Cuaderno Campaña Stop Trata - Stop A La Trata De Personas Con

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a c rno a ñ a mp a t a r t op e d a cu st bello a Ca ión: dinac lani e Inm r o o o C Cing Carla n: Edició MZC o: Diseñ Dep. legal: a ñ a mp a c rno e d a cu st a t a r t p o . ....... . 04 ....... ...... ....... ... 06 ....... 06 . . . . . . . .. ....... ....... .... ....... .............. ...... 09 ....... . . . . . . . . . . . . . . .. .. ....... ....... ....... ....... ....... .............. .............. ....... . . . . . . . . . . . . . . 4 . . .. ..... ....... ....... ..... 1 ........ ....... ....... ....... .............. .............. . . . . . . ....... . . . . . . . . ” . . ....... O ....... ....... nas? LOG 1 ....... erso ta ......... n).......... . . p Ó . . . R e . . P d ra O .. sume . 16 trata ....... ÍTUL e la t ....... ....... . CAP ué es la meno d uadro re . . . . . . . . e . . . . .. (c Q nó ...... ma d ....... “¿ . El fe jurídico a for .............. n ....... . u . o . .1 ...18 : c .. l . . r 1 . . xua ........... 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P de ..... ............ ...... rés.. trata . ....... la s de inte .............. .............. .. ... ce Enla rafía..... ............... g . . o Bibli s web... te n e u F ....... .... ....... ....... O G O RÓL P La trata de mujeres y niñas/os con fines de explotación sexual es una cuestión de género que tiene que ver con la instrumentalización y cosificación del cuerpo de las mujeres, entendidas como mercancía consumible en el mercado mundial, amparado en la globalización que impone unos criterios de vulnerabilidad a cuanto no es avalable desde la óptica de la oferta y la demanda. Las mujeres son vendidas por ser un producto rentable, catalogable y demandado en cualquiera de nuestras ciudades, a bajo coste o no, en función de las exigencias y el bolsillo del consumidor. En el año 2000 Mujeres en Zona de Conflicto (MZC) inicia en Bosnia una línea con mujeres traficadas, especialmente de los países del este y ex repúblicas soviéticas, con el objetivo de reducir el daño y denunciar entre la población las condiciones de explotación y esclavitud sexual a la que estaban sometidas, así como exigir acciones urgentes para la protección de las víctimas y la detención de los traficantes. Esta iniciativa se incluía dentro del programa de “atención y prevención de la violencia de género en cualquiera de sus formas”, que MZC abordaba en Bosnia y Herzegovina (BiH) desde el año 1995. Nuestro trabajo en el territorio del estado español se centra en la denuncia, en la exigencia al gobierno español del cumplimiento de la legalidad internacional en materia de lucha contra la trata, en el apoyo y fortalecimiento a las redes que trabajan para su erradicación. El Plan de acción para la erradicación de la trata, que el gobierno de España ha aprobado recientemente, entendemos que posibilitará un trabajo efectivo de más alta intensidad. Esta guía que presenta Mujeres en Zona de Conflicto (MZC) es el fruto de un trabajo de continuidad en favor de la erradicación de la trata con fines de explotación sexual, entendida como un delito contra la legalidad internacional, una flagrante vulneración de derechos humanos y una de las formas más crueles de violencia de género. Es nuestro propósito que la guía sea un instrumento más para sumar a las iniciativas ya emprendidas, pues por encima de otras consideraciones, es fundamental aunar esfuerzos que posibiliten un trabajo en red efectivo, que incida en la creación de un estado de opinión, crítica y constructiva, frente a un delito que atenta contra la vida de millones de mujeres. Mila Ramos Presidenta MZC 4 1 e o d l a u t t a í r p t a c la s e é u Q ? ¿ s a n o s r e p 1.1] El fenómeno de la trata El protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y castigar la trata de personas, especialmente mujeres y niños/as (conocido como Protocolo de Palermo) en el Artículo 3 define la trata de personas de la siguiente manera (ver destacado): FA C TO R E S CLAVES TRATA DE PERSONAS ACTOS Captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas MEDIOS Amenaza, uso de la fuerza, coacción, rapto, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra PROPÓSITOS Explotación sexual, laboral, servidumbre o extracción de órganos La trata de personas con fines de explotación es una gravísima violación de DDHH y una de las formas más crueles de violencia de género, la nueva versión de la esclavitud del siglo XXI. Este fenómeno suele ir acompañado de enormes movimientos de dinero no declarado, de tráfico de drogas y de armas. El negocio mayoritario lo constituye la trata con fines de explotación sexual, que, según estimaciones de las Naciones Unidas, mueve anualmente entre 6 Por trata de personas se entenderá “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esta explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o los servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”. 5 y 7 billones de dólares, situándose en el tercer lugar entre los negocios ilícitos más lucrativos, el tráfico de drogas y de armas y las cifras de desplazamientos se acercan a los 4 millones de personas (Raymond, 2001). Son numerosos los casos de mujeres traficadas para trabajos domésticos que terminan siendo explotadas sexualmente. El Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) estima, en su Informe de septiembre de 2000, que 4 millones de mujeres son vendidas anualmente para cualquiera de estos tres fines: prostitución, esclavitud o matrimonio, y que dos millones de niñas son introducidas en el comercio sexual. La trata de seres humanos, además de ser una violación de DDHH en si misma, a la vez implica la violación de otros DDHH que se detallan a continuación: el derecho a la igualdad; derecho a una vida digna; derecho a no ser discriminada por razón del género; derecho a la libertad y la seguridad de las personas; derecho a no ser sometida a torturas, ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; derecho a la libertad de movimiento; derecho a la integridad física y mental; derecho a la vida familiar, derecho a la dignidad humana; derecho a un trabajo justo y con condiciones favorables; derecho a no sufrir