Carta De Invitacion Licitacion Privada No. Lpv- 01

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CARTA DE INVITACION LICITACION PRIVADA No. LPV- 01- INM - 2016 Comayagüela, M.D.C., 10 de Febrero de 2016 El Instituto Nacional de Migración, invita a participar en la Licitación Privada No. LPV-01-INM-2016 para la Adquisición de Diez Mil (10,000) Carnet para Extranjeros Residentes, Dieciséis (16) rollos de Lámina Holográfica Frontal para 625 impresiones cada rollo y Dieciséis (16) rollos de Lámina Holográfica Trasera para 625 impresiones cada rollo, mismos que debe reunir los requisitos de seguridad que establece el Instituto. La oferta deberá ser presentada según especificaciones y características listadas. La adquisición será financiada con Fondos Nacionales, de conformidad a la disponibilidad presupuestaria anual del Instituto Nacional de Migración, aprobada por el Congreso Nacional, renglón No. 35800. Los interesados deberán informar por escrito el interés de participar en este proceso, mediante nota dirigida a la Abogada Carolina Menjivar, Directora Ejecutiva, a la dirección abajo citada. Los sobres de los oferentes que contienen la Oferta y demás documentos de licitación, se recibirán en la dirección siguiente: Dirección Ejecutiva Instituto Nacional de Migración Col. Las Torres, Carretera al Batallón, Frente a City Mall Comayagüela, M.D.C., Honduras, C. A. La apertura de los sobres se hará en público el día 08 de Marzo del 2016 a las 10:00 a.m., fecha en que se celebrara la Audiencia de Apertura de Ofertas, en presencia de los Miembros de la Comisión Evaluadora, el Auditor Interno y el Representante del Tribunal Superior de Cuentas, como observadores. El oferente deberá presentar su oferta, siguiendo las indicaciones listadas en los numerales siguientes: 1. La oferta deberá ser presentada en sobre cerrado, la cual deberá incluir el precio por los bienes ofrecidos, en moneda nacional (Lempiras). El oferente que resulte adjudicatario se hará cargo de todos los costos, incluidos el transporte principal y el seguro, desde el lugar de su fabricación hasta que los bienes lleguen al lugar designado. 2. La oferta deberá ser dirigida a: Abogada Carolina Menjivar, Directora Ejecutiva, Instituto Nacional de Migración, Colonia Las Torres Carretera al Batallón, Frente a City Mall, Comayagüela, M.D.C., Honduras, C. A. 3. La oferta es para contratar la emisión de Diez Mil (10,000) carnet para Residentes Extranjeros, Dieciséis (16) rollos de Lámina Holográfica Frontal para 625 impresiones cada rollos y Dieciséis (16) rollos de Lámina Holográfica Trasera para 625 impresiones cada rollo, con las especificaciones técnicas y medidas de seguridad detalladas a continuación: ESPECIFICACIONES EXTRANJEROS TECNICAS CARNET PARA RESIDENTES PARTE FRONTAL    Holograma (Escudo Nacional de Honduras) Nano Texto (Instituto Nacional de Migración con error deliberado ) Luz ultravioleta PARTE TRASERA   Holograma Nano textos MEDIDAS DEL CARNET   Largo 8.5 cm Ancho 5.4 cm MEDIDAS DE SEGURIDAD        Material de fabricación PET/PVC compuesto con duración de 5 años según norma 9303 de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Diseño pre-impreso de fábrica. Líneas Guilliches con patrón anti fotocopiado. Nano texto. Numeración laser única del documento. Logotipo con tinta ópticamente variable (OVI). Logo reactivo ultravioleta.  Error deliberado en micro texto. DISEÑO  Se adjunta diseño requerido por el Instituto parte frontal y trasera, con sus respectivas indicaciones. Ver anexo 1. ESPECIFICACIONES DE LÁMINA HOLOGRÁFICA FRONTAL Y TRASERA   Rollo de 625 impresiones. Se adjunta con la invitación, muestra de lámina Holográfica Frontal y Trasera. 4. La oferta económica, deberá ser acompañada por una Garantía de Mantenimiento de Oferta en moneda nacional (Lempiras), con un plazo que no será menor a tres (3) meses contando a partir de la fecha de presentación de la misma, por el monto equivalente a por lo menos al (2%) del valor ofertado, dicha garantía deberá de ser extendida a favor del Instituto Nacional de Migración la que deberá consistir en: Garantía Bancaria y/o Fianza de Compañía Aseguradora Nacional, debidamente calificada por la autoridad competente que opere legalmente, dicha garantía servirá para garantizar el fiel cumplimiento de la Oferta presentada por el Licitante, en cuanto al mantenimiento o sostenimiento de la misma, dentro del plazo que se establece en este mismo numeral. En la Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá incluirse la cláusula obligatoria siguiente: “La presente Garantía será efectiva al simple requerimiento del Instituto Nacional de Migración, sin más trámite que la presentación del documento de incumplimiento.” 