Desde Ia Base Helitransportada De El Maillo

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L Junta cie Castilla y Leon PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS DM-5/1 3 Serviclo de lucha integral contra incendios forestales desde Ia base helitransportada de EL MAILLO (SALAMANCA) ANUALIDAD 2013 Junta de 1!) CasttIa y Leon INDICE: página 2 TITULO PRELIMINAR. objeto y alcance del pliego página 2 TITUL 0 Epocas de peligro. TITULO II Mano de obra: página 2 y 3 Capitulo 1. Condiciones generales del personal Capitulo 2 DocumentacOn a presentar por el contratista para el control del personal de página3y4 La cuadrilla elif. página 4 y 5 Capitulo 3 Experiencia exigible página 5 a 7 Capitulo 4’ Formación. pagina 7 y 8 Capitulo 5: Tipos de cuadrillas página 8 y 9 Capitulo 6 NOmero y composiciOn de las cuadnllas páginas 9 y 10 Capitulo 7 Horario de trabajo ...página iDyll Capitulo 8: Disponibilidad ..páginas 11 y 12 Capitulo 9: Calendario de trabajo página 12 y 13 TiTUl 0 Ill: Lugar de Trabajo. página 13 y 14 TITULO IV: PrevenciOn de Riesgos laborales páginas 14 a 21 Capitulo 1. Epis...... ..pãgina2l Capitulo 2 Condiciones para todos los integrantes de las cuadrillas pãgina2l Capitulo 3 Descansos Maquinaria: Materiales TITULO V y .pagina 21 y 22 Capitulo 1 Herramientas. pãgina 23 y 24 Capitulo 2 Material de comunicaciones .......página24 Capitulo 3. Material para Ia base pãgina24a25 Capitulo 4. Vehiculos pagina26 Capitulo 5. Maquinaria TITUL 0 VL Medios auxiliares pagina 26 y 27 Capitulo ünico..... TITULO VII EjecuciOn de los trabajos Capitulo 1 Condiciones Generales de F uncionamiento del operativo contra incendios pagina 27 a 30 CapItulo 2 Funcionamiento de las cuadnllas como cuadnllas de extinciOn paginas 30 a 37 helitransportadas (elif A> Capitulo 3 Funcionamiento de las cuadrillas como cuadnllas de prevenciOn pãginas 37 a 39 denominadas (elif B> 40 endi fo r tales paqina de ii ii 0 JIll Ab n de las n ra de t abal en tin ..... ... ..................... .......... . . Junta de W Castilla y Leon TITULO PRELIMINAR: OBJETO Y ALCANCE DEL PLIEGO: Cláusula 1. El objeto del presente pliego es regular las prestaciones y disposiciones exigidas a las cuadrillas que prestarán un servicio integral de prevenciOn y extinción de incendios forestales. Estas cuadrillas se deberán integrar en el Operativo contra lncendios Forestales de Castilla y Lean y en el marco conceptual de integración de las labores de prevención y extincOn Cláusula 2. El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares constituye el conjunto de instrucciones para el desarrollo de las prestaciones del servicio de referencia, buscando Ia maxima calidad, eficacia y seguridad de los trabajadores. y contiene las condiciones técnicas minimas referentes a mano de obra, materiales y maquinaria. TITULO I EPOCAS DE PELIGRO: Cláusula 3. Se denomina época de peligro alto de incendios para cada provincia el asi fijado por a AdministraciOn en aplicaciôn del INFOCAL, y abarcará siempre Ia época estival julio. agosto y septiembre y otros periodos en que las circunstancias aconsejen su declaración, Cláusula 4. Se denomina epoca de peligro medio de incendios para cada provincia el asi fijado por Ia AdministraciOn en aplicaciOn del INFOCAL Cláusula 5: El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de cada provincia. en funciOn de las condiciones de riesgo existentes, propondrá los periodos de época de peligro alto y medio de incendios, que serán finalmente establecidos por ResoluciOn del Director General del Medio Natural. TITULO II: MANO DE OBRA: CAPITULO 1: CONDICIONES GENERALES DEL PERSONAL: Cláusula 6 El servicto se realizara empleando el personal adecuado y suficiente para cada una de las operaciones recogidas en Ia propuesta Los trabajadores deberán ser mayores de edad de acuerdo con el art 6 del Estatuto de los Trabajadores con el art. 27 de Ia Ley de PrevenciOn de Riesgos Laborales y con el Decreto 26 de Julio de 1957 oor el nue Se establecen en Ci grupc ii industrias forestales os trabaos nroh’bdos a c .enores de edaj fi ei pa a aid hoe td onto a e àrlà apa da Je ma sobre ci personal a elios encargados asi como Ia orrecta disposicion para entender as instrucciones que se Ic indiquen y hacerias cumplir pot Ia cuadrilia En este sentido 1 sara ,cndic6n ndisrrrsab( qOE so 3 bahr s’rbi r O3Ste1!o) ki YUCO 3E cmnbar oc T’ oLo c atez todns eorntos ante a ‘e n’n Fa’ta r’ menconacv’s debr9n se EZI Junta de AL) Castilla y Leon Cláusula 8 Los peones deberán tener suficiente formaciOn, habilidad y destreza en Ia en Ia extinción de incendios forestales y en Ia realizaciOn de trabajos forestales preventivos, asi como en el manejo adecuado de las herramientas proptas de los trabajos asignados. Será condiciOn indispensable, por razones de seguridad y prevenciOn de riesgos laborales, que sepan hablar y entender el castellano, Cláusula 9 La cuadrilla es Ia unidad de trabajo operativa, se define cuadrilla completa a Ia compuesta: Las cuadrillas tipo ELIF-CAR Al de EL MAILLO estarãn compuestas S un técnico y 7 peones. La cuadrilla ELIF—CAR B de EL MAILLO para tratamientos selvicolas estará compuesta: S 4 peones y un capataz Cláusula 10. La cuadrilla deberá mantenerse siempre agrupada, trabajando en equipo y liderada por su técnico o capataz, todos los integrantes de Ia cuadrilla deberán seguir siempre las instrucciones del responsable de Ia misma (técnico o capataz) La cuadrilla no deberá desagregarse salvo indicaciOn contraria expresa del Director del servico o del Jefe/Director de extinciOn durante los trabajos de extinciOn de incendio Cláusula 11 El personal adscrito a las cuadrillas ELIF deberá ser contratado con carácter permanente por el Regimen General de Ia Seguridad Social Cláusula 12 El personal que compone las ELIF deberá ser personal fIsica y mentalmente apto para el desempeño de las labores de extinciOn Se exigirá que todo el personal haya pasado un reconocimiento medico y un certificado de aptitud para las labores encomendadas realizado por Ia mutua siguiendo los baremos y pruebas recomendadas por el Comité de Lucha contra Incendios Forestales Nacional (CLIF) Cláusula 13; El personal que Ia empresa adjudicataria contrate para Ia composiciOn de las cuadrillas de prevenciOn ELIF B (si es que dichas cuadrillas existen), dentro de lo posible deberá ser personal que haya formado parte durante Ia época de peligro alto de las ELIF A (de ese mismo expediente) de Ia base, al objeto de lograr Ia continuidad y mayor estabilidad laboral del personal contratado Con esta misma finalidad Ia administración intentaré que exista continuidad temporal entre las actividades de Extinciôn (ELIF A) y las de prevenclán (EL IF B) Siempre y cuando el riesgo de incendios Io permita kiusula 14 udridu ilyun de O5 utnui ntts dt kit LF r o t ado do irecto do e c o ea ct d 000UMENTAC P. RE EN A A 7 0 FL CONTROL OF IA CUADRILLA ELIF P isti e lid dttUu n c d€ N ST d no o ARA JáusuIa 1’5 El Contratista deberá elaborar y facilitar al Centro Provincial do Mando usC do as oar I ad ll n cand si mbre as nt grante do dnlstofod t a o t t b t tao Ei Junta cle Castilla y Leon Cláusula 16 La empresa deberá acreditar y aportar Ia documentación que a continuaciôn se relaciona para el control de los integrantes de Ia ELIF. Certificado o documento que acredite que los integrantes de las cuadrillas ELIF han resultado aptos en los reconocimientos medicos preceptivos. Certificado de aptitud para las labores de extinciOn de incendios forestales segün los baremos y pruebas recomendadas por el Comité de Lucha contra Incendios Forestales Nacional (CLIF). Titulos, contratos, y otros documentos que acrediten Ia experiencia y formaciOn de los trabajadores. Calendarios previstos de trabajo que garanticen & cumplimiento de los descansos establecidos en Ia normativa laboral vigente. Certificado emitido por a empresa adjudicataria en el que se refleje que los calendarios efectuados por el personal cumplen con Ia normativa aboral vigente. y que los trabajadores han sido contratados por el Regimen General de Ia Seguridad Social siendo los contratos acordes con Ia normativa aboral vigente. A estos efectos, y con Ia finalidad de comprobar estas condiciones Ia AdministraciOn podrá solicitar a Ia empresa adjudicataria los contratos de trabajo de cualquiera de los integrantes de Ia cuadrilla Certificados emitidos por Ia empresa en los que se acredite que cada uno de los trabajadores integrantes de las ELIF (especificando sus nombres y apellidos) han recibido Ia formaciOn necesaria en materia de prevención de riesgos laborales y en extinciOn de incendios forestales. - - Cláusula 17. El contratista deberá comunicar al Centro Provincial de Mando cualquier cambio que se produzca en los integrantes de Ia cuadrilla y aportar en el plazo de 48 horas toda Ia documentaciOn necesaria del nuevo integrante de Ia cuadrilla. CAPITULO 3: EXPERIENCIA EXIGIBLE DEL PERSONAL. Cláusula 18 condiciones El personal integrante de las ELIF deberé cumplir las siguientes Técnicos Deberán contar con a Tituiación de lngeniero de Montes o Ingeniero Técnico Forestal debiendo estar en posesiOn. al menos. del Diploma de un Curso Básico de Incendios Forestales o similar expedido por cualquiera de sus Colegios Profesionales o administraciones publicas Asi como formac’ion acreditada en pr meros auxilios .- R otar a E io ‘s os subjefes de F3riqada deberan inn s for F fl’fli19J H ‘‘r Hr . . eitranscortadas aa aJniia contar J (al menos uno de ellos) ‘omo mm mc a ‘. ain in. . :c m E1 Junta de W Castilla y Leon Afl Ad J Capataz El capataz deberá contar con experiencia de al menos dos campañas de actuaciOn en Ia extinción de incendios forestales como capataz. came de conducir y hablidad acreditada en Ia conducciOn de vehiculos todo-terreno. Asi como formaciOn acreditada en primeros auxilios. Peones especialistas Tendrán que tener experiencia y formación en trabajos forestales y. en especial. de extinciOn de incendios. CAPITULO 4: FORMACION: Cláusula 19. Con carácter previo a a prestaciOn de cometidos exigidos, a empresa adjudicataria será responsable de Ia buena formaciOn de su personal para el desempeño de las funciones propias de extinción de incendios forestales y formación en prevenciOn de riesgos laborales. Los cursos deberán ser fehacientemente certificados y homologados, y podrán ser supervIsados por Ia AdministraciOn contratante A tal fin. y de acuerdo con Ia necesidad de certificación y homologaciôn establecida, los cursos de formación especifica en extinciôn de incendios forestales deberán estar homologados por el Centro para Ia Defensa contra el Fuego (CDF) de Ia Junta de Castilla y LeOn. Cláusula 20 De acuerdo con lo establecido en Ia ley 54/2003, de 12 de diciembre, de Reforma del Marco Normativo de Ia PrevenciOn de Riesgos Laborales, el Contratista deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teOrica y práctica, suficiente y adecuada, en materia de prevenciOn de riesgos laborales, tanto en el momento de su contrataciOn, cualquiera que sea Ia modalidad o duraciOn de ésta como cuando se produzcan cambios en las funcrones que desempeñen los trabajadores o se introduzcan nuevas tecnologias o cambios en los equipos de trabajo Asi mismo Ia formación deberá estar centrada especificamente en el puesto de trabajo o funcrôn de cada trabajador adaptarse a Ia evoluciOn de los riesgos y a Ia aparicron de otros nuevos, y repetirse penodicamente si fuera necesarro La empresa deberd nforma y IauiIa a pueder sdr cxpuestns a use a s a t as p oteotaras sr ads ada cocse ae atcas ds c teccic s m - abajadores sobre os us orocredades a e FP ent r’a a marterer a ten’rn -‘ z2 E contrabsta deberd apcrtar a a acmnrstrafor conratanTe a cual!ficacibn y forrnación especifica en extrncion dc ncendios forestales y prevencron. de riesgos aborales de cada miembro de Ia cuadrilla auaunr mIan -dc ic .csp r.c .rc u c.adr1u rtur:arr 5flCI .r a*. L’ reOusco acjecuuii frcacr cur uan o ss da (trc pur ia, ara a Da-u M’ Natc’ar a ‘s bC ‘‘ • c5s. • 4’14 . 