Como Ayudar A Las Empresas A Resolver Sus Dificultades

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Publicaciones — DG Empresa Ref. Ares(2014)78007 - 15/01/2014 08 13 09 NB-39-01-926-ES-C Cómo ayudar a las empresas a resolver sus dificultades financieras Guía de buenas prácticas y principios sobre reestructuración, quiebra y nuevo comienzo OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS L-2985 Luxembourg ISBN 92-894-1866-4 ,!7IJ2I9-ebiggj! > COMISIÓN EUROPEA COMISIÓN EUROPEA Cómo ayudar a las empresas a resolver sus dificultades financieras Guía de buenas prácticas y principios sobre reestructuración, quiebra y nuevo comienzo Dirección General de Empresa Puede obtenerse información sobre la Unión Europea a través del servidor Europa en la siguiente dirección de Internet: http://europa.eu.int Al final de la obra figura una ficha bibliográfica. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas, 2002 ISBN 92-894-1866-4 © Comunidades Europeas, 2002 Reproducción autorizada, con indicación de la fuente bibliográfica Printed in Belgium IMRESO EN PAPEL BLANQUEADO SIN CLORO Introducción de Erkki Liikanen, miembro de la Comisión Europea responsable del ámbito de «Empresa y Sociedad de la Información» ¿Estigmatizamos a quienes fracasan o, por el contrario, consideramos que el fracaso constituye una valiosa experiencia en la vía del aprendizaje? Si queremos alentar a las personas a que lleguen a ser los emprendedores que Europa necesita, es esencial que la actitud ante el riesgo y la posibilidad de fracaso sea positiva. Dentro de la Unión Europea existen diversos enfoques por lo que respecta al riesgo, y la legislación en materia de quiebras es variada. El presente documento responde al propósito de indagar en esa diversidad, en beneficio del creciente número de empresas que constituyen la fuerza motriz de la moderna economía europea: mediante ejemplos de buenas prácticas en toda Europa, todos podemos aprender y, en consecuencia, mejorar. En el Plan de acción sobre el capital-riesgo (1) se afirma que eliminar el estigma del fracaso es crucial para fomentar la actividad empresarial. En la Carta europea de la pequeña empresa (2) se expone que el fallo y las iniciativas responsables van asociados, y la asunción de riesgos debe considerarse ante todo una oportunidad de aprender. Asimismo, se pide que la legislación sobre quiebras se aplique desde la óptica de las buenas prácticas. (1) Comunicación de la Comisión titulada «Risk Capital: A key to job creation in the European Union», SEC(1998) 522, abril de 1998, y Plan de acción, junio de 1998. Comunicación de la Comisión titulada «Capital-riesgo: propuestas para proseguir el desarrollo del plan de acción», COM(1999) 493. Comunicación de la Comisión titulada «Informe provisional acerca del plan de acción sobre capital-riesgo», COM(2000) 658. Comunicación de la Comisión sobre la aplicación del plan de acción sobre capital-riesgo (PACR), COM(2001) 605. 2 ( ) Aprobada por el Consejo de Asuntos Generales de 13 de junio de 2000 y acogida favorablemente por el Consejo de Feira. La Comisión se ha propuesto favorecer el espíritu empresarial y mejorar las condiciones legales de las empresas, a través del Programa plurianual en favor de la empresa y el espíritu empresarial (3). En este contexto, la Comisión está adoptando medidas dirigidas a lograr la supervivencia de las empresas viables y apoyar a aquellos emprendedores que tengan el potencial de volver a empezar desde cero tras un fracaso. En mi opinión, lo apropiado es permitir que los emprendedores puedan intentar salvar sus empresas, si ello es posible. Si un negocio es viable, los activos son a menudo más valiosos retenidos por la empresa que liquidados. Una empresa rescatada mantiene sus puestos de trabajo, da a los acreedores la posibilidad de obtener un mayor rendimiento de sus inversiones y ofrece a los propios emprendedores la oportunidad de obtener nuevos beneficios, todo lo cual repercute favorablemente en el conjunto de la sociedad. Si una empresa no tiene posibilidades de supervivencia, habrá que procurar una salida fácil, de modo que los recursos puedan reasignarse más eficientemente. Los emprendedores que no alcanzan sus propósitos se enfrentan a actitudes negativas, sobre todo por parte de los bancos o de otras empresas. Al mismo tiempo, la legislación estigmatiza al imponer ciertas restricciones a quienes quiebran. Es preciso reducir el estigma del fracaso y ofrecer a los emprendedores que no logran su intento la oportunidad de comenzar nuevamente desde cero (salvo cuando sean culpables de conducta deshonesta, apropiación indebida, fraude o conducta delictiva). En la primavera de 2001, a fin de poner en común las buenas prácticas en este ámbito y abrir un diálogo entre los expertos y los políticos, la Comisión organizó en Noordwijk (Países Bajos) un seminario sobre el fracaso empresarial, en colaboración con el Ministerio de Asuntos Económicos de los Países Bajos. En el curso del mismo, quedó patente que los empresarios no siempre son conscientes de la necesidad de solucionar a tiempo los problemas financieros graves o de las posibilidades de salvar su empresa. Es importante sensibilizar frente a las primeras señales de alerta y dirigir a los empresarios hacia las fuentes de apoyo disponibles. Recomiendo la lectura del presente folleto por su positiva contribución de cara a alertar sobre la necesidad de actuar puntual y convenientemente en caso de dificultades financieras. (3) Diario Oficial de las Comunidades Europeas L 333, de 29.12.2000, p. 84. 4 1 Cómo ayudar a las empresas a resolver sus dificultades financieras Conclusiones del Seminario sobre el fracaso empresarial, celebrado en Noordwijk (Países Bajos), los días 10 y 11 de mayo de 2001 En el Seminario sobre el fracaso empresarial se analizaron las normas aplicables a las empresas insolventes, las medidas de apoyo actualmente existentes y los obstáculos que impiden volver a empezar de cero. Se trataba de mejorar el trato que las instituciones públicas y privadas dan a las empresas en crisis y los empresarios fracasados, ayudando a la Unión Europea y sus Estados miembros a comparar sus diversas políticas y definir mejor sus objetivos al compartir las buenas prácticas ya demostradas y aprender de ellas. Entre otras, se llegó a las siguientes conclusiones: Un marco legal exento de incertidumbre Una relación crediticia sólida exige transparencia, responsabilidad y certidumbre. La existencia de un marco legal claro permite que un deudor insolvente y sus acreedores puedan negociar informalmente, con el telón de fondo de un sistema legal que establece las consecuencias si no logran concertar una solución. Mejor prevenir que curar Si se quiere maximizar el valor de los activos de la empresa, una operación de rescate, consistente en un acuerdo entre los directivos, los propietarios, los acreedores, los empleados y otras partes con intereses comerciales, es en muchos casos preferible a una liquidación. Ha de darse preferencia a una operación informal de reestructuración frente a un procedimiento formal, pues permite ahorrar costes, tiempo y publicidad. Los sistemas legales deben prever la posibilidad de la reestructuración. Han de existir mecanismos judiciales adecuados para determinar qué empresas pueden sobrevivir; asimismo, han de preverse plazos y medios suficientes para que la reestructuración sea un éxito. Si la reestructuración no es posible, la solución más favorable para los acreedores será normalmente vender la empresa en situación de actividad. Si la empresa no tiene futuro, habrá que liquidar los activos rápida y eficientemente. 