5. La oferta deberá presentarse por la totalidad del producto requerido, o en forma individual ya sea por la totalidad de los carnet o la totalidad de las Láminas Holográficas. 6. El licitador favorecido con la adjudicación, deberá rendir una garantía de cumplimiento del contrato que ampare el quince por ciento (15%) del valor total de la oferta aceptada, garantía que será extendida a favor del Instituto Nacional de Migración, y servirá para garantizar que el suplidor ejecutará y cumplirá todos los compromisos estipulados en estas Bases, el fiel cumplimiento del contrato y la calidad de lo ofrecido. La garantía deberá tener una vigencia de tres (3) meses después del plazo previsto para la ejecución del suministro. El tipo de garantía será por medio de: Garantía Bancaria y/o Fianza de compañía aseguradora nacional extendida por una institución que opere en el país. En la garantía deberá incluirse la cláusula obligatoria siguiente: “La presente garantía será ejecutada al simple requerimiento del Instituto Nacional de Migración, sin más trámite que la presentación del documento de incumplimiento.” 7. El pago de los bienes, lo hará el Instituto Nacional de Migración, 30 días después de entregado el suministro en su totalidad y la documentación correspondiente. 8. El plazo de entrega del Suministro será de treinta (30) días calendario después de la suscripción del contrato, Pudiendo con causas justificadas, debidamente autorizadas por el Instituto, hacer una entrega del cincuenta por ciento (50%) a los treinta días (30) y, un cincuenta por ciento más (50%) treinta días (30) después de la primera entrega. 9. El oferente deberá presentar como documentación soporte la siguiente: a) Constancia de solvencia de la DEI, b) Constancia de no tener Juicios pendientes con el Estado; c) Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado extendida por ONCAE. d) Declaración Jurada autenticada por un notario público que asegure no estar comprendido en las inhabilidades establecidas en los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, tanto de la empresa como del Representante Legal. e) Acuerdo de confidencialidad conforme al modelo adjunto. (anexo 3). 10. El proceso de Licitación se llevara a cabo con el número de oferentes que presenten y concurran a la audiencia de apertura. 11. La adjudicación se hará al oferente que presente la oferta que además de cumplir con los requisitos técnicos, seguridad y diseño listados en el numeral 3, presente la oferta más baja, de acuerdo a la tabla de criterios que para tal efecto se ha diseñado. 12. Una vez adjudicada el proceso se firmara un contrato en un plazo máximo de cinco (5) días, conforme a modelo que se adjunta el cual debe ser presentado con el refrendo de aceptación. (anexo 4). 13. Las consultas y subsanaciones de harán de acuerdo al cronograma que se adjunta. (anexo 2). Agradeciendo la atención que le merezca la presente y esperando contar con su participación en este proceso, me suscribo de usted, con mis más altas muestras de consideración y estima. Atentamente, CORONEL ® WILFREDO CALDERÓN Sub Director de Seguridad ANEXOS ANEXO 1 DISEÑO CRONOGRAMA Febrero ACTIVIDADES 1. Envio de Invitaciones al proceso de adquisiciòn 2. Periodo en el que los oferentes pueden realizar consultas 3. Período para emitir respuesta por parte de la Comision Evaluadora, mediante circulares o enmiendas 4. Plazo para Presentacion/Recepcion de Ofertas 5. Evaluacion Oferta por parte de la Comision evaluadora 6. Revision de Subsanaciones solicitados por la Comision de Evaluacion a los Oferentes 7. Adjudicacion del proceso de Adquisicion 8. Suscripcion del Contrato con el oferente que resulte adjudicado PERIODO DE EJECUCIÓN PROCESO ADJUDICACION Marzo 11/02/2016 al 10/03/2016 al 16/03/2016 al 12/02/2016 19/02/2016 22/02/2016 08/03/2016 09/03/2016 14/03/2016 15/03/2016 21/03/2016 Observaciones ANEXO 3 Acuerdo de confidencialidad Señores INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACION Comayagüela, M.D.C., Honduras, C.A. Oferente………………………………………………………………. Ref.: CARTA DE INVITACION LICITACION PROVADA PLV-01-INM-2016 ADQUISICION DE DIEZ MIL (10,000) CARNET PARA RESIDENTES EXTRANJEROS, DIECISEIS (16) ROLLOS DE LAMINA HOLOGRAFICA FRONTAL Y DIECISEIS ROLLOS DE LAMINA HOLOGRAFICA TRASETA. Por medio del presente acordamos que toda información y material