4t 55 Fd P3 41P Junta de W Castilla y LeOn Defensa contra el Fuego (CDF) corno el Curso do capacitaciOn pain peones y capataces do cuadrillas de tier, a y helitransportadas en incendios forestales (CUA Of El curso tendrá una vigencia de 5 años y una duraciOn minima de 14 horas, dtvidiéndose en dos mOdulos uno teOrico y otro práctico Entre los conocimientos, tanto teóricos como prácticos sobre diversos contenidos esenciales se deberán incluir, al menos. los siguientes: • • • • • • • • • • • Terminologia básica y funcionamiento del dispositivo de prevenciOn y extinción de incendios forestales de Ia Comunidad de Castilla y Leon. incidiendo principatmente en Ia provincia en a que están trabajando Las condiciones meteorolOgicas que incrementan el riesgo en Ia extinciOn de incendios forestales. Los tipos genéricos de combustible, sus formas seguras de combate, las herramientas que se deben emplear y as partes del incendio Conocimiento de las palabras que definen el comportamiento del fuego y sus factores (estado y tipo de vegetaciOn, orografia y condiciones atmosféricas). Normas y protocolos de seguridad. Técnicas de extinciOn y trabajos de hquidaciOn Disciplina en las comunicaciones. Primeros auxilios Seguridad vial Protocolos de embarque y desembarque en helicOpteros Protocolo OCEL Los responsables de las ELIF tanto técnicos como capataces deberán tener a adquinr los cursos de formaciOn adecuados en concreto el “curso de coordinaciOn para técnicos y capataces helitransportados” (RELmon 1) con una duraciOn de 14 horas, cumpliendo los requisitos establecidos por el Servicio de Defensa del Medio Natural a través del ODE La AdministraciOn realizará varias ediciones de este curso at año para que todos los responsables de las cuadrillas cumplan con los requisitos formativos Cláusula 24 En estos cursos se logrará que cada componente de Ia cuadrilla: • Esté capacitado para realizar con efcacia el trabajo que se Ic pide y sepa valorar en todo momento los posibles riesgos • Conozea cuál es su tarea asignada y Ia del resto de componentes, tanto en labores de incendios como en los tratarnientos selvicolas preventivos • Sepa los conocimientos y Ia forma de aphcar as técnicns do combate pain trabajar an equpo do una orrna coordinada segura y ef’az Sea e ‘do p iona a jal ad Ins e e or md p eH7 a a no Ic o crnoo erts cc a cuad a cc jrn e ete e in sta I frrnaco scm deciarano no apto para ‘Os trabaios do exPncion considerandose ouadrIa incompieta o noperatwa segdn el nUmero de trabajadores que no lo cumplan. a efectos de in apIicacon del Regimen Esøecal do Penalidades del Phego do 0 A stat ‘ Dartic SC c a a o d or”o A faha n 4A “1 Jp.aoI ci h a ee”o . ‘p i1 53 ‘ . “c’3 1O 0 . Junta cie Castilia y Leon Las prácticas consistirán en ci manejo tanto de herramientas manuales coma de herramientas rnecánicas. motosierra y motodesbrozadora en acciones de apertura de linea de defensa y otras técnicas básicas de ataque o defensa, asi coma Ia práctica de tendidos de mangueras. Estas prácticas y entrenamientos que tienen por objeto mejorar Ia forma fisica de los integrantes de las cuadrillas, asI coma prevenir las posibles lesiones derivadas del esfuerzo fisico, deberán realizarse a diana durante ci tiempa de permanencia de Ia ELIF en Ia base siempre que Ia extinción de incendios Ia permita y deberán realizarse baja Ia supervisiOn y direcciOn del técnica a capataz de Ia cuadnilla. Cláusula 26: La AdministraciOn. con ci fin de complementar Ia formaciOn de las cuadrillas o en el caso que se detecten graves carencias formativas. podrá impartir las jornadas de formaciOn teOricas a prácticas que estime necesanias. A los cursos impartidos par Ia administraciOn deberán acudir todos los ntegrantes de las distintas cuadrillas, incluidos los que están de descanso, Ia no asistencia de algUn integrante de Ia cuadnilla a las jornadas de formaciOn dará lugar a Pa aplicaciOn de las sanciones correspondientes La Administraciôn podrá impartir los cursos de forma gratuita. a a costa de Ia empresa, no teniendo Ia empresa adjudicatania derecho a retnibuciOn par las horas que Ia AdministraciOn invierta en mejorar Ia formaciOn de las trabajadores de Ia empresa El técnico de Ia Cuadrilla helitransportada deberá tener un curso especialista en técnico de brigada helitransportada, además tendrã Ia obligaciOn de acudir al curso especializado organizado por a AdministraciOn, antes de Ia Epoca de Peligro Alto CAPITULO 5: TIPOS DE CUADRILLAS: Cláusula 27: Las cuadrillas especialistas en lucha integral helitransportadas contra las incendios forestales (ELIF), atendiendo a su actividad principal y a composiciOn pueden clasificarse en los siguientes tipos y subtipas Tipo ELIF-CAR-Al EL MAILLO: (HelicOpteras tipa BELL 212) A ACTIVIDAD PRINCIPAL EXTINCION B PRE’JENCION TIPO SUBTIPO Al aar1a aestnada tunddrn t I ert 7 peanes especializadas. OFFIOAL PEON ESPECIALIZADO PEG1MEN GFNER’f CATEGOPi’ rLJ ‘.JkV J COMPOSICIóN 1 TECNICO + 7 PEON ES I CAPATAZ + 4 PEONES Junta de W Castilla y LeOn Composición de Ia cuadrilla ELIF-CAR - B: Cuadrilla destinada fundamentalmente a Ia prevención está constituida por un capataz y 4 peones especiahzados. [CATEGORIA PROFESIONAL PEON ESPECIALIZADO REGIMEN GENERAL CAPATAZ N° PERSONAS 4 1 CAPITULO 6: NUMERO Y COMPOSICION DE LAS CUADRILLAS: Cláusula 28: La cuadrilla a contratar será una cuadrilla tipo ELIF CAR Al. esto significa que cada turno contará con un nümero de componentes. segün lo descrito en el artIculo anterior; un técnico y siete peones en as CAR Al, y un capataz y cuatro peones en las CAR B segün el subtipo que corresponda. Cláusula 29. Las cuadrillas ELIF deberán estar siempre completas. La no incorporaciOn de un trabajador o más, merma su operatividad y eficacia en los trabajos de extinciOn, por tanto, dará Iugar a a aplicaciOn de Ia penalidad correspondiente a cada caso. Se entenderá que Ia cuadnlla no está operativa para las tareas de extinción de incendios forestales cuando se produzca: a) Ia no incorporaciOn del Responsable de a cuadrilla (técnico o capataz) b) falta de más de dos peones en las ELIF CAR Al y de más de uno en las FLIF CARB Dando origen a Ia penalidad correspondiente 61 ELIF CAR A (Extinción) Clausula 30: Las ELIF CAR A son cuadrillas desbnadas fundarnentaimente a exti noOn a -Temøo ELIF CAR Al a dos turnos aenermente cooca do oeiioro afto, e Lersondi nnmc a ontrarar nor base sore bros oeones ospeazados rar sabeoer.d ru’-os do so aa oc ELiH C,P c r ,n aana ‘oircie s..a’cc eobn estaoiezca a 3 normdt,5 ann. : core fl OiencL. nt Tempo EIJF CAR Al a un turno gnrairnenre epoca do pehgn ait medio) ci personal a contratar será ci suficente para dsponer do una cuadrifla de 7 peones y un tecnco do lunes a dornngo cumpliendo a rmatva abor tge to Junta cle LJ Castilla y Leon Cláusula 31: Cuadrilla destinada fundamentalmente a Ia prevenciOn. realizado trabajos de poda desbroce. repaso de cortafuegos, quemas controladas, quemas de restos. trabajos de mejora y acondicionamiento de infraestructuras, nformación y disuasiOn y otras actividades destinadas a prevenir los incendios forestales. Estará operativa fundamentalmente durante época de peligro bajo o medio, Cláusula 32: Con carácter general se dispondrá de un turno de trabajo, desarrollándose las jornadas de trabajo de lunes a viernes. Declarada época de peligro medio o si Ia situaciOn de riesgo puntual asi lo requiere a juicio del director del servicio Ia cuadrilla trabajará de lunes a Domingo (con un plazo de movilización de 48 horas) Cláusula 33: el personal suficiente para disponer de una cuadrilla compuesta p01: 4 peones y un capataz para las ELIF-CAR-B Cinco dias a Ia semana con fechas variables en funciOn de las condiciones de riesgo existente y siempre aplicando Ia normativa laboral vigente CAPITULO 7.- HORA RIO DE TRABAJO 71 -ELIF A (ExtinciOn) Cláusula 34. El horario de apertura de Ia base y por tanto de incorporaciOn de Ia cuadrilla en época de peligro alto será eI que determine Ia AdministraciOn, correspondiéndole a Ia cuadrilla de Ia mañana (si existe doble turno) Ia apertura de Ia base. Esta cuadrilla permanecerá 8 horas en Ia base El horano de Ia cuadrilla de Ia tarde (si existe doble turno) se establecerá en funciOn de Ia hora de cierre de Ia base que será variable segün se vaya adelantando Ia hora de ocaso aeronáutico. El tiempo de trabajo será igualmente de ocho horas y por tanto existirá un tiempo de solape de las dos cuadrillas en las horas centrales del dia que será más amplio a medida que se van haciendo más cortos los dIas. Cláusula 35. Excepcionalmente Ia direcciOn del Servicio podrá por circunstancias sobrevenidas variar el horario de trabajo de las cuadrillas Dichas modificaciones se pondrán en conocimiento del responsable de Ia cuadrilla AsI mismo el Jefe de Jornada de Centro provincial de Mando podrá variar Ia hora de incorporaciOn de las cuadrillas si Ia asistencia a incendios Ic justifica liusi b 36 F horaric de trabajo siempre pt i umplimiento do ic estabiecido n todo a o r n ot estara supeditado v so tonal vigente 7,2. ELIF B çprevenc.ión) Causula 37 El horano de trabajo nora d entraja sada send ci que deteirmne a Admn,straciOn. en función de a epoca del año y en base a las condiciones de peligro existertes v de los trabaos a realizar (l’iul 03 1cc ucnnhias c— .sr1rstracf7’ durantc : ch’ rr.ritenncr or rras rare i s a 3 l’cic O jetermnc 0arijo r,om.ci Junta de W Castilla y Leon Cláusula 39. Los horarios de trabajo previstos para a cuadrilla podrán ser modificados a criterio de a direcciOn de obra por circunstancias sobrevenidas. Dichas modificaciones se pondrán en conocimiento del responsable de Ia cuadrilla, Cláusula 40: Los trabajadores que, una vez presentados en el lugar de trabajo, no pudieran prestar servicio por Ia severidad de as circunstancias climatolOgicas, podrán suspender os trabajos y retirarse de los tajos establecidos con a autorizaciOn del Director del servicio. teniendo el contratista derecho al abono de Ia mitad de Ia unidad de obra establecida si Ia suspension del trabajo se produjera antes de su iniciaciOn o durante el transcurso de las dos primeras horas, y a Ia unidad