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CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN LIQUIDACIÓN
INVITACIÓN ABIERTA No. 11 DE 2016
ACTA FINAL DE EVALUACIÓN Y RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL ACTA DE EVALUACIÓN
I. ANTECEDENTES 1.- Caprecom EICE en Liquidación publicó el 18 de agosto de 2016 Proyecto de Términos de Referencia de la presente Invitación Abierta No. 11 de 2016. 2.- Dentro del plazo fijado para el efecto fueron recibidas observaciones y solicitudes por parte de ciudadanos y eventuales interesados en participar en la Invitación Abierta, referidas al contenido de los términos de referencia y a las condiciones del contrato a celebrar. Todas las observaciones oportunas fueron contestadas y las respuestas fueron publicadas en el portal web institucional www.caprecom.gov.co 3.- El 29 de Agosto de 2016 se publicaron los Términos de Referencia definitivos de la Invitación Abierta No. 11 de 2016 con el siguiente objeto: “Contratar el avalúo técnico y comercial de los bienes muebles, enseres, equipo médico e industrial, de oficina, de computación, de comunicaciones de la caja de previsión social de comunicaciones “CAPRECOM” EICE en liquidación, para posterior venta” 4.- El 02 de septiembre de 2016 y dentro del cronograma establecido se recibieron las siguientes ofertas: No. 1 2 3
Nombre AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A. WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S. GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA
5.- El comité evaluador designado mediante Nota Interna de fecha 30 de Agosto de 2016, procedió a requerir a los siguientes oferentes: WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S. y GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA, a través de correos Sede Administración Central Carrera 69 No 47 - 34 - Bogotá Conmutador: (1) 2943333 Fax: (1) 2943925. Línea Nacional Gratuita: 01 8000 913966 Página 1 de 26
electrónicos remitidos a las cuentas autorizadas para recibir notificaciones o comunicaciones derivadas del presente proceso, para que subsanen su ofertas en los aspectos allí referidos. Los correos electrónicos se remitieron el 08 de septiembre de 2016. 6.- El 9 de septiembre de 2016, mediante correo electrónico recibido en la cuenta
[email protected] a las 03:18 p.m., el proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S. y mediante correo electrónico recibido a las 15:13:01 p.m. el proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA., allegaron documentación para subsanar y/o aclarar sus propuestas. 7.- En consideración a lo anterior, el 9 de septiembre de 2016 y dentro del cronograma establecido, se publicó en la página web www.caprecom.gov.co el informe de precalificación de las ofertas, así como un requerimiento para subsanar dirigido al proponente AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A., en lo referente al requisito del SARLAFT, que no había sido advertido inicialmente por el comité evaluador. 8.- Dentro del término establecido para el efecto y mediante correo electrónico remitido a
[email protected] el 13 de septiembre de 2016 a las 04:54 p.m., el proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA presentó observaciones a la precalificación publicada por la entidad, observaciones que serán resueltas en esta oportunidad. Adicionalmente el proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA mediante correo electrónico remitido a
[email protected] el 13 de septiembre de 2016 a las 06:33 p.m. dio alcance a la observación No. 5 de la propuesta presentada por AVALUOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A. 9.- Por lo anterior y de acuerdo a las observaciones presentadas por el proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA. a las propuestas de WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S y AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A., se procedió a realizar una nueva revisión a las propuestas presentadas conforme a lo previsto en el numerales 3.5 y siguientes de los Términos de Referencia, considerando la Entidad que para garantizar los principios de publicidad y de pluralidad de oferentes se hizo necesario publicar la Adenda No. 3 el 15 de Septiembre de 2016, donde nuevamente se requirió a los siguientes proponentes para que subsanen o aclaren sus ofrecimientos, en aspectos que no habían sido requeridos inicialmente por la entidad: Oferente
Requisito habilitante
Observación / requerimiento
WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S.
1. Hoja de Vida con los respectivos soportes del personal mínimo requerido. Literal K del numeral 3.5 y numeral 2.9 de
1. El proponente no cumple con lo exigido en los anteriores numerales por cuanto la certificación de experiencia mínima aportada de la Ingeniera Biomédica Leidy Jhuliana Marin expedida por JJRR CONSULTORES & CIA LTDA, no cumple con el tiempo mínimo requerido en los términos de referencia, teniendo en cuenta que el período certificado corresponde del 08 de julio de 2014 al 04 de julio de 2016. Por lo anterior, se requiere al proponente subsanar el documento conforme a lo exigido en la
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Oferente
Requisito habilitante
AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A.
los términos de referencia. 1. Hoja de Vida con los respectivos soportes del personal mínimo requerido. Literal K del numeral 3.5 y numeral 2.9 de los términos de referencia.