que nosotros, nuestros apoderados, nuestros asesores, nuestros afiliados y personas relacionadas reciban por parte del Instituto Nacional de Migración a causa del proceso de Licitación Privada de referencia será considerada como INFORMACION Y MATERIAL CONFIDENCIAL con relación al proceso de referencia, desde la fecha de este proceso hasta los cinco (5) años siguientes y, por tanto, nos comprometemos a: (a) guardar y mantener la Información y Material Confidencial estrictamente confidencial; (b) no reproducir directa o indirectamente, temporal o permanentemente por cualquier medio y en cualquier forma, de la totalidad o de una parte de la Información y Material Confidencial para fines distintos a la fabricación de los bienes con previa autorización del Instituto Nacional de Migración; (c) revelar dicha Información y Material Confidencial (si existe) solo a las personas que nos controlan, nuestros apoderados y asesores profesionales, y a nuestros empleados que tienen una necesidad razonable de conocer dicha Información y Material confidencial (sujeto en cada caso al acuerdo de la persona de no revelar dicha información), o como sea requerido por la ley; (d) utilizar la Información y Material Confidencial únicamente con el propósito de determinar si queremos participar en el proceso; y (e) regresar dicha Información y Material Confidencial (y las copias) de manera oportuna cuando sea requerido por el Instituto Nacional de Migración después de abandonar el proceso. Atentamente, Nombre y Firma del Representante Legal del Oferente ANEXO 4 CONTRATO DE SUMINISTRO DE DIEZ MIL (10,000) CARNET PARA RESIDENTES EXTRANJEROS, DIECISEIS (16) ROLLOS DE LAMINA HOLOGRAFICA FRONTAL Y DIECISEIS (16) ROLLOS DE LAMIA HOLOGRAFICA TRASERA Nosotros CAROLINA MENJIVAR GUTIERREZ, mayor de edad, casada, Abogada, Hondureña y de este domicilio, con tarjeta de identidad No. 1312-197800213, actuando en mi condición de Directora del Instituto Nacional de Migración, nombrada mediante Acuerdo No. 282-2014 de fecha 08 de julio de 2014, identificada como “EL CONTRATANTE” con facultades para la celebración de este Contrato, según Decretos Ejecutivos PCM-031-2014, 063-2014 y 0532015, por una parte y, por otra parte XXXXXXXXXXXXX, mayor de edad, casad@, (profesión), Hondureño y de este domicilio, con tarjeta de identidad No. XXXXXXXXX, actuando en mi condición de representante de la Empresa XXXXXXX, sociedad registrada en XXXXXX conforme XXXXXXXXXXXXXXXX, con domicilio legal en XXXXXXXXXXXXXX, inscrita según Certificado de Incorporación de la Compañía en el registro de XXXXXXXXXXXXX de fecha XX de XXXX de XXXXX, representación que acredito con el poder de representación otorgado a mi favor, debidamente legalizado, según Instrumento Autenticado por el Notario Público XXXXXXXXXX, debidamente XXXXXXXXXXX, donde consta las facultades para la celebración del presente Contrato, en adelante “EL PROVEEDOR”, partes que de manera conjunta se denominaran “LAS PARTES CONTRATANTES” por medio del presente documento hemos convenido celebrar, como en efecto celebramos, el presente Contrato de Suministro de Diez Mil (10,000) Carnet para Extranjeros Residentes, dieciséis (16) rollos de Lámina Holográfica Frontal y dieciséis (16) rollos de Lámina Holográfica Trasera el cual se regirá bajo las cláusulas y condiciones siguientes. DECLARACIONES EL CONTRATANTE declara: A. Que hemos adoptado todos los procesos y resoluciones necesarias o de cualquier otra naturaleza, a fin de autorizar la celebración del presente Contrato en el marco de la legislación vigente aplicable. EL PROVEEDOR declara: A. Que ha adoptado todas las resoluciones necesarias de carácter corporativo y de cualquier naturaleza, a fin de autorizar la celebración de este Contrato, B. C. y que sus estatus sociales le facultan para llevar a cabo la celebración del mismo. D. Que la celebración, entrega y cumplimiento del presente Contrato: (i) no viola ni violará ninguna Ley, Reglamento, Decreto, Acuerdo o ninguna otra clase de disposición legal: (ii) no constituye ni constituirá, una violación o incumplimiento a ninguna clase de obligación contractual que haya asumido, (iii) cuando hayan sido debidamente suscritos y entregados, el presente Contrato y sus anexos, constituirán documentos válidos y obligatorios bajo los términos y condiciones pactadas. E. Que mi representada cuenta con los conocimientos técnicos y experiencia necesaria para prestar los servicios objeto del presente Contrato, además de contar con los recursos humanos especializados y