6 Las pequeñas y medianas empresas (PYME) raramente buscan asesoramiento externo, de modo que las dificultades se detectan tarde y las medidas llegan con excesivo retraso. Las medidas de apoyo han de orientarse hacia un sistema de alerta rápida, la intervención a tiempo, el asesoramiento de expertos y la obtención de nueva financiación. Es preciso que las empresas conozcan la posibilidad de recurrir a procedimientos de rescate que eviten la quiebra. Es necesario, además, que puedan tener acceso a ese apoyo, pues una empresa en dificultades financieras no dispone de medios para procurarse asesoramiento (caro). Alentar a quienes quiebran a volver a intentarlo Según expuso la Dra. Mei-Pochtler, en su presentación de los resultados del análisis de Boston Consulting Group durante el seminario sobre el fracaso empresarial, los emprendedores que fracasan aprenden de sus errores y tienen más éxito en posteriores intentos. El análisis demostraba, asimismo, que la renovación empresarial comporta el crecimiento del producto interior bruto, del empleo y de la productividad. En consecuencia, si alentamos a quienes quiebran a volver a intentarlo, estaremos favoreciendo el desarrollo económico. Subsiste el problema del estigma y, en este sentido, es preciso eliminar todos los posibles obstáculos que impiden empezar de nuevo, ya sean legales, para la obtención de capital o sociales (por ejemplo, educación, medios de comunicación). Jurídicamente es necesario que la rehabilitación sea rápida, sin imponer indebidas restricciones. Por otra parte, las relaciones con los acreedores son muy importantes; es esencial mantener frente a ellos una conducta responsable, para garantizar la disponibilidad de capital. No han de darse, pues, facilidades a los deudores irresponsables. Hasta ahora son pocos los programas de apoyo dirigidos a los emprendedores que fracasan. Vista la importancia de los reemprendedores para la economía, deben mejorarse las posibilidades de financiación y prever apoyos adaptados a las necesidades específicas de aquéllos. 7 2 Cómo ayudar a las empresas a resolver sus dificultades financieras Regímenes eficaces en materia de insolvencia y derechos de los acreedores: principios y directrices (1) Si se quiere disponer de sólidos mercados internos y reducir los riesgos y costes de la inestabilidad sistémica, se considera fundamental disponer de regímenes fiables en lo que respecta a la insolvencia y los derechos de los acreedores. Por ello, el Banco Mundial se ha propuesto desarrollar un foro y una base de datos de alcance mundial en materia de insolvencia, con el fin de promover las mejores prácticas en los regímenes nacionales de insolvencia. El informe Regímenes eficaces en materia de insolvencia y derechos de los acreedores: principios y directrices forma parte de los esfuerzos por incrementar la estabilidad financiera a escala mundial mediante un sistema uniforme de evaluación de la eficacia de los regímenes aplicables en materia de insolvencia y derechos de los acreedores, y se propone orientar a los políticos sobre las decisiones necesarias para lograrlo. Los principios contenidos en ese informe son fruto de una extensa colaboración internacional y se han elaborado a partir de problemas comunes y decisiones adoptadas en el marco de anteriores iniciativas, así como de la opinión del personal de empresa, expertos en insolvencias y quienes han participado en los seminarios regionales celebrados bajo los auspicios del Banco Mundial y sus organismos asociados. En el proceso de consulta sobre dichos principios y directrices han intervenido más de setenta expertos internacionales, integrados en el grupo operativo y los grupos de trabajo del Banco Mundial, así como, a escala regional, más de setecientos especialistas del sector público y privado procedentes de unos setenta y cinco países, en su mayoría países en desarrollo. El informe completo puede obtenerse a través de la página web del Banco Mundial (www.worldbank.org/gild) o dirigiéndose directamente al Sr. Johnson, Consejero, Servicio Jurídico del Banco Mundial ([email protected]). Los principios y directrices se basan en una sencilla premisa, a saber, que un desarrollo sostenible del mercado exige el acceso a créditos en condiciones razonables e inversiones de capital. Los principios propiamente dichos, partiendo de esa premisa, articulan elementos y rasgos esenciales de los sistemas que regulan el acceso al crédito y permiten a las partes hacer (1) Texto basado en la intervención del Sr. Johnson, del Banco Mundial, en el Seminario sobre el fracaso empresarial, en mayo de 2001. 10 valer sus derechos y gestionar el riesgo de pérdida en las relaciones crediticias y de inversión. Con respecto a esos principios cabe destacar lo siguiente: Importancia de los procedimientos para el ejercicio de los derechos. En una economía moderna, basada en el crédito, es necesario que los derechos sobre créditos, con y sin garantía, puedan ejercerse de forma previsible y transparente, y a un coste razonable, mediante mecanismos eficaces e independientes de los procedimientos de insolvencia; es también necesario un procedimiento sólido de insolvencia. Estos sistemas deben poder convivir en armonía. El comercio es un sistema de relaciones basadas en acuerdos contractuales, explícitos o implícitos, entre una empresa y una variada gama de acreedores y clientes. Aunque las transacciones comerciales son cada vez más complejas, debido a la creciente complejidad de las técnicas de cálculo y gestión del riesgo, los derechos básicos que regulan esas relaciones y los procedimientos para el ejercicio de los mismos no han variado mucho. Son derechos que permiten a las partes confiar en los acuerdos contractuales y, por tanto, favorecen la confianza, motor de la inversión, la actividad crediticia y el comercio. Por el contrario, cuando no existe la seguridad de poder ejercitar los derechos contractuales, aumenta el coste del crédito para compensar el incremento del riesgo de incumplimiento o, en casos extremos, se restringe el crédito. Disposiciones legales que regulan los derechos de los acreedores. Un sistema de crédito estable ha de sustentarse en mecanismos que prevean métodos eficientes, transparentes y fiables para el cobro de la deuda, tales como el embargo y la venta de bienes muebles e inmuebles, y la venta o cobro de activos inmateriales, como pueden ser los créditos del deudor sobre terceros. La existencia de un sistema eficaz que permita cobrar las deudas es básica para el funcionamiento de todo sistema crediticio, en especial cuando se trata de créditos sin garantía. La capacidad del acreedor para tomar posesión de los bienes de un