esclavitud, servidumbre forzada. La trata de personas y el tráfico de personas son cosas diferentes A menudo los términos “trata de personas” (trafficking in persons) y “tráfico de inmigrantes” (smuggling of migrants) se han utilizado como sinónimos, pero se refieren a conceptos diferentes. El objetivo de la trata es la explotación de la persona. En cambio el fin del tráfico es la entrada ilegal de migrantes en un determinado país. En el caso de la trata no es indispensable que las víctimas crucen las fronteras para que se configure el hecho delictivo, fenómeno conocido como “trata interna”, mientras que este es un elemento necesario para la comisión del delito del tráfico. El Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de NNUU contra el Crimen Organizado Trasnacional, define el tráfico ilícito de inmigrantes así: “la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanentemente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material”. Aunque la trata de personas y el tráfico son fenómenos diferentes no se debe obviar, tal y como ha señalado la Relatora especial sobre la violencia contra la mujer, que “la trata de personas debe considerarse en el contexto de los movimientos y migraciones internacionales y nacionales que tiene cada vez mayor intensidad a causa de la mundialización económica, la feminización de la migración, los conflictos armados, la desintegración o reconfiguración de los Estados y la transformación de las fronteras políticas” (E/CN.4/2000/68, parr.1). Y debemos considerar que el tráfico puede aumentar el riesgo de la trata. Independientemente de que las personas sean víctimas de trata o de tráfico, éstas se ven obligadas a ponerse a merced de redes criminales que actúan a nivel internacional, y se encuentran en una situación de gran vulnerabilidad expuestas a todo tipo de vejaciones y maltratos, viendo así violados sus derechos más fundamentales. 7 Cabe destacar que, según un informe de Human Rights Watch del 2002, la restricción migratoria y fronteriza se ha demostrado como un factor que aumenta, en lugar de disminuir, el problema de la trata de personas. Es preciso subrayar que, pese a la distinción tan marcada entre trata de personas y trafico de migrantes, la realidad es que son ámbitos que se entremezclan y no hay un límite tan marcado entre los dos fenómenos. Sin embargo, en los últimos años, sobre todo después de los atentados del 11 de septiembre de 2001 en EEUU, que produjeron un endurecimiento de la política migratoria estadounidense y como efecto dominó, tuvo repercusión en la mayoría de los países del mundo, ha aumentado el control y las restricciones en las fronteras entre los países. Si por un lado estamos asistiendo a la libre circulación de capitales, por otro lado, de forma paradójica, las y los inmigrantes que se trasladan como consecuencia de la globalización, viven la creciente restricción de su circulación. Hay casos en los que si bien no se puede hablar desde un principio de víctimas de trata, sí nos encontramos frente a personas en riesgo. Por ejemplo en el caso de personas inmigrantes de origen subsahariano: La familia ahorra un dinero durante meses o años para enviar a uno de sus miembros a Europa. Cuando se considera que hay suficiente dinero, dan paso a organizar el viaje mediante el boca a boca con otras familias que ya enviaron a familiares. Suelen Factores que diferencian la trata del tráfico TRÁFICO DE MIGRANTES TRATA DE PERSONAS Consentimiento EXISTE CONSENTIMIENTO de las personas a ponerse en mano de la red de traficantes (pese a las condiciones degradantes y peligrosas en las que se desarrolla el tráfico) NO EXISTE CONSENTIMIENTO, o de haber mediado consentimiento inicial, el mismo se ha producido mediante coacción, engaño o abuso de una situación de vulnerabilidad. Explotación El tráfico ilegal termina con la llegada de los traficados a su destino La trata implica una posterior explotación de la víctima con la finalidad de obtener beneficios económicos, es decir, el lucro se obtiene mediante una explotación continuada. Transnacionalidad ES SIEMPRE TRANSNACIONAL TRANSNACIONAL INTERNA (trata en el interior de un país) Forma de delito Es un delito contra el Estado Atenta contra la dignidad y los derechos de la persona. Es un delito contra el individuo. FACTORES CLAVES 8 existir transportistas “particulares” que se ofrecen a realizar el viaje hasta la frontera de los países vecinos en autobuses masificados. En algunos casos, el transportista cruza la frontera previo pago de cantidades a la policía. En otros casos son asaltados por “piratas” de carretera que conocen las rutas y les quitan todo el dinero (y pasaportes). Los pasaportes robados son utilizados por las mafias de la falsificación documental. Lo normal es que una vez en la costa, tarden varios meses (o años) en poder embarcar. Esta es una nueva selección. Muchos de los que llegan a la costa no logran el dinero suficiente que pide la mafia del cayuco/patera. La forma de obtener el dinero suele ser la explotación sexual en el caso de las mujeres (en algunos casos también de hombres). La propia mafia de tráfico de inmigrantes suele negociar con la red de trata de seres humanos (o en muchas ocasiones son los mismos). La impunidad para realizar estas prácticas en estos países es bastante amplia, pues suelen sobornar a la policía local para que permita esta actividad. La explotación sexual para pagar el viaje es cruel, hay casos en los que las mujeres inmigrantes deben estar con 10 hombres al día durante meses (sin control de transmisión de ETS, abortos sin medidas sanitarias mínimas, embarazos no deseados, muertes en muchos casos). También hay casos de personas inmigrantes que captan a la mujer antes del viaje, le permiten viajar en la patera o cayuco, y una vez en el estado español, las obligan a prostituirse en la calle o locales de nuestro país durante años. 1.2] Cuadro resumen marco jurídico Ámbito Años ESTATAL 1948 INTERNACIONAL Declaración Universal de Derechos Humanos Convenio de Naciones Unidas para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena de 2 de diciembre de 1949 Convenio Internacional para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena, de 21/03/1950. Instrumento de Adhesión de 18/09/62. 