capacitados, materiales, económicos, logísticos y de apoyo necesarios para prestar los bienes y servicios directamente al Contratante, bajo los términos y condiciones que se establecen en el presente documento. F. Que los derechos de autor y las patentes de los servicios, técnicas, herramientas que utilice para la ejecución del presente Contrato, son de su propiedad o se encuentran debidamente licenciados en su favor para su utilización y explotación. G. Que es su voluntad celebrar el presente Contrato, a efecto de proporcionar al Contratante los bienes objeto del presente Contrato. H. Que tiene plena propiedad sobre los bienes y cuenta con plena potestad para venderlos al contratante. Asimismo, es una empresa con finanzas sanas y cuenta con los debidos permisos y los recursos humanos, equipos, habilidades y pericia adecuados y necesarios para llevar a cabo plena y satisfactoriamente, dentro del plazo estipulado, la entrega de los bienes de conformidad con las disposiciones de este Contrato. I. Que mi representada actuará en todo caso a favor de los mejores intereses del Contratante. J. Que mi representada no ha declarado falsamente ni ha ocultado hechos materiales para efectos de obtener este Contrato. K. Que ni mi representada ni su persona o accionistas han sido en algún momento declarados inelegibles o inhabilitados por el CONTRATANTE o el Estado de Honduras. L. Que el precio especificado en la Cláusula Cuarta de este Contrato constituirá la remuneración única que percibirá EL PROVEEDOR con respecto del mismo. EL PROVEEDOR no aceptará para beneficios propios ninguna comisión comercial, descuento ni pago afín, relacionado con sus actividades bajo el presente Contrato ni con el cumplimiento de sus obligaciones aquí asumidas. EL PROVEEDOR procurará que su personal y apoderados y sus subcontratistas y el personal y apoderados de ellos no recibirán ninguna remuneración adicional. CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: En virtud del presente Contrato, el Proveedor se obliga a suministrar al Contratante Diez Mil (10,000) Carnet para Residentes Extranjeros, dieciséis (16) rollos de Lámina Holográfica Frontal y dieciséis (16) rollos de Lámina Holográfica Trasera bajo los términos y condiciones detallados en la carta de oferta presentada y el presente Contrato, la que forma parte íntegra de este Contrato, en contraprestación de la suma indicada como precio en la Cláusula Cuarta del mismo. SEGUNDA.- DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Son parte y anexo del presente Contrato, la Carta de Invitación con todos sus anexos, la Oferta presentada por EL PROVEEDOR y la Resolución de Adjudicación, la Garantía de Cumplimiento y la Garantía de Calidad, todos los cuales constituyen el entero acuerdo entre las partes contratantes. TERCERA.- IDIOMA: El idioma oficial del presente Contrato es el español, el cual será el idioma vinculante y dominante para efectos de toda cuestión referente al significado o interpretación del mismo. Por tanto, toda la correspondencia y documentos generados durante la vigencia del presente Contrato, deberán ser presentados en español, y en caso de encontrarse en idioma distinto, EL PROVEEDOR deberá presentar la traducción oficial al español autorizada por la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. CUARTA.- PRECIO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El precio que EL CONTRATANTE pagará por el suministro de los Bienes objeto de este Contrato será de ____________(Números y letras), que incluye cualquier tipo de impuestos y costos a aplicar por los bienes entregados, en el lugar de entrega establecido en la Cláusula Sexta del presente Contrato, pagaderos así: El monto total del Contrato, es decir la suma de ______________ (Letras y números), lo pagará “EL CONTRATANTE” “AL PROVEEDOR”, uno vez entregadas la totalidad de los Carnet para Extranjeros Residentes y Láminas Holográficas objeto de este Contrato; en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario posteriores a la fecha en que haya recibido la factura original de EL PROVEEDOR. Dicha factura deberá acompañarse de documentos de soporte que describan los bienes entregados y la aceptación a satisfacción en el recibimiento de los mismos por parte de EL CONTRATANTE. La aceptación a satisfacción por EL CONTRATANTE no deberá denegarse de modo irrazonable. Bajo ninguna circunstancia el CONTRATANTE está en la obligación de pagar por los bienes suministrados, si EL PROVEEDOR no acompaña la documentación de soporte ni de recepción a satisfacción de los bienes suministrados, ni estará obligado a pagar intereses por las cantidades no pagadas. Todos los pagos serán efectuados por EL CONTRATANTE, mediante transferencia bancaria a la cuenta que EL PROVEEDOR para tales efectos designe. Las facturas deberán emitirse de acuerdo al régimen establecido por la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), a nombre del Instituto Nacional de Migración, y deberán ser entregadas a la siguiente dirección: Instituto Nacional de Migración Gerencia de Administración y Finanzas Col. Las Torres frente a City Mall Comayagüela, Francisco Morazán, Honduras Centro América Tel (504)-2233-1033 QUINTA.- PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES. El suministro de los bienes objeto del presente Contrato, será entregado totalmente por EL PROVEEDOR a entera satisfacción de EL CONTRATANTE, a más tardar el día veintiuno (21) de Abril de 2016. Pudiendo hacer una entrega del cincuenta por ciento (50%) en la fecha antes citada y, cincuenta por ciento (50%) treinta días (30) después de la primera entrega. EL PROVEEDOR, procurará hacer la entrega antes de esta fecha y debe garantizar que no se producirán interrupciones en los tiempos de entrega de los suministros, para lo cual entregará las garantías necesarias. SEXTA.- ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS BIENES: El lugar donde EL PROVEEDOR, hará entrega del suministro de los bienes será en las oficinas del Instituto Nacional de Migración ubicadas en Col. Las Torres frente a City Mall, Comayagüela, Francisco Morazán, Honduras Centro América, coordinando con EL CONTRATISTA dicha entrega. EL PROVEEDOR se hará cargo de todos los costos, incluidos el transporte principal y el seguro, desde el lugar de su fabricación hasta que los bienes lleguen al lugar designado. La recepción de los Bienes será supervisada por una Comisión integrada por miembros del Instituto Nacional de Migración. Estos deben estar en empaques cerrados. EL CONTRATISTA, recibirá los bienes de manera provisional hasta tanto verifique que los mismos corresponden con las características técnicas de los bienes adjudicados. Si los bienes son recibidos a plena satisfacción, se procede a la recepción definitiva. Hasta ese entonces, se consideran los bienes suministrados y entregados. El proceso de recepción definitiva no podrá exceder de un plazo de treinta (30) días calendario contados a partir de la entrega del suministro por parte de EL PROVEEDOR. SÉPTIMA.- PROCEDIMIENTO Y PLAZO PARA LA REPOSICIÓN DE LOS BIENES SUMINISTRADOS: EL CONTRATANTE podrá hacer devoluciones o reclamos de los bienes suministrados por defectos en los mismos. En este caso EL PROVEEDOR deberá reponer, subsanar o sustituir a su cuenta y cargo al contratante el cien por ciento (100%) de los bienes que hayan sido rechazados en un plazo máximo de treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha en que EL CONTRATANTE, comunique por escrito los defectos encontrados. OCTAVA.- OBLIGACIONES de EL PROVEEDOR: EL PROVEEDOR reconoce y acepta que está obligado a: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. Entregar los bienes de conformidad a las especificaciones, términos y condiciones establecidas en el presente Contrato y sus anexos y responder por las demoras o retraso en la entrega de los mismos. Garantizar que los bienes entregados bajo este Contrato estarán libres de defectos en su diseño, materiales de fabricación y libres de defectos ocasionados por cualquier acto u omisión de su parte que pudiera manifestarse durante el uso normal de los bienes entregados en las condiciones predominantes en el país. Esta garantía deberá mantenerse vigente durante los doce (12) meses después de que los bienes hayan sido entregados y recibidos conforme. Atender los reportes de defectos o solicitudes de reposición y reemplazar sin costo alguno para EL CONTRATANTE, de forma inmediata los materiales defectuosos o inadecuados si resultan que no cumplen con las especificaciones requeridas. Rendir las garantías de cumplimiento y calidad conforme a lo establecido en la Cláusula decimocuarta del presente Contrato. Pagar la penalidad establecida en la Cláusula décimo sexta del presente Contrato en caso de no entregar los suministros dentro del tiempo señalado en el presente Contrato. Señalar cualquier situación o elemento que sea de su conocimiento y que pueda afectar su cumplimiento del Contrato. Responder de todo riesgo por pérdida, lesión o destrucción de los bienes que pudiesen sufrir los bienes objeto de este Contrato, hasta el punto de entrega establecido en la Cláusula Sexta del mismo. Cualquier otra que se derive de la Ley de los usos y costumbres del país contratante y de los documentos del Contrato. NOVENA.