Acuerdo En La Habana De Justicia Transicional. 23 De Marzo De

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Acuerdo en La Habana de justicia transicional. 23 de marzo de 2016 la fecha de la paz. Fiscalía suspende imputaciones a los jefes de las FARC Habana (Cuba), tras anunciar la concreción de un acuerdo en materia de justicia, tema integral del punto cinco de la agenda de diálogos de paz entre Gobierno y guerrilla, que tiene que ver con el resarcimiento a las víctimas. El histórico apretón de manos ayer del Presidente Juan Manuel Santos y el líder máximo de las FARC, Rodrigo Londoño Echeverri, alias ‘Timochenko’, y en medio el Presidente cubano Rául Castro Ruz. Foto: Agencia AP. El presidente Juan Manuel Santos reiteró que, de cualquier manera, la última palabra la tendrán los colombianos, a través de la refrendación popular. El acuerdo plantea privación de la libertad en condiciones especiales y amnistía más amplia a delitos políticos y conexos. L a Habana, Septiembre 24. En un hecho histórico, el presidente Juan Manuel Santos y el máximo comandante de las Farc, Rodrigo Londoño Echeverri, alias Timochenko, se dieron ayer la mano en La Dicho acuerdo plantea la creación de una “jurisdicción especial” que contará con salas de justicia y con un tribunal para la paz. Estos organismos estarán integrados principalmente por magistrados colombianos y con una participación minoritaria de extranjeros que cumplan los más altos requisitos. El propósito es obtener verdad, acabar con la impunidad, contribuir a la reparación a las víctimas y juzgar e imponer sanciones a los responsables de los graves delitos cometidos durante el conflicto. De igual modo, señala que, a la terminación de las hostilidades y de conformidad con el Derecho Internacional Humanitario (DIH), el Estado colombiano otorgará la “amnistía más amplia posible por delitos políticos y conexos”. En tal sentido, una ley de amnistía deberáprecisar el alcance de esa conexidad, con la posibilidad de incluir el narcotráfico. En cualquier caso, no serán objeto de amnistía o indulto las conductas que están tipificadas en la legislación nacional como delitos de lesa humanidad, genocidio o graves crímenes de guerra. existentes y la información que provean las organizaciones de víctimas y de derechos humanos. En este último punto, el acuerdo especifica que esta prohibición se extiende a delitos graves como la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, así como la tortura, el desplazamiento forzado, la desaparición forzada, las ejecuciones extrajudiciales y la violencia sexual. “Estos delitos serán objeto de investigación y juzgamiento por parte de la jurisdicción especial para la paz”, recalcó la declaración conjunta expedida por el gobierno Santos y las Farc. En el segundo caso, es decir, para quienes no reconozcan la verdad o lo hagan tardíamente, el objetivo es que enfrenten un juicio contradictorio ante el tribunal para la paz. Las sanciones que imponga este ente tendrán como finalidad esencial satisfacer los derechos de las víctimas y consolidar la paz. Además, deberán tener la mayor función restaurativa y reparadora del daño causado. Para todos aquellos que reconozcan responsabilidades, la sanción tendrá un componente de restricción de libertades y derechos que garantice el cumplimiento de la justicia. Un aspecto crucial del acuerdo es que la jurisdicción, literalmente, “tendrá competencia respecto a todos los que de manera directa o indirecta hayan participado en el conflicto armado interno, incluyendo a las Farc y a los agentes del Estado, por los delitos cometidos en el contexto y en razón del conflicto, en especial respecto de los casos más graves y representantivos”. En otras palabras, la jurisdicción especial para la paz deja abierta la posibilidad de que los militares y civiles partícipes de la guerra puedan ser incluidos en este instrumento jurídico. En cuanto a los procedimientos escogidos para el trabajo específico de la jurisdicción, el acuerdo aclara que serían dos las formas elegibles. Una para quienes reconocen la verdad