1949 1950 1978 EUROPEO Arts. 10.11, 142 y 153 de la Constitución Española Convención sobre la eliminación de todas formas de discriminación contra la mujer. 1979 1 2 3 Art. 10.1: La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social. Art. 14: Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Art. 15: Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las Leyes penales militares para tiempos de guerra. 9 Ámbito Años ESTATAL EUROPEO Convenio sobre los derechos del niño. Resolución 44/25, anexo, de la Asamblea General Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la Mujer, adoptada mediante Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de diciembre de 1993. 1989 1993 1994 Ley Orgánica 19/1994, de 23 de diciembre, de Protección a Testigos y Peritos en Causas Criminales. Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995) y sus revisiones (Beijing +5, Beijing +10) 1995 1995 Ley 35/1995, de 11 de Diciembre, de Ayuda y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la Libertad Sexual. 1995 Código Penal Español. Aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre.4 1999 1999 2000 INTERNACIONAL Resolución, de 19 de mayo de 2000, sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre nuevas medidas en el ámbito de la lucha contra la trata de mujeres Protocolo Facultativo de 6 de octubre de 1999 del Convención sobre la eliminación de todas formas de discriminación contra la mujer. Resolución sobre el tráfico, la prostitución y la industria sexual en el mundo 1999, Grupo de Trabajo contra las Formas contemporáneas de Esclavitud Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos del niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía del 25 de mayo de 2000. 4 (Art. 188 del Código Penal sobre la prostitución según su reforma por L0 11/2003 de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros) 10 Ámbito Años ESTATAL EUROPEO Ley de Extranjería5 2000 2001 2002 Decisión Marco del Consejo de la Unión Europea, de 19 de julio de 2002, relativa a la lucha contra la trata de seres humanos 2002 Declaración de Bruselas relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos, adoptada el 20 de septiembre de 2002 en la Conferencia Europea sobre la prevención y la lucha contra la trata de seres humanos Decisión marco 2004/68/JAI del Consejo, de 22 de diciembre de 2003, relativa a la lucha contra la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil. 2003 INTERNACIONAL Protocolo de Palermo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, de 15 de noviembre de 2000 (entró en vigor el 25 de diciembre de 2003) Protocolo contra el tráfico ilícito de inmigrantes por tierra, mar y aire, especialmente artículo 3 (complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, entró en vigor el 28 de enero de 2004.) E/CN.4/RES/2001/48 23 de abril de 2001. Trata de mujeres y niñas. Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 2001/48 (NNUU, Consejo económico y social) HCR/GIP/02/01 7 de mayo de 2002 DIRECTRICES SOBRE PROTECCIÓN INTERNACIONAL: La persecución por motivos de género en el contexto del Artículo 1A(2) de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, y/o su Protocolo de 1967 (ACNUR) Principios y Directrices Recomendadas sobre Derechos Humanos y la Trata de Personas, del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (E/2002/68Add.1) Resolución 57/176 de la Asamblea General, de 18 de diciembre de 2002, titulada “Trata de mujeres y niñas” 5 PERMISO DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES. Art. 46.3 del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 2393/2004 de 30 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de la ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social). Art. 31.3 de la Ley de Extranjería (LEY ORGÁNICA 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Publicada en el BOE 23.12.2000). (En vigor desde 23-01-2001). 11 Ámbito Años ESTATAL 2004 2004 2005 2006 2009 II Plan de Acción contra la Explotación Sexual de la Infancia y la Adolescencia (2006 - 2009) 2006 2007 12 LEY ORGÁNICA 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (con reservas) EUROPEO INTERNACIONAL Directiva 2004/81/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la expedición de un permiso de residencia a nacionales de terceros países que sean víctimas de la trata de seres humanos o hayan sido objeto de una acción de ayuda a la inmigración ilegal, que cooperen con las autoridades competentes Directiva 2005/85/CE del Consejo de 1 de diciembre de 2005 sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado. Resolución del Parlamento Europeo sobre estrategias para prevenir la trata de mujeres y niños vulnerables a la explotación sexual (2004/2216(INI)) Convenio nº 197 del Consejo de Europa, de 16 mayo de 2005, hecho en Varsovia, sobre la lucha contra la trata de seres humanos (firmado por el Gobierno Español el 9 de julio de 2008). Resolución del Parlamento Europeo de 2 de febrero de 2006 sobre la situación actual en la lucha contra la violencia ejercida contra las mujeres y futuras acciones, de 2 de febrero de 2006 Resolución del Parlamento Europeo sobre la prostitución forzada en el marco de los acontecimientos deportivos internacionales, de 15 de marzo de 2006 Resolución de la Asamblea General de la ONU 58/137, titulada “Fortalecimiento de la cooperación internacional para prevenir y combatir la trata de personas y proteger a sus víctimas”. Ámbito Años 20072008 2008 ESTATAL EUROPEO INTERNACIONAL Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género 2007-2.008 Plan Integral de lucha contra la trata de seres humanos con fines de explotación sexual OTROS DOCUMENTOS DE ÁMBITO REGIONAL • Informes del Grupo de Expertos contra la Trata. • Conclusiones del Consejo Europeo de Tampere de los días 15 y 16 de octubre de 1999, en las que se insta a luchar contra quienes se dedican a la trata de seres humanos y se subraya la necesidad de prevenir todas las formas de trata de seres. • • • • Conclusiones del Consejo Europeo de Bruselas de los días 4 y 5 de noviembre de 2004 y el Programa de La Haya adjunto sobre libertad, seguridad y justicia, que pide al Consejo y a la Comisión que desarrollen un plan sobre buenas prácticas, normas y mecanismos de lucha contra la trata. • Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo: Lucha contra la trata de seres humanos - enfoque integrado y propuestas para un plan de acción (COM(2005)0514). • Informe de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género y la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A60400/2005). Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo titulada “Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia: balance del programa de Tampere y futuras orientaciones” (COM(2004)0401). Decisión nº 293/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de enero de 2000, por la que se aprueba un programa de acción comunitario (programa Daphne) sobre medidas preventivas destinadas a combatir la violencia ejercida sobre los niños, los adolescentes y las mujeres. 13 2 o ta l a u r t t í cap s de la a s u a C Podemos distinguir entre factores económicos, sociales políticos y culturales. a sus victimas con promesas de excelentes salarios y viajes al exterior. Factores económicos: Altos niveles de pobreza que impactan de peor manera entre las mujeres y la población joven. Aunque las rutas de los tratantes cambian constantemente, las condiciones de pobreza de los países de origen de muchas personas que caen en las redes de la trata permanece como factor común a todas ellas. Factores sociales: Desigualdad de oportunidades para hombres y mujeres, discriminación por género y por edad, falta de oportunidades. Factores políticos: Conflictos armados, inestabilidad política, etc. Factores culturales: Patrones que adscriben el poder al hombre y la sumisión a las mujeres, el estereotipo sobre una supuesta sexualidad masculina dominante y excesiva. Una de las principales razones del surgimiento de la trata de personas es la pobreza de un país y el deseo de una mejor forma de vida, lo que hace que muchas personas sean vulnerables ante los tratantes. En países con un alto nivel de desempleo, conflicto armado y desplazamiento, y ante una demanda mundial cada vez mayor de servicios sexuales, los tratantes “reclutan” 14 La trata de personas también prolifera durante y después de conflictos sociales prolongados, por la situación de vulnerabilidad en las que las deja el conflicto, especialmente a mujeres y niñas/os. Los bajos niveles educativos, la desigualdad de género y la discriminación que aún existe hacia las mujeres, engrosan notablemente el número de victimas, sin embargo, la causa principal de la trata es la creciente demanda de servicios sexuales. Esta demanda, es alimentada por una oferta, personas captadas a quienes se les niega derechos y oportunidades de educación y progreso económico en igualdad y perpetrada por los tratantes que pueden explotar el infortunio humano casi con total impunidad. Para combatir por tanto la trata de personas debemos de atender tanto los factores de la oferta, que hemos señalado con anterioridad como los factores que sonas r e p e d a t a o de la tr t n ie im g r , lo que u a s id l v e d e d s e a n ejor form ales razo m ip c a n in r u p e s d la o ratantes” dese t l s e “Una de lo y e t ís a n a p erables za de un ln e u r v b o n p a e la s s s e s persona a h c u m e u hace q alimentan la demanda, estos últimos menos visibles y ampliamente tolerados en los países desarrollados y que radican en la desigualdad histórica y genérica entre hombres y mujeres que aún se siguen reproduciendo en todas las sociedades. De no existir esta demanda, la oferta disminuiría de forma considerable, y también se reduciría y erradicaría la explotación sexual. “Los bajos niveles educativos, la desigualdad de género y la discriminación que aún existe hacia las mujeres, engrosan notablemente el número de victimas, sin embargo, la causa principal de la trata es la creciente demanda de servicios sexuales” Para tal fin es necesario que los roles de hombres y mujeres en la sociedad estén en igualdad de condiciones y queden atrás las ideas que consideran a la mujer un ser inferior que debe permanecer bajo la tutela de los hombres, a quienes a cambio, debe satisfacer todos sus deseos. Otro de los factores que dan fuerza a la trata es la impunidad de la que gozan los tratantes. No hay leyes nacionales e internacionales que se pronuncien, posicionen y respondan ante un problema de tal dimensión; donde hay leyes, las pautas de las sentencias no se aplican con rotundidad. Cada año se producen más de 600.000.000 de viajes turísticos internacionales. Un 20% de estos viajeros buscan sexo en sus desplazamientos, de los cuales un 3% confiesa tendencias pedófilas; esto supone más de 3.000.000 de personas que viajan por el mundo buscando sexo con niños. Fuente: Organización Internacional de Migraciones y Turismo 15 n o c 3 s e o r l e j u u ón t í m p a e c i d c a a t t a o l r e t p d x a a e L m e r d o f s e fin al, una género sexu ncia de viole (…)La violencia contra las mujeres es un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad, desarrollo y paz, y viola y menoscaba el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales(…) (IV Conferencia mundial de Naciones Unidas sobre las mujeres, Beijing 1995) La declaración sobre la eliminación de la violencia de género contra la mujer (Resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas 48/104 de 20 de diciembre de 1993) afirma que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Y según el Artículo 1 de la misma por “violencia contra la mujer” se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada. Así mismo en el Artículo 2 se especifica que la violencia contra la mujer abarca varios actos como la violencia relacionada con la explotación, la trata de mujeres y la prostitución forzada (…). 