- OBLIGACIONES DE EL CONTRATANTE: Son obligaciones de EL CONTRATANTE las siguientes: 1. Pagar a EL PROVEEDOR conforme a los términos, y condiciones y plazos pactados en el presente Contrato, las cantidades que corresponden a la contraprestación de sus servicios. 2. Comunicar a EL PROVEEDOR, cualquier reclamo sobre los suministros entregados. DECIMA.- RESPONSABILIDAD: EL PROVEEDOR manifiesta que para la prestación de los servicios objeto del presente Contrato, utilizará elementos, materiales y recurso humano propio para el cumplimiento de sus obligaciones o, en su caso, de terceros subcontratados, por lo que queda expresamente pactado entre las partes que no existe ninguna subordinación sea jurídica o económica, ni relación de tipo laboral o de seguridad social entre EL CONTRATANTE y EL PROVEEDOR, su personal y/o terceros subcontratados, debido a que se trata de una relación comercial, situación que EL PROVEEDOR deberá de hacer del conocimiento de su personal. EL PROVEEDOR será el único responsable de las obligaciones laborales y de seguridad social con su personal y/o terceros subcontratados, tales como salarios, indemnizaciones y riesgos profesionales o cualquier otra obligación o prestación que derive de las citada relaciones laborales, el Código de Trabajo o de cualquier otro ordenamiento legal que resulte aplicable. En ningún caso y por ningún concepto podrá considerarse AL CONTRATANTE como patrón directo o sustituto del personal de EL PROVEEDOR y/o o terceros subcontratados. EL PROVEEDOR se obliga a hacerse responsable y libera de forma expresa e irrevocable a EL CONTRATANTE de todas las reclamaciones individuales o colectivas que por cualquier razón pueda presentar su personal y/o terceros subcontratados, así como las sanciones que pudieran imponerle las autoridades administrativas o judiciales del trabajo, por tanto, EL PROVEEDOR se obliga a indemnizar a EL CONTRATANTE respecto a toda reclamación, demanda o sanción que su personal o cualquier autoridad pretendiese hacer en perjuicio de EL CONTRATANTE a consecuencia de una supuesta relación de trabajo. Con excepción de la Cláusula octava, la responsabilidad de EL PROVEEDOR en concepto de daños y perjuicios y de las costas procesales derivados del Contrato y relacionados con los Bienes y Servicios por él prestados y con independencia de la forma en que acaezcan los mismos, incluyendo a título enunciativo pero no limitativo los daños y perjuicios y costas procesales en concepto de incumplimiento de Contrato, negligencia o incumplimiento de obligaciones de tipo legal o de otra naturaleza, quedará limitada al compromiso contraído POR EL PROVEEDOR en la Cláusula Decimo Sexta. EL PROVEEDOR no responderá en ningún supuesto por causa de lucro cesante, pérdida de negocio, pérdida de datos o pérdida de uso, así como demás pérdidas o daños de carácter indirecto, accesorios, cuantificables o emergentes, prescindiendo de la forma en que los mismo acaezcan, y que fueren imputables al Cliente o a tercero, ya fuere por vía de responsabilidad contractual, extracontractual o negligencia, incluso en el caso de que las partes o los representantes de éstas hubieran sido advertidas de la posibilidad de acaecimiento de las señalados daños. Las exclusiones y limitaciones pactadas en los párrafos precedentes no se aplicarán a los daños y perjuicios y costas resultantes de manifestaciones fraudulentas formuladas a terceros o de lesiones, enfermedad o fallecimiento de dicho tercero los cuales se debieron a negligencia u imputable a EL PROVEEDOR. DÉCIMA PRIMERA.-CONFIDENCIALIDAD: LAS PARTES contratantes deberán tener confidencialidad y en ningún momento divulgaran a terceros, sin el conocimiento por escrito de la otra parte, documentos, datos u otra información que hubiere sido directa o indirectamente proporcionada por la otra parte en conexión con el Contrato, antes, durante o después de la ejecución del mismo. Esto incluye información impresa, escrita, oral, contenida en medios electrónicos o en programas de cómputo de EL CONTRATANTE y de EL PROVEEDOR. EL PROVEEDOR se obliga a tomar las medidas necesarias incluyendo en otras, la capacitación respecto de las obligaciones de confidencialidad aquí contenidas, así como la firma en su caso de convenios de confidencialidad con su personal para que cualquier