El Botellon Y Otras Maldades

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EL BOTELLON Y SUS MALDADES El mal llamado fenómeno social del “botellón” tiene repercusiones nocivas en muchos aspectos. Desde el impacto negativo en la salud de los usuarios, hasta la molestia ocasionadas a los vecinos circundantes al lugar de celebración. Los defensores de ese fenómeno no cesan en crear todo tipo de argumentación para justificar algo que en esencia no la tiene y que, por el contrario, debería prohibirse. Prohibición generalizada. Previo a un estudio, no exhaustivo de las argumentaciones de los defensores del “botellón”, una consideración. Sus defensores parten de dos ideas que no pueden aceptarse como válidas. Por un lado se entiende el consumir bebida alcohólica como un derecho al que hay que concederle la institucionalización necesaria. Nada más lejos de la realidad. El consumo de bebidas alcohólicas es una opción que no genera derecho alguno. Debe estar sometida a un control restrictivo legal y social. Por otro lado defienden, como base de determinados comportamientos sociales, que los mismos se realicen ante una consumición alcohólica. Realmente se pueden obtener los mismos resultados sin que presida la reunión una consumición de este tipo. Estas premisas equivocadas sustentan los argumentos sociales de quienes defienden la práctica indiscriminada del “botellón”. Por intentar defender su existencia, basada en otros aspectos sociológicos y económicos, los argumentos utilizados realmente no soportan un análisis ni siquiera superficial. Se argumenta que tal fenómeno fomenta y enriquece la relación entre los jóvenes. El resultado del índice de alcohol en sangre en un altísimo porcentaje de los jóvenes que lo practica y las consecuencias del mismo, lleva a la conclusión que poco enriquecimiento en la relación social puede acarrear su realización. Además no es necesario que esa conveniente relación social se tenga que realizar consumiendo bebidas alcohólicas incontroladas. El consumo indiscriminado, y por ello sin control alguno, por los menores es una lacra para la salud en los adolescentes cuyos resultados no tardarán en notarse. Es notorio que los menores consumen alcohol en la práctica del botellón. En los establecimientos públicos, legalmente autorizados, la venta y el consumo de bebidas alcohólicas, por los menores de edad está prohibida y severamente sancionada. Destacar que la prohibición en los locales se extiende no solo a la venta, responsabilidad última de quien explota el local, sino que lo hace responsable del consumo, es decir, sin atender si la obtención de la bebida prohibida la ha realizado el menor que la consume o la adquisición de la misma la ha realizado quien tiene edad para hacerlo. Esta responsabilidad, igualmente C/ Goya 115, 5ª planta – 28009 Madrid – Telf. 91 401 47 50- Fax. 91 309 36 47 e-mail: [email protected] sancionable, trasciende al mero control de la venta ya que responsabiliza de acciones en las que no ha intervenido. Otra argumentación es la económica. Consideran que el precio de las consumiciones en los locales de ocio nocturno, horario en el que se realiza el botellón, es excesivo. Utilizan el término excesivo sin el más pequeño de los análisis. El cálculo efectuado por los defensores se limita a dividir el importe de la compra efectuada por ellos entre las consumiciones que obtienen. Obvian, por interés perverso, todo los gastos y costos que conlleva el poder realizar una consumición en un local legalmente autorizado. Sólo el costo del local con su adecuación y exigencias de comodidad (local, decoración, aire acondicionado, seguros, revisiones anuales….); el costo social de los trabajadores que atienden el local (salario, seguridad social, prevención de riesgos…) junto con los demás costos y gastos de mantenimiento para el mantenimiento de la calidad de lo ofertado, desbarata en cada uno de los casos, ese inadecuado cálculo y por lo tanto la argumentación. Son muchos más los argumentos que identifican el “botellón” como una práctica a erradicar. Erradicación que atañe a los responsables de las distintas administraciones públicas en cumplimiento de la ley. Así mismo es necesario un mejoramiento en la legislación de forma que, si lo que se persigue, de verdad, es velar por la salud, la normativa para la adquisición y consumo de determinadas sustancias, en este caso bebidas alcohólicas, se adecue de forma que, su cumplimiento y exigencia, sea clara y expeditiva. Madrid, 18 de septiembre de 2009 C/ Goya 115, 5ª planta – 28009 Madrid – Telf. 91 401 47 50- Fax. 91 309 36 47 e-mail: [email protected]