Diapositiva 1 - Municipalidad De Santiago De Surco

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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE INVERSIONES El Sistema Nacional de Inversión Pública Susana Rodríguez N. Unidad de Capacitación y Asistencia Técnica Dirección de Normatividad, Metodologías y Capacitación DGPI - MEF ORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Ministerio de Economía y Finanzas Viceministerio de Hacienda Viceministerio de Economía DGPIP DGPM DGPI DGDFAS DGMFLPP DGAEICIP DGPP DGETP DGGRP DGCP Dirección General de Política de Inversiones (DGPI) Ente rector del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) Es la más alta autoridad técnico-normativa del SNIP a nivel nacional: establece las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen a los Proyectos de Inversión Pública ORIGEN DEL En el año 2000 se crea el SNIP con el objeto de mejorar la calidad de la inversión pública a nivel nacional. En ese momento no se incluyeron a los Gobiernos Locales (municipalidades provinciales y distritales). En el año 2002, mediante la Ley de Bases de Descentralización, se dispone el alcance progresivo del SNIP a los Gobiernos Locales. 2000 Ley del SNIP (excluía a Gobiernos Locales) 2002 Ley de Bases Desc. (incorporación de los Gobiernos Locales al SNIP) PROPUESTA DEL Antes Ahora Limitada o escasa calidad de la Inversión Pública Mejor calidad de la Inversión Pública Proyectos Buenos Proyectos Malos SNIP Proyectos Buenos OJO: No prioriza la ejecución de proyectos de inversión pública (PIPs). Solamente efectúa una evaluación técnica, independiente de cada PIP, a efectos de acreditar su viabilidad. Cada Entidad decide, qué y cuándo va a invertir prioritariamente. EL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA Los Sistemas Administrativos Nacionales son sistemas de gestión que actúan como normas de calidad (certifican conductas) Es un sistema administrativo del Estado peruano que procura certificar la calidad de los proyectos de inversión pública (PIPs) con el objeto de optimizar el uso de los recursos destinados a inversión. Hacia dicho objeto, el SNIP pone a disposición de las Entidades públicas un conjunto de principios, métodos, procedimientos y normas técnicas vinculadas a las distintas fases del Ciclo de un Proyecto de Inversión Pública. Todos los niveles de gobierno (nacional, regional y local), así como sus empresas y demás órganos pertenecientes o adscritos), sujetos a sus disposiciones están en la obligación de observar y cumplir las normas en el marco del SNIP. Estado Proyectos de Inversión Pública (PIP) ... a fin de garantizar la calidad del servicio y/o bien provisto Ciudadano FINALIDAD DEL Optimizar el uso de los recursos públicos destinados a inversión. Qué busca el SNIP : Eficiencia en la utilización de los recursos públicos destinados a inversión. Sostenibilidad en la cobertura y/o calidad de la provisión de los servicios y/o bienes públicos intervenidos con los PIPs. Mayor impacto socio-económico con sus intervenciones, es decir, un mayor bienestar para la población. Recuerde, ¡el SNIP no representa un procedimiento administrativo! RAZÓN DEL PROBLEMA  IDENTIFICA  FORMULA EVALÚA PIP SOLUCIÓN SNIP  RENTABILIDAD SOCIAL  SOSTENIBILIDAD  CONSISTENCIA CON POLÍTICAS Marco Normativo del SNIP Marco Normativo Actual  Ley Nº 27293, “Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública” y sus modificatorias, (Ley del SNIP).  Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 102-2007-EF y sus modificatorias, (Reglamento de la Ley del SNIP).  Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública “Directiva Nº 001-2011-EF/68.01” y demás normas que, al amparo de la Ley y su Reglamento, dictamine el MEF y/o la DGPI.  R.M. Nº 314-2007-EF/15 “Resolución Ministerial que autoriza delegaciones para declarar viabilidad de PIPs financiados, total o parcialmente, con endeudamiento interno”. Aplicación de las Normas del SNIP  Todas las entidades, empresas y órganos constituidos de tratamiento especial del Sector Público No Financiero sujetas a las disposiciones del SNIP están obligadas a observar y aplicar su normatividad.  Los PIPs formulados, financiados y/o ejecutados por terceros, con sus propios recursos, así como aquellos PIPs que los Gobiernos Locales no sujetos al SNIP prevean ejecutar y cuya operación y mantenimiento (O y M) estará a cargo de una Entidad pública sujeta al SNIP. En ambos casos, los estudios de pre-inversión correspondientes deberán ser formulados por éstas últimas y declarados viables por el órgano del SNIP que resulte competente.  A los PIPs de las instituciones perceptoras de Cooperación Técnica Internacional, cuando una Entidad pública sujeta al SNIP deba asumir los gastos de O y M.  A los PIPs de las mancomunidades municipales, cuando al menos uno (1) de los gobiernos locales (provinciales o distritales) que las integran está incorporado al SNIP. PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA Es una intervención limitada en el tiempo; Proyecto de Inversión Pública (PIP) Que utiliza, total o parcialmente, recursos públicos; Con el fin de crear, ampliar, mejorar y/o recuperar la capacidad generadora o proveedora de bienes y/o servicios públicos; y, Cuyos beneficios se generen durante su vida útil y sean independientes de los de otros PIPs. Un PIP debe constituir una solución integral a un problema específico prioritario vinculada a las finalidades, competencias y objetivos de una Entidad pública. Es importante destacar que, su ejecución puede hacerse en más de un ejercicio presupuestal, conforme al cronograma de