y la responsabilidad, y otra para quienes no lo hagan o lo realicen tardíamente. En el primer caso se les impondrá una sentencia fundada en las conductas reconocidas, después de haber sido contrastadas con las investigaciones de la Fiscalía, las sanciones impuestas por otros órganos del Estado, las sentencias judiciales De esta manera, el acuerdo prevé que las sanciones para quienes reconozcan delitos muy graves tendrán un mínimo de duración de cinco años y un máximo de ocho de restricción efectiva de la libertad, “en condiciones especiales”. Aquellas personas que reconozcan su responsabilidad de manera tardía serán sancionadas con prisión de cinco a ocho años, “en condiciones ordinarias”. Se entiende que el primer caso aplica para privación de la libertad en sitios distintos a cárceles -que no se han definido y que podrían ser granjas agrícolas- y el segundo en centros penitenciarios. No obstante, el acuerdo recalca que para tener derecho a la pena alternativa se requiere que el beneficiario se comprometa a contribuir con su resocialización, “a través del trabajo, capacitación o estudio durante el tiempo que permanezca privado de la libertad”. En aquellos casos en que las personas se nieguen a reconocer su responsabilidad por tales delitos y resulten culpables, serán condenadas a penas de prisión hasta de 20 años, en condiciones ordinarias. Finalmente, el acuerdo sostiene que para acceder a cualquier tratamiento especial dentro de la jurisdicción para la paz es necesario aportar verdad plena, reparar a las víctimas y garantizar la no repetición. En el caso de las Farc, la participación en el sistema integral quedará sujeta a la dejación de armas, que deberá comenzar a más tardar a los 60 días luego de la firma del acuerdo final, lo cual implica su posterior transformación en un movimiento político. Incluso, el presidente Santos hizo énfasis en la fecha límite para la firma del acuerdo: 23 de marzo de 2016. A continuación el comunicado conjunto presentado por el Gobierno y las FARC desde La Habana: "Comunicado conjunto # 60 sobre el Acuerdo de creación de una Jurisdicción Especial para la Paz La Habana, Cuba, 23 de septiembre de 2015 1. El Gobierno de la República de Colombia y las FARC-EP reafirman su compromiso con los acuerdos logrados hasta la fecha: “Hacia un Nuevo Campo Colombiano: Reforma Rural Integral”, “Participación política: Apertura democrática para construir la paz” y “Solución al Problema de las Drogas Ilícitas”. 2. A la vez, reafirman su compromiso con una fórmula de justicia que satisfaga los derechos de las víctimas y contribuya a la construcción de una paz estable y duradera. Con ese propósito estamos construyendo un Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. En ese marco hemos acordado que se creará una Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición y hemos logrado acuerdos importantes en materia de reparación de las víctimas. 3. En cuanto al componente de justicia, hemos acordado crear una Jurisdicción Especial para la Paz, que contará con Salas de Justicia y con un Tribunal para la Paz. Las Salas y el Tribunal estarán integrados principalmente por magistrados colombianos, y contarán con una participación minoritaria de extranjeros que cumplan los más altos requisitos. La función esencial de las Salas y del Tribunal para la Paz es acabar con la impunidad, obtener verdad, contribuir a la reparación de las víctimas y juzgar e imponer sanciones a los responsables de los graves delitos cometidos durante el conflicto armado, particularmente los más graves y representativos, garantizando la no repetición. 