Observación / requerimiento Invitación. 1. El proponente no cumple con lo exigido en los numerales citados, debido a que en los soportes presentados del Ingeniero Eléctrico Andres Marín Zuluaga no se evidencia Tarjeta Profesional y/o Diploma o Acta de Grado de su profesión. Por lo anterior, se requiere al proponente subsanar el documento conforme a lo exigido en los términos de referencia. 2. El proponente no cumple con lo exigido en los anteriores numerales ya que en los soportes presentados del Ingeniero Mecánico Jaime Andres Serrato Tamayo no se evidencia Tarjeta Profesional. Adicionalmente, el certificado de experiencia de Valorar S.A. NO CUMPLE con las especificaciones del Personal Administrativo y de Campo, por cuanto la experiencia certificada exigida es en “Avalúos de Bienes Muebles”, y el certificado aportado es de “Avalúos de equipos electrónicos”. Por lo anterior, se requiere al proponente subsanar el documento y la experiencia exigida, conforme a lo exigido en los términos de referencia. 3. El proponente no cumple con lo exigido en los anteriores numerales ya que en los soportes presentados del Bioingeniero Álvaro Lain Álvarez Pardo no se evidencia Tarjeta Profesional. Por lo anterior, se requiere al proponente subsanar el documento conforme a lo exigido en los términos de referencia. 4. El proponente no cumple con lo exigido en los numerales citados, ya que en los soportes presentados de la Ingeniera Biomédica Sandra Milena Duque Rodelo, no se evidencia Tarjeta Profesional. Adicionalmente la señora Duque no cuenta con la experiencia mínima requerida, puesto que su grado como Ingeniera Biomédica fue el 18 de septiembre de 2015. Es de anotar, que la experiencia se cuenta a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional, tal como lo señala el artículo 12 de la Ley 842 de 2003 que dispone: “Para los efectos del ejercicio de la Ingeniería o alguna de sus profesiones afines o auxiliares, la experiencia profesional solo se computará a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional o del certificado de inscripción profesional,
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Oferente
Requisito habilitante
Observación / requerimiento respectivamente (…)”. Por lo anterior se requiere al proponente subsanar los documentos y la experiencia exigida en los términos de referencia. 5. El proponente no cumple con lo exigido en los anteriores numerales ya que el certificado de experiencia de Valorar S.A. del Administrador de Negocios Santiago Pelaez Henao NO CUMPLE con las especificaciones del Personal Administrativo y de Campo, dado que la experiencia certificada exigida en los términos de referencia es en “Avalúos de Bienes Muebles”, y el certificado aportado es de “Avaluador en diferentes proyectos”. Por lo anterior, se requiere al proponente subsanar el documento y la experiencia exigida conforme a lo establecido en los términos de referencia. 6. El proponente no cumple con lo exigido en los anteriores numerales ya que el certificado de experiencia de Valorar S.A. del Ingeniero Telemático Luis Felipe Cardona Giraldo presenta incongruencias en las fechas relacionadas, por lo cual no cumple con la experiencia mínima requerida de dos años en avalúos de equipos electrónicos. Por lo anterior, se requiere al proponente subsanar el documento y la experiencia exigida conforme a lo exigido en los términos de referencia.
Se informó a los proponentes que el plazo máximo para atender los requerimientos anteriormente descritos vencía el 19 de Septiembre de 2016 a las 5:00 P.M. 10.- Mediante correo electrónico remitido a
[email protected] el 19 de septiembre de 2016 02:48 p.m., el proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA dio alcance a las observaciones realizadas al informe de evaluación publicado por la entidad, observaciones que serán resueltas en esta oportunidad. 11.- En atención a los requerimientos para subsanar formulados por la entidad, el proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S. remitió dentro del término estipulado, mediante correo electrónico recibido en la cuenta
[email protected] el 16 de septiembre de 2016 a las 03:39 p.m. allegó documentación para subsanar y/o aclarar. Se deja constancia que el proponente AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A. no allegó respuesta frente a los requerimientos efectuados.
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En consecuencia, conforme a lo establecido en el numeral 3.9 de los Términos de Referencia y siguiendo lo normado en la Resolución No. L-002 del 30 de diciembre de 2015, por la cual se adoptó el Manual de Contratación de la entidad, el Comité Evaluador, designado mediante nota interna del 30 de agosto de 2016, procede a emitir la pre-calificación respectiva. II. ANÁLISIS DEL COMITÉ EVALUADOR A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS AL ACTA DE PRECALIFICACIÓN 2.1.- Procede el comité evaluador a resolver las observaciones presentadas por el proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA. el 13 de septiembre de 2016. Observación 1: “Encontrándonos en el plazo establecido por la entidad, por la presente realizamos las siguientes observaciones a la propuesta presentada por el proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S. 1. Observación No. 1 Respecto del profesional Juan Sebastián 1.1 Los términos de referencia numeral 2.9 y Literal K del numeral 3.5 establecen como requerimiento presentar con la propuesta “hoja de vida con los respectivos soportes del personal mínimo requerido. El proponente no cumple con lo exigido en los anteriores numerales ya que las certificaciones de experiencia mínima aportadas del Ingeniero de sistemas y Telecomunicaciones Juan Sebastián Robledo Giraldo, presentan inconsistencias (la certificación laboral expedida por GRAFIVISIÓN EDITORES LTDA no es coherente frente a las fechas de Inicio y finalización, y en las demás no se acredita los 2 años de experiencia”. Adicional a esto las certificaciones aportadas presentan inconsistencias con la información sobre la experiencia laboral relacionada en la hoja de vida de este profesional, por lo que no se encuentra acreditada la experiencia mínima de 2 años teniendo en cuenta que: La experiencia certificada por la productora y comercialización CELMAX, COPIDROGAS, CONCO-FORPO; DISTRIAVES Y SIGMA ENERTEL SAS, no tienen como objeto valuación o avaluó de equipos electrónicos, razón por la cual estas experiencias no deben ser tenidas en cuenta para el cálculo de la experiencia mínima de 2 años. Así las cosas solicitamos a la Entidad rechazar la oferta del proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S., por incurrir en la causal de rechazo, del numeral 3.10 literal i), teniendo en cuenta que el profesional Juan Sebastián Robledo Giraldo, no cumple a cabalidad con lo exigido en los términos de referencia.