consejero, funcionario, empleado, representante, asesor, subcontratista o agente suyo que participe en la prestación del servicio mantenga confidencialidad respecto de la información a que tenga acceso o que EL CONTRATANTE le brinde. LAS PARTES contratantes aceptan que la información confidencial de ninguna manera incluirá: (a) toda aquella información que las partes hubiesen poseído con anterioridad a la fecha de celebración del presente Contrato., (b) toda aquella información que hayan obtenido legalmente de un tercero, sin que dicho tercero haya tenido la obligación de mantener bajo dicho carácter de confidencial., (c) toda aquella información que sea del dominio público., (d) toda aquella información que sea desarrollada en forma independiente por EL PROVEEDOR o por EL CONTRATANTE., (e) toda aquella información que sea revelada por una de las partes con previa autorización por escrito de la otra parte para llevar a cabo dicha revelación., y (f) toda aquella información que requiera ser reportada o divulgada a las autoridades judiciales o administrativas en cumplimento de alguna ley, reglamento o Decreto, que resulte aplicable a la parte que lo divulgue, o bien que dicho requerimiento de divulgación sea resultado de una orden, sentencia o laudo que sea obligatorio para una de las partes, situación en la cual la parte que tenga la obligación de divulgar o revelar la información confidencial deberá inmediata informar sobre dicha información a la otra parte. La presente Cláusula, continuará vigente por un término de cinco (5) años, después que el presente Contrato haya terminado por cualquier causa, obligándose EL PROVEEDOR a pagar a EL CONTRATANTE los daños y perjuicios que le ocasione al mismo por dicho incumplimiento. Es entendido que los bienes objeto de este Contrato son de seguridad nacional y son consideradas por la legislación hondureña especies fiscales. DÉCIMA SEGUNDA.-CESIÓN: Queda expresamente prohibido a EL PROVEEDOR transmitir, ceder, pignorar o de cualquier forma gravar los derechos y obligaciones que se derivan del presente Contrato, salvo que mediante autorización previa y por escrito por parte del Contratante, quien no está obligado a otorgarla. Sin embargo, previa autorización y calificación de EL CONTRATANTE. DÉCIMA TERCERA.- GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO Y DE CALIDAD: Previo a la firma del Contrato, EL PROVEEDOR debe haber presentado la garantía de cumplimiento a favor del Instituto Nacional de Migración, esta garantía se otorgará por el equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del Contrato. La garantía deberá estar vigente como mínimo tres (3) meses después del plazo previsto para la entrega de los bienes suministrados. La garantía de cumplimiento responderá de fiel cumplimiento, así como, de los daños y perjuicios que le produzca a EL CONTRATANTE el incumplimiento de las obligaciones por parte de EL PROVEEDOR, en todo caso EL CONTRATANTE determinará a su única voluntad la ejecución de la garantía, independientemente del resto de acciones que legalmente procedan. Efectuada la entrega de los bienes y realizada la liquidación del Contrato, EL PROVEEDOR sustituirá la garantía de cumplimiento del Contrato por una garantía de calidad de los bienes suministrados, con vigencia de un (1) año contando a partir de la fecha de la entrega final de los bienes y cuyo monto será equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del Contrato. Las garantías de cumplimiento y calidad emitidas a favor del Instituto Nacional de Migración deberán ser garantías bancarias emitidas en Moneda Nacional (Lempiras), por una institución del Sistema Financiero que se encuentre debidamente autorizada para operar en Honduras por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS). Las garantías deberán ser solidarias, irrevocables, incondicionales y de realización automática y en las mismas se establecerán que su forma de ejecución será a simple solicitud de EL CONTRATANTE, formalizada mediante comunicación remitida al efecto indicando que EL PROVEEDOR ha incumplido con los términos del Contrato. DÉCIMA CUARTA.- AVISOS Y NOTIFICACIONES: LAS PARTES contratantes acuerdan y reconocen que todos los avisos y notificaciones que deseen hacer de conocimiento de la otra parte en relación con el presente Contrato deberán constar por escrito y ser enviadas a las siguientes direcciones: CONTRATANTE: El Instituto Nacional de Migración: Comayagüela, Francisco Morazán, Honduras Centro América, Colonia Las Torres, frente a City Mall, teléfono (504) 2233-1033. PROVEEDOR: XXXXXXXXXXXXX. Los cambios de dirección que efectúen las partes contratantes, deberán ser notificadas por escrito, caso contrario no se considerará como efectuado el cambio y cualquier aviso o notificación se entenderá como debidamente realizado cuando se envié a la dirección originalmente declarada. DÉCIMA QUINTA.