4. El componente de justicia prevé que a la terminación de las hostilidades, de acuerdo con el DIH, el Estado colombiano otorgará la amnistía más amplia posible por delitos políticos y conexos. Una ley de amnistía precisará el alcance de la conexidad. En todo caso no serán objeto de amnistía o indulto las conductas tipificadas en la legislación nacional que se correspondan con los delitos de lesa humanidad, el genocidio y los graves crímenes de guerra, entre otros delitos graves como la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, el desplazamiento forzado, la desaparición forzada, las ejecuciones extrajudiciales y la violencia sexual. Estos delitos serán objeto de investigación y juzgamiento por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz. 5. La Jurisdicción Especial para la Paz tendrá competencia respecto de todos los que de manera directa o indirecta hayan participado en el conflicto armado interno, incluyendo a las FARC-EP y a los agentes del Estado, por los delitos cometidos en el contexto y en razón del conflicto, en especial respecto de los casos más graves y representativos. 6. La Jurisdicción Especial para la Paz contempla dos tipos de procedimientos: uno para quienes reconocen verdad y responsabilidad, y otro para quienes no lo hacen o lo hacen tardíamente. A los primeros se les impondrá una sentencia, fundada en las conductas reconocidas después de haber sido contrastadas las investigaciones de la Fiscalía General de la Nación, las sanciones impuestas por otros órganos del Estado, las sentencias judiciales existentes, así como la información que provean las organizaciones de víctimas y de derechos humanos. Los segundos enfrentarán un juicio contradictorio ante el Tribunal. 7. Las sanciones que imponga el Tribunal tendrán como finalidad esencial satisfacer los derechos de las víctimas y consolidar la paz y deberán tener la mayor función restaurativa y reparadora del daño causado. Para todos aquellos que reconozcan responsabilidades por los delitos competencia del Sistema, la sanción tendrá un componente de restricción de libertades y derechos que garantice el cumplimiento de las funciones reparadoras y restauradoras de las mismas mediante la realización de trabajos, obras y actividades y en general la satisfacción de los derechos de las víctimas. Las sanciones para quienes reconozcan delitos muy graves tendrán un mínimo de duración de cumplimiento de 5 años y un máximo de 8 de restricción efectiva de la libertad, en condiciones especiales. Las personas que hagan dicho reconocimiento de manera tardía ante el Tribunal serán sancionadas con pena de prisión de 5 a 8 años, en condiciones ordinarias. Para tener derecho a la pena alternativa, se requerirá que el beneficiario se comprometa a contribuir con su resocialización a través del trabajo, capacitación o estudio durante el tiempo que permanezca privado de la libertad. Las personas que se nieguen a reconocer su responsabilidad por tales delitos y resulten culpables serán condenadas a pena de prisión hasta de 20 años, en condiciones ordinarias. 8. Para acceder a cualquier tratamiento especial dentro de la Jurisdicción Especial para la Paz es necesario aportar verdad plena, reparar a las víctimas y garantizar la no repetición. 9. En el caso de las FARC-EP, la participación en el sistema integral estará sujeta a la dejación de armas, que deberá comenzar a más tardar a los 60 días luego de la firma del Acuerdo Final. 10. La transformación de las FARC-EP en un movimiento político legal es un objetivo compartido, que contará con todo el apoyo del Gobierno en los términos que se acuerden." "No vamos a fracasar, ha llegado la hora de la paz": Santos El presidente Juan Manuel Santos aseguró que el acuerdo final de paz con las FARC será firmado a más tardar el 23 de marzo de 2016 y que a partir de esa fecha, la guerrilla contará con un periodo de 60 días para la dejación de armas. "El jefe del secretariado de las FARC y yo hemos acordado que más tardar en seis meses, seis meses, debe concluir esta negociación y firmarse un acuerdo final" de paz, dijo el mandatario ante la presencia de alias ‘Timochenko’ y el presidente cubano Raúl Castro. "No va a ser una tarea fácil, porque faltan muchos puntos difíciles por acordar, pero esa es la instrucción que le hemos dado a nuestras delegaciones", dijo el mandatario colombiano, quien hizo una escala en La Habana para asistir a la firma de un acuerdo de creación de "una Jurisdicción Especial para la Paz". Por su parte el jefe máximo de la guerrilla de las