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Consideraciones del comité evaluador: No son de recibo las observaciones del proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA. toda vez que el proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S., mediante correo electrónico recibido en la cuenta
[email protected] el 09 de septiembre de 2016 03:18 p.m., allegó certificación de experiencia del Ingeniero de Sistemas y Telecomuncaciones Juan Sebastián Robledo Giraldo, suscrita por la Secretaria General de la Lonja Nacional de Ingenieros Avaluadores, donde certifican más de tres (3) años de experiencia en Inventarios, Codificación y Avalúos de Maquinaria y Equipo, Equipos de Cómputo y Telecomunicaciones solicitados a la Lonja (Periodo certificado: Junio del año 2013 al 09 de Septiembre de 2016), por lo cual se concluye que el proponente CUMPLE con lo exigido en el numeral 2.9 de los términos de referencia. Es de aclarar que el requerimiento para subsanar este punto específico había sido efectuado por la entidad al momento de publicar los requerimientos para subsanar iniciales, razón por la cual, al no corresponder a un aspecto para la comparación objetiva de las ofertas, el mismo se encuentra satisfecho. Observación 2: “2. Observación No. 2 Respecto de la profesional LEIDY JHULIANA MARIN 2.1 Los términos de referencia numeral 2.9 y Literal K del numeral 3.5 establecen como requerimiento presentar con la propuesta “hoja de vida con los respectivos soportes del personal mínimo requerido. El proponente no cumple con lo exigido en los anteriores numerales ya que las certificaciones de experiencia mínima aportadas de la Ingeniero Biomédica LEIDY JHULIANA MARIN, presentan inconsistencias con la información sobre la experiencia laboral relacionada en la hoja de vida de este profesional. Adicional a esto la certificación expedida por WR INGENIEROS AVALUADORES, no cumple con el tiempo mínimo requerido para este perfil ya que se observa que se certifica que la ingeniera labora desde el 08 de Julio de 2014 a julio 04 de 2016. Así las cosas solicitamos a la Entidad rechazar la oferta del proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S., por incurrir en la causal de rechazo, del numeral 3.10 literal i), teniendo en cuenta que el profesional LEIDY JHULIANA MARIN, no cumple a cabalidad con la experiencia mínima exigida en los términos de referencia.” Consideraciones del comité evaluador:
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El proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S., dentro del término estipulado, mediante correo electrónico recibido en la cuenta
[email protected] el 16 de septiembre de 2016 a las 03:39 p.m. allegó certificaciones de experiencia de la ingeniera LEIDY JHULIANA PUERTA MARIN, las cuales se detallan a continuación: Certificación expedida por el Gerente General de ROM VAL INGENIERIA SAS, donde hacen constar que la señora LEIDY JHULIANA MARIN celebró contrato de prestación de servicios el día 23 de Noviembre de 2015 para llevar a cabo valoración de los equipos biomédicos (equipos científicos y de laboratorio) en los proyectos que realiza la empresa; igualmente certifican que la señora Marin se encuentra vinculada desde esa fecha a la empresa y el contrato se encuentra vigente a la fecha de expedición de la certificación (16 de Septiembre de 2016). Igualmente ratifican certificación expedida por el Representante Legal de JJRR CONSULTORES & CIA LTDA, donde hacen constar que celebraron contrato de prestación de servicios la señora LEIDY JHULIANA PUERTA MARIN para realizar valoración de los equipos de laboratorios, equipos médicos y científicos, en los contratos ejecutados por la empresa, período certificado del 08 de julio de 2014 al 04 de julio de 2016. Una vez revisadas las certificaciones anteriormente descritas se concluye que la Ingeniera LEIDY JHULIANA PUERTA MARIN tiene certificado más de los dos años de experiencia mínima exigida, por lo que el proponente CUMPLE con lo exigido en el numeral 2.9 de los términos de referencia. Observación 3: “3. Observación No. 3 Respecto del profesional Arnoldo Reyes Gualdron 3.1 Los términos de referencia numeral 2.9 y Literal K del numeral 3.5 establecen como requerimiento presentar con la propuesta “hoja de vida con los respectivos soportes del personal mínimo requerido. El proponente no cumple con lo exigido en los anteriores numerales ya que las certificaciones de experiencia mínima aportadas del Ingeniero industrial Arnold Reyes Gualdron, presentan inconsistencias (la certificación laboral expedida por GRAFIVISIÓN EDITORES LTDA no es coherente frente a las fechas de Inicio y finalización, y en las demás no se acredita los 2 años de experiencia”. Adicional a esto las certificaciones aportadas presentan inconsistencias con la información sobre la experiencia laboral relacionada en la hoja de vida de este profesional, por lo que no se encuentra acreditada la experiencia mínima de 2 años teniendo en cuenta que:
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La experiencia certificada por la productora y comercialización CELMAX, INDUSTRIAS PROTON LTDA, COPIDROGAS, CONCO-FORPO; DISTRIAVES Y SIGMA ENERTEL SAS, no tienen como objeto valuación o avaluó de equipo industrial, razón por la cual estas experiencias no deben ser tenidas en cuenta para el cálculo de la experiencia mínima de 2 años. Así las cosas solicitamos a la Entidad rechazar la oferta del proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S., por incurrir en la causal de rechazo, del numeral 3.10 literal i), teniendo en cuenta que el profesional Arnold Reyes Gualdron, no cumple a cabalidad con lo exigido en los términos de referencia
Consideraciones del comité evaluador: No son de recibo las observaciones del proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA toda vez que el proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S., mediante correo electrónico recibido en la cuenta
[email protected] el 09 de septiembre de 2016 03:18 p.m., allegó certificación de experiencia del Ingeniero Industrial Arnold Reyes Gualdron, suscrita por la Secretaria General de la Lonja Nacional de Ingenieros Avaluadores, certifican más de tres (3) años de experiencia en Avalúos Industriales (Maquinaria y equipo) solicitados a la Lonja (Periodo certificado: Enero del año 2013 al 09 de Septiembre de 2016), por lo cual se concluye que el proponente CUMPLE con lo exigido en el numeral 2.9 de los términos de referencia. Es de aclarar que el requerimiento para subsanar este punto específico había sido efectuado por la entidad al momento de publicar los requerimientos para subsanar iniciales, razón por la cual, al no corresponder a un aspecto para la comparación objetiva de las ofertas, el mismo se encuentra satisfecho. Observación 4: “Observación No. 4. Respecto del profesional Jorge Garcia No se evidencia Diploma de la profesional y la tarjeta profesional por lo cual se solicita a la entidad rechazar al oferente por no acreditar la exigencia mínimas del perfil académico. Consideraciones del comité evaluador: No son de recibo las observaciones del proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA toda vez que a folio 47 de la propuesta presentada por WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S se evidencia el diploma otorgado por la Universidad Tecnológica de Pereira al señor Jorge Enrique García Gómez como Ingeniero Mecánico; igualmente a folio 45 se evidencia su tarjeta profesional, por lo cual se concluye que el proponente CUMPLE con lo exigido en los términos de referencia.
