Participacion De Los Trabajadores Sobre Salud Y Seguridad En El Trabajo

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PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES SEGURIDAD EN EL TRABAJO - SOBRE SALUD Y INTRODUCCION La Republica Argentina no cuenta con una Ley que legalice la participación de los trabajadores en el tema de salud y seguridad en el trabajo a nivel nacional. Esta es una vieja deuda aun no saldada. En esta ultima década en nuestro país se ha avanzado en muchos derechos y oportunidades, pero sobre el tema de salud y seguridad sigue encuadrado en un marco legislativo neoliberal. Es cierto que existen 1800 discusiones paritarias sindicales en la Negociacion Colectiva, pero los trabajadores no tienen aún representacion legal en ambitos de participacion con los empleadores dentro de los lugares de trabajo. Existen algunos convenios colectivos, que habilitan los Comites Mixtos de Salud y Seguridad (mecanicos, peluqueros, vestido, etc) y otros acuerdos por empresa (Ford, Acindar, entre otras) pero no esta formalizado el actor social protagonista de la Gestion de Salud y Seguridad laboral: Los trabajadores. Desde mucho tiempo las organizaciones sindicales lucharon y reivindicaron este espacio, poco se ha logrado en general. Existen leyes provinciales sobre Participacion en salud y seguridad; en la Pcia de Santa Fé y en la Provinica de Buenos Aires. En esta ultima, luego de la muerte de dos trabajadores en un astillero estatal (Astillero Rio Santiago), la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) organizo una gran marcha en la ciudad de La Plata donde todos los sindicatos bonaerenses marcharon por las calles con un solo pedido: “Los trabajadores estatales de la Pcia de Buenos Aires queremos voz y voto en los temas de salud y seguridad”. Si bien este tragico y prevenible evento fue un hito en la historia de los trabajadores, la lucha organizada genero cambios en la agenda politica. DESARROLLO El 3 de septiembre de 2008 se crea por Resolución Conjunta del Ministerio de Trabajo Nº 164/08, el Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno Nº 391/08 y la Secretaría General de la Gobernación Nº 145/08 de la Provincia de Buenos Aires, la Comisión Mixta de Salud y Seguridad en el Empleo Público (CoMiSaSEP), convocando a los representantes de los trabajadores a formar parte de ella. El objetivo fundamental de la Resolución interministerial es la incorporación de la participación de los trabajadores en materia de Salud y Seguridad en el Trabajo. Dicho objetivo está en conformidad con los principios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que, a través de distintos Convenios y Recomendaciones, aconseja la constitución de Comités Mixtos con representación de los empleadores y de los trabajadores a fin de tratar cuestiones atinentes a las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT) y de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que sostiene que los trabajadores deben poder disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental y en condiciones de trabajo acordes. La CoMiSaSEP tiene a su cargo el tratamiento de las Políticas Públicas vinculadas a las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo de los empleados del Poder Ejecutivo Provincial, atendiendo fundamentalmente las cuestiones referidas a la prevención y protección de la vida y la salud de todas personas que se desempeñen en las dependencias públicas. La CoMiSaSEP está integrada por representantes del Poder Ejecutivo Provincial y de los sindicatos de los trabajadores estatales. La Central de Trabajadores Argentinos, CTA, tuvo y tiene un rol protagonico desde la conformacion de esta Comision, y junto a otros sindicatos trabajan en la construccion de una agenda politica con los temas inherentes a la salud de los trabajadores, con el fin de generar acciones estrategicas para defender l mejores condiciones de trabajo. En la ciudad de La Plata, el 18 de Noviembre de 2008, con el objeto de constituir la CoMiSaSEP, se reúnen en el Salón de Paritarias de la Subsecretaría de la Negociación Colectiva del Sector Público del Ministerio de Trabajo, presidida por el Sr. Ministro de Trabajo Dr. Oscar Cuartango, los representantes de la Secretaría General de la Gobernación, del Ministerio de Jefatura de Gabinete y Gobierno, y del Ministerio de Trabajo y los representantes gremiales de: ABER, AERI, AMRA, APDFA, APV, ATE, FEB, UDA, UPCN, SOEME, SSP, SUTEBA Y SUTEP. Desde esa fecha a la actualidad, los miembros de CoMiSaSEP se reúnen en sesiones ordinarias, cada 15 días, y extraordinarias, teniendo sede en el Salón de Paritarias de la Subsecretaría del Sector Público del Ministerio de Trabajo. Los miembros de CoMiSaSEP, cumpliendo con su Reglamento Interno, eligieron por consenso un Presidente y un Secretario con sus correspondientes suplentes, que permanecerán en el cargo seis meses. Los cargos son ocupados, en forma conjunta, por un Representante de los Trabajadores y un Representante de la Administración Pública Provincial. Al final de cada mandato se alternarán las representaciones mencionadas. Uno de los lineamientos políticos impulsados