16 “La igualdad es la piedra angular de toda sociedad que aspire a la justicia social y los derechos humanos” La explotación sexual femenina es una forma de violencia de género que tiene su base en la manifestación de poder de los hombres sobre las mujeres, una relación históricamente desigual que ha conducido a la dominación de la mujer por parte del hombre y a la discriminación en su contra. Un mecanismo social por el cual se relega a las mujeres a una posición de subordinación respecto a los hombres. La trata de personas implica múltiples delitos contra los DDHH de las personas, en particular de mujeres, niñas y niños, a través de la compraventa, extorsión y explotación sexual, su sometimiento a ínfimas condiciones de vida, malnutrición, asistencia sanitaria nula o clandestina, constante miedo físico o psíquico. A ello debe agregarse los abortos forzados o incluso muertes anónimas e impunes a manos de mafias. Las mujeres víctimas de trata son socialmente rechazadas pero masivamente utilizadas, “invisibles” debido a la clandestinidad que las rodea, indefensas, desprotegidas y extorsionadas en todos los aspectos. Los agentes de la trata utilizan los mismos mecanismos de control y dominio que los maltratadores: control económico, control social, aislamiento, intimidación, hacer que se sientan sin valor, maltrato físico, violencia psíquica, cautividad y a menudo los captores son personas cercanas al círculo de confianza de las mujeres: parientes, vecinos, así como agentes de viaje, tour operadores, personal de hoteles y otros servicios, oficiales, fun- cionarios, políticos y por supuesto, junto con ellos y los proxenetas, están los propios prostituidores, que con su demanda de cuerpos variados para abastecer el mercado, ponen en marcha todo el mecanismo de captación y explotación de millones de mujeres en el mundo. Es en este contexto de desigualdad donde radica la demanda constituida por aquellas personas, –en general hombres– que acceden a las mujeres a través de la prostitución, pornografía, turismo sexual u otras modalidades como una mercancía. El sector de la demanda es el que menos atención recibe dentro de la problemática de la trata de mujeres y es importante visibilizar el primer eslabón de la cadena de explotación: el cliente. Frente a esto, consideramos que un primer paso a dar sería el de educar en DDHH e igualdad, es decir crear una cultura orientada fundamentalmente a la formación de hombres y mujeres críticos/as, orientados a la defensa de la dignidad humana en un mundo global cambiante y diverso; generar un cambio de actitudes, de respeto, de tolerancia y de pluralidad. Educar en DDHH es promover en cada uno de nosotros/as el firme compromiso a favor de sociedades más justas, más igualitarias, más equitativas, más solidarias. La igualdad es la piedra angular de toda sociedad que aspire a la justicia social y los derechos humanos. 17 e 4 d o l s a u t t í u r p a s c e l a p i c n i r P ata la tr El problema de la trata se extiende por todos los continentes es un fenómeno mundial. La trata de personas es un fenómeno que afecta a todas las regiones y a la mayoría de los países del mundo. Las formas de explotación, el modo de operación y las rutas son distintas en cada región y país. No son estáticas sino que se van desarrollando y adaptando de acuerdo a una demanda creciente. Las principales rutas se encuentran muchas veces en el entorno más cercano, pero acaban trascendiendo fronteras: África: Algunos países africanos, especialmente Sudáfrica y Nigeria, se han convertido en centros de origen, tránsito y destino tanto de víctimas, como de tratantes, ya sea para explotación interna o internacional. La OIM ha confirmado por ejemplo, el aumento en el número de mujeres sudafricanas víctimas de prostitución en distintos países del Este de Asia, así como mujeres 18 provenientes de China, Tailandia o Rusia explotadas en Sudáfrica. Podemos hacer una distinción entre las redes anglófonas y las redes francófonas: Redes anglófona En su mayoría procedentes de Nigeria, de Benin City. Las rutas más importantes son hacia Marruecos, con el fin de alcanzar el estado español o hacia Túnez o Libia para dar el salto a Italia. Los destinos principales son España e Italia, y hay que destacar que circulan por estos dos estados, así como por la Unión Europea con una gran facilidad. Redes francófonas Proceden en su mayoría de África Occidental si son captadas en el origen y la primera parada suele ser Mauritania. Están destinadas a “mercados” africanos o a “mercados europeos”, aunque tradicionalmente el destino es Francia. Rusia y Países del Este La desintegración de la antigua Unión Soviética y la consiguiente inestabilidad política y económica han conducido a un importante aumento de trata de mujeres provenientes de Europa Central y Oriental. Al respecto, la OIM estima que cada año alrededor de medio millón de mujeres son sometidas en condición de trata en los mercados de prostitución europeos. Igualmente entre 2.500 y 3.000 mujeres de estas regiones son explotadas en Israel. Como resultado de conflictos sociales prolongados, algunos países de la ex Yugoslavia se han convertido en principales destinos de la trata de persona así como en importantes centros de operaciones y tránsito de mujeres y niñas de Europa central y oriental. Kosovo es uno de los ejemplos más alarmantes: actualmente, de acuerdo con estimaciones de la OIM, cerca de 300.000 mujeres víctimas de trata en la Unión Europea, son de origen o han transitado por los Balcanes. Países Asiáticos Cerca de un tercio del total del flujo de la trata lo ocupan los países asiáticos. Hong Kong, por ejemplo, es primeramente una zona de tránsito para individuos explotados en China o en otros puntos de la región. Pero también es un importante centro receptor, pues se estima que cada año aproximadamente 20.000 mujeres y niñas son internadas con fines de explotación sexual. Los destinos principales son España e Italia, y hay que destacar que circulan por estos dos estados, así como por la Unión Europea, con una gran facilidad. “la OIM estima que cada año alrededor de medio millón de mujeres son sometidas en condición de trata en los mercados de prostitución europeos” Cifras similares existen en los que han sido reconocidos como los cuatro centros principales de la industria sexual de la región: Japón, Corea del Sur, Taiwán y Malasia. Tan sólo en este último país se calcula que hay entre 43.000 y 142.000 víctimas de la trata. Destaca igualmente esta región por la trata de mujeres vietnamitas de entre 15 y 45 años para matrimonios serviles en China. Medio Oriente Líbano, Arabia Saudita, Bahrein, Egipto y los Emiratos Árabes Unidos son reconocidos como puntos de tránsito y destino para la trata de mujeres provenientes de Asia, África y las ex repúblicas soviéticas. Asimismo debe subrayarse la trata de niños de Bangladesh, India y Pakistán que se comercian como jinetes en las carreras de camellos de Qatar, Emiratos Árabes Unidos y Arabia Saudita. América Latina y el Caribe La trata de mujeres en América Latina y el Caribe, aunque parece tener una dimensión importante a nivel interno, también responde a una amplia demanda internacional. Tradicionalmente, los centros de reclutamiento más activos han estado ubicados en Brasil, Colombia, República Dominicana, Surinam y las Antillas y más recientemente en México, Argentina, Ecuador y Perú. Se estima que anualmente, cerca de 100.000 mujeres y adolescentes provenientes de estos países son conducidas con engaños y falsas promesas de empleo a Estados Unidos, España, Holanda, Alemania, Bélgica, Israel, Japón y otros países asiáticos. 