de obra establecida para ese dia Si el tiempo de trabajo hubiera superado las dos horas. En este ültimo supuesto, el contratista deberá recuperar las horas no trabajadas, hasta un máximo de 4 horas perdidas porjornada, en dias sucesivos, previa comunicaciOn. Cláusula 41 Cuando Ia especial severidad de las circunstancias climatolOgicas permitan prever que no va a poderse prestar servicio durante varias jornadas, los trabajos podrán ser suspendidos por Ia direcciOn del servicio hasta que cesen las circunstancias meteorolOgicas adversas. estando de acuerdo el contratista, comunicándose esta circunstancia a Ia Administración Laboral a los efectos oportunos, La suspensiOn del contrato finalizará cuando asi lo comunique Is administraciOn a Ia empresa, una vez hayan cesado las circunstancias meteorolOgicas adversas, comunicándolo asimismo a Ia AdministraciOn Laboral Cláusula 42. El horario de trabajo, siempre y en todo caso, estará supeditado y se adaptará al cumplimiento de lo establecido por Ia normativa sectorial vigente CAPITULO 8 D1SPONIBILIDAD, Cláusula 43. Dentro del plazo de ejecuciOn del servicio Ia disponibilidad se extenderá a los periodos durante los que las cuadrillas estén constituidas para extinciOn (ELIF A) 0 prevenciOn (ELIF B). Dentro de estos periodos abarca todos los dias de Ia semana incluidos festivos, sábados y domingos, dentro y fuera del horario establecido. Cláusula 44 Durante el periodo que duren los trabajos, el técnico o capataz responsable de Ia cuadrilla ELIF deberá estar permanentemente localizable por teléfono o emisora incluso los fines de semana y fuera del horario de trabajo establecido Cláusula 45 La empresa deberá tener establecida una cadena de aviso entre os diferentes miembros de a ELIF que deberã ser cornunicada a a Admnistracion con a Scha de cornponents caiendario de cada uadnl a 1 L ate ecibi a a d a’ a par a e Sc rlce dv tod ci pers na 1 debe a ingr ai heii Otero sq erdo a protocoo estabiecido a efecto y efectuar e embarque en an tlemo maxima cc 5 mmutos d ... Cláusuia 47 Durante el resto de los periodos de trabajo cuando a cuadrilfa s dr’ n se cc Ia parr aroLpr n Ia ‘Y ma ne da d a Ia abse a d d e p nd cc er dir Cl L p Cc a en I a cai,rh -3 taJo ‘n c i’h I a sr E as 5ntr fu H o 5 cc’. - ‘ 14 . 4 54 •‘I-’ni e fri iS: iS 52 3 Ei1 Junta de CastilIa y Leon Cláusula 48 En caso de aviso para Ia participaciOn en Ia extinción de incendios fuera del horario de trabajo, el responsable de Ia ELIF, deberá localizar a los integrantes de Ia cuadrilla y dar las instrucciones oportunas para constituir Ia misma, La cuadrilla en plazo inferior a 2 horas en época de peligro bajo o media hora en época de peligro medio o alto deberá estar constituida en el punto de encuentro (entendiéndose como tal, o bien Ia base o el lugar situado dentro de comarca forestal donde se encuentran las zonas de trabajo. donde habitualmente se agrupa Ia cuadrilla para dirigirse al tajo). Una vez en el punto de encuentro Ia cuadrilla deberá comunicar al centro provincial de mando su salida hacia el incendio y el nümero de corn ponentes de Ia misma. Superado dichos tiempos se podrá considerar Ia cuadrilla como no operativa con su consiguiente penalizaciôn. CAPITULO 9- CALENDARIO DE TRABAJO. Cláusula 49: Durante todo el tiempo de ejecución del servicio de prevención Ia cuadrilla deberá estar plenamente disponible para incendios. Cláusula 50. El calendario de trabajo previsto será el incluido en Ia propuesta: Anualidad 2013 Se prevé una duraciOn total de Ia propuesta de 11 meses distribuido de Ia siguiente manera: RESUMEN DEL PROGRAMA DE TRABAJO: - ELIF-CAR Al fexti nción) SALAMANCAEL MAILLO 2 TURNOSI 1 TURNO 1 mes 3 meses j 214 dias en carnpaña ELIF-CARA2 (exti nción) 1 TURNO I2TURNOS EL MAILLO EN I CRONOGRAMA DEL SERVICIO 2013 FEB MAR ABR MAYI JUN JUL AGO SEP OCTTNOV DIG 1 I [ ‘T DIfDT DIIDT DT[OT T I [s w cc do F HF A a doble turno nas 1 m. do FL IF A dc sm a FL I 3 un rn , HZ un uno en reEHA nnod€e las fechas de realizaciOn de Vs trabajos Lucre de Ia campaña de pegro alt do ncndios fore tales so aj starar poT l Director del 5cr iclo ELIF-CAR B j (prevención) 1 TURNO 3 meses 63diasconcapataz Junta de IJ Castifla y LeOn 91. Calendarlo de trabajo ELIF A (Extirición): Cláusula 51 La Administración comunicará a Ia empresa Ia previsiOn de distribuciOn de las épocas de ELIF A. a dos turnos en funciOn del riesgo de incendios durante el periodo de ejecución del servicio No obstante. si se producen circunstancias de riesgo fuera de las épocas previstas inicialmente a circunstancias que hagan prever otra organizaciOn. Ia administraciOn podrá variar está planificaciOn inicial. siempre poniéndolo en conocimiento previamente al responsable de Ia empresa. Cláusula 52. En Ia época del 15 de julio al 15 de septiembre Ia ELIF deberá estar a dos turnos. esto significa que se dispondrá de tres cuadrillas: una de mañana, una de tarde y otra de descanso. El resto de a época de peligro alto y en época de peligro medio, el director del Servicio determinará el funcionamiento de las cuadrillas. Cláusula 53: Todos los integrantes de Ia cuadrilla deberán realizar los descansos establecidos en Ia legislaciôn laboral. A estos efectos Ia empresa deberá contar con personal suficiente para no sobrepasar las jornadas máximas establecidas en Ia normativa. 92. Calendario de trabajo ELIF B (Prevención): Cláusula 54. La AdministraciOn comunicará a Ia empresa Ia previsiOn de distribuciOn de las épocas de ELIF B, en funciOn del riesgo de incendios y de los trabajos a realizar durante el periodo de ejecuciOn del servicio, intentando que servicio se desarrolle lo más continuadamente posible. No obstante, si se producen circunstancias de riesgo fuera de las épocas previstas inicialmente, Ia administraciOn podrá variar está planificaciOn inicial. siempre poniéndolo en conocimiento con 48 horas de antelaciOn. aI responsable de Ia empresa. Cláusula 53. Los periodos de servicio de Ia ELIF B deberán ser continuados. Cada vez que se inicie el periodo de activaciOn de Ia cuadrilla, este deberá tener una duraciOn minima de media mes. exceptuando lo expresado en las cláusulas 40 y 41 Cláusula 54. El personal de Ia cuadrilla ELIF B en epoca de peligro bajo trabajara cinco dias a Ia semana y descansará dos: En epoca de peligro alto, medio o circunstancias de riesgo extraordinano a a criterio del director del servicio el descanso semanal se adecuará a las necesidades del trabajo, establecténdose turnos rotatvos para su disfrute y pudiendo acumularse por penodos de hasta catorce dIas (10 dias de trabao continuado y 4 de descanso CI u I o o os tegrante a k sIacio d pr oerc a a at uairih a i sfo efct arrada e , Io e iohcc cc sahec das i TITULO ill: LUGAR DE TRABAJO, Cus”a .A Dure a! pccdn de ELIF A as aadr!as s antendr e’ a Las-a uaar ue daerrrnc a Adnstacian ‘i;rant as acka ‘ç de aaa;c Orma: .-: 4 4 ec ti 1 4 Junta de W Casfllla y Leon Cláusula 57. Durante Ia época de peligro de incendios (periodo ELIF A> Cualquier actividad distinta a Ia asistencia a incendios que suponga Ia salida de Ia base deberá ser autorizada previamente por el Jefe de Servicio Territorial de Medio Ambiente de Ia provincia quién se lo comunicará al Jefe de Jornada del Centro provincial de mando. Cláusula 58. Para el desarrollo de los trabajos de prevenciOn ( ELIF B) el director del servicio determinará los trabajos previstos y el orden en que deben realizarse los mismos teniendo en cuenta Ia operatividad necesaria para atender los incendios forestales segün Ia época y el lugar. Cláusula 59. En funciôn del riesgo de incendios o de otras consideraciones, Ia Administración podrá modificar el orden de realizaciOn de los trabajos que estén pendientes. Cláusula 60 La cuadrilla, en su horario de trabajo, no podrá variar Ia zona de trabajo asignada en cada fecha sin el consentimiento expreso del Centro Provincial de Mando o al menos del Agente Medioambiental correspondiente, y siempre autorizado por Ia DirecciOn del servicio. TITULO IV: PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Cláusula 61. En todo lo referente a Ia Seguridad y Salud se estará a lo establecido en Ia normativa vigente en prevenciOn de riesgos laborales Cláusula 62, lgualmente. cuando a juicio del Director del servicio un trabajador incumpla las condiciones minimas exigibles en cuanto a seguridad y salud, sin perjuicio de aquellas recogidas en convenios u otras estipulaciones de carácter general, lo pondrá en conocimiento del Contratista para que lleve a cabo las medidas oportunas segün Ia normativa en materia de Trabajo. Cláusula 63 El Contratista deberá suministrar a todos los trabajadores, desde el primer dIa, el equipo de protección individual (EPI) adecuado para a realizaciOn de las distintas labores. El Director del servicio podrá solicitar Ia renovaciOn inmediata de cualquiera de los elementos del EPI cuando detecte que por deterioro o por sus caracterIsticas no cumple con las solicitaciones exigidas del riesgo a proteger Los equipos de protecciOn individual deberán estar homologados y contar con Ia certificaciOn correspondiente acreditada por el fabncante Cláusula 64 Respecto de a señalización de los trabajos. se estarà. con carácter general a a regulado en eI Real Decreto 485/1997 de 14 de abril sabre disposicrones 1 trabajo mInrmas n matena de señalrzacion de segundad v salud en e aticuIarmente en on arn.. lOS Cfl los que dlnno Reni eoeto estabioc los cotenos oaa a emplen -ic sed!znc!or ‘rt u 3 cuardo c roras de anfest a necesvad de trabaadcrs amar a atencun ie riesgos prohibiciones a obligaciones. a e:stenoa ne det,r’ado: Alertar a los trabajadores cuando se produzca ma determinada situacron de 0 evacua ‘dan urgente a t cieucna e to kst one za’-v a a c e o a qen a PP I GI Junta de W CastiIIa y Leon F M Orientar o guiar a pel ig rosas. los trabajadores que realicen determinadas maniobras Cláusula 65. En el ámbito de Ia extinción de incendios forestales Ia prevención de riesgos laborales deberá ir siempre ligada a Ia observancia de los siguientes factores ElecciOn del método correcto de trabajo (protecciOn colectiva). AutoprotecciOn, como las medidas que se deben tomar al actuar en un incendio forestal para evitar incurrir en situaciones de peligro. (Cumplir normas de seguridad. protocolo OCEL y conocer el riesgo). - - Control y gestiOn del esfuerzo realizado y planificaciOn de relevos Avituallamiento e hidrataciOn correcta. DotaciOn de EPIS adecuados al entorno de trabajo (protecciOn individual) Selección (certificado de aptitud médica obligatorio), entrenamiento y formación homologada. Mantenimiento adecuado de los equipos de trabajo CAPITULO I EPIS: Cláusula 66 Todos y cada uno de los integrantes de una cuadrilla deberán disponer desde el primer dia de un Equipo de Protección Individual frente a Incendios Forestales (EPI) y un Equipo de ProtecciOn Individual para realizar los trabajos de preventivos. Si se produce deterioro o extravio de cualquier componente del equipo de protección individual deberá ser repuesto por Ia empresa adjudicataria inmediatamente. Cláusula 67. El Jefe de ExtinciOn podrá impedir que una cuadrilla trabaje en un incendio cuando los EPIS sean incompletos o inadecuados. La empresa en este caso será penalizada por mal funcionamiento. Cláusula 68. Los equipos de protección individual deberán estar homologados y contar con Ia certificación aportada por el fabricante que será entregada al Director del servicto Cada EPI de extinciOn de incendios estará compuesto como minimo de • Un mono a buzo, con categoria II con marcado CE para proteccion al fueqo a las tareas de extincon de incendios forestales qua umpla como rilnim las mas p ientes JNE EN 340.2004 F ccci n Rsqu NE EN ISO 11612.2010 pa ic r.1teccion R 4 A j s lame Inflam Ivac 1 A cc a. calur adiante C, Dea se esstente Ci nalor a , r e,. Taas pr eccn cort d... ceo ccneti’c B JPC tmOerature cc 2CC O( UNE-EN 15614:2007: Ropa de protecciOn para bomberos Métodos de ensayo de laboratorlo v requisites de orestacones care roca forestal UNE-EN 134022002: DesanacOn ‘Ic talUs pare te dos 1 Nrma cocona; Er ci casc cc mclr ocn a iorma UNEEN 4712O04 0 rC ie seraizd. on ‘Ic sci’1ad oae .sc orofascnai el jao d; Thaieco fjg. ne era vcr lea nica’’r r (o.