Aprueban Addenda A La Carta De Entendimiento Entre El Ministerio

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El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2007 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 MOQUEGUA PASCO PIURA PIURA PIURA PUNO PUNO PUNO SAN MARTÍN SAN MARTÍN TACNA TUMBES NORMAS LEGALES ILO PASCO PIURA PAITA SULLANA CALLAO PUNO SAN ROMÁN SAN MARTÍN MOYOBAMBA TACNA TUMBES 147439-1 AGRICULTURA Aprueban addenda a la Carta de Entendimiento entre el Ministerio de Agricultura y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 044-2007-AG Lima, 29 de diciembre de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 3084-2007-AG-DGPA/CPF del Director General de la Dirección General de Promoción Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 de octubre de 2006, el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA, suscribió un Acuerdo Marco de Cooperación Técnica con el Ministerio de Agricultura - MINAG, con el objeto de contribuir en la forma más eficaz posible a acelerar el mejoramiento de la agricultura y el desarrollo rural, fijando las bases y lineamientos a través de los cuales el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA brindará cooperación técnica al Ministerio de Agricultura - MINAG y a sus organismos descentralizados en las Áreas Estratégicas de Política Comercial e Integración, Promoción del Comercio y Competitividad de los Agronegocios, Fortalecimiento de Comunidades Rurales, Reposicionamiento y Modernización de la Agricultura, Promoción de la Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria, Desarrollo Rural Sostenible, Gestión Ambiental y Uso Racional de Recursos Naturales, Promoción de Tecnología e Innovación en la Agricultura y Modernización Institucional; Que, con fecha 31 de julio de 2007, se suscribió la Carta de Entendimiento entre el Ministerio de Agricultura - MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA para Viabilizar el Desarrollo de la Actividad Forestal, teniendo por objeto “Complementar las capacidades institucionales del MINAG - IICA para viabilizar la Construcción de Viveros Forestales de Alta Tecnología y la Producción de Plantones Forestales de alta calidad en diversas Regiones del país; así como la promoción de cadenas productivas forestales”; Que, mediante el Oficio Nº 3084-2007-AG-DGPA/ CPF del 12 de diciembre de 2007, el Director General de la Dirección General de Promoción Agraria, solicita se prorrogue la Carta de Entendimiento celebrada entre el Ministerio de Agricultura - MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA, hasta el próximo año, por razones técnico administrativas, señalando además que esta addenda debe comprender hasta el 30 de junio 2008 inclusive; Que, la Vigésimo Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, autoriza a las entidades del Gobierno 362157 Nacional, durante los años fiscales 2007 y 2008, a suscribir Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares, con organismos o instituciones internacionales para encargarles la administración de sus recursos, previo informe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, en el que demuestre las ventajas y beneficios de su concertación así como la disponibilidad de recursos para su financiamiento; debiendo ser aprobada por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente, procedimiento que debe emplearse, igualmente, para el caso de addendas, revisiones u otros, que amplíen la vigencia, modifiquen o añadan metas no contempladas originalmente; Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificación Agraria ha emitido el Informe Nº 0192007-AG-OGPA/OPRE, exponiendo los beneficios y ventajas de suscribir la Addenda y pronunciándose sobre la disponibilidad de recursos presupuestarios; De conformidad con los numerales 17 y 24 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y en lo dispuesto por la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la addenda a la Carta de Entendimiento entre el Ministerio de Agricultura - MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA, que prorroga el plazo de la misma hasta el 30 de junio del 2008 inclusive. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 147486-11 Aprueban Carta de Entendimiento entre el Ministerio de Agricultura y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 045-2007-AG Lima, 29 de diciembre de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 3873-2007-AG-OGPA-DG, del Director General de la Oficina General de Planificación Agraria y el Informe Nº 022-2007-AG-OGPA/OPRE del Director de la Oficina de Presupuesto, y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 de octubre de 2006 el IICA suscribió un Acuerdo Marco de Cooperación Técnica, fijando las bases y lineamientos a través de los cuales el IICA brindará cooperación técnica al MINAG y sus organismos descentralizados en: “i) comercio y competitividad de agronegocios, ii) fortalecimiento de comunidades rurales (con enfoque territorial), iii) reposicionamiento y modernización de la agricultura, iv) sanidad agropecuaria e inocuidad de los alimentos, v) gestión ambiental y de recursos naturales, y vi) promoción de tecnología e innovación en la agricultura”, Que, los objetivos del MINAG y del IICA son coincidentes y complementarios en las actividades vinculadas a las Áreas Estratégicas de Política Comercial e Integración, Promoción de la