19 Mapa Países de destino muy alto alto Según cifras de la Dirección General de la Guardia Civil española, alrededor de un setenta por ciento de las víctimas de trata de personas en ese país son mujeres provenientes de América Latina. En Japón, cada año por lo menos 1.700 mujeres de Latinoamérica y el Caribe son tratadas como esclavas sexuales. Incluso otros estudios mencionan que alrededor de 3.000 mujeres mexicanas ejercen la prostitución en ese país luego de ser reclutadas por redes de tratantes. 20 medium bajo muy bajo sin datos Otra modalidad que se ha venido evidenciando en la región es la adopción de mujeres y niñas. En 1991, cerca de 1.000 peruanas fueron llevadas a Holanda mediante mecanismos de adopción simulada. La víctima entra legalmente al país, pero su “padre” la somete a condiciones de trabajo abusivas o a explotación sexual. Las regiones de América Central y el Caribe experimentan un creciente tráfico y trata de mujeres, niñas y niños para explotación sexual, con características y retos diferentes que deben considerarse al diseñar estrategias públicas. Mapa Países de origen muy alto MUY ALTO Bulgaria China Lituania Nigeria República de Moldava Rumania Federación Rusa Ucrania ALTO Benín Brasil Camboya Colombia República Checa República Dominicana Ghana Guatemala Hungría India Letonia México Marruecos Polonia alto medium bajo muy bajo sin datos MEDIANO Angola Bosnia-Herzegovina Burkina Faso Camerún Costa de Marfil Croacia Cuba Ecuador El Salvador Etiopía China SAR Mali Sierra Leona Venezuela 21 s o 5 s r a o u l l c r u e i t r t capí amas y a comba fines de r n r g o a o c p r s P s a o n e o p euro de perssexual trataotación expl En este capitulo pretendemos abordar los programas y los recursos con los que cuenta la Unión Europea para combatir la trata de personas y en particular la trata con fines de explotación sexual. Creemos que esta información es de interés a todos los agentes y entidades sociales que estén trabajando por la erradicación de la trata de personas y como información sirve para aumentar la sensibilización de la ciudadanía en torno a la problemática de la trata de modo que cualquier ciudadano/a pueda hacer oír su voz y exigir a nuestros/as representantes a nivel europeo y estatal el cumplimiento de las leyes, protocolos y ampliaciones de programas que persigan este fin. 22 PROGRAMAS Antecedentes Como hemos analizado en el marco normativo europeo para la lucha contrata la trata, en el año 2000, el Comisario europeo Antonio Vittorino firmó, en nombre de la Comunidad, en la Conferencia política de alto nivel para la firma que se celebró en Palermo, la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional y sus protocolos sobre la lucha contra la trata de seres humanos y contra el tráfico de emigrantes por tierra, aire y mar. La Comisión completaba los instrumentos destinados a luchar contra la trata de seres humanos y, entre ellos, los programas de acción STOP y Daphne. Los programas financieros son un instrumento importante y esencial para el desarrollo o el refuerzo de políticas en materia de la lucha contra la trata de seres humanos y la explotación sexual. El objetivo del programa STOP, en una primera fase que comprendía el periodo 1996-2000, era entablar el intercambio de información, por medio de un programa, entre los Estados miembros en los ámbitos de la trata de seres humanos y la explotación sexual de los/las niños/as. El programa comprendió medidas en las siguientes áreas: • • • • • formación. programas de intercambio y cursillos. organización de encuentros y seminarios multidisciplinarios. estudios e investigaciones. circulación de información. La segunda fase de este programa pretendía garantizar la continuidad del programa STOP y ampliarlo en un periodo del 2001-2002 para prevenir y combatir la trata de seres humanos y toda forma de explotación sexual de los/las niños/as incluida la pornografía infantil. Los objetivos del programa eran: • • • • desarrollar, aplicar y evaluar una política europea, fomentar la creación de redes de información, la difusión de información, la mejora de la investigación científica y técnica, favorecer la participación de los países candidatos a la adhesión a la Unión Europea en las acciones desarrolladas, fomentar la cooperación con los terceros países y las organizaciones internacionales competentes El programa DAPHNE nació como programa de apoyo a la acción de los Estados miembros en la lucha contra la violencia ejercida contra los/las niños/as, los/as adolescentes y las mujeres. Se han desarrollado desde el año 2000 dos fases: Daphne I (2000-2003) y Daphne II (2004-2008). La primera fase tenia por objeto aplicar medios destinados a garantizar un elevado nivel de protección de la salud física y mental de los/las niños/as, los/as adolescentes y las mujeres contra la violencia (incluidos los abusos y la explotación sexual) mediante la prevención y la ayuda a las víctimas, para evitar nuevas exposiciones a la violencia. El objetivo de Daphne II ha sido prevenir y combatir todas las formas de violencia ejercidas contra los/las niños/as, los/las jóvenes y las mujeres mediante la aplicación de medidas preventivas y la prestación de ayuda a las víctimas. También ha pretendido ayudar a las organizaciones que actúan en este ámbito y reforzar su