-c n’ axPO 41 Junta de LJ Castilla y Leon r M A aparecer con el siguiente marcado clase de prenda-1. clase de material retrorreflectante o combinado2. El tejido en que estará fabricado el buzo deberá presentar las siguientes caracteristicas: Peso del tejido. entre 200 gIm2 y 300 g/m. Composición: se adrnitirá cualquier composiciOn que cumpla con los parámetros minimos de ensayo que a continuaciOn se fijen y sean siempre tejidos ignIfugos (tipo aramidas, meta-aramidas. para aramidas. ..). no admitiéndose ningun tejido o componente ignifuqado (tipo proban, o similar), ni modacrilicos. Igualmente. deberá satisfacer los siguientes requisitos: Distintivo de categoria (PeOn o Capataz), preferentemente en el delantero izquierdo, a Ia altura del pecho. Color amarillo en mangas y canesü Color verde forestal resto del buzo. El nombre de a empresa adjudicataria sOlo podrá figurar serigrafiado en el bolsillo derecho del buzo de intervenciOn, y su tamaño no podrá ser superior a 5 x 8 cm El escudo y el nombre de Ia Junta de Castilla y Leon, segün imagen adjunta, aparecerá serigrafiado en el bolsillo izquierdo del buzo de intervención con las dimensiones siguientes 5 x 8 cm. Junta de CastilIa y LeOn En Ia espalda del buzo deberá Ilevar el siguiente texto “JUNTA DE CASTILLA Y LEON’. en letras mayusculas con un tamaño de de alto, situado a Ia altura de los omOplatos. segün Ia imagen adjunta 3UNTA DE CASTILLA Y LEON 00 ama I con re c€. e da envoIventes rsfiectante aDroximada’rt de cVcunferenc’a o p a NE 1 a et’c a1rarn. C:ase 2 c nen 12 201s Roa e r:otecc-c. con5a cavc- , a ac-a a ilarra Ai calo’ convecnvo B-I y oaor radanre C-1 Categoria Ii de proteccion segun RD 1407/92 fiuorescente on dos igo o slctema sc-Jar ntmas s1hes do cads EN 4’ 1 “ JNE EN ISO cropaeac’on imtado j EN 343 EN i’40/ El nombre de a empresa adjudicatana sOio oodrd figurar sengrafado en el coso cerecco CCI cna’eco anifugc. i su tarnañc no podra sd Superor 5 S - j.:j :iO 1 t sss$’ Junta cle Castilla y Leon “Li El escudo y el nombre de Ia Junta de Castilla y Leon. segOn imagen adjunta. aparecerá serigraftado en el bolsillo zquierdo del chaleco de alta visibilidad con las dimensiones siguientes 5 x 8 cm — Junta de Castilla y LeOn En Ia espalda del chaleco deberá llevar el siguiente texto “JUNTA DE CASTILLA Y LEON’ en letras mayusculas con un tarnaño de de alto, situado a Ia altura de los omOplatos. segOn Ia imagen adjunta. - JUNTA DE CASTILLA Y LEON • Un par de botas confeccionadas en cuero, con categoria II de protecciOn, con cordones ignifugos, suela con resaltes y sin tope de seguridad, que cumpla las siguientes normas: - UNE- EN ISO 20344:2005, sobre “Métodos de ensayo para calzado”. UNE- EN ISO 20347, sobre Calzado de trabajo para uso profesional. Especificaciones complementarias: HI. Cl. HRO, FO, E y WRU. Además deberán poseer el marcado CE tal y como recoge lo dispuesto en el R D. 1407/1 992 • - Casco de sequridad, con categoria II de protecciOn, en color amarillo, con antisudatorio frontal, barbuquejo y cogotera ignifuga. Deberá cumplir Ia norma UNE-EN- 397 1995 los siguientes requisitos No estará caducado, Ser resistente a Ia llama No ser metálico. ni conductor de a electricidad Si es de material plástico tendrá al menos 2 mm de grosor Resistencia a Ia perforaciOn Resistencia a muy altas temperaturas +150°C) Absorc;On do rnpactos. Peso nfe- a 800 r venhrb son Cdda so e”qac d’stint os corn on Fst i 0 isqi t p ‘ q opia’ a a e is able be manera quo cieje ma separa.ion ac 40 a 0 mn n re t “I armazOn Debera ser flexible y no irritar ni esionar a usuarlo a ;ogo’a . rateg n prncon o ‘r..a’ “ciba gnfuqc. as Jo’ n””es ace’”AaOarlontc rni , o’o’:Hs to’ a N ‘“414. 0001 ro’ c “c 14 4. “4 as /“ ; 4 aeb-r rnr. 4 a d- mor a porte supe esti 0.4 as ria JN” 1!31’4 :1 ONE n050sdras aara N a ‘oacOcs gm4ga srar dS o” o’ c c Jeso’ ,ho’oo 3”( r 10 4 , frocta Junta tie W Castilla y Leon Gafas de protección ocular, deberán tener categoria II de protecciOn y cumplir las normas UNE-EN-166:2002 y UNE-EN-1702003 Serán del tipo gafas de montura integral. El visor será de policarbonato, panoramico. En caso de tratarse de gafas que cierren de manera estanca Ia region orbital deberán contar con un tratamiento antiempañamiento y contar con protecciOn frente a gases y particulas de polvo finas, es decir deberán contar con las siguientes marcas de protección: montura: 3,4.59.B: ocular: 1.B.9,K.N. Si por el contrario no se trata de gafas estancas las marcas de protecciOn a exigir serán las siguientes: montura: 3,4,9B: ocular: 1B,9,K. • Mascarilla autofiltrante: Deberá tener categoria Ill de proteccion y cumplir Ia UNE-EN 149:2001+A1:2010. Debe cubrir Ia nariz. boca y mentOn. De clase FFP-2. Debe tener un buen ajuste facial proporcionado por dos bandas de ajuste y por el clip y Ia almohadilla nasal. No deberá estar caducada. • Tapones protectores auditivos.- Deberá tratarse de tapones cOnicos, fabricados en material flexible unidos mediante un cordOn, Cumplirán Ia norma EN-352-2. No serán de un solo uso. • Cantimplora de un litro de capacidad, realizada en aluminio, forrada con material resistente a Ia llama de color verde forestal y mosquetOn de enganche • Guantes de cuero, que cubrirá al menos un tercio del antebrazo, en color amarillo, con categoria Il de protecciOn y debiendo cumplir las normas siguientes: - UNE-EN-388: Riesgos mecánicos. Resistencia a Ia abrasiOn. Nivel 2-4 Resistencia al corte. Nivel 1 Resistencia al desgarro. Nivel 2-4 Resistencia a Ia penetraciOn. Nivel 2-4 UNE-EN-407: Riesgos térmico en el calor y en el fuego. Corn portamiento a Ia llama (lnflamaciOn). Nivel 2-4 Calor de contacto. Nivel 1 Calor convectivo. Nivel 1-3 Calor radiante. Nivel 1-2 UNE-EN-420: Requisitos generales para los guantes - - - • matenal resistente a Ia llama en color verde forestal o similar El cinturOn presentará multiples perforaciones para soportar una resistencia a Ia tracciOn suficiente que permita soportar un peso minimo de 100 kg no prsntarar inoxidables Los ojetes iran remahados serán metálicos uude, utaittS rH puLuurdn tnteS ‘icr catego” a cc 6 v on e SO 340 Er arraric Deb€ y CR50 U’E-EN 113 EN JNF’ ‘i sguere anrauarTeate las ames’es 0 .e ngfcd o 2 ancr.c diámetro OH zeido sera eiastco ceriado romaro. no cihndro co c’osLra de uniOn remallada con puntada de seguridad Buff nor • urns eds oo’ inimo Frontal con Iuz. i:ntena do :a oesonru cue osea Carda pr ermet’ai’ austabe a formadc eiásvno na ete Jctada de an a nes rr o v ,asc H uer’c is a ms’”a lebera se’ ssise” a is t’-’’’ Junta de Castifla y Leon 1’ Equipo de ProteccsOn Individual para trabajos selvIcolas en los que se utiliza motosierra y desbrozadora: - Mono de trabajo de algodOn, con bolsillos y cierre de cremalleras. que deberá satisfacer los siguientes requisitos: • Distintivo de categoria (PeOn I Técnico ó Capataz). preferentemente en el delantero izquierdo, a Ia altura del pecho • Podrá figurar el nombre de Ia empresa adjudicataria impreso en ci mono en dimensiOn menor a! do Ia Junta do Castilla y LeOn, • Figurará en a parte superior del pecho en Ia zona delantera izquierda, serigrafiado el escudo de Ia Junta de Castilla y LeOn y debajo del mismo el siguiente texto. Junta de Castilla y leOn” con el siguiente tamaño 8 cm de largo x 5 cm de ancho: 4 , W,g Junta de Castilla y LeOn Y en Ia parte de Ia espalda del mono deberá Ilevar el siguiente texto Junta de Castilla y LeOn” con un tamaño de 25 cm de ancho por 8.5 cm de alto, situado a Ia altura de los omOplatos JUNTA DE CASTILLA Y LEON Par de botas de seguridad con puntera reforzada on ujecion at tobillo tab icadas en material impermeable suela antidesll7ante que umpla omc’ nimo las siquientes normas UNEEN SG 2O34 ‘Eazao n JNE EN SO Caiz-3d0 an zabo can /mc 1 caizaao sara cc 3ecnna S3 eqn nrma n ‘ s a enatos ddconaes cc[rescon(men:es ae soT Resstenca a a perforacon Suela con resaltes Zona do tacon cerrada jab d a ‘r ata ope sde a ties s hs :rcc nor a erqa ca a ‘ r-s. s-’’.’..O 4i Juntit dc C.istWa y Leon UNE-EN ISO 172492005 Calzado de seguridad resistente al corte por sierra de cadena, El nivel de protecciOn dependerá de a velocidad de Ia cadena (segOn norma): Niveles de protección 1 2 3 4 Velocidad de Ia sierra (mis) 20 24 28 32 Además, silas botas de motosierra fueran aptas también para incendios (botas mixtas); los requisitos adicionales que las botas deben de tener (segUn norma UNE- EN ISO 20347) son: • HI: Aislamiento frente al calor, del piso completo. • CI: Aislamiento frente al frio. del piso completo. FO: Resistencia a los hidrocarburos. • HRO: Resistencia a! calor por contacto) • Cordones ignifugos - Botiguin completo portátil de primeros auxilios. Cantimplora de un litro de capacidad. realizada en aluminio. forrada con material aislante y con mosquetón de enganche. Casco de sequridad, con categoria II de protecciOn, fabricado en material plástico, preferiblemente con barbuquejo, cogotera, antisudatono frontal, pantalla protectora forestal y orejeras acopladas. Deberá cumplir, a! menos, las siguientes normas: UNE-EN 397:1995 Cascos de protecciOn para Ia industria UNE-EN 1731 :2007: ProtecciOn individual de los ojos. Protectores oculares y faciales de malla. (Pantalla forestal) - ProtecciOn auditiva. UNE-EN 352-32003 Protectores auditivos Requisitos generales Parte 3 Orejeras acopladas a cascos de protección mpl r a i oc Ia siguicr t€. deuridad2flLr imjos quc dcberar r ativa 0 2002 Protecus r idua J os ocs kequci JNE E ao,c..nr aes intCrr. accvah’. xto::c’ stte azo- crctecc2n de cs raos UsiA y uVE3 -, os trabajaoces que uticen gafas qraduarias se es opoccnarán cafas cc bien se les proporcionaran gafas de protecciOn compatibles con sus gafas protecciOn graduadas p g a t n roteccOn antcorte o g!iantes de trabajp to otc cj n c cu n or r rcv r0 e dc serc on c oc .ac ona v ohio c dos pc Junta de CastiIIa y LeOn UNE-EN 4202004 + Al :2010. Guantes de protección. Requisitos generales y métodos de ensayo. UNE-EN 