deudor y venderlos, al objeto de cobrar la deuda, es el medio más simple y efectivo de garantizar el pronto pago. Es mucho más eficaz que la amenaza de un procedimiento de insolvencia, pues, a menudo, éste exige pruebas fehacientes y se prolonga en el tiempo, de forma que, salvo en casos extremos, el deudor no se siente suficientemente presionado para pagar. La mayor parte de los créditos no están garantizados y es necesario un procedimiento efectivo para su ejecución; por otro 11 lado, en los países en desarrollo es especialmente importante disponer de un procedimiento que permita ejercitar los derechos garantizados. El crédito garantizado desempeña una importante función en los países industrializados, pese a la amplia variedad de fuentes y tipos de financiación disponible a través de los mercados de deuda y de capitales. En algunos casos, los mercados de capitales ofrecen financiación más barata y atractiva. Sin embargo, en los países en desarrollo existen menos opciones y los mercados de capitales son, tradicionalmente, menos maduros que los de deuda. Por ello, la mayor parte de la financiación reviste la forma de deuda. En los mercados que ofrecen menos posibilidades y presentan riesgos más elevados, los prestamistas sistemáticamente exigen garantías, para reducir el riesgo de impago y de insolvencia. Disposiciones legales sobre los préstamos con garantía. La legislación debe prever la generación, el reconocimiento y la ejecución de los derechos reales sobre todo tipo de activos —bienes muebles e inmuebles, activos materiales e inmateriales, incluidas las existencias, el exigible, los beneficios y todo futuro haber patrimonial— de forma global, ya se trate de derechos posesorios o de otro tipo. Asimismo, debe cubrir todo tipo de obligaciones de un deudor frente a un acreedor, presentes o futuras, y entre todo tipo de personas. Han de preverse también normas en materia de preaviso y registro adaptadas a todo tipo de bienes, así como normas claras sobre créditos privilegiados en caso de acreedores en competencia que aleguen derechos sobre unos mismos activos. Disposiciones legales sobre la insolvencia empresarial. Aunque existen diversos enfoques, para ser eficaz, todo régimen de insolvencia debe: • integrarse en el conjunto del sistema comercial y jurídico del país; • maximizar el valor de los activos de la empresa, previendo la posibilidad de reorganización; • lograr un ponderado equilibrio entre la liquidación y la reorganización; • otorgar un trato equitativo a todos los acreedores que estén en condiciones similares, ya se trate de acreedores nacionales o del exterior; 12 • prever que la resolución sobre la insolvencia se produzca puntual, eficiente e imparcialmente; • impedir que los acreedores individuales se repartan los activos del deudor antes de su debido tiempo; • prever mecanismos transparentes que incluyan incentivos para la recogida y el aporte de información; • reconocer los derechos de los acreedores existentes y respetar los créditos privilegiados a través de un proceso fijo preestablecido; • contener disposiciones con respecto a las insolvencias transfronterizas y reconocer los regímenes de otros países. Si una empresa no es viable, el objetivo principal de la legislación ha de ser una liquidación rápida y eficiente que permita obtener tanto efectivo como sea posible, en beneficio de los acreedores. Las liquidaciones no son incompatibles con el mantenimiento y venta del negocio, como algo separado de la entidad jurídica. Por otro lado, si una empresa es viable, esto es, si puede ser rehabilitada, sus activos pueden ser más valiosos retenidos por la empresa que vendidos en un proceso de liquidación. El salvamento (1) de una empresa puede mantener puestos de trabajo, ofrecer a los acreedores un mayor rendimiento, reportar beneficios a los propietarios y permitir que la empresa siga participando en la actividad económica. El salvamento debe facilitarse mediante procedimientos formales e informales. El proceso de rehabilitación debe ser rápido y de fácil recurso, proteger adecuadamente a todos los interesados, prever la negociación de un plan comercial, permitir que la opinión de una mayoría de acreedores favorables a un cierto plan o vía de actuación vincule a los demás acreedores (con la oportuna protección) y permitir una supervisión que garantice que no se produzcan abusos. Los procesos de rescate actuales atienden normalmente a toda una serie de expectativas comerciales propias de mercados dinámicos. Aunque las disposiciones legales en este ámbito pueden no prestarse a fórmulas exactas, los procedimientos modernos se basan en rasgos predefinidos para alcanzar los objetivos antes señalados. (1) En este contexto, el salvamento de una empresa se refiere a las resoluciones consensuadas entre un deudor, sus acreedores y otros interesados del sector privado, frente al rescate (bail-out) o la ayuda estatal. 13 Condiciones de los acuerdos extrajudiciales. Los acuerdos extrajudiciales deben sustentarse en condiciones que alienten a las partes a restablecer la viabilidad financiera de la empresa. Estos acuerdos se negocian «a la sombra de la ley». Por ello, es importante que existan disposiciones legales y procedimientos claros que: establezcan la obligatoriedad de facilitar (o poner a disposición) la oportuna y certera información financiera sobre la empresa en crisis; estimulen el préstamo a empresas viables, así como la inversión en ellas o su recapitalización; respalden una amplia gama de actuaciones orientadas a la reestructuración, tales como la cancelación o renegociación de la deuda y la conversión de deuda en capital; y prevean un régimen fiscal favorable o neutro en los casos de reestructuración. El sector financiero de cada país (tal vez con la ayuda del banco central o del Ministerio de Economía) ha de promover procesos extrajudiciales en los casos de empresas con dificultades financieras en los que tanto los bancos como otras instituciones financieras soporten un riesgo significativo, en particular en aquellos mercados en los que la insolvencia empresarial es sistémica. Un proceso extrajudicial tendrá más posibilidades de prosperar si existen los oportunos recursos para los acreedores y adecuadas disposiciones legales en materia de insolvencia. Aplicación del régimen de insolvencia. Un régimen de insolvencia efectivo exige instituciones y normas sólidas. En todo régimen de insolvencia se distinguen tres elementos básicos: las instituciones responsables del procedimiento, las normas procedimentales para tramitar y resolver los casos, y las disposiciones necesarias para el correcto funcionamiento de esas instituciones (el éxito del régimen de insolvencia estribará en su correcta aplicación). La configuración y el funcionamiento de las instituciones y de cuantos pueden actuar sobre el procedimiento de insolvencia se basa en toda una serie de principios fundamentales. 