cooperación. Se han definido claramente tres grupos de destinatarios. Se trata de niños/as (hasta 18 años), jóvenes (de 12 a 25 años) y mujeres. Todos los tipos de violencia y todos los aspectos de este fenómeno, ya sean de la esfera pública o la privada, entran en el ámbito del programa. Se trata de la violencia familiar, en los centros de enseñanza y de otro tipo, en el lugar de trabajo, de la explotación sexual con fines comerciales, de mutilaciones genitales y de la trata de seres humanos. En Cooperación internacional La trata de seres humanos tiene amplias repercusiones internacionales y la acción en este ámbito no puede limitarse a la UE. Por consiguiente, la Comisión coopera estrechamente con las organizaciones internacionales pertinentes. La Comisión ha contemplado, en particular mediante los programas TACIS y CARDS, la posibilidad de desarrollar acciones contra la trata de seres humanos, incluyendo campañas de sensibilización de la ciudadanía en países clave de origen y tránsito como Bielorrusia, Moldavia, la Federación de Rusia y Ucrania, así como la región de los Balcanes. La trata de seres humanos también ha sido 23 un tema reiteradamente abordado en el contexto de la ampliación. Se contemplaron diversas medidas en el marco general de la cooperación al desarrollo. En el caso de los países de Europa Central y Oriental y de los nuevos Estados independientes, los principales instrumentos de lucha contra la trata de seres humanos han sido los programas Democracia (protección de los derechos humanos) y LIEN (destinado a las ONG del sector social). Debía desarrollarse el marco legislativo de esos países y plantearse medidas de cooperación transfronteriza para impedir la inmigración ilegal. Los países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP) también han sido beneficiarios de medidas en favor de los derechos humanos. La Comisión empleó el Fondo Europeo de Desarrollo para intensificar las medidas en el ámbito de la prevención, la formación y la reinserción. Por lo que se refiere a los países de América Latina, Asia y la Cuenca Mediterránea, se contemplaron medidas preventivas (mejorar la educación de las jóvenes y la condición de las mujeres) y medidas de reinserción a través de las ONG. El programa Agis finalizo en el año 2006 y ha sido sustituido por nuevos programas en el área de seguridad y lucha judicial contra el crimen. Otros dos programas, ARGO (“Cooperación administrativa en la Unión Europea en los ámbitos del asilo, visados, inmigración y fronteras externas”) y AENEAS (“Asistencia financiera y técnica a terceros países en los ámbitos de emigración y asilo”) también han sido relevantes en el contexto de una política más amplia de lucha contra la trata, teniendo en cuenta aspectos de gestión de la migración. PROGRAMAS VIGENTES La Dirección general de Justicia, libertad y seguridad de la Comisión europea en su acción de lucha contra el crimen organizado dedica un área específica de atención a la lucha contra la trata de personas. Los principales programas de financiación que pretenden ser una herramienta esencial para fortalecer las políticas y la lucha para la erradicación de la trata son: Otros programas financieros Las organizaciones de la sociedad civil también han podido acceder a subvenciones en el marco de los siguientes programas: El programa marco AGIS de cooperación policial y judicial en asuntos delictivos. En 2003, AGIS sustituyó y absorbió una serie de programas de financiación preexistentes, más específicos, como STOP (1996-2002). Europa: http://europa.eu.int/comm/justice_home/funding/daphne/funding_daphne_en.htm 24 Programa de prevención y de lucha contra el crimen organizado que abarca el periodo del 2007 al 2013 Este programa específico se enmarca ene un programa más general denominado Programa de seguridad y salvaguarda de las libertades según estableció la decisión del consejo del 12 de febrero del 2007. Para el año 2008 y 2009 este programa específico ha señalado como prioridad las acciones que combatan la trata de personas con fines de explotación sexual. Para consultar las convocatorias consultar: http://ec.europa.eu/justice_home/funding/isec/funding_ isec_en.htm Programa Daphne III que se dirige de forma particular a la erradicar la violencia contra las mujeres, jóvenes, niños/as y grupos de riesgo. El 20 de Junio del 2007 el parlamento y el consejo europeo estableció para el periodo 2007-2013 el programa Daphne III como parte del programa general “Derechos fundamentales y justicia” cuyo objetivo será contribuir a proteger a los/as niños/as, los/as jóvenes y las mujeres de todas las formas de violencia y alcanzar un elevado nivel de protección de la salud, bienestar y cohesión social. Los objetivos generales del programa contribuirán, en particular en lo que respecta a los/as niños/as, los/as jóvenes y las mujeres, al desarrollo de las políticas comunitarias, y más específicamente de las relacionadas con la salud pública, los derechos humanos y la igualdad de género, así como de acciones encaminadas a la protección de los derechos de la infancia y a la lucha contra la trata de personas y la explotación sexual. http://ec.europa.eu/justice_home/daphnetoolkit/html/ welcome/dpt_welcome_en.html Programa temático de cooperación con terceros países en materia de migración y asilo El objetivo del programa temático es financiar proyectos destinados a respaldar las iniciativas de terceros países para mejorar la gestión de los flujos migratorios. Prolonga las actividades del programa AENEAS en el marco de las perspectivas financieras 2007-2013. Luchar contra la migración clandestina y facilitar la readmisión de los inmigrantes ilegales, entre otros objetivos se espera que permita reforzar la lucha contra las redes de inmigración clandestinas y la trata de seres humanos. En Cooperación internacional al desarrollo: EuropeAid tiene por principal cometido aplicar los instrumentos de ayuda exterior de la Comisión, tanto los financiados con cargo al presupuesto de la UE como los del Fondo Europeo de Desarrollo (FED). La Comisión ha propuesto seis nuevos instrumentos que aúnan dos ejes: • • Instrumentos horizontales que respondan a las necesidades especificas de temas globales. Instrumentos