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Observación 5: “A LA PROPUESTA PRESENTADA POR AVALUOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A. Los términos de referencia establece numeral 2.9 establece un personal mínimo requerido. Perfil I Rol
Personal Administrativo y de Campo
Ingeniero electrónico o Ingeniero en Telecomunicaciones; ingeniero electricista, ingeniero en telemática o ingeniero de sistemas. Ingenieros Biomédicos o profesionales en Bioingenieria Ingeniero Industrial
Requisitos adicionales de Formación
Requisitos adicionales de Experiencia
Cantidad
Con experiencia -certificada de al menos ((2) años la realización de avalúos de bienes muebles Experiencia mínima de dos (2) años en valuación o avalúo de equipos electrónicos.
3
Experiencia mínima de dos (2) años en valuación o avalúo de equipos médicos y científicos, de laboratorio. Experiencia mínima de dos (2) años en valuación o avalúo de equipo industrial. Total
2
1
1
7
A su vez se solicita una hoja de vida con los respectivos soportes del personal mínimo requerido. 1. Observación No. 1: Teniendo en cuenta los perfiles del personal mínimo requerido, el oferente aporta las siguientes hojas de vida con soportes incompletos: Profesional Andres Zuluaga: No se evidencia tarjeta profesional, ni diploma o acta de grado de su profesión.” Consideraciones del comité evaluador: Sede Administración Central Carrera 69 No 47 - 34 - Bogotá Conmutador: (1) 2943333 Fax: (1) 2943925. Línea Nacional Gratuita: 01 8000 913966 Página 9 de 26
De conformidad con la observación anterior, mediante Adenda No. 3 se requirió al proponente VALORAR S.A. para que allegara Tarjeta Profesional y/o Diploma o Acta de Grado de su profesión conforme a lo exigido en los términos de referencia. Sin embargo, dentro del término otorgado para el efecto por la entidad, el proponente no allegó respuesta alguna a la entidad. Observación 6: “Profesional Santiago Peláez Henao: No se evidencia diploma o acta de grado de su profesión.” Consideraciones del comité evaluador: No es de recibo la observación del proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA toda vez que a folio 29 de la propuesta presentada por VALORAR S.A. se evidencia copia de la Tarjeta Profesional de Administrador de Negocios del señor Santiago Pelaez Henao, por lo cual para la expedición de dicho documento debe anteceder diploma profesional, razón por la cual la entidad concluye que para este profesional, se encuentra acreditado el requisito de allegar “los respectivos soportes del personal mínimo requerido”, según se exigió en el numeral 3.5 literal k) de los Términos de Referencia. Observación 7: “Profesional Jaime Andres Serrato: No se evidencia tarjeta profesional” Consideraciones del comité evaluador: De conformidad con la observación anterior, mediante Adenda No. 3 se requirió al proponente VALORAR S.A. para que allegara el documento conforme a lo exigido en los términos de referencia. Sin embargo, dentro del término otorgado para el efecto por la entidad, el proponente no allegó respuesta alguna a la entidad. Observación 8: “Profesional Álvaro Alvarez: No se evidencia tarjeta profesional” Consideraciones del comité evaluador: De conformidad con la observación anterior, mediante Adenda No. 3 se requirió al proponente VALORAR S.A. para que allegara el documento conforme a lo exigido en los términos de referencia. Sin embargo, dentro del término otorgado para el efecto por la entidad, el proponente no allegó respuesta alguna a la entidad. Sede Administración Central Carrera 69 No 47 - 34 - Bogotá Conmutador: (1) 2943333 Fax: (1) 2943925. Línea Nacional Gratuita: 01 8000 913966 Página 10 de 26
Observación 9: “Profesional Sandra Milena Duque: No se evidencia tarjeta profesional” Consideraciones del comité evaluador: De conformidad con la observación anterior, mediante Adenda No. 3 se requirió al proponente VALORAR S.A. para que allegara el documento conforme a lo exigido en los términos de referencia. Sin embargo, dentro del término otorgado para el efecto por la entidad, el proponente no allegó respuesta alguna a la entidad. Observación 10: “Danilo Urruchurto: No se evidencia Diploma o acta de grado de su profesión.” Consideraciones del comité evaluador: No es de recibo la observación del proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA toda vez que a folio 74 de la propuesta presentada por VALORAR S.A. se evidencia copia de la Tarjeta Profesional de Abogado del señor Danilo Alberto Urruchurto Caballero, por lo cual para la expedición de dicho documento debe anteceder diploma profesional. Observación 11: “Observación No. 2: El certificado del profesional Santiago Peláez Henao de la empresa VALORAR S.A, no cumple con las especificaciones de un profesional administrativo y de campo, ya que la experiencia exigida es de avalúos de bienes muebles, y el certificado aportado no cumple con el objeto requerido en avalúos de bienes muebles, lo cual se solicita a la entidad rechazar al oferente por incurrir en la causal de rechazo en el numeral 3.7 literal i, teniendo en cuenta que el perfil del profesión Santiago Peláez Henao no cumple a cabalidad con lo exigido en los términos de referencia.” Consideraciones del comité evaluador: De conformidad con la observación anterior, mediante Adenda No. 3 se requirió al proponente VALORAR S.A. para que subsanara el documento conforme a lo exigido en los términos de referencia. Sin embargo, dentro del término otorgado para el efecto por la entidad, el proponente no allegó respuesta alguna a la entidad.