FARC, Rodrigo Londoño Echeverry -alias ‘Timochenko’-, declaró que la "jurisdicción especial para la paz ha sido diseñada para todos los involucrados en el conflicto y no solo para una de las partes. Desde una perspectiva fundamentalmente restaurativa, abre las posibilidades de ofrecer verdad detallada y plena para sentar bases para la reparación y no repetición que satisfaga los derechos de las víctimas y las expectativas de reconciliación de la sociedad”. Este modelo de justicia, según 'Timockenko' "establece un modelo absoluto respetuoso con las obligaciones internacionales de Colombia y las normas humanitarias". "Corresponde a las partes ahora, muliplicar los esfuerzos dirigidos a la obtención de consensos que nos aproximen al cese al fuego bilateral. A definiciones sobre dejación de las armas y la transformación de las FARC-EP en un movimiento político legal, generando condiciones específicas como la del desmonte del paramilitarismo", concluyó el jefe de las FARC. El presidente cubano, Raúl Castro, quien participó como testigo de excepción del acuerdo, calificó el avance como importante y significativo: “Las conversaciones marchan por buen camino. Estos acuerdos sobre justicia representan un significativo paso de avance. Estamos ahora más cerca de lograr la paz”, indicó. “Aún quedan dificultades enormes que superar, pero tenemos la certeza de que serán vencidas”, agregó no obstante. El jefe de Estado cubano así mismo se comprometió a seguir acompañando el proceso de reconciliación: “no descansaremos en nuestros esfuerzos hasta que se logre el ansiado objetivo de la paz estable y duradera para la querida Colombia”, declaró. Fiscal General ordenó suspender todas la imputaciones de cargos contra la cúpula de las Farc El fiscal General, Eduardo Montealegre Lynett anunció que ordenó la suspensión inmediatas de la imputación de cargos en contra de los miembros del Secretariado de las Farc, esto mientras se adelanta el ajuste de la metodología frente al modelo de justicia transicional firmado en La Habana (Cuba) entre los negociadores del Gobierno y dicho grupo guerrillero en el marco de las negociaciones del proceso de paz. El jefe del ente investigador aseguró que el modelo firmado de justicia transicional es muy diferente al sistema penal acusatorio, hecho que obliga a la Fiscalía a impartir el mismo en el modelo de investigación y juzgamiento para la cúpula de las Farc por violaciones a los derechos humanos. “Pese a que la Fiscalía sigue siendo el eje central de las investigaciones, se abre la posibilidad de una nueva jurisdicción, como acudir a otras fuentes de investigación en la violación de los derechos humanos”. En esta nueva etapa la Fiscalía General tendrá que presentar informes ante la jurisdicción y el tribunal que se creará para la aplicación de esta nueva metodología de investigación. Se presentará un documento de contexto frente a las más graves violaciones a los derechos humanos cometidos por las Farc durante el conflicto armado, como el tema de violaciones al DIH, secuestro, reclutamiento de menores, violencia de género, entre otros. “En este informe la Fiscalía General no hará imputaciones ni acusaciones, ni a los miembros de las Farc ni a sus dirigentes sino que se limitará a presentar un informe descriptivo con las pruebas con las que cuenta por las violaciones a los derechos humanos por parte de la cúpula de las Farc y por todos los miembros de la insurgencia colombiana”, explicó Montealegre al señalar que no se calificará si es un delito de lesa humanidad, crimen de guerra u otro, esto lo hará el Tribunal Especial. El mismo acudirá a otras fuentes distintas a la Fiscalía General y podrá recibir información recolectada por la Procuraduría General, investigaciones históricas e incluso se abre la posibilidad para que las víctimas del conflicto armado presenten sus propias acusaciones. “El hecho de suspender las imputaciones y las acusaciones no significas que se paralizarán los procesos, bajo ninguna circunstancia se suspenderán las investigaciones”. Actualmente la Fiscalía investiga