cincuen• ta centen·os por cada una de las acciones preferentes "A," 'I:!'l" Y - "e," contra la cnt;¡ega del cupón número cincuenta y dos, el cual pago le hará también a partir del pdmero del pr,jximo oc· tubre. Por lo que fe refiere n las accione,; o'"frlinarh~R de h,'i series "E' I Y "G,'" pI Consejo de Administración en la Junta ,~itada re• solvió dccretln nn dividendo de dos -pesos poe ;colOn eontra la entrega del cupón número veintitrés, haeléndo&e el págo a vartir del lunos cinco del entrante octub~e. Los pagos "e harún en las oficinas de la> Socicerá tener una i!urnción de los uwItzarÍl. a. cf,tar en "lg<.,r el día 10. ue. tliciCIllbre de 8-;'OS y co• U'~:1. ~féxi('o, D. :t'.1 a 30 de 8cj)t.ienlln'C de 1 O~f¡.-h~l nireetor Ge• neral, C. Hiuojosa. C!1..-1399) Lo' que· jlor It<'uerd'o del Consejo sa comunica n los ,ellores nc• oionistBn pa-ra~ ilU conocimiento. lt~l.li1Hi.t'n¡ las ~n1re rILARES DE NACOZARI Y,Ol'TJTO, SQN., ruta 143. Estos Mbres .erán abiertos con la. formalidarles debi~as, ell pre,.mua ·Ie los in• ~reslldos o deslls repre~en,t~ntc", el dí .. !lo de noviemhr'! oe 1!l2ñ ~. la Dirección de éorreos, de acuerdo con' el artículo 118 ,:el Itegla· Para teda In n~G.blien. $ 0.00 por tri_tre; 'pllra el ex~rllnjero•• 7.:>0, PAGO, A.DBLA~TAD6. Lo. perlo do» ole 8uh8CriPC161l eorresp.oJJd.e.. a lotl trime.tre. naturales del aii.o. Las o;ubscripclones que .e pldlln en me.e. in• termedios, se cobrarán por el tiempo que lalte' PII• ra finallzar el trimestre• 1\'0 se .cr,·irún subscripciones por ..limero. atrlll\lIdo.. LAS SUBSCRIPCIONES Q,UE NO HAYAN SI• DO RENO·VADA S, SE SUSPENDERAN A SU ..YBNCIMIENTO. ' Sub"crfpel6n que .e pida 'pasados lo .. primero. cInco dllls dl'1 me .. , lile sl"r"lrá hasta el .lIgulente. Los pagos deben' hacerse e1l el despacho 'de la, Dlreoccflln, d~ lns 9 a laN 1.3 y de lall 1.6 a l •• lT, pero los, 111Ib"crlpto))es l .. ráneos pOdrán ell:vl.rlDla por medio de "'11'1.,s, &,iros p'o"taICII • eomer