que implementen políticas especificas en ámbitos geográficos determinados (Programas geográficos) Para la lucha contra la trata de personas de entre estos instrumentos destacamos: Instrumentos de Cooperación al desarrollo (DCI). De sus tres componentes destacamos de entre los programas temáticos la línea de “Invertir en las personas” http://europa.eu/scadplus/leg/en/lvb/r12547.htm y de “Migración y asilo” http://ec.europa.eu/europeaid/where/worldwide/ migration-asylum/index_en.htm Instrumentos para la Democracia y los Derechos Humanos (EIDHR) Se trata de un programa para la promoción de los derechos humanos en terceros países. Esta línea de financiación ha apoyado proyectos específicos de lucha contra la trata de personas con fines de explotación sexual Más información en: http://ec.europa.eu/europeaid/where/worldwide/ eidhr/index_en.htm La Oficina de Cooperación EuropeAid, gestiona los programas europeos de ayuda exterior y vela porque la ayuda al desarrollo alcance a todas las regiones del mundo. 25 e sd e c a l En rés inte • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 26 ACCEM www.accem.es ACIM - ECPAT España www.ecpat-esp.org AFESIP España www.somalymam.org Asociación para la Prevención, Reinserción y Atención de la Mujer Prostituida (APRAMP) www.apramp.org Asociación pro derechos humanos www.apdha.org Caritas www.caritas.es Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) www.cear.es Conferencia Española de Religiosos (CONFER) www.confer.es Federación de Mujeres Progresistas www.fmujeresprogresistas.org Instituto de Estudios Políticos para América Latina y África (IEPALA) www.iepala.es Médicos del Mundo www.medicosdelmundo.org Mujeres en Zona de Conflicto www.mzc.es Proyecto Esperanza www.proyectoesperanza.org Red Acoge www.redacoge.org RESCATE www.ongrescate.org Save the Children www.savethechildren.es Women’s Link Worldwide www.womenslinkworldwide.org Red Española contra la Trata de Personas http://contratrata.beta.iepala.es/ Amnistía Internacional www.es.amnesty.org Cruz Roja www.cruzroja.es Consejo de Europa : www.coe.int http://www.coe.int/t/dg2/trafficking/campaign/default_EN.asp Comisión Europea. “EU action against trafficking in human beings and the sexual exploitation of children”: http://ec.europa.eu/justice_home/fsj/crime/trafficking/fsj_crime_human_ trafficking_fr.htm IOM –OIM www.iom.int OSCE www.osce.org UNICEF www.unicef.es La Strada Internacional www.lastradainternational.org Fundación Tres Culturas www.tresculturas.org Human Rights Watch www.hrw.org Ministerio de igualdad www.migualdad.es afía r g o i Bibl • IV Conferencia mundial de Naciones Unidas sobre las mujeres, Beijing 1995 • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW). • Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos. • Convención de NNUU contra el Crimen Organizado Trasnacional. • Debate sobre prostitución y tráfico internacional de mujeres. Reflexiones sobre una perspectiva de género (Médicos del Mundo). • Declaración sobre la eliminación de la violencia de género contra la mujer (Resolución de la Asamblea General de Naciones Unidas 48/104 del 20 de diciembre de 1993). • El mundo del tráfico de niños. OIT • El tráfico de niños y niñas y su erradicación. OIT • Guía básica para la identificación, derivación y protección de la personas víctimas de trata con fines de explotación. • Guía “Stop a la trata con fines de explotación sexual”. MZC • Informe criminológico. Trata de seres humanos (con fines de explotación sexual). Guardia civil, Unidad técnica de Policía Judicial. • Informe de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, Sra. Radhika Coomaraswamy, presentado de conformidad con la resolución 2001/49 de la Comisión de Derechos eb w s e ent Fu Humanos. E/CN.4/2002/83/Add.1 28 de enero de 2002. (NNUU. Consejo Económico y Social) • La trata de personas. Aspectos básicos (CIM, OEA, IOM, INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUEJERES - MEXICO, SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN - INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN - MEXICO) • Manual para la lucha contra la trata de personas (NNUU, Oficina contra la Droga y el Delito). • Trata de mujeres con fines de explotación sexual en España (estudio exploratorio). Fundación de mujeres progresistas. • Plan integral de lucha contra la trata de seres humanos con fines de explotación sexual • Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire • Protocolo de las Naciones Unidas para prevenir, reprimir y castigar la trata de personas, especialmente mujeres y niños/as • Conferencia Hemisférica sobre Migración Internacional: Derechos Humanos y Trata de Personas. Susanna Chiarotti. CEPAL – ECLAC. Centro Latino americano y Caribeño de demografía (CELADE)-División de Población. Banco Interamericano de desarrollo (BID). Santiago de chile, mayo 2003. • Vivir sin violencia de género. Proyecto de educación para le desarrollo. La Paz Invisible. Material para los/las alumnos/as U.D 3º, 4º ESO, 1º, 2º BACHILLERATO. Mujeres en Zona de Conflicto • Los derechos de las mujeres son nuestros derechos. Mujeres en Zona de Conflicto. • • • • • • • • • • • • • • • • La Strada Internacional. http://www.lastradainternational.org/ Mujeres en Zona de Conflicto (MZC) http://mzc.org.es/ Rumbo México, Editorial MAC www.rumbodemexico.com.mx Amnistía Internacional http://www.es.amnesty.org/ Naciones Unidas, Centro de Información México, Cuba y República Dominicana http://www.cinu.org.mx Alto comisionado de Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR) http://www.acnur.org Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) www.unhchr.ch Organización para la seguridad y la cooperación en Europa www.osce.org Naciones Unidas www.un.org Human Right Watch www.hrw.org/es Proyecto Esperanza www.proyectoesperanza.org Medicos del Mundo http://www.medicosdelmundo.org/NAVG/pagina/DebateProstitucion.pdf Ministerio de Igualdad http://www.migualdad.es/noticias/pdf/PlanIntegralcontralaTSHES.pdf Consejo de Europa http://www.coe.int Federación de Mujeres Progresistas http://www.fmujeresprogresistas.org/ Comisión económica para América Latina y el Caribe http://www.cepal.org/celade/noticias/paginas/2/11302/SChiarotti_definitivo.pdf 27 28