388:2004. Guantes de protecciOn contra riesgos mecánicos, Requisitos a cumplir: Resistencia a Ia abrasion. Nivel 2 Resistencia al corte por cuchilla, Nivel 3 Resistencia a! desgarro Nivel 3 Resistencia a Ia penetraciOn. Nivel 3 UNE-EN 381-7:2000. Ropa de protecciOn para usuarios de sierras de cadena accionadas a mano. Requisitos para guantes protectores UNE-EN 381-4: 2000. Ropa De protecciOn para usuarios de sierras de cadena accionadas a mano Parte 4: Métodos de ensayo para guantes protectores contra sierras de cadena. El nivel de protecciOn dependerá de Ia velocidad de Ia cadena (segün norma): Niveles de protecciOnVelocidad de Ia sierra (mis) 4 I 32 Peto, zahón O pantalôn protector anticorte. Estarã fabricado con tejido no inflamable y poseerán forro impermeable. El sistema de sujeciOn al cuerpo será tal que impida que a zona de protección se desplace de Ta parte que ha de proteger. Se recomiendan los tipos A y B de Ta norma y se elegira Ia clase en funciOn de Ia velocidad de corte de Ia sierra de cadena. Deberá cumplir, a! menos, las siguientes normas: UNE-EN 340:2004: Ropas de protecciOn. Requisitos generales. UNE-EN 381-1:1994 Ropa de protecciôn para usuarios de sierras de cadena accionadas a mano. Banco de ensayos para verificar Ta resistencia al corte por una sierra de cadena. UNE-EN 381-2 Ropa de protecciOn para usuarios de sierras de cadena accionadas a mano, Parte 2 Métodos de ensayo para los protectores de piernas UNE-EN 381-5.1995. Ropa de protecciOn para usuarios de sierras de cadena accionadas a mano. Parte 5: Requisitos para los protectores de piernas El nivel de protección dependerá de Ia velocidad de a cadena (segün norma) - - — Nveles de protecc6n Velocidad de a sera m’s Pci cuadrilla, aT menos se debera Ilevar dos botiquines completos de primeros rc de uS Gto uara cue cmrnaneza en un Je oc vehicuos ccmenoa uin. ‘rcre se usoflflqd cc cci:nus cars Ta mceza cuLfla cc ,rçç c:fr ares ap cua n’ ‘nnsc puda C as zn.XniuS Junta de Castilla y Leon Todos estos elementos deberán Ilevar el correspondiente marcado, que se colocará y permanecerá visible, legible e indeleble durante el periodo de duraciOn previsible o vida ütil del EPI (Etiquetado). Debe Ilevar: - Marcado CE ldentificaciôn del fabricante Tipo de modelo, Fecha de fabricaciôn. Nacionalidad del fabricante Norma europea de aplicación COdigos de designaciOn de Ia protecciOn ofrecida. CAPITULO 2- CONDICIONES PARA TODOS LOS INTEGRANTES DE LAS CUADRILLA S. Todos los integrantes de las cuadrillas deben haber pasado un Cláusula 69. reconocimiento medico preceptivo y prueba de aptitud fisica para el desempeño de las labores contratadas, realizado por mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de Ia Seguridad Social o por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de Ia empresa. La empresa, siguiendo los baremos y pruebas recomendadas por el Comité de Lucha Contra lncendios Nacional (CLIF) del mismo modo, estará obligada a garantizar Ia vigilancia de Ia salud de los trabajadores. Cláusula 70. Por razones de seguridad en las tareas de extinciOn de incendios forestales, es imprescindible que todos los componentes de Ia cuadrilla sepan hablar y entender castellano a un nivel suficiente para comprender y poner en práctica con celeridad las ordenes recibidas durante las tareas de extinciOn o poder comunicar cualquier emergencia o situación de riesgo sobrevenida de forma que en ningün momento se yea comprometida su seguridad personal o Ia del equipo durante las tareas de extinción Además si ocurriera un accidente durante el trabajo, Ia empresa adjudicataria tiene Ia obligación de comunicar dicha circunstancia lo antes posible, aparte de a Ia autoridad laboral correspondiente, al CPM (Centro provincial de Mando) de Ia provincia. CAP1TULO 3- DESANSOS: Cláusula 71. Cuando Ia cuadrilla hubiera participado en tareas de extinciOn de incendios y su jornada real realizada supere las 12 horas (jornada ordinaria que el Convenio Colectivo de Actividades Rorestales de a Comunidad de Castilla y Leon contempia para a eyn6n ne nundos) una vez que por ci Jefe o Director d us trabajos aF tuales no a reanu1acon do noen1 c on so ;es t F uerdo eali7ar I a e debra etaao 10 so nay n611 Jo r a las a de s n persona , if iente para 0 obrepasa ai s jla 2. La a np es debera on a tiempos máximos de trabajo. de forma que en todo momento se cumpla Ia normativa sectorial vigente a estos efectos Ia empresa entregará a a administraciOn el niado danaratn pc- .ada cu do o tahaaccres donde so ante se’ana certifioadc iCfefl los diac efcd’os no rrabao osi msmo a e.presa pesertaa a .r aL ao : game so niniole cue a.’edte .. O it o 4 4 JdI a 4 or 11 4 Junta de Castilla y Leon Cláusula 73. El descanso semanal de los trabajadores podrá acumularse. por to que se establecerán turnos rotativos para que cada semana descansen dos dias. o hien. cada dos semanas el trabajador tendrá derecho a 4 dIas ininterrumpidos de descanso TITULO V: MATERIALES Y MAQUINARIA CAPITULO 1: HERRAMIENTAS 1.1. Caracteristicas generates de Ia herramienta: Cláusula 74. Todas las herramientas y equipos deberán tener el marcado CE y cumplir Jo establecido en Ia legislaciOn vigente y, en concreto, en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, sobre disposiciones mInimas de seguridad y salud para Ia utilizaciOn por los trabajadores de equipos de trabajo, asi como Ia Directiva 98/37/CE relativa a Ia aproximación de legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas. Cláusula 75. Para el usc de a herramienta deberá seguir todas las recomendaciones e instrucciones del fabricante respecto a garantizar Ia seguridad de las personas y tomar toda serie de precauciones ante las actuaciones en las que pudiera existir riesgo de producirse chispas. Cláusula 76. Los responsables de Ia cuadrilla se encargarán de que las herramientas se encuentren siempre disponibles y en perfectas condiciones para ser utilizadas, ocupándose de su mantenimiento, afilado y sustituciOn en caso de ser necesario. El tipo y nümero de Herramientas serán las reflejadas en el presupuesto, para cada tipo y actividad de Ia cuadrilla. El incumplimiento de esta cláusula dará lugar a Ia aplicaciôn de Ia penalidad correspondiente. 1.2.- Herramientas para Ia extinción de incendios. Cláusula 77 Las herramientas necesarias para Ia correcta reahzaciOn de los trabajos de extinciOn serán proporcionadas por Ia empresa adjudicataria al comienzo del servicio y deberán ser mantenidas y repuestas por Ia empresa Cláusula 78. Los membros de a cuadrilla deberán encargarse de que las herramientas se encuentren permanentemente en perfectas condiciones de trabajo. Cláusula 79 El técnico o responsable de Ia cuadrilla se encargarã en cada ntervencón de que se uthcen las herramientas más convenentes para el tipo de labor ue se a requiera a a cuadiiia siquiendo as nsruccones ad jfe a Director ia xInron 1 3 He ao e t para abajos de p v a’ 8 a at s a ta a a as a ada ar a a aeca a a pare Ia correcta realizaciOn de los trabajos de prevencion, Tambien correra por su cuenta su mantenimiento y reposicion ‘ ars;ia c Ca.inic ‘e cahar ascas Ia ca a a aa ae asdar acoe de en’oaais trass a as Lerrarfl”as emacajac 5 fl,rIr,n dI sra iC na tra fl(j!1 fl rlCfllric (‘tI5is aestcicn n fl . 1 ’ ra. 4 4 4 ‘ Juriti de W CastiIIi y Leon 1.4. Transporte de las herramientas, Cláusula 82 Durante el transporte. toda a herramienta deberá ser colocada y asegurada de forma tal que permita a visibilidad al conductor, no comprometa Ia estabilidad del vehiculo. ni pueda causar riesgo para os ocupantes o terceros. De esta forma, se recomienda que no sea transportada en el mismo habitáculo en el que viajen personas, y en todo caso, para herramientas cortantes o punzantes. debe utihzarse siempre algUn tipo de protector. CAPITULO 2: MATERIAL DE COMUNICA ClONES 2.1.- Equipos de comunicaciones. Cláusula 83. La Administración proporcionara a a empresa al inicio de las obras equipos de radiocomunicaciones. uno mOvil para su instalaciOn en los vehiculos de Ia cuadrillas y equipos portátiles de banda aérea y terrestre que deberán llevar los responsables de Ia ELIF (Técnicos o capataces). La empresa será responsable de su debida instalaciOn, funcionamiento, conservaciOn y mantenimiento. Cláusula 84 Las normas de uso de estos equipos serán las siguientes’ 4- Una vez concluida Ia obra los equipos con todos sus componentes deberán ser devueltos en perfecto estado de uso. En el caso de pérdida o deterioro, Ia empresa adjudicataria deberá devolver un equipo nuevo a Ia AdministraciOn, de caracteristicas análogas al perdido o deteriorado, extremo que ha de ratificar el Jefe de Ia SecciOn de ProtecciOn de Ia Naturaleza. 4- Del correcto funcionamiento. mantenimiento y uso, será responsable Ia empresa adjudicataria sin que tenga ninguna obligaciOn Ia administración de contraprestaciOn al respecto Cláusula 85. El Contratista deberá proporconar un teléfono mOvil a los responsables de cada cuadrilla, para su posible localizaciOn Será (técnicos o capataces) responsabilidad de a empresa el decidir el sistema más adecuado. con mayor cobertura y fiabilidad para garantizar Ia pernianente Iocalización Cláusula 86 Los equpos de comunicaciones deberán mantenerse en perfecto estado de funconamiento En caso de avena se pondra en onocirnento inmedato del Centro e establecerá Ia orma de ‘r ncial de Mando j de I Direc ion del seriici bar n de a a n ai c n I a oara era ? es oas araci C or’s a re sara s 2.2 Sistemas de localizaciOn. Cláusuia 87 La administracibn podra facItar a a cuadrilla al comenzo de los trabajos respof se dJ rn t apr7 bate s k a deher iva ddo qada arIa r todo e po be aba sern y lab h el . 