- MODIFICACIÓN: Cualquier modificación que se realice a este Contrato o a sus anexos, deberá constar por escrito, a través de adendas que deberán ser firmados por LAS PARTES para que se consideren validados. Dichas modificaciones formaran parte integral, material y jurídica del mismo. DÉCIMA SÉXTA.- CLÁUSULA PENAL: En caso de que EL PROVEEDOR no entregue los suministros en el tiempo señalado en el presente Contrato, siempre que no sea por causa catalogada como caso fortuito o fuerza mayor aceptada por EL CONTRATANTE, se le aplicará la multa establecida en las Disposiciones Generales del Presupuesto para el año fiscal 2016. DÉCIMO SÉPTIMA.- PROHIBICIÓN DE ACTOS DE FRAUDE Y CORRUPCIÓN: EL PROVEEDOR acuerda que en la ejecución o cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo a este Contrato, EL PROVEEDOR así como su personal, consejeros, funcionarios, representantes, asesores, subcontratistas o agentes suyos que participen en la prestación del servicio, no habrán, ni ofrecerán hacer cualquier soborno, pago incorrecto, pago de corrupción o cualquier pago indebido, a cualquier empleado o directivo de EL CONTRATANTE, funcionario o empleado público, con la intención de influenciar la conducta de estos, con el objeto de obtener o mantener un negocio, obtener una ventaja impropia, o influencia cualquier acto o decisión en relación o conexión con este Contrato. DÉCIMO OCTAVA.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN: EL CONTRATANTE podrá resolver este Contrato sin responsabilidad de su parte, por motivo de cualquiera de las siguientes causas: 1) Incumplimiento de cualquiera de la obligaciones estipuladas por EL PROVEEDOR., 2) Insolvencia, intervención judicial, intervención administrativa, declaración de quiebra mercantil o inicio de liquidación o disolución EL PROVEEDOR., 3) Por la participación comprobada de EL PROVEEDOR en cualquier actividad ilícita o encontrarse culpable en procedimiento penal del delito de lavado de activos o lavado de dinero., 4) Modificación en la estructura corporativa o accionaria de EL PROVEEDOR o existencia de cambios que a juicio de EL CONTRATANTE, pudieran afectar de cualquier manera las políticas en la administración, que alteren de alguna forma la adecuada y continua prestación y ejecución de los servicios, 5) Cuando EL PROVEEDOR no haga entrega de los suministros objeto de este Contrato sea parcial o totalmente, en el tiempo y bajo las condiciones estipuladas, 6) Cuando EL PROVEEDOR no entregue en debido tiempo y forma las garantías antes convenidas. Así mismo las partes podrán resolver el presente Contrato por mutuo acuerdo entre las mismas. No obstante lo anterior, en el caso en que EL CONTRATANTE termine este Contrato total o parcialmente por motivo del incumplimiento por parte EL PROVEEDOR, podrá adquirir de terceros bienes similares a los bienes afectados por la terminación. EL PROVEEDOR será responsable por todo costo extra en que incurra EL CONTRATANTE al adquirir dichos bienes y al retirar todo o parte del producto EL PROVEEDOR de las instalaciones de EL CONTRATANTE o cualquier otro punto de entrega. EL PROVEEDOR tendrá que cubrir tales costos extras, sí el incumplimiento con las disposiciones de este Contrato no se deba a motivos fuera de su control donde no medie ni culpa ni negligencia de su parte. DECIMA NOVENA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: LAS PARTES contratantes acuerdan que la ley aplicable al presente Contrato será la de la República de Honduras. Cualquier controversia o conflicto entre LAS PARTES relacionado directamente o indirectamente con este Contrato, inclusive de su naturaleza, interpretación, cumplimiento, ejecución o terminación del mismo, se resolverá mediante el procedimiento de arbitraje, de conformidad con el reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de Tegucigalpa. En señal de aceptación, LAS PARTES contratantes suscriben el presente Contrato, quedando un ejemplar del mismo en poder de EL PROVEEDOR y el otro en poder de EL CONTRATANTE, en la ciudad de Comayagüela, Francisco Morazán, Honduras, a los xxxxxxx (xx) días del mes de xxxxxxx del año dos mil dieciséis (2016). CONTRATANTE PROVEEDOR