Competitividad de los Agronegocios, Promoción de la Sanidad Agropecuaria y la Inocuidad de Alimentos, Desarrollo Rural Sostenible y NORMAS LEGALES 362158 el Uso Racional de Recursos Naturales, y Modernización Institucional, y que por lo tanto pueden traducirse en la implementación de programas conjuntos: Que, el Gobierno Peruano ha suscrito el Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos de Norteamérica, por lo que es necesario capacitar a los productores rurales en las experiencias comerciales que han tenido los países que cuentan con tratados de libre comercio y son competitivos en la actividad agraria; Que, en el marco de la Agenda Interna y el Desarrollo Agrario al 2010, el MINAG deberá formular una cartera de estudios de preinversión para implementar el Plan de Competitividad Agraria con un Programa de Inversiones, fundamentalmente en los ejes de Plataforma de Servicios Agrarios, Infraestructura y Tecnificación, Formación de Capacidades y Modernización Institucional, Apoyo Crediticio y Manejo Sostenible de los Recursos Naturales; Que, el MINAG tiene dentro de sus objetivos el de disminuir la pobreza y alcanzar la seguridad alimentaria del país, con este objeto ha constituido una Comisión Nacional Multisectorial para la celebración del “Año Internacional de la Papa 2008” encargada de elaborar un programa de eventos tanto a nivel nacional como de proyección internacional, por lo que es necesario articular con el IICA en forma conjunta esfuerzos que conlleven al éxito de cumplir con el fortalecimiento institucional; Que, es necesario aprobar la Carta de Entendimiento suscrita entre el Ministerio de Agricultura-MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura-IICA; con el objeto de Complementar las capacidades institucionales del MINAG y del IICA para viabilizar el programa de eventos tanto a nivel nacional como de proyección internacional para la celebración del “Año Internacional de la papa 2008”; De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Carta de Entendimiento suscrita por el Ministerio de Agricultura - MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA referido a complementar las capacidades institucionales del MINAG y del IICA para viabilizar el programa de eventos tanto a nivel nacional como de proyección internacional para la celebración del “Año Internacional de la papa 2008”. Artículo 2º.- Autorizar al MINAG a efectuar las transferencias de recursos necesarios al IICA, para la implementación y administración de las actividades previstas en la mencionada Carta de Entendimiento. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 147486-12 Exoneran la de adquisición proceso de de bienes y selección servicios con el fin de acondicionar locales del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 782-2007-AG Lima, 28 de diciembre de 2007 El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2007 VISTOS: El Informe Técnico Nº 020-2007-AG-OGA, el lnforme Legal Nº 611-2007-AG-OGAJ, el Oficio Nº 2305-2007/DOP/STEC y el Informe Nº 890-2007-AGOGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del sismo acaecido el 15 de agosto de 2007, la sede central del Ministerio de Agricultura fue declarada de alto riesgo por el Instituto Nacional de Defensa Civil, quien según Acta de Visita de Inspección de Defensa Civil Nº 5861 del 16 de agosto de 2007, recomendó restringir el acceso de personal a todo el edificio en salvaguarda de la vida humana, por haberse encontrado indicios de deterioro y debilitamiento en los elementos estructurales de algunas áreas del edificio; Que, con el fin mantener la operatividad interna del Ministerio de Agricultura, se procedió a la contratación directa de una serie de bienes y servicios, con cargo a ser regularizadas de conformidad con las normas antes citadas, considerando lo estrictamente necesario para la atención de la emergencia; Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, de conformidad con el artículo 22º de la referida Ley, se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, quedando la Entidad exonerada de la tramitación del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, por su parte, el artículo 142º del Reglamento de la citada Ley, vigente al momento de ocurrida la situación de emergencia, señaló que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, después de lo cual deberá convocar los procesos de selección que correspondan; Que, asimismo, el precitado artículo 142º señala que toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la finalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolución correspondiente, remitiéndolo, junto con el informe técnico-legal sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de ejecución de las prestaciones; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 5332007-AG, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de setiembre de 2007, se aprobó la exoneración del proceso de selección, por causal de emergencia, para la adquisición de los bienes y servicios indicados en los considerandos precedentes, la cual fue observada por la Dirección de Operaciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, mediante Oficio Nº 2305-2007/DOP/ STEC; Que, en tal sentido, corresponde emitir la Resolución Ministerial correspondiente, a fin de regularizar las adjudicaciones y contrataciones establecidas en el Informe Técnico Nº 020-2007-AG-OGA, antes citado,