Jos Desde La Situación De Excedencia Voluntaria, Resuelto

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jos desde la situación de excedencia voluntaria, resuelto parcialmente en alguna de las Áreas de Actividad afectadas por el mismo. Con fecha 17 de noviembre de 2005, la Comisión Paritaria de Vigilancia, Interpretación y Desarrollo del Convenio Colectivo aprobó el Acuerdo adoptado por la Mesa Técnica de Selección sobre el Concurso de Traslados, en la sesión celebrada el 10 de octubre de 2005, por el cual el personal temporal que no forme parte de las Bolsas de Trabajo vigentes, bien específicas o derivadas de los procesos selectivos de personal fijo y, en su caso, de las supletorias de estas, de las categorías integradas en los Grupos Profesionales I, II, III y IV y que, como consecuencia de la resolución del concurso de traslados arriba mencionado, resulte desplazado del puesto que ocupe con carácter interino, pasará a integrarse en las mencionadas Bolsas de Trabajo. En cumplimiento del Acuerdo arriba mencionado, se dictó la Resolución de 5 de junio de 2007, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de junio de 2007), por la que se acordaba la integración en las Bolsas de Trabajo vigentes en las distintas categorías laborales existentes del personal temporal que hubiera sido desplazado del puesto que viniera ocupando con carácter interino, en virtud de lo previsto en la Resolución de 30 de marzo de 2007, de la Dirección General de Función Pública, por la que se adjudican destinos como consecuencia de la resolución parcial del mencionado concurso de traslados de personal laboral fijo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de abril de 2007), para las categorías profesionales del Área A que a continuación se detallan: — Titulado Superior. — Titulado Medio. — Jefe de Negociado. — Técnico Especialista I. — Técnico Especialista II. — Técnico Especialista III. — Operador de Informática. — Auxiliar Administrativo. Por la que se requería a los interesados la documentación oportuna al efecto, según lo establecido en el Acuerdo de 17 de noviembre de 2005. Por todo ello, en uso de las competencias que tiene legalmente atribuidas, esta Dirección General de Función Pública HA RESUELTO Primero Publicar la relación de trabajadores temporales desplazados del puesto que venían ocupando con carácter interino, en virtud de lo previsto en la Resolución de 30 de marzo de 2007, de la Dirección General de Función Pública, que reúnen los requisitos exigidos para su integración en las Bolsas de Trabajo vigentes en las categorías profesionales señaladas en la Resolución de 5 de junio, de la Dirección General de Función Pública, ordenada de acuerdo con la antigüedad de cada trabajador en la categoría profesional que ostentara en el momento de la resolución del concurso de traslados, que se incorpora como Anexo I a la presente Resolución. Segundo Publicar la relación de trabajadores excluidos de la posibilidad de integración descrita en el punto primero, al no reunir los requisitos exigidos, con expresión de las causas que han motivado dicha exclusión, que se incorpora como Anexo II a la presente Resolución. Tercero Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante la Dirección General de Función Pública o ante la Consejería de Presidencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dado en Madrid, a 17 de septiembre de 2007.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González. ANEXO I RELACIÓN DE TRABAJADORES TEMPORALES DESPLAZADOS DEL PUESTO QUE VENÍAN OCUPANDO CON CARÁCTER INTERINO, EN VIRTUD DE LO PREVISTO EN LA RESOLUCIÓN DE 30 DE MARZO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, QUE SERÁN INTEGRADOS EN LAS BOLSAS DE TRABAJO VIGENTES EN LAS CATEGORÍAS PROFESIONALES PERTENECIENTES AL ÁREA DE ACTIVIDAD “A”, SEÑALADAS EN LA RESOLUCIÓN DE 5 DE JUNIO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA ANEXO II RELACIÓN PROVISIONAL DE TRABAJADORES TEMPORALES EXCLUIDOS DE LA POSIBILIDAD DE INTEGRACIÓN EN BOLSAS DE TRABAJO, POR NO REUNIR LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LA RESOLUCIÓN DE 5 DE JUNIO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA Causas de exclusión Código y descripción de la causa de exclusión A: No ostentar ni haber ostentado la condición de personal laboral de la Comunidad de Madrid. B: Formar parte de alguna Bolsa de Trabajo para personal laboral vigente en la Comunidad de Madrid. C: No pertenecer al Área de Actividad o Categoría Profesional objeto de la Resolución. D: No haber sido desplazado del puesto de trabajo por la resolución del concurso de traslados. E: Presentación fuera de plazo. (03/24.034/07) Consejería de Justicia y Administraciones Públicas 3522 RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace pública la relación del personal laboral que cumple los requisitos para su integración en las Bolsas de Trabajo vigentes en las distintas categorías laborales, al resultar desplazado del puesto que viniera ocupando con carácter interino, como consecuencia de la resolución del concurso en turno de traslado para personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid, convocado mediante Orden 2493/2005, de 18 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, así como la relación de personal laboral excluido de dicha posibilidad, al no cumplir los requisitos exigidos de acuerdo con la Resolución de 6 de julio de 2007, de la Dirección General de Función Pública. Por Orden 2493/2005, de 