4 ..s3 4 j . Juntd de CastiII y [.eón La empresa será responsable de su conservactón y mantenimiento y deberá. una vez concluida Ia obra, devolverlo a Ia administraciOn en perfecto estado de usa y con todos sus componentes. El incumplimiento del protocolo de funcionamiento de usa de los localizadores dará lugar a Ia penalidad correspondiente CAP1TULO 3 MATERIAL PARA LA BASE: Cláusula 88. Es obligaciOn del contratista poner a disposicOn de las cuadrillas en Ia base el material que a continuaciOn se relaciona: EstaciOn meteorológica. Botiquin completo. Cámara fotográfica digital. -GPS Ordenador - - - - Cláusula 89. Este material estará a disposición del personal de Ia base mientras dure Ia prestaciOn del servicio Posteriormente quedara a disposiciOn de Ia empresa Cláusula 90. Todos los informes. perimetros, fotografias y otros archivos digitales desarrollados durante Ia ejecuciOn del servicio (trabajos de extinciOn a prevenciOn), serán propiedad de Ia Junta de Castilla y LeOn y deberãn ser entregados al Director del Servicio en un CD Cláusula 91 La empresa adjudicatana. se encargara de Ia adquisición del material necesario para Ia limpieza diana de Ia base y el aseo personal de los componentes de las cuadrillas. CAPITULO 4: VEHICULOS: Cláusula 92. En periodo ELIF-A .cada cuadrilla deberá tener a su servicio un vehiculo todo terreno, donde quepan todos los integrantes y que estará presente en Ia base o Iugar de trabajo Cláusula 93. En periodo ELIF-B. a cuadrilla tendrá a su servicio un vehIculo todo terreno. donde quepan todos los integrantes. junta con las herramientas y materiales. Cláusula 94 La empresa garantizara que los medios de transporte reunan las debidas condiciones de seguridad y crculacion establecidas en a normativa vigente LduuLa CC aso J aveoa 10 alaJr.o 0 os encuos 01 encaraaoo le a srnrr000 0 DOndra nmeata’1ent0 cnccm’entc 001 1epresntsrtP ‘ie Agryur:tc •n+d 1 La ncrea eaa a c ?ehic,l0 2.1 hoas El :ncL•n oero’ a a’”c ca. csta cauua lao ga a a a0caoO’ d oenahdad co!’respondlente dc plieqc ae corldIcones -“ Cláusula 96 Los caches dispondrán de rueda do repuesto as y de un foco exter or do gron potenca 0 ceaueñas ave C ausu’a A Cr dc ’4 meas c’ or-’, nr Lert 1 € i herramientas para .o’o 1O or do y ‘ n El 1 Cr e , Junta dc W Castifla y F Leon ,WA segundad de sus ocupantes, estos vehIculos han de ser fácilmente visibles e identificables desde el aire y desde tierra, Atenderán para eilo a las especificaciones recogidas en el Real Decreto 485/1997 de 14 de abril, sobre clisposiciones minimas en materia de señalizaciOn de seguridad y salud en ci trabajo. Segün lo dispuesto en el Anexo II del citado Real Decreto, se recomienda como oportuno que los vehIculos empieados en las tareas citadas sean de color amarillo o amarilloanaranjado (color de advertencia) con una identificaciôn numérica (su codigo asignado) en su color de contraste (negro) tanto en el techo o capá como en los laterales, Para que sea visible desde tierra y desde el aire el indicativo de Ia parte supenor, techo ó capO de los vehiculos tendrá unas dimensiones minimas de 80 cm de alto por 60 cm de ancho Al comienzo de los trabajos Ia administraciOn comunicará a a cuadrilla su identificaciOn numérica o indicativo provincial, debiendo a empresa hacerse cargo de a rotuiación del vehIculo Además, ía Empresa Adjudicataria se encargará de que ci vehiculo lieve ci anagrama o identificaciOn establecda, dicho anagrama que se pondrá en los laterales de los vehiculos, tendrá obligatoriamente las siguientes caracterIsticas y dimensiones, no pudiendo ci logotipo de Ia empresa aparecer en más lugares del vehiculo En caso de incumplimiento de las caracteristicas exigidas a los vehiculos, incluida Ia rotulación dará lugar a Ia aplicación de ía penalidad correspond iente. MODELO PEGATINA LATERALES VEHICULO: Junta cie Castilla y LeOn Consejeria de Fomento y Medlo Ambiente OPERATIVO INCENDIOS FORESTALES RO3.9 Junta de W CastiIIa y Leon referencia 9’ que corresponde a Zamora. Cada provincia indicará a Ia empresa adjudcataria el cOdigo asignado a cada ELIF. CAPITULO 5: MAQUINARIA. 5.1. Especificaciones técnicas. Cláusula 98 La maquinaria será Ia indicada en Ia propuesta. de acuerdo con los trabajos preventivos a realizar. 5.2. Cuestiones comunes para Ia maquinaria. Cláusula 99. El contratista queda obligado como minimo a situar a disposición de Ia cuadrilla los equipos de maquinaria necesarios para Ia correcta ejecuciOn de los trabajos, Cláusula 100. La Dirección Facultativa podrá ordenar Ia retrada y sustitución de maquinana o sus aperos que no satisfagan las condiciones minimas exigibles en Ia ejecuciOn de los distintos trabajos Cláusula 101 Toda Ia maquinaria, sus aperos y demás elementos de trabajo deberán estar en perfectas condiciones de funcionamiento, asI como reunir todos os requisitos de seguridad y normalizaciOn que le sean exigibles de acuerdo con a Iegislación en vigor TITULO VI: MEDIOS AUXILIARES CAPITULO UNICO: CONDICIONES GENERALES Cláusula 102. Se consideran medios auxiliares todos aquellos ütiles. herramientas. equipos o máquinas. incluso servcios, necesarios para Ia correcta ejecución de las distintas unidades de obra cuyo desglose ha sido obviado en aras de una simplificaciOn del cálculo presupuestario. Cláusula 103 El Contratista queda obligado a poner a disposicion para Ia ejecucion de las obras todos aquellos medios auxiliares que resulten mprescindibles para ía correcta ejecuciOn de los trabajos Cli sal at I orresnond a a ncatia r Dir on Fan tat entra los n de ci o .1 ontiat JásU Cci 00 aqnn .os me 4os aux no ronoa a esoect..acnns senaladas par d D;eccón Facutauva c o cnoa 1sposconec a normatva aphcabie sera retraoo de ia obra y reernpiazadc par uno que 0 numpla sin que el Contratista tenga derecho a contraprestación alguna Causuia j6. Candn a Admimtac..dn porte a Contratisa modos auxuares pa!a a mahzac,or Jo as oPras st queaara chhqano a an empiei; en s mndcones nm 3gn in iOcrisdD sean se”daoas nam a ,tizan, n. ideujado eStdY rr a 4us dm,n t o nra an aLzn n mp n a’ ovorn a e‘ O 11 4 raP f r n “ ax Op 4. Junta de W Cast,fla y Leon r F yMJA t plazos y lugares que se indiquen en el escnto de concesiOn del Jefe de Servicio Territorial o persona en quien delegue. En caso de no ser devueltos o, si su estado de conservación fuera deficiente, serán deducidos, con su precto, de Ia correspondiente certificaciOn. TITULO VII: EJECUCION DE LOS TRABAJOS CAPITULO 1. CONDICIONES GENERA LES DE FUNCIONA MIEN TO. t1- Responsable del Equipo de Lucha integral Cláusula 107. El técnico de mayor formaciOn y experiencia será el Jefe del Equipo de Lucha Integral contra Incendios Forestales (ELIF). y por tanto el interlocutor frente a Ia administraciOn, siendo además el responsable y portavoz de todos los integrantes de las ELIF t2 Debido uso y atención a Ia emisora, Cláusula 108 El técnico de Ia ELIF o capataz en ausencia del técnico, será el responsable de los equipos de comunicaciOn Cláusula 109. Durante las tareas de extinciOn el Responsable de Ia ELIF (técnico/ capataz) deberá estar siempre a Ia escucha atendiendo el canal terrestre y el aéreo para poder recibir en todo momento las instrucciones de trabajo de los responsables de Ia extinciOn, Cláusula 110. Durante los trabajos de prevención Ia cuadrilla deberá sftuarse en un punto con conexiôn al sistema de comunicaciones y a Ia escucha del CPM, de forma que pueda recibir instrucciones en todo momento. En el supuesto de que por alguna circunstancia puntual no lograra establecer Ia debida comunicaciOn, habrá de hacer uso de su teléfono mOvil o de otro medio para estar permanentemente comunicado, Cláusula 111, La cuadrilla deberá comunicar al CPM su incorporaciOn al servicio indicando el numero de componentes que Ia integran asI mismo se deberá comunicar al CPM Ia finalizaciOn de los trabajos Con Ia periodicidad que se establezca el responsable de Ia cuadrilla deberá comunicar con el Centro Provincial de Mando y notificar las novedades y las posibles incidencias, debiendo contestar inmediatamente a cualquier aviso o Ilamada que pudiera recibir Ademas debera comunicar todos los movimientos diarios que SE. realicen con Ia cuadrilla mediante Ia emisora o eI telefono aI PM de Ia pr vncia hr ptcr stabic ar as o r a oa a da a act a o cs a adas a embarque desembarque rianejo del helibahde manejo de has herramientas en e embarque y desembarque actuacion de Ia cuadrilla ante las descargas etc Este otocolo debera cumpl r las siguientes ondcionec er orot do specific ra ia a e aa e sti pr. a cite € it€ a t a zad ‘Junta de Castilla y Leon -Ponerse en conocimiento de todos los ntegrantes de Ia base La empresa adjudicataria se ocupará de que cada trabajador tenga copia y conozca el contenido del protocols desde el comienzo del serviclo. Una copia del mismo estará siempre disponible en Ia base El protocols deberá entregarse a Ia AdministraciOn al comienzo del servicio Con carácter general Ia empresa elaborará un informe semanal de los trabajos realizados por Ia cuadrilla. que será entregado al Director Técnico del servicio de a SecciOn de ProtecciOn de Ia Naturaleza de Ia Provincia. El Director Técnico del servicio en Ia provincia recopilará Ia informaciOn y enviará al finalizar Ia propuesta un resumen al Servicio de Defensa del Medio Natural con todas las actuaciones, Cláusula 113. Finalizado el servicio ELIF A Ia empresa adjudicataria deberá entregar en formato papel y digital a! director del servicio una memoria de los trabajos realizados donde se aporte un pequeño informe con anexo fotografico de los incendios en los que haya intervenido y un resumen del functonamiento y organizacián de Ia cuadrilla en Ia base. Cláusula 1 14. Finalizado el tiempo de servicio EL!F B Ia empresa deberá presentar un informe detallado de las actuaciones realizadas adjuntando, pIanos en formats papel y digital de las zonas donde se han realizado los trabajos. descripciôn detallada de los distintos trabajos realizados, rendimientos obtenidos, anexos fotográficos. etc El models normalizado del guion de informe de ELIF B y ELIF A será establecido por el Servicio de Defensa del Medio Natural, a! menos contendrá los siguientes epigrafes’ *MEMORIA EPOCA DE PELIGRO MEDIO Y ALTO (ELIF A). PRESTACION EN BASE Y TRABAJOS DE EXTINCION DE INCENDIOS FORESTALES: --Emplazamiento de Ia ELIF --DescripciOn de Ia base o lugar de prestaciOn --Términos municipales en despacho automatics --Selección del personal ELIF Pruebas realizadas --Nümero y tips de corn ponentes cuadrilla ELIF --Periodos de contrataciOn --Personal seleccionado y calendarios de trabajo --Plan de formaciOn teOrica continua. Personal que Is imparte --Plan de preparaciOn y mejora fisica Personal que Is imparte --Tablas con resultados pruebas fisicas a! inicio y fin de Ia prestación --Calendario Actividades en base en situaciOn sin incendio Horarios Limpieza ordinaria de Ia base Trabajos y tareas realizados pare e buer’ mantenimiento rneora de as o 0 ‘CaL Ncr’s i £ a,tss rLC nc a ec -Potos Mecánicos -Tecnicos ELIF “apataces PLIF pecialista r e d,s . PtSO C Junta de L3 Castil!a y LeOn .Equipos informáticos local izadores y GPS. --Epi y herramientas -Tabla resumen de actuaciones en ncendos (por fecha y localidad) Tabla con los tiempos de vuelo por misiones de las ELIF —Tabla con las horas extras. por misiones, realizadas por las ELIF .Cuadro con los datos diarios de meteorologla en base —Propuestas concretas de mejora en las instalaciones —Propuestas concretas de mejora en el funcionamlento de Ia ELIF —Informe de cada actuación en incendlo, gue sequirá el siquiente qulon. Fecha Localidad Término municipal Hoja y cuadricula Coordenadas del incendlo Medio de desplazamiento de Ia ELIF a Ia Ida y a Ia vuelta Horarios: hora aviso de salida hora salida de base o punto de reuniOn hora Ilegada a incendio hora comienzo extinciOn hora salida incendio hora liegada a base o punto de reuniOn Personal: Agente medioambiental ELIF Técnico/capataz ELIF cuadrilla ELIF Director Técnico I Jefe extinciOn en el incendlo Reconocimiento: Tamaño incendio a Ia Ilegada Velocidad y direcciOn viento Temperatura del Aire Humedad relativa Altura de llama Velocidad de propagación Nümero de frentes activos Topografia VegetaciOn afectada Modelo de combustible Lineas de apoyo existentes PercepciOn de Ia dificultad de control Bienes amenazados por Ci ncendio Otros medios nue Actüan countarnente con a ELlr Mson o tn ones encome adas a a LLIF or e a a e heir Método - - - - - - -- — — -- -- - - -- — — on ‘hjar om oa itual am e Seguridad del personal Zonas de seguridad Rjta d scape — Cmim.ento Ac-aents norrac CCirhdC5 nrviontes nrnrndo iecnv t y flprcfl,. n ac4uacon do n F[ F en 4 414 ilh ie seoJrvia’ y necnna ‘I amna! a’a1or ,n matria afetadnc i :OkOv 4 2 Junta de LJ Cast,IJa y Leon Fotografias (visiOn del incendio a Ia Ilegada y a Ia retirada) *MEMORIA EPOCA DE PELIGRO BAJO (ELIF B). TRABAJOS PREVENTIVOS Y DE EXTINCION DE INCENDIOS FORESTALES: --NOmero de componentes cuadrilla ELIF Vehiculos asignados a Ia ELIF Horario de trabajo -Trabajos preventivos realizados: Fecha inicio y fin del trabajo LocalizaciOn Tipo de trabajo Rendimiento ELIF (jornales ELIF por unidad de trabajo) PIanos Fotos (antes y después de Ia actuaciOn) Tabla resumen de actuaciones en incendios (por fecha y localidad) --Tabla con los tiempos de vuelo por misiones de las ELIF --Tabla con las horas extras. por misiones, realizadas por las ELIF --Informe de cada actuaciOn en incendlo (modelo el mismo que en ELIFA) —Tabla resumen trabajos periodo ELIFB: TIPO ACTUACION adecuaciOn areas recreativas adecuaciOn puntos de agua adecuaciOn puntos de encuentro med los operativo adecuaciOn de pistas y caminos forestales adecuación de perimetro de montes adecuaciOn puestos vigilancia tratamientos sanitarios en masas adecuaciOn cortafuegos trabajos selvicolas preventivos quemas controladas mejora de bases extinción de incendios otros — UNIDADES DIAS ELIF B uds. uds. uds. Km Km uds. ha ha ha ha uds n° Presentar tambén todas as fotns. niaros uados ‘i tabas en oimatc, dgt CAPITULO 2, FUNCIONAMIENTO DE LAS CUADPILLAS CQMO CUADRILLAS DE EXTINCION HELITRANSPORTADAS (ELIF A) 2 1. Funcionamiento de as ELIF durante su permanencia en Ia base Junta de W Castilla y 0 IE F Leon o Cláusula 1 16. El responsable del Equipo de lucha integral será el encargado, en colaboración con el resto de responsables de las cuadrillas de establecer un plan diario de trabajos en Ia base estableciendo los horarios y el tiempo dedicado a cada actividad realizada. Este plan será plasmado por escrito y entregado al Director del Servicio, Una vez éste haya dado su conformidad los responsables de las cuadrillas deberán hacer cumplir el plan de trabajo a los integrantes de Ia cuadrilla, Cláusula 117 El responsable de a ELIF (técnico o capataz) programara y dirigtrá todos los trabajos y ocupaciones a realizar en Ia base, siendo el responsable de mantener el orden, Ia actividad, y Ia disciplina dentro de Ia base Cláusula 118. La cuadrilla se ocupará durante Ia estancia en Ia base de mantener el orden y limpieza de Ia misma y de organizar el mantenimiento de las zonas verdes pertenecientes a Ia base Cláusula 119. En caso de aviso de incendio Ia ELIF deberá estar embarcada en el helicOptero en un tiempo máximo de 5 minutos. Cláusula 120 La formacián y el entrenamiento son las actividades diarias de las cuadrillas que forman Ia Unidad, y a ellas se debe dedicar Ia mayor parte del tiempo que no se está interviniendo en incendios, La jornada debe comenzar con una hora de entrenamiento fisico, realizando ejercicios destinados a mejorar o mantener Ia capacidad fisica de todos los componentes de Ia brigada. El resto de Ia jornada se alternarán actividades de entrenamiento de procedimientos (embarques y desembarques de Ia aeronave, organizacián en eI combate, técnicas de extinciOn), ejerctamiento (construcciOn de lineas de defensa, ejercicios de compresiOn de ordenes, protocolos de seguridad en Ia extinciôn, manejo de herramientas,,,), formaciOn teôrica continua debiendo de realizar tras cada una de las intervenciones una valoraciOn grupal analizando los fallos y los aciertos, mantenimiento de las herramientas, limpieza de Ia base. etc. Cláusula 121. Por indicaciOn del Director del servicio Ia cuadnlla podrá realizar trabajos de mantenimiento, pequeñas reparaciones, etc tanto en el interior de Ia base como en los alrededores de Ia misma, asi mismo podrán realizar otros trabajos selvicolas preventivos si el Director del Servicio 10 estima procedente Cláusula 122 L os responsables de Ia cuadnlla tendran Ia obIigacon de recoger debidamente los datos necesanos pare cumplimentar ,junto con eI técnico de base de Ia Administracón los partes de ARBIF y RMAIF ausul aai iaIqu a iv dao qL a n a d a a ea a a s en a ri a di a f qi ipIiq i add a a a q dio el d ra da a a a r adrilla a a a a iia oda as rod actividades de prevencion qua se desarrollan habitualmente duranta los periodos El. IF B (deabroces podas atc) Junta de Castifla y Leon i i Fe M d 22. Funcionamiento de las ELIF en Ia extinción de incendios forestales. Cláusula 125. Mientras a ELIF esté en su base o tajo asignado, acudirá a los incendios que se produzcan en su zona de despacho automático. saliendo sin necesidad de orden de salida mientras que desde el CPM no se indique lo contrario. El protocolo de actuac/Ori de Ia EL/F de obligado (u,np/iiniefito a Ia liegada a! ,nceridio será el siguiente: • En el incendio todo el personal de Ia E IF se pondrá a disposiciOn del Jefe o Director de ExtinciOn, • El técnico de helitransportada a Ia Ilegada del incendio hará una evaluaciOn inicial tendrá que transmitir al CPM y a su base las coordenadas geográficas (longitud y latitud) y transmitir los siguientes datos: a) Tamaño incendlo al llegar b) Combustibles y propagaciOn c) Medios. *Medios actuantes (Designados por su cOdigo) *ValoraciOn de Ia extinciOn (Se puede controlar o no se puede controlar con los medios actuantes o despachados). d) Bienes amenazados A Ia Ilegada de Ia ELIF al incendio mientras se sobrevuela se realizará una fotografla lo más representativa de Ia situaciOn del mismo, en Ia medida de Ia posible y siempre candicionado a Ia existencia de cobertura. Enviando las fotografias mediante correo electrOnico en tiempo real a través de Ia telefonia de ültima generaciOn al correo del CPM de Ia provincia y al correo del CAM. indicando el nombre del incendio. Cláusula 126. El Jefe de Jornada del CPM podrá asignar misiones a Ia ELIF fuera de Ia zona de despacho automático. Cláusula 127. La salida de cada ELIF fuera de su provincta o del territoria de Ia Comunidad será ordenada por el CAM cuando sea necesario para combatir ncendios prioritarios cumpliendo los protocolos y convenios establecidos al efecto Cláusula 128. Todo el personal que Ia empresa aporte a Ia extinciOn de un incendio forestal se pondrá inmediatamente a disposición del Jefe o Director de ExtinciOn y acatará con diligencia las órdenes que de él reciba, eI incumplimiento de esta cláusula dará lugar a que se considere Ia cuadrilla como inoperativa para Ia extinción de incendios a efectos de penalizaciOn, Clausula 129 Los componentes ELIF durante los trabajos de extincion estaran sierapre a las Ordene” cia u tecnico capata cia a ELIF c’ “esponsable cia a cuadrilla Estos saran los ep nsables dir tos de ecta alza ‘On d€ o, abajo de exhnc y cia sear p a seguno o cia odos s itegran cia Ia EL Paa dicna nreTcnc:’ne, n :e cdrá dsa aa” a r Fxt’icy. “resa dc D!;5cto ac ca a . ficaa’ a ‘rst ..c’’y ‘ 2 3. Funciones complementartas de los responsables de Ia ELIF cuando no exstan TECNJCOS APOYO DE BASE .Jaus 0 En sante a ña pi. ie no u ng e nro E vvn en a bae C el ffn cia sequn rnanteasndo tnria a fornauon actuazada C”c as na Mann n contar on a medas cia a Ros’c cur a tc”nacan . .Qr,La- c1 .‘oaon Ec.n ‘n <‘O. - 4. fl junta cle ‘t CastiIla y Leon tiempo real en el programa tnformático de seguirniento de incendios forestales (SINFQ), los responsables de las ELIF (técnicos yb capataces) además de las funciones habituales desempeñarán las siguientes funciones: 1. lnicio del periodo de trabajo en Ia base: Al inicio del trabajo el técnico de Ia ELIF deberá realizar las siguientes tareas: 1.1.- Completar Ia siguiente tabla y remitir antes del inicio de los trabajos de Ia ELIF (1 de julio aproximadamente) al CPM por correo electrOnico, y estos a su vez al CAM. CARACTERISTICAS TECNICAS ORDENADOR rPROGRAMAS INSTALADOS _Geovisor Sistema operativo SINFO Procesador Word Disco duro Excel RAM J 1.2.- Ficha medios auxiliares. Al inicio de campaña se deberá hacer un inventario de los siguientes medics auxiliares segün tabla adjunta y remitirla por correo electrónico al CPM y éste a su vez al CAM antes del tnicio de los trabajos de Ia ELIF (1 de Julio aproximadamente) DepOsito de combustible Espumante (cantidad y distribuciOn) Helibalde Hehbalde de repuesto -- -- - Equpo de cendios EqLrx cie aafvarentci cieher jOficir ranciar a Fna js auWaes amb dci ap cicia Ici I carr ‘p a e r,to ambi Je Ici oar teds icas to noa de t ibalci Camoo de as oaractenstcas tecnicas ci uoicacibn de hehbaide dci tseiva ___ __ Junta de CastIIay Leon MEDOS AUXILEARES BASE 1 — .:VILLAELES Depositodecornbustib çpacidadmáxJtr) j - f ntjto,capx * Está capacitada Ia aeronave para tirar espuma? SI/NO Helibalde HelibaJdecapadIitro_ — Ifenado? — EI helibalde está cinchado? SI INO centae - Kelibalde do reo — —— Helibalde de repuesto SI / NO Ubicack5n adlitros LEI lielibalde do repuesto dispone de power4ull de [lenado? So establece como equipo do incendios quo deberá estar presente en as bases: Equipo do dos carros extintores do 40 50 Kg. do polvos seca ABC polivalente do efcacia 89A1377B segUn norma UNE EN-3.1996 con manguera do 15 metros do longitud y pistola do descarga concentrada - - A estos extintores quo so colocarãn para dar servicio a Is pista so añadrán dos extintores portables de 6 Kg. o uno de 10 Kg. do agentes exUntores C02 con nivel do eficacia 21A/113 SspjormaEN-3:1996. Se establece como equipo do salvamento qua debera estar disponible en a rasos do accidente of siguiente: L1avedetuerglabIe - [ Hacha de salvamento aprqpjdopara el usc Cortadora de nernos do hasla 60 cm aianca do CiC GacX d te ? — pcri do ;bra E!ta oc on : rro qas Matnfua --—* — [- Cuerda do 15 mx 5 cm 4— E1 Junti de Castilla y LeOn Tenaza de corte ateraI gedeornilladores - Cuchillo para cables 2 pares de guantes gnhfg___ mronesdeseuridad - jneiaaeronaverotuIado ijne Ia aeronave rotulado & escudo do 1 JuntadeCastillayeOn? Ejemplo de ficha de medios auxiliares anexo III. Rellenar correctamente ROTULACION Y ESCU DOS DE LA AERONAVE Matricula Modelo cTene a aeronave rotulado el ejemptoAlfal)? DHQD( DHIX AS350B3 AS350B3 St NO SI SI F-GXBH : AS350B3 J s ndicativo (per Jene Ia aeronave rotulado ci escudo de Ia Junta do CastiHa y Leôn2 L ENVENTARIO SI HUBIERA ALGUN CAMBIO se vuelve a rellenar a ficha añadiendo una columna al nuevo inventario. 