14 3 Cómo ayudar a las empresas a resolver sus dificultades financieras Ejemplos de buenas prácticas Reestructuración, quiebra y nuevo comienzo de cero Durante el Seminario sobre el fracaso empresarial, celebrado en Noordwijk en mayo de 2001, se expusieron diversos ejemplos de buenas prácticas. En el transcurso de este acto, los expertos asistentes presentaron y debatieron sus distintos métodos de trabajo. Más abajo se exponen algunos de los casos presentados como buenos ejemplos sobre el modo de ayudar a las empresas en dificultades financieras. Con estos ejemplos se pretende contribuir a que los legisladores y profesionales aprendan de la experiencia de otros países de Europa. Cada ejemplo elegido ilustra un determinado aspecto del apoyo a las empresas en crisis. En el seminario se dieron otros ejemplos de buenas prácticas relacionados con esos mismos aspectos; puede obtenerse mayor información al respecto dirigiéndose a la dirección que figura al final de este folleto. Los ejemplos se refieren a lo siguiente: • legislación en pro de la reestructuración y un nuevo comienzo tras la quiebra; • equilibrio entre los intereses de los acreedores, las empresas y sus empleados en caso de insolvencia; • asesoramiento de expertos sobre cómo salvar a una empresa al borde de la quiebra; • preferencia de los acreedores por el rescate de la empresa, frente a su liquidación; • planes de reestructuración eficaces partiendo de principios comunes; • respaldo a las empresas en crisis: rescate o comienzo desde cero; • unión de los empresarios para ayudar a las empresas que fracasan; • obtención de financiación para una nueva empresa creada tras la quiebra. Como es lógico, existen numerosos otros ejemplos de buenas (o incluso mejores) prácticas. Precisamente, el propósito de esta publicación es, en parte, animar a que se aporten otros ejemplos y se debata en torno a ellos. Si es usted un profesional con experiencia práctica en reestructuraciones, quiebras y nuevo comienzo de cero, y desea opinar al respecto, no dude en dirigirse por escrito a la dirección que figura al final de esta publicación. 16 Ejemplos de buenas prácticas Reestructuración, quiebra y nuevo comienzo de cero Legislación en pro de la reestructuración y un nuevo comienzo tras la quiebra Ámbito de actuación Reforma legislativa. Caso Con el fin de afrontar mejor las exigencias de la vida económica actual, Bélgica modificó su legislación en materia de insolvencia en 1997, de cara a fomentar la reestructuración de empresas temporalmente en crisis y promover que las empresas vuelvan a empezar de cero tras una quiebra. Contact Para más información: Patrick Leclercq Conseiller adjoint Ministère de la justice Boulevard de Waterloo 115 B-1000 Bruxelles Tel. (32-2) 542 64 76 Fax (32-2) 542 64 70 E-mail: [email protected] Internet: http://www.just.fgov.be 18 Descripción La Ley sobre suspensión de pagos, de 17 de julio de 1997, se refiere a la situación de empresas saneadas y rentables que se enfrentan temporalmente a dificultades financieras que ponen en riesgo su existencia. El objetivo es lograr un acuerdo entre el deudor y sus acreedores para el pago de la deuda. Esta ley implantó también servicios de inspección, cuya función es detectar empresas con dificultades financieras al objeto de poder advertirles que adopten las medidas oportunas o soliciten la suspensión de pagos. La Ley de 8 de agosto de 1997, en materia de quiebras, responde al deseo de que la liquidación de empresas no viables se produzca con la mayor rapidez, de modo que los créditos de los acreedores se resarzan al máximo y se restablezca la competencia en el mercado. Esta ley autoriza, además, a los jueces a liberar a las empresas quebradas de toda responsabilidad, para que puedan volver a empezar de cero en la actividad empresarial. Ambas leyes consideran importante la transparencia y estipulan que ha de mantenerse a los acreedores plenamente informados del desarrollo del procedimiento de insolvencia. Tres años después de haberse promulgado la nueva legislación, una evaluación dejó patente la necesidad de revisar algunos aspectos. Se consideraba necesario seguir esforzándose por mejorar la actitud frente el fracaso. Los Tribunales se mostraban reticentes a exonerar de responsabilidad a las empresas quebradas. Por ello, el Gobierno ha adoptado nueva legislación en la que se introduce el derecho a ser eximido de responsabilidad en los casos de quiebra, a condición de que los directivos de la empresa no sean culpables de deficiencias graves de gestión Los emprendedores desconocen las nuevas posibilidades jurídicas. El Gobierno ha difundido información entre el público y ha adoptado medidas para sensibilizar a los intermediarios. El actual procedimiento de suspensión de pagos es caro y sólo empresas de un cierto tamaño pueden permitirse recurrir a él. Se están adoptando medidas dirigidas a reducir los costes mediante un procedimiento simplificado. La suspensión de pagos, en general, recibe publicidad negativa, lo que puede disminuir las posibilidades de recuperación de la empresa. El procedimiento simplificado tendrá carácter confidencial. 19 Equilibrio entre los intereses de los acreedores, las empresas y sus empleados en caso de insolvencia Ámbito de actuación Reforma legislativa. Caso La nueva legislación alemana desempeña un papel esencial en la supervivencia de empresas viables. El objetivo de esta legislación no es sólo ayudar a que los acreedores recuperen su dinero, sino también atender a las necesidades de la empresa y de cuantos puedan estar interesados en su supervivencia, como son los acreedores que no gozan de garantías, los empleados y el propietario. Contact Para más información: Horst Piepenburg Rechtsanwalt Arbeitsgemeinschaft für Insolvenzrecht und Sanierung im Deutschen Anwaltverein Heinrich-Heine-Allee 20 D-40213 Düsseldorf Tel. (49-211) 49 22 40 Fax (49-211) 49 40 87 E-mail: [email protected] 20 Descripción En enero de 1999 entraron en vigor en Alemania nuevas disposiciones legales, que modificaban y reunían las anteriores leyes sobre conciliación y quiebra en un sólo procedimiento uniforme de insolvencia. Los principales objetivos de la nueva ley son mantener operativas las empresas y facilitar la reestructuración mediante un plan de insolvencia. En el nuevo sistema se mantiene la posibilidad de liquidar o reestructurar una vez solicitada la declaración de insolvencia. Tras analizar la posibilidad de reestructurar, un depositario-administrador puede elaborar un plan de insolvencia en cualquier momento del procedimiento. Con arreglo a las nuevas normas, el administrador está obligado a mantener en actividad la empresa insolvente, lo que incrementa sus posibilidades de supervivencia tras solicitar la declaración de insolvencia. De este modo, el administrador disfruta de ciertos poderes, por ejemplo el derecho a poner fin o mantener vigentes los contratos basándose en las perspectivas económicas. La legislación permite apartarse, en determinadas circunstancias, de las disposiciones generales en materia de insolvencia referidas a la reestructuración, a condición de presentar un plan de insolvencia, por ejemplo sobre la afectación de los activos. La nueva normativa ya no contempla privilegios, salvo por cuanto se refiere a las indemnizaciones de despido de los empleados. A la hora de votar el plan de insolvencia, los acreedores se agrupan con arreglo a su rango legal (por ejemplo, acreedores con derechos sobre bienes inmuebles, otros activos fijos o activos realizables) o posición (por ejemplo, suministradores, prestamistas, empleados o proveedores de servicios). En cada grupo, el voto se distribuye en función de la deuda individual y el número de interesados, y la aprobación del plan exige una mayoría simple. Estas disposiciones impiden que cualquier acreedor individual pueda bloquear un plan de reestructuración, lo que redunda en beneficio de todos los interesados en general. 