desde la CoMiSaSEP, consistió en la creación de una figura básica y fundamental, la del Especialista en Innovación de Gestión en Salud y Seguridad en el Empleo Público para servir de apoyo a esta nueva Política Pública en la Provincia de Buenos Aires. A partir de la creación de CoMISaSEP, funcionarios y representantes de las entidades gremiales estatales trabajan en forma conjunta con el objetivo de mejorar las condiciones y medio ambiente de trabajo de los empleados públicos del Poder Ejecutivo Provincial. Desde entonces, se han generado distintos espacios mixtos –a nivel provincial, jurisdiccional y local- donde funcionarios y representantes gremiales dialogan y establecen consensos para proteger la vida y la salud de los trabajadores. En los espacios mixtos, los representantes gremiales son portavoces de las percepciones de los trabajadores sobre los riesgos en sus lugares de trabajo y desde su experiencia, aportan a la elaboración de las propuestas de mejoras. Los funcionarios que participan de los espacios mixtos escuchan los aportes de los representantes gremiales y proponen alternativas para prevenir o disminuir los riesgos en los lugares de trabajo. Las decisiones se toman luego de arduos y concientizados debates donde cada parte fundamenta sus opiniones. Se establece finalmente por consenso una recomendación de las acciones a implementar. Es un verdadero proceso de cambio cultural: la salud y seguridad en el trabajo forma parte de las políticas públicas. Son tareas de la COMISASEP: - Impulsar proyectos normativos. Así surgió la Ley 14226 y su decreto reglamentario. - Formular recomendaciones. Por ejemplo, en materia de capacitación surgió la Especialización en Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo, o en temas críticos de Salud donde concreto las recomendaciones sobre Gripe A y Dengue. En temas de administración u organización elaboró recomendaciones sobre previsiones presupuestarias, sobre las áreas y las compras de elementos relacionados con la Salud y Seguridad Laboral. - Regular y asistir a las Comisiones Jurisdiccionales Mixtas. - Fomentar la capacitación de los empleados estatales en la temática. - Fomentar la creación de un Registro Provincial de las Comisiones Jurisdiccionales Mixtas, Comités Mixtos y Delegados de Prevención. zImpulsar la realización de estadísticas sobre la salud y seguridad en el trabajo estatal. zUno de los logros mas importantes es la creacion y promulgacion de la Ley de Participacion de los Trabajadores en el ambito publico sobre salud y seguridad Nº 14226 y su Decreto reglamentario Nº 120. A partir de este momento de legalidad se comenso a transitar un espacio muy rico de discusion y arrivo de consensos, cada cual con su mirada, tanto trabajadores como funcionarios del estado. •Luego de dos arduos años de trabajo, se promulgó la Ley Nº 14226 Y Decreto Nº 14/11 que garantiza y legitima espacios participativos sobre salud y seguridad en el trabajo público entre las organizaciones sindicales de la Provincia de Buenos Aires y el Poder Ejecutivo Provincial. •Esta Ley obliga al empleador de la Provincia de Bs As a la conformación de Comisiones Mixtas de Salud y Seguridad en cada jurisdicción, a la conformación de Comités Mixtos distritales y a la implementación de la figura de Delegado de Prevención en cada lugar de trabajo. Esta ley de participación no elude la responsabilidad del empleador de proteger la salud de los trabajadores, pero genera un espacio por demás importante ya que los trabajadores del estado bonaerense tienen democráticamente un justo lugar de participación activa y genuina. COMISIONES MIXTAS JURISDICCIONALES A fin de descentralizar la temática y avanzar en la especificidad por tareas y actividades se define, dentro de la administración pública provincial y por cada jurisdicción, se constituye una Comisión Jurisdiccional Mixta (CJM) integrada por representantes de la administración y representantes de las entidades gremiales. Tiene por finalidad el tratamiento de las cuestiones vinculadas a la salud y seguridad de los trabajadores del organismo al que corresponda.: salud, Educación, Vialidad, etc. Funciones de las Comisiones Mixtas Jurisdiccionales: zPromover la creación de Comités Mixtos de Salud y Seguridad y la figura del Delegado de Prevención. zProponer y fomentar acciones de prevención y protección de la vida y la salud de los trabajadores de la jurisdicción. zAtender las recomendaciones e instrucciones que propone CoMiSaSEP zParticipar en la elaboración y evaluación de los programas de prevención de riesgos, como así también para generar un plan de capacitación permanente y sistematizada. L e yP ro v in c ia lN º1 4 .2 2 6 R e p re s e n ta n te s A d m in is tra c ió n (á re a sd eP e rs o n a l, M a n te n im ie n to ,S e rv ic io s G e n e ra le syP re s u p u e s to ) C o M iS a S E P C J M S S N º O rg a n iz a c io n e s S in d ic a le s (m ie m b ro sre p re s e n ta n te s ) C M P re s id e n teyS e c re ta rio D P D e b e ráre v e s tirc a rg o D e le g a d od e lP e rs o n a l c o nm a n d a tov ig e n ted u ra n telag e s tió n D u ra c ió nd e lM a n d a to D e c is