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Observación 12: “Observación No. 3: El certificado del profesional Jaime Andres Serrato de la empresa VALORAR S.A, no cumple con las especificaciones de un profesional administrativo y de campo, ya que la experiencia exigida es de avalúos de bienes muebles, y el certificado aportado especifica avalúos de equipos electrónicos, por cual se solicita a la entidad rechazar al oferente por incurrir en la causal de rechazo en el numeral 3.7 literal i, teniendo en cuenta que el perfil del profesión Jaime Andres Serrato no cumple a cabalidad con lo exigido en los términos de referencia. Consideraciones del comité evaluador: De conformidad con la observación anterior, mediante Adenda No. 3 se requirió al proponente VALORAR S.A. para que subsanara el documento conforme a lo exigido en los términos de referencia. Sin embargo, dentro del término otorgado para el efecto por la entidad, el proponente no allegó respuesta alguna a la entidad. Observación 13: “Observación No. 4: El certificado del profesional Luis Felipe Cardona presenta inconsistencia en las fechas relacionadas y no cuenta con los dos años de experiencia mínima requerida en avalúos de equipos electrónicos, por cual se solicita a la entidad rechazar al oferente por incurrir en las causales de rechazo del numeral 3.7 literal e y i, teniendo en cuenta que el perfil del profesión Luis Felipe Cardona no cumple a cabalidad con lo exigido en los términos de referencia.” Consideraciones del comité evaluador: De conformidad con la observación anterior, mediante Adenda No. 3 se requirió al proponente VALORAR S.A. para que subsanara el documento conforme a lo exigido en los términos de referencia. Sin embargo, dentro del término otorgado para el efecto por la entidad, el proponente no allegó respuesta alguna a la entidad. “Observación No. 5: La profesional Sandra Milena Duque cuenta con el diploma de Ingeniería Biomédica del 18 de septiembre de 2015, por lo cual su experiencia debe ser tenida en cuenta después de esta fecha por lo tanto no da con la experiencia mínima requerida de dos años en avalúos de equipos médicos y científicos, de laboratorio, por cual se solicita a la entidad rechazar al oferente por incurrir en las causales de rechazo del numeral 3.7 literal e y i, teniendo en cuenta que el perfil de la profesión Sandra Milena Duque no cumple a cabalidad con lo exigido en los términos de referencia.
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Adicionalmente mediante correo electrónico remitido a
[email protected] el 13 de septiembre de 2016 a las 06:33 p.m. el proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA dio alcance a su observación No. 5 a la propuesta presentada por AVALUOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A, en los siguientes términos: “De conformidad con lo estipulado por el artículo “Por la cual se modifica la reglamentación del ejercicio de la ingeniería,
12
de
la
Ley
842
de
2003
ARTÍCULO 12. EXPERIENCIA PROFESIONAL. Para los efectos del ejercicio de la ingeniería o de alguna de sus profesiones afines o auxiliares, la experiencia profesional solo se computará a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional o del certificado de inscripción profesional, respectivamente. Todas las matrículas profesionales, certificados de inscripción profesional y certificados de matrícula otorgados con anterioridad a la vigencia de la presente ley conservan su validez y se presumen auténticas.”(Subrayas ajenas al texto original) De lo anterior se concluye que la experiencia profesional de la ingeniera Sandra Milena Duque, adquirida sin el cumplimiento de los requisitos legales no puede ser computada válidamente. Por lo anteriormente expuesto reiteramos nuestra solicitud de rechazar al oferente por incurrir en las causales de rechazo del numeral 3.7 literal e y i, teniendo en cuenta que el perfil de la profesión Sandra Milena Duque no cumple a cabalidad con lo exigido en los términos de referencia ya que la experiencia profesional debe acreditarse a partir de la expedición de la tarjeta profesional, soporte que el oferente no aporta, sin embargo y teniendo en cuenta la fecha de graduación 18 de septiembre de 2015, no es posible cumplir con la experiencia minia requerida para este perfil 2 años contados a partir expedición de la matrícula profesional, circunstancia que no es subsanable” Consideraciones del comité evaluador: De conformidad con la observación anterior, mediante Adenda No. 3 se requirió al proponente VALORAR S.A. para que subsanara la experiencia exigida conforme a lo exigido en los términos de referencia. Sin embargo, dentro del término otorgado para el efecto por la entidad, el proponente no allegó respuesta alguna a la entidad. 2.2.- Procede el comité evaluador a resolver las observaciones presentadas por el proponente GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA. el 19 de septiembre de 2016, mediante correo electrónico remitido a la cuenta
[email protected] a las 02:48 p.m: Observación 14:
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“Encontrándonos en el plazo establecido por la entidad, por la presente realizamos las siguientes observaciones a la propuesta presentada por el proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S. 1. Observación No. 1 Respecto del profesional Juan Sebastián 1.1 Los términos de referencia numeral 2.9 y Literal K del numeral 3.5 establecen como requerimiento presentar con la propuesta “hoja de vida con los respectivos soportes del personal mínimo requerido así.
Ingeniero electrónico o Ingeniero en Telecomunicaciones; ingeniero electricista, ingeniero en telemática o ingeniero de sistemas.
Experiencia mínima de dos (2) años en valuación o avalúo de equipos electrónicos.
1
El proponente no cumple con lo exigido en los anteriores numerales ya que la certificación de aportada para soportar experiencia del Ingeniero de sistemas y Telecomunicaciones JUAN SEBASTIÁN ROBLEDO GIRALDO, expedida por LA LONJA DE INGENIEROS AVALUADORES, no cumple con lo requerido en el numeral 2.9., teniendo en cuenta que los términos de referencia requieren mínimo 2 años en valuación o avaluó de equipos electrónicos y Los contratos certificado las compañías Productora y Comercialización CELMAX, COPIDROGAS, CONCO-FORPO; DISTRIAVES Y SIGMA ENERTEL SAS, no tienen como objeto valuación o avaluó de equipos electrónicos, razón por la cual estas experiencias no deben ser tenidas en cuenta para el cálculo de la experiencia mínima de 2 años, requerida en los términos de referencia. (…) Adicional a esto las certificaciones aportadas presentan inconsistencias con la información sobre la experiencia laboral relacionada en la hoja de vida del Ingeniero de sistemas y Telecomunicaciones JUAN SEBASTIÁN ROBLEDO GIRALDO aportada con la propuesta. Así las cosas reiteramos nuestra solicitud de rechazar la oferta del proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S., por incurrir en la causal de rechazo, del numeral 3.10 literales d), i),
Sede Administración Central Carrera 69 No 47 - 34 - Bogotá Conmutador: (1) 2943333 Fax: (1) 2943925. Línea Nacional Gratuita: 01 8000 913966 Página 14 de 26
Consideraciones del comité evaluador: En consideración a la similitud sustancial frente a la observación No. 1 precedente, remitimos a la respuesta brindada por la entidad en dicho acápite. Observación 15: “Observación No. 3 (sic) Respecto del profesional Arnoldo Reyes Gualdron
2.1 Los términos de referencia numeral 2.9 y Literal K del numeral 3.5 establecen como requerimiento presentar con la propuesta “hoja de vida con los respectivos soportes del personal mínimo requerido así:
Ingeniero Industrial
Experiencia mínima de dos (2) años en valuación o avalúo de equipo industrial.