21 Asesoramiento de expertos sobre cómo salvar a una empresa al borde de la quiebra Ámbito de actuación Apoyo a las empresas en dificultades financieras. Caso Empresarios, directivos y expertos, tales como abogados y contables, ya retirados analizan la situación financiera de la empresa y ofrecen asesoramiento estratégico a título voluntario. Contact Para más información: Dr. Arend Vrind, RA Directeur Stichting Ondernemersklankbord Postbus 93002 2509 Den Haag Nederland Tel. (31-70) 349 06 00 Fax (31-70) 349 06 75 E-mail: [email protected] Internet: http://www.ondernemersklankbord.nl 22 Descripción El Ondernemersklankbord asesora a las pequeñas y medianas empresas. Se trata de una organización de empresarios, directivos de empresas y expertos ya retirados que prestan su apoyo voluntariamente. Se creó en 1979, financiada por la comunidad empresarial de los Países Bajos y bajo los auspicios del Ministerio de Asuntos Económicos. El 90 % de las empresas que recurren al asesoramiento del Ondernemersklankbord tiene menos de 10 empleados. Cada año, 2 500 empresarios recurren al asesoramiento de esta fundación. El fracaso empresarial es un aspecto importante de la actividad de asesoramiento del Ondernemersklankbord, que ha constatado que se debe a menudo a la inexperiencia y la detección tardía de los problemas, pues el empresario frecuentemente se halla absorbido en la gestión corriente de su negocio. Muchas empresas podrían haberse salvado (al menos un 20 %) si hubieran buscado asesoramiento a tiempo. Merecen especial atención las empresas que comienzan, ya que, en los Países Bajos, el 22 % de ellas no superan el primer año de vida y tan sólo un 40 % siguen activas transcurridos cinco años. En 1997, el Ondernemersklankbord llegó a un acuerdo formal con el Tribunal de Distrito de Utrecht, de cara a facilitar el rescate de empresas viables. De este modo, si un juez considera que una empresa puede salvarse, puede aplazar el procedimiento de quiebra y remitir el caso al Ondernemersklankbord para que lo estudie. Un equipo de voluntarios del Ondernemersklankbord, expertos en gestión, contabilidad y Derecho, estudian el caso e informan al Tribunal. El equipo consta de tres miembros: un experto en gestión en general, un contable y un abogado. Sus conclusiones precisan del acuerdo de todos los interesados, por ejemplo las autoridades competentes en materia social y fiscal, los proveedores de fondos y otros acreedores y, naturalmente, la propia empresa. La experiencia demuestra que de los diez casos que cada año examina el Ondernemersklankbord, ocho culminan con éxito. El proyecto se va a extender a otros Tribunales de Distrito de los Países Bajos. 23 Preferencia de los acreedores por el rescate de la empresa, frente a su liquidación Ámbito de actuación Apoyo a las empresas en dificultades financieras. Caso Austria dispone de un sistema eficaz de la reestructuración, rápido y previsible, en el que los acreedores desempeñan un papel esencial. Las PYME, normalmente acreedores sin garantías, pueden recurrir a organizaciones especializadas si alguno de sus deudores es insolvente. Contact Para más información: Hans-Georg Kantner Bereichsleiter Insolvenz Kreditschutzverband von 1870 A-1010 Wien, Zelinkagasse 10 Tel. (43-1) 534 84 84 53 Fax (43-1) 534 84 83 70 E-mail: [email protected] Internet: http://www.ksv.at 24 Descripción La legislación austríaca en materia de insolvencia obliga a los síndicos a intentar la reestructuración de la empresa, en vez de proceder a su liquidación. Casi el 40 % de los procedimientos de quiebra desembocan en una reestructuración. En Austria se considera que los acreedores son la pieza clave de cualquier proceso de rescate. Con arreglo a la normativa que regula las reestructuraciones, la decisión sobre si se reestructura o no corresponde a los acreedores. La intervención de los Tribunales en el proceso es meramente funcional. La propuesta del deudor se hace pública y los acreedores pueden aceptarla por mayoría simple de los votos y un 75 % de los créditos sobre el deudor. Esto garantiza la moderación y el compromiso, y un acuerdo equilibrado entre los acreedores comerciales y los acreedores financieros, cuyos intereses no siempre coinciden. La decisión del acreedor viene a coincidir, a menudo, con los intereses del deudor, esto es, la reactivación de la empresa y ayuda para que subsista si es viable. El único requisito legal es la convocatoria de las partes y la votación ante los Tribunales. El procedimiento es rápido (de tres a seis meses) y previsible, dado el pequeño número de interesados involucrados. Además, es eficiente desde el punto de vista del coste, pues de estos casos se ocupan profesionales muy experimentados y apenas es necesario recurrir a peritos o ayuda externa. Ya en el siglo XIX se crearon dos Gläubigerschutzverbände (asociaciones de acreedores) legalmente reconocidas cuyo objetivo era proteger los intereses de aquellos acreedores que habitualmente no disponen de garantías (PYME). Más recientemente, se ha creado una tercera organización orientada a proteger los intereses de los empleados. Por una pequeña cotización, estas organizaciones prestan a sus miembros una variada gama de servicios, como son la presentación de reclamación en los casos de insolvencia o la representación ante los Tribunales (algo que antes sólo podían hacer los abogados), y servicios completos en los casos de insolvencia bajo administración judicial. Las asociaciones pueden negociar convenios colectivos y ponen voz autorizada a las PYME acreedoras que tienen intereses similares. Se ocupan de recabar información y entablar negociaciones en nombre de los acreedores, que podrán votar basándose en ellas. Este proceso va también en beneficio de los deudores, pues se reducen las partes que intervienen en la negociación. 