Datos Generales Sobre La Trata De Personas

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Datos Generales sobre la Trata de Personas Los Primeros conceptos relacionados a la trata de personas fueron utilizados por instrumentos de Naciones Unidas, alrededor de 1900, donde se conocía como Trata de Blancas. El Protocolo de Palermo en su artículo 3 inciso a) reconoce la Trata como: “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otra forma de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otras, con el fin de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las practicas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. Los tipos de explotación que podemos encontrar con la trata de personas son las siguientes: - Sexual: Prostitución forzada, explotación sexual comercial de personas menores de edad, relaciones sexuales remuneradas, espectáculo con contenido sexual. Militar: soldados cautivos, niños soldados Laboral (trabajo forzado): Maquilas, Servicio doméstico, minas, trabajo agrícola, pesca Servidumbre y matrimonio: matrimonio servil, trabajo doméstico, mendicidad, vientres de alquiler Esclavitud clásica: El estatus o condición de una persona sobre la cual se ejerce todo o algún tipo de los poderes asociados al derecho de propiedad. Extracción de órganos: sustracción de un componente anatómico, órgano o tejido sin consentimiento o bajo coerción. El llamado Sueño Americano, que para muchas personas migrantes significa empleo con posibilidades de estabilidad laboral y buena paga; posibilidades de progresar y de ascender socialmente, educar a los hijos e hijas o de tener una casa, es otra de las formas propicias para la trata de personas, Marco Jurídico El art. 367-B del Código Penal de El Salvador reza: “El que por sí o como miembro de una organización nacional o internacional con el propósito de obtener un beneficio económico reclute, transporte, traslade, acoja o recepte personas, dentro o fuera del territorio nacional, para ejecutar cualquier actividad de explotación sexual, mantenerlas en trabajos o servicios forzados, en prácticas análogas a la esclavitud, o para extracción de órganos, adopciones fraudulentas o celebración de matrimonios forzados, será sancionados con pena de cuatro a ocho años de prisión. Cuando la víctima sea persona menor de dieciocho años o incapaz, la pena se aumentará hasta una tercera parte de máximo señalado. Todo aquel que facilitare, promoviere o favoreciere cualquiera de las actividades anteriores será sancionado con pena de tres a seis años de prisión. Cuando las acciones descritas se realizaren en locales comerciales o de cualquier naturaleza que requieren de permiso de autoridad competente, esta deberá revocarlo procediendo al cierre inmediato del mismo. Agravantes del Delito de Trata de Persona Art. 367-C El delito al que se refiere el Art 367-B del presente código, será sancionado con la pena máxima correspondiente aumentada hasta en una tercera parte del máximo e inhabilitación del ejercicio de su profesión durante el tiempo que dure la condena en los siguientes casos:     Si fuere realizado por funcionarios, empleados públicos y municipales, autoridades públicas, agente de autoridad y los agentes de la Policía Nacional Civil. Cuando la víctima sea menor a los dieciocho años de edad o incapaz. Si fuere realizado por personas, prevaleciéndose de la superioridad originada por relaciones de confianza domestica, educativa de trabajo o cualquier otra relación. Si como consecuencia de la comisión del delito anterior sujetos pasivos sufren privación de libertad en el extranjero, fueren víctimas de delitos de cualquier orden o fallecieran por causa de naturaleza dolosa o culposa. Acciones del Estado Salvadoreño Con la finalidad de combatir y reducir este delito, se crea el año 2005 el Comité Nacional contra la Trata, mediante el Decreto Ejecutivo, No 114 publicado en el Diario Oficial 224 No 369 del 1º de Diciembre de 2005. El comité está conformado por 16 miembros las siguientes instituciones gubernamentales: Ministerio de Relaciones Exteriores, (La Presidencia y la Secretaría Permanente del Comité está a cargo de esta dependencia), Ministerio de Gobernación, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo y Previsión Social, Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Ministerio de Turismo, Secretaría Nacional de la Familia, Policía Nacional Civil, Dirección General de Migración y Extranjería, Instituto Salvadoreño para la Atención Integral de la Niñez y la Adolescencia, Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer. Estadísticas en investigación y sanción El Salvador continúa siendo por su posición geográfica país de origen, tránsito y en ocasiones de destino de migrantes. Usualmente las personas víctimas de este delito son tratados en países centroamericanos, como Nicaragua, Guatemala, Honduras, así como en México y en Estados Unidos de Norte América. El primer albergue en El Salvador para la atención del delito de víctimas de trata se creó en mayo 2006 a Diciembre 2008, con fondos de la OIM a través de la Fundación Huellas de Esperanza. La modalidad que se atendió fue la explotación sexual comercial infantil. Nacionalidad N° de víctimas atendidas 59 8 14 7 10 4 102 Salvadoreña Guatemalteca Nicaragüense Hondureña Mexicana Colombiana Total Fuente: Fundación Huellas de Esperanza. Únicamente se atendieron menores de edad y del total 4 eran del sexo masculino. Actualmente, este albergue actualmente está bajo la administración del ISNA y es exclusivo para niñas y adolescentes. En el ISDEMU se han atendido mujeres por la modalidad de trata de explotación sexual comercial con niñas y adolescentes. A continuación se presentan los siguientes datos. Mujeres atendidas por el proyecto Explotación Sexual Comercial Infantil (albergue) AÑO TOTAL POR AÑO 2005 41 2006 36 2007 28 2008 14 2009 18 TOTAL GLOBAL 137 Número de personas albergadas por Trata AÑO No. Casos 2007 1 2009 2 2010 1 Total 4 Datos del Estudio Regional: La experiencia de Mujeres víctimas de Trata en América Central y República Dominicana y la Actuación de las Instituciones, OIM, 2008) OIM reporta en un estudio sobre trata de mujeres en la región centroamericana y República Dominicana (2008) que las modalidades de explotación para un total de 46 informantes estuvo distribuida de la siguiente manera: Figura 5. Modalidad de explotación de mujeres víctimas de trata en Centroamérica Tipo de trata Sexual Sexual y doméstica Sexual y laboral Doméstica Laboral Total Mujeres 36 1 5 1 3 46 % 78,3 2,2 10,9 2,2 6,5 100 El cuadro anterior muestra claramente la forma en que la explotación sexual predomina como el fin de explotación de las mujeres, combinada en ocasiones con explotación doméstica y laboral Es decir, en un 91,4% de los casos la explotación sexual de las víctimas fue el principal, o al menos uno de los principales fines de la explotación. También, muchas mujeres tratadas para trabajos domésticos son al mismo tiempo explotadas sexualmente (OIM, 2008) y lo mismo ocurre con mujeres explotadas en fincas, maquilas u otros sectores. En este sentido, es importante recalcar la necesidad de tomar en consideración los factores socioculturales que determinan que, en una sociedad patriarcal y discriminatoria, las mujeres puedan ser objetivizadas y mercantilizadas de manera aceptada y justificada socialmente.