1
(…)
El proponente no cumple con lo exigido en los anteriores numerales ya que la certificación de aportada para soportar experiencia del Ingeniero industrial ARNOLD REYES GUALDRON, expedida por LA LONJA DE INGENIEROS AVALUADORES, no cumple con lo requerido en el numeral 2.9., teniendo en cuenta que los términos de referencia requieren mínimo 2 años en valuación o avaluó de equipo industrial y los contratos certificado las compañías Productora y Comercialización CELMAX, COPIDROGAS, CONCO-FORPO; DISTRIAVES Y SIGMA ENERTEL SAS, no tienen como objeto valuación o avaluó de equipo industrial, razón por la cual estas experiencias no deben ser tenidas en cuenta para el cálculo de la experiencia mínima de 2 años, requerida en los términos de referencia. Adicional a esto las certificaciones aportadas presentan inconsistencias con la información sobre la experiencia laboral relacionada en la hoja de vida del Ingeniero industrial ARNOLD REYES GUALDRON, aportada con la propuesta. Así las cosas reiteramos nuestra solicitud de rechazar la oferta del proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S., por incurrir en la causal de rechazo, del numeral 3.10 literales d), i).” Sede Administración Central Carrera 69 No 47 - 34 - Bogotá Conmutador: (1) 2943333 Fax: (1) 2943925. Línea Nacional Gratuita: 01 8000 913966 Página 15 de 26
Consideraciones del comité evaluador: En consideración a la similitud sustancial frente a la observación No. 3 precedente, remitimos a la respuesta brindada por la entidad en dicho acápite. III. VERIFICACIÓN CUMPLIMIENTO REQUISITOS HABILITANTES 3.1.- REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS Como consecuencia de lo anterior, a continuación se detalla para cada proponente el cumplimiento o no cumplimiento de los requisitos habilitantes jurídicos definidos en los Términos de Referencia:
REQUISITO PROPONENTE Carta de presentación de la oferta (anexo 1)
AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A. CUMPLE Folio 2-3
WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S.
GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA
CUMPLE Folio 1-2
CUMPLE Folio 2-3
Certificación de No estar incursos en Inhabilidades, incompatibilidades o conflicto de intereses previstas en la Constitución y/o en la Ley (anexo 2) Cedula de ciudadanía del Representante Legal
CUMPLE Folio 4
CUMPLE Folio 3
CUMPLE Folio 4
CUMPLE Folio 5
CUMPLE Folio 4
CUMPLE Folio 6
Certificado de Existencia Representación legal
CUMPLE Folio 6-12
CUMPLE Folio 5-11
CUMPLE Folio 7-11
y
Sede Administración Central Carrera 69 No 47 - 34 - Bogotá Conmutador: (1) 2943333 Fax: (1) 2943925. Línea Nacional Gratuita: 01 8000 913966 Página 16 de 26
REQUISITO PROPONENTE Acta de Junta de Socios en donde conste autorización al representante legal. Registro único Tributario
AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A. N.A
WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S.
GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA
N.A N.A
CUMPLE Folio 13 CUMPLE Folio 15
CUMPLE Folio 14 CUMPLE Folio 16
CUMPLE Folio 30 CUMPLE Folio 12
Antecedentes disciplinarios Representante Legal (Procuraduría) Antecedentes fiscales Persona Jurídica (Contraloría)
CUMPLE Folio 14
CUMPLE Folio 17
CUMPLE Folio 13
CUMPLE Folio 16
CUMPLE Folio 18
CUMPLE Folio 14
Antecedentes Fiscales Representante Legal (Contraloría)
CUMPLE Folio 16
CUMPLE Folio 19
CUMPLE Folio 14
Antecedentes Judiciales
CUMPLE Folio 17
CUMPLE Folio 20
CUMPLE Folio 15
Libreta Militar si el Representante Legal es varón mayor de cincuenta (50) años
CUMPLE Folio 18
N/A
N/A
NO CUMPLE
SUBSANÓ
CUMPLE Folio 53-105
CUMPLE Folio 83
CUMPLE Folio 136
CUMPLE Folio 22
Antecedentes disciplinarios Persona Jurídica (Procuraduría)
Hoja de vida con los respectivos soportes del personal mínimo requerido. Certificación de no estar incluid en la lista restrictiva sobre el lavado de activos OFAC (anexo 3)
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REQUISITO PROPONENTE Certificación cumplimiento con las obligaciones al sistema de Seguridad Social (anexo 4) Póliza de Seriedad de la Oferta
AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A. CUMPLE Folio 84
WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S.
GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA
CUMPLE Folio 137
SUBSANÓ
CUMPLE Folio 85-93
CUMPLE Folio 140-142
SUBSANÓ
NO CUMPLE
CUMPLE Folio 143 - 144
CUMPLE Folio 32-33
CUMPLE Folio 22
CUMPLE Folio 80
CUMPLE Folio 60
Formulario Sarlaft (anexo 7)
Certificación de la inscripción en el Registro Nacional de Avaluadores (RNA) de Fedelonjas o el Registro Abierto de Avaluadores (RAA) de la Superintendencia de Industria y Comercio. Para el caso de oferente por lo menos uno de los asociados deberá allegar el certificado.
Se concluye entonces que los proponentes WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S. y GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA. cumplieron los requisitos habilitantes de capacidad Juridica definidos en los Términos de Referencia.
3.2.- REQUISITOS HABILITANTES FINANCIEROS
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PROPONENTE REQUISITO Patrimonio Líquido requerido del 40% del presupuesto asignado a la presente invitación
AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A.
WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S.
GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA
CUMPLE Folio 102 $1.915.505.000
CUMPLE Folio 159 $107.438.000
CUMPLE Folio 29 $3.021.229.000
Todos los proponentes cumplieron los requisitos habilitantes de capacidad financiera definidos en los Términos de Referencia.