25 Planes de reestructuración eficaces partiendo de principios comunes Ámbito de actuación Apoyo a las empresas en dificultades financieras. Caso INSOL International es una federación mundial de especialistas en insolvencias. Esta organización ha elaborado una serie de principios sobre los acuerdos extrajudiciales, que pueden considerarse normas de buena práctica en todos los casos de acuerdos extrajudiciales entre una multiplicidad de acreedores. Contact Para más información: Claire Broughton Chief Executive INSOL International 2-3 Philpot Lane EC3M 8AQ London United Kingdom Tel. (44-20) 79 29 66 79 Fax (44-20) 79 29 66 78 E-mail: [email protected] Internet: http://www.insol.org 26 Descripción INSOL International reunió a una serie de bancos con experiencia en insolvencias y reestructuraciones al objeto de establecer un conjunto de principios para un enfoque internacional de los acuerdos extrajudiciales entre múltiples acreedores, con la ayuda de expertos de unas 150 organizaciones de todo el mundo. Se fijó un conjunto de principios que habían de aplicarse a escala internacional y constituir la base de toda futura reestructuración, si bien con sujeción a las disposiciones legales y las prácticas locales. Se persigue esencialmente que todas las partes acuerden de inmediato una moratoria y circule libremente entre ellas cuanta información resulte relevante, de modo que, a la hora de concertar una propuesta de reestructuración/ acuerdo extrajudicial, puedan adoptar decisiones con conocimiento de causa. En última instancia, los principios han de servir para acelerar el proceso de reestructuración e incrementar las posibilidades de supervivencia y maximización del valor de los activos. Unas normas de reestructuración preestablecidas y que gocen de amplia aceptación presentan las siguientes ventajas: • reducción del tiempo y el coste que supondría para las partes iniciar un debate esencial, pero improductivo, sobre las reglas del juego; • reducción de la desconfianza, la inseguridad y las sospechas entre grupos de acreedores, en particular en los casos de alcance internacional, pues los acreedores pueden no estar familiarizados con las normas y los usos locales; fomentan la cooperación y reducen el riesgo de perjuicios económicos. Los principios resultarán eficaces si descansan sobre un proceso formal. Es necesario, pues, que el país afectado disponga de disposiciones legales en materia de insolvencia que sean eficaces, seguras y previsibles. Los principios se hicieron oficiales en el otoño de 2000. 27 Respaldo a las empresas en crisis: rescate o nuevo comienzo desde cero Ámbito de actuación Apoyo a las empresas en dificultades financieras. Apoyo a las empresas para que comiencen de cero tras la quiebra. Caso El proyecto Crisme responde al deseo de aumentar las probabilidades de éxito de las empresas jóvenes y mitigar el estigma del fracaso. Inicialmente, se trataba de un proyecto alemán de alcance regional; actualmente, se ha extendido a otros seis países de la Unión Europea. Contact Para más información: Anne Janssen Projektmanager Gesellschaft für Innovative Beschäftigungsförderung (GIB) Im Blankenfeld 4 D-46238 Bottrop Tel. (49-2041) 76 71 00 Fax (49-2041) 76 72 99 E-mail: [email protected] Internet: http://www.gib.nrw.de 28 Descripción Crisme (Intervención de crisis en las pequeñas y medianas empresas) es un proyecto transnacional financiado con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y en el que participan siete países. Su objetivo es ayudar a las pequeñas empresas que atraviesen dificultades financieras. Asimismo, se propone aumentar las posibilidades de supervivencia de las nuevas empresas y mitigar el estigma del fracaso, así como ofrecer más oportunidades para un segundo intento, desarrollando instrumentos y ofreciendo consejo en relación con los cierres empresariales. Se trata de desarrollar e implantar mecanismos de consulta dentro de las estructuras regionales de apoyo de las regiones que participan. La cooperación transnacional es un medio de transferir conocimientos e intercambiarse información. El proyecto se inició en 1999 y proseguirá hasta el término de 2001. Este proyecto se inspira en un proyecto piloto alemán que comenzó en 1998 en relación con las intervenciones de crisis en las pequeñas empresas. La iniciativa surgió de las autoridades regionales de Renania del Norte-Westfalia y se desarrolla bajo la dirección del Gesellschaft für Innovative Beschäftigungsförderung (GIB). A cambio de una modesta cotización, se ofrece asesoramiento a las pequeñas empresas que atraviesan dificultades financieras y no pueden permitirse un asesoramiento profesional (caro). Entre otras cosas, pueden ayudarles a buscar nueva financiación o conseguir acuerdos voluntarios. Antes de intentar una operación de rescate, los asesores evalúan primero la viabilidad de la empresa. Al amparo del programa Crisme, esta iniciativa se ha extendido a otras regiones europeas, adaptándose a las diferentes circunstancias. A este respecto, quienes pusieron en marcha el proyecto piloto alemán transmiten su experiencia a sus homólogos. De los estudios realizados dentro del proyecto se desprende que el principal motivo del fracaso empresarial es la falta de preparación. Asimismo, se ha comprobado que los emprendedores buscan consejo cuando ya es demasiado tarde. Además, se considera que en toda operación de rescate es esencial la figura del banco; el aporte de nueva financiación es un requisito imprescindible para que el salvamento culmine con éxito. El proyecto parte de la base de que las pequeñas empresas en crisis precisan de asesoramiento cualificado e integral. Esto no sólo puede reducir la proporción de empresas que fracasan, sino también influir favorablemente en el deseo de convertirse en empresario. 29 Unión de los empresarios para ayudar a las empresas que fracasan Ámbito de actuación Apoyo a las empresas para que comiencen de cero tras la quiebra. Caso Re-créer es una asociación de empresarios orientada a ayudar a los empresarios, mejorando la legislación y cambiando la actitud ante la quiebra. Contact Para más información: Hervé Lecesne (Presidente) o Maurice Meyara (cofundador) Re-créer asbl 19, Rue de l’Amiral d’Estaing F-75116 Paris Tel. (33) 147 20 56 66 Fax (33) 147 20 44 60 E-mail: [email protected] 30 Descripción La asociación Re-créer se creó en 1999 bajo los auspicios de la Cámara Francesa de Comercio e Industria y la Asociación Francesa de Bancos. El propósito de Re-créer es reunir a los emprendedores que ya han experimentado un fracaso y a aquellos otros que están pensando hacerse empresarios, para que intercambien experiencias y se ayuden mutuamente, así como para llamar su atención sobre los riesgos de la actividad empresarial, en especial pensando en aquellos que empiezan. Igualmente, tiene por objeto reflexionar sobre las reformas legislativas en este terreno e intentar cambiar la mentalidad frente a la reanudación de la actividad empresarial tras una quiebra. En Francia, es difícil tener una segunda oportunidad, pues pesa aún un gran estigma sobre el fracaso empresarial. Sin embargo, en su mayor parte, las quiebras no son consecuencia del fraude y pueden muy bien producirse por algún lamentable incidente ajeno al control del empresario. Re-créer surgió en respuesta a la necesidad de disponer de un foro en el que los empresarios intercambien experiencias sobre cómo afrontar las dificultades. Re-créer se propone restablecer la confianza de quienes sufren o han sufrido las consecuencias del fracaso empresarial, y sus miembros asesoran frente a los riesgos empresariales a los jóvenes emprendedores y reemprendedores. Re-créer tiene experiencia en cómo hacer frente a los problemas financieros. Sus miembros pueden solicitar la ayuda de expertos en diversos campos, tales como abogados o consultores financieros. Además, la asociación organiza debates, ayuda a los jóvenes que están creando nuevas empresas y mantiene contactos con el Gobierno y otras autoridades para mejorar la situación de las empresas con problemas financieros y los empresarios que desean empezar de nuevo tras haber fracasado. Actualmente, Re-créer está integrada por 100 empresas de diversos sectores y contribuye activamente a que cambie la actitud del público frente al fracaso empresarial. 