2. Inicio de Ia jornada: -Cuando Ia hora establecida para Ia incorporación de Ia ELIF sea posterior a Ia apertura de Ia base: al Ilegar a Ia base el responsable de a ELIF deberá comunicar por emisora aI CPM a incorporaciOn de a ELIF indicando si Ia cuadrilla esta completa y con eI EPI reglamentario y Si existe alguna ncidencia reseñable Inmediatamente después deberá rellenar en SINFO-BASES en el “control de Ia base’ todos los datos referentes a a ELIF. (NOTA: Ia nformaciOn del HT Ia habrá comunicado el piloto al CPM y habrá sido grabado en SINFO por el Técnico de Apoyo del CPM). -Cuando Ia hora establecida para Ia incorporación de Ia ELIF coincida con Ia apertura de Ia base: En este supuesto con carácter general el responsable de Ia ELIF sera ci encargado de ahiir a base coniuncar Sn apertura por a emisora a CPM y eslizara as sigut tes taias se sollcltara nformaelon al piloto acerca del estado operativo de las aeronaves y de los medios auxlllares en especial ore’tame t Connnicae es ta aernra hea crc grabadas as receenoas er ectr’ turr’’narrente rbustb D’bera *ene ivc ueeri a jCb ens a tr, bfli en .1eprtos y r jifl 1erctnc g,’ 1 flflfl - . Juntd de CastilJi y [,eôn de 20000 litros. Deberán estar operativos todos los medios auxihares necesarios, bomba. devanadera. Helibalde: deberá tener Ia capacidad estipulada en pliego. se comprobará el buen funcionamiento de as comunicaciones. 2 Nada más abrir Ia base se deberá rellenar en SINFO el “control diario de a base’ donde se reflejará para cada dia el modelo de HT, matricula, nombre del piloto y mecánico, combustible, técnico ELIF, etc (esta información es indispensable para que ci técnico de apoyo del CPM genere el modelo 1 que firmará el Jefe de Jornada a las 10:00 h de Ia mañana). - 3. A lo largo de (a jornada: 1. Es imprescindible cada vez que se produzca una inoperatividad del medio aéreo. comunicarlo de forma inmediata al CPM y reflejar estas incidencias de forma inmediata en SINFO en “control diario de Ia base”. Cada vez que haya un cambio de aeronave se reflejará en SINFO y se mandará el archivo Excel correspondiente (el histOrico) que recoja el cambio de aeronave con a fecha y hora de retirada del medio y de llegada del otro, al correo electrOnico’ incendios©jcyl.es. 2. El responsable de Ia ELIF deberá siempre estar a Ia escucha de Ia Emisora 3 Llevar el Libro Diario de Ia base. Este libro será enviado a Ia SecciOn de Protecciôn de a Naturaleza al finalizar Ia prestaciOn del servicio en Ia base, se rellenará con Ia informaciOn que suceda cuando Ia ELIF está en Ia base, Datos que recogerán: Hora a Ia que se abre y cierra Ia base, Nombre de todo el personal de servicio’ integrantes de las cuadrillas helitransportadas. tripulación. mecánicos. etc. Horas y tiempos en los que sucede algo Operatividad: si, no, causa inoperatividad, hora inicio y fin inoperatividad. Accidentes del personal Recoger los hechos que produjeron el accidente, lugar y hora Si es grave o afecta a Ia operatividad de Ia base se deberá avisar inmediatamente al CPM Otra informaciOn. meteorologia, etc. Cualquier información de relevancia o extraordinaria que se produzca relacionada con ci funcionamiento de a base o el personal adscrito a Ia misma - - - 4 informar todos los dias telefOnicamente al CPM sobre as actuaciones realizadas en ci dia. En especial aterrizaje de a aemnave asqnaua a u base senalando c,i Despegue sion Hfon-r edatarne as j,pppratividades i e ‘zcar. an S fnalza afar a a hora a oxirn o m or cc Jrcro o e rol e ii q e a a a a a jen I C atii a a npza q ic noperdtiv dad e ha hora a a que termina causa Se debera recoqer en ci hbro de incidencias Dar de alta y baja a noperatividad en tiempo real a través de SINFO fforrna mediatarner to obre las tr’a ones do cuadnJn,,pjeta ,çerativa,,,aue ar’ crodorcan, ao be su nrO’ c’omo d s• frnal:ac:bn Senafar H’r cr”sa apora’o do ‘estable’-;’.entc So srvc 5 SL I i—’ra e nntro’ be dm- 9’iC I c acna ELm Se erert nopeac’ia. Hors a a - . . r 4 inJu o’ueo’” HL$’ 5. ‘‘‘3° Junta de bJ Castiflay Leon .p...j. r...,½Q. P. empieza Ia inoperatividad. horn a Ia que termina, causa. Se debera recoger en ci libro de incidencias. 5 Parte meteorológico. seguirá las instrucciones dadas por Ia Secciôn de Protección de Ia Naturaleza. 4. - - - - Cuando hay Incendlo: Ante una orden de salida de Ia Aeronave o en una salida a incendio dentro del area de despacho automático ci tecnlcoicapataz de Ia ELIF comunicara inmediatamente Ia orden de salida al piloto de Ia aeronave y al resto dci personal de Ia cuadrilla. Comprobar Si Ia ubicación del humo esta dentro de Ia zone de despacho automático, silo está coniunicárseio al CPM y al pHoto indicándole que Ia ELIF se prepare pare salir si Ia salida no es abortada por el JJ dcl CPM se sale hacia ci incendio en un tiempo de 10 minutos. Comunicar rigurosamente por Ia emisora al CPM Ia salida hacia el incendio. Ia Ilegada al mismo, Ia salida dcl incendio y Ia Ilegada a base Pane ARBIF (actuacion de Brigades) Lo rellenará ci Técnicoicapataz de Ia ELIF y firmará. Posteriormente se utilizará pare meter los datos en ci ARBIF-SINFO diarlamente. Ai final del periodo de trabajo de Ia ELIF se remitirán todos los partes de ARBIF al CPM. CAPITULO 3. FUNCIONAMIENTO DE LAS CUADRILLAS COMO CUADRILLAS DE PREVENCION (ELIF B) Cláusula 131 Los trabajos de las ELIF B están encaminados a Ia prevenciôn de los incendios forestales, no obstante dada por ci CPM Ia orden pare participar en Ia extlncaon de un incendio durante ia jomada de trabajo, todo ci personal deberá dirigirse al punto establecido del incendio bien en ci helicôptero ci está en servicto. ben en los vehiculos terrestres en ci menor tiempo posible. Cláusula 132. Los tajos a realizer por las cuadrillas ELIF- B serán establecidos y controlados por ci director dcl Servicio y Ia Sección de Protecciôn de Ia Naturaleza a traves de los Agentes Medioambientales de Ia zona La cuadnila deberá realizer a diarlo un estadillo en ci que se reflejen los trabajos realizados. éstc debera estar firmado por ci tecn’co o capataz de ‘a ELIF y por ci Agente Medioambiental encargado de a suoerv,s,ón d° ‘os trabaoq er’c,’ierdadoc a 1 i3 asignao ares de aiae o . os vie ea erán d en o eaiq c’*ert eIic’p o hehcoptero. Clausula 134 Los trabajos Dreventi s a reahzar podran ser ‘os siguientev -Quemas controladas kr. ,tejc 4k,’, - f I,Je,n sjtsd4 ( 834 ‘ Junta de Castilla y Leon La pianficaciOn de las quemas controladas se realizará por personal técnico, que elaborará ci oportuno informe con Ia justificaciOn de su necesidad Dicha tarea recaerá sobre Ia Seccián de Protección de Ia Naturaleza y será asignada, de forma preferente, al personal técnico del Equipo de PrevenciOn integrada de Incendios Forestales (EPRIF) dependiente del Ministerio de Medio Ambiente en aquelias provincias que cuenten con ese serviclo. Los informes de quemas controladas que no sean realizados directamente por personal de Ia Sección de Protecciôn de Ia Naturaleza serán supervisados por ésta, contando toda actuacán de quema prescrita con Ia autorización del Jefe del Servicio Territorial con carácter previo a su realizaciOn. Las Secciones de ProtecciOn de Ia Naturaleza serán las encargadas de coordinar todos los trabajos relacionados con las quemas controladas. La ejecuciOn de las quemas controladas corresponderá a las cuadrillas EPRIF y ELIF B. recayendo a dirección de las mismas en ci personal técnico adscrito a Ia SecciOn de Proteccón de a Naturaleza o aquel que sea designado por ésta para tai cometido, El combustible de Administración. las antorchas de goteo será proporcionado por Ia -Tratamientos preventivos a Ia vegetación: Poda, clareo o desbroce: Estas labores se realizarán de forma coordinada por las Secciones de Protecciôn de Ia Naturaleza de Ia Provincia donde se ubique Ia cuadrilla Se realizarán eliminaciones de combustible en aquellas zonas de monte o urbanas donde Ia peligrosidad de incendio asI lo aconseje a criterio del director del Servicio. Respecto a Ia ejecución de tratamientos preventivos a Ia vegetación se atenderá a las instrucciones de Ia direcciOn del servicio y de los Agentes Medio Ambientales de Ia zona. 1 Clareos consisten en Ia eliminacion de pies de Ia masa con ci fin de eliminar Ia continuidad verhcai dcl combustible reduciendo ci riesqo de r”endios se tndrar en uenta a siquiente cndicone -El tor cortados ci bera deJar dc :s m o as al posbio a obrsaodo nni os 9 om de tra a tfl n cr ompro cjeda oearse -am cc r(ctes as ocone -Ehmradoc as os amortccnara a ecia esitant en voiume suficiente para su enajenacion rtoda aqueiia mayor oe 6 cm de diámetro) y se acordonarán los residuos de ramera para su posterior cumin cion iediant€r tnturac-ior que na € ccci q arao L aes iirco srvi 13 Junta de Castilla y Leon 2. Podas conssten en Ia eliminación por corta de las ramas con el fin de eliminar Ia continuidad vertical del combustible reducIendo el riesgo de incendios se atenderá, con carácter general, a lo siguiente: -Los cortes se realizarán limpiamente y sin desgarros, no al ras sino hasta una distancia de 1 cm. del tronco. respetando el rodete de inserciOn de Ia rama como zona de cicatrizacián AsI mismo, en ramas de diámetro superior a 10 cm, el corte se realizará perpendicularmente al eje de a rama. -No deberán realizarse raspaduras o cualquier otro daño en el tronco al término de Ia operaciOn. 3 Desbroces se estará, con carácter general. a lo sigulente: -El desbroce consiste en Ia eliminaciOn operaciones de arranque, descuaje o roza. del matorral mediante Siempre se respetarán las especies arbôreas, pudiendo solo eliminarse por indicaciôn de Ia D,rección Facultativa. -Repaso o apertura de cortafuegos. -Apertura y limpieza cunetas, badenes y pasos de agua de caminos y sendas. -Realización de pequeñas reparaciones y trabajos de mantenimiento en infraestructuras e instalaciones utIlizadas para Ia prevención y extinción de rncendios forestales (casetas de vigilancia, almacenes, bases, etc). - Otras tareas que Ia dirección del servicio estime pertinente. LJ Junta de Castilla y Leon TITULO VIII ABONO DE LAS HORAS DE TRABAJO EN EXTINCION DE INCENDIOS FORESTALES, Cláusula 135. Los gastos derivados de Ia asistencia a incendios forestales fuera de Ia jornada ordinaria de trabajo serán abonados en expediente separado. conforme a los precios y criterios establecidos por Orden de a Consejeria de Fornento y Medio Ambiente. Cláusula 136. Con elfin de poder justificar el tiempo dedicado a tareas de extinciôn fuera de Ia jornada laboral ordinaria se deberán cumplimentar obligatoriamente los partes que se faciliten desde el Servicio Territorial de Medio Ambiente, los cuales estarán firmados por el Técnico o representante de Ia empresa y el Agente Medioambiental que participe en el incendio a cuyo cargo hubiera estado Ia cuadrilla o aquel que hubiera realizado labores de direcciOn en Ia extinción. El tiempo consignado debe coincidir con lo recogido por el CPM dentro de su control de medios Cláusula 137 Los gastos derivados de Ia asistencia a incendios forestales dentro de Ia jornada ordinaria de trabajo, correspondientes al Plus de Peligrosidad. no se abonarán por actuaciOn. Se han estimado para cada base una cantidad de horas de este tipo, en funciOn de Ia estadIstica de incendios de años anteriores, e incluido de forma prorrateada en el importe de dIa de trabajo. Si hicieran más o menos horas de as estimadas no se abonarán ni detraerá Ia posible diferencia siendo ésta a cargo del adjudicatario. Valladolid agosto de 2012 EL TECNICO DE LA SECCION DE INCENDIOS FORESTALES EL JEFE DEL SERVICIO DE EFENSA D.LEDIO NATURAL I Fdo: Fernando Renedo Ferreiro. Edo.: Vlcente Rodriguez Fernández.