3.3.- REQUISITOS HABILITANTES DE EXPERIENCIA A continuación se relacionan los contratos de las personas jurídicas proponentes, que fueron tenidos en cuenta por el comité evaluador para analizar el cumplimento de los requisitos habilitantes de experiencia fijados en los términos de referencia. 3.3.1. Proponente: AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A. AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A. Nombre de la Fecha de inicio y entidad o Valor del Objeto del contrato fecha de empresa contrato terminación contratante El contratista se obliga para con el Instituto a ISS EN Inicio. 11 de junio de prestar servicio de avalúos de activos fijos o LIQUIDACIÓ 2013 $255.000.000 bienes muebles de propiedad del Instituto de N Finalización: 26 julio Seguros Sociales en Liquidación y daciones de 2013 en pago. Realizar la valoración con fines contables y SOCIEDAD Inicio: 24 de $60.934.800 bajo Normas Internacionales de Contabilidad MEDICA Diciembre de 2014 (NIIF -NIC) de los activos propiedad de la ANTIOQUEÑ Finalización: 24 de SOCIEDAD MEDICA ANTIOQUEÑA S.A A marzo de 2015 SOMA, los cuales fueron relacionados en Sede Administración Central Carrera 69 No 47 - 34 - Bogotá Conmutador: (1) 2943333 Fax: (1) 2943925. Línea Nacional Gratuita: 01 8000 913966 Página 19 de 26
Folio(s)
EVALUA CIÓN
CUMPLE 104 -107
109- 113
CUMPLE
correo electrónico del 08 Y 09 de septiembre del presente año y entre los que se encuentran cerca de 4.409 activos fijos y el siguiente inmueble ubicado en la Calle 50 No 45 - 74 -Calle 51 No 45 - 93. Realizar el inventario y marcación de los activos fijos. La ejecución de la presente consultoría y la presentación de los informes definitivos se realizará conforme a la propuesta de servicios presentada por VALORAR S.A con fecha 16 de septiembre de 2014 y de acuerdo a la normatividad vigente nacional e internacional, principalmente en lo previsto en: . Normas Internacionales de Valuación INTERNATIONAL VALUATION STANDARDS C0UNCIL (IVSC) • Normas internacionales de Contabilidad (NIC) y Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para Pymes • Norma Técnica Sectorial del ICONTEC Monto Total
315.934.800
El proponente CUMPLE con los requisitos habilitantes de experiencia establecidos en los términos de referencia para la presente invitación. 3.3.2. Proponente: WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S. WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S. Nombre de la entidad Fecha de inicio y Objeto del contrato o empresa fecha de contratante terminación Revisión y actualización de todos los activos a COOPERATIVA Inicio. 8 de nivel nacional, realizando el inventario de los COLANTA octubre de 2013. bienes, codificación, plaqueteo y el avalúo de Finalización: 12 los mismos de acuerdo con las disposiciones enero de 2014
Valor del contrato $ 96.280.000
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Folio(s)
EVALUA CIÓN
160-163
CUMPLE
legales y con la metodología propuesta. Avalúo de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del IDEAM conforme a los procedimientos establecidos por la CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN para los entes públicos al Plan General de Contabilidad Pública –PGCP. Revisión y actualización de todos los activos de UNION ELECTRICA SA a nivel nacional realizando el inventario de los bienes, codificación, plaqueteo y el avalúo de los mismos de acuerdo a las disposiciones legales y con la metodología de los estándares establecidos en el International Valuation Estándar (ICS) y con la presentación del informe final a la empresa Unión Eléctrica S.A. Prestar los servicios profesionales para realizar la actualización de los activos (muebles, enseres, maquinaria, equipos de cómputo y telecomunicaciones y equipos médicos y de laboratorio) del Hospital (sin inmuebles), aplicando las nuevas normas internacionales de información financiera NIIF como base para desarrollar el saneamiento contable en los respectivos rubros, en cumplimiento de la propuesta y la requisición técnica. Ejecutar el inventario, codificación, plaqueteo y el avalúo de los activos (muebles y enseres, equipos de cómputo y comunicaciones, maquinaria y equipo, vehículos según listado suministrado) adicionalmente, se realizará el inventario de materia prima, propiedad de la compañía bajo las normas NIIF. Prestar los servicios de verificación de existencias, inventario y avalúo de los bienes muebles (31.639 items más conjunto de bienes
INSTITUTO DE HIDROLOGÍA, METEOROLOGÍA Y ESTUDIOS AMBIENTALES – IDEAM. UNION ELECTRICA SA
Inicio: 20 de diciembre de 2014. Finalización: 31 de de diciembre de 2014. Inicio: 10 agosto de 2013 Finalización: 11 de noviembre de 2013
$ 21.622.400
164-165
CUMPLE
$ 29.087.000
166
CUMPLE
ESE HOPITAL SAN VICENTE DE PAUL NEMOCON CUNDINAMARC
Inicio: 28 de mayo de 2014 Finalización: 27 de junio de 2014
$ 13.050.000
168
CUMPLE
CARRERA ARANGO
Inicio: 9 de julio de 2015 Finalización: 11 se septiembre de 2015
$10.440.00 0
169
CUMPLE
FUNDACION SAN JUAN DE DIOS hoy en liquidación
Inicio: 16 septiembre 2013
$ 30.000.000
170
CUMPLE
de de
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con connotación patrimonial) de la FUNDACION SAN JUAN DE DIOS en liquidación (Instituto Materno Infantil-Hospital San Juan de Dios)
(Instituto Materno Infantil-Hospital San Juan de Dios)
Finalización: de octubre 2013
14 de
Monto Total
$ 200.479.40 0
El proponente CUMPLE con los requisitos habilitantes de experiencia establecidos en los términos de referencia para la presente invitación. 3.3.3. Proponente: GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA Nombre de la entidad Fecha de inicio y Objeto del contrato o empresa fecha de contratante terminación Realizar el inventario Físico, avalúo y Comisión Nacional de Inicio: 02 conciliación contable de los bienes de la Televisión – CNTV diciembre de Comisión que hacen parte de la Red pública de 2010 televisión (rtpv) a nivel nacional con el fin de Finalización: 16 disponer de información actualizada y confiable de mayo de en los estados financieros de la entidad. 2011 Realizar el inventario, avalúo y conciliación Comisión Nacional de Inicio: 23 de contable de los bienes muebles propiedad de Televisión en noviembre de la Comisión Nacional de Televisión-CNTV con Liquidación 2010. el fin de disponer de información actualizada y Finalización: 02 confiable en los estados financieros de la de diciembre de entidad. 2011 Validación y Valoración de la planta interna, Telefónica de Pereira Inicio: 19 de planta externa y bienes inmuebles septiembre de 2006 Finalización: 18 de noviembre de 2006.