18 de noviembre, de la Consejería de Presidencia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre de 2005), se convoca concurso en turno de traslado para personal fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid de los puestos de trabajo recogidos en el Anexo I de dicha Orden, vinculados a las Ofertas de Empleo Público para los años 2001, 2002, 2003 y 2004, así como los puestos correspondientes a categorías de promoción profesional específica incluidos en los Decretos de Oferta de Empleo Público para los años señalados, o puestos que, en su caso, se encuentren desempeñados con carácter provisional, como consecuencia de haberse producido el reingreso al servicio activo de trabajadores fijos desde la situación de excedencia voluntaria, resuelto parcialmente en alguna de las Áreas de Actividad afectadas por el mismo. Con fecha 17 de noviembre de 2005, la Comisión Paritaria de Vigilancia, Interpretación y Desarrollo del Convenio Colectivo aprobó el Acuerdo adoptado por la Mesa Técnica de Selección sobre el Concurso de Traslados, en la sesión celebrada el 10 de octubre de 2005, por el cual el personal temporal que no forme parte de las Bolsas de Trabajo vigentes, bien específicas o derivadas de los procesos selectivos de personal fijo y, en su caso, de las supletorias de estas, de las categorías integradas en los Grupos Profesionales I, II, III y IV y que, como consecuencia de la resolución del concurso de traslados arriba mencionado, resulte desplazado del puesto que ocupe con carácter interino, pasará a integrarse en las mencionadas Bolsas de Trabajo. En cumplimiento del Acuerdo arriba mencionado, se dictó la Resolución de 6 de julio de 2007, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de julio de 2007), por la que se acordaba la integración en las Bolsas de Trabajo vigentes en las distintas categorías laborales existentes del personal temporal que hubiera sido desplazado del puesto que viniera ocupando con carácter interino, en virtud de lo previsto en la Resolución de 31 de mayo de 2007, de la Dirección General de Función Pública, por la que se adjudican destinos como consecuencia de la resolución parcial del mencionado concurso de traslados de personal laboral fijo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de junio de 2007), para las categorías profesionales de las Áreas B y F que a continuación se detallan: Área B: — Ayudante de Control y Mantenimiento. — Ayudante de Cocina. — Jefe de Cocina II. — Ayudante de Conservación. — Cocinero. — Conductor. — Encargado I. — Jefe de Conservación. — Jefe de Equipo. — Auxiliar de Obras y Servicios. — Oficial de Conservación. — Pinche de Cocina. — Técnico Especialista II, “B”. — Técnico Especialista III. — Titulado Medio. Área F: — Técnico Especialista I. Por la que se requería a los interesados la documentación oportuna al efecto, según lo establecido en el Acuerdo de 17 de noviembre de 2005. Por todo ello, en uso de las competencias que tiene legalmente atribuidas, esta Dirección General de Función Pública HA RESUELTO Primero Publicar la relación de trabajadores temporales desplazados del puesto que venían ocupando con carácter interino, en virtud de lo previsto en la Resolución de 31 de mayo de 2007, de la Dirección General de Función Pública, que reúnen los requisitos exigidos para su integración en las Bolsas de Trabajo vigentes en las categorías profesionales señaladas en la Resolución de 6 de julio de 2007, ordenada de acuerdo con la antigüedad cada trabajador en la categoría profesional que ostentara en el momento de la resolución del concurso de traslados, que se incorpora como Anexo I a la presente Resolución. Segundo Publicar la relación de trabajadores excluidos de la posibilidad de integración descrita en el punto primero, al no reunir los requisitos exigidos, con expresión de las causas que han motivado dicha exclusión, que se incorpora como Anexo II a la presente Resolución. Tercero Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante la Dirección General de Función Pública o ante la Consejería de Presidencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dado en Madrid, a 17 de septiembre de 2007.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González. ANEXO I RELACIÓN DE TRABAJADORES TEMPORALES DESPLAZADOS DEL PUESTO QUE VENÍAN OCUPANDO CON CARÁCTER INTERINO, EN VIRTUD DE LO PREVISTO EN LA RESOLUCIÓN DE 31 DE MAYO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, QUE SERÁN INTEGRADOS EN LAS BOLSAS DE TRABAJO VIGENTES EN LAS CATEGORÍAS PROFESIONALES PERTENECIENTES A LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD “B” Y “F”, SEÑALADAS EN LA RESOLUCIÓN DE 6 DE JULIO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA ANEXO II RELACIÓN PROVISIONAL DE TRABAJADORES TEMPORALES EXCLUIDOS DE LA POSIBILIDAD DE INTEGRACIÓN EN BOLSAS DE TRABAJO, POR NO REUNIR LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LA RESOLUCIÓN DE 6 DE JULIO DE 2007, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA Causas de exclusión Código y descripción de la causa de exclusión A: No ostentar ni haber ostentado la condición de personal laboral de la Comunidad de Madrid. B: Formar parte de alguna Bolsa de Trabajo para personal laboral vigente en la Comunidad de Madrid. C: No pertenecer al Área de Actividad o Categoría Profesional objeto de la Resolución. D: No haber sido desplazado del puesto de trabajo por la resolución del concurso de traslados. E: Presentación fuera de plazo. (03/24.035/07)