31 Obtención de financiación para una nueva empresa creada tras la quiebra Ámbito de actuación Apoyo a las empresas para que comiencen de cero tras la quiebra. Caso El banco ING respaldará a quienes, pese a haber fracasado una vez, tengan un futuro empresarial prometedor, a fin de que comiencen de nuevo. Contact Para más información: Fred A. von Dewall Directeur Economisch Bureau ING Groep Postvak HA 02.06 Postbus 1800 1000 BV Amsterdam Nederland Tel. (31-20) 563 44 00 Fax (31-20) 563 44 09 E-mail: [email protected] Internet: http://www.ing.com 32 Descripción Los posibles reemprendedores forman un prometedor grupo de empresarios para la economía. Una liquidación bien gestionada puede hacer que la vuelta a la actividad empresarial sea más rápida y sólida. El estigma se deja sentir sobre todo en medios jurídicos y comerciales, y no tanto entre el público en general. El banco ING se propone contribuir a que reemprendan la actividad empresarial quienes, pese a haber fracasado, se consideran prometedores empresarios. Durante el período de 1992 a 1996, se crearon en los Países Bajos un promedio de 54 000 empresas, de las cuales 38 000 correspondían a empresarios primerizos. En ese mismo período, 29 000 empresas cerraron. De ellas, alrededor de un 20 % tenía previsto recomenzar de inmediato. Una causa frecuente del fracaso es la falta de experiencia, en aspectos tales como la competencia, el cálculo del riesgo de crédito y la evaluación de los socios y los clientes. La insuficiente preparación se debe probablemente a una subestimación de los requisitos necesarios para administrar una empresa. El reemprendedor puede tener más posibilidades de éxito, dado que ya ha pasado por una experiencia empresarial real. En relación con el estigma que pesa sobre el fracaso empresarial, el banco ING considera que los bancos deberían ser más proclives a financiar a los reemprendedores, pues éstos van a necesitar nueva financiación. La legislación en materia de insolvencias debería prever una rehabilitación más rápida del deudor, y los administradores designados en los casos de insolvencia deberían plantearse más la posibilidad de reorganización si la empresa es viable. Al mismo tiempo, han de adoptarse medidas dirigidas a modificar la percepción que se tiene de la quiebra. ¡Un reemprendedor que encierre un buen potencial empresarial puede aumentar el crecimiento neto de la economía! En resumen, el banco considera que: • Es preciso que aumente el número de quienes reanudan la actividad empresarial con éxito. • Una empresa que no sea viable ha de cerrarse a tiempo. • Hay que hacer frente al estigma en diversos planos. • Los reemprendedores pueden incrementar el crecimiento neto del número de empresas neerlandesas en un 40 %. 33 Más información sobre la Dirección General de Empresa Puede obtenerse información adicional sobre la labor desarrollada por el comisario Erkki Liikanen y la Dirección General de Empresa en diversas publicaciones impresas y a través de Internet. Comisario Erkki Liikanen, responsable del ámbito «Empresa y Sociedad de la Información»: http://europa.eu.int/comm/commissioners/liikanen/index _es.htm La DG Empresa en Internet: http://europa.eu.int/comm/dgs/enterprise/index_es.htm CORDIS (Servicio de Información Comunitario sobre Investigación y Desarrollo): http://www.cordis.lu Programa de trabajo de la DG Empresa: http://europa.eu.int/comm/dgs/enterprise/work_programme_ 2002.htm Publicaciones impresas de la DG Empresa: http://europa.eu.int/comm/enterprise/library/index.htm Empresa Europa: Boletín gratuito publicado trimestralmente por la Dirección General de Empresa en las once lenguas comunitarias. Cubre la totalidad de los trabajos de dicha Dirección General y en él se anuncian nuevas iniciativas y se facilita información práctica: http://europa.eu.int/comm/enterprise/library/enterpriseeurope/index.htm CORDIS focus: Se publica bimensualmente en alemán, español, francés, inglés e italiano y proporciona una visión panorámica de los principales aspectos de las actividades de investigación e innovación de la Unión Europea; abarca la política general, la aplicación de programas, las licitaciones y sus resultados, actos, actividades legislativas y muchos otros temas: http://www.cordis.lu/focus/es/src/focus.htm Innovación y Transferencia de Tecnología: Se publica seis veces al año en alemán, español, francés, inglés e italiano dentro del programa de Innovación de la Comisión Europea, cuyo objetivo es fomentar la innovación a escala comunitaria y estimular la participación de las PYME en el quinto programa marco 35 de investigación. Destaca el espacio dedicado a las cuestiones de actualidad relacionadas con esos objetivos y al estudio en profundidad de ejemplos de proyectos realizados con éxito: http://www.cordis.lu/itt/itt-es/home.html Euroabstracts: Se publica seis veces al año en inglés, dentro del programa «Innovación y PYME», que forma parte del quinto programa marco de investigación y cuya finalidad es promover la innovación y la participación de las pequeñas y medianas empresas en el programa marco: http://www.cordis.lu/euroabstracts/en/home.html Boletín del «European Trend Chart on Innovation» (Esquema orientativo de la innovación en Europa): El «Trend Chart» facilita instrumentos prácticos a los responsables de la política de innovación de los países europeos. Su objetivo es recopilar, actualizar periódicamente y analizar la información sobre la política de innovación aplicada a escala nacional y comunitaria. El boletín se publica trimestralmente en alemán, francés e inglés. Pueden consultarse otros informes y estudios en la siguiente dirección de Internet: http://trendchart.cordis.lu/ Reports/ Informes, estudios, etc. La Dirección General de Empresa publica periódicamente informes y estudios sobre sus diversos ámbitos de actividad. A continuación figura una selección de publicaciones recientes. Enterprise Papers «Global competitiveness in pharmaceuticals – A European perspective». Enterprise Papers nº 1, 2001. EUR-OP, Luxemburgo, 2001. 108 páginas (EN). Nº de cat.: NB-37-01-162-EN-C «The textile and clothing industry in the EU – A survey». Enterprise Papers nº 2, 2001. EUR-OP, Luxemburgo, 2001. 68 páginas (EN). Nº de cat.: NB-38-01-770-EN-C «External services, structural change and industrial performance». Enterprise Papers nº 3, 2001. EUR-OP, Luxemburgo, 2001. 36 páginas (EN). Nº de cat.: NB-38-01956-EN-C «Europe’s position in quality competition». Enterprise Papers nº 4, 2001. EUR-OP, Luxemburgo, 2001. 66 páginas (EN). Nº de cat.: NB-38-01-964-EN-C 36 Innovation Papers Building an innovative economy in Europe. EUR-OP, Luxemburgo, 2001. 67 páginas (EN). 11,50 €. Nº de cat.: NB-NA-17-043-EN-C Enforcing small firms’ patent rights. EUR-OP, Luxemburgo, 2001. 