io n e sp o rC o n s e n s o M is io n e syF u n c io n e s R e g la m e n toIn te rn o Relacion en la gestion de la salud y seguridad en el trabajo. Comités Mixtos T itu la re syS u p le n te s P O D E RE J E C U T IV O D EL AP R O V IN C IAD EB U E N O SA IR E S Las Comisiones Jurisdiccionales Mixtas impulsan la creación de Comités Mixtos cuando el número de trabajadores supere los 450 de jornada completa y/o el diagnóstico de las condiciones de trabajo así lo requieran. En el caso particular de la Dirección General de Cultura y Educación estos Comités se conformarán a nivel distrital. Los miembros de los Comités Mixtos son designados ya sea por la máxima autoridad institucional en el caso de los representantes estatales o, en el caso de los representantes gremiales, por los secretarios generales. Los Comités Mixtos tienen por finalidad intervenir a nivel local en la mejora de las condiciones y medioambiente de trabajo en los establecimientos y distritos educativos en función de las recomendaciones elaboradas por la CJM y avaladas por la CoMiSaSEP. Los Comités Mixtos deberán promover un clima de cooperación entre trabajadores y funcionarios para defender la salud a través de la prevención de riesgos laborales y la mejora de las condiciones y medioambiente de trabajo. Son tareas de los Comites Mixtos Salud y Seguridad: zParticipar activamente en la implementación de planes y procedimientos preventivos zColaborar con la sensibilización y las actividades de capacitación en la temática organizadas por la CoMiSaSEP y las CJM zAcompañar a los técnicos especializados y/o inspectores del Ministerio de trabajo en sus visitas a los centros de trabajo z zLos Comités Mixtos registran sus reuniones en actas y elaboran informes para la Comisión Jurisdiccional Mixta. z zLas autoridades de los Comités Mixtos son designadas por consenso cada 6 meses alternando la Presidencia y la Secretaría entre representantes gubernamentales y gremiales. z zLos miembros de los Comités Mixtos por su inserción institucional están en contacto directo con el conjunto de los trabajadores. Así, son un nexo entre ellos, los delegados de prevención y la Comisión Jurisdiccional Mixta. Delegados de Prevención Las Comisiones Jurisdiccionales Mixtas promueven la designación de Delegados de prevención: delegados gremiales electos con mandato vigente de acuerdo a la Ley Nacional de Asociaciones Profesionales 23.551. Favorecen la cooperación entre los trabajadores y los funcionarios para promover la salud y seguridad en los lugares de trabajo Los Delegados de Prevención, al igual que los miembros de todos los espacios mixtos, deben estar capacitados para poder cumplir adecuadamente sus funciones en el marco de la normativa provincial y nacional. Son sus tareas: zParticipar activamente en la elaboración de planes y procedimientos preventivosen sus lugares de trabajo. zColaborar con la sensibilización y las actividades de capacitación en la temática organizadas por la CoMiSaSEP y las Comision Jurisdiccional Mixta. zAcompañar a los técnicos especializados y/o inspectores del Ministerio de trabajo en sus visitas a los centros de trabajo. zElaborar informes sobre riesgos en el trabajo para la Comision Mixta Jurisdiccional el Comité Mixto. zGenerar una estrecha relacion y referencia con el Comité Mixto Distrital. CONCLUSIONES: El desarrollo de este esquema de gestion y participacion en salud y seguridad, es un desafío para las organizaciones sindicales, ya que a través del consenso y la construcción colectiva se deberá avanzar conjuntamente en la defensa de dignas condiciones laborales que los trabajadores se merecen. Cada organización Sindical pone a disposicion su impronta y recorrido, pero el objetivo es comun. Si bien la herramienta de la denuncia sirve para exigir cumplimientos normativos, participar en salud laboral permite construir ámbitos de discusión para decidir las mejores estrategias de prevención con el fin de modificar las condiciones de trabajo, construyendo en forma participativa un trabajo digno y para todos. Este logro es fruto de la perseverancia y la lucha continua en respuesta a tantos compañeros muertos y discapacitados por las malas condiciones de trabajo impuesta por los empleadores. Ahora tenemos que lograr una Ley nacional para que los trabajadores podamos participar en la salud y seguridad en el empleo público y privado, nuestro país es el único de la región que no ha modificado tal legislación. Seguiremos apostando para que esta normativa se extienda a todos los trabajadores del ámbito Público que han quedado excluido, judiciales y legislativo, y por supuesto también trabajadores del ámbito privado. Este avance que hoy nos dignifica y nos alegra; marca una política de estado y seremos los trabajadores y sus organizaciones sindicales quienes trabajaremos colectivamente para que funcionen todos los ámbitos obtenidos de participación a fin de lograr un trabajo que genere las mejores condiciones laborales que los trabajadores se merecen. SUBSECRETARIA DE SALUD LABORAL Y CONDICIONES DE TRABAJO SECRETARIA DE SALUD SINDICATO UNIFICADO DE TRABAJADORES DE LA EDUCACION BS. AS. S.U.T.E.B.A.