más de 38 mil hechos cometidos por las Farc durante el conflicto armado colombiano relacionados con la violación a los derechos humanos, reclutamiento de menores, violencia de género, secuestro, entre otros. Pero además hay una cifra adicional de 50 mil casos entre los que se encuentran el desplazamiento forzado durante el conflicto. “Estamos hablando de una cifra que podría ascender a 100 mil graves violaciones a los derechos humanos”. El ente investigador tiene activos 11.269 procesos contra las Farc, y dentro de estos se investigan más de 16 miembros de dicho grupo armado subversivo. “El modelo de justicia transicional va a tener en cuenta las personas que han sido condenadas”, precisa el Fiscal General sobre el hecho que han sido emitidas 1.858 condenas contra sus integrantes. “No habrán indultos para delitos de lesa humanidad” “Las obligaciones de Colombia ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, ante la Corte Penal Internacional es cumplir con el deber de investigar, juzgar y sancionar las más graves violaciones a los derechos humanos”, explicó al considerar que el modelo de justicia transicional establece una obligación de adelantar las pesquisas. El Tribunal estará conformado por magistrados colombianos y extranjeros “como sucedió en la Antigua Yugoslavia” que emitirán medidas restrictivas de la libertad. El jefe del ente acusador reiteró que el acuerdo firmado en la tarde de este miércoles en La Habana (Cuba) se dejó en firme que no se emitirán ni indultos ni amnistías para aquellos responsables crímenes de lesa humanidad. Este beneficio jurídico solamente se aplicarán al delito de rebelión y conexos “excluyendo los delitos de competencia de la Corte Penal Internacional”. “Si quisiéramos dar una cifra de los delitos que serían amnistiados o indultados podríamos decir que serían más de 15 mil miembros de las Farc en Colombia”, explicó en rueda de prensa el Fiscal General al indicar que de los ya condenados podrían ser amnistiados o indultados más de 1.689 miembros de este grupo armado ilegales. Aseguró que el pacto firmado en La Habana implica que existirán sanciones restrictivas efectivas de la libertad. En este sentido indicó que el desarrollo que haga posteriormente el Congreso deberá establecer estas penas a la restricción del movimiento como “obligación de permanecer en ciertas zonas del territorio nacional” por lo que “las Farc no tendrán una posibilidad de libertad de movimiento”. Los otros actores del conflicto Montealegre Lynett llamó la atención frente al hecho que en este modelo de justicia transicional serán incluidos otros actores del conflicto armado interno como militares, miembros de la Fuerza Pública “que no son propiamente combatientes” así como el ELN. Hizo énfasis en que las bandas criminales no son protagonistas del mismo. Señaló que el Congreso de la República será el encargado de determinar el futuro de los guerrilleros que se encuentran actualmente privados de su libertad pagando penas. “Lo lógico es que si estamos en el proceso de justicia transicional y entran en el marco del nuevo modelo e justicia la paz hay posibilidades que recuperen su libertad si se trata de rebelión y conexos”. “Con la sola amnistía y el indulto por delitos de rebelión y conexos podrían quedar en libertad gran parte de los presos políticos en Colombia”, explicó al hacer la salvedad si el Congreso establezca causales de libertad especiales mientras se adelanta la justicia transicional. “La Constitución y tratados internacionales no prohíben que el narcotráfico sea considerado conexo con delitos políticos”. Fuente: Servicio de Información de Seguridad ATLAS – Fiscalía General de la Nación - Presidencia de la República Medios nacionales. SIGA EL DESARROLLO DE ESTA ACTIVIDAD A TRAVES DEL TWITTER Siga el desarrollo de esta jornada y los últimos hechos de interés nacional a través de nuestra cuenta de twitter: https://twitter.com/Seguridad_Atlas Fuente: Servicio de Información de Seguridad Atlas – Secretaría de Tránsito y Movilidad de Bogotá – Alcaldía de Bogotá – Invias - Medios locales.