89 páginas (EN). Nº de cat.: NB-NA17-032-EN-C External evaluation of the I-TEC pilot project. EUR-OP, Luxemburgo, 2001 (EN). Nº de cat.: NB-NA-17-033-EN-C Training needs of investment analysts. EUR-OP, Luxemburgo, 2001. 48 páginas (EN). Nº de cat.: NB-NA17-031-EN-C Informal investors and high-tech entrepreneurship. EUR-OP, Luxemburgo, 2001. 91 páginas (EN). Nº de cat.: NBNA-17-030-EN-C Funding of new technology-based firms by commercial banks in Europe. EUR-OP, Luxemburgo, 2000. 81 páginas (EN). Nº de cat.: NB-NA-17-025-EN-C Assessment of the Community regional innovation and technology transfer strategies. EUR-OP, Luxemburgo, 2001. 109 páginas (EN). Nº de cat.: NB-NA-17-028-EN-C Corporate venturing in Europe. EUR-OP, Luxemburgo, 2001. 66 páginas (EN). Nº de cat.: NB-NA-17-029-EN-C Innovation policy in a knowledge-based economy. EUROP, Luxemburgo, 2000. 99 páginas (EN). Nº de cat.: NB-NA17-023-EN-C European innovative enterprises: lessons from successful applications of research results to dynamic markets. EUR-OP, Luxemburgo, 2000. 102 páginas (EN). Nº de cat.: NB-BA-17-024-EN-C Getting more innovation from public research. EUR-OP, Luxemburgo, 2000. 99 páginas (EN). Nº de cat.: NB-NA-17026-EN-C 37 Construir una Europa empresarial. Actividades de la Unión en favor de la pequeña y mediana empresa (PYME). Edición de 2000. EUR-OP, Luxemburgo, 2001. 150 páginas (disponible en todas las lenguas comunitarias). Nº de cat.: NB-27-00-992-**-C The intangible economy: impact and policy issues. EUROP, Luxemburgo, 2001. 59 páginas (EN). 20 €. Nº de cat.: NB-31-00-772-EN-C The European observatory for SMEs — Sixth Report. EUR-OP, Luxemburgo, 2000. 432 páginas (DE, EN, FR). 53 €. Nº de cat.: CT-22-99-200-**-C Observatorio Europeo para las PYME. Sexto Informe. Resumen. EUR-OP, Luxemburgo, 2000. 22 páginas (disponible en todas las lenguas comunitarias). Nº de cat.: CT-22-99208-**-C European competitiveness report 2000. EUR-OP, Luxemburgo, 2000. 119 páginas (EN). Nº de cat.: NB-31-00918-EN-C Informe sobre la ejecución del plan de acción para promover el espíritu empresarial y la competititivad. Bruselas (Comisión Europea), 2000, 2 vol. (Vol. I disponible en todas las lenguas comunitarias; Vol. II disponible en DE, EN, FR). Industrial aspects of the information society: business networks and the knowledge-driven economy: an empirical study carried out in Europe and Canada. EUR-OP, Luxemburgo, 2000. 81 páginas (EN). 43 €. Nº de cat.: CO25-99-253-EN-C Methodologies for benchmarking framework conditions. EUR-OP, Luxemburgo, 2000. 17 páginas (EN). Nº de cat.: NB-31-00-780-EN-C The role of information and communications technologies in growth and competitiveness. EUR-OP, Luxemburgo, 2000. 17 páginas (EN). Nº de cat.: CO-26-99449-EN-C 38 Guías ATEX guidelines. Guidelines on the application of Directive 94/9/EC of 23 March 1994 on the approximation of the laws of the Member States concerning equipment and protective systems intended for use in potentially explosive atmospheres. EUR-OP, Luxemburgo, 2001. 118 páginas (DE, FR, EN). Nº de cat.: NB-33-00-582**-C Versión en línea: http://europa.eu.int/comm/enterprise/ atex/guide/guide_es.pdf Guide to the implementation of directives based on the new approach and the global approach. EUR-OP, Luxemburgo, 2000. 112 páginas (DE, FR, EN). Nº de cat.: CO22-99-014-**-C Useful facts in relation to the personal protective equipment Directive 89/686/EEC, 1999 edition. EUR-OP, Luxemburgo, 2000. 145 páginas (EN). Nº de cat.: CO-21-99020-EN-C Electrical and mechanical engineering directory, 2000 edition. EUR-OP, Luxemburgo, 2000. 133 páginas (EN). Nº de cat.: CO-24-99-275-EN-C Cosmetlex: The rules governing cosmetic products in the European Union. EUR-OP, Luxemburgo, 2000, 3 vol. (EN). Vol. 1: Cosmetics legislation, 74 páginas, 14,50 €; Vol. 2: Methods of analysis, 187 páginas, 31 €; Vol. 3: Guidelines, 84 páginas, 16 €. Vol. 1: Nº de cat.: NB-26-99-958-EN-C; Vol. 2: Nº de cat.: NB-26-99-966-EN-C; Vol. 3: Nº de cat.: NB-2699-974-EN-C Eudralex: Normas sobre medicamentos de la Unión Europea. EUR-OP, Luxemburgo, 1998 (DE, EN, ES, FR, IT), en venta. Medicamentos de uso humano, vols. 1, 2a, 2b, 3 Medicamentos de uso humano y veterinario, vol. 4 Práctica veterinaria, vols. 5, 6a, 6b, 7a, 7b (8 y 9 aún no publicados). Versión en línea: pharmacos.eudra.org/F2/eudralex/ index.htm 39 Direcciones de contacto: Comisión Europea, Dirección General de Empresa, Unidad de Información y Comunicación, Centro de Documentación, Rue de la Loi/Wetstraat 200 (SC1500/51), B-1049 Bruxelles/Brussel Fax (32-2) 296 99 30 — Internet: http://europa.eu.int/comm/ enterprise/mailbox/request_form_en.htm Comisión Europea, Dirección General de Empresa, Dirección de Innovación, Unidad de Comunicación y Sensibilización (EUFO 2295), Rue Alcide de Gasperi, L-2920 Luxembourg Fax (352) 4301-32084 — E-mail: [email protected] Las publicaciones en venta son distribuidas por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas (EUROP) a través de una red de agentes. Puede consultarse la lista más reciente en la siguiente dirección de Internet: http:// eur-op.eu.int/index.htm Advertencia El presente folleto no refleja necesariamente la opinión de la Dirección General de Empresa. Siempre que en el presente folleto se hace referencia al apoyo a empresas, ha de entenderse que tal apoyo sólo será aceptable si se facilita conforme a lo establecido en el Tratado CE (en particular, en sus artículos 87 y 88) con respecto a la compatibilidad de las ayudas estatales con el mercado común. Las ayudas públicas a empresas han de ajustarse a la política de la Comisión en materia de competencia, establecida en reglamentos, encuadramientos, directrices, comunicaciones y otros textos relativos a diversos sectores (vehículos automóviles, fibras sintéticas, etc.) o que persiguen diversos objetivos horizontales (subvenciones a PYME, investigación y desarrollo, medio ambiente, etc.). Más en concreto, a las ayudas estatales a empresas que atraviesen dificultades financieras puede aplicárseles lo estipulado en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DO C 288 de 9.10.1999). 40 Otros folletos sobre las medidas de apoyo a las empresas: «Apoyo a la creación de empresas» «Apoyo al crecimiento de empresas» Para mayor información, puede dirigirse a: Comisión Europea Dirección General de Empresa Unidad B.1 «Mejora de las medidas de apoyo a las empresas» Rue de la Loi/Wetstraat 200 (SC27 3/4) B-1049 Bruxelles/Brussel Fax (32-2) 29-662 78 E-mail: [email protected] Internet: http://europa.eu.int/comm/enterprise/entrepre neurship/support_measures/failure_bankruptcy/index.htm 41 Comisión Europea Cómo ayudar a las empresas a resolver sus dificultades financieras Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas 2002 — 41 pp. — 16,2 x 22,9 cm ISBN 92-894-1866-4 Publicaciones — DG Empresa 08 13 09 NB-39-01-926-ES-C Cómo ayudar a las empresas a resolver sus dificultades financieras Guía de buenas prácticas y principios sobre reestructuración, quiebra y nuevo comienzo OFICINA DE PUBLICACIONES OFICIALES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS L-2985 Luxembourg ISBN 92-894-1866-4 ,!7IJ2I9-ebiggj! > COMISIÓN EUROPEA