Valor del contrato
Folio(s)
Evaluación
$ 276.218.768
44-45
CUMPLE
$106.200.320
46-47
CUMPLE
$ 76.280.000
48-49
CUMPLE
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Avalúo de los Bienes Muebles de Propiedad del Ministerio de Relaciones exteriores y su fondo rotatorio ubicados en las ciudades de Bogotá D.C y Cartagena de Indias D.T y C”-
Ministerio de Relaciones Exteriores
Inicio: 15 de diciembre de 2011. Finalización: 30 de diciembre de 2011. Monto Total
$154.400.000
50
CUMPLE
$ 613.099.088
El proponente CUMPLE con los requisitos habilitantes de experiencia establecidos en los términos de referencia para la presente invitación. Todos los proponentes cumplieron los requisitos habilitantes de experiencia definidos en los Términos de Referencia. 3.4.- CONCLUSIÓN SOBRE LA VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS HABILITANTES Conforme lo expuesto, el siguiente es el resultado de la verificación de cumplimiento de requisitos habilitantes:
OFERENTE AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A. WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S. GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA
REQUISITOS HABILITANTES JURÍDICOS
REQUISITOS HABILITANTES DE CAPACIDAD FINANCIERA
REQUISITOS HABILITANTES DE EXPERIENCIA
NO CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
En consecuencia, la propuesta del oferente AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A. se debe rechazar, conforme a la causal prevista en literal Literal G del numeral 3.10 de los términos de Referencia.
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IV. ASIGNACIÓN DE PUNTAJE Una vez analizado el cumplimiento de los requisitos habilitantes jurídicos, de experiencia y financieros, el comité evaluador, siguiendo las reglas definidas en los numerales 4.2 y siguientes de los Términos de Referencia, procede a efectuar la asignación de puntaje. Se aclara que la asignación de puntaje solamente se realizara a las propuestas presentadas por WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S. y GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA, toda vez que la propuesta presentada por AVALÚOS Y TASACIONES DE COLOMBIA VALORAR S.A. fue rechazada de acuerdo a lo descrito en el Literal G del numeral 3.10 de los términos de Referencia.
4.1.- ASIGNACIÓN DE PUNTAJE POR LA PROPUESTA ECONÓMICA En primer lugar se advierte que el comité evaluador, siguiendo las reglas previstas en los Términos de Referencia, tuvo en cuenta el valor de las propuestas SIN el impuesto a las ventas (IVA), con el propósito de correr la fórmula de media geométrica. Al correr la fórmula de media geométrica señalada en los Términos de Referencia, así como las fórmulas de asignación de puntaje, se obtiene el resultado que se describe en la siguiente tabla, advirtiendo que el cálculo detallado se encuentra anexo al presente documento en el documento de Excel:
Posición
Proponente
Valor propuesta antes de IVA
Puntaje
1
WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S.
$ 156.000.000
894,34466
2
GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA
$ 155.991.915
894,29831
4.2.- ASIGNACIÓN DE PUNTAJE SEGÚN EL CRITERIO DE APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL Conforme al numeral 4.2.2 de los Términos de Referencia, se verifica que todos los proponentes habilitados en la presente invitación abierta prestan servicios nacionales, por ser personas jurídicas nacionales, conforme a la definición del artículo 2.2.1.1.1.3.1 del Decreto 1082 de 2015, razón por la cual se asigna la siguiente puntuación:
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OFERENTE WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S. GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA
PUNTUACIÓN CRITERIO APOYO INDUSTRIA NACIONAL 100 puntos 100 puntos
4.3.- SUMATORIA DE PUNTAJE POR AMBOS CRITERIOS Al sumar los puntos obtenidos al aplicar los criterios económicos y apoyo a la industria nacional, se obtiene el siguiente resultado, meramente informativo:
Posición
Proponente
Puntaje total
1
WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S.
994,34466
2
GESTIÓN Y AUDITORIA ESPECIALIZADA LTDA
994,29831
V. RECOMENDACIÓN AL APODERADO ESPECIAL De conformidad con el artículo 14 de la Resolución No. L-002 del 30 de diciembre de 2015, el Comité Evaluador recomienda al Apoderado Especial de la CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE COMUNICACIONES “CAPRECOM” EICE EN LIQUIDACIÓN suscribir el contrato objeto de la presente Invitación Abierta No. 11 de 2016 con el proponente WR INGENIEROS AVALUADORES S.A.S., con NIT.830.096.397-1 por haber obtenido el más alto puntaje conforme a las reglas de los Términos de Referencia. Para constancia se firma a los veinte (20) días del mes de septiembre de dos mil dieciséis (2016).
Miembros del Comité Evaluador,
(ORIGINAL FIRMADO) JORGE LUIS HERRERA LEYTON Abogado Asesor Sede Administración Central Carrera 69 No 47 - 34 - Bogotá Conmutador: (1) 2943333 Fax: (1) 2943925. Línea Nacional Gratuita: 01 8000 913966 Página 25 de 26
(ORIGINAL FIRMADO) FERNANDO CANTINI ARDILA Asesor Financiero
(ORIGINAL FIRMADO) EDNA BRIGITTE MOGOLLÓN Coordinación Financiera
(ORIGINAL FIRMADO) MARTHA ALEJANDRA PARRA CHAVARRO Unidad de Contratación
(ORIGINAL FIRMADO) FANNY ANDREA RODRIGUEZ ESLAVA Unidad de Activos
INVITACIÓN ABIERTA No. 11 DE 2016 ACTA FINAL DE EVALUACIÓN Y RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL ACTA DE EVALUACIÓN
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