Banco Central De La República Argentina

Preview only show first 6 pages with water mark for full document please download

Transcript

"2011 - Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad de los Trabajadores" BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA COMUNICACIÓN "A" 5261 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CASAS, AGENCIAS Y OFICINAS DE CAMBIO: 29/12/2011 Ref.: Circular CAMEX 1-687 Mercado Único y Libre de Cambios. Nos dirigimos a Ustedes a los efectos de comunicarles que se ha dispuesto con vigencia a partir del 3.01.2012 inclusive, lo siguiente: 1. Establecer que se requerirá la previa validación en el "Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias" implementado por la AFIP, para cursar por el mercado local de cambios, las ventas de moneda extranjera a clientes en concepto de "turismo y viajes". La validación no será requisito cuando la operación de venta de cambio corresponda a: a. Transferencias al exterior que correspondan al pago de los consumos realizados con el uso de tarjetas de crédito y por retiros efectuados de cajeros en el exterior con débito a cuentas locales. b. Ventas a no residentes que encuadren en el punto i de la Comunicación "A" 5241 y complementarias. c. Ventas a operadores de turismo y viajes registrados como tales ante la AFIP. 2. Toda venta de moneda extranjera en billetes y cheques de viajeros a residentes no prevista en el punto 2 del anexo a la Comunicación "A" 5236 del 27.10.2011, se debe cursar acorde a la normativa establecida en el punto 4 de dicho anexo, excepto en los casos que la normativa cambiaria especifique un tratamiento diferente. Saludamos a Uds. muy atentamente. BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Jorge L. Rodríguez Gerente Principal de Exterior y Cambios Juan I. Basco Subgerente General de Operaciones