ejecución previsto en los estudios de preinversión. OTROS CONCEPTOS Y DEFINICIONES EN EL MARCO DEL No constituye un PIP aquellas intervenciones que representen acciones de operación y mantenimiento, del mismo modo que aquellas acciones que impliquen reposiciones de activos que: ¿Qué no es un PIP? i) Se realicen en el marco de intervenciones programadas de un PIP declarado viable; ii) Se encuentren asociadas a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento de la Entidad; o, iii) No impliquen la ampliación de la capacidad generadora o proveedora de los bienes y/o servicios públicos. La reposición de activos es el reemplazo de un activo cuyo tiempo de operación ha superado su periodo de vida útil o ha sufrido daños por factores imprevisibles que afectan la continuidad de sus operaciones. OTRAS DEFINICIONES  PROGRAMA DE INVERSIÓN. Es un conjunto de PIPs y/o Conglomerados que se complementan entre sí y que tienen un objetivo común. Los GRs y GLs sólo pueden formular Programas de Inversión que se enmarquen en sus competencias.  CONGLOMERADO. Es un conjunto de PIPs de pequeña escala que comparten características similares en cuanto a diseño, tamaño y/o costo unitario y que corresponden a una misma función y programa, de acuerdo al Clasificador Funcional Programático. Sólo puede ser un componente de un Programa de Inversión. ESTRUCTURA DEL Gobierno Local Relación Institucional Gobierno Regional Sector Órgano Resolutivo Ministro Alcalde Relación Técnico - Funcional Oficina de Programación e Inversiones (OPI) Unidad(es) Formuladora(s) (UFs) Unidad(es) Ejecutora(s) (UEs) Relación Funcional y/o Institucional OPI GL sujeto SNIP Presidente MEF DGPI ESTRUCTURA DEL Mancomunidad Municipal Junta de Coordinación Interregional Órgano Resolutivo Gerente General y Presidente del Consejo Directivo Relación Técnico - Funcional Oficina de Programación e Inversiones (OPI) Unidad(es) Formuladora(s) (UFs) Unidad(es) Ejecutora(s) (UEs) Relación Funcional y/o Institucional OPI GL sujeto SNIP Presidente Colegiado Relación Institucional A partir del año 2010, también son integrantes del SNIP: MEF DGPI FASES DEL CICLO DEL PROYECTO * Idea Pre - Inversión Inversión Perfil Estudios Definitivos/ Expediente Técnico Prefactibilidad Factibilidad ** Post - Inversión Operación y Mantenimiento Evaluación Ex - post Fin Ejecución Retroalimentación * La idea surge de un problema prioritario que resolver (o una oportunidad que aprovechar). Una idea da origen a un PIP. * * La declaración de viabilidad es un requisito obligatorio para pasar de la fase de preinversión a la fase de inversión. Preinversión Esta fase comprende la elaboración del Perfil, que además incluye el análisis a nivel de un estudio de Prefactibilidad, y la elaboración del estudio de Factibilidad. Objetivo Niveles mínimos de Estudios Evaluar la conveniencia de realizar un Proyecto de Inversión Pública (PIP) en particular. socialmente rentable, sostenible y concordante con los lineamientos de política •Perfil Simplificado hasta S/.1’200,000 • Perfil de S/.1’200,000 hasta S/.10 millones. • Factibilidad mas de S/.10 millones. Inversión Una vez que un proyecto ha cumplido satisfactoriamente la fase de preinversión, y ha sido declarado viable por la OPI correspondiente, se encuentra habilitado para ingresar a la Fase de Inversión. Diseño: Se elabora el estudio de diseño (Estudio Definitivo o Expediente Técnico) del proyecto, incluyendo la planificación de la ejecución, el presupuesto, las metas físicas proyectadas, las especificaciones técnicas, el programa de conservación y reposición de equipos y los requerimientos estimados de personal para la operación y mantenimiento. Etapas Ejecución: Implementación de las actividades programas y desarrollo de la obra física. • licitación de los bienes, servicios u obras a adquirir e implementar. • Seguimiento y control de los contratos. • Revisión periódica de los avances de la ejecución del proyecto. El cierre de la ejecución del proyecto marca el fin de la Fase de Inversión. Postinversión Esta última fase se inicia cuando se ha cerrado la ejecución del proyecto y éste ha sido transferido a la Entidad responsable de su operación y mantenimiento. En esta fase, y durante todo su periodo de vida útil, se concreta la generación de beneficios del proyecto. Operación y mantenimiento Etapas Evaluación ex post • Se debe asegurar que el proyecto ha producido una mejora en la capacidad prestadora de bienes o servicios públicos de una Entidad. • Para ello, la Entidad responsable de su operación y mantenimiento, deberá priorizar la asignación de los recursos necesarios para dichas acciones. • Proceso que permite investigar en qué medida las metas alcanzadas por el proyecto se han traducido en los resultados esperados en correlato con lo previsto durante la fase de preinversión. Postinversión Evaluación ex post Ciclo de un PIP y el Procedimiento de Evaluación Evaluación Ex Ante Seguimiento y Evaluación Preinversión Inversión Evaluación Ex Post Postinversión Evaluación de Culminación (Periodo: Al finalizar la fase de inversión independientemente si se cuenta con liquidación o informe de cierre del PIP) Seguimiento Ex Post (Periodo: De 1 a 2 años después de terminada la ejecución del PIP, siendo recomendable que se haga 1 año después del inicio de la operación) Evaluación de Resultados (Periodo: De 3 a 5 años después de iniciada la operación del PIP) Estudio de Impacto (Se aplica a PIP de especial importancia con los que se espera efectos de sinergias a mediano y corto plazo) DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA DE INVERSIONES (DGPI)