1 Pliego Tipo De Cláusulas Administrativas Particulares Que, Como Ley

   EMBED

Share

Preview only show first 6 pages with water mark for full document please download

Transcript

PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE, COMO LEY FUNDAMENTAL DEL CONTRATO, REGIRÁ LA CONTRATACION DE SERVICIOS MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO.- I. OBJETO DEL CONTRATO.Constituye el objeto del contrato la contratación mediante procedimiento negociado de los servicios que se describen en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego, apartado A). Los servicios se realizarán con estricta sujeción a las condiciones figuradas en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El presente Pliego, así como el de Prescripciones Técnicas revestirá carácter contractual. En caso de discordancia entre este Pliego y el resto de documentos contractuales prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Existe crédito adecuado y suficiente para hacer frente a las obligaciones económicas que se deriven del cumplimiento del contrato. La aplicación presupuestaria figura en el apartado B) del Cuadro de Características. II. DURACIÓN DEL CONTRATO.El plazo de duración de este contrato será el que se fija en el apartado C) del Cuadro de Características, no pudiendo exceder en ningún caso de cuatro años, con posibilidad de prórrogas siempre que la duración total del contrato, incluídas las mismas, no exceda de seis años y que éstas no superen, aislada o conjuntamente el plazo fijado originariamente, de conformidad con lo establecido en el art. 279 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. III.- TIPO DE LICITACIÓN Y FORMA DE PAGO.El tipo de licitación será el que se fija en el apartado D) del Cuadro de Características. La forma de pago del contrato se concreta en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Caso de no concretarse en el citado Pliego se estará al régimen y plazos previstos al efecto en el art. 200 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. IV.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente clasificación o, en su defecto solvencia económica, profesional y técnica en los términos de los arts. 64 y 67 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y no estén afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 49 de dicha Ley, como prohibitivas para contratar. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, 1 financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando ésta acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos. La Administración podrá contratar con Uniones de Empresas que se constituyan temporalmente al efecto (sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación), las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrarán un representante u apoderado único. Las referidas empresas deberán tener como finalidad realizar actividades que tengan relación directa con el objeto del contrato y dispongan de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. V.- GARANTÍA PROVISIONAL.La garantía provisional será la que se concreta en el apartado E) del Cuadro de Características, siendo equivalente como máximo al 3% del presupuesto del contrato, y podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Si la garantía se prestara mediante aval bancario, éste se ajustará al modelo aprobado por el Patronato Deportivo Municipal. Se podrá eximir al contratista de la acreditación de garantía provisional, en los supuestos previstos en el art. 83 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.. Este extremo se concretará en el apartado E) del Cuadro de Características. VI. GARANTÍA DEFINITIVA.La garantía definitiva será del cinco por ciento (5%) del importe de adjudicación, siendo la que se detalla en el apartado E) del Cuadro de Características. Si la garantía se prestare en forma de aval, éste se ajustará al modelo aprobado por el Patronato Deportivo Municipal de Toledo. La constitución de la garantía definitiva deberá acreditarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación del concurso. El incumplimiento de este requisito, por causa imputable al adjudicatario, dará lugar a la resolución del contrato. VII. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN, FORMALIDADES Y DOCUMENTACIÓN.7.1. Lugar y plazo de presentación.Las proposiciones se presentarán en las Oficinas Centrales del Patronato Deportivo Municipal, en mano, en el plazo señalado en la invitación cursada por la Unidad Gestora del expediente, o en su caso en el plazo indicado en el anuncio de convocatoria de licitación. 7.2. Formalidades.Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B, firmados por el licitador o persona que le represente, en cada uno de los cuales se hará constar la razón social del licitador, el título de la contratación y el contenido del mismo. 2 Sobre A, denominado “PROPOSICION ECONÓMICA”, se ajustará al modelo contenido en la cláusula final y se presentará cerrado pudiendo ser lacrado y precintado, a petición del interesado y deberá contener la denominación de la contratación. Sobre B, denominado de “DOCUMENTACION GENERAL”, expresará el título de la contratación, y contendrá la siguiente documentación: 1.- Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en: Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, o Escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica. 2.- Memoria detallada, anteproyecto o proyecto de organización de la prestacion de la asistencia técnica, haciendo referencia a organización del trabajo, objetivos, medios, maquinaria, personal cualificado, soportes de comunicación, horario, etc., etc. Memoria detallada de las mejoras, que en su caso, proponga el licitador para complementar y mejorar la prestación del servicio, en el aspecto material y de conocimientos, tales como mejoras en soportes de divulgación, buzoneos, boletines, bases de datos, fotografía, etc. Facturas, certificados, organigrama en su caso, titulaciones, cursos, inventarios, etc. que permitan acreditar los apartados anteriores. Certificaciones o cualquier otro documento que acrediten la expereiencia profesional del licitador en medios locales, provinciales y regionales. Cualquier otro documento que, a consideración de la mesa, sea suficiente y sirva para valorar de manera adecuada la prestación de la asistencia técnica. 3.- Declaración responsable de licitador, haciendo constar que cumple con todos los requisitos para contratar con la Administración y que, en el caso de resultar adjudicatario está en disposición de presentar la siguienrte documentación. Declaración responsable de licitador otorgada ante la Autoridad Judicial, Administrativa, Notario u Organismo cualificado, haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Acreditación de la solvencia técnica y económico profesional o en su caso la correspondiente Clasificación, de conformidad con lo señalado en el apartado F) del Cuadro de Características. Documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Se entenderá que las empresas están al corriente en el cumplimiento de estas obligaciones cuando, en su caso, concurran las siguientes circunstancias: * Estar dado de alta y al corriente en el pago del impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente. * Haber presentado las declaraciones o documentos de ingreso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades, de los pagos a cuenta o fraccionado o de las retenciones a cuenta de ambos y del I.V.A. o los que legalmente les sustituyan. * Haber presentado la relación anual de ingresos y pagos a que se refiere el Real Decreto 1913/78 de 8 de julio. Documentación acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social que les imponen las disposiciones vigentes. Igualmente se entenderá que las empresas están al corriente en el cumplimiento de estas obligaciones cuando, en su caso, concurran las siguientes circunstancias: 3 • Estar inscrita en la Seguridad Social o, en su caso, si se tratase de un empresario individual afiliado y en alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda por razón de la actividad. • Haber afiliado, en su caso, y haber dado de alta a los trabajadores que tengan a su servicio y estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social. Los licitadores podrán acreditar las circunstancias mencionadas en los apartados reseñados anteriormente, mediante declaración expresa responsable, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tales requisitos deba exigirse antes de la adjudicación a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato, a cuyo efecto se les concederá un plazo máximo de cinco días hábiles. A tal efecto aportarán certificado expedido por la Delegación Provincial de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social correspondiente. Certificado de no tener deuda con la Hacienda Local. Esta documentación podrá sustituirla el licitador por declaración expresa responsable. Caso de optar por esta vía el adjudicatario presentará el certificado citado en el plazo señalado en el punto anterior. Todos los documentos podrán presentarse mediante originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente. VIII. MESA DE CONTRATACIÓN.La Mesa de Contratación será la constituida con carácter permanente como Organo de asistencia a la Comisión Ejecutiva del Patronato Deportivo Municipal, según se detalla en el apartado G) del Cuadro de Características. No obstante lo anterior, la constitución de la Mesa de Contratación será potestativa para el Organo de Contratación, de conformidad con lo establecido en el art. 295 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. IX. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL.Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación, en su caso procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre B en acto privado. Si la Mesa de Contratación observara defectos formales en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres (3) días para que el licitador lo subsane. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. Caso de no constituirse Mesa de Contratación, la administración del Patronato procederá en acto privado, a la calificación de la documentación general, procediendo la Unidad Gestora del expediente, igualmente en acto privado, al examen de referencias técnicas y proposición económica. X. CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN.Los criterios objetivos, en su caso, que servirán de base para la adjudicación del contrato serán los que figuran en documento anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas. XI. APERTURA DE PROPOSICIONES.La Mesa de Contratación, en acto público, a celebrar en el día fijado en el anuncio de convocatoria de licitación, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general 4 presentada por los licitadores en el sobre B, indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. A continuación, el Secretario de la Mesa, procederá a la apertura de los sobres A y dará lectura de las proposiciones económicas formuladas por ellas y las elevará con el acta y la propuesta que estime pertinente al Organo de Contratación que haya de efectuar la adjudicación. Caso de no proceder la constitución de Mesa de Contratación, de conformidad con lo regulado en el punto anterior de este Pliego, la Unidad Gestora del expediente procederá a efectuar propuesta de adjudicación del contrato al Organo de contratación. XII. DOCUMENTOS ADJUDICATARIO.- COMPLEMENTARIOS A PRESENTAR POR EL Acordada la adjudicación y dentro del plazo concedido al efecto, el adjudicatario deberá presentar -por originales o copias compulsadas- la siguiente documentación: - Número de Identificación Fiscal. XIII. ADJUDICACIÓN.El Organo de Contratación, recibida la documentación de la Mesa de Contratación, o Unidad Gestora del expediente en su caso, y evaluados los informes técnicos correspondientes, dictará alternativamente, resolución motivada adjudicando el contrato a la proposición más ventajosa, sin atender exclusivamente al valor económico de la misma, o declarar desierto el concurso. La adjudicación definitiva, una vez acordada, será notificada a los participantes en la licitación. Al efectuar la notificación al adjudicatario del contrato, se le requerirá para que constituya la garantía definitiva, en la cuantía y forma indicadas en la cláusula VI y aporte los documentos enumerados en la cláusula anterior. XIV. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.La Administración y el contratista deberán formalizar el contrato en Documento Administrativo, dentro de los 30 días siguientes al de notificación de la adjudicación, constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro. No obstante lo anterior dicho contrato administrativo podrá elevarse a Escritura Pública a petición del contratista y a su costa. El contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas, si no estuvieren incorporados al mismo. XV. GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.Serán de cuanta del adjudicatario los siguientes gastos: a) b) c) d) Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato. Asumir el pago del IVA, que se entenderá incluido dentro del precio de adjudicación. Los de formalización pública del contrato de adjudicación, en su caso. Los del anuncio de convocatoria de licitación, en su caso. XVI. REVISIÓN DE PRECIOS.Se estará a lo establecido en el apartado H) del Cuadro de Características. 5 XVII. PLAZO DE GARANTIA.Se estará a lo establecido en el apartado I) del Cuadro de Características. XVIII. RESOLUCION DEL CONTRATO.El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución de los arts. 206 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.. XIX. RÉGIMEN JURÍDICO.En lo no previsto expresamente en el presente Pliego de condiciones, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público., Reglamento General de Contratación, Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local , R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, y legislación concordante en la materia. XX. JURISDICCIÓN COMPETENTE.Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resultas por los Organos de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía Contencioso-Administrativa, a tenor de la Ley de dicha jurisdicción, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo previsto al efecto en la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. XXI.- MODELO DE PROPOSICION.- Don . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . mayor de edad, vecino de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., titular del DNI nº . . . . . . . . . . . . . . expedido con fecha . . . . . . . . . . . . . . . . . ., en nombre propio (o en representación de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., vecino de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . con domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., conforme acredito con Poder Bastanteado) enterado del procedimiento __________________tramitado para adjudicar, la Asistencia Técnica o Prestación de Servicios de______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________,se compromete a realizarlo con estricta sujeción al presente Pliego de Cláusulas y a la Memoria aportada con la documentación que acompaña la oferta (en su caso) y en las siguientes condiciones económicas: Toledo, a ……………….de…………………………de